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Manual de Convivencia y Formación 
Para la 
Comunidad Educativa 
I.E.D. Elvia Vizcaíno De Todaro “INDEVIT” 
Educamos para la excelencia a través de la formación en valores
CAPÍTULO I 
NATURALEZA JURÍDICA, HORIZONTE INSTITUCIONAL, CONCEPCIÓN 
FILOSÓFICA, SÍMBOLOS INSTITUCIONALES. 
TÍTULO I NATURALEZA 
JURÍDICA 
Artículo 1. El Manual de Convivencia de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se 
fundamenta legalmente en la Constitución Política de Colombia de 1991, Ley de 
Infancia y Adolescencia o Ley 1098 de noviembre 8 del 2006, Ley General de 
Educación o Ley 115 de febrero de 1994, Ley 715 del 2001, los Derechos 
Internacionales del Niño, el Decreto 366 del 9 de febrero de 2009, el Decreto 1290 de 
abril 16 de 2009 y las sentencias de la Corte Constitucional. 
Con la Constitución Política se le delegaron a la educación responsabilidades 
particulares con respecto a la formación para la paz y la convivencia, orientadas a 
educar ciudadanos respetuosos de la ley, con formación democrática, respetuosos de la 
diversidad y las diferencias, y capaces de tramitar y resolver sus conflictos de manera 
pautada, sin recurrir a la violencia. 
La Ley 115 de 1994 establece como uno de los fines de la educación la formación en el 
respeto a la vida y demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de 
convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, y también en el ejercicio de la 
tolerancia y la libertad. 
La Ley General de Educación define objetivos comunes para todos los niveles de la 
educación y destaca el proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la 
práctica del respeto a los derechos humanos. 
El Decreto 1860 del Ministerio de educación establece pautas y objetivos para los 
Manuales de Convivencia Escolar, los cuales deben incluir, entre otras, normas de 
conducta que garanticen el mutuo respeto y procedimientos para resolver con 
oportunidad y justicia los conflictos. 
El Plan Decenal de Educación presenta el tema de la educación para la convivencia, la 
paz y la democracia y presenta como uno de los desafíos para la educación nacional el 
fortalecimiento de la sociedad civil y la promoción de la convivencia ciudadana. Para tal 
efecto señala la importancia de construir reglas de juego y forjar una cultura y una ética 
que permitan, a través del diálogo, el debate democrático y de la tolerancia con el otro, 
la solución de los conflictos. 
La Ley 715 de 2001 que reglamenta los recursos y competencias para la prestación de 
servicios educativos y de salud, hace explícito que, entre las competencias de la Nación 
en materia de educación, está el formular las políticas y objetivos de desarrollo, para el 
sector educativo y dictar normas para la organización y prestar el servicio, así como 
también, definir, diseñar y establecer instrumentos y mecanismos para la calidad de la 
educación.
El Decreto 366 del 9 de febrero de 2009, en sus artículos 1 y 2 definen a los estudiantes 
con discapacidad y con capacidades excepcionales, quienes por su condición son 
objeto del servicio de apoyo pedagógico y tienen el derecho a recibir una educación 
pertinente y sin ningún tipo de discriminación. Por lo anterior, este manual se ajusta a 
los parámetros establecidos en el antes citado Decreto, puntualizando los deberes, 
derechos y obligaciones relacionados con esta población. 
Así mismo, este Manual se fundamenta en la Ley de Infancia y Adolescencia o Ley 
1098 de noviembre 8 del 2006, particularmente en los Artículos 42, 43, 44 y 45, los 
cuales consagran las obligaciones y el ámbito de acción de las instituciones educativas 
frente al menor. 
La corte constitucional 
El presente manual de convivencia atiende a lo dispuesto por la corte constitucional en 
relación con el comportamiento de los estudiantes en el marco constitucional. Al 
respecto la corte constitucional advirtió que las instituciones educativas no están 
obligadas a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada 
desconozcan las directrices disciplinarias. El magistrado ponente señala “que el deber 
de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento 
y las buenas costumbres”, además, destacó a la vez que “los estudiantes tienen la 
obligación de mantener la normas de presentación en los colegios, así como los 
horario de entrada y salida de clases, recreo y asistencias, comportamiento y respeto 
por sus profesores y compañeros “.(sentencia T-569/94, constitucional). 
Dentro de las sentencias de la corte constitucional relacionadas con el comportamiento 
de los estudiantes y padre de familia se encuentran la sentencia T-671/03, sentencia T- 
767//05, sentencia T-917/06, sentencia T-917/06, sentencia T-360/08 y sentencia T- 
481/09. 
ARTÍCULO 2. El Elvia Vizcaíno de Todaro es una Institución Educativa de naturaleza 
oficial, dedicada a la formación integral de sus estudiantes desde grado cero hasta 
undécimo grado; cuyas particularidades institucionales son: 
Nombre de la Institución : Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro 
Municipio : Aracataca, Magdalena. 
Aprobación oficial : Resolución No. 813 del 01 de Diciembre 2010 
NIT : 819.002.122-0 
Código municipal : 053 
Código Icfes : 124529 
Registro DANE : 147053000046 
Dirección : Calle 5 # 3ª – 130 Camellón 20 de Julio 
Teléfonos : 300 544 93 31 
E – mail : iedindevit@hotmail.com 
Rector : Lic. Hidalgo Polo Polo. 
Estrato : Uno bajo 
Calendario : A 
Jornadas : a.m. - p.m.
Naturaleza : Oficial 
Carácter : Mixto 
Propiedad jurídica : Departamento 
Titulo que otorga : Bachiller Técnico 
Convenios : SENA para articular programas en el nivel de la 
media técnica en los grados 10 y 11 (Procesamiento de 
frutas y hortalizas y mantenimiento de equipos de computo) 
TÍTULO II HORIZONTE 
INSTITUCIONAL 
Artículo 3. MISIÓN 
La Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro es una organización 
escolar de carácter oficial, integral e inclusiva, que responde a las necesidades 
educativas de su contexto, ofreciendo los niveles de preescolar, básica y media técnica 
en procesamiento de alimentos perecederos y mantenimiento de equipos de computo, 
contribuyendo de manera eficaz con la formación de alta calidad de los niños, niñas y 
jóvenes del municipio de Aracataca, de la región, de Colombia y el mundo, mediante el 
cumplimiento de normas legales, éticas, sociales y constitucionales, garantizando así el 
desarrollo humano en la construcción del conocimiento, el fomento del deporte y la 
práctica de valores con sentido de pertenencia cultural y social. 
Artículo 4. VISIÓN 
En el año 2016, la Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro será 
una organización escolar líder en el Municipio de Aracataca, la región y en Colombia 
por ofrecer una educación inclusiva, integral y de alta calidad, reconocida por alcanzar 
la excelencia académica y convivencial a través de la formación en valores y el 
desarrollo de las competencias cognitivas, ciudadanas, laborales generales y 
específicas en los niveles de pre – escolar, básica y media técnica en procesamiento de 
alimentos perecederos y mantenimiento de equipos de computo; y destacada por 
promover la ciencia, la cultura y el deporte en la comunidad educativa. 
TÍTULO III CONCEPCIÓN 
FILOSÓFICA 
ARTÍCULO 5. VALORES GENERALES DE LA I.E.D. ELVIA VÍZCAÍNO DE TODARO 
Nuestro compromiso como mediadores del proceso educativo de los estudiantes es 
afianzar, desarrollar y encaminar primordialmente los siguientes valores: 
RESPETO: Es la consideración, atención que se debe a una persona, que lleva a 
reconocer los derechos y la dignidad de otro, se fundamenta en la dignidad de las
personas, de igual a igual compartida por todos, basado en el respeto a uno mismo y el 
que se profesa al otro como persona. El respeto a los demás es la primera condición 
para saber vivir y poner las bases a una autentica armonía, sin distinción de persona. El 
Respeto a la naturaleza y a su entorno y a todo lo que esta contiene es unos de los 
propósitos de formación Indevista. 
El respeto nos hace tolerantes, el cual es un valor fundamental para la convivencia 
pacífica entre las personas, con derecho a ser aceptado en su individualidad y su 
diferencia. 
PERSEVERANCIA: Mantenerse constante en nuestras metas, tareas y proyección, a 
través de la disciplina y la dedicación, ejercitando diariamente nuestras fuerza de 
voluntad, luchando contra la pereza, la negligencia y el descuido. La perseverancia nos 
hace pacientes, dedicados y responsables. 
FRATERNIDAD: Es la más clara evidencia del buen trato para demostrar nuestro 
afecto personal, desinteresado y recíproco que nace y se fortalece con la capacidad de 
servir y ser solidario, generoso, afectuoso, bondadoso y sincero con los otros. 
SOLIDARIDAD: Cuando dos personas o más se unen con una actitud leal, generosa, 
compasiva y fraternal, persiguiendo una causa noble y justa, con el fin de cambiar el 
mundo, hacerlo más habitable y digno. 
AUTONOMIA: Capacidad de dirigirse, a través de una percepción personal la cual le 
permite el desarrollo de habilidades con su cuerpo, aptitudes y la toma de decisiones 
para actuar sobre su realidad. 
SENTIDO DE PERTENENCIA: Reconocimiento de la importancia, aplicación de valores 
y criterios para todo lo que nos rodea, apropiados en el desarrollo integral de ser 
humano y sus necesidades de interacción y respeto de todos y por todo. 
JUSTICIA: Actitud moral o voluntad decidida de dar a cada uno lo que es suyo, basada 
en el respeto, igualdad y orden. Lo cual permite reflejar actitud de paz, cooperación y 
tolerancia, sin discriminación o diferencia. 
EQUIDAD: Dar a cada quien lo que le corresponde o necesite. 
RESPONSABILIDAD: Es un valor que está en la conciencia de la persona, que le 
permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, 
siempre en el plano de lo moral. 
CIVISMO: es el conjunto de ideas, sentimientos, actitudes y hábitos que hacen de los 
individuos y grupos buenos miembros de las comunidades políticas en que se integran. 
LEALTAD: Cumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor. 
INCLUSIÓN: El término inclusión se resalta como una actitud que engloba el escuchar, 
dialogar, participar, cooperar, preguntar, confiar, aceptar y acoger las necesidades de la 
diversidad. La práctica de este valor permite a la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro ver a
todos sus estudiantes como capaces de aprender y anima y honra todos los tipos de 
diversidad, incrementando la posibilidad de una igualdad de oportunidades y con ello, la 
mejora de la calidad educativa. 
ARTÍCULO 6. PAUTAS Y ACUERDOS QUE GARANTIZAN LA CONVIVENCIA 
ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y 
REPRODUCTIVOS EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA DE LA I.E.D. ELVIA VIZCAÍNO 
DE TODARO 
1. Aprender a no agredir al congénere: base de todo modelo de convivencia social. 
El hombre debe aprender a convertir la fuerza de la agresividad en fuerza para el 
amor y no para la muerte. 
2. Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal grupal. La 
convivencia social requiere aprender a conversar porque es a través de la 
conversación que aprendemos a expresarnos, coincidir, discrepar y 
comprometernos. 
3. Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a 
los otros, reconozco y acepto sus opiniones, aprendo a convivir. 
4. Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos 
propósitos fundamentales del hombre no son posibles si no se aprende a 
concertar con los otros. 
5. Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el 
bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los otros es una forma de expresar 
amor a la vida. 
6. Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia 
social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del universo, 
pero que en ningún momento somos superiores. No somos los “amos de la 
naturaleza”. 
7. Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y 
cultural. El ser humano evoluciona a medida que su cultura evoluciona 
TÍTULO IV SIMBOLOS 
INSTITUCIONALES: 
Artículo 7. CREDO INDEVISTA 
Nosotros creemos: 
En la existencia de un Dios que todo lo puede, que nos impulsa a vivir como hermanos 
practicando la tolerancia. 
Creemos que la voluntad de las personas es el mayor valor para alcanzar una meta y 
asumir compromisos con la humanidad. 
Creemos en nuestros padres y maestros por que nos orientan en la formación cristiana.
Creemos en nuestros amigos y amigas son un regalo, maravilloso que nos hace 
comprender la vivencia cotidiana y nos ayudan a compartir nuestros sueños. 
Creemos en mi Patria Colombia, como el mejor espacio sobre la tierra para amar y ser 
amados, para nacer y morir. 
Creemos en la justicia humana y divina que nos permite ser respetados y libres. 
Creemos que la Educación es la oportunidad más grande que tiene los niños y niñas 
de Colombia para forjarse una mejor vida. 
Artículo 8. LEMA: 
“Educamos para la excelencia a través de la formación en valores”. 
Artículo 9. NUESTRA BANDERA: 
La bandera está formada por dos franjas horizontales de igual tamaño: blanco en la 
parte superior y verde en la parte inferior. 
 Blanco: Simboliza la paz como fruto de la confraternidad y 
de la convivencia pacífica, como también la inocencia y la 
pureza del espíritu de los niños y niñas de la Institución. 
 Verde: simboliza la riqueza de la flora y de los cultivos que 
representan a nuestra región, como también la esperanza 
de ver convertidos a los estudiantes de nuestra institución 
en ciudadanos ejemplares. 
Artículo 10. NUESTRO ESCUDO: 
El escudo está representado en un círculo doble con una franja en la 
parte superior, donde se aprecia la leyenda “educación Media”, con 
letras blancas y fondo gris. 
institución. 
En la segunda franja en forma de lazo, está escrita la sigla “INDEVIT”, 
cuyo significado corresponde a la abreviatura del nombre de la 
El círculo central está dividido en dos por una línea horizontal. En la parte superior, con 
fondo blanco, se encuentran dos manos entrelazadas que simbolizan la fraternidad. En 
la parte inferior, con un fondo rosado, aparecen tres símbolos, así: un libro abierto, que 
significa la enseñanza; cinco círculos olímpicos, que representan las actividades 
deportivas; y por último, el búho, significando la sabiduría.
Artículo 11. HIMNO INDEVISTA 
HIMNO INDEVISTA 
Dios bendiga INDEVIT plantel querido 
Porque a diario nos brinda educación 
“aquí nos formamos para el futuro 
Y así a Colombia la haremos mejor” (bis). 
CORO: 
INDEVIT eres grande y virtuoso 
En tus aulas construimos el saber 
“de la mano del maestro y de los padres 
que nos guían en la paz y el bien” (bis). 
La enseñanza que a bien nos imparte 
Sirve de ejemplo en nuestra sociedad 
“si somos justos y tolerantes 
Practicaremos la fraternidad” (bis). 
CORO: 
INDEVIT eres grande y virtuoso 
En tus aulas construimos el saber 
“de la mano del maestro y de los padres 
Que nos guían en la paz y el bien” Los 
valores que aquí se cultivan 
Hacen modelo a nuestra Institución 
“si aquí nos educan en la excelencia 
es nuestro orgullo9 llevarte en el corazón” (bis). 
CORO: 
INDEVIT eres el grande y virtuoso 
En tus aulas construimos el saber 
“de la mano del maestro y de los padres 
que nos guían en la paz y el bien” (bis). 
Autor: Hidalgo Polo
Artículo 12. UNIFORMES 
Es un símbolo distintivo del colegio, se debe usar con respeto, dignidad y orgullo. El 
estudiante que lo porte debe reflejar el perfil INDEVISTA ante la sociedad. 
Artículo 13. JURAMENTO INDEVISTA 
¿Juran ante Dios y prometen ante la patria poner en práctica los valores y 
conocimientos cultivados en la institución, recordando siempre que la meta de todo ser 
humano es la búsqueda del bien común y el servicio de los demás? 
Sí, juro. 
¿Juran respetar los símbolos institucionales, mantener lealtad al INDEVIT en los actos 
públicos y privados de su vida como bachiller y profesional? 
Sí, juro 
Si así lo hacen, que Dios y la Patria los premien y, si no, que Él y Ella los demande. 
Autor(a): Marelvis Pacheco
CAPÍTULO II 
PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA 
TÍTULO I 
ADMISIÓN 
ARTÍCULO 14. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro, teniendo en cuenta la oferta y la 
demanda y los principios de responsabilidad, equidad, inclusión y mérito, asignará los 
cupos pertinentes a los niños, niñas y jóvenes aspirantes a ingresar como estudiante de 
la Institución, en las jornadas que esta ofrece y, luego de establecer y publicar los 
cupos disponibles, se seguirá el siguiente protocolo: 
a. Aspirantes al grado pre-escolar: 
 Verificación de cumplimiento de la edad mínima para la matrícula e inscripción en el 
SIMAT. 
 Suministro de la documentación mínima exigida por la secretaría general de la 
Institución. 
 Asistencia y acompañamiento de orientación escolar y/o docentes de apoyo si es 
pertinente. 
 Firma de los padres o acudientes de la matrícula ante la secretaria general de la 
institución o su delegado. 
b. Aspirantes a la básica primaria, secundaria y 10º: 
 Suministro de la documentación mínima exigida por la secretaría general de la 
Institución. 
 Aplicación de una evaluación diagnóstica establecida por las coordinaciones de 
convivencia y académica, orientación escolar y docentes de apoyo. 
 Publicación de estudiantes a quienes se les han asignado cupos. 
 Firma de los padres o acudientes de la matrícula ante la secretaria general de la 
institución o su delegado. 
c. Aspirantes a 11º: 
 De acuerdo con el Sistema Institucional de Evaluación de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de 
Todaro, el ingreso de estudiantes a grado once es improcedente, debido a que los 
convenios establecidos con el SENA para la media técnica exigen un proceso de 
formación que inicia desde el grado décimo. 
TÍTULO II 
MATRÍCULA 
ARTÍCULO 15. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se ajustará a las resoluciones 
anuales y demás normas legales expedidas por la Secretaría de Educación del 
Magdalena y el Ministerio de Educación Nacional que establecen las orientaciones, 
procedimientos y cronograma para la organización del proceso de asignación de cupos
y protocolización de la matrícula. Así mismo, los costos por el presente proceso son 
determinados por las normas y condiciones expuestas por los entes antes citados. 
Serán de obligatorio cumplimiento por parte de los padres de familia o acudientes de los 
estudiantes nuevos o antiguos la presentación y entrega de la documentación requerida 
para dinamizar y ejecutar el proceso de matrícula, el cual deberá hacerse dentro de los 
tiempos establecidos en el cronograma. 
La presentación de forma extemporánea de la documentación requerida o la ausencia 
de ellos podrá dar lugar a la pérdida del cupo en la Institución, ya que su no 
presentación dará a entender su deseo de no continuar vinculados con la Institución, 
por lo que su cupo podrá ser asignado a quienes lo soliciten y cumplan con el proceso 
de admisión. 
Así mismo, es indispensable la presencia del estudiante y del padre de familia o 
acudiente en el momento de la matrícula, la cual constituye un acto que formaliza la 
vinculación del educando al servicio educativo. 
La matrícula para los estudiantes antiguos estará mediada por las orientaciones, 
recomendaciones y compromisos establecidos por las coordinaciones de convivencia y 
académica, además, las que se deriven del seguimiento de orientación escolar y de los 
docentes de apoyo. Los estudiantes nuevos deberán cumplir con lo estipulado en el 
proceso de admisión descrito en el artículo 14 para efectos de matrícula.
CAPÍTULO III 
PERFIL DEL ESTUDIANTE INDEVISTA, DEBERES Y DERECHOS 
TÍTULO I 
PERFIL DEL ESTUDIANTE INDEVISTA 
Artículo 16. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro tiene como fundamentación la 
formación humanista de sus estudiantes mediante la adopción de su modelo 
pedagógico social desarrollista, el cual tiene como prioridad el ser humano, como un 
agente potencializador y dinamizador de sus procesos de cambio, por eso el INDEVIT 
pretende tener un perfil de sus estudiantes con las siguientes características: 
 Un estudiante que tenga la capacidad de reconocerse y reconocer al otro como 
agente de cambio, de paz, convivencia y de tolerancia 
 Un estudiante critico, líder y orientador de sus procesos académicos y los de sus 
compañeros 
 Un estudiante con sentido de pertenencia hacia su institución educativa 
 Un estudiante respetuoso de las diferencias personales, raciales, culturales y 
sexuales de sus compañeros 
 Un estudiante con capacidad para mediar y/o solucionar conflictos entre sus 
compañeros 
 Un estudiante que represente con responsabilidad su Institución educativa. 
 Un estudiante reflexivo, motivador, reconocedor de sus potencialidades y 
debilidades para proponer alternativas de solución 
 Un estudiante que promueva la reflexión y el respeto por la vida 
 Un estudiante que profese respeto y cuidado hacia la naturaleza y consigo 
mismo 
 Un estudiante que cuestione mediante argumentos los conceptos 
epistemológicos y metodológicos cuando no esté de acuerdo. 
 Un estudiante que trabaje en equipo, generando alternativas para que sus 
compañeros aprendan. 
 Un estudiante tolerante, respetuoso que cree ambientes de convivencia, equidad 
y creatividad humana para innovar y transformar su entorno 
 Un estudiante que ponga en práctica el desarrollo de los valores institucionales 
en los diferentes escenarios donde se desempeñe. 
 Un estudiante con habilidades y destrezas tecnológicas, informáticas y 
productivas. 
 Un estudiante que da testimonio auténtico de valores religiosos, éticos y morales. 
 Un estudiante que protege su salud y la de las personas que le rodean, y 
demuestra competencias para las artes y el deporte. 
TÍTULO II 
DEBERES Y DERECHOS DEL ESTUDIANTE INDEVISTA 
Artículo 17. Además de los derechos fundamentales que se establecen en: Los 
Derechos Humanos, Los Derechos del Niño, la Constitución Política de Colombia, la 
Legislación Educativa Nacional, La Ley de Infancia y adolescencia, La Ley No. 1620 
de 15 de Marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario No. 1995 de 11 de Septiembre de 
2013 y los Principios y
Valores Indevistas, los estudiantes de la Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro 
gozan de los siguientes derechos y adquieren los siguientes deberes: 
DERECHOS DEBERES 
A la vida, en cada una de sus diversas 
manifestaciones, desde el momento mismo de 
la concepción. 
Proteger la vida en cada una de sus 
manifestaciones. 
Ser evaluado en forma integral, oportuna y 
permanente con justicia, equidad, claridad, 
respeto y objetividad de acuerdo con la 
legislación emanada por el MEN. 
Prepararse y responder por su formación 
integral en los tiempos establecidos por la 
Institución. 
Al debido proceso y agotar las instancias 
establecidas en el conducto regular 
Cumplir el conducto regular y respetar las 
condiciones del debido proceso. 
Recibir un trato justo, oportuno y respetuoso 
por parte de cada uno de los miembros de la 
comunidad educativa. 
Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a 
cada uno de los miembros de la comunidad 
educativa. 
Organizar y participar en actividades 
extraescolares con el acompañamiento de los 
directivos docentes, docentes y el permiso de 
padres y/o acudientes. 
Participar de manera responsable en las 
actividades extraescolares. 
Recibir formación integral según el perfil 
Indevista, fortaleciendo adecuadamente todas 
las dimensiones del ser humano. 
Asumir y vivenciar la formación integral 
Indevista ofrecida por la Institución. 
Participar, elegir y ser elegido como miembro 
del gobierno escolar y otros comités 
reconocidos por la Institución. 
Integrar y respetar las organizaciones 
democráticas del gobierno escolar, cumpliendo 
los compromisos y acuerdos de éstos. 
Ser representado y asistido por sus padres y/o 
acudiente en cualquier situación. 
Informar a su representante (padres y/ o 
acudiente) sobre los llamados y requerimientos 
que haga la Institución. 
Ser tenido en cuenta para recibir los estímulos 
concedidos por la Institución. 
Demostrar esfuerzo personal continuo para 
merecer los estímulos concedidos por la 
Institución. 
Representar a la Institución en los diferentes 
encuentros de acuerdo con el perfil requerido. 
Actuar con lealtad y sentido de pertenencia 
llevando el buen nombre de la Institución en 
todos los eventos que participe dentro y fuera 
de ella. 
Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos 
por la Institución para el desarrollo integral. 
Hacer uso adecuado de los servicios y espacios 
institucionales. 
Ser respetado en su dignidad personal, sin 
ningún tipo de discriminación por razones de 
sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico, 
discapacidad y posición social o económica. 
Respetar la dignidad personal sin ninguna 
discriminación y responder activamente a los 
planes, programas y proyectos que ofrezca la 
Institución, conforme al énfasis y la 
reglamentación interna. 
Recibir oportuna y adecuadamente la 
información solicitada, la aclaración o la 
corrección sobre la situación académica y 
disciplinaria. 
Asumir con responsabilidad la información 
recibida haciendo buen uso de ella. 
Presentar evaluaciones, trabajos o tareas que 
no se hayan ejecutado en la fecha indicada, 
con excusa justificada ante el Coordinador. 
Justificar personalmente por escrito y con la 
presencia de sus padres o acudiente, toda 
ausencia o inasistencia a clase o a cualquier 
acto programado por la Institución, 
inmediatamente regrese al Colegio. 
Expresar, discutir y examinar con libertad 
doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro 
del debido respeto a la opinión ajena y a la 
cátedra mediante el procedimiento de reglas de 
debate y petición. 
Aceptar con sumo respeto las diferencias de 
opinión de las demás personas.
Proponer estrategias metodológicas o 
actividades que transformen la dinámica 
estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de 
la calidad en el proceso académico y de 
convivencia. 
Gestionar y participar en las actividades, 
encaminadas a mejorar la calidad en los 
procesos académicos y de convivencia. 
Recibir asesoría y apoyo permanente de los 
diferentes entes educativos (Internos- Externos) 
para participar activamente en su formación 
integral. 
Hacer uso de las asesorías que le ofrecen los 
entes educativos (Internos- Externos) en su 
formación integral. 
Conocer y participar con libertad en la 
elaboración y vivencia de la doctrina, opiniones 
y normatividad institucional. Ser respetado en 
su creencia religiosa. 
Respetar y cumplir con la normatividad y 
doctrina que se practique en la Institución. 
Al disfrute de la recreación, el deporte y el sano 
esparcimiento en la Institución y fuera de ella. 
Hacer buen uso del tiempo, medios, 
instrumentos y espacios que le ofrece la 
Institución para el disfrute del sano 
esparcimiento, la recreación y el deporte. 
Conocer el contenido de este manual con 
anticipación a la matricula. 
Asumir y cumplir lo establecido en el manual de 
convivencia. 
Conocer el sistema institucional de evaluación 
de los estudiantes: criterios, procedimientos e 
instrumentos de evaluación y promoción desde 
el inicio del año escolar. 
Cumplir con los compromisos académicos y de 
convivencia definidos por el SIE. 
Los estudiantes con NEE tienen el derecho a 
recibir una educación diferencial, de acuerdo 
con sus necesidades educativas especiales, 
teniendo en cuenta la flexibilidad curricular. 
Los estudiantes con NEE tienen el deber de 
cumplir con los deberes académicos, teniendo 
en cuenta las adaptaciones curriculares de 
cada área y acorde con sus capacidades. 
Los estudiantes con NEE tienen los mismos 
derechos que cualquier otro miembro de la IED 
Elvia Vizcaíno de Todaro, sin práctica 
discriminatoria o excluyente, respetando sus 
diferencias personales. 
Los estudiantes con NEE deben cumplir con las 
normas contempladas en el presente manual 
de convivencia. 
Los estudiantes con NEE tienen derecho a ser 
evaluados en cada área, según las 
adaptaciones curriculares y la formación dada 
en su propia lengua (Lengua de Señas 
Colombiana, L.S.C.) 
Los estudiantes con NEE tienen el deber de 
alcanzar los logros propuestos según las 
adaptaciones curriculares y la formación dada 
en su propia lengua (Lengua de Señas 
Colombiana, L.S.C.) 
Parágrafo 1: Los estudiantes con NEE (cognitiva, motora, visual, auditiva) tienen 
derecho al acceso y permanencia en la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro. Sin embargo, 
aquellos aspirantes o estudiantes con alteraciones neurológicas o psiquiátricas severas 
que atenten contra su propia integridad y la de sus pares, no podrán ser integrados a la 
Institución. 
Parágrafo 2: Los estudiantes con limitaciones auditivas (sordos) tienen el derecho a 
comunicarse a través de la Lengua de Señas Colombiana (LSC) como primera lengua; 
y a tener un modelo lingüístico en la primaria y un intérprete de señas en la secundaria, 
para su aprendizaje y uso. De no asignarse por la Secretaría de Educación, la 
Institución realizará adecuaciones curriculares, teniendo en cuenta el apoyo del recurso 
humano capacitado en LSC básica.
Parágrafo 3: Los estudiante que no hayan alcanzado los logros mínimos previstos para 
la básica primaria y tengan dieciseis (16) años de edad, iniciarán, según 
recomendaciones de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro, la educación para el trabajo y el 
desarrollo humano, buscando el desarrollo de competencias laborales para su futuro.
CAPÍTULO IV 
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA, DEBERES Y 
DERECHOS 
TÍTULO I 
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA 
Artículo 18. El Padre y la Madre de Familia o Acudiente de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de 
Todaro se caracteriza por su coherencia de vida y valor para cumplir con eficiencia sus 
deberes como representantes del educando ante la Institución Educativa. Posee sentido 
de pertenencia por la Institución y capacidad de discernimiento crítico para exigir sus 
derechos y denunciar las manipulaciones ideológicas, las injusticias, la violencia, la 
opresión y todo cuanto mengüe la dignidad del ser humano. Contribuye 
desinteresadamente al quehacer educativo para el progreso de la Institución, 
demostrando empeño, entrega, entusiasmo, cuidado, alegría, optimismo permanentes 
como primeros educadores de sus hijos. Participa activamente en la toma de decisiones 
y acciones formativas que promueve la Institución, evidenciando liderazgo, honestidad y 
responsabilidad en los compromisos adquiridos. Se preocupa permanentemente por el 
desarrollo físico, afectivo, psicológico, intelectual, moral y espiritual de sus hijos o 
acudidos, haciendo uso correcto de la autoridad mediante el diálogo como estrategia de 
formación en la convivencia social, para el civismo y el compromiso académico. 
TÍTULO II 
DEBERES Y DERECHOS DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA 
Artículo 19. Los siguientes son los Derechos y Deberes de los Padres y Madres de 
Familia o Acudientes de la Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro: 
DERECHOS DEBERES 
A la vida, en cada una de sus diversas 
manifestaciones, desde el momento mismo de 
la concepción. 
Proteger la vida en cada una de sus 
manifestaciones. 
Conocer en cada período escolar, el 
rendimiento académico y de convivencia y 
evaluación de su hijo o acudido. 
Informarse continuamente del proceso 
académico y de convivencia de su hijo o 
acudido en la Institución. 
Al debido proceso y agotar las instancias 
establecidas en el conducto regular. 
Cumplir con las etapas e instancias del debido 
proceso consagrado en el presente Manual. 
Ser considerado y respetado en su dignidad, 
recibiendo un trato amable y cordial por parte 
de todos los miembros de la comunidad 
educativa. 
Mantener relaciones de respeto, diálogo y 
colaboración con todos los miembros de la 
Comunidad Educativa. 
Participar en todos los eventos propios del 
proceso formativo de su hijo. 
Apoyar y participar activa y eficazmente en las 
actividades propias del proceso de formación 
de su hijo. 
Recibir educación humana y de calidad para 
sus hijos. 
Demostrar sentido de pertenencia por la 
Institución con el apoyo a su filosofía, 
proyectos, decisiones y exigencias. 
Participar, elegir y ser elegido como miembro 
del gobierno escolar y otros comités 
reconocidos por la Institución. 
Respetar las organizaciones democráticas del 
gobierno escolar, cumpliendo los compromisos 
y acuerdos de éstos. 
Representar al hijo o acudido en las situaciones 
que lo requieran. 
Asistir y representar al hijo o acudido en las 
situaciones que lo requieran.
A que su hijo o acudido sea tenido en cuenta 
para recibir los estímulos concedidos por la 
Institución. 
Estimular a su hijo o acudido para ser 
merecedor de estímulos concedidos por la 
Institución. 
A que su hijo sea tenido en cuenta para 
representar la Institución. 
Apoyar a su hijo para representar a la 
Institución en eventos dentro y fuera de ella. 
Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos 
por la Institución. 
Hacer uso adecuado de los servicios y espacios 
institucionales. 
Recibir trato oportuno y respetuoso por parte de 
directivos y docentes. 
Dar trato respetuoso a cada uno de los 
miembros de la comunidad. 
A conocer los procesos de evaluación de sus 
hijos oportunamente. 
Asumir con responsabilidad la información 
recibida haciendo buen uso de ella. 
Acceder a permisos o autorizaciones realizadas 
oportunamente. 
Justificar a tiempo y por escrito las ausencias 
y/o retrasos de su hijo o acudido. 
Expresar, discutir y examinar con libertad 
doctrinas, opiniones o conocimientos, a favor 
del mejoramiento de la calidad educativa, 
dentro del debido respeto a la opinión ajena y a 
la cátedra mediante el procedimiento de reglas 
de debate o petición. 
Aceptar con sumo respeto las diferencias de 
opinión de las demás personas. 
Proponer estrategias metodológicas o 
actividades que transformen la dinámica 
estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de 
la calidad en el proceso académico y de 
convivencia. 
Participar activamente y con responsabilidad en 
las actividades encaminadas a mejorar la 
calidad en los procesos académicos y de 
convivencia. 
Conocer y participar con libertad en la 
elaboración y vivencia de la doctrina, opiniones 
y normatividad institucional. Ser respetado en 
su creencia religiosa. 
Respetar y cumplir con la normatividad y 
doctrina que se practique en la Institución. 
A promover la recreación y el sano 
esparcimiento de su hijo o acudido en la 
Institución. 
Participar en la recreación y el sano 
esparcimiento de su hijo o acudido en la 
Institución. 
Hacer uso de los recursos de participación e 
instancias consagrados en el presente Manual. 
Asumir y cumplir lo establecido en el manual de 
convivencia. 
Recibir formación para el desarrollo integral de 
su hijo(a) como complemento de la formación 
familiar, sin perjuicio del desarrollo físico y 
psicoafectivo del estudiante. 
Participar en los proyectos de formación 
integral organizados por la institución. 
Velar porque su hijo o acudido responda 
eficazmente a sus compromisos académicos y 
de convivencia, sin excusa para eximirse de 
esta responsabilidad. 
Parágrafo: Los padres o acudientes de los estudiantes con NEE que son medicados, 
tienen el deber de suministrarles los medicamentos adecuadamente, según las 
indicaciones médicas. Así mismo, deberán informar oportunamente a la institución la 
condición médica de dichos estudiantes.
CAPÍTULO V 
PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA, DEBERES Y 
DERECHOS 
TÍTULO I 
PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA 
Artículo 20. El Docente y Directivo Docente de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se 
caracterizan por ser profesionales de la educación que humanizan y orientan a los 
niños, niñas y jóvenes. Sus capacidades para comprender y orientar al estudiante 
mediante el diálogo espontáneo, y con entusiasmo, alegría, optimismo, dinamismo y 
decisión, les permiten desarrollar su creatividad e innovación de estrategias 
pedagógicas y metodológicas para facilitar el proceso de enseñanza - aprendizaje. 
Además de ser modelos en la práctica de valores, el docente y directivo docente 
Indevistas se distinguen de entre los demás por ser pacientes, prudentes, humildes y 
generosos, al igual que investigativos, académicos y productivos, por lo cual mantienen 
un equilibrio intelectual y afectivo que reflejan siempre en su práctica pedagógica. Por 
último, el docente y directivo docente Indevistas posee una imagen positiva de sí mismo 
expresado en el empleo de un lenguaje claro, preciso, cordial y sencillo, y su excelente 
presentación personal. 
TÍTULO II 
DEBERES Y DERECHOS DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA 
Artículo 21. Además de lo consagrado en la Constitución Política y las Leyes que 
regulan el ejercicio de la Docencia: 
DERECHOS DEBERES 
A la vida, en cada una de sus diversas 
manifestaciones, desde el momento mismo de 
la concepción. 
Proteger la vida en cada una de sus 
manifestaciones. 
Tener autonomía y ser respetados los criterios 
de evaluación, siempre y cuando se ajusten a 
las normas vigentes y estén de acuerdo con el 
P.E.I. 
Evaluar en forma integral, oportuna y 
permanente con justicia, equidad, claridad, 
respeto y objetividad de acuerdo con la 
legislación emanada por el MEN. 
Al debido proceso y agotar las instancias 
establecidas en el conducto regular. 
Cumplir el conducto regular y respetar las 
condiciones del debido proceso. 
Ser considerado y respetado en su dignidad, 
recibiendo un trato amable y cordial por parte 
de todos los miembros de la comunidad 
educativa. 
Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a 
cada uno de los miembros de la comunidad 
educativa. 
Organizar y participar en actividades 
extraescolares con la autorización de las 
directivas. 
Dar información oportuna sobre las actividades 
a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o 
por escrito. 
Recibir formación integral según el perfil 
Indevista. 
Asumir y vivenciar la formación integral 
Indevista ofrecida por la Institución. 
Participar, elegir y ser elegido como miembro 
del gobierno escolar y otros comités 
reconocidos por la Institución. 
Respetar las organizaciones democráticas del 
gobierno escolar, cumpliendo los compromisos 
y acuerdos de éstos. 
Solicitar la presencia de los padres y/o 
acudientes en cualquier momento en que lo 
Atender a padres y/ o acudiente de los 
estudiantes en los horarios establecidos para
crea necesario. tal fin. 
Ser tenido en cuenta para recibir los estímulos 
concedidos por la Institución 
Demostrar esfuerzo personal continuo para 
merecer los estímulos concedidos por la 
Institución 
Representar a la Institución en los diferentes 
encuentros de acuerdo con el perfil requerido. 
Actuar con lealtad y sentido de pertenencia, 
llevando el buen nombre de la Institución en 
todos los eventos que participe dentro y fuera 
de ella. 
Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos 
por la Institución para el desarrollo integral. 
Hacer uso adecuado de los servicios y espacios 
institucionales. 
Ser respetado en su dignidad personal, sin 
ningún tipo de discriminación por razones de 
sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico, 
posición social o económica. 
Respetar la dignidad personal sin ninguna 
discriminación y responder activamente a los 
planes, programas y proyectos que ofrezca la 
Institución, conforme al énfasis y la 
reglamentación interna. 
Recibir oportuna y adecuadamente la 
información solicitada, aclaración o corrección 
sobre la situación laboral o distribución 
académica. 
Asumir con responsabilidad la asignación 
académica según el área de su especialidad, 
presentando un alto nivel de idoneidad en la 
orientación de sus clases y estrategias 
metodológicas empleadas. 
Exigir excusa justificada con el visto bueno del 
coordinador para poder presentar evaluaciones, 
trabajos o tareas que no se hayan ejecutado en 
la fecha indicada. 
Acordar con el estudiante la presentación de 
evaluaciones, trabajos o nivelaciones. 
Expresar, discutir y examinar con libertad: 
doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro 
del debido respeto a la opinión ajena y a la 
cátedra mediante el procedimiento de reglas de 
debate y petición. 
Aceptar con sumo respeto las diferencias de 
opinión de las demás personas. 
Proponer estrategias metodológicas o 
actividades que transformen la dinámica 
estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de 
la calidad en el proceso académico y de 
convivencia. 
Gestionar y participar en las actividades 
encaminadas a mejorar la calidad en los 
procesos académicos y de convivencia. 
Recibir asesoría y apoyo permanente de los 
diferentes entes educativos (Internos - 
Externos) para mejorar su práctica docente. 
Hacer uso de las asesorías que le ofrecen los 
entes educativos (Internos - Externos) en su 
formación integral. 
Conocer y participar con libertad en la 
elaboración y vivencia de las doctrinas, 
opiniones y normatividad institucional. Ser 
respetado en su creencia religiosa. 
Respetar y cumplir con la normatividad y 
doctrina que se practique en la Institución. 
Al disfrute de la recreación y el sano 
esparcimiento en la Institución y fuera de ella. 
Hacer buen uso del tiempo, medios, 
instrumentos y espacios que le ofrece la 
Institución para el disfrute del sano 
esparcimiento y la recreación. 
Conocer el contenido de este manual con 
anticipación. 
Asumir y cumplir lo establecido en el manual de 
convivencia. 
Atender las necesidades educativas especiales, 
realizando las adecuaciones curriculares 
pertinentes según las características 
particulares de los estudiantes. 
Tener la orientación del docente o docentes de 
apoyo de la Institución, para la realización de 
las adecuaciones curriculares, acordes con las 
capacidades del estudiante con NEE y 
disposiciones de ley para esta población. 
Detectar situaciones de violencia escolar, 
haciendo seguimientos con base en las 
políticas de prevención. 
Contar con el apoyo de los diferentes 
estamentos institucionales para atender las 
situaciones generadoras de violencia escolar, 
acudiendo a los mecanismos alternativos de 
solución de conflictos planteados en el presente 
manual.
CAPÍTULO VI 
PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES, 
DEBERES Y DERECHOS 
TÍTULO I 
PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES 
Artículo 22. Las personas de la Administración y de Servicios Generales son muy 
importantes en la educación y formación de quienes conforman la Comunidad 
Educativa Indevista, ya que con su trabajo colaboran en la buena marcha de la 
Institución. 
El personal Administrativo y de Servicio General se debe caracterizar por: 
a. Su lealtad a la Institución y a sus compañeros obrando siempre con sentido de 
pertenencia. 
b. Sus relaciones humanas que favorecen la armonía, la comunicación y la unión entre 
todas las personas de la Comunidad Educativa. 
c. Su dedicación y entrega total al cumplimiento de las funciones establecidas en el 
P.E.l. de la Institución. 
d. Su actitud positiva, su capacidad para comprender situaciones y dar solución a las 
dificultades que se puedan presentar en el desarrollo de su trabajo. 
e. Su puntualidad en el cumplimiento de su jornada de trabajo. 
f. Su responsabilidad para desempeñar en forma óptima sus funciones. 
TÍTULO II 
DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS 
GENERALES 
Artículo 23. Además de los derechos considerados en la Constitución Política de 
Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo, el Código de Procedimiento Laboral, el 
personal administrativo y de servicios generales tendrá los siguientes derechos 
asociados a unos deberes inherentes con cada uno de ellos: 
DERECHOS DEBERES 
Ser respetado como persona y como trabajador. Dar buen trato a todos los miembros de la comunidad 
Educativa 
Al reconocimiento de su trabajo con las implicaciones de 
ley. 
Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y 
desempeñar sus funciones con eficiencia. Llevar la 
relación de los trabajos realizados. 
Ser informado oportunamente sobre las actividades del 
Colegio y decisiones de carácter comunitario. 
Cumplir los compromisos adquiridos y las órdenes e 
instrucciones que le imparta el empleador y/o su 
representante 
La libertad de Expresión. Presentar opiniones respetuosas de interés general o 
particular. 
Al suministro oportuno de materiales para el desarrollo de 
sus actividades. 
Responder por el uso adecuado, seguridad y 
mantenimiento de los equipos y uso óptimo de los 
materiales confiados a su manejo.
La honra. Guardar rigurosamente la moral en todo lo relacionado 
con su trabajo. 
Capacitación y profesionalización. Participar activamente en los talleres, Jornadas 
Pedagógicas y actividades de capacitación en los 
espacios y tiempos acordados para ello.
CAPÍTULO VII 
ESTÍMULOS A ESTUDIANTES, DOCENTES, DIRECTIVOS DOCENTES, PADRES DE 
FAMILIAS O ACUDIENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS 
GENERALES 
TÍTULO I 
ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 24. Se definen como “Estímulos” aquellos reconocimientos a los 
estudiantes de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro que se destaquen en las diferentes 
actividades escolares, a saber: 
1. MEJOR ESTUDIANTE INDEVISTA: Se otorgará al estudiante que ocupe el 
primer puesto a nivel académico y que se destaque en su comportamiento 
individual, social, sentido de pertenencia y valores en general. La elección se 
realiza entre los nominados por los Directores de Grupo en cada uno de las 
secciones de primaria y bachillerato. Todos los nominados tendrán un diploma 
de honor. El ganador del “Mejor Estudiante Indevista” obtiene una Medalla 
Dorada y el reconocimiento de la comunidad Indevista. Las distinciones y 
condecoración se harán en la ceremonia de clausura del año escolar. 
2. MENCIÓN DE HONOR AL MEJOR BACHILLER DE LA PROMOCIÓN: Se 
concede al mejor Estudiante entre los estudiantes del Grado Undécimo que 
sobresale por su excelencia académica, práctica de valores y su compromiso 
institucional. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación. 
3. MEDALLA AL INDEVISTA DE TIEMPO COMPLETO: Se le asigna a 
Estudiantes que al terminar el Undécimo Grado hayan cursado todos sus 
estudios desde Transición a undécimo en la Institución. El reconocimiento será 
entregado en la ceremonia de graduación. 
4. PLACA DE HONOR: Concedida al estudiante que se encuentre ubicado dentro 
de los primeros cien (100) puestos en las pruebas Saber – ICFES del grado 
Undécimo. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación. 
5. MEJOR ESTUDIANTE DEL ÉNFASIS: Los departamentos de las áreas 
productiva y de informática seleccionarán a los estudiantes de Undécimo Grado 
(uno en cada énfasis) que por sus aportes y desempeño durante su proceso de 
formación en los Énfasis hayan sido en excelentes. El reconocimiento será 
entregado en la ceremonia de graduación. 
6. RECONOCIMIENTO A LOS TALENTOS: Mención de Honor que exalta los 
mejores desempeños artísticos, tecnológicos y/o deportivos de cada sección. 
Los reconocimientos serán entregados en la ceremonia de clausura del año 
escolar. 
7. DISTINCIÓN INDEVISTA AL EDUCANDO CON ESPÍRITU DE MAYOR 
SUPERACIÓN: Mención de Honor al estudiante que haya demostrado un
cambio positivo en su actitud, evidenciando esfuerzo y superación. Deberá 
confirmar su capacidad autocrítica para aceptar dificultades y superarlas, 
obteniendo las metas académicas y de convivencia establecidas en los 
compromisos adquiridos con docentes, directivos docentes y padres de familia o 
acudientes. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de clausura del 
año escolar y/o ceremonia de graduación. 
8. DISTINCIÓN INDEVISTA AL EDUCANDO COMPROMETIDO Y CON MAYOR 
NIVEL DE PERTENENCIA INSTITUCIONAL: Mención de Honor al estudiante 
que haya evidenciado durante su permanencia en la Institución amor por su 
colegio y por su grupo (alegría, entusiasmo, dinamismo y colaboración), además 
de respeto por la Institución y vivencia de los valores. El reconocimiento será 
entregado en la ceremonia de clausura del año escolar y/o ceremonia de 
graduación. 
9. IZADA DEL PABELLÓN NACIONAL: Honor otorgado a un estudiante de cada 
curso destacado por la práctica de los valores respectivos según el criterio 
definido para la izada y/o su excelente desempeño académico. La condecoración 
se entregará en acto cívico programado por la Institución. 
10. CUADRO DE HONOR: Conformado por los estudiantes destacados por su 
excelente rendimiento académico y comportamental en cada periodo académico. 
Parágrafo: Para los estímulos de los estudiantes en los diferentes aspectos descritos 
anteriormente, previa aprobación presupuestal del Consejo Directivo, se entregarán 
materiales didácticos que favorezcan sus aptitudes y talentos. 
TÍTULO II 
ESTÍMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 
ARTÍCULO 25. Se definen como “Estímulos” aquellos reconocimientos a docentes y 
directivos docentes de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro que se destaquen en las 
diferentes actividades pedagógicas e institucionales, a saber: 
1. DIPLOMA DE HONOR AL RECONOCIMIENTO DEL COMPROMISO DEL 
DOCENTE: Se concede a los docentes y directivos docentes Indevistas que 
demuestre en su desempeño excelencia académica y/o convivencial en el desarrollo 
de los procesos de enseñanza-aprendizaje y en su calidez humana, testimoniada en 
la cotidianidad de su profesión docente. La distinción se entregará en fecha 
programada por el Consejo Directivo. 
2. MENCIÓN DE HONOR AL MEJOR DIRECTOR DE GRUPO: La I.E.D. Elvia 
Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor al Docente Director de Grupo que 
demuestre durante el año escolar compromiso con el grupo a su cargo, 
evidenciando en la orientación a su grupo, liderazgo en las actividades de sus 
estudiantes, seguimientos disciplinarios y académicos permanentes y trabajo en
equipo con los padres de familia. La distinción se entregará en la fecha de clausura 
programada por el Consejo Directivo. 
3. MENCIÓN DE HONOR POR REPRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN: La I.E.D. 
Elvia Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor al Docente o Directivo Docente 
Indevistas que se destaquen en representación del colegio, por su espíritu 
investigativo en una o más áreas del conocimiento y en el desarrollo de Proyectos 
en Pro de la Comunidad Educativa. La distinción se entregará en la fecha 
programada por el Consejo Directivo. 
4. PLACA DE HONOR: La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Placa de Honor a 
los docentes y directivos docentes Indevistas por antigüedad o servicios prestados 
durante un tiempo mínimo de diez (10) años. Se procederá de la misma manera con 
los docentes y directivos docentes que cumplan los 20 y 30 años de servicio en la 
Institución. La distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo 
Directivo. 
5. EXALTACIÓN POR PRODUCCIÓN ACADÉMICA, ARTÍSTICA O LITERARIA: La 
I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor a los docentes y 
directivos docentes Indevistas que evidencien producción académica, artística y/o 
literaria reconocida en los contextos local, regional, nacional o internacional. La 
distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo. 
TÍTULO III 
ESTÍMULOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 
ARTÍCULO 26. Se concede, como estimulo, MENCIÓN DE HONOR a los Padres de 
Familia o Acudientes que se destaquen en representación de la Comunidad Educativa, 
por su espíritu de entrega y liderazgo a favor de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro y en 
el desarrollo de Proyectos en pro de la Comunidad Educativa. La distinción se entregará 
en la fecha programada por el Consejo Directivo. 
TÍTULO IV 
ESTÍMULOS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS 
GENERALES 
ARTÍCULO 27. Se concede, como estimulo, MENCIÓN DE HONOR "ENTREGA 
INDEVISTA” a los empleados administrativos y de servicios generales que se 
destaquen por su entrega y dedicación en el cumplimiento de sus funciones. La 
distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo.
CAPÍTULO VIII 
FALTAS Y CORRECTIVOS DE ESTUDIANTES, DOCENTES, DIRECTIVOS 
DOCENTES, PADRES DE FAMILIAS O ACUDIENTES, PERSONAL 
ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES 
TÍTULO I 
FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS ESTUDIANTES 
Artículo 28. Faltas 
Se entiende como una falta toda conducta del estudiante que altere el normal desarrollo 
de las actividades escolares y en consecuencia la convivencia pacífica y el respeto a la 
comunidad educativa. Tales conductas, que afectan la convivencia escolar y el ejercicio 
de los derechos humanos, sexuales y reprductivos, serán corregidas previo 
cumplimiento del debido proceso, cuyo propósito es la búsqueda de la verdad y el 
derecho a la defensa; con un sentido disuasivo, correctivo, formativo y reeducativo que 
no afecte la dignidad humana y en todo caso responda a las leyes, decretos, sentencias 
y directivas ministeriales que preservan los derechos y estipulan los deberes de los 
educandos. 
Artículo 29. Graduación de las faltas 
Las faltas de convivencia para efectos de los procesos de formación y disposiciones del 
presente Manual se clasificarán como faltas leves, faltas graves y faltas muy graves de 
acuerdo con su naturaleza y sus consecuencias, las modalidades y circunstancias del 
hecho, los motivos determinantes, los antecedentes personales y comportamentales del 
alumno. 
Artículo 30. De las faltas leves 
Se tipifica como falta leve de convivencia, toda aquella conducta inadecuada del 
estudiante que causa malestar, demuestra un comportamiento que de algún modo 
afecta los derechos de la comunidad educativa y evidencia incumplimiento de los 
deberes estipulados en el presente Manual de Convivencia, dentro del marco de la Ley 
1620 de 2013, en su artículo 40, en donde se especifican las situaciones. Estas faltas 
son de Tipo I, es decir, conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones 
esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso 
generan daño al cuerpo o a la salud; serán investigadas por el docente que las conozca 
y serán reportadas al director de grupo. Se entienden por faltas leves las siguientes: 
1. El incumplimiento de cualquiera de las normas estipuladas en torno al uso y 
porte del uniforme. 
2. Retirarse de clase sin autorización. 
3. Realizar durante la clase una actividad diferente a la solicitada por el maestro. 
4. Interrumpir el normal desarrollo de la clase. 
5. Llegar a la institución después de iniciada la jornada escolar, sin presentar 
excusa justificada por escrito. 
6. Llegar tarde a clases, asambleas u otra actividad sin tener una excusa 
justificada. 
7. No entregar al destinatario en la institución notas o cartas enviadas por sus 
padres o acudientes. 
8. No entregar o devolver debidamente firmadas las circulares o comunicados
enviados a casa por las autoridades de la institución. 
9. Esconder los objetos personales de los compañeros. 
10.Entrar a la sala de profesores sin autorización. 
11.Ingresar a clases sin la debida autorización de la Coordinación de Convivencia 
después de iniciada la jornada escolar. 
12.Portar o usar cualquier tipo de aparato electrónico durante las actividades 
pedagógicas sin previa autorización. 
13.Comer o beber en áreas no autorizadas. 
14.Mentir o engañar a docentes, coordinadores y a cualquier autoridad competente. 
15. Arrojar papeles en el suelo y basuras dentro de las instalaciones del Colegio. 
16. Asumir actitudes descomedidas e indelicadas ante las observaciones que le 
hagan maestros, directivas o cualquier autoridad competente de la Institución. 
17.Negarse a trabajar o a seguir las instrucciones de un docente, director de grupo o 
coordinador. El docente debe tener en cuenta las circunstancias del porqué se 
niega a realizar las actividades. 
Parágrafo1°: El estudiante deberá presentar al coordinador, orientador escolar y/o 
director de grupo un trabajo escrito donde se evidencie la lectura y reflexión del manual 
de convivencia acorde con la falta cometida. 
Parágrafo 2º: Si existe reincidencia en las faltas a la convivencia, se evalúa como una 
falta grave y se procederá como tal. 
Parágrafo 3º: El aparato electrónico será decomisado por la autoridad competente y 
permanecerá en la Coordinación de Convivencia y se devolverá al Padre de Familia. En 
caso de reincidir en la falta se dispondrán otras acciones. 
Parágrafo 4º: La Institución no se hará responsable de la pérdida de cualquier aparato 
electrónico, joyas y demás objetos de valor portados por los estudiantes sin previa 
autorización. 
Parágrafo 5º: Los estudiantes que lleguen después de la hora de entrada, firmarán un 
libro de registro como constancia de su impuntualidad. Si persiste esta falta en más de 
dos oportunidades, se notificará a su respectivo director de grupo, quien informará al 
estudiante y al padre de familia o acudiente las repercusiones de dicho comportamiento 
en los aspectos disciplinarios, académicos y de formación. Cabe anotar que dicho 
comportamiento inapropiado es considerado como falta leve, y se procederá como tal. 
Articulo 31. Medidas Pedagógicas por Faltas Leves 
Con base en el Artículo 42 del Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013, la I.E.D. 
Elvia Vizcaíno de Todaro estableció los siguientes protocolos de atención a las 
situaciones tipo I con las siguientes acciones correctivas: 
1. Diálogo y reflexión personal por parte del docente. Reunir inmediatamente a las 
partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas 
expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el 
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de 
relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 
2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a 
buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos 
y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo
involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará 
constancia a través de acta firmada por las partes involucradas. 
3. Segundo llamado de atención con registro por escrito en el observador del 
alumno, estableciendo un compromiso por parte del estudiante. 
4. Tercer llamado de atención con notificación al padre de familia o acudiente, con 
registro por escrito en el observador del alumno, firmado por el estudiante, el 
padre de familia o acudiente y el director de grupo estableciendo un compromiso. 
5. Cuarto llamado de atención con notificación a la Coordinación de Convivencia. 
Se citan a los padres de familia del estudiante involucrado en la situación y se 
adoptan los correctivos previstos para faltas graves. 
Artículo 32. De las Faltas Graves 
Se tipifica como falta grave de convivencia toda aquella conducta del estudiante que 
produce daño en la armonía institucional o de sus alrededores y compromete el 
bienestar e integridad física, psicológica y moral de los miembros de la comunidad 
educativa, independiente de que se cometa por primera vez. 
Las siguientes faltas graves son de Tipo I, es decir, conflictos manejados 
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el 
clima escolar, y que en ningún caso generan daño al cuerpo o a la salud; serán 
investigadas por el docente que las conozca, reportadas al director de grupo y al comité 
de convivencia escolar. Se entienden por faltas graves de tipo I, las siguientes: 
Provocar daños o deterioro a enseres y equipo mobiliario de la institución o de otros. 
1. Presentar en el año lectivo la comisión de 3 faltas leves. 
2. No asistir a los eventos académicos, artísticos, culturales, deportivos u otros para 
los cuales haya sido escogido y comprometan la imagen de la institución. 
3. Irrumpir o entrar sin autorización en toda propiedad privada ubicada dentro de los 
predios de la institución y sus alrededores. 
4. Salir de la institución sin autorización del rector o coordinadores. 
5. Cometer fraude de cualquier índole en evaluaciones, trabajos, tareas. 
6. Cometer fraude por plagio de cualquier fuente de consulta, información e 
investigación, incluyendo para esto toda información obtenida por la Internet. 
7. Propiciar o efectuar fugas colectivas o individuales del salón de clase o de los 
predios de la institución. 
8. Propiciar, efectuar, o participar en actos de agresión física, verbal, moral, 
discriminatoria; en manifestaciones de desorden, rebeldía y caos. 
9. Realizar compraventa o canje de artículos no autorizados; bien 
sea a compañeros, docentes o demás personal de la institución. 
10. Circular por lugares restringidos sin el acompañamiento de un docente o directivo 
en una actividad específica. 
11. Desacato a la autoridad e incumplimiento de los correctivos impuestos. 
12. Desacato a las órdenes y correctivos impartidos por las autoridades del plantel. 
Las siguientes faltas graves son de Tipo II, es decir, situaciones de agresión escolar, 
acoso escolar (Bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revisten las características 
de la comisión de un delito y cumplen con cualquiera de las siguientes características: 
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. 
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para 
cualquiera de los involucrados.
Serán investigadas por el docente que las conozca, reportadas al director de grupo y 
al comité de convivencia escolar. Se entienden por faltas graves de tipo II, las 
siguientes: 
1. Referirse a la Institución, docentes y empleados en forma irrespetuosa o con 
palabras soeces. 
2. Propiciar o participar en juegos bruscos que generen una agresión o pelea. 
3. Irrespetar y dañar la propiedad de otra persona. 
4. Reaccionar inadecuada o agresivamente a un juego brusco. 
5. Levantar calumnias que lesionen la moral y el buen nombre de compañeros de 
estudio, como de cualquier persona que labore en la institución. 
6. Enviar mensajes insultantes u obscenos, amenazar, intimidar o atemorizar por 
cualquier medio (redes sociales, correo electrónico, etc.) a los miembros de la 
comunidad educativa o a cualquier otra persona. 
7. Malos tratos o comportamientos inadecuados con los demás, como emplear 
sobrenombres, usar vocabulario vulgar o soez, asumir actitudes irreverentes o 
displicentes que irrespeten, ridiculicen, humillen, avergüencen, agredan o atenten 
contra la autoestima (matoneo), de compañeros, a docentes u otras personas de 
la comunidad, visitantes o transeúntes, dentro y fuera de la institución. 
8. Incriminar a otra persona para evadir su responsabilidad o la de un compañero. 
9. Portar, distribuir, conservar, elaborar, abrir o bajar electrónicamente cualquier tipo 
de material pornográfico en las instalaciones de la institución o en sus 
alrededores. 
10. Manifestar comportamiento impropio e inadecuado durante actos 
de la comunidad escolar, así como aquellos en los que se represente de forma 
oficial a la institución. 
11. Manifestar expresiones afectivas tales como besos y caricias dentro y fuera de la 
institución portando el uniforme. 
12. Divulgar a sus compañeros o compañeras sus actividades sexuales. 
Articulo 33. Medidas Pedagógicas por Faltas Graves 
Para la adopción de las medidas por Faltas Graves se realizarán las siguientes 
acciones: 
1. Escuchar al estudiante implicado con derecho a intervención por parte del 
Coordinador de Convivencia y Director de Grupo. 
2. Estudio de los antecedentes del estudiante analizando la ficha de seguimiento 
disciplinario y el Registro de Convivencia. Si el mismo presenta matrícula en 
observación o ha cometido dos (2) o más faltas graves se adoptarán las medidas 
correspondientes a faltas muy graves. 
3. Compromiso especial, manifestando el cambio de actitud, el cual debe ser 
firmado por el estudiante, padres o acudientes, Director de Grupo y el 
Coordinador de Convivencia. 
4. Reparación para cada una de las faltas cometidas por los estudiantes de acuerdo 
con su nivel o grado, la cual deberá ser concertada entre el Coordinador de 
Convivencia, estudiante, padre de familia o acudiente, docentes y orientador 
escolar. 
5. Remisión al departamento de orientación escolar. 
Las faltas graves estarán sujetas a correctivos como la suspensión hasta por 5 días 
hábiles, la misma se cumplirá una vez se haya ejecutado el acto administrativo
correctivo o resuelto los recursos interpuestos y podrá contemplar: 
1. Suspensión de actividades curriculares. 
2. Asignación de actividades extracurriculares: la cual se cumplirá en las 
instalaciones del plantel, o en su defecto en el lugar que señale el sancionador, 
cumpliendo con las actividades que le sean asignadas, teniendo la oportunidad 
de replantear su actitud y orientar su quehacer pedagógico. 
3. Correctivo pedagógico: En la que se establece la participación activa en las 
áreas de formación humana. (ética y valores y educación religiosa). 
De acuerdo con el Artículo 43 del Decreto 1965, los protocolos de los establecimientos 
educativos para la atención de las situaciones tipo II, deberán desarrollar como mínimo el 
siguiente procedimiento: 
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud 
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, 
actuación de la cual se dejará constancia. 
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a 
las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la 
cual se dejará constancia. 
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles 
acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 
4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los 
estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia. 
5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o 
acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, 
en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 
6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños 
causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima 
de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las 
consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la 
situación reportada. 
7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de 
este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará 
el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere 
acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965 del 11 de 
Septiembre de 2013 
8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de 
las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e 
intervinientes. 
9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al 
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información 
Unificado de Convivencia Escolar. 
Parágrafo 1º: El comité de convivencia establecerá los parámetros para la elaboración 
de un trabajo basado en los valores que el estudiante necesite reforzar, el cual deberá 
ser socializado en el salón de clases con sus compañeros y director de grupo. 
Parágrafo 2º: En todo caso es potestad y responsabilidad del Coordinador y del Comité 
de Convivencia analizar el caso y tomar la decisión respectiva. Cuando un estudiante 
cometa fraude, esto repercutirá negativamente en la valoración de su desempeño
académico y se seguirá el proceso disciplinario descrito para faltas disciplinarias graves. 
Parágrafo 3º: En los casos en que el estudiante haya sido suspendido de las 
actividades académicas éste será el único responsable del incumplimiento de los 
compromisos evaluativos previstos en esa fecha. Además, el estudiante, al retornar a 
las jornadas de clase, deberá dar cuenta de los contenidos programáticos 
desarrollados. 
Parágrafo 3º: La suspensión de actividades académicas por faltas graves o muy graves 
afectarán el resultado del proceso evaluativo del estudiante en el ámbito social y 
personal de cada una de las áreas, tal medida aplicará en el periodo en que se cometió 
la falta. 
Articulo 34. De las Faltas Muy Graves 
Se tipifica como falta muy grave todas aquellas que por su magnitud y trascendencia 
afectan ostensiblemente la marcha institucional, además lesionan y perjudican 
gravemente la integridad física, moral y psicológica de los otros miembros de la 
comunidad educativa y sus alrededores. Estas faltas, que de acuerdo con el artículo 40 
del Decreto No. 1965 de 2013 se clasifican en una situación tipo III, serán investigadas 
por el docente que la conozca (o en su defecto por el director de grupo) y 
posteriormente por el Coordinador de Convivencia quien iniciará la respectiva acción 
con base en el reporte recibido y las pruebas aportadas, e informará al comité escolar 
de convivencia para activar el respectivo protocolo. Se consideran faltas muy graves las 
siguientes: 
1. La acumulación de dos faltas graves. 
2. Información, divulgación y participación en prácticas o ritos satánicos que 
ocasionen o inciten al daño físico o psicológico; ya sea que se haga dentro o 
fuera de la institución, en actividades pedagógicas, o durante cualquier actividad 
o convocatoria auspiciada por la institución u otro plantel educativo. 
3. Inducir de cualquier manera a compañeros(as) a asumir comportamientos 
adictivos o inmorales, dentro de la institución o fuera de ésta cuando haya 
representación oficial del mismo, o actividad auspiciada o convocada por cualquier 
otro plantel educativo. 
4. Suplantación de identidad y falsificación de documentos. 
5. Sustracción intencional de documentos de carácter institucional. 
6. Portar armas, explosivos, juegos pirotécnicos o cualquier otro elemento o 
sustancia que ponga en peligro a la comunidad educativa, dentro de las 
instalaciones de la institución o sus alrededores. 
7. Cometer actos de vandalismo a las instalaciones de la Institución o pertenencias 
de las personas que conforman la comunidad educativa. 
8. Cometer robo, hurto o estafa. 
9. Usar el nombre de la institución para fines o actividades no autorizadas por la 
Rectoría, o que vayan en contra de los principios morales, éticos y espirituales 
que rigen el plantel. 
10. Tener, traficar, utilizar, consumir, o presentarse a la institución, o en cualquier 
lugar en donde sea representante del mismo, bajo el influjo de bebidas 
alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. 
11. Incitar, incurrir, participar o encubrir cualquier tipo de acoso, bien sea de índole 
sexual, emocional, afectivo, físico o espiritual. 
12. Llevar a cabo prácticas de exhibicionismo o masturbación dentro de la institución
o portando el uniforme fuera de ella. 
13. Participar en cualquier acto de índole sexual en los predios de la institución o en 
cualquier otro lugar en que se lleven a cabo actividades escolares. 
14. Atentar contra el derecho a la vida. 
15. Intento de soborno o extorsión comprobados, a compañeros, docentes, personal 
directivo, administrativo o de servicio generales de la institución. 
16. Coaccionar, amenazar a sus compañeros o a cualquier miembro de la 
comunidad. 
17. Falsificar, alterar, enmendar o tachar certificados de calificaciones, registros de 
asistencia, recibos de pagos, lista de calificaciones, contratos o circulares. 
18. Pertenecer a grupos o pandillas identificadas, cuyo objetivo sea cometer actos 
ilícitos. 
19. Ser cómplice de conductas o realizar actos tipificados como delitos en el Código 
Penal Colombiano y en el Código de Infancia y Adolescencia. 
Parágrafo 1: Se aplicará como correctivo pedagógico la participación del estudiante en 
actos cívicos, culturales y deportivos, resaltando los valores que no se reflejaron en su 
convivencia. 
Parágrafo 2: En caso de incurrir en cualquiera de las acciones establecidas 
anteriormente con el uniforme de la institución en cualquier contexto se entenderán 
como falta muy grave. 
Parágrafo 3: A los o las estudiantes, que por su estado civil (casados o unión libre); 
orientación sexual o estado de embarazo, se les prohíbe incitar prácticas sexuales a 
sus compañeros o compañeras a través de la divulgación de sus intimidades de pareja, 
so pena de incurrir en falta muy grave y ser merecedor de los correctivos 
correspondientes. En todo caso, el Departamento de Orientación Escolar deberá 
identificar los casos descritos para aplicar estrategias que minimicen los riesgos de 
alteración de la convivencia escolar. 
Articulo 35. Medidas Pedagógicas por Faltas Muy Graves 
El estudiante que incurra en falta muy grave podrá ser suspendido hasta por 8 días 
hábiles, cuando existan serios elementos que permitan deducir que la permanencia del 
estudiante en la institución interferirá en la investigación disciplinaria o ante la 
posibilidad de la reiteración o comisión de nuevas faltas. La suspensión provisional la 
decidirá el Coordinador de Convivencia o en su defecto el Rector. Para garantizar el 
debido proceso, la institución desarrollará las siguientes acciones: 
1. El acudiente debe ser notificado desde el inicio del proceso que curse en contra 
de su hijo(a) o acudido(a). De tal notificación debe quedar constancia. 
2. El estudiante involucrado tiene derecho a ser asistido desde el inicio por su 
acudiente que escuchará la valoración con derecho a intervención. 
3. Se lee el reporte de falta muy grave suministrado por el docente o persona que 
conoce la falta. 
4. Se escuchan los descargos del estudiante y se garantiza el derecho a la defensa. 
5. Se revisan y analizan las evidencias a favor o en contra del estudiante, y se 
establecen las responsabilidades. 
6. En caso de encontrarse al estudiante responsable de los cargos que se le
imputan se remitirá al Consejo Directivo para la adopción de las disposiciones 
finales, tales como reparación, matrícula en observación o la cancelación de la 
misma. 
De acuerdo con el Artículo 44 del Decreto 1965, los protocolos de los establecimientos 
educativos para la atención de las situaciones tipo III, deberán desarrollar como mínimo el 
siguiente procedimiento: 
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud 
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, 
actuación de la cual se dejará constancia. 
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los 
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio 
más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de 
la cual se dejará constancia. 
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité 
escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la 
citación se dejará constancia. 
5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el 
comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de 
aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y 
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la 
autoridad competente. 
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades 
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las 
medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del 
ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las 
personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de 
la cual se dejará constancia. 
7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al 
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información 
Unificado de Convivencia Escolar. 
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del 
comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité 
municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción 
sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. 
Parágrafo: Las faltas muy graves podrán dar lugar a la pérdida del cupo. 
Artículo 36. Circunstancias que favorecen al estudiante en la responsabilidad de 
sus actos: 
Se considera circunstancias que atenúan la responsabilidad: 
1. El haber observado una buena conducta anterior. 
2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas. 
3. El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta. 
4. El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la falta antes 
de iniciarse la acción correctiva. 
5. El haber sido inducido a cometer la falta por un compañero u otra persona. 
Artículo 37. Circunstancias que desfavorecen al estudiante en la responsabilidad
de sus actos: 
Se considera como circunstancias que agravan la responsabilidad: 
1. El haber sido objeto de correctivos por mala conducta dentro del año anterior y el 
actual. 
2. El efecto perturbador que la conducta produzca en la formación del alumno. 
3. El haber procedido por motivos innobles. 
4. El haber preparado premeditadamente la falta. 
5. El haber obrado en complicidad de otras personas. 
6. El haber cometido la falta para ocultar otra. 
7. El haber cometido la falta aprovechando la confianza que en el alumno ha 
depositado sus superiores, compañeros o padres de familia. 
Parágrafo: Para tener en cuenta las circunstancias favorables o desfavorables de que 
tratan los anteriores artículos en este Manual, la falta debe estar completamente 
comprobada. 
Artículo 38. Del derecho de defensa 
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, todo 
estudiante quien, a juicio de las autoridades competentes de la institución, haya
demostrado alguna conducta o haya incurrido en alguna falta contraria a lo dispuesto en 
este Manual de Convivencia, tiene el derecho fundamental a la defensa y al debido 
proceso. El derecho de defensa es parte integrante del debido proceso y destaca el 
derecho que tiene cada estudiante a rendir sus descargos y presentar pruebas. 
Para ser objeto de correctivos según la falta, se seguirán los procedimientos 
contemplados en el Manual de Convivencia, respetando el principio de proporcionalidad 
según la falta y actuando como sujeto activo bajo la observancia tutelar de sus padres o 
acudientes para garantizar su defensa y el debido proceso. 
TÍTULO II 
FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES 
Artículo 39. La Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro, en este 
capítulo considera como Faltas y Correctivos de los Docentes las establecidas en La 
Ley 734 del 05 de febrero de 2002 o Código Único Disciplinario, en los artículos 23 y 42 
al 47, el Código Sustantivo del Trabajo y el Código de Procedimiento Laboral. 
TÍTULO III 
FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS PADRES DE FAMILIAS O ACUDIENTES 
Artículo 40. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro mantendrá un diálogo abierto y 
constructivo con los padres y madres de familia y acudientes para dar pronta solución a 
los inconvenientes que se generen en la relación establecida entre éstos y la Escuela. 
Sin embargo, el incumplimiento de los deberes y/o compromisos de los padres y 
madres de familia o acudientes, se notificará mediante informe escrito al Instituto 
Colombiano de Bienestar Familiar y/o Comisaría de Familia cuando sea pertinente y 
necesario. 
TÍTULO IV 
FALTAS Y CORRECTIVOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS 
GENERALES 
Artículo 41. Faltas 
a. Sustraer de la Institución los útiles de trabajo y las materias primas o productos 
elaborados. 
b. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o 
drogas enervantes. 
c. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo, con excepción de las que 
con autorización legal puedan llevar los celadores. 
d. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento. 
e. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, 
promover suspensiones intempestivas del trabajo o incitar a su declaración o 
mantenimiento. 
f. Hacer colectas, rifas, suscripciones o cualquier propaganda en los lugares de 
trabajo.
g. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o no a un sindicato o 
permanecer en él o retirarse. 
h. Usar útiles o herramientas suministradas por la Institución para trabajos particulares 
distintos a los contratos. 
Artículo 42. Correctivos 
La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro considera como correctivos del Personal 
Administrativo y de Servicios Generales las establecidas en el Código Sustantivo del 
Trabajo y el Código de Procedimiento Laboral. En tales situaciones, se informará veraz 
y oportunamente a la Secretaría de Educación Departamental del Magdalena.
CAPÍTULO IX 
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (MASC) 
Artículo 43. Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC): son 
posibilidades diferentes a la vía judicial para resolver los conflictos. Para la I.E.D. Elvia 
Vizcaíno de Todaro las MASC son vistas como herramientas extrajudiciales que buscan 
dar respuesta de forma pacífica a los conflictos de la Comunidad Educativa. 
Algunos de estos mecanismos son: 
a. LA CONCILIACION: La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a 
través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus 
diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. 
La conciliación es un procedimiento con una serie de etapas, a través de las cuales 
las personas que se encuentran involucradas en un conflicto desistible, transigible o 
determinado como conciliable por la ley, hallan la manera de resolverlo a través de 
un acuerdo satisfactorio para ambas partes. 
Además de las personas en conflicto, esta figura involucra también a un tercero 
neutral e imparcial llamado conciliador que actúa, siempre habilitado por las partes, 
facilitando el dialogo entre ellas y promoviendo formulas de acuerdo que permitan 
llegar a soluciones satisfactorias para ambas partes. 
b. LA MEDIACIÓN: es un medio de solución de los conflictos por el cual las partes 
ocurren ante un órgano designado por ellas o instituido oficialmente, el cual propone 
una solución que puede o no ser acogida por las partes. 
Para Pinkas Flint la mediación constituye una variante del proceso de negociación. 
Si bien aplica a esta las mismas reglas generales, difiere de la negociación en que 
entra en escena un tercero denominado mediador. El rol del mediador es el de un 
facilitador, quien recoge inquietudes, traduce estados de ánimo y ayuda a las partes 
a confrontar sus pedidos con la realidad. En su rol, el mediador calma los estados de 
ánimos exaltados, rebaja los pedidos exagerados, explica posiciones y recibe 
confidencias. 
PARAGRAFO: El Comité de Convivencia y los Departamentos de Ciencias Sociales, 
Ética y Valores y Religión fomentarán, favorecerán y ejecutarán programas tendientes 
al uso de las MASC por parte de los miembros de la comunidad educativa. Deberán 
impulsar la formación de líderes escolares formados como generadores de paz positiva 
y con altos niveles de conocimiento de las MASC.
CAPÍTULO X 
GOBIERNO ESCOLAR 
ARTÍCULO 44. Según la propuesta educativa que plantea la ley 115 de 1994 y el 
decreto 1860 de 1994, todos los colegios deberán organizar el gobierno escolar para la 
participación democrática de los miembros de la comunidad educativa. 
El gobierno escolar, es un instrumento para la participación, el compromiso con la 
comunidad, para la construcción y aporte del crecimiento de la I.E.D. Elvia vizcaíno de 
Todaro. 
El gobierno escolar es elegido por votación para el periodo de un año lectivo y seguirá 
cumpliendo sus funciones hasta cuando se elija el nuevo. 
ARTÍCULO 45. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR: 
La institución tendrá un Gobierno Escolar conformado por los siguientes órganos como 
lo determina el decreto 1860 de 1994, en sus artículos 20, 21, 24, 29, 30 y 31, así: 
1. El Rector. 
2. El Consejo Directivo. 
3. El Consejo Académico. 
ARTÍCULO 46. EL RECTOR 
Es el representante legal de la institución ante las autoridades educativas y el ejecutor 
de las decisiones del gobierno escolar. Dentro de sus funciones más importantes se 
destacan las siguientes: 
1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional. 
2. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la calidad de la educación en 
la Institución. 
3. Velar por el cumplimiento de las funciones de todos los estamentos del colegio 
proporcionando los recursos necesarios para tal fin. 
4. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en este manual. 
5. Establecer mecanismos de comunicación entre los diferentes miembros de la 
comunidad educativa. 
ARTÍCULO 47. CONSEJO DIRECTIVO 
Es la instancia superior administrativa y académica del colegio. Está integrado por 
1. El Rector, quien lo preside y convoca ordinaria y extraordinariamente cuando lo 
considere conveniente. 
2. Dos representantes del personal docente, elegidos por ellos en una asamblea 
por la mayoría de votos. 
3. Dos representantes de los padres de familia. 
4. Un representante elegido por el consejo estudiantil de alumnos del último grado 
que ofrezca el colegio. 
5. Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo. 
6. Un representante del sector productivo, elegido por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 48. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 
1. Tomar las decisiones para solucionar situaciones que afecten el funcionamiento 
de la institución y que no sean competencia de otra autoridad. 
2. Servir de última instancia para resolver los conflictos que se presenten entre 
docentes y administrativos con los estudiantes de la institución después de haber 
agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia. 
3. Adoptar el manual de convivencia institucional de conformidad con las normas 
vigentes. 
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de 
nuevos estudiantes. 
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, 
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente 
presentado por el rector. 
7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del 
currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría 
de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique 
el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos 
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 
9. Establecer estímulos y correctivos para el buen desempeño académico y social 
de los estudiantes que han de incorporarse al manual de convivencia 
10. Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal 
administrativo de la institución. 
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades 
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 
12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en la realización de 
actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la 
respectiva comunidad educativa. 
13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras 
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 
14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 
15. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los 
provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y 
responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, 
uso de libros de texto y similares. 
16. Darse su propio reglamento. 
ARTÍCULO 49. EL CONSEJO ACADÉMICO 
Este consejo es convocado y presidido por el Rector. Es la instancia superior en la 
orientación pedagógica del colegio. Está conformado por: 
1. El Rector quien lo preside o su delegado, designado por éste. 
2. El coordinador Académico 
3. Los Jefes de Departamento. 
4. Representante del Dpto. de Psicología.
ARTÍCULO 50. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO 
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta 
del Proyecto Educativo Institucional. 
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las 
modificaciones y ajustes, de acuerdo con los procedimientos legales vigentes. 
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 
4. Participar en la evaluación institucional. 
5. Recibir y decidir sobre los reclamos de los estudiantes con relación a las 
evaluaciones de acuerdo con los artículos 50 y 56 del decreto 1860 de 1994. 
6. Supervisar el proceso general de evaluación para elaborar propuestas de 
mejoramiento y promoción estudiantil. 
7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya 
el Proyecto Educativo Institucional.
CAPÍTULO XI 
COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 
ARTÍCULA 51 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA INDEVISTA: La Institución cuenta 
con el Comité Escolar de Convivencia, creado de acuerdo con lo reglamentado en la Ley 
No. 1620 de 15 de marzo de 2013, "Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia 
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la 
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar". Es un organismo 
consultivo que evalúa los casos de incumplimiento del presente Reglamento por parte de 
estudiantes. El comité escolar de convivencia estará conformado por: 
1. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité 
2. El personero estudiantil 
3. El docente con función de orientación 
4. El coordinador cuando exista este cargo 
5. El presidente del consejo de padres de familia 
6. El presidente del consejo de estudiantes 
7. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 
PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la 
comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. 
ARTÍCULO 52. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: Son 
funciones del comité: 
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre 
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la 
construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y 
reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros 
de la comunidad educativa. 
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y 
actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región 
y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas 
que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la 
comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar 
perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante 
estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del 
establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 
29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a 
las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos 
sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo 
con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito 
escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón 
por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de 
la estructura del Sistema y de la Ruta. 
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la 
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de 
convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la 
estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los 
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de 
la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización 
del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el 
contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores 
maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. 
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo 
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos 
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos 
o estrategias de convivencia escolar
CAPÍTULO XII 
REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 53. CONSEJO DE ESTUDIANTES 
Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de 
participación de los estudiantes, según lo establecido en el art. 93 y 142 de la ley 115 y 
el art. 24 del Decreto 1860 de 1994, que contempla su conformación, denominación, 
ámbito institucional de operaciones y duración. 
ARTÍCULO 54. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES 
1. Darse su propia organización interna; sus reuniones serán presididas por el 
representante estudiantil como presidente y el personero como fiscal. 
2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del 
establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presentan iniciativas 
sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 
4. Presentar a través de su mesa directiva, en forma escrita en la tercera semana 
siguiente a su formación los planes y cronograma de actividades a rectoría para 
su estudio conciliatorio y su ubicación en el planeamiento institucional. 
5. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya 
el manual de convivencia. 
ARTÍCULO 55. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 
Según el artículo 28 del decreto 1860 de 1994, el personero será un estudiante del 
último grado que ofrece la institución, encargado de promover el ejercicio de los 
deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las 
leyes, los reglamentos y el manual de convivencia del colegio. No participa de manera 
directa en ninguno de los organismos, pero desempeña una función muy importante 
como la de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el proceso 
educativo y las funciones que le determina el decreto 1860, a través de diferentes 
campañas y proyectos comunitarios. 
ARTÍCULO 56. FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 
1. Es el encargado de promover la identidad, compromiso y participación de 
todos en el proceso educativo, a través de diferentes campañas y proyectos 
comunitarios. 
2. Fomentar el cumplimiento del Manual de Convivencia. 
3. Promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes y de los 
valores y principios democráticos, para la cual podrá utilizar los medios de 
comunicación interna de la institución, pedir la colaboración del Consejo de 
Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. 
4. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre 
lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad 
sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
5. Presentar ante el Rector, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a 
petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los 
estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 
6. Llevar por escrito un seguimiento de su labor realizada. 
7. Participar en la designación de estímulos institucionales. 
8. Sobresalir por el espíritu conciliador en la solución de conflictos. 
9. Sobresalir por su liderazgo.
CAPÍTULO XIII 
REPRESENTANTES DE LOS PADRES DE FAMILIA 
ARTÍCULO 57. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 
El Consejo de Padres de Familia se regirá de conformidad con lo establecido en el 
decreto 1286 del 27 de abril de 2005. 
ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 
1. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las 
evaluaciones periódicas de competencias y de las Pruebas de Estado. 
2. Diseñar un manual de funciones y cronograma de actividades para cada año 
lectivo. 
3. Exigir que el colegio participe en la realización de pruebas de competencias y de 
estado (ICFES). 
4. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice 
la institución. 
5. Participar en la elaboración de los Planes de Mejoramiento y del logro de los 
objetivos planteados. 
6. Promover actividades de promoción de los padres de familia: Acompañamiento. 
7. Hábitos de estudio. Autoestima. Ambientes de convivencia. Promoción de los 
derechos del niño. 
8. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y 
concertación. 
9. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco 
de la Ley y la Constitución. 
10.Promover actividades destinadas a la salud física y mental de los educandos, 
solución de dificultades de aprendizaje, integración escolar y mejoramiento del 
medio ambiente. 
11.Presentar propuestas de modificación del PEI. Dcto. 1860 de 1994, Arts. 14,15 y 
16. 11.
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Manual de convivencia INDEVIT 2014

  • 1. Manual de Convivencia y Formación Para la Comunidad Educativa I.E.D. Elvia Vizcaíno De Todaro “INDEVIT” Educamos para la excelencia a través de la formación en valores
  • 2. CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA, HORIZONTE INSTITUCIONAL, CONCEPCIÓN FILOSÓFICA, SÍMBOLOS INSTITUCIONALES. TÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Artículo 1. El Manual de Convivencia de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se fundamenta legalmente en la Constitución Política de Colombia de 1991, Ley de Infancia y Adolescencia o Ley 1098 de noviembre 8 del 2006, Ley General de Educación o Ley 115 de febrero de 1994, Ley 715 del 2001, los Derechos Internacionales del Niño, el Decreto 366 del 9 de febrero de 2009, el Decreto 1290 de abril 16 de 2009 y las sentencias de la Corte Constitucional. Con la Constitución Política se le delegaron a la educación responsabilidades particulares con respecto a la formación para la paz y la convivencia, orientadas a educar ciudadanos respetuosos de la ley, con formación democrática, respetuosos de la diversidad y las diferencias, y capaces de tramitar y resolver sus conflictos de manera pautada, sin recurrir a la violencia. La Ley 115 de 1994 establece como uno de los fines de la educación la formación en el respeto a la vida y demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, y también en el ejercicio de la tolerancia y la libertad. La Ley General de Educación define objetivos comunes para todos los niveles de la educación y destaca el proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos. El Decreto 1860 del Ministerio de educación establece pautas y objetivos para los Manuales de Convivencia Escolar, los cuales deben incluir, entre otras, normas de conducta que garanticen el mutuo respeto y procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos. El Plan Decenal de Educación presenta el tema de la educación para la convivencia, la paz y la democracia y presenta como uno de los desafíos para la educación nacional el fortalecimiento de la sociedad civil y la promoción de la convivencia ciudadana. Para tal efecto señala la importancia de construir reglas de juego y forjar una cultura y una ética que permitan, a través del diálogo, el debate democrático y de la tolerancia con el otro, la solución de los conflictos. La Ley 715 de 2001 que reglamenta los recursos y competencias para la prestación de servicios educativos y de salud, hace explícito que, entre las competencias de la Nación en materia de educación, está el formular las políticas y objetivos de desarrollo, para el sector educativo y dictar normas para la organización y prestar el servicio, así como también, definir, diseñar y establecer instrumentos y mecanismos para la calidad de la educación.
  • 3. El Decreto 366 del 9 de febrero de 2009, en sus artículos 1 y 2 definen a los estudiantes con discapacidad y con capacidades excepcionales, quienes por su condición son objeto del servicio de apoyo pedagógico y tienen el derecho a recibir una educación pertinente y sin ningún tipo de discriminación. Por lo anterior, este manual se ajusta a los parámetros establecidos en el antes citado Decreto, puntualizando los deberes, derechos y obligaciones relacionados con esta población. Así mismo, este Manual se fundamenta en la Ley de Infancia y Adolescencia o Ley 1098 de noviembre 8 del 2006, particularmente en los Artículos 42, 43, 44 y 45, los cuales consagran las obligaciones y el ámbito de acción de las instituciones educativas frente al menor. La corte constitucional El presente manual de convivencia atiende a lo dispuesto por la corte constitucional en relación con el comportamiento de los estudiantes en el marco constitucional. Al respecto la corte constitucional advirtió que las instituciones educativas no están obligadas a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconozcan las directrices disciplinarias. El magistrado ponente señala “que el deber de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres”, además, destacó a la vez que “los estudiantes tienen la obligación de mantener la normas de presentación en los colegios, así como los horario de entrada y salida de clases, recreo y asistencias, comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros “.(sentencia T-569/94, constitucional). Dentro de las sentencias de la corte constitucional relacionadas con el comportamiento de los estudiantes y padre de familia se encuentran la sentencia T-671/03, sentencia T- 767//05, sentencia T-917/06, sentencia T-917/06, sentencia T-360/08 y sentencia T- 481/09. ARTÍCULO 2. El Elvia Vizcaíno de Todaro es una Institución Educativa de naturaleza oficial, dedicada a la formación integral de sus estudiantes desde grado cero hasta undécimo grado; cuyas particularidades institucionales son: Nombre de la Institución : Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro Municipio : Aracataca, Magdalena. Aprobación oficial : Resolución No. 813 del 01 de Diciembre 2010 NIT : 819.002.122-0 Código municipal : 053 Código Icfes : 124529 Registro DANE : 147053000046 Dirección : Calle 5 # 3ª – 130 Camellón 20 de Julio Teléfonos : 300 544 93 31 E – mail : iedindevit@hotmail.com Rector : Lic. Hidalgo Polo Polo. Estrato : Uno bajo Calendario : A Jornadas : a.m. - p.m.
  • 4. Naturaleza : Oficial Carácter : Mixto Propiedad jurídica : Departamento Titulo que otorga : Bachiller Técnico Convenios : SENA para articular programas en el nivel de la media técnica en los grados 10 y 11 (Procesamiento de frutas y hortalizas y mantenimiento de equipos de computo) TÍTULO II HORIZONTE INSTITUCIONAL Artículo 3. MISIÓN La Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro es una organización escolar de carácter oficial, integral e inclusiva, que responde a las necesidades educativas de su contexto, ofreciendo los niveles de preescolar, básica y media técnica en procesamiento de alimentos perecederos y mantenimiento de equipos de computo, contribuyendo de manera eficaz con la formación de alta calidad de los niños, niñas y jóvenes del municipio de Aracataca, de la región, de Colombia y el mundo, mediante el cumplimiento de normas legales, éticas, sociales y constitucionales, garantizando así el desarrollo humano en la construcción del conocimiento, el fomento del deporte y la práctica de valores con sentido de pertenencia cultural y social. Artículo 4. VISIÓN En el año 2016, la Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro será una organización escolar líder en el Municipio de Aracataca, la región y en Colombia por ofrecer una educación inclusiva, integral y de alta calidad, reconocida por alcanzar la excelencia académica y convivencial a través de la formación en valores y el desarrollo de las competencias cognitivas, ciudadanas, laborales generales y específicas en los niveles de pre – escolar, básica y media técnica en procesamiento de alimentos perecederos y mantenimiento de equipos de computo; y destacada por promover la ciencia, la cultura y el deporte en la comunidad educativa. TÍTULO III CONCEPCIÓN FILOSÓFICA ARTÍCULO 5. VALORES GENERALES DE LA I.E.D. ELVIA VÍZCAÍNO DE TODARO Nuestro compromiso como mediadores del proceso educativo de los estudiantes es afianzar, desarrollar y encaminar primordialmente los siguientes valores: RESPETO: Es la consideración, atención que se debe a una persona, que lleva a reconocer los derechos y la dignidad de otro, se fundamenta en la dignidad de las
  • 5. personas, de igual a igual compartida por todos, basado en el respeto a uno mismo y el que se profesa al otro como persona. El respeto a los demás es la primera condición para saber vivir y poner las bases a una autentica armonía, sin distinción de persona. El Respeto a la naturaleza y a su entorno y a todo lo que esta contiene es unos de los propósitos de formación Indevista. El respeto nos hace tolerantes, el cual es un valor fundamental para la convivencia pacífica entre las personas, con derecho a ser aceptado en su individualidad y su diferencia. PERSEVERANCIA: Mantenerse constante en nuestras metas, tareas y proyección, a través de la disciplina y la dedicación, ejercitando diariamente nuestras fuerza de voluntad, luchando contra la pereza, la negligencia y el descuido. La perseverancia nos hace pacientes, dedicados y responsables. FRATERNIDAD: Es la más clara evidencia del buen trato para demostrar nuestro afecto personal, desinteresado y recíproco que nace y se fortalece con la capacidad de servir y ser solidario, generoso, afectuoso, bondadoso y sincero con los otros. SOLIDARIDAD: Cuando dos personas o más se unen con una actitud leal, generosa, compasiva y fraternal, persiguiendo una causa noble y justa, con el fin de cambiar el mundo, hacerlo más habitable y digno. AUTONOMIA: Capacidad de dirigirse, a través de una percepción personal la cual le permite el desarrollo de habilidades con su cuerpo, aptitudes y la toma de decisiones para actuar sobre su realidad. SENTIDO DE PERTENENCIA: Reconocimiento de la importancia, aplicación de valores y criterios para todo lo que nos rodea, apropiados en el desarrollo integral de ser humano y sus necesidades de interacción y respeto de todos y por todo. JUSTICIA: Actitud moral o voluntad decidida de dar a cada uno lo que es suyo, basada en el respeto, igualdad y orden. Lo cual permite reflejar actitud de paz, cooperación y tolerancia, sin discriminación o diferencia. EQUIDAD: Dar a cada quien lo que le corresponde o necesite. RESPONSABILIDAD: Es un valor que está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el plano de lo moral. CIVISMO: es el conjunto de ideas, sentimientos, actitudes y hábitos que hacen de los individuos y grupos buenos miembros de las comunidades políticas en que se integran. LEALTAD: Cumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor. INCLUSIÓN: El término inclusión se resalta como una actitud que engloba el escuchar, dialogar, participar, cooperar, preguntar, confiar, aceptar y acoger las necesidades de la diversidad. La práctica de este valor permite a la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro ver a
  • 6. todos sus estudiantes como capaces de aprender y anima y honra todos los tipos de diversidad, incrementando la posibilidad de una igualdad de oportunidades y con ello, la mejora de la calidad educativa. ARTÍCULO 6. PAUTAS Y ACUERDOS QUE GARANTIZAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA DE LA I.E.D. ELVIA VIZCAÍNO DE TODARO 1. Aprender a no agredir al congénere: base de todo modelo de convivencia social. El hombre debe aprender a convertir la fuerza de la agresividad en fuerza para el amor y no para la muerte. 2. Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal grupal. La convivencia social requiere aprender a conversar porque es a través de la conversación que aprendemos a expresarnos, coincidir, discrepar y comprometernos. 3. Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a los otros, reconozco y acepto sus opiniones, aprendo a convivir. 4. Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos propósitos fundamentales del hombre no son posibles si no se aprende a concertar con los otros. 5. Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los otros es una forma de expresar amor a la vida. 6. Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del universo, pero que en ningún momento somos superiores. No somos los “amos de la naturaleza”. 7. Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y cultural. El ser humano evoluciona a medida que su cultura evoluciona TÍTULO IV SIMBOLOS INSTITUCIONALES: Artículo 7. CREDO INDEVISTA Nosotros creemos: En la existencia de un Dios que todo lo puede, que nos impulsa a vivir como hermanos practicando la tolerancia. Creemos que la voluntad de las personas es el mayor valor para alcanzar una meta y asumir compromisos con la humanidad. Creemos en nuestros padres y maestros por que nos orientan en la formación cristiana.
  • 7. Creemos en nuestros amigos y amigas son un regalo, maravilloso que nos hace comprender la vivencia cotidiana y nos ayudan a compartir nuestros sueños. Creemos en mi Patria Colombia, como el mejor espacio sobre la tierra para amar y ser amados, para nacer y morir. Creemos en la justicia humana y divina que nos permite ser respetados y libres. Creemos que la Educación es la oportunidad más grande que tiene los niños y niñas de Colombia para forjarse una mejor vida. Artículo 8. LEMA: “Educamos para la excelencia a través de la formación en valores”. Artículo 9. NUESTRA BANDERA: La bandera está formada por dos franjas horizontales de igual tamaño: blanco en la parte superior y verde en la parte inferior.  Blanco: Simboliza la paz como fruto de la confraternidad y de la convivencia pacífica, como también la inocencia y la pureza del espíritu de los niños y niñas de la Institución.  Verde: simboliza la riqueza de la flora y de los cultivos que representan a nuestra región, como también la esperanza de ver convertidos a los estudiantes de nuestra institución en ciudadanos ejemplares. Artículo 10. NUESTRO ESCUDO: El escudo está representado en un círculo doble con una franja en la parte superior, donde se aprecia la leyenda “educación Media”, con letras blancas y fondo gris. institución. En la segunda franja en forma de lazo, está escrita la sigla “INDEVIT”, cuyo significado corresponde a la abreviatura del nombre de la El círculo central está dividido en dos por una línea horizontal. En la parte superior, con fondo blanco, se encuentran dos manos entrelazadas que simbolizan la fraternidad. En la parte inferior, con un fondo rosado, aparecen tres símbolos, así: un libro abierto, que significa la enseñanza; cinco círculos olímpicos, que representan las actividades deportivas; y por último, el búho, significando la sabiduría.
  • 8. Artículo 11. HIMNO INDEVISTA HIMNO INDEVISTA Dios bendiga INDEVIT plantel querido Porque a diario nos brinda educación “aquí nos formamos para el futuro Y así a Colombia la haremos mejor” (bis). CORO: INDEVIT eres grande y virtuoso En tus aulas construimos el saber “de la mano del maestro y de los padres que nos guían en la paz y el bien” (bis). La enseñanza que a bien nos imparte Sirve de ejemplo en nuestra sociedad “si somos justos y tolerantes Practicaremos la fraternidad” (bis). CORO: INDEVIT eres grande y virtuoso En tus aulas construimos el saber “de la mano del maestro y de los padres Que nos guían en la paz y el bien” Los valores que aquí se cultivan Hacen modelo a nuestra Institución “si aquí nos educan en la excelencia es nuestro orgullo9 llevarte en el corazón” (bis). CORO: INDEVIT eres el grande y virtuoso En tus aulas construimos el saber “de la mano del maestro y de los padres que nos guían en la paz y el bien” (bis). Autor: Hidalgo Polo
  • 9. Artículo 12. UNIFORMES Es un símbolo distintivo del colegio, se debe usar con respeto, dignidad y orgullo. El estudiante que lo porte debe reflejar el perfil INDEVISTA ante la sociedad. Artículo 13. JURAMENTO INDEVISTA ¿Juran ante Dios y prometen ante la patria poner en práctica los valores y conocimientos cultivados en la institución, recordando siempre que la meta de todo ser humano es la búsqueda del bien común y el servicio de los demás? Sí, juro. ¿Juran respetar los símbolos institucionales, mantener lealtad al INDEVIT en los actos públicos y privados de su vida como bachiller y profesional? Sí, juro Si así lo hacen, que Dios y la Patria los premien y, si no, que Él y Ella los demande. Autor(a): Marelvis Pacheco
  • 10. CAPÍTULO II PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA TÍTULO I ADMISIÓN ARTÍCULO 14. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro, teniendo en cuenta la oferta y la demanda y los principios de responsabilidad, equidad, inclusión y mérito, asignará los cupos pertinentes a los niños, niñas y jóvenes aspirantes a ingresar como estudiante de la Institución, en las jornadas que esta ofrece y, luego de establecer y publicar los cupos disponibles, se seguirá el siguiente protocolo: a. Aspirantes al grado pre-escolar:  Verificación de cumplimiento de la edad mínima para la matrícula e inscripción en el SIMAT.  Suministro de la documentación mínima exigida por la secretaría general de la Institución.  Asistencia y acompañamiento de orientación escolar y/o docentes de apoyo si es pertinente.  Firma de los padres o acudientes de la matrícula ante la secretaria general de la institución o su delegado. b. Aspirantes a la básica primaria, secundaria y 10º:  Suministro de la documentación mínima exigida por la secretaría general de la Institución.  Aplicación de una evaluación diagnóstica establecida por las coordinaciones de convivencia y académica, orientación escolar y docentes de apoyo.  Publicación de estudiantes a quienes se les han asignado cupos.  Firma de los padres o acudientes de la matrícula ante la secretaria general de la institución o su delegado. c. Aspirantes a 11º:  De acuerdo con el Sistema Institucional de Evaluación de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro, el ingreso de estudiantes a grado once es improcedente, debido a que los convenios establecidos con el SENA para la media técnica exigen un proceso de formación que inicia desde el grado décimo. TÍTULO II MATRÍCULA ARTÍCULO 15. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se ajustará a las resoluciones anuales y demás normas legales expedidas por la Secretaría de Educación del Magdalena y el Ministerio de Educación Nacional que establecen las orientaciones, procedimientos y cronograma para la organización del proceso de asignación de cupos
  • 11. y protocolización de la matrícula. Así mismo, los costos por el presente proceso son determinados por las normas y condiciones expuestas por los entes antes citados. Serán de obligatorio cumplimiento por parte de los padres de familia o acudientes de los estudiantes nuevos o antiguos la presentación y entrega de la documentación requerida para dinamizar y ejecutar el proceso de matrícula, el cual deberá hacerse dentro de los tiempos establecidos en el cronograma. La presentación de forma extemporánea de la documentación requerida o la ausencia de ellos podrá dar lugar a la pérdida del cupo en la Institución, ya que su no presentación dará a entender su deseo de no continuar vinculados con la Institución, por lo que su cupo podrá ser asignado a quienes lo soliciten y cumplan con el proceso de admisión. Así mismo, es indispensable la presencia del estudiante y del padre de familia o acudiente en el momento de la matrícula, la cual constituye un acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. La matrícula para los estudiantes antiguos estará mediada por las orientaciones, recomendaciones y compromisos establecidos por las coordinaciones de convivencia y académica, además, las que se deriven del seguimiento de orientación escolar y de los docentes de apoyo. Los estudiantes nuevos deberán cumplir con lo estipulado en el proceso de admisión descrito en el artículo 14 para efectos de matrícula.
  • 12. CAPÍTULO III PERFIL DEL ESTUDIANTE INDEVISTA, DEBERES Y DERECHOS TÍTULO I PERFIL DEL ESTUDIANTE INDEVISTA Artículo 16. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro tiene como fundamentación la formación humanista de sus estudiantes mediante la adopción de su modelo pedagógico social desarrollista, el cual tiene como prioridad el ser humano, como un agente potencializador y dinamizador de sus procesos de cambio, por eso el INDEVIT pretende tener un perfil de sus estudiantes con las siguientes características:  Un estudiante que tenga la capacidad de reconocerse y reconocer al otro como agente de cambio, de paz, convivencia y de tolerancia  Un estudiante critico, líder y orientador de sus procesos académicos y los de sus compañeros  Un estudiante con sentido de pertenencia hacia su institución educativa  Un estudiante respetuoso de las diferencias personales, raciales, culturales y sexuales de sus compañeros  Un estudiante con capacidad para mediar y/o solucionar conflictos entre sus compañeros  Un estudiante que represente con responsabilidad su Institución educativa.  Un estudiante reflexivo, motivador, reconocedor de sus potencialidades y debilidades para proponer alternativas de solución  Un estudiante que promueva la reflexión y el respeto por la vida  Un estudiante que profese respeto y cuidado hacia la naturaleza y consigo mismo  Un estudiante que cuestione mediante argumentos los conceptos epistemológicos y metodológicos cuando no esté de acuerdo.  Un estudiante que trabaje en equipo, generando alternativas para que sus compañeros aprendan.  Un estudiante tolerante, respetuoso que cree ambientes de convivencia, equidad y creatividad humana para innovar y transformar su entorno  Un estudiante que ponga en práctica el desarrollo de los valores institucionales en los diferentes escenarios donde se desempeñe.  Un estudiante con habilidades y destrezas tecnológicas, informáticas y productivas.  Un estudiante que da testimonio auténtico de valores religiosos, éticos y morales.  Un estudiante que protege su salud y la de las personas que le rodean, y demuestra competencias para las artes y el deporte. TÍTULO II DEBERES Y DERECHOS DEL ESTUDIANTE INDEVISTA Artículo 17. Además de los derechos fundamentales que se establecen en: Los Derechos Humanos, Los Derechos del Niño, la Constitución Política de Colombia, la Legislación Educativa Nacional, La Ley de Infancia y adolescencia, La Ley No. 1620 de 15 de Marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario No. 1995 de 11 de Septiembre de 2013 y los Principios y
  • 13. Valores Indevistas, los estudiantes de la Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro gozan de los siguientes derechos y adquieren los siguientes deberes: DERECHOS DEBERES A la vida, en cada una de sus diversas manifestaciones, desde el momento mismo de la concepción. Proteger la vida en cada una de sus manifestaciones. Ser evaluado en forma integral, oportuna y permanente con justicia, equidad, claridad, respeto y objetividad de acuerdo con la legislación emanada por el MEN. Prepararse y responder por su formación integral en los tiempos establecidos por la Institución. Al debido proceso y agotar las instancias establecidas en el conducto regular Cumplir el conducto regular y respetar las condiciones del debido proceso. Recibir un trato justo, oportuno y respetuoso por parte de cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Organizar y participar en actividades extraescolares con el acompañamiento de los directivos docentes, docentes y el permiso de padres y/o acudientes. Participar de manera responsable en las actividades extraescolares. Recibir formación integral según el perfil Indevista, fortaleciendo adecuadamente todas las dimensiones del ser humano. Asumir y vivenciar la formación integral Indevista ofrecida por la Institución. Participar, elegir y ser elegido como miembro del gobierno escolar y otros comités reconocidos por la Institución. Integrar y respetar las organizaciones democráticas del gobierno escolar, cumpliendo los compromisos y acuerdos de éstos. Ser representado y asistido por sus padres y/o acudiente en cualquier situación. Informar a su representante (padres y/ o acudiente) sobre los llamados y requerimientos que haga la Institución. Ser tenido en cuenta para recibir los estímulos concedidos por la Institución. Demostrar esfuerzo personal continuo para merecer los estímulos concedidos por la Institución. Representar a la Institución en los diferentes encuentros de acuerdo con el perfil requerido. Actuar con lealtad y sentido de pertenencia llevando el buen nombre de la Institución en todos los eventos que participe dentro y fuera de ella. Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos por la Institución para el desarrollo integral. Hacer uso adecuado de los servicios y espacios institucionales. Ser respetado en su dignidad personal, sin ningún tipo de discriminación por razones de sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico, discapacidad y posición social o económica. Respetar la dignidad personal sin ninguna discriminación y responder activamente a los planes, programas y proyectos que ofrezca la Institución, conforme al énfasis y la reglamentación interna. Recibir oportuna y adecuadamente la información solicitada, la aclaración o la corrección sobre la situación académica y disciplinaria. Asumir con responsabilidad la información recibida haciendo buen uso de ella. Presentar evaluaciones, trabajos o tareas que no se hayan ejecutado en la fecha indicada, con excusa justificada ante el Coordinador. Justificar personalmente por escrito y con la presencia de sus padres o acudiente, toda ausencia o inasistencia a clase o a cualquier acto programado por la Institución, inmediatamente regrese al Colegio. Expresar, discutir y examinar con libertad doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra mediante el procedimiento de reglas de debate y petición. Aceptar con sumo respeto las diferencias de opinión de las demás personas.
  • 14. Proponer estrategias metodológicas o actividades que transformen la dinámica estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de la calidad en el proceso académico y de convivencia. Gestionar y participar en las actividades, encaminadas a mejorar la calidad en los procesos académicos y de convivencia. Recibir asesoría y apoyo permanente de los diferentes entes educativos (Internos- Externos) para participar activamente en su formación integral. Hacer uso de las asesorías que le ofrecen los entes educativos (Internos- Externos) en su formación integral. Conocer y participar con libertad en la elaboración y vivencia de la doctrina, opiniones y normatividad institucional. Ser respetado en su creencia religiosa. Respetar y cumplir con la normatividad y doctrina que se practique en la Institución. Al disfrute de la recreación, el deporte y el sano esparcimiento en la Institución y fuera de ella. Hacer buen uso del tiempo, medios, instrumentos y espacios que le ofrece la Institución para el disfrute del sano esparcimiento, la recreación y el deporte. Conocer el contenido de este manual con anticipación a la matricula. Asumir y cumplir lo establecido en el manual de convivencia. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el SIE. Los estudiantes con NEE tienen el derecho a recibir una educación diferencial, de acuerdo con sus necesidades educativas especiales, teniendo en cuenta la flexibilidad curricular. Los estudiantes con NEE tienen el deber de cumplir con los deberes académicos, teniendo en cuenta las adaptaciones curriculares de cada área y acorde con sus capacidades. Los estudiantes con NEE tienen los mismos derechos que cualquier otro miembro de la IED Elvia Vizcaíno de Todaro, sin práctica discriminatoria o excluyente, respetando sus diferencias personales. Los estudiantes con NEE deben cumplir con las normas contempladas en el presente manual de convivencia. Los estudiantes con NEE tienen derecho a ser evaluados en cada área, según las adaptaciones curriculares y la formación dada en su propia lengua (Lengua de Señas Colombiana, L.S.C.) Los estudiantes con NEE tienen el deber de alcanzar los logros propuestos según las adaptaciones curriculares y la formación dada en su propia lengua (Lengua de Señas Colombiana, L.S.C.) Parágrafo 1: Los estudiantes con NEE (cognitiva, motora, visual, auditiva) tienen derecho al acceso y permanencia en la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro. Sin embargo, aquellos aspirantes o estudiantes con alteraciones neurológicas o psiquiátricas severas que atenten contra su propia integridad y la de sus pares, no podrán ser integrados a la Institución. Parágrafo 2: Los estudiantes con limitaciones auditivas (sordos) tienen el derecho a comunicarse a través de la Lengua de Señas Colombiana (LSC) como primera lengua; y a tener un modelo lingüístico en la primaria y un intérprete de señas en la secundaria, para su aprendizaje y uso. De no asignarse por la Secretaría de Educación, la Institución realizará adecuaciones curriculares, teniendo en cuenta el apoyo del recurso humano capacitado en LSC básica.
  • 15. Parágrafo 3: Los estudiante que no hayan alcanzado los logros mínimos previstos para la básica primaria y tengan dieciseis (16) años de edad, iniciarán, según recomendaciones de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro, la educación para el trabajo y el desarrollo humano, buscando el desarrollo de competencias laborales para su futuro.
  • 16. CAPÍTULO IV PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA, DEBERES Y DERECHOS TÍTULO I PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA Artículo 18. El Padre y la Madre de Familia o Acudiente de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se caracteriza por su coherencia de vida y valor para cumplir con eficiencia sus deberes como representantes del educando ante la Institución Educativa. Posee sentido de pertenencia por la Institución y capacidad de discernimiento crítico para exigir sus derechos y denunciar las manipulaciones ideológicas, las injusticias, la violencia, la opresión y todo cuanto mengüe la dignidad del ser humano. Contribuye desinteresadamente al quehacer educativo para el progreso de la Institución, demostrando empeño, entrega, entusiasmo, cuidado, alegría, optimismo permanentes como primeros educadores de sus hijos. Participa activamente en la toma de decisiones y acciones formativas que promueve la Institución, evidenciando liderazgo, honestidad y responsabilidad en los compromisos adquiridos. Se preocupa permanentemente por el desarrollo físico, afectivo, psicológico, intelectual, moral y espiritual de sus hijos o acudidos, haciendo uso correcto de la autoridad mediante el diálogo como estrategia de formación en la convivencia social, para el civismo y el compromiso académico. TÍTULO II DEBERES Y DERECHOS DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA Artículo 19. Los siguientes son los Derechos y Deberes de los Padres y Madres de Familia o Acudientes de la Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro: DERECHOS DEBERES A la vida, en cada una de sus diversas manifestaciones, desde el momento mismo de la concepción. Proteger la vida en cada una de sus manifestaciones. Conocer en cada período escolar, el rendimiento académico y de convivencia y evaluación de su hijo o acudido. Informarse continuamente del proceso académico y de convivencia de su hijo o acudido en la Institución. Al debido proceso y agotar las instancias establecidas en el conducto regular. Cumplir con las etapas e instancias del debido proceso consagrado en el presente Manual. Ser considerado y respetado en su dignidad, recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. Mantener relaciones de respeto, diálogo y colaboración con todos los miembros de la Comunidad Educativa. Participar en todos los eventos propios del proceso formativo de su hijo. Apoyar y participar activa y eficazmente en las actividades propias del proceso de formación de su hijo. Recibir educación humana y de calidad para sus hijos. Demostrar sentido de pertenencia por la Institución con el apoyo a su filosofía, proyectos, decisiones y exigencias. Participar, elegir y ser elegido como miembro del gobierno escolar y otros comités reconocidos por la Institución. Respetar las organizaciones democráticas del gobierno escolar, cumpliendo los compromisos y acuerdos de éstos. Representar al hijo o acudido en las situaciones que lo requieran. Asistir y representar al hijo o acudido en las situaciones que lo requieran.
  • 17. A que su hijo o acudido sea tenido en cuenta para recibir los estímulos concedidos por la Institución. Estimular a su hijo o acudido para ser merecedor de estímulos concedidos por la Institución. A que su hijo sea tenido en cuenta para representar la Institución. Apoyar a su hijo para representar a la Institución en eventos dentro y fuera de ella. Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos por la Institución. Hacer uso adecuado de los servicios y espacios institucionales. Recibir trato oportuno y respetuoso por parte de directivos y docentes. Dar trato respetuoso a cada uno de los miembros de la comunidad. A conocer los procesos de evaluación de sus hijos oportunamente. Asumir con responsabilidad la información recibida haciendo buen uso de ella. Acceder a permisos o autorizaciones realizadas oportunamente. Justificar a tiempo y por escrito las ausencias y/o retrasos de su hijo o acudido. Expresar, discutir y examinar con libertad doctrinas, opiniones o conocimientos, a favor del mejoramiento de la calidad educativa, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra mediante el procedimiento de reglas de debate o petición. Aceptar con sumo respeto las diferencias de opinión de las demás personas. Proponer estrategias metodológicas o actividades que transformen la dinámica estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de la calidad en el proceso académico y de convivencia. Participar activamente y con responsabilidad en las actividades encaminadas a mejorar la calidad en los procesos académicos y de convivencia. Conocer y participar con libertad en la elaboración y vivencia de la doctrina, opiniones y normatividad institucional. Ser respetado en su creencia religiosa. Respetar y cumplir con la normatividad y doctrina que se practique en la Institución. A promover la recreación y el sano esparcimiento de su hijo o acudido en la Institución. Participar en la recreación y el sano esparcimiento de su hijo o acudido en la Institución. Hacer uso de los recursos de participación e instancias consagrados en el presente Manual. Asumir y cumplir lo establecido en el manual de convivencia. Recibir formación para el desarrollo integral de su hijo(a) como complemento de la formación familiar, sin perjuicio del desarrollo físico y psicoafectivo del estudiante. Participar en los proyectos de formación integral organizados por la institución. Velar porque su hijo o acudido responda eficazmente a sus compromisos académicos y de convivencia, sin excusa para eximirse de esta responsabilidad. Parágrafo: Los padres o acudientes de los estudiantes con NEE que son medicados, tienen el deber de suministrarles los medicamentos adecuadamente, según las indicaciones médicas. Así mismo, deberán informar oportunamente a la institución la condición médica de dichos estudiantes.
  • 18. CAPÍTULO V PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA, DEBERES Y DERECHOS TÍTULO I PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA Artículo 20. El Docente y Directivo Docente de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se caracterizan por ser profesionales de la educación que humanizan y orientan a los niños, niñas y jóvenes. Sus capacidades para comprender y orientar al estudiante mediante el diálogo espontáneo, y con entusiasmo, alegría, optimismo, dinamismo y decisión, les permiten desarrollar su creatividad e innovación de estrategias pedagógicas y metodológicas para facilitar el proceso de enseñanza - aprendizaje. Además de ser modelos en la práctica de valores, el docente y directivo docente Indevistas se distinguen de entre los demás por ser pacientes, prudentes, humildes y generosos, al igual que investigativos, académicos y productivos, por lo cual mantienen un equilibrio intelectual y afectivo que reflejan siempre en su práctica pedagógica. Por último, el docente y directivo docente Indevistas posee una imagen positiva de sí mismo expresado en el empleo de un lenguaje claro, preciso, cordial y sencillo, y su excelente presentación personal. TÍTULO II DEBERES Y DERECHOS DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA Artículo 21. Además de lo consagrado en la Constitución Política y las Leyes que regulan el ejercicio de la Docencia: DERECHOS DEBERES A la vida, en cada una de sus diversas manifestaciones, desde el momento mismo de la concepción. Proteger la vida en cada una de sus manifestaciones. Tener autonomía y ser respetados los criterios de evaluación, siempre y cuando se ajusten a las normas vigentes y estén de acuerdo con el P.E.I. Evaluar en forma integral, oportuna y permanente con justicia, equidad, claridad, respeto y objetividad de acuerdo con la legislación emanada por el MEN. Al debido proceso y agotar las instancias establecidas en el conducto regular. Cumplir el conducto regular y respetar las condiciones del debido proceso. Ser considerado y respetado en su dignidad, recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Organizar y participar en actividades extraescolares con la autorización de las directivas. Dar información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o por escrito. Recibir formación integral según el perfil Indevista. Asumir y vivenciar la formación integral Indevista ofrecida por la Institución. Participar, elegir y ser elegido como miembro del gobierno escolar y otros comités reconocidos por la Institución. Respetar las organizaciones democráticas del gobierno escolar, cumpliendo los compromisos y acuerdos de éstos. Solicitar la presencia de los padres y/o acudientes en cualquier momento en que lo Atender a padres y/ o acudiente de los estudiantes en los horarios establecidos para
  • 19. crea necesario. tal fin. Ser tenido en cuenta para recibir los estímulos concedidos por la Institución Demostrar esfuerzo personal continuo para merecer los estímulos concedidos por la Institución Representar a la Institución en los diferentes encuentros de acuerdo con el perfil requerido. Actuar con lealtad y sentido de pertenencia, llevando el buen nombre de la Institución en todos los eventos que participe dentro y fuera de ella. Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos por la Institución para el desarrollo integral. Hacer uso adecuado de los servicios y espacios institucionales. Ser respetado en su dignidad personal, sin ningún tipo de discriminación por razones de sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico, posición social o económica. Respetar la dignidad personal sin ninguna discriminación y responder activamente a los planes, programas y proyectos que ofrezca la Institución, conforme al énfasis y la reglamentación interna. Recibir oportuna y adecuadamente la información solicitada, aclaración o corrección sobre la situación laboral o distribución académica. Asumir con responsabilidad la asignación académica según el área de su especialidad, presentando un alto nivel de idoneidad en la orientación de sus clases y estrategias metodológicas empleadas. Exigir excusa justificada con el visto bueno del coordinador para poder presentar evaluaciones, trabajos o tareas que no se hayan ejecutado en la fecha indicada. Acordar con el estudiante la presentación de evaluaciones, trabajos o nivelaciones. Expresar, discutir y examinar con libertad: doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra mediante el procedimiento de reglas de debate y petición. Aceptar con sumo respeto las diferencias de opinión de las demás personas. Proponer estrategias metodológicas o actividades que transformen la dinámica estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de la calidad en el proceso académico y de convivencia. Gestionar y participar en las actividades encaminadas a mejorar la calidad en los procesos académicos y de convivencia. Recibir asesoría y apoyo permanente de los diferentes entes educativos (Internos - Externos) para mejorar su práctica docente. Hacer uso de las asesorías que le ofrecen los entes educativos (Internos - Externos) en su formación integral. Conocer y participar con libertad en la elaboración y vivencia de las doctrinas, opiniones y normatividad institucional. Ser respetado en su creencia religiosa. Respetar y cumplir con la normatividad y doctrina que se practique en la Institución. Al disfrute de la recreación y el sano esparcimiento en la Institución y fuera de ella. Hacer buen uso del tiempo, medios, instrumentos y espacios que le ofrece la Institución para el disfrute del sano esparcimiento y la recreación. Conocer el contenido de este manual con anticipación. Asumir y cumplir lo establecido en el manual de convivencia. Atender las necesidades educativas especiales, realizando las adecuaciones curriculares pertinentes según las características particulares de los estudiantes. Tener la orientación del docente o docentes de apoyo de la Institución, para la realización de las adecuaciones curriculares, acordes con las capacidades del estudiante con NEE y disposiciones de ley para esta población. Detectar situaciones de violencia escolar, haciendo seguimientos con base en las políticas de prevención. Contar con el apoyo de los diferentes estamentos institucionales para atender las situaciones generadoras de violencia escolar, acudiendo a los mecanismos alternativos de solución de conflictos planteados en el presente manual.
  • 20. CAPÍTULO VI PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES, DEBERES Y DERECHOS TÍTULO I PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES Artículo 22. Las personas de la Administración y de Servicios Generales son muy importantes en la educación y formación de quienes conforman la Comunidad Educativa Indevista, ya que con su trabajo colaboran en la buena marcha de la Institución. El personal Administrativo y de Servicio General se debe caracterizar por: a. Su lealtad a la Institución y a sus compañeros obrando siempre con sentido de pertenencia. b. Sus relaciones humanas que favorecen la armonía, la comunicación y la unión entre todas las personas de la Comunidad Educativa. c. Su dedicación y entrega total al cumplimiento de las funciones establecidas en el P.E.l. de la Institución. d. Su actitud positiva, su capacidad para comprender situaciones y dar solución a las dificultades que se puedan presentar en el desarrollo de su trabajo. e. Su puntualidad en el cumplimiento de su jornada de trabajo. f. Su responsabilidad para desempeñar en forma óptima sus funciones. TÍTULO II DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES Artículo 23. Además de los derechos considerados en la Constitución Política de Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo, el Código de Procedimiento Laboral, el personal administrativo y de servicios generales tendrá los siguientes derechos asociados a unos deberes inherentes con cada uno de ellos: DERECHOS DEBERES Ser respetado como persona y como trabajador. Dar buen trato a todos los miembros de la comunidad Educativa Al reconocimiento de su trabajo con las implicaciones de ley. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y desempeñar sus funciones con eficiencia. Llevar la relación de los trabajos realizados. Ser informado oportunamente sobre las actividades del Colegio y decisiones de carácter comunitario. Cumplir los compromisos adquiridos y las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador y/o su representante La libertad de Expresión. Presentar opiniones respetuosas de interés general o particular. Al suministro oportuno de materiales para el desarrollo de sus actividades. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y uso óptimo de los materiales confiados a su manejo.
  • 21. La honra. Guardar rigurosamente la moral en todo lo relacionado con su trabajo. Capacitación y profesionalización. Participar activamente en los talleres, Jornadas Pedagógicas y actividades de capacitación en los espacios y tiempos acordados para ello.
  • 22. CAPÍTULO VII ESTÍMULOS A ESTUDIANTES, DOCENTES, DIRECTIVOS DOCENTES, PADRES DE FAMILIAS O ACUDIENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES TÍTULO I ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 24. Se definen como “Estímulos” aquellos reconocimientos a los estudiantes de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro que se destaquen en las diferentes actividades escolares, a saber: 1. MEJOR ESTUDIANTE INDEVISTA: Se otorgará al estudiante que ocupe el primer puesto a nivel académico y que se destaque en su comportamiento individual, social, sentido de pertenencia y valores en general. La elección se realiza entre los nominados por los Directores de Grupo en cada uno de las secciones de primaria y bachillerato. Todos los nominados tendrán un diploma de honor. El ganador del “Mejor Estudiante Indevista” obtiene una Medalla Dorada y el reconocimiento de la comunidad Indevista. Las distinciones y condecoración se harán en la ceremonia de clausura del año escolar. 2. MENCIÓN DE HONOR AL MEJOR BACHILLER DE LA PROMOCIÓN: Se concede al mejor Estudiante entre los estudiantes del Grado Undécimo que sobresale por su excelencia académica, práctica de valores y su compromiso institucional. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación. 3. MEDALLA AL INDEVISTA DE TIEMPO COMPLETO: Se le asigna a Estudiantes que al terminar el Undécimo Grado hayan cursado todos sus estudios desde Transición a undécimo en la Institución. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación. 4. PLACA DE HONOR: Concedida al estudiante que se encuentre ubicado dentro de los primeros cien (100) puestos en las pruebas Saber – ICFES del grado Undécimo. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación. 5. MEJOR ESTUDIANTE DEL ÉNFASIS: Los departamentos de las áreas productiva y de informática seleccionarán a los estudiantes de Undécimo Grado (uno en cada énfasis) que por sus aportes y desempeño durante su proceso de formación en los Énfasis hayan sido en excelentes. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación. 6. RECONOCIMIENTO A LOS TALENTOS: Mención de Honor que exalta los mejores desempeños artísticos, tecnológicos y/o deportivos de cada sección. Los reconocimientos serán entregados en la ceremonia de clausura del año escolar. 7. DISTINCIÓN INDEVISTA AL EDUCANDO CON ESPÍRITU DE MAYOR SUPERACIÓN: Mención de Honor al estudiante que haya demostrado un
  • 23. cambio positivo en su actitud, evidenciando esfuerzo y superación. Deberá confirmar su capacidad autocrítica para aceptar dificultades y superarlas, obteniendo las metas académicas y de convivencia establecidas en los compromisos adquiridos con docentes, directivos docentes y padres de familia o acudientes. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de clausura del año escolar y/o ceremonia de graduación. 8. DISTINCIÓN INDEVISTA AL EDUCANDO COMPROMETIDO Y CON MAYOR NIVEL DE PERTENENCIA INSTITUCIONAL: Mención de Honor al estudiante que haya evidenciado durante su permanencia en la Institución amor por su colegio y por su grupo (alegría, entusiasmo, dinamismo y colaboración), además de respeto por la Institución y vivencia de los valores. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de clausura del año escolar y/o ceremonia de graduación. 9. IZADA DEL PABELLÓN NACIONAL: Honor otorgado a un estudiante de cada curso destacado por la práctica de los valores respectivos según el criterio definido para la izada y/o su excelente desempeño académico. La condecoración se entregará en acto cívico programado por la Institución. 10. CUADRO DE HONOR: Conformado por los estudiantes destacados por su excelente rendimiento académico y comportamental en cada periodo académico. Parágrafo: Para los estímulos de los estudiantes en los diferentes aspectos descritos anteriormente, previa aprobación presupuestal del Consejo Directivo, se entregarán materiales didácticos que favorezcan sus aptitudes y talentos. TÍTULO II ESTÍMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES ARTÍCULO 25. Se definen como “Estímulos” aquellos reconocimientos a docentes y directivos docentes de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro que se destaquen en las diferentes actividades pedagógicas e institucionales, a saber: 1. DIPLOMA DE HONOR AL RECONOCIMIENTO DEL COMPROMISO DEL DOCENTE: Se concede a los docentes y directivos docentes Indevistas que demuestre en su desempeño excelencia académica y/o convivencial en el desarrollo de los procesos de enseñanza-aprendizaje y en su calidez humana, testimoniada en la cotidianidad de su profesión docente. La distinción se entregará en fecha programada por el Consejo Directivo. 2. MENCIÓN DE HONOR AL MEJOR DIRECTOR DE GRUPO: La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor al Docente Director de Grupo que demuestre durante el año escolar compromiso con el grupo a su cargo, evidenciando en la orientación a su grupo, liderazgo en las actividades de sus estudiantes, seguimientos disciplinarios y académicos permanentes y trabajo en
  • 24. equipo con los padres de familia. La distinción se entregará en la fecha de clausura programada por el Consejo Directivo. 3. MENCIÓN DE HONOR POR REPRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN: La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor al Docente o Directivo Docente Indevistas que se destaquen en representación del colegio, por su espíritu investigativo en una o más áreas del conocimiento y en el desarrollo de Proyectos en Pro de la Comunidad Educativa. La distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo. 4. PLACA DE HONOR: La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Placa de Honor a los docentes y directivos docentes Indevistas por antigüedad o servicios prestados durante un tiempo mínimo de diez (10) años. Se procederá de la misma manera con los docentes y directivos docentes que cumplan los 20 y 30 años de servicio en la Institución. La distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo. 5. EXALTACIÓN POR PRODUCCIÓN ACADÉMICA, ARTÍSTICA O LITERARIA: La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor a los docentes y directivos docentes Indevistas que evidencien producción académica, artística y/o literaria reconocida en los contextos local, regional, nacional o internacional. La distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo. TÍTULO III ESTÍMULOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES ARTÍCULO 26. Se concede, como estimulo, MENCIÓN DE HONOR a los Padres de Familia o Acudientes que se destaquen en representación de la Comunidad Educativa, por su espíritu de entrega y liderazgo a favor de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro y en el desarrollo de Proyectos en pro de la Comunidad Educativa. La distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo. TÍTULO IV ESTÍMULOS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES ARTÍCULO 27. Se concede, como estimulo, MENCIÓN DE HONOR "ENTREGA INDEVISTA” a los empleados administrativos y de servicios generales que se destaquen por su entrega y dedicación en el cumplimiento de sus funciones. La distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo.
  • 25. CAPÍTULO VIII FALTAS Y CORRECTIVOS DE ESTUDIANTES, DOCENTES, DIRECTIVOS DOCENTES, PADRES DE FAMILIAS O ACUDIENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES TÍTULO I FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS ESTUDIANTES Artículo 28. Faltas Se entiende como una falta toda conducta del estudiante que altere el normal desarrollo de las actividades escolares y en consecuencia la convivencia pacífica y el respeto a la comunidad educativa. Tales conductas, que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reprductivos, serán corregidas previo cumplimiento del debido proceso, cuyo propósito es la búsqueda de la verdad y el derecho a la defensa; con un sentido disuasivo, correctivo, formativo y reeducativo que no afecte la dignidad humana y en todo caso responda a las leyes, decretos, sentencias y directivas ministeriales que preservan los derechos y estipulan los deberes de los educandos. Artículo 29. Graduación de las faltas Las faltas de convivencia para efectos de los procesos de formación y disposiciones del presente Manual se clasificarán como faltas leves, faltas graves y faltas muy graves de acuerdo con su naturaleza y sus consecuencias, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes, los antecedentes personales y comportamentales del alumno. Artículo 30. De las faltas leves Se tipifica como falta leve de convivencia, toda aquella conducta inadecuada del estudiante que causa malestar, demuestra un comportamiento que de algún modo afecta los derechos de la comunidad educativa y evidencia incumplimiento de los deberes estipulados en el presente Manual de Convivencia, dentro del marco de la Ley 1620 de 2013, en su artículo 40, en donde se especifican las situaciones. Estas faltas son de Tipo I, es decir, conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daño al cuerpo o a la salud; serán investigadas por el docente que las conozca y serán reportadas al director de grupo. Se entienden por faltas leves las siguientes: 1. El incumplimiento de cualquiera de las normas estipuladas en torno al uso y porte del uniforme. 2. Retirarse de clase sin autorización. 3. Realizar durante la clase una actividad diferente a la solicitada por el maestro. 4. Interrumpir el normal desarrollo de la clase. 5. Llegar a la institución después de iniciada la jornada escolar, sin presentar excusa justificada por escrito. 6. Llegar tarde a clases, asambleas u otra actividad sin tener una excusa justificada. 7. No entregar al destinatario en la institución notas o cartas enviadas por sus padres o acudientes. 8. No entregar o devolver debidamente firmadas las circulares o comunicados
  • 26. enviados a casa por las autoridades de la institución. 9. Esconder los objetos personales de los compañeros. 10.Entrar a la sala de profesores sin autorización. 11.Ingresar a clases sin la debida autorización de la Coordinación de Convivencia después de iniciada la jornada escolar. 12.Portar o usar cualquier tipo de aparato electrónico durante las actividades pedagógicas sin previa autorización. 13.Comer o beber en áreas no autorizadas. 14.Mentir o engañar a docentes, coordinadores y a cualquier autoridad competente. 15. Arrojar papeles en el suelo y basuras dentro de las instalaciones del Colegio. 16. Asumir actitudes descomedidas e indelicadas ante las observaciones que le hagan maestros, directivas o cualquier autoridad competente de la Institución. 17.Negarse a trabajar o a seguir las instrucciones de un docente, director de grupo o coordinador. El docente debe tener en cuenta las circunstancias del porqué se niega a realizar las actividades. Parágrafo1°: El estudiante deberá presentar al coordinador, orientador escolar y/o director de grupo un trabajo escrito donde se evidencie la lectura y reflexión del manual de convivencia acorde con la falta cometida. Parágrafo 2º: Si existe reincidencia en las faltas a la convivencia, se evalúa como una falta grave y se procederá como tal. Parágrafo 3º: El aparato electrónico será decomisado por la autoridad competente y permanecerá en la Coordinación de Convivencia y se devolverá al Padre de Familia. En caso de reincidir en la falta se dispondrán otras acciones. Parágrafo 4º: La Institución no se hará responsable de la pérdida de cualquier aparato electrónico, joyas y demás objetos de valor portados por los estudiantes sin previa autorización. Parágrafo 5º: Los estudiantes que lleguen después de la hora de entrada, firmarán un libro de registro como constancia de su impuntualidad. Si persiste esta falta en más de dos oportunidades, se notificará a su respectivo director de grupo, quien informará al estudiante y al padre de familia o acudiente las repercusiones de dicho comportamiento en los aspectos disciplinarios, académicos y de formación. Cabe anotar que dicho comportamiento inapropiado es considerado como falta leve, y se procederá como tal. Articulo 31. Medidas Pedagógicas por Faltas Leves Con base en el Artículo 42 del Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013, la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro estableció los siguientes protocolos de atención a las situaciones tipo I con las siguientes acciones correctivas: 1. Diálogo y reflexión personal por parte del docente. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo
  • 27. involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia a través de acta firmada por las partes involucradas. 3. Segundo llamado de atención con registro por escrito en el observador del alumno, estableciendo un compromiso por parte del estudiante. 4. Tercer llamado de atención con notificación al padre de familia o acudiente, con registro por escrito en el observador del alumno, firmado por el estudiante, el padre de familia o acudiente y el director de grupo estableciendo un compromiso. 5. Cuarto llamado de atención con notificación a la Coordinación de Convivencia. Se citan a los padres de familia del estudiante involucrado en la situación y se adoptan los correctivos previstos para faltas graves. Artículo 32. De las Faltas Graves Se tipifica como falta grave de convivencia toda aquella conducta del estudiante que produce daño en la armonía institucional o de sus alrededores y compromete el bienestar e integridad física, psicológica y moral de los miembros de la comunidad educativa, independiente de que se cometa por primera vez. Las siguientes faltas graves son de Tipo I, es decir, conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daño al cuerpo o a la salud; serán investigadas por el docente que las conozca, reportadas al director de grupo y al comité de convivencia escolar. Se entienden por faltas graves de tipo I, las siguientes: Provocar daños o deterioro a enseres y equipo mobiliario de la institución o de otros. 1. Presentar en el año lectivo la comisión de 3 faltas leves. 2. No asistir a los eventos académicos, artísticos, culturales, deportivos u otros para los cuales haya sido escogido y comprometan la imagen de la institución. 3. Irrumpir o entrar sin autorización en toda propiedad privada ubicada dentro de los predios de la institución y sus alrededores. 4. Salir de la institución sin autorización del rector o coordinadores. 5. Cometer fraude de cualquier índole en evaluaciones, trabajos, tareas. 6. Cometer fraude por plagio de cualquier fuente de consulta, información e investigación, incluyendo para esto toda información obtenida por la Internet. 7. Propiciar o efectuar fugas colectivas o individuales del salón de clase o de los predios de la institución. 8. Propiciar, efectuar, o participar en actos de agresión física, verbal, moral, discriminatoria; en manifestaciones de desorden, rebeldía y caos. 9. Realizar compraventa o canje de artículos no autorizados; bien sea a compañeros, docentes o demás personal de la institución. 10. Circular por lugares restringidos sin el acompañamiento de un docente o directivo en una actividad específica. 11. Desacato a la autoridad e incumplimiento de los correctivos impuestos. 12. Desacato a las órdenes y correctivos impartidos por las autoridades del plantel. Las siguientes faltas graves son de Tipo II, es decir, situaciones de agresión escolar, acoso escolar (Bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revisten las características de la comisión de un delito y cumplen con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
  • 28. Serán investigadas por el docente que las conozca, reportadas al director de grupo y al comité de convivencia escolar. Se entienden por faltas graves de tipo II, las siguientes: 1. Referirse a la Institución, docentes y empleados en forma irrespetuosa o con palabras soeces. 2. Propiciar o participar en juegos bruscos que generen una agresión o pelea. 3. Irrespetar y dañar la propiedad de otra persona. 4. Reaccionar inadecuada o agresivamente a un juego brusco. 5. Levantar calumnias que lesionen la moral y el buen nombre de compañeros de estudio, como de cualquier persona que labore en la institución. 6. Enviar mensajes insultantes u obscenos, amenazar, intimidar o atemorizar por cualquier medio (redes sociales, correo electrónico, etc.) a los miembros de la comunidad educativa o a cualquier otra persona. 7. Malos tratos o comportamientos inadecuados con los demás, como emplear sobrenombres, usar vocabulario vulgar o soez, asumir actitudes irreverentes o displicentes que irrespeten, ridiculicen, humillen, avergüencen, agredan o atenten contra la autoestima (matoneo), de compañeros, a docentes u otras personas de la comunidad, visitantes o transeúntes, dentro y fuera de la institución. 8. Incriminar a otra persona para evadir su responsabilidad o la de un compañero. 9. Portar, distribuir, conservar, elaborar, abrir o bajar electrónicamente cualquier tipo de material pornográfico en las instalaciones de la institución o en sus alrededores. 10. Manifestar comportamiento impropio e inadecuado durante actos de la comunidad escolar, así como aquellos en los que se represente de forma oficial a la institución. 11. Manifestar expresiones afectivas tales como besos y caricias dentro y fuera de la institución portando el uniforme. 12. Divulgar a sus compañeros o compañeras sus actividades sexuales. Articulo 33. Medidas Pedagógicas por Faltas Graves Para la adopción de las medidas por Faltas Graves se realizarán las siguientes acciones: 1. Escuchar al estudiante implicado con derecho a intervención por parte del Coordinador de Convivencia y Director de Grupo. 2. Estudio de los antecedentes del estudiante analizando la ficha de seguimiento disciplinario y el Registro de Convivencia. Si el mismo presenta matrícula en observación o ha cometido dos (2) o más faltas graves se adoptarán las medidas correspondientes a faltas muy graves. 3. Compromiso especial, manifestando el cambio de actitud, el cual debe ser firmado por el estudiante, padres o acudientes, Director de Grupo y el Coordinador de Convivencia. 4. Reparación para cada una de las faltas cometidas por los estudiantes de acuerdo con su nivel o grado, la cual deberá ser concertada entre el Coordinador de Convivencia, estudiante, padre de familia o acudiente, docentes y orientador escolar. 5. Remisión al departamento de orientación escolar. Las faltas graves estarán sujetas a correctivos como la suspensión hasta por 5 días hábiles, la misma se cumplirá una vez se haya ejecutado el acto administrativo
  • 29. correctivo o resuelto los recursos interpuestos y podrá contemplar: 1. Suspensión de actividades curriculares. 2. Asignación de actividades extracurriculares: la cual se cumplirá en las instalaciones del plantel, o en su defecto en el lugar que señale el sancionador, cumpliendo con las actividades que le sean asignadas, teniendo la oportunidad de replantear su actitud y orientar su quehacer pedagógico. 3. Correctivo pedagógico: En la que se establece la participación activa en las áreas de formación humana. (ética y valores y educación religiosa). De acuerdo con el Artículo 43 del Decreto 1965, los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo II, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. 3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia. 5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013 8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. 9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Parágrafo 1º: El comité de convivencia establecerá los parámetros para la elaboración de un trabajo basado en los valores que el estudiante necesite reforzar, el cual deberá ser socializado en el salón de clases con sus compañeros y director de grupo. Parágrafo 2º: En todo caso es potestad y responsabilidad del Coordinador y del Comité de Convivencia analizar el caso y tomar la decisión respectiva. Cuando un estudiante cometa fraude, esto repercutirá negativamente en la valoración de su desempeño
  • 30. académico y se seguirá el proceso disciplinario descrito para faltas disciplinarias graves. Parágrafo 3º: En los casos en que el estudiante haya sido suspendido de las actividades académicas éste será el único responsable del incumplimiento de los compromisos evaluativos previstos en esa fecha. Además, el estudiante, al retornar a las jornadas de clase, deberá dar cuenta de los contenidos programáticos desarrollados. Parágrafo 3º: La suspensión de actividades académicas por faltas graves o muy graves afectarán el resultado del proceso evaluativo del estudiante en el ámbito social y personal de cada una de las áreas, tal medida aplicará en el periodo en que se cometió la falta. Articulo 34. De las Faltas Muy Graves Se tipifica como falta muy grave todas aquellas que por su magnitud y trascendencia afectan ostensiblemente la marcha institucional, además lesionan y perjudican gravemente la integridad física, moral y psicológica de los otros miembros de la comunidad educativa y sus alrededores. Estas faltas, que de acuerdo con el artículo 40 del Decreto No. 1965 de 2013 se clasifican en una situación tipo III, serán investigadas por el docente que la conozca (o en su defecto por el director de grupo) y posteriormente por el Coordinador de Convivencia quien iniciará la respectiva acción con base en el reporte recibido y las pruebas aportadas, e informará al comité escolar de convivencia para activar el respectivo protocolo. Se consideran faltas muy graves las siguientes: 1. La acumulación de dos faltas graves. 2. Información, divulgación y participación en prácticas o ritos satánicos que ocasionen o inciten al daño físico o psicológico; ya sea que se haga dentro o fuera de la institución, en actividades pedagógicas, o durante cualquier actividad o convocatoria auspiciada por la institución u otro plantel educativo. 3. Inducir de cualquier manera a compañeros(as) a asumir comportamientos adictivos o inmorales, dentro de la institución o fuera de ésta cuando haya representación oficial del mismo, o actividad auspiciada o convocada por cualquier otro plantel educativo. 4. Suplantación de identidad y falsificación de documentos. 5. Sustracción intencional de documentos de carácter institucional. 6. Portar armas, explosivos, juegos pirotécnicos o cualquier otro elemento o sustancia que ponga en peligro a la comunidad educativa, dentro de las instalaciones de la institución o sus alrededores. 7. Cometer actos de vandalismo a las instalaciones de la Institución o pertenencias de las personas que conforman la comunidad educativa. 8. Cometer robo, hurto o estafa. 9. Usar el nombre de la institución para fines o actividades no autorizadas por la Rectoría, o que vayan en contra de los principios morales, éticos y espirituales que rigen el plantel. 10. Tener, traficar, utilizar, consumir, o presentarse a la institución, o en cualquier lugar en donde sea representante del mismo, bajo el influjo de bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. 11. Incitar, incurrir, participar o encubrir cualquier tipo de acoso, bien sea de índole sexual, emocional, afectivo, físico o espiritual. 12. Llevar a cabo prácticas de exhibicionismo o masturbación dentro de la institución
  • 31. o portando el uniforme fuera de ella. 13. Participar en cualquier acto de índole sexual en los predios de la institución o en cualquier otro lugar en que se lleven a cabo actividades escolares. 14. Atentar contra el derecho a la vida. 15. Intento de soborno o extorsión comprobados, a compañeros, docentes, personal directivo, administrativo o de servicio generales de la institución. 16. Coaccionar, amenazar a sus compañeros o a cualquier miembro de la comunidad. 17. Falsificar, alterar, enmendar o tachar certificados de calificaciones, registros de asistencia, recibos de pagos, lista de calificaciones, contratos o circulares. 18. Pertenecer a grupos o pandillas identificadas, cuyo objetivo sea cometer actos ilícitos. 19. Ser cómplice de conductas o realizar actos tipificados como delitos en el Código Penal Colombiano y en el Código de Infancia y Adolescencia. Parágrafo 1: Se aplicará como correctivo pedagógico la participación del estudiante en actos cívicos, culturales y deportivos, resaltando los valores que no se reflejaron en su convivencia. Parágrafo 2: En caso de incurrir en cualquiera de las acciones establecidas anteriormente con el uniforme de la institución en cualquier contexto se entenderán como falta muy grave. Parágrafo 3: A los o las estudiantes, que por su estado civil (casados o unión libre); orientación sexual o estado de embarazo, se les prohíbe incitar prácticas sexuales a sus compañeros o compañeras a través de la divulgación de sus intimidades de pareja, so pena de incurrir en falta muy grave y ser merecedor de los correctivos correspondientes. En todo caso, el Departamento de Orientación Escolar deberá identificar los casos descritos para aplicar estrategias que minimicen los riesgos de alteración de la convivencia escolar. Articulo 35. Medidas Pedagógicas por Faltas Muy Graves El estudiante que incurra en falta muy grave podrá ser suspendido hasta por 8 días hábiles, cuando existan serios elementos que permitan deducir que la permanencia del estudiante en la institución interferirá en la investigación disciplinaria o ante la posibilidad de la reiteración o comisión de nuevas faltas. La suspensión provisional la decidirá el Coordinador de Convivencia o en su defecto el Rector. Para garantizar el debido proceso, la institución desarrollará las siguientes acciones: 1. El acudiente debe ser notificado desde el inicio del proceso que curse en contra de su hijo(a) o acudido(a). De tal notificación debe quedar constancia. 2. El estudiante involucrado tiene derecho a ser asistido desde el inicio por su acudiente que escuchará la valoración con derecho a intervención. 3. Se lee el reporte de falta muy grave suministrado por el docente o persona que conoce la falta. 4. Se escuchan los descargos del estudiante y se garantiza el derecho a la defensa. 5. Se revisan y analizan las evidencias a favor o en contra del estudiante, y se establecen las responsabilidades. 6. En caso de encontrarse al estudiante responsable de los cargos que se le
  • 32. imputan se remitirá al Consejo Directivo para la adopción de las disposiciones finales, tales como reparación, matrícula en observación o la cancelación de la misma. De acuerdo con el Artículo 44 del Decreto 1965, los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. Parágrafo: Las faltas muy graves podrán dar lugar a la pérdida del cupo. Artículo 36. Circunstancias que favorecen al estudiante en la responsabilidad de sus actos: Se considera circunstancias que atenúan la responsabilidad: 1. El haber observado una buena conducta anterior. 2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas. 3. El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta. 4. El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la falta antes de iniciarse la acción correctiva. 5. El haber sido inducido a cometer la falta por un compañero u otra persona. Artículo 37. Circunstancias que desfavorecen al estudiante en la responsabilidad
  • 33. de sus actos: Se considera como circunstancias que agravan la responsabilidad: 1. El haber sido objeto de correctivos por mala conducta dentro del año anterior y el actual. 2. El efecto perturbador que la conducta produzca en la formación del alumno. 3. El haber procedido por motivos innobles. 4. El haber preparado premeditadamente la falta. 5. El haber obrado en complicidad de otras personas. 6. El haber cometido la falta para ocultar otra. 7. El haber cometido la falta aprovechando la confianza que en el alumno ha depositado sus superiores, compañeros o padres de familia. Parágrafo: Para tener en cuenta las circunstancias favorables o desfavorables de que tratan los anteriores artículos en este Manual, la falta debe estar completamente comprobada. Artículo 38. Del derecho de defensa Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, todo estudiante quien, a juicio de las autoridades competentes de la institución, haya
  • 34. demostrado alguna conducta o haya incurrido en alguna falta contraria a lo dispuesto en este Manual de Convivencia, tiene el derecho fundamental a la defensa y al debido proceso. El derecho de defensa es parte integrante del debido proceso y destaca el derecho que tiene cada estudiante a rendir sus descargos y presentar pruebas. Para ser objeto de correctivos según la falta, se seguirán los procedimientos contemplados en el Manual de Convivencia, respetando el principio de proporcionalidad según la falta y actuando como sujeto activo bajo la observancia tutelar de sus padres o acudientes para garantizar su defensa y el debido proceso. TÍTULO II FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES Artículo 39. La Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro, en este capítulo considera como Faltas y Correctivos de los Docentes las establecidas en La Ley 734 del 05 de febrero de 2002 o Código Único Disciplinario, en los artículos 23 y 42 al 47, el Código Sustantivo del Trabajo y el Código de Procedimiento Laboral. TÍTULO III FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS PADRES DE FAMILIAS O ACUDIENTES Artículo 40. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro mantendrá un diálogo abierto y constructivo con los padres y madres de familia y acudientes para dar pronta solución a los inconvenientes que se generen en la relación establecida entre éstos y la Escuela. Sin embargo, el incumplimiento de los deberes y/o compromisos de los padres y madres de familia o acudientes, se notificará mediante informe escrito al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y/o Comisaría de Familia cuando sea pertinente y necesario. TÍTULO IV FALTAS Y CORRECTIVOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES Artículo 41. Faltas a. Sustraer de la Institución los útiles de trabajo y las materias primas o productos elaborados. b. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes. c. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo, con excepción de las que con autorización legal puedan llevar los celadores. d. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento. e. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo o incitar a su declaración o mantenimiento. f. Hacer colectas, rifas, suscripciones o cualquier propaganda en los lugares de trabajo.
  • 35. g. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse. h. Usar útiles o herramientas suministradas por la Institución para trabajos particulares distintos a los contratos. Artículo 42. Correctivos La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro considera como correctivos del Personal Administrativo y de Servicios Generales las establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo y el Código de Procedimiento Laboral. En tales situaciones, se informará veraz y oportunamente a la Secretaría de Educación Departamental del Magdalena.
  • 36. CAPÍTULO IX MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (MASC) Artículo 43. Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC): son posibilidades diferentes a la vía judicial para resolver los conflictos. Para la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro las MASC son vistas como herramientas extrajudiciales que buscan dar respuesta de forma pacífica a los conflictos de la Comunidad Educativa. Algunos de estos mecanismos son: a. LA CONCILIACION: La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. La conciliación es un procedimiento con una serie de etapas, a través de las cuales las personas que se encuentran involucradas en un conflicto desistible, transigible o determinado como conciliable por la ley, hallan la manera de resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio para ambas partes. Además de las personas en conflicto, esta figura involucra también a un tercero neutral e imparcial llamado conciliador que actúa, siempre habilitado por las partes, facilitando el dialogo entre ellas y promoviendo formulas de acuerdo que permitan llegar a soluciones satisfactorias para ambas partes. b. LA MEDIACIÓN: es un medio de solución de los conflictos por el cual las partes ocurren ante un órgano designado por ellas o instituido oficialmente, el cual propone una solución que puede o no ser acogida por las partes. Para Pinkas Flint la mediación constituye una variante del proceso de negociación. Si bien aplica a esta las mismas reglas generales, difiere de la negociación en que entra en escena un tercero denominado mediador. El rol del mediador es el de un facilitador, quien recoge inquietudes, traduce estados de ánimo y ayuda a las partes a confrontar sus pedidos con la realidad. En su rol, el mediador calma los estados de ánimos exaltados, rebaja los pedidos exagerados, explica posiciones y recibe confidencias. PARAGRAFO: El Comité de Convivencia y los Departamentos de Ciencias Sociales, Ética y Valores y Religión fomentarán, favorecerán y ejecutarán programas tendientes al uso de las MASC por parte de los miembros de la comunidad educativa. Deberán impulsar la formación de líderes escolares formados como generadores de paz positiva y con altos niveles de conocimiento de las MASC.
  • 37. CAPÍTULO X GOBIERNO ESCOLAR ARTÍCULO 44. Según la propuesta educativa que plantea la ley 115 de 1994 y el decreto 1860 de 1994, todos los colegios deberán organizar el gobierno escolar para la participación democrática de los miembros de la comunidad educativa. El gobierno escolar, es un instrumento para la participación, el compromiso con la comunidad, para la construcción y aporte del crecimiento de la I.E.D. Elvia vizcaíno de Todaro. El gobierno escolar es elegido por votación para el periodo de un año lectivo y seguirá cumpliendo sus funciones hasta cuando se elija el nuevo. ARTÍCULO 45. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR: La institución tendrá un Gobierno Escolar conformado por los siguientes órganos como lo determina el decreto 1860 de 1994, en sus artículos 20, 21, 24, 29, 30 y 31, así: 1. El Rector. 2. El Consejo Directivo. 3. El Consejo Académico. ARTÍCULO 46. EL RECTOR Es el representante legal de la institución ante las autoridades educativas y el ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Dentro de sus funciones más importantes se destacan las siguientes: 1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional. 2. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la calidad de la educación en la Institución. 3. Velar por el cumplimiento de las funciones de todos los estamentos del colegio proporcionando los recursos necesarios para tal fin. 4. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en este manual. 5. Establecer mecanismos de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. ARTÍCULO 47. CONSEJO DIRECTIVO Es la instancia superior administrativa y académica del colegio. Está integrado por 1. El Rector, quien lo preside y convoca ordinaria y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. Dos representantes del personal docente, elegidos por ellos en una asamblea por la mayoría de votos. 3. Dos representantes de los padres de familia. 4. Un representante elegido por el consejo estudiantil de alumnos del último grado que ofrezca el colegio. 5. Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo. 6. Un representante del sector productivo, elegido por el Consejo Directivo.
  • 38. ARTÍCULO 48. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 1. Tomar las decisiones para solucionar situaciones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad. 2. Servir de última instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes de la institución después de haber agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia. 3. Adoptar el manual de convivencia institucional de conformidad con las normas vigentes. 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector. 7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos 8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 9. Establecer estímulos y correctivos para el buen desempeño académico y social de los estudiantes que han de incorporarse al manual de convivencia 10. Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. 13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 15. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. 16. Darse su propio reglamento. ARTÍCULO 49. EL CONSEJO ACADÉMICO Este consejo es convocado y presidido por el Rector. Es la instancia superior en la orientación pedagógica del colegio. Está conformado por: 1. El Rector quien lo preside o su delegado, designado por éste. 2. El coordinador Académico 3. Los Jefes de Departamento. 4. Representante del Dpto. de Psicología.
  • 39. ARTÍCULO 50. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con los procedimientos legales vigentes. 3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la evaluación institucional. 5. Recibir y decidir sobre los reclamos de los estudiantes con relación a las evaluaciones de acuerdo con los artículos 50 y 56 del decreto 1860 de 1994. 6. Supervisar el proceso general de evaluación para elaborar propuestas de mejoramiento y promoción estudiantil. 7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
  • 40. CAPÍTULO XI COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ARTÍCULA 51 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA INDEVISTA: La Institución cuenta con el Comité Escolar de Convivencia, creado de acuerdo con lo reglamentado en la Ley No. 1620 de 15 de marzo de 2013, "Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar". Es un organismo consultivo que evalúa los casos de incumplimiento del presente Reglamento por parte de estudiantes. El comité escolar de convivencia estará conformado por: 1. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité 2. El personero estudiantil 3. El docente con función de orientación 4. El coordinador cuando exista este cargo 5. El presidente del consejo de padres de familia 6. El presidente del consejo de estudiantes 7. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. ARTÍCULO 52. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
  • 41. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar
  • 42. CAPÍTULO XII REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 53. CONSEJO DE ESTUDIANTES Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de participación de los estudiantes, según lo establecido en el art. 93 y 142 de la ley 115 y el art. 24 del Decreto 1860 de 1994, que contempla su conformación, denominación, ámbito institucional de operaciones y duración. ARTÍCULO 54. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES 1. Darse su propia organización interna; sus reuniones serán presididas por el representante estudiantil como presidente y el personero como fiscal. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presentan iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Presentar a través de su mesa directiva, en forma escrita en la tercera semana siguiente a su formación los planes y cronograma de actividades a rectoría para su estudio conciliatorio y su ubicación en el planeamiento institucional. 5. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia. ARTÍCULO 55. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Según el artículo 28 del decreto 1860 de 1994, el personero será un estudiante del último grado que ofrece la institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia del colegio. No participa de manera directa en ninguno de los organismos, pero desempeña una función muy importante como la de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el proceso educativo y las funciones que le determina el decreto 1860, a través de diferentes campañas y proyectos comunitarios. ARTÍCULO 56. FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 1. Es el encargado de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el proceso educativo, a través de diferentes campañas y proyectos comunitarios. 2. Fomentar el cumplimiento del Manual de Convivencia. 3. Promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes y de los valores y principios democráticos, para la cual podrá utilizar los medios de comunicación interna de la institución, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. 4. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
  • 43. 5. Presentar ante el Rector, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 6. Llevar por escrito un seguimiento de su labor realizada. 7. Participar en la designación de estímulos institucionales. 8. Sobresalir por el espíritu conciliador en la solución de conflictos. 9. Sobresalir por su liderazgo.
  • 44. CAPÍTULO XIII REPRESENTANTES DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 57. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA El Consejo de Padres de Familia se regirá de conformidad con lo establecido en el decreto 1286 del 27 de abril de 2005. ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 1. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y de las Pruebas de Estado. 2. Diseñar un manual de funciones y cronograma de actividades para cada año lectivo. 3. Exigir que el colegio participe en la realización de pruebas de competencias y de estado (ICFES). 4. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice la institución. 5. Participar en la elaboración de los Planes de Mejoramiento y del logro de los objetivos planteados. 6. Promover actividades de promoción de los padres de familia: Acompañamiento. 7. Hábitos de estudio. Autoestima. Ambientes de convivencia. Promoción de los derechos del niño. 8. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación. 9. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Ley y la Constitución. 10.Promover actividades destinadas a la salud física y mental de los educandos, solución de dificultades de aprendizaje, integración escolar y mejoramiento del medio ambiente. 11.Presentar propuestas de modificación del PEI. Dcto. 1860 de 1994, Arts. 14,15 y 16. 11.