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1.2.
CONTRATO DE ASOCIACIÓN
MINAS BOLÍVAR Y PORCO
COMIBOL - ILLAPA S.A.
sEÑoR NorARIo DE GoBIERNo DEL DrsrRtro ADMtNtsrRATtvo DEL
DEPARTAMENTO AUTONOMO DE LA PAZ.
cLÁusut-A PRIMERA.- (PARTES DEL CONTRATO).- Son partes det contrato:
1.1. LaCoRPoRAclÓN MINERA DE BOLMíA, denominada en lo posterior
simplemente "coMlBoL", con personalidad jurídica propia, creada por Decreto
Supremo No 3196 de 2 de octubre de 1952, que ejerce la administración y
dirección,posee la titularidad de los grupos mineros nacionalizados en virtud del
Decreto Supremo No 3223 de 31 de octubre de 1952, ambos elevados a rango de
Ley en fecha 29 de octt¡bre de 1956, asimismo los DerechosMineros otorgados
posteriormente a cualquier título; legalmente representada por su Presidente
Ejecutivo lng. Héctor Reynaldo Córdova Eguívar, designado mediante Resolución
Suprema No 06394de 19 de septiembre de 2011 y facultado en virtud a la
Resolución del Directorio General de la COMIBOL N" 497312012y el Poder General
y Amplio de Adminlstración otorgado mediante Testimonio N" 390/2012 de 2 de
abril de 2012 anle Notaría de Fe Pública No 001, del Distrito Judicial de La Paz.
SOCIEDAD MINERA ILLAPA S.A., con Matrícula de FUNDEMPRESA No 173020,
NIT No 181384024, con domicilio principal en la ciudad de La Paz, Av. Arce No
2299, Edificio Multicentro, Torre B, Piso 2 de la Zona de sopocachi, que en
adelante se denominará "ILLAPA'S.A.",legalmente representada por el Señor
Eduardo Enrique Capriles Tejada, con cédula de identidad No 799212 Cbba., a
través del Poder No 51612012de 1B de junio de 2012, otorgado ante la Notaría de
Fe Pública No 48 del Distrito Judicial de La Paz y debidamente autorizado para la
firma de este contrato, según Acta de la Junta General Extraordinaria de
Accionistas de fecha 12 dejunio de 2An.
Los poderes y resoluciones que acreditan la personería de los representantes de
las Partesserán transcritos en el protocolo correspondiente, que constituyen parte
anexa del presente documento.
1.4. SINCHI WAYRA S.A., con Matrícula de FUNDEMPRESA No 12896, NIT No
1020161028, con domicilio principal en la ciudad de La Paz, Av. Arce No 2299,
Edificio Multicentro, Torre B, Piso 2 de la Zona de Sopocachi, que en adelante se
denominará 'SlNCHl WAYRA S.A.", legalmente representada por el Señor Luis
Felipe Hartmann Lr,rzio con cédr-¡la de identidad No 2016978 L.P. y Ia Señora María
de las Mercedes Carranza Aguayo con cédula de identidad No 3424955 L.P., a
través del Poder No 491/2012, otorgado el 12 de junio de 2012 ante la Notaría de
Fe Pública No 48 del Distrito Judicial de La Paz.
1.5. COMIBOL, ILLAPA S.A. ySlNCHl WAYRA S.A., cuando sean referidas en su
conjunto en este contrato, serán denominadas como las "partes".
cLAÚSULA SEGUNDA (ANTEC EDENTES).-
2.1. En el marco de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, el Estado
Plurinacional de Bolivia está expresamente facultado para suscribircontratos de
asociación con personas jurídicas, bolivianas o extranjeras, para el
1.3.
r'l
", ,.
2.2.
aprovechanriento cle los recllrsos naturales, y es responsable de la dirección de la
política minera metalúrgica contenida en el Plan Nacional de Desarrollo, ejerciendo
el control y dirección en toda la cadena productiva minera y sobre las actividades
que desarrollen los titulares de derechos mineros, contratos o derechos pre
constituidos; conforme lo disponen losArtÍculos 351.11.,369 lll y lVy370.
COMIBOL eILLAPA S.A. por mutuo acuerdo convienen en suscribir el presente
Contrato de Asociación, para el desarrollo y tratarniento de las reservas y recursos
mineralógicos en las Minas Bolívar y Porco.
El.Decreto Supremo 0726 de 6 de diciembre de 2010 por el cual se dispuso que las
concesiones mineras otorgadas con anterioridad a su fecha de publicación, se
adecúan al ordenamiento constitucional vigente, transformándose automáticamente
en Autorizaciones Transitorias Especiales, garantizando los derechos adquiridos.
Mediante Resolución No xxx de xx de xxxxx de 2012 el Directorio General de
COMIBOL, resolvió autorizar a
Contrato de Asociación.
la suscripción del presente
Este Contrato tiene por finalidad dar cumplimiento a la Constitución Política del
Estado y demás disposiciones, además de permitir que se incremente la
participación de COMIBOL en el Flujo de Caja Neto de las operaciones de las
Minas Bolívar y Porco, extinguiendo el Contrato de Arrendamiento dePorco y el de
Riesgo Compartido BolÍvar, consolidando el presente Contrato de Asociación.
Luego de un proceso de negociación, se ha logrado, a diferencia de lo que preveÍa
el Contrato de Riesgo Compartido Bolívar, que todos los bienes, activos,
inversiones y equipos que se realicen en las Minas Bolívar y Porco, queden en
propiedad definitiva de COMIBOL al vencimiento del plazo de este Contrato.
CLAUSULA TERCERA. (MARCO LEGAL DEL CONTRA,TO).- En la suscripción y
ejecución del presente Contrato de Asociación para el desarrollo del "Contrato de
Asociación Minas Bolívar y Porco", COMlBOLelllapa S.A. observarán y cumplirán Ia
Constitución Política del Estado, tomando en cuenta especialmente los Arts. 158,348,
351, 355 al 358, 369 y siguientes, así como la legislación aplicable vigente, sin perjuicio de
los efectos de la ley especial que eventualmente apruebe este contrato.
CLAÚSULA cUARTA. (DEFINICIONES).- Para los fines del presente Contrato, las
palabras o expresiones que se utilicen sea en singular o plural, tendrán la significación que
a cada una de ellas se.le atribuye en esta cláusula:
4.1. Derechos Mineros: Son las Autorizaciones Transitorias Especiales antes
denominadas concesiones mineras, con todos sus derechos, seryidumbres,
derechos superficiales, usos y costumbres sin limitación alguna, incluyendo
desmontes, escorias, colas, relaves y cualesquier otros residuos mineros y
metalúrgicos provenientes de las Minás Bolívar y Porco, existentes en el área de las
concesiones y circundantes o diques, y mineras de agua (originadas en las
legislaciones que asÍ lo preveían), respecto de las que algunas de las Partes
aportan el derecho cle realizar todo tipo de actividades mineras de exploráción,
explotación, beneficio y comercialización de minerales, que se detallan en los
Anexos 1 y 2del presente Contrato. Tales concesiones mineras se adecuaro'n al
nuevo ordenamiento constitucional vigente, transformándose ,automáticamente en
Ar¡torizaciones Transitorias Especiales, en el marco del Decreto Supremo No 0726
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de 6 de diciembre de 2010, en tanto se realice su migración de acuerdo.a la
normativa minera a emitirse. La definición de Derechos M-ineros., sólo a efectos de
este Contrato, incluye a las concesiones mineras nacionalizadas actualmente a
cargo de COMIBOL y que son aportadas en el marco del presente Contrato, cuyo
detalle se describe en el Anexo 1. Todas las referencias a los Derechos Minerós
que se hacen en este Contrato se consideran efectuadas también respecto a los
Contratos u otros Derechos Mineros que les sucedan, conforme a la legislación
aplicable en el futuro.
4'.2' Flujo de caja Neto: Esla utilidad o pérdida neta después de impuestos aplicables,
conforme a la cláusula de régimen impositivo de este Contrato, más las partidas
contables que no implican uso dé fondos. Será calculado conforme alAnexo 4.
4"3. Programa de lnversión:Es el documento reflejado en el Anexo 3que presenta
lasnuevas inversiones comprometidas porlllapa S.A. por un monto total de Bs.
723.840.000.- (Setecientos Veintitrés Millones Ochocientos Cuarenta Mil 00i100
DÓlares,/¡.mericanos) para las Minas Bolivar y Porco, programadas para un periodo
de 5 años contados a partir del 1 de octubre de 2011.
4''4'- Corltrato de Riesgo Compartido Bolívar: Contrato contenido en la Escritura
Ptiblica otorgada por Notaría Especial de Minas y Petróleo del Distrito Judicial de La
Paz, mecliante Testimonio No 91 de 21de mayo de 1gg3, además de.sus adendas
contenidas en la: i) escritura pÚblica No 1008/2001 de 28 de septiembre 2001, ii)
escritura pública N" 12112005 de 21 de diciembre de 2005.
4"5. Contrato de Arrenctamiento Porco: Contrato contenido en la escritura pública N"
117199 de fecha 05 de julio de 1999 y No 380/2005 de 6 de diciembre de 2005, en
Ias cuales se acuerda el incremento de concesiones al contrato y el incremento del
canon de arrendamiento, respectivamente.
4.6. Gastos de Realización: Son todos aquellos costos necesarios para poner los
concentrados en condición de ser tratados,desde almacén mina hasta las
fundiciones bolivianas y/o del exterior, de acuerdo a las prácticas hatrituales en la
comercialización de los concentrados.
4.7- Mina Bolívar: Operación minera que comprende el conjunto de Derechos Mineros,
instalaciones industriales y campamentos de propiedad de coMlBoL ubicados en
el cantón Antequera, provincia poopó, del Departamento de Oruro, asÍ como los
derechos mineros que las Partes incorporen en el futuro a este Contrato, conf<;rme
se obligan
4.8. Mina Porco: Operación rnineia qt$b comprerlde el conjunto de Derechos Mineros,
inst¿rlaciones industriales y campalhentostde propiedad de COMIBCIL ubicadas en
el cantón Porco, Provincia QuijaraÉo, del Departamento de potosí, así como los
derechos mineros que las Partes iñcorporen en bl futuro a este Contrato, conforme
se obligan
4.$. IILAPA $.A.: Es la sociedadi;co'mercial er'*rcdrgada de ejecutar por cuenta de
COMIBOL y de sí misma, todas:lils operacior{es y actividades del CA-MBP desde
la. .exploraciÓn, explotación, concentración, comercialización y manejo
administrativo, según las atribuciones, derechos y facultades previstas
"n "l
presente Contrato. Es denomináda también Operador en este Contüto. Conforme á
la Cláusula Trigésima Sexta, olrá sociedad; desde la Fecha Efectiva, cumpiirá
transitoriamente las atribucione$,'obligacione.s, derechos y facultades previstai en
el presenteContrato.
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4'10' CA-MBP:Es la denominación abreviada de "Contrato de Asociación - Minas Bolívar
y Porco", que también será mencionbdo en este documento como ,,este
Contrato,,,
"el presente contrato", "el contrato",
jo
"contrato o" Árá.á"ián:.
4'11' Flanes Quinquenales:serán elaborados por llf,apa sÁ.;;; árientar el desarrollo
del CA-MBP, e incluirán el prográma de producción !ri¡*áro" los c.,ostos de
operación y demás ingresos y qg?lo: propios de ta opuru"ion. ri prir.rái prá¡1
Quinquenal describirá adicionalfgrltt las iirversionur práii;i;;;n et programa de
inversión, ras cuares se rearizarán a partiiueii o* o"tr;;;;;2ii;.
El segundo y tercer Plan Quinquenál orientará'tas operaci";; del GA-MBpdesde
el 1 de octubre del año 6 al 10 y,dél 11 al veniimieÁto Jel piázo-oe este contrato,
respectivamente. .. 1-
4"12' Presupuesto Anual:Es el ,qq.qrylFry. que .se- etaborará anuatmente para el
contrato y cada una de las Mirias Él,otivar y Pgico, qrá
"onliun"
lor recursos y los
gastos detailados por partida presupüestariá de,una jestion.
4.13. Ventas Brutas: El valor iniciat,de lás.ventas b¡utas de concentrados, surge de la
tiquictación provisionar, es eJ ,re$urtado oer peso- ;;;-;;;visionar de ros
concentrados, multiplicando e{ bonfenido proúisional rn"tati"o por ta cotización
internacional aplicable, de acu{rdg
F I lq!l; dg cotizac¡one.-óritiates y Alícuotas
de Regalías Mineras emitida pol'el Ministerio de Mi;";iu-; Metalurgia. Las
liquidaciones provisionales se,r{n ajyeJlo.ls cuqndo el operaJor óono=." tos pesos,
Ieyes y cotizaciones finaleq, y tg,"girtabilizarán.,dentro áe la cuenta Ventas Brutas,
en la gestión en_que ras riqridagio,n{$ finares ocurran. ,
- '-"
4"14" Programas de Responsabilidad spcial oe córvt¡eól
"
llapa s.A.: son todos los
programas adoptados y ejecutades lpor lllapa S.A. con r.*.rrrou dei eA-MBp en el
rnarco del presupuesto arlual, qug, se or:igin4n,en las políticas internas yio de
convenios con las diferentes comu{ridades, cobperativas, juntas vecinales y otras
organizaciones sociales, además de los. municipios v lu goÉurná.¡on, en los que se
acuerde la realización de una serfe de trabajos ó ap-ort*; ;; áreas de salud,
educación, saneamiento bási99, iaminos, egru potable, canares de regadío,
electrificación y otros, destinadosr a rrp"rui" 1", necesidades básicas de las
comunidades' sin que esto signifi"que sustituir la ru.p*;;birioao del gobierno
nacional, departamental ní muniCipal.
r$"'!s' Hstaelo de Resultados (Pérdidas y Ganancias): Es el estado financiero que
muestra ordenada y detalladamerhte cómo sé pntiene ef resuüaOo del ejercicio
durante un periodo determinado.':E3te est{do,nnun.üró
"r
üini*i.o, pues abarca
el período durante el cual deben identifidarr" p'brtectánr"ni"'ü. ingr".os de las
operaciones, los costos de i operaciónl' los-
'gastos
¡nn"i"nt"s a las áreas
administrativas de la operación,#,las deprdciaiiones, ;;ir;riones, regalías
mineras, intereses recibidoé fp. pagádos,,, y todos ros demás gastos
correspondientes al.CA-MBF, sie¡lrUo esla lis{a enrn.iáiiu" V .l* ninjüna"fil;
limitativa. Es elaborado según las:nórmas contajbles vigentes eñ sotioir.
4'f 6' Estado de situación Fináncibrá. fpalance ééneral¡i rs-er **i"áo financiero que
refleja la situación del patrimonibtbel cA-MBPren ;.;;;iti-o"t"r*inado. El
estado de situación financiera se eErructura a través de tres ;".;;pi;;, ;l ;;; ;i
pasivo y et patrimonio neto. : ii : "
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4"'fr7. f:echel ffifectiva:f:echa en la que eñira en gsgJ'g*ncia este contrato, luego de
$T_glrnplidos_ los siguientes actos; i)lAp
ianal, ii) Publicaclón de la LST
:rryatr, l]i
:uurrL;ac¡Pn
oe la LeY re ii)
Emisíón de la escritura pública que lb contengql iv) ínscripción en tos-ñüistros dé
Comercio y Minero.. No será neqesaria a ningún etecto su'inscripción en el Registro
de Derechos Reales.
SinchiWayra S.A. conforme a. Contrato;, ii) previsiones del pro$rama de
lujo de Cdj,a,Neto en el porcentaje eétablecido
lnversiones; y iii) l-a distribución d,el
en el presente Contrato desde el L
En virtud al acuerdo de las Partes :
contiene efectos retroactivo* en. re
in perjuicio.de la Fecha Efectiva, este Contrato
ión a:.i) Pqggs que COMTBOL debe recibir de
y los ajustes contables que
sean necesarios.
4'"f S. tertifioación de lnversiones: Es etinforme es¡iecial de certÍficación de inversiones
emitido por la Fmpresa de Auditoria^Extern-a cóhtratada r;ni;;; at Numeral21.5,
en el que se nranifiebta si lllapq S.A. tra realizádó las inversián*, O*tuilodas en el
Programadelnversién. ;'¡r ( i
..rfr"'Í$. Ir"¡ve¡'ltal,ios: Son lás existencias físicas Oe'bibnes consumibles destinados al
proce$o productivo: instimos, ldl,ateriales,
,,pártes, rupu*rtoi, combustibles,
lrcrramientas,.
. minerales; y. 'lqs j,rfnroouctos "'terminadoé destinados para la
conrercialización: concentrados ,zihc/plata, concenirados de plomo/pláta, y
concentradosdezinc. i r , 't | ,
r [-Aús r.Jr."l elJ INTA. (oBJ ETo' D EL, co#TRATó).-,"
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5'1' El objeto clel contrato es desarroll{i e imptánlentar una operacíón minera para el
tratamiento de las reservas y ie$irrsos'mineralógicos existentes en lbs Minas
Iloli¡ar y Porco, b-ajo la moclaliclad.ge Asocia.ién párr t á-Jl.iá.ión, preparación,
ex¡:lotación, beneficio y comerciali{hción de cóncentrados de minerales, descritos
en esta Cláusr-lla, utilizando tecnold$ía adecuad'a,,preservando el medio ambiente y
através de una administraciÓn eficiente buscando la rentabilidad de las operaciones
en beneí'icio del interés común de lap partes.
5'2' l"os principales concentrados de minerales que se producen en las nlinas en que el
Contrato tiene sus operaciones, soni
I -'-' -
o Mina Bolívar.- zinc/plata, plomo/plata.
. Mina Porco.- zinclplata, plomo/platai
5'3. ILLAPA S'A. se comprométe a rgppher las reservas existentes en las Minas Bolívar
y Porco en un volumen mfnimaihente Íguall ei las reservas señaladas en los
numerales 9.2.1. y 9.2.2. de ra cráuüfula novénarde este contraiá
-
5.4. Para reponer las reservas ex{,stpnl,bs en :las'Mihas Bolívar y por.o, conforme al
numeral anterior, lllapa S Ai 'sd; comprom'ete a realizar las inversiones en
exploración que contiene el Programa de Inversión. A partir del sexto año de
vigencia de este Contrato, con elhirro fin de reponer ¡ur i"i"rur J"-iur pin".
Bolívar y Porco, el birector¡o'oebe$b prever qüe:en los presupuestos que apruebe
anualmente se destinen recurso$ a la exqlor:ación, en loi siguienies montos
mínimos anuales: Mina Bolívar, Qs.p,85 por torletBda tiataJa ;i;; inmediatamente
anterior y el desarrollo primário t' ili:cundario ü"izoo metros por rári Mi;; p";;;;
8s.5,99 por tonelada tratada el añói,inmediatarnente anterior y el desarrollo primario
y secundario de 392 metros pqr ryti f j :
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rL.Aú$u!-A $EXTA" {n}ATURAI-EzA o**
"u*rnnio).-
s'x' Este Contrato es uno de Asociacidn en rnateiia minera. No será reputado como
contrato de riesgo compartido, de asociación accidental ni seriásimitáoo a ningún
otro tipo de Contrato. ,,' : :
6'?' No comproryeJe el patrimonig de^fias Partes,. ni' constituye sociedad ni establece
personalidad jurídica. En este Cbntrato, no se presume la solidaridad ni se
establece responsabilidad de ningu¡ra naturaleza oe cominolulllapa s.A. respecto
de los actos del CA-MBP ni por su{ operabiones, ni por l;t;úti;;"iones contraídas
frente a terceros, excepto por lo espblecido en este contrato.
6.3" Conforme estabfece la Constitudbn política Uél fst-rdo'
"n
su Articulo 34g,
ParáErafo r; "...Los recursos,,,nifJry,res.,
igÁ de propiedad y daminio directo,
ittdivisible e
-imprescriptible det pgeblo bolivfano, y corresponderá a! Estado su
administración en función del ihtfirés colectlvo...;. por Io tanto, Illapa S.A. ná
adquiere ningún der:echo de propi,fldad sóbrer;,las reservur-c" i"* Minas Bolívar y
Porco y demás áreas de explotaci$n querse encuentran detalladas en el presente
Contrato, derechos de agüa, vías q{e acceso, servidumbres, áreái de esparcimiento
u otros detallados en este docuri'tefito y cuyo dominio originario pertenece en forma
exclusiva at puebto boliviano bajo lihadminüira.ion o* eoMlBoL.
6",1'" [-a Constitr-rción Política del Eqtadq,en su Ar1íc¡rlo 372, Flarát;f"r ll y lll establece:
la dirección y administración sup;eiiliores de la;industria minéra ástar¿n a cargo de
trna entidad arrtárquica con las at,lpygiones qre oeieimin"lu ró, además que el
Estado deberá participar en 14 ind$strializació'n y comercialización de los recursos
mineralógicos metár'icos y,no rfreta{bos, reguraidds por Ley.
6.5. COMIIBOL mediante ei preqent$ Contráto,i.ont¡"r" A lllapa S.A., salvo las
exclusiones previstas en este co,nt¡ato, derechos exclusivos de realizar todo tipo de
actividades míneras en las áread y los miperales procedentá. c* ellas, cuyo
derecho está comprendido en-los perechos rr¡lnlro. que forman parte del presente
Contrato de Asociación. ;
frtAÚsuL.A SÉPTllvlA"
.(DENqMlXnc¡ár,¡1.- Et contrato tendrá Ia denominación de
C<lntrato de Asociació¡r - Minas Bolívár ylpoico o "CA_MBp,,.
cr-Átls u r-A ocTAVA (COFTS ENTTMTENTO).-
8'1' Las Partes convienen en suscribir|bl presente. Contrato de Asociación, conforme lo
previsto en la Constitución política deí Estado.
B'2' Las previsiones contenidas en ql,CA-MBt'ieferidas a la transición cle algunas
actividades y operaciones retaci8na¿as con'el Contrato de Riesgo compartido
Bolívar y el contrato de ArrendamiBnto Porco se originan en éste y no implican qLre
aquéllos queclen vigentes despuéslhe ra Fechá Étect¡va.
8.3. $.inchiwayra s.A. pagará voÍuntaríftmente a cóH¡reor_,
a)dentro de los cinco días siguienSs a la Feclj.a Efectiva una suma de diez millones
cuatrocientos cuarenta mirOo/,i 00 üotivianbs 1Ési 10.440.000._i,-
-
b) diez milfo.nes cuatrocientols,q4&rentu'mii:poi100 Bolivian'os 1ns. 10.440.000.-)
durante er primer mes der se*to,?ff der plazoibd este contrato, y
c) trece nrillones :novecientés "v-&inte'mil óblroo Bolivianos (Bs. 13.920.000.-)
clurante el prirner rnes del decrm,g
ffno
det'plarp de este contrato.
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B'5'5' El informe de auditoría técnico-finaiiciera integral no podrá originar ningún otro tipo
- de obligaciones para las Parleq sih
{flerjuicio oáJo previsto en el numeral 13.6.
8.5.6. Con el informe final de la auditoriahencionaOá en esta cláusuta y, áu*nüu]nr"ntu,
8.6.
expresamente se prevean en este pontrato de Asociación. :
lndividualizados los.bienes y l9s lhventarios y verificado su valor en libros en el
informe final de auditoría,lconforn'*b al inciso.p), del numeral B.4.,ef Op"r"áoi poi
cuenta del GA-MBP y con recúrsobr del Flujo dé'ca¡a Netoefectuará loi pagos por
cuenta del CA-MBP y con recu el Flujo de Caja Netoefectuará los pagos por
esos bienes e lnventarios a.favcirr de sus titulares, conforme a los numerales
siguientes.
B'6"1' t-os pagos por los bienes sdnataul{p.en e.l nuÁérat anteriorserán realizados por el
Cperador siempre que el Fluio"dQ
$Fju iv"to dé tóda gestién unrát minena en i'a que
se haga un pago, supere la sufnF,4é ciento dieciocho millones trescientos veinte mil
Bolivianos (Bs. 1.18 3.29909-[ É¡$: p?g?s serán reatizados, en consecuencia: (i)
sÓlo con los montos del:Flujo
{e1cflja Neto qué eixcedan
"r"
rrru en cada gestión
anual minera, y (ii) desde laf pqirflpra gestior¡ {nual minera áu uig*nria de este
Cc¡ntrato, hasta completar el nlor¡tci{bebidq a Iós t¡tulares de los bienes.
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8.4. Se efectuará una auditoría técnicdfinanciera integral independiente a,ia Fecha
Efectiva, con el objeto de verificar: | '
a) Si se pagó a- COMIBOL todas las participaciones en ias utilidades que le
correspondían, conforme a lo estipi-rlado en el Contrato de Riesgo
'Compartido
Bolívar; '
l
b) Si se pagaron a COMIBOL toüos los cánones de arrendamiento, conforme a
lo estipulado en el Contrato de arqendamienio p-orco;
c) La individualización.{"
{,.oe
hldJ"s, y su vqlo¡ en libros al 30 de septiembre de
201i, así como de los lnventarios. ' I ,
8.4.1. Los bienes e Inventarios referi$ori $¡ esta'Ct{fusirla, correspondientes al Contrato
de Riesgo Compartido Botívar
fo,q H" titutaridad üe COMIBOL y SinchiWayra S.A.
en un cincuenta por ciento (50'{') bd.ra cada uná ü lbs correspondientes ai Contrato
de Arrendamiento de porco son'de titularidád dé Sinchiwavra s.A,
8.5. La auditoría señalada en el numérdl e.+. dstafg; .;;é;;" ,-n"'"rpresa auditora
reconocida internacionalmente, sin bbnfl¡ctos de'interéJcon las partes. El Directorio
del Contrato de Asociación definirá la empresá de auditorÍa que se contrate. El
costo de esta auditoría será paqado,pon fondoq.del Flujo de Caja Neto. i .
8.5.1. Concluido el informe,
1".'*ntpfes,arfHe auditoriá io ponora en'óonocimiento oficial
yescrito, sin reservas, de ras p¿irteslüe estd contráto. i
8'5'2' sinchiWayra S.A. podrá pres,entár descargos a la empresa de auditoría en un
plazo de 30 días desde ra fechá qn $ue recibá el informe.
B'5'3. La empresa de auditoría deberá i:onsiderar y evaluar en su informe final los
descargos que le sean presmtad'os'bor SinchiWayra S.A.
B'5'4. Si el informe final de esta auditori?.concluye qoé Sin"niWayra S.A. tiene algún
adeudo a favor de CoMlBoL, pdr.tos concepios señalados en el numerat i.q.,
deberá pagarlos en el plazo dei fb ifías desde'la'fecha en que iu"ru notificada con
el informe final. :'.
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8,6.2. Los pagos por los lnventarios sefihlados
"n'ul
diferencia de los correspondientes a los bieneS, íihtegramente en la primera gestión
Los pagos por los lnventarioS señAlados en ,el numeral8.6. serán realizados, a
anuat minera de visenciu J" *riá i¿.t;"d; ;i.''i;;;tJ;;;i
'ü;' [.**i:nü;
de Caja Neto.
8'6.3. Los bienes e lnventarios referidl?rpllestacláu.$uh se consideran, con la excepción
respecto de los bienes oe CO{IBOL que'sé indica en el numeralsigr-riente,
transferidos por sus titularelr_g¡l[? Fec,ha Efóctiva, con todos sus derechos,
principales y accesorios. CQMIBPL y SinchiWayra S.A. emitirán las facturas
correspondientes a los pagos que reiciban, con,forme a lev.
B'0'4. Los bienes de propiedad de CQIVIIBOL, sin perjuicio de su pago conforme a
estacláusula, quedarán afectado-sl,,h las operaclones de este C'ántrato, como los
transferidos por SinchiWayra S.,f.,'lpero su prdoibdad se mantenJra en CCIMIBOL.
Todos los lnventarios, en cambio, 8'erán utillzahos y dispuestos en las operaciones
clt l Ccntrato de Asociación. . ;t
e LA¡"JSUI-A NOVENA. (APoRTES [" EXCIüEtoNEs AL CONTRATO DE
AS0CtACtoN).- ::
€)"1" COMIBbL aporta at, "CA-Mtsp:'-et &brechcj Oe jbáf izaciOn cte actividades mineras de
exploración, explotación, benáfid$ comeírcia[Ízáción oe mineáles y oe toda otra
3:yfl,TTlr; ?,1]?:
áreas ,0.{iros nereir¡os üináio.' ;; üJ"niinli eoriua," y
porco, así como ros accesgrios, ijidnes y otros,que se Juiár*
";;;i;;;;;i;;,'""'
'
s.1.i. yl::,^?g1"ii"_.i.3_-,p_:ll.hoE,,Mrlheroi indipdos .;'n;; ,n-üt"l de tres mit
trescientos veintiún {33f].ner-tihd,$cias lninelpi y novecientos noventa y ocho mi1
ciento veinticlós (998.122)' rn cuadradqp,' asÍ como Concesionei Mineras
nacionalizaclas sobre uso y aprcjvficnamientáifi'" ;Ág*r
- poopó" con seiscientos
fl::::^!?15)
hectáreas y "Aguas Foopó t" cün treüientos setenta y cuarro (374)
rlectareas-
"f1.1.2. Los socavones Surunriy Buenbs.A'.fres. ', .,' ',
$]"t"3' Los desmontes, escoriás, col7s,'rélaves y otrps recursos mineralógicos existentes
en los Derechos Mineros.o lo,F uq-?.:" intorp,orgn at preientá-contrato; asimismo,
los derechos superficiales sub sef¡ricumbres,.ui;r y;;üñ;í, u¡n timitación ni
restricc!ón alguna.
$'1'4'' Los campamentos, ranchos de ef¡pleados ylpbreros, instalaciones, maestranzas,
talleres, colegios,
.escuelas, he.po,6itos, a*nirpr. de recreación y deportivos, etc.,
existentes en la mina Bolívar'sin hbstricción de ninguna naturatá=; i;;t;;"i;ú;
constaenel AnexoNol.. ''l S ., :
9'1'5' La documentación de orden *é:lj$ como ser'.plános, croquis, estudios geológicos y
metalúrgicos, planos de desarrollo.y explotación, etc., quá sean de utilid¿rd al j,CA-
MBP". ¡i : .;
g'2' Finalmente, aporta cualquier otró'{ierechcj inhlgrente que no hubiere sido enunciado
expresamente en este contrato, sq[vo porjta excfusión de la planta piloiá JiCÁá, r"
Mina Bolívar y las áreas excluidasBn estei Contráto.
9"2'{' Mina Bolívar.- coMlBoL,.rqq+u,$,l Contratol Derechos Mineros que contienen
reservas y recursos miner:alógicosl{He Zinc, pla,td", plomo y otros minerales.
según el balance de reservas qe Éor'clBoL,:á tnarzo ¿á zol2 lascorrespondientes
reseryas de.Mina Botívarson: ; :; il i ,
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9.2"2"
MINA BOLIVAR
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BALANCE OE RESERVAS AMARZO 2012 :
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TMB /Zn ",/t Ae %Pb KF As rMF Pb
1959.9
PROBADA 151928 8,91 231 1,29
PROBABLE 369281 8;9É 24C
35247,3
0.9s 33087.6 88627.4 3508.2
rOTAL s27209 8,9É 'g{ 238 ¡.0s 46775,5 t23874.t 5468,1
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I'MB /"2n 9/dilc YO Pb TMF Zn KF AE rMF Pb
9242C 125 Q,zs 11552.sr 693,15
49882t a ta 108 4,4 41.502,45
49238.04
53873,42 2344,45
rOTAL 59124t ,i 111 0';51 65425,92 3A37,64
9.6. lllapa S.A. aporta al Contrato de lasiinversiones en los términos de este
Contrato, así como sus corlohi
Mina Porco'- coMle.ol 3.n9{a al1^contrato, Derechos Mineros que contienen
reservas y recursos mineraló-9rcós dQlZinc, Plata; Plomo y otros mineráles. Según el
balance de reservas de coMlgoL: d marzcj ¿etioláiuu ,o*"rpondientes reservas
de Mina Porco son: i :l tll ::1 - '-'
!
MINAPORCO i' .J i,.-l
ti l.
; 'i : ;i
BALANcE DE RESERVAS A MARzo 2012 i.
9.3.
9.4"
SinchiWayra S.,A. aporta af qe:nryfup el derebho de realización de actividades
n'rineras de exploració1, ex¡-fotációrfi beneficio t ;;;rcialización de minerales en
las áreas de los Derechos Minercis detallados
"it
ái Án"*o 2, de la Mina porco, así
como los accesorios, bienes, declaraciones relacionadas a los Derechos Mineros y
otros señalados en el mismo ?fl€Xo.i.:
SinchiWayra S.A. por ser subsidiár:ia indirectá de Glencore lnternational plc, al
iEual que lllapa s.A., no percibirán ningun":..¡,*" por er aporte qru-r*"ñi**
conforme al párrafo anterior. . -
Los Derechos Mineros aportagfis por sinchiwayra s.A. se entenderán
9.5. Los Derechos Mineros aportadgs por sinchiwayra s.A. se entenderán
renunciados, cualquiera sea su fqrr$a legal, a fávor del-Estado, de modo definitivo,
automáticamente y gratuito, cuandb eslet Contrato fenezca por vencimiento de
plazo. r i l¡
internacional.
ntos del la industria minera, nacional e
ti';
por las
de este
En el Anexo5conltan las
,
áreasl {¡cluidas q:ue pueden ser trabajadas
personas individuales y colectivab &ue se señalan en el numeral 1's.1.4.
contrato, con sujeción a la cláusulaSigésima o. u"oái mismo.
cLAú$uLA DÉctMA. (plAzo DEL Co
101.
l*:::::t"^::1.y1,.,1i:!:*y1_pr4io oe'ligeheia de quince (1s) años, que se
computará a partir de Ia Fecha Ffeciiva. j;
10'2' El presente contrato podrá f ser¡ prorrogado, por acuerdo de partes, previa
confo rmidad y aceptac ión, exp resa ¡p-r p a rtd o e;boru¡l gol.
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Contrato emitirá las rCert¡f¡ numeral 21.5. de este
e lnversiohds correspondientes a cada una de
las Minas Bolívar y porco, ¡aslqr.,rg{iconstituir
tdb rvrrrra$ t5ollvar y Forco.'.lasiqtle/iconstituirán p.rueba de la realización, adicional,
total o parcial, de la inversión alnuafr'b,
r::c orríninn¡r^^ *,,^ ^^ -^^,!^^-r ',' ,li,
omPr?metlda en el Programa de lnversión o de
las adicionales que se realicenl i,
i
I ¡'i
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,,'.1
c) Programa de lnversión, año 3:
i. Mina Bolívar: Bs. 128.35q.#qZ.-
ii. Mina porco: Bs. 44.871.1ff..-
d) Frograma de lnversión, año+i ,il
i. Mina Botívar: gs. tS1l.tBd.tZO._
¡i. Mina porco: Bs. 46.444.0ü0._
e) Programa de lnversión año S:,, ;
i. Mina Botívar: Bs. 136.68Silbee._
ii. Mina porco: Bs. 47.6,:13.360.- ,"
si la inversión anual certificada dupura el .mopto previsto en el programa de
lnversión, se restará el monto adiciiinal del valor á"-lu-¡nu"rrión comprometida para
elsiguiente año y para la correspo4diente Miqa óont""r*ntemente, la Garantía a
Prlmer Requerimiento,, para el siguflinte ano y'lá,misÁa M¡na, se emitirá sólo para
garantizar elmonto restante. t
Las Garantías a Primer Requerimibnto serán remplazadas anualmente por llapa
!,A', treinll (.gol días antes oe, l& fecha o*i., leñcim¡ento, pói-i"s Garantías
corfespondientes al
.siguientg ar*o$p asi suce-siúamente hasta el vencimiento del
plazo del Programa de lnversión.; q,. : :
!::,j,i::k'^:^:'T::lTuqliT,1p{o Fn{fl una vigencia de rrece (13) meses,
CLAÚSULA OÉCIUN PRIMERA. (E,19C¡HCIÓN DEL, Ctr-MBPE INVERSIÓNES' DE
rLt_ApA s.A.).-Et desarroltó det
icl:illFfi
será t*;i";;-'jJ'irlic'o a ros pranes
Quinquenates, ar programa de rnversion y d?tos pr".úpú¿ü;; Á;J;.-'"
cLAúsuLA DÉctMA SEGUNDA
_(_glttNJíns oe tNvERStóN)._
12'1' lllapa s.A. entregará a coMlFgll1{: lu. Qarantias qúe ceberán expresar su
carácter de.renovable por'nouentá .foo¡ oiat,'Írrrevocablé, de ejecución inmediata
conforme a la Cláusula Décima fepcera, y a primer Requeiimienío,'por. cada una de
las Minas Bolívar y porco. , . .i
Estas garantías a Primer Requefimiéirto seran einitidas irrevocablemente a Ia orden
de coMlBoly garantizarán etlegujVatente at b.zr J" Ñ ;il; anuates de las
ínversiones comprometidas e,n Ol prógrama. Oe iirversión para cada Mina, conforme
al siguiente detalle: : ' +r'- i !
a) Programa de Inversión, año 1:
i. Mina Bolívar: 8s.44.165.411._
¡i. Mina porco: Bs. 34.340640._
b) Programa de lnversión, año 2:
i. Mina Bolívar: Bs. 59.974.1d6._
ii. Mina porco: Bs. 34.52L 60b.-
', ]
.,, i:
12.2.
12.3.
12"4.
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cLÁusuLA DÉcrNrA
_
TERcERA (pRqbEDMrEN+d pARA EL cCIBRo DE LA
cRnnruríA DE lttvrnslótt¡. i ,i
13'1' coMlBoL sólo podra cobrar cad$ uná ,d€ lag' Boletas de Garantia a primer
Requerimiento ante el incurnpliai$nto por" pá.t" de lllapa
-S.Á.
de la inversión
comprometida en el Programu'o" ttiv*r.ion"s p¡"r¡rtá ó;;;;" gári'or minera anuat
y la mina a la-que se:refierq la BotBtA vigente qUie este en poder-de COMIBOL.
13'2' Para hacer efectivo el cobro oeica{.$ uña de tag Garantíai a primer Requerimiento,
COMIBOL deberá presentar lal hanco emisor ,"rpárti* ;;; certificación de
lnversiones, que señale expresámerrte que:
a) lllapa S.A. no invirtió la totalidad del monto anual comprometido para la Mina
respectiva, a que se refiera la coirespondiente garantía a primer Requerimiento.
b) No recibió una notificación del Directorio del iontrato qre l"nare la existencia
de un evento de fuerza mayor y,/p caso fortuito, conforme a este contrato.
13'3' El Directorio del CA-MBP aprobaialla contratación de una auditoria externa anual
de los montos invertidos, cuyo infoime final firmaclo y entregaJo á pirectorio, luego
de ser complementacJo por las aclaraciones escritai que iolicitun
"n
un plazo de
treinta días calendario desde. la f,ocha de emisión iñicial, rárá prr"ba plena y
definitiva del cumplimiento'o incumplimiento oer ciográ;; dl;;ersión por ¡tapa
s'A. El informe señalado debetr;á rcontener q'n ,aná'í¡si. t ;;;.iusiones claras y
definitivas, por cada una de ras Miqhs Borívar n por.o.
13'4' como parte de la auditoría extBrna unuá|, la empresa auditora enritirá las
certificaciones de lnversiones d<ü'lóp montos invertidos. Un certificado original será
remitido a COMIBOL. i.
13'5' cada Certificación de lnversiorles cile¡"r¿ contener un análisjs y conctusiones claras
y definitivas,.anuafmente por' todo bl plazo del Programa de livers¡ones, por cada
una de las Minas Bolívar y porco. i
13.6. lndependientemente de ló señaladó;en la presente Cláusula, Auditoria lnterna de Ia
ffoMlBoL, del Ministerio de'l4inbría y'Metalurgla ylo la Coniraloria Gral. det
Estado,conforme a las leyes que,iasí io autoricen, podránrealizar las auditorias
correspondientes, en lo que se re_fi$ra a los intereses de COMIBOL.
cLAÚSUí-A DÉC|MA CyAETA. (pARTtCtON DE BTENES y ACTVOS).-
14.1' A la finalización del' Plazo de estefpontrato, lLtApA s.A. transferirá a coMlBoL
íntegramente los bienes adquirido$ly activos diferidos, producto de la inversión en
el contrato, en un plazo de g0 dÍásfdesde la fejeha de vencimiento del plazode este
Contrato. , q:
14'2' CoMlBoL para el efecto señallddfbn_el numeral anterior, pagará, del modo que se
señala en esta cláusuta, a TLLAF#(íS.R. un valér equivateñiu álá *¡tud del cuarenta
y cinco por ciento lswl delivalok de lds aUtiüoi rJquiiioo"-Ju.ou et inicio det
Programa de lnversión hasta iaifirfrlización del blazo olur conlruü, de la siguiente
manera: .i F it ;
a) Para los bienes adqúiriddh y activosiüiferidos como fruto del programa de
lnversión, el pago [t{i{: efectuadoa partir del segundo semestre del
séptimo año del plazg detbste Contrato; en cuotas añales iguales.
b) Para los bienes hdqdiridos y dctivos diferidos, .oniorÁ" a ios
P resupuestos An uales
^(rb;9n
gioerad gs y ap robados por el Directorio), con
recursos del Flujo
{e p$;a Netb, dés$e que se finallce el programa de
rt. -
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lnversión hasta er vencimie0to der décim9 año der prazode este contrato,
los pagos serán efeotu,h$o; ;;tir"tr* án,,qroc inr,^r^^ ^ -^r:-
¡ve vquuD ücrar,r
:reqlYfWs en cuelaP anuales iguales, a partir dei
Hi:."",ff "f^::I's:i:a f;e_esté,Coriir{to-
- -"-- 'v-
c)Fin=ri,-irtp{
j$ffLil*i$xJ.iff :'s?:,J,T';J:t:,,";,J;;
recursos del Flujo
9" 9"jF,,ryeto, desd.e, er'unoécimo'año del plazo de este
Contrato hasta su finafizáci¿n
"o ofo..+,io.Á,,^,.,-:^^ .^ _ _
semestre del plazo de'vi
,,tg efe9l{ará un único prgod;r!nt"-"r ¿ltiro
.. uenresrre oet ptazo Ae vige[Acia de,este;Contrato.
d) Para efectivizar los oa''o&.s ac",.¡.¡)..=-^;"::
' atd crecrvrzar ros pagos acordadFr,, u! estenumerar, er operador
realizará a su favor desc-qentos direciamente Oe lou ó"go, anuales que,
conforme ar
.
Frujo, de ,chlu r'retó, g"!u recibir coMrBoL, debiendo
Rli:", :1;: ::f :l I", :^, É li: d::e
li;: ;" ;;;; "
d; e sos d es cu e n tos
14.3.
'"4.4.
si los pasos .que debiera ipcibir coMrBoio"iÉl;cil H: i,."::ii::::
insuficientes para cumprir.esas obrigaciores, coMtgor_-Ján"ra ornu,. J
ilrapa s.A. er sardo adeudado
"r
;;;r;;o"rna"inlo de 90 días desde ra
fecha de extinción de estp contrato;iiliior*" at incíso c) det numeral
35.1. de ra cráusura de *qujdación de está ólntrato.
con los pagos señatados en,el
^irffi";;i;ñ,r;ri üos esos bienes y activos, at
vencimiento der prazo de este eor¡trato, pu.áian'iitugrurunte á sJr propieoao
derinitiva v parre
*ll:tlronio'ae,Élónrbói. ü#'triürto, correspondientes a esa
transferencia serán pagados por co.fulóóI. - '$vd r¡ rrr
sin perjuicio de ta ouigacioin: {q tránsferencia de lilapa s.A. conforme a
estacláusura, queda entendido'qüe'i tooor rár"';;;", que se adquieran para ras
Minas Borívar v porco, como pr*ir;i;-;"'; i.'""Tiior, serán de coMrBoL e
¡LLAPA $'A', en lqp"p¡qporc¡ones do^ly párti.,p"ii;;
",
este contrato; de acuerdo
a la cláusuta D06i$,.i*"iQ$9,¡1e colv,Fgl; ;.i;'s"q-;; mantendrá derecho de uso de
los conocim¡eiriiirJ'd;.t"iddiüor
ó"ih ur maneio,J;i; prantas metarúrgicas de ras
Minas Bolívar y porco, coniorme'a-,&te contráto. : '--
3ffiXi,YH-,.:*"'*u QurNrA' (?HsLARAcréN 'DE REpRE$E¡,¡racrór.¡ y
1: 1."
COMTBOL por su parte, declara y garantiza quet
is.i. r
h::.lT:i?:" t^,j::^ D,.j,*1":f:üi;;:"-i", Legítimos, amparados en ra
constitLrción porírica der E;t"d; ; ñ ;;ffi:r'llijlii_iiltñfi:'#lrJ;
obligaciones.ni gravámenes a,i$or" ou iái.rtijr."''"
Yrr
l: ] : i:%.¿ii:;l,llil¡:l*:U¡ffif;:iiÉ!l.iu.ion, en virtud a, Arrícu,o 351
15"Í'3' No limitará, cederá,;i;;ül-fl:srp$, dispondrá ni comprometerá sus derechos
i"Iiri:,::' f '::l:^',T9li l,: : f t " Fgni.: v¡ú';' ; ñ;üi, a r c o ntrato d e
Aso c i aci Ón, n i so bre tos'n ié náslft CqüiB Ü.i'ñ";.,,i#"'T.ll ;l,rt 31,ff i?"3 I
l:;ff:"",:":jll:"^:"t1:i1!^?¡# I "1ü"ol Br;; r",iines señarados en este
documento, sarvo por:ro senáradb ár;ii;ü;"ñ,:;;"";i:" senaraoos en este
i5.i.4.
H,:f:::J:: :iyl,|,y,]"":Jr:ffit¡"** señaran en este numerar quecran
autorizadas a continuar rearizairo. r"*
""g"lilá"j"l
r,""ñ:il:";;AL::":3:
convenios y contr"atos, suscritositcon córut$di$i";ñiWayra S.A. antes de ta
suscripción de este Contrató: ; id ; ¡f . '
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Cold'nÍ ttcla. y .Ccoperativa Minera
15.1.4.1.
15.1.4.2.
15.1.4.3.
Antequera Ltda.
Mina Porco - cooperativa r$irilLra porco'Ltdu., cooperativa Huaynaporco,
cooperativa Veneros porco y'biqrtos ex -trabájadore, áutorizados.
Las personas individuales y," c$lectiv"r rnentionuáá" en ros sr
Las personas individuales y' c$lectivas rn,entionadas en los subnumerales
11gi:1r:r_99ltinuarán
rearüariflo sus
"gi¡u'p"Jui
ñin"rr. en ros *ü,"no,
anteriores continuarán realizaiffo sus adüvqdades mineras en los ,ü*o,
términos, aunque sus
del contrato de Ries.go coriiffirtioo ,poti,riai y de Árrendamiento porco, y
¿vt I
además deberán sujetárse'a'ióf¡d¡spuebto ün lá
"l¿urura
trigésima novena de
este Contrato.
'!5.1.5. lnterpondrá, de ser neces?.lol lb: procedirhientos, acciones y recursos que
sean pertinentes o los que,lllapa,s.A. le solicite y en un plazo razonable, para
asegurar el cumplimiento del gbJbto de esté Contrato, tales como trámites de
crl'cgurdr et cumpumtenro oet gojeto de.estg Contrato, tales como trámites de
consolidación o Amparo Adininistrativo Minero, oposiciones, recursos o
acciones similares_ prwiriu",
?{;la legislacjón actual o futura,
'para
impedir
acctones stmrtares pr,flisjag
?{* tu legislacjóh actual o futura, par
f:yil3::.1.,:1 jy:t"r la mientsb,{omas o us ü rpaci o nes d e ter"e ros, J;
a las leyes vigentes.
e acuerdo
1$.'1.6. La pacífica posesión,de rjrqp.#. s.A.,sobiei ros Derechos Mineros, áreas,
i nsta I aci on es y b i ener' ré r"' pT"itW ;;; l*;ié#;#
1.92. $inchiWayra S.A. dectara v oaráqtizp a Co¡nibglque:
-
4Et'l ¡-,,*^., ^.,*^t:-: ^-..'r^"^t--, '¡,
r-,-.',--1:"-n
1&'2.1. Asume 5r cumplirá con ioda+ rurupnriguiioné! bóc¡ates y de seguridad sociat o
similares en la relación tabof?i
f;bn rrr trabaiacores oL la Mina porco que se
hayan generado hasta ta Fephá tfectiva, coritórme a tey
'15.2.2. Rsume y cumptirá con toda$ f;-{;;t¡;;io-ñeL uo.¡utes v de Seorrrictart soeiar n
tü.t.t-. Asume y cumpnra con todas lasfobligacione.s sociales y de Segr-rridad Social o
similares. en.la relación laboral$con los trabqjadorer áui-clnirato de Riesgo
Corrpartido de la Mina Bolívar t : "' :
1s'2'3' I-os títulos de los Derechos Minbros que aporta a este Contrato de Asociación
son legítimos, amparados p,or la,Constitución Política del Estado y las normas
vigentes, y no reconocen obligaqiones a favor de terceros.
15'?'4" No limitará, ni comprometerá sús Derechos Mineiou upártroos al Contrato de
Asociación
15'2'5' lnterpondrá, du ser necesario, los procedimientos, acciones y recursos, que
sean pe.rtinentes o los que lllapa 9.A" o goMlBoL les sotióite y en el ptázo
razonable que lllapa $.A. o aCgnnibol sengtó (para evitai qu" ,* consumen
actos perjudiciales), para,aseguftr el cumpllrniento del objeto de este Conir"ü,
tales como trámites de 99n$otiOación ,9,:?rT1p?t-o administrativo minero,
oposiciones, recursos o acciqndb similáres pnevisias en ta:iógistacion actual o
futura, para impedir perturbacloües, avasallarnientos, tomas o"u*urpuaiones de
terceros, de acuerdo a;las leyespigentes. .i ,l
'i5.2.6" La pacífica posesión de lllapar.S'fi{A: sobte lqg üerechos Mineros (y los derechos
que les sucedan' conforrne: a lb legislación pplicable), áreas, iñstalaciones y
bienes comprendidos en es.ie;c&{ntráto,,y to$os tos qué
"óott,
t incorpore en el
futuro conforme a este Contrato.t' :
- !'-
t. "
i i. ..
; ,; ll' ,; :
j ¡i
I.
,i,;.i :
"!
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r 'rd-r
.,¡" L)
t,
l:: ,i
':i i
lli ,
X5.3.'1. Realizará a partir de ld:$iFechar Eféctiva las prev¡siones contables
correspondienteó para'el pasibfre beneficios,bociales (aguinaldo, prima anual e
indemnización por años de,senñcio) de los'idependienteJdel CA-MBp.
15.3.2' Pagará con cargo al Flujó de¡lCaja Netó, a partir de Ia Fecha Efectiva, las
respectivas patentes minefas Qé los Derec,liio:s Mineros o cualquier coRtr¡bución,
tributo o pago que se establezS en lailegislaeión futura.
15.3.3. Cumplirá las disposicioneslleg{bs de protección al meclio ambiente, conforme a
la Ley No 1333 y sus ReglarnerJtos, as'imismo asumirá compromisos que tengan
relación con los Programas de lResponsabilidad Social.
'!5.3-4. No limitará, cederá,afectará; iárrendará, gravará los bienes afectados a la
operación del contrato. ' : :, {,tj ,l- j
15.3-5. Garantizará la estabilidaO laboüá|, las conquistas sociales y la continuidad de la
relación laboral de los trabaiadores de las Minas Bolívar y porco, conforme a
ley. ri -i i
15-3'6' Nó existen gravámenes ni obli$acio¡es con terceros relacionadas a ninguno cle
ios bienes queilrapa s.A. ?p.?rt3 ar contrato de Asociación.
fl"
cLAÚsuLA DÉclMA
9E{Il_ 1cósr$s oe oFERActór-t).- Los costos y gastos
directos relacionados al CA-Mgp Se#ári pfoniertos cdti los l.*.urso, del Flujo Ce Ca.¡a trteto,
conforme se describen delmanera e{uqci$tiva y no lffiitativa en el Anexo 6
:l $l ,r
cLAÚs ULA DÉcIMA s ÉPTIMA: (PARTft I PAcIoNÉS, Y PAGoS).-
17.1. Las participacionesien el'CA'-MB}! serán de¡lCjncuenta y Cinco por ciento (55%)
para Comiboty de Cuarenta y Cifibo porlc¡er*ioi4Sb¡ para iltapa S.A. detFtujo de
Ca,ia Neto I ,
17'2' El valor anual nor-l1s-.partidad Sontables que no impliquen uso de fondosque
correspondan a COMIBOL e¡ proporción a su participación en este
Contrato,resultante del cálculo d]r* practiqLre la auditoría anual del Contrato
conforme al Anexo 4, será deppsitado por el Operador en una cuenta en el
extranjero, en dólares, autorizada de COMIBOL
17-3' Con la aprobación del Director¡o Oü todos los estados financieros del GA-MBp y de
cada una de las Minas Bolívar y f;orco, el monlb final anual del Flujo de Caja Ñeto
se distribuirá de acuerdo a las p4fticipaciones de lllapa S.A. y COMIBOL en este
Contrato, i.i
17.4- La falta de pago por parte de llla¡r{i S.A., en d plazo de 20 días calendario desde la
fecha de aprobación por el Direbtffrio de todos los estados financieros del CA-MBP
y de cada una de las Minasi
Qpt{Lar
y Forc6, siempre que hubiera Flujo de Caja
Neto que distribuif, ocasionará: düe lilaba *A. pague a Comibol una penalidad,
equivalente a la tasa LIBOnl" ll# mes(is 1vfoénie á ta fecha det pago) más 0.S%
anual aplicable al mortto aUeg#do OesOLIil+ fecha en que el pago deba ser
realizado, hasta qüe el pago üeüi& a coMIEoL sea efectuado.
17.5- El Directorio del CA-MB'P autdritlrá elrpaEg trimestral de anticipos a COMIBOL
elllapa S.A., con c.argoal Flüjo.'d{f-Caja Netólanual, conforme a su participación en
estecontrato. : rr : c t i
17.6. Para cuidar que con estps; $'ugo, de anticipos no se afecte al normal
funcionamiento de las operqbidn$s del
,Contfaio,
no se distribi"rirá a lllapa S.A. y
' tlr,. , i
-,,i:
r ,' i{ I :'
r t ,bl 'i .
u:.ff ;
'lr'
CCIMIBOL más del S0 % del Flujo,dm
trimestralmente lllapa S.A,,..co,n1-or¡.nn#
Cuando en una gestión anual el Corrtt
!
'1. I
Caja Neto;1 r.eflejados en el cálculo que haga
al Anexo {, de este Contrato.
rato de Asgclación tuviera Flujo cle Caja Neto
deducirse:deJ Flujo de Caja Netode la gestión
sucegivagij si el Ftujo de Caja Neto fuera
tota[' de]i déficit, incluyendo los anticipos
r con el fi'k¡;o de Caja Ñeto de la gestión a
ún p,¿96r1¡i¡nestral de anticipos hasla que el
se hubiergn cubierto con el Fluj'o de Caja
compensados en su totalidad.
.Í. I
ll
il
i ,$:
dl
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,ifl ;
il
rt:
tr
17.7.
deficitario, el monto déficitariol
inmediatamente siguiente,r yr en [a
insuficiente, hasta fa compensacir
realizados que no se hubieran cubi
que correspondan. No se ¡:ealizArái,
déficit yio anticipos efectuados lqrle
Neto de la gestión a q,ue correspond
cLÁusuLA DÉctMA ocrAVA (FUERZA d¡nvon y cASo FoRTUtro).-
18' 1 . Se entiende por fuerza maybr o cásfl fortuito, a áq.uellas que el COOigo Civil llama
causas no imputables al deudor (Art, 379 y siguientes), en caso de inóumplimiento
sobrevenido de obligaciones, que cons¡Jten
"n""qüiür-L.ontecimientos
imprevisibles o que siendo previsibtqs son irresiistibles, ócaiionaoos por fuerzas
extrañas a la voluntad o al controllde las Partes, como son los sucesos de la
¡raturaleza, tales como terremotos, qgotamiento total o parciai de yacimientos que
impidan cumplir con la repoqición; oe reservas r¡nurur.rg¡"á.1 inundaciones,
tempestades, derrumbes, íncerlqigsiiiy que rseart &e conocir'í"nio público o qru,
causados por el hombre o deriüad,os de su ,hcción, son incontrÉbl¿;,
-;;;
guerras, explosiones, motÍnes, óonrfrción civil,{,byasallamientos, huelgas ilegales,
bioqueos intempestivos, entre otro$], es oecii'tob; ü;;iio-.-'.ur"ros, actos o
hechos que no sean atribuibles a la ibsponsabiliüaio subjetiva oe ius partes.
1B'2' El incumplimiento de alguna o!t!sq,1np por causas. no ímputables a las pdrtes podrá
dar lugar a la terminación anticipád4uei contrato tótalmá;i";p;;atmente (en este
último caso respecto de 'la 'Mina qfectada, esi decir ae cuaiquilra oe las Minas
Bolívar y/o Porco) cuando los.efe^ctg-s del hecho'o actos r"án'irÁparables, previa
evaluación de los expertos de CQMlBoLelllápa S.A. o áá aquettos que éstas
pudieran contratar para el efecto, prdvio acuerdó expreso y escrito de las partes.
1B'3' En caso de fu.erza mayor o caso fo$irito, la parté rrá"iuJu'd;ü;; aooptar todas las
acciones posibles eficientes y opghunas :para superar las oincurtades y deberá
reanudar el cumplimiento dé sust' obtigaé¡onár, iun pünto .áLo ,"u posibte,
extremando sus esfuerzos p?ra rgp*far o superar los danos y perjuicios que dichoó
actos habrían podido causar eh la$instalácione$ y *n g"n"ial en las operaciones
afectadasporlasmismas; ' I '$¡ ; . ):
1B'4' cuando un evento de fuerza m?y,-o#o de c'aso foqtuito ocurra y pueda establecerse
contratado con auto¡ización ,¡"¡;l'Srectorib ¿iJ'tdn-MBp, coMlBo'[- elltapa,,S.A.
podrán terminar anticip.adamente:elfbontrato, totdi o parcialm"nCen rulación a una
o ambas Minas afectadas, de rnutfu$ acuerdo yiineOiánte Ao"u*unto ur.iito.
llxapa S.A. está obligada a notificaifu coMlBó[-,'cuando fuera p"riuu v¡o se ajuste
ala naturaleza del evento
!e fu,erlq¡rayor.o caso fortuito de que se traie, ouniro o"
diez (10) días hábiles siguiehtds$a ia fechá én que ocurrieran los hechos o
acontecimientos constitutivos de'tfr"Érza mbyorioicasó fortuito en cralqriera de las
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I lit¡+ J';
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18.6.
Minas, puntualizandci si estuviera,ad'Su alcance,.e,l'l tal notificación, la naturaleza de
los sucesos o circunstancias, Ias,ppsibles,razoh{s de su ocurrencia y la duración
esperada de las consecu.encjas v pfectosí de lairfuerza mayor o el óaso fortuito,
lapso durante el cuál lg ejecu_cign"dtbl Cont¡¿16ipódría estar impedida, sin perjuicio
de la obligación de lllapa S,A. db adootar,..b¿,onunnmente tas aceinnoq rnác
de la obligación de lllapa S;A. de adoptar. obortunamente las acciones más
adecuadas y eficaces para en{¡eht$Jr los hbchqs fortuitos o de fuerza mayor en el
!'nenor tiempo posible, pro,curaindo',ipl mád prqhtb retorno a la normalidad de las
oPeraciones. ; $' I 'i {
El Plazo de este Contrato se cons'idhrará strsp$ndido respecto del área de la mina
afectada, cuando el acto de fuqr4,fl mayor o,icOso fortuito afecte la operación
minera, por todo el tíempo durantefbl cuallocuÉrd una imposibilidad por causa no
imputable a lllapa S.A., e[ .u¿¡:¡6:grbrá cornputádo ni afectará et ptazo establecido
en este documento. 'j: I
rl
I
;i"'r:
d.1 .
1B'7 - Una vez restablecidas las condi$iones normales de operación, lllapa S.A.
informará por escrito a COMlBOt,i,'a efectos {e que se re'anud" ui .o*¡rto-Jui
plazo dei Contrato para el áreaiafectada. l
A ese efecto,
"9-l
Directorio deberá,rtializar la no{ificación prevista en el inciso b) del
numeral ¡;gá;i hasta el día :hápil, siguiente,,"pro nie*¡Áo, á" lu sesión de
directorio en que halta recgnoctdo cúalquíer evb.nto oe fuerza *"v* o caso fortuito
que afecte la realización:del prpg,ratra de lnvengiones.
18.8. Todo evento de fuerza mayor o,|caso fortuitq que afecte la realización del
Programa de lnversiones y que sba reconocidó como tal por el Directorio del
Contrato, implicará que COMIBOL iio pueda hacer efectivo et'conro de la Garantía
relacionada con la Mina afectada',!rél periodo a.qqe corresponda.
'!8.e. En caso que coMrBoL no estérldb á.u*iuo i;ñ i;;"i;i;;;¿; de ros hechos o
acontecimie¡lo1 constitutivos d9 furBrza nqayor o caso fortuito podrá acudir a la
cláusula Trigésima segundade sol{ción de controversias.
cLÁusuLA DÉctMA NovENA. (DtRre*bruo DEL bA:MBp).-
19'1' El Directorio de GA.MBP, estará o'pnformaoo por seis miembros y compuesto por
tres representantes de GOMIBpL $ igual númgro delllapa S.A. Sárá prósidido por
uno de los representantes designados por Comibol.EI becretario será uno de los
representantes designados por lllapa S.,A. l
19.2. Cada Director contará con su rtespectivo suplente en caso de ausencia ylo
impedimento del titular. I
19.3. Todos los directores tendrán og¡e$¡o
"
üo= V;v,oto. Las decisiones que adopte el
Directorio sel3n tomadls 9on, ]a,'ffritao más dno o"lói"iuá-riu*nros (es decir,
cuatro) del Directorio. El Presideffie tierie uri solo voto, al igual que los demás
directores- Los miembros disid:entff nodrán hqgdr constar su pósición por escrito en
el actarespectiva.: i' :,'$l
' i, li;
19.4. Los miembros del directorioiqgnp¡an-Con faiultades suficientes para adoptar
determinaciones en las sesionds'f'del Directórib, sin necesidad de autorización
adicional expresa de Ia parte cjue l& designe.li j
f9.5. El Directorio no podrá ejeróei Sltribuciones; no previstas en este Contrato o
conferidas al Cperador. ',
,i ,; ;
e ¡-.Ári s u LA vtc És I MA. (RE U N lO ru eS .Cl¡D I NARTAS y EXTRAO RD INAR|AS ).-
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:
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ii jfl i
Ij
20'1' Las reuniones ordinarias de Direcprio se lleyár:án a cabo cada dos meses a
convocatoria escrita del Presidentb,ftquien pondrá en conociri*nto escrito de los
demás miembros. det Directoriorei Cifá"n oór ua ilo; ;;;;ii"ió".i*i¿".'iii",
clÁusuLA vlcÉstnllLy:RA: (ArF¡buc¡or.res DEL DrREcroRro).- Er Directorio,
como cuerpo colegiado tendrá las siouieiitdü atribucionbs.
calendario. También
.
pocf rán ss¡' $onvooi6sst ilor tres nir"ótor*r cuando el
Presidente haya omitido efectuar: la dnvocátor¡aÍcérrespondiente.
20.2. Las reuniones extraordinarias
19 g..ortvocqla,lr gofi Oscrito án cuiiqri", momento por
el Presidentg
.9 por requerirniento óscritoi de,pés o más oirá.tor*s dirigido al
Presidente, debiendo comunical6¡,$lden dél Díá
"on
unu untúip".iOn de al menos
cinco días hábiles. Fr :
20'3' Cada vez que el Presidente del',Director¡o bonvoque a reunión, ordinaria o
extraordinaria, remitirá copia de l{ respectiva convocator¡u- ui' pi".io""t'i"l
Consejo Técnico para que éste,;a'sugvez, convoquF a reunión de Consejo la misma
que deberá realizarse dentro dp lbS tres dias habites anterioiÁs de la respectiva
reunióndeDirectorio. ; ' I ',
20'4' El quÓrum mínimo para sesio¡ar será de cuatro directores, las decisiones se
adoptarán por mayoría simple del toüál de los miembros J"ióir*t*io.
20.s. [i Directorio ilevará actas cronotósífus y.circunsrá;;;J;r;;;; reuniones, sean
ellas ordinarias o extraordinariasu.l$s_misma",.,eü" .;;; niru¿"" por toclos los
Directores presentes en Ia reun,:l 4t secretarió cfet Director¡o oiitrin,l¡iá .áii*'i-
tales actas a los miembros del Diregtorio dentrci'd'e diez fiól oár'."tendario luego
de celebrada cada reunión. Cu1nd,offii.f.lu,
¡.ia.* h:uyan sido firmadas y enritidas las
resoluciones respectivas, Iab mi5maff constituiráh él registro oficiai oe las decisiones
adoptadas por el Dire.ctorio y se¡án üJnculan'te. ¡¡"ir
"icÁ-ñp, ;; et ámbito de su
competencia.
20.6. EI Registro y Archivo de las AclbS Vflfesolucioriés:estará a cargo del Secr.etario del
Directorio, sin p,erjuicio de que:esíd'lpueoá serlá'.ir1io" üñ;;;.al del contrato
para cumplir su labor ;i ,. .,
gomo cuerpo colegiado tendrá las sig atribucionbs':
?1.1 Formular políticas y fiscalizar las láb&irer
"r;;g&tes de este Contrato.
21.2. Considerar y aprobar los presupu
considerar y aprob_ar los estados ffnancie¡or
,ruü¡iuJts dentro de un período de
treinta días posteriorós a su rece ta
Y;
21'4' Aprobar los términos de refere.giÉ
# la co¡vocbtbria públiea para ta contratación y
elección de los auditores externos,qffie audiiaraif-lcis u.tuoo. nñán"i"ro..
21.5. Aprobar la contratación de' auditSes
"xiuiri¿rbo¡i;-}"*;ol'".on 60 días de
anticipación a ta fecha de finatizaelófr de cada gesiión anual;i;;rr.
21.6. orientar a la administración u oper.aüion
"n
.riquier materia.
21.7. considerar ros informe-s, prop,os;piones; práni;;i";J;; y recomendaciones
presentados po_r lllapa S.A lio: p$r el Gondejci recn¡co, púcienoo convocar a
cualquiera de ellos. fil
21'8' Consicierar y aprobar los cambidsj modificaciónes y enmiendas al presupuesto
Anual, así como las inversiones e{ exploracidn,
"oÁro6é
ái-nu-*rul áli;;.i;
cláusula quinta de este Corrtrato.'i: ll ',i ,
' j !, f'
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clÁus u LA uc És tMA s Ec uN oo. (ao,.{'ge¡o rÉc N tco).-
22.1. GOMIBOL e lllapaS.A. acuerdan c{hformar ,*Crné"jo Técnico de Asesoramiento
al Directorio, integrado po1 tres reprbsentantes oe corvl¡goL y de lllapa s.A.,, que
será presidido por uno de.los rqpresentantes idesignador por lllapa' S.A., jos
mismos que deberán contar. c9n sfi respectivo, supleñte en
"á*"
de ?usencía ylo
impedimento del titular. : ¡
22.2" El Consejo Técnico, constituirá ei $rincipal nexo entre el Directorio del CA-MBp,
coMlBoL elllapa S.A., en l0 refbrido al asesoramiento en aspectos técnicos,
administrativos., fin_ancieros y del. cornercialización del contrat;.
- -
22'3' EI Presidente del Consejo Téc1[co,,fonvocará porr escrito alás reuniones ordinarias
y extraordinarias del Consejo'TécÁico con un" anticipácion-o* éo,. lo menos 48
horas. ¡'
22'4' El consejo Técnico deberá reu¡irsdiicon la antiqipáción necesaria a cada reunión de
22.6- 3l?*i"qr-.récnico revará u"rf, .ffinorogipu, i j,r.rnr,"r.,r;"* o" ,ru reuniones
que serán firmadas por todos ios i"ri¡iembro-s présentes en ta reunion. El presidente
distribuirá copias de tales actas a:iei$ miembroql6[¡ Consejo fecnilo y at presidente
y Secretario del Directorio dentrql; de diez (;10 ofas túego ds celebrada cada
reunión.
cLÁusut-A ucÉstMA TERcERA. (nrhleuctoNEs DEL coNSEJo rÉcNtco)._ Et
_consejo Técnico, como cuerpo colegiado,l,¡iene las siguientu, ,ir¡Ll.i*Á,
23'1' Revisar el cumplimiento de las di$osiciones.del Contrut" ,áln.ú"arjas enn ro¿nc
',fi "i:
rlit i ,
.' .rl'¡
r tl+ I 
rf{ : .r
' ¡ij*
1r:
¡l
:t i :.i
n ;^¡
.¡. -l
CLÁ¡.JsULA VIGÉSIMA cunÉra. .
rt¡rstnnólóru y ATRIBUctoNES DEL
OPERADOR).- i.il , ::
24,1, lllapa S.A. administrará.las'operaqid¡es ytareas que se real¡cen con el objeto del
zL.1a-Contratación, por cuenta oer
litlnnPP, de segruros adecuados y razonables que
cubran los riesgos de la operacióni 'f i ii , '
GA-MBP, quedando bajo s,u eaclús'iya, árqplia y,pl"n" responiaUilidad todos los
aspectos de la operación y actividad¡ique sean de órden técnico, financiero, laboral,
jurídico y comercial.Tiene, ehtre otra$; las siguientés atribuciones:
24..2. Preparación y elaboración de rog pla$es quiñquqiiqiles y su ejecución.
24.3. Exploración y explotación dentro OpiF. Der.ech$siMin'eros, ásí como la realización
de todo tipo de actividades mineras dfi las Minas,Bplívar y porco.
24-4- Preparación y presentación de los Ptesupuestos Anualei para su aprobación por el
Directorio del CA-MBp. . i .i ,u' I :
24.5. Preparación de estudios req,ueridos 5liara la ejecución del CA-MBF.
24.6. Planificación, ejecución y sup,brvisfén de ioda obra o trabajo de cohstrucción
necesaria para el desarrollo de {as M.inas Bolívar y Porco, plantás de concentración
y las instalaciones auxiliares del CA-lMBp. I
-,
24''7" Contratacién.del personal y trabajadores para Ia operación del CA-MBp, incluyendo
su capacitación. lllapa S.A.realizar4 todos los
'da$os
en cumplimiento a las leyes
laborales y de seguridad social cdn cargo {l ¡tr;o de Caja Neto y atend'erá
auténomamente todos los ásuntos rdacionados ibcjn el personaidel Contrato.
24'8. La adquisición de materiales, sumlnipfros y equi¡¡orr.iáráriá üá-¿u.urroltar et CA-
MBP ,iI J; i
24.9. Preparación y presentación de los ir{formes reqüeridos por ley y por el Directorio del
CA-MBP.
24'11- Presentación de informes tnensu.alegy anuales sobre el progreso de los desarrolios
mineros, construcción y operacióri dbl GA-MBP, ciebiendo iñcluir informes sobre la
producción, concentración y costob, r$
24.12. Apertura, cierre, administración'y o$eraciónr de'cüentas bancarias y en fondos de
inversión que sean necesarias, en f*drma separadá de las cuentas bancarias de las
Partes. i;
z[.1}'Comercialización de concentradosllv búsouerJa clo las rnainroc nnnrli¡innao ¡ra
24'.tr4,.Resolver autónomamente todgs,.idF asuntos,iélacionados con ta contratación,
condiciones y relacionel tqbgrJl",q, jJ asignhción {et personat del cA-MBp y ftjar y
administrar la política salarial y de.'re"$ursos humános.
24.15. Conducir, regular y administrar ldsWoperaiiones i
L/unuuctr, regutar y aomtntstrar tEsfoperactones V actividades del CA,MBP en el
orden técnico, administrativo, fiúaiiclpro, raboraÍ,1.¡úrioico y comercial.
24'-16'Realizar todas las áctividades h$$eras ,auto.ilizádas fior ley, conforme a este
f^^+r^+^ ^ L^^^r:^:^ l^ t-^
^-.-r-
r. Jü ': ,
Contrato, a beneficio'.de tas paft*Si .$.l ''
:, '
24.17- Ejercer la representación contr¡ctirál y extracdntractual del CA-MBpante terceros,
uomercla¡lzac¡on de concentrados ry búsqueda rde las mejores condiciones de
mercado conforme a l?u reg'lq$, y csstunnbres mercantiles, nacionales e
internacionales del rubro, poniendb espéciai: cuidado en obtener condiciones
rf rrerrractonates oel ruDro, pontenqp especial; cuidado en obtener condiciones
competitivas en el mercadci, p-ara:r$ximizar los l,endimientos a favor delCA-MBp,
conforme a las previsiones de este #ntrato; :
en tanto el contrato esté ¡rige{}e y sóro' en retacion-
" i;;
-;;;;rÍ"";;;
; :: :l{r ';
i;
jl l( :; i
I d : it
tfi :
, r lr
'',,.].{r
j;:
1¿ lft
3^ d¿
adquisiciones, provisiones, necesidádes v. activiqaOes derivadas del rnismo, sin
necesidad de mandato adicipnat Ogilb Partes. ,, ,
?{.1B.Administrar el Seguro DeleEado de.ftlud, en et'rnarco de las leyes que rigen en el
país.
yqro, : ,
24.19. Prestar servicios de educación én i
t
distritbs mineros de Bolívar y Porco, a través
c LÁusu LA vtcÉs tMA eu tNrA. tconnedc tALtzAc tóN).-
zit.'!. illapa S.A. se compromete a cor"n$rcializar los concentrados producidos por el
CA-MBFcon prioridad a las plarltás rfre fundición estatales de minerales instaladas
o por instalarse en Bolivia, en igualés o mejore$ oondiciones para el CA-iUlBpque
el mercado intemacional. fl . ; t: :
25.2. l-a Comercialización de concentrafros der minbrales es de responsabilidad de
lllapa S.A. y está referidara la vér$a de tbda ¡Clase de minerales y metales, y/o
concentrados incluyendo todos aqu&los mineraies-y metales que reporten un valor
económico para el ,CA-MBP.lllaHÉ S.A.: conldróializará lá producción en el
mercado inJernacional con aquellás empresas que ofrezcan mejores precios,
términos y condiciones a largo plaz$incluyendo fó,rmas de pago,y que demuestren
solidez y capacidad financiera y cofhercial;en base a indicadores internacionales
como ser: calificaciÓn de riesgo con grado de inversión a largo plazo, que cotice
en una Bolsa de Valores y preseqlte estados,fiñancieros a'Jditados y otros. La
producción a comercializarse serála{'que se menciona con propósitos enunciativos
y no limitativos: concentrados de ffotación de,zinclplata y de plomo/plata, indio,
cadmio y otros que pudieran repreqÉ:ntar un valor'. pagable en los concentrados de
flotación provenientes del CA-MBP, tanto en el mercado interno como en el
mercado intemacional.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. (SU
,: :'i: :.
a
toN Y FtscALtzAC totJ).-
26.1. COMIBOL, como administrador&i usiva dé los intereses, bienes, acciones y
derechos del Estado sobre los y
y otros de las Minas Bolívar y
ientob, insiaiaciones, bienes complementarios
facultada para llevara cabb'reüi
a su cuenta y riesgojde los asp
jurÍdicos de las operacioneÉ i
estacláusula. I ' ,litl
26.2. COMIBO¡- efectuará Ios traba;'b
información al Operador antet
frecuencia que no interfiera oi
que si la informacién no se en
.i4
Contratoi de acuerdo a los términos de
inspección o solicitudes de
y deberá efectuarlos con una
del CA-MBP, sin perjuicio de
inmediatamente o el personal
ri i
iii'
de terceros contratados o de otra nTPOo idóneo¡ gegún la legislación vigente en el
país. ;i ; ;
24.2A, Ejecutar directa o indirectamente ipq{servicios y}¡6s programasde Responsabilidad
Social de COMIBOL e lllapa S,.A.eh,1fus Minás BblÍ"var y Porco, a través de terceros
contratados o de otro modo idéqeq, $egún la legislación vigente en el país.
?4.21. Obtener excepcionalmente financ,iqqriento para ct¡brir loJ costos de operación del
Contrato, con cargo al Flujo de Qaj.a Neto, con la aprobaciónexpresa del Directorio.
. ,'i lil
2t1.22. Todas las inherentes y requeridás p#ia el cumplimiento del cA-MBp.
co, aportados al CA-MBP, está plenamente
s e inspeóciones a través de sus inspectores,
contabledi flnancieros, técnicos, comerciales y
ique ilas táreas
are disponible
I,'
i rl,
¡!,
¡f
;ii i
'¡xi
;1,
I
Iii
'a' 't'
encargado no se encontrare
:n esedmg*",n1g,:tbs funcionarios de GQMIBGL dejen
un requerimiento escrito para la s,igüente visita:r I
?6.3. COMIBOL designará personal. neófriar¡o en calidad de fiscalizadores para que de
rnanera directa y continua realicen p'l control err los siguientei ,rátro niveles: mina,
ingenio, contabitidad y venta-$glcfi,ncentradoe: de *]n*aÉ;,;; que interfiera o
perjudique las tareas del QA:MBF,$hi qr"¡sign{fique co"omlnistrácion det contrato
de Asociación o derecho o9.vej{j dg lgs ágcisiones o acciones del operador
amparadasenlaseStipulacionesdq[,,esteContráto
26'4'' Toda información que sea requeri$a por colvltBol para realizar sus tareas de
revisión e inspección o patu, oot'pofter'informáéi¿in del Contrato oe Asociación, el
Operador debe proporcionar,
,.q g¡eAuerimiento
.de presidencia Ejecutiva de
coMlBoL, de modo que todo
¡9Qq$rimjento al;operador ráu
""n-trutizado
y no sea
repetido, salvo cuando sea * incürnplido, siri rnecesidad
de procesamiento o
elaboración especial i ,,
26's' El Operado¡ está en la obligación de atender l'ós pedidos de COMIBOL, realizados
conforme al numeralanterior, en, unfplazo máximo de 1s días calendario a partir de
la fecha en que le sean formulados,por escríto poi É pi"rü;;.i"';" comibol.
CLÁUS [JLA VIG ÉSIMA S ÉPTIMA. (RÉGHüIEN IMPOSIT¡VO).-
27'1' como los contratos de Asocilbiiy$o tienJn pirs;;A jurídica y por consiguiente
no cuentan con núniero de NlT, dl ftatamiénto {ributario r;;;;aárá de la siguiente
manera: ' ' ," ,il '{ ,
a) Las obligaciones.tributarias unilca$¡ a
1closih qúe dé tugar ei presente contrato,
sean por concepto de lVA, IT, Regplías, RC- tVA y otras, t"n"ran ser pagadas del
Flujo de Caja Neto del CA-MBp.' j't , ;
b) Los impuestos. q-ue grav"n
1 lb$ partes pir fas utiridades generadas por las
operaciones del CA-MBP, serán $hgados pbr' cáoa una de elrJs en la proporción
que corresponda. ' : ',ii '
c) Illapa s.A'g-estionará por cuenta d'é CA-MBP,'al servicio de lmpuestos Nacionales
los CEDEIM's o instrumentos simi$ares que áe bmitan *n
"i
r,itrro, por el crédito
fiscal del lvA (lmpuesto al valor A$regadó), así como el GA (Gravamen Aduanero)
generado por las compras de equifios, máteriale.s, insumor, i*pi*utos, servicios y
otros que se efectúen durante la vigencia :del presente'coniráto, mientras se
mantenga la vigencia de ra¡
,diqposigio¡es.ra,ue asi ro ñmi¿, Los montos
recuperados serán destinados a[,F$rlo de paja,Nilto delcA-llliBp.
d) Los sastor p9r. boleras de garan$h u otroé i:rgtirrrár1;; ;;;;"nres necesarios
para conseguir la devolucíon oellffdito fiscaf 'sérán cubiertos coí el Flujo de Caja
Neto del CA-MBp.
cr-Áti$ulA vlGÉstMA ocrAva:.1b4¡j{Nces v Ésraoos FrNANcrERos DEL cA-
MBP,.- ti! I , ,
2B'1' Los estados financieros del cA-[üÉf seráh et+lrqrados por iltapa $.A. de acuerdo a
normas d"
?:ti?'li11q
vlgente,g.;o$ Botivia, ylberán prá."ni"io.-ar pirectorio para
su aprobación debidamente aúditaüos dentroráe;los ñoventa (90) áías siguientás al
término de ra gestión anuar *i{W resp;ectiva.r Áá"Ááu,'¡üpí é Á. ,j'lil;-;;
ejemptares de tates]Estados,FJnü]n$ero, I cdrv¡boi. --' '¡¡rs's v
ii :
'i:'
f , i,"
I i {,r;
:
, ," ii.,
tt,
r
lil
, ,, riE-
;r Ef
AU
t': i
ll
t.
!..
l,
j
cLÁusuLA vrcÉsrMA NovENt (cFgi&,¡
?E DEREqHos y oBLrGAcroNES).-
29'1' Las Partes no podrán cedei, 1ra¡i{nitir o detegár r* a"*JáJi onrigaciones a
terceros originados en el prese¡rtq $ontrato, salío uru*roo
"ñ;'r" suscrito por las
mismas. l ,l, ,,i
29'2' sinchiwayra s'A' celebrará,' cu{ndo sea legalmente necesario, Ios actos,
cjocumentot:,?"r?rdos y contrarto: qire pu*it"n que lilapa S.A. continúe ejerciendo
los mismos berechos y cumpliendoic-on rá. ri.rus obligaciones que esa sociedad
tenía con terceros en vigencia delcontrato de. Riesgó c.Áp",iido Bolívar y el
:"":j::l:j"- 11::_tTl1?j:.f ?,':?, l?t" pirriüi r" ,""Iii;¿; ;; las actividades y
operaciones de este contrato de Assciación. En los casos en que no sea ;ffi;;d
lllapa $'A' continrfll gruttiendg tafps derectrog y trrnpl¡unoo con las obligaciones,
conforme a ley y a los documentos d.n qre su oüiginen.
'
''ll
j' sl
c¡-ÁL,suLA TrucÉstMA. (REsERVA) _ ,rl, . r
30"'l' Los conoc'l:llot tecnológicos ü..&cn¡cos, tobjs'ecretos industriales y comerciates
que pertenezcan o sean desqrrgllfipos pcir cuhlquiera de las pnriur, así como la
información relacionada. a tas ope.fthclo¡res deJ pr"ruit" contrato, nb fooran ser
divulgados a ningyl, tercero; ¡irflado(o a Pn'1 tercero púbrico que no tenga
competencia para pedir esa info¡'rn'i{cion) que no psté relacionado coñtractualmente
-111t^ ",!:tTiol"s
del contrato,'Bifl antes'"onf"i con el consentimiento escrito de
todas las Partes, para evitar
operaciones del Contrato; , . .
30.2. Fl consentimiento requerido ibe
aplicará a la comunicación de:
a) La información que rícitanre,r-rté ,Sya atcanzéob oominio público.
.t
I ,.r i,!
I
t
;*,
li
i:
'.
ün
. it
s
b) La información que requierq und autoridad competente, en los límites de ese
requerimiento y siempre querexi$era disposición legal que lo sustente conforme
a las leyes bolivianas. .il : -
30'3- Las disposiciones de estacláusula $b aplicarán durante la vigencia del plazo de
este Contrato y sobrevivirán a la r¡ig$ncia oe esié
-pu..,n""
(sj;;. riliiientes a ta
esre uonrraTo y soorevtvlran a ta ylgffincia cle éste por ci
terminación, por cualquier causa, de{jpresente G,bntrato.
': il¡' 't i
c !-Áu$ u LA TRrc És rMA p RIME RA.r tso,rrt#c r o N, DE $ óNTRovE RS rAs).-
El Régimen de solución de óontroversias, dF sujetárá aitob sigui"nt*u pr*edimientos:
31.1. Reuniones extraordínarias,: En ta e$ntúali$ad de proiucirse y rántenerse alguna
discrepancia entre las Partes, eñ felación con este Contraio, cualquiera dJ las
Partes podrá.convocar a u.na reunlórf extraordin,Aria de las Partes. Si la discrepancia
no se resuelve en:esa i:nstancia,,ifa controversia será elevada a los máximos
ejecutivos de cada parte, quienes, pndrán un plazo máximo de noventa (g0) días
calendario para tomar una decisión.i: : ! :
31'2' En caso de no Ilg,gSL*""Un-"-e-g*gJa*;i cualquieret de las partes podrá atenerse a to
esrabtecido en etffiffiffii,T,:Hif¡.,ftTiffffiH, rd¡presente cráusuta. , ' .
31.3. Peritaje Técnico: En coniioüeisiástdbnlcas, los representantes legales de las partes
podrán acordar recurrir a . dictflmenes periciales elaboraios por peritos
independientes en la materia ddi la contróvérsia suscitada, para encontrar
elementos que les permitan resolveS,la controvgrsia técnica, on;áió de la pericia.
3'1.4. En consecuencia las partes deicon{ün acuerdójrécurrirán a péritaje independiente.
l-os representantes legales deJlaoftartes fijará"niel objeto del diáamen pericial, y
establecerán los pasos y. prqcedithientos a ibeir'implementados por el peritajá
independiente. y ,i,¡*r i:r l
31.5. Los honorarios y gastos:del iperffa;e indeper{ente serán cubiertos en partes
iguales. El dictamen pericial norseráivinculante para las partes.
31.6. Arbitraje: Cualquier controversia, respecto o Gon relación a este Contrato. que no
pueda ser resuelta conforme al procedimiento establecido en el tr_ixdtrdldp*tr
anterior, será resuelta mediante arpitraje de conformidad con lo estáOiáóidffi;-i;
l-ey No 1770; de 10 de marzo de ltgg7, de Arbitraje y Conciliación. El númer:o de
árbitros será de tres (3), uno (1) nonqbrado por COMIBOL, otro nombrado por iltapá
S.A. y el tercero a ser designado pltr los dos (2) árbitros nombrados a¡teiiormenie,
con el consentimiento de las parte$ien controversia, debiendo recaer en un árbitro
imparcial, que no podrá tener lá na{ionarid?d dé riinguna de las partes.
31.7. Si el tercer árbitro no es nombi:atb dentio dé urr-periodo de iesenta (60) días,
computados a partirdel nombram'ieÉfto del segu'ndo árbitro, o si alguna de ias'partes
no nombra un árbitro, entonceq ,flicho árbitÉé ;será nombrado de acuerdo a lo
J;^^,,^^Á^ ^- ^r ñ---r.---- ^^,ri Lt .; :
dispuesto en el Reglamento CCliüL& se especi,flcá en líneas siguientes.
31.8. La sede del arbitraje será en laiciirciad de l-a Paz: Las leyes apiicables serán las del
Estado Plurinacional de Bolivia. Ql frrbitraje se flevará acabo de conformidad con el
Procedimiento y Reglamento de Arlhitraje de lá Cámara de Comercio Internacional
(ccl). i . "
31.9. El idioma del arbitraje será el espa
31.10. Renuncia a la vía Diplomática: formülar
c3
'i. l
tt.
. ,t:. !
I ,L :i
!i.
t '¡ | :
cLÁu$ uLA rruGÉsrMA sEGU NDA. lnnfurecqróN -DEL MEDro AMBTENTE).-
32.1' Las actividades del cA-MBP seián fi'batizadas p"rlüüié:Á.';ffimptimiento de ta
, legislación ambientalvigente. , ,ir : ,i ,i
32'2' La gestión ambiental ie:las opqr+üion".,pr"virias en el presente contratb, así
como las mitigaciones descrita$l $n tos Manffidsto. nmni"nües oe las Minas
Bolívar y porco, y sus 'actualida$iones
;están iOeterminaOlr
-"n
las Auditorias
Ambientales de Linea Base. : ¡ , .t 
32'3' coMlBoL en e!.. rnarc,o, lde sus fiiorp*tencüs, realizará todos los actos de
cooperaciÓn que lllapa S.A. le soliifte, para qu'e ei cR-n¡ge pueoá cumplir con las
previsiones de estactáusula. En casfi que talei actos implicasen un costo, éste será
pagado con recursos del Flujo de Cá!ia'Neto. , I
32'4' lllapa s.A. se compromete á,cuniplli
"qr.
r]1 se¡alado en et segundo parágrafo det
Artícuto 347 de ra constitucion poritióa der Estaüo.
CLÁUSULA TRGÉSIMA TERCERA. (EXTINCION DEL CONTRATO)..
33.1. El presente Contrato extinguirá porbualquiera de lu, .üuiániu-"'turrul".,
a) Acuerdo expreso y escrito de partes. :
b) Vencimiento del plazo. ,i ,
c) i) Demora en el pago de lllapafs-A. a colrvl¡eoL de su participación en las
utilidades Netas antes de lmpu$stos, en et'¡ilazo y condifiones prev¡stos en
dos meses en el pago a:C
discontinuas en una mismá
este Contrato, por^más,d:,:dg*:# m,esej cohiinuos desde ta fecha.en la que
1:!"_l: l"_"lizarse
el pagglg_$ffirOo a,ests Gontrato, o; ii) demora por más de
q.o a este- G-ontrato, o; ii) demora por más de
.*R*lQr art'tiC.ipos autorizador por.
"I
Directorio
conforme a ra cráu",r"ffi#*ffffiH_ffiil* de iesie c*ir"t",-;; "J;-"';;"ionu*
.. i
¡:;
:í 
jl ,:
r'í ,*
ursuuf il.rnL¡as en u1?
T,,r*u gestrpn,anual mi¡era. En ambos casos, sin perjuicio
i-^ lT" : : I 1 :^o
ny",1i d as p a ra- e l$ie t ra s o d e r p a s o.
d) Declaratoria de quiebra, diséluiFión o'liquibJÉión oe lllapa s.A., siempre y
cuando la causal de quiebraiseadeclarada con sentenciá e;LcuóriaOa.
cLÁL!sULATruGÉslMAcUARTA,(Llat¡illDAcloN);l,
34'1'Sinperjuiciodelosacuerdos.coni"nidosen.l"lWdeeste
contrato respecto a biénes y aqtivos,
_unalve)*ffiüli?jffié contrato, se
distribuirá er dinero remanente'er,t'ftre coMrBbL ,e ilraf,a s.n., contár,.n* u ,,
participaciÓn en este Contrato (55S/45%)t despgés de pagar los pasivos cje toda
índole inclttvencln lnc ennialao i,S^nt;^-^¡^^^^ i^-'-,---,--
índole,. incluyendo-
l9_t_sociales v$,ontigugiongi briginadaé en las actividades y
operaciones del CA-MBp, inclúyén,ffo aderhás jr
a) los pasivos por ros :on{,ulg"#.erebradosi pbr ilrapa s.A. para-operaciones
relacionadas con este: Contrffito lEstos rúliimos podrán continúar siendo
cumplidos por coMlBoL, sátW que decidailo cóntrario, sin responsabilidad
para ltlapa S.A. o para COMtSblj; i1-
para iltapa ri.A. o para COMIWL); ,:l i
b) los pagos u lT l:1,"_.,
qre: qton pgnoiánies conforme ar numerar 8.6. y
siguientes de este Contrato.: , ', ill : :; I
brguteilles ae esle uontrato.' ii]
c del dinero remanente, e1..rj $roporción qure corresponda a coMlBoL, el
operador descontará
Syfom{ticarfiente t r"ái¿;;"u .u favor ros
f T,ffi "I$ilq,t-;'"*';";;;ffi ""';"ilr"ñ¿Iih1fu:*láiiü1;*mfa?i9¿iati{üf;
Q.¿:cjma, ártA s¡ ese remanEntb
fto
fueg sút¡clentEltblüid"óI-üütüX pasar a
il.'
¡
.1
l¡ )'
I i¡ {l
..extinguido el contrato por cualqúier {pusa. :
$#i3''$*:,lodos los gastos de liquidación serq¡ imputados á: i) en primer lugara los fondos
que aún tenga, originadosien:el Ffuj$Oe Caja Néto, el Contrato de"Asociación o; ii)
en segundo lugar,. sii el Contrato .d$ Asociación fio tuviere recursos o ya no se
pudiera disponer 'de ellos, :serqh
|ftagadós ppr, coMlBoL e lpapa
-s.A.,,
en
p.rgqolgión a su participación ;en 4il Conüato.I conforme u "ff "|áf¿_*_ll
,:dffii'*"á
9,c]a.vq; ,, ,
34.4. Los fondos provenientes de la liquiclgción será.n¡aplicados, distribuidos, apropiados
o destinados para el pago de los pabivos originádos en operaciones del CA_MBp,
de modo que los bienes de las P,artes que se encuentren gravados, queden
lllapa S.A. el saldo adeudadoren ur1¡{;iplazo rnáx'imb de g0 días desde la fecha de
extinción de este Contrato. i | üi . ; i
34.5. Los bienes, activos e inversionesl idadosi:en bienes quedarán en propiedad
34'2. La liquidación deberá realizarse.,d$ la siguierite' forma: COMIBOL elllapaS.A.
nombrarán tres (3) liquidailores bd$ cada partb, dentro Oe treinta (30) días de
üil;,'r;;;;;;;,ffi;:
pasivos y obligaciones como s€ i,há señatado en el ffi,ffiffimffi,Tffi serán
distribuidós a cbrv¡lBol elLL+qh p.Á. o* .oüiqtriJao a su participación en et
presente Contrato, según la cláüs'Ul{"décima ootprja.
34.6. Los conocimientos tecnológidos¡ Jr técnibos;., lQs procedimientos industriales,
marcas y otros que pertenezcian a, cada Parte {permanecerán en propiedad de
cada una de ellas, lpudiendo
rlog tonocimientbd- tecnológicos y técnióos, y los
¡:rocedimientos industriales ser qfilftados por QOnnteOl,
-qu*
téndrá deieclro de
uso gratuito,_exclusivamente'para'la$Minas'Bolitar y Porco, sin costo alguno.
34-7. COMlBOLelllapa S.A. se mantendrán respo¡sables del .cumplimiento de las
obligaciones sociales, laboralet, dE,seguridad pocial, tributarias y otras similares
originadas en vigencia de este bontrato y en relación a tL* operaciones,
debiendo, en su caso, sufragar Ay]has los gas-tob y costos de su defensa y/o de
los pagos que correspondan, confcirme a sus pahicipaciones (SS%|4S%) eá este
Contrato. El mismo. principio se á,plicará a cualquier reclamación de terceros
emergente de contratos o respond;$bilidades originadas en Ia ejecución de este
Contrato, que no sean consecuendta del dolo o culpa grave, próbados, de lllapa
ue u(JrvuE LrL, srempre que ?q nFw¡n etectuado los pagos que coMlBoL debe
realizar a favor de lllapa S.A. cqnfqrftie al numeral 35.1 .
Los conocimientos tecnológidos¡ Jr técnibos;,. lQs procedimientos industriales,
Las rarles cereDrafan,,,sf luera necesana, una adenda en que consten
las estipulaciones adicicffiates que las partes convencan y ceban ser
añadidas. La vigencia ihtegra' de - este contrato no será afectada
r 't ' '[l i l
,:t I ,i ti ,)
j i ,: 'i j1. : ':',t .:,
i.t .{ , ,j i
:| ii
c LÁus u LA TRtcÉs tMA eutNT,A. (ADEeuAc lów).:-i
35.1. Este contrato.será adecuado b laffiiueva Leyiile Minería o Código Minero y sus
s.A. ;ü i ;r i
reglamentos (en conjunto, la i'Nüdfua lación") que sean promulgados, si Ia
Nueva Legislación así lordispone b.'La adecuacién se sujetará a las
reglas que constan,en estacláü$r$, que: las':Fartes se obligan a observar y la
adenda que al efecto se firmq,. fii fuera nebdbar¡a, deberá ser remitida á la
Asamblea Leg islativa P I u rinaciorl irt ffpara su apr:obación.
35.2. Para efectos de la adecuaciónieüerffiual ddl*.tecbntrato a la Nueva Legislación:.
a) Las Partes celebrarán,"sf'fuera.necesaria, una adenda en que consten
f'
f-r
l:i i: ,
f i,
,',,.
,L
t'i.
". tí
f
'*i
ir'$
.i ;!i
b)
c)
d)
e)
,1
mientras esa adendq no
{qr celebradaivoluntariamente y aprobada por
la Asamblea Legislativq
$lurinaciona,l. Este contrato mántendrá plena
vigencia en todo lo qué bsa adendaino modifique expresamente, una
vez aprobada por laAsan$lea Legisla,tiva plurinacional;
salvo acuerdo en contrdio de ias ffa.rtes, la adecuación a la Nueva
Legíslaciórr no podrá regtr{irgir, reducif, l{mitar o afectar:
i) Ios :derechos y oSoaciones dei las partes contenidos en este
Contrato; ,,'."', 1 i:
ii) 'las prestaciones a ftue cada u,na.de ellas tiene derecho conforme
aesteContratoy i : .,
iii) el plazo de este Co,fitrato. : t l:
La Nueva Legislación, egnforme a la parte inicial del Art. 123 de la
Constitución Política.del Estado, tendrá efectos sólo para Io venidero y
no tendrá efecto retroactivo, sin que pueda, por elio, afectar a está
contrato, ,salvo por las'adecuaciqnes que
'las partes convengan
libremente. : i ,, i
Las Partes deberán realidár los actos,necesarios para que este Contrato
cumpla con los registro$,y formalída_des adic¡onales que disponga Ia
Nueva Legislación, ápqn#s entró eri:;vigencia, observando lo senálado
en estenuimeral,. si qpÍ,c{fse. Ld obtrigaó¡¿n de realizar tares actos no
significará que este
ilon$ato quedq iin efecto,
"n
,rrp"nso o que su
vali_dez y vigencia írltegrft sea'afectada, mientr"r
"*,
actos no sean
realizados. , ' i, il , ,i I
Para la estabilidad de la$ operaciorlósly actividades mineras a que se
refiere este contrqto y ¡qára asegurar lá inversión comprometida en el
Anexo3, todos los rjn¡uevos : costos, obrigaciones patrimoniares,
pecuniarias o pagos que_, en virtudi d;ei la Nüeva Legislación cebierá
hacer la operadora,, porr¡actos u operaciones relacionados con este
contrato, o que fa afeclqhen patrimoniármente directa o indireqtamente,
serán pagados co1
9r Ftnro de'1caja Neto, u¡n
"áigá
o costo para ras
Partes de esteContrato. ¡i . :
Para cumplir con lo señalado en.,el inciso anterior, la operadora
realizará los pagos. a$gigo_s : conforme a la Nueva Legislación,
difeCtamgnte COn fOndosf del Contratn do AcnnianiÁn cin nana^i¡^,.¡ r^
drrectamente con fondosldel contrato de Asociación, sin necesidad de
a utorizaci ón ad ici on al,
rba$ta
n do .está iestip u lació n m niractu at.
s)
h)
Si hubiera diferenciab tj &ntrovérsiá& enin
costo, obli$ación o pagoffistán alcariiaUos
, ¡l
:rsia$ dntre las Partes respecto de si un
e), serán sométidas' pé-r,f$ualq
rzados por lo convenido en el inciso
üe las Partes a los oroceclimienfns
los procedimientos
estiputados enr ira ; óiaffisura $ñi,iffi_ffiffiffid.ffitr, de sorucíón de
COntrOVefSiaS.',rrll{ :ilii-*--*--***-
. ,. tl : .¡ |
:nlrgúl caso la ekistgcia de:diferencias suspenderá o impedirá que
la operadora cumpfa ;q*n lo sbnaldoo en el inciso f,), confbrm" ..t¿
convenido. Los árbitros bstán limpeuióos
de oroenur. la suspensión o
impedir. elicumplimie¡tg
{ue
to conveniub en Lrt".ür.ria, como parle del
convenio'arbitral qúe'c$|nsta gn e$tg contrato. Las partes,, asumen
idéntica obtisación
t $.f{t,f" rrLp*.;ü; ;-^p*.ñ, ;ü;pñ;;;
de lo convenido en estgr$meral.
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1 .l,lr' , I l
', l.ii'j ,i :
'f
Si se suscita una conifoüersia entrei las partes por lo obrado por la
Operadora de acuerdo ál Íñciso f), y füera finalmenie resuelta aifavor de
coMlBoL mediante láuffo arbitral;,definitivo, la operadora á"n"iá
asumir el costo, obligacióriio pago y resarcir conforme el iaudo deiinitivo
determine, por los pagos ribalizados, cbn un interés equivalente a la tasa
LIBOR más 0.5 o/o
anual, d'computarse desde la fecha en que se usaron
los fondos dellcontrajo fipara ese :firi y hasta la fecha en que se
restituyan conforme señaüp el laudo:arbiiral. Ese resarcimiento deberá
ser, pagado pof la operaflora, en el,plazo máximo de s días desde la
fecha en que sea'emitidb }it taudo defiiiitivo.
Los tributos qus de mdpo generai"s"éan dispuestos conforme a Ia
Constitución Política del Estado por el Estado Plurinacional de Bolivia en
normas distintas de Ia Nueva Legislación no están comprendidos en lo
acordado en estacláusqla. Tampoco lo están las regalías actuales y las
que apruebe la Nueva,l-dgislación, lasicuales serái pagadas en tódos
los casos con recursgs qe{Contrato de Asociación.
k) Los pagosrrealizadosjn{'r$lapa g.n.,iumptiendo este Contrato no serán
objeto de obieciól
t ffirgnación ,'de, ninguna de las partee, ni, Jel
Directorio o el Consejo i{f,nico. .,
e LÁu$utA rRrcÉsrMA sEXrn. 1r*ruv$ióñ v rnÁñsrcrér,r¡..
36'1. Este Contrato de Asociación tienp$ntre sus qfecror y
"*iin.ión,
desde la Fecha
Efectiva, der contrato de gigs$"o compaqiioo Bárív;; t- ;"' contrato de
Arrendamiento porco.
36.2. sinchiWaytu
-s.Á.--op"ru
actualliente, por, tt, contratos referidos en el
numeralanterior, las Minas Bolívarlü porco. ',
36'3. A partir de la Fecha Efectiva, se rb{izará la tr{hsiciOn oe operadores de las Minas
Bolívar y Porco, de sinchiwayra i$,A a lllapg p n y oá opuá.iones de esas
Minas, antes sujetas á, los Coritratos de'Rié-sgo
'CompártiAo
Bolívar y de
Arrendamiento Porco. Tal transiciórttendrá una duráción máiima de 12 meses (en
adelante el "Período' de Transición,')J
36.4' Durante el Período de Transición,,SinchiWpyraS.A. elllapa S.A. llevarán a cabo las
activldades, actos, diligencias tr31$9s, regiétroi,.acueráos y otros que consideren
necesarios para que, dentro del p@'ríodo de Trf.aQsición, Illapa S.A. pase a operar
plenamente las operaciones oe épS Contrato de,Asociac¡On. cOmlBOL r"ealizará,
a pedido de.cualquiera dé ellaS, lib$actos Que,belan necesarios páru .ooperar con
esa transición, en lo que le compétH :i ,
36.5. lllapa S.A. asumirá gradualnier-f{e, dentro 'd.bl período de Transición sus
obligaciones, responsabilidader,. a"$imis*o ejercerá sus derechos y obligaciones
originadas en este Contiato. . a; *fr 'r :' ni
36.6. Además de informar por escrito nlsnsualmentF al Directorio sobre el avance del
Período de Transición, cada resporisabilidad, cJbfigación, derecho o atribución que
lllapa $.A. asuma durante el Pefí&o de franbiéón seÉ infor.mada por escrito al
Directorio del Contrato de Asociii$rn por:llla$aS.A. y/oSinchiWayra S.A. (según
corresponda por la mina que se iteEfe) , i i
36.7. Una vez informado'el Directorio'p!Ér escrito, conforme se estipula en el numeral
anterior, resp-ecto de una respohsabilidad,': obligación, derecho o atribución
asumido por lllapa S.A., esta,sejf{lla única rQsponsable del debido cumplimiento
: ij f,L : .),(.
r;{ ; t
¡,i if i
|
en estenumeral. '. .. - .l ,r" tl l, ri li
36.8. Durante el Período de.Transicioñ, itasta dl molmento en que lllapa S.A. pase a
operar plenamente- las opbr,q,cpnes oe li:e$te Conirato O" Asoóiación,
SinchiWaytuP.+. ejeicerá'las atriÜu{$ongs
? derbéhos, así como las obligaciones y
responsabilidades que este Coritr#o de Asoójación asigna a lllapa 5.R.
"o¡¡ó
Operador. ; lt
36.9. S;nchiWaytuP
t entregará a lllap4 S.A., con:pa,rticipación de COMIBOL, dentro
del PerÍodo de Transición y mediante acta,notarial, los activos, inventario y bienes
de las Minas que estén bajb su,responsabiiidad,y corresponoan a este Contrato de
Asociación ' ;,
; ,, ''{,
t' l,
'ili
,tr
t,' :i'q
,ll¡
, ., I r;lü
36.10. lllapa S.A. se obtigá a r:espetár i
dentro del Periodo de.Transiolifn¡,rS convenioscólectivos vi
sinchiwayras.A. con ros sindichtosffie ras rvrinqF borívar
36.1 1. lllapa S.A. se obtiga a respetdr ¡i qfrmptir fie
convenios y acuerdos, las actas,'y tbdos los corrn
: lr rfrl
I ln.'
i , fi.$fi
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,vrrvEilru5 y duusr:o_s, ras aclas, y looos los cor,npromisos vigentes, acordados po
SlNcHl WAYRA S.A. con las autoridades origiñarias comünidad",
"uo'pusi;ras
juntas de vecinos, gobiernos muhiffiipales, gobier.naciones v otras oroanizacinno.
sociales y Organos del Estado I PLü¡i¡nacién-ali:oe
Bolivar y Porco. ' li :,i l
CLAUSULA rrucÉstMA sÉpTtMA. (CRÉDtrO r,lsónl- vA).-
Bolívar, el crédito fisc-al..del tVn{(tmpuesto_;ai valor Agregado) así como el
Gravamen Aduanero (Gl), gener$dos'por las
"orpi""
de equipos, materiales,
insumos, repuestos, servicios y qtr$s seÉn r".up"r"óos ae ra siíui
iguiente forma:
a) El crédito fiscal IVA y el ito _fiscal {"9A, correspondiente a periodos
anteriores al 3ü
S.A. del Señ
S*W€l co en el Contrato de
Compaftido BolíVar.
b) Por los efectos retl?19t¡v?*^?ffi tienefiestéi óontrato de Asociación, el cródito
fiscal IVA y el cÉdito fiscat.GA spondientes al periodo rornpr"Ádido enire
el 1 de octubre
9q ?o'11,'jy#"h Féchai flfectivaf
-serán
reiuperados por
SinchiWayra S.A. del ServifiiffCu lmpuedtci's Nacionales en Certificados de
D.evotución rT!gll,.u-", lcrDÉr#{l v o¿ivuárto;
"i-Fi;jo
c" c";" Nero der cA-
'{
i' .i¡
37.2.
38.2.
¡ r¡uvqJvo ¡r¡rr¡erwD tt¡r crrEcl¡ue ¡aS lvllnaF trOllvaf y POfCO, dg mOdO qUgSe
reflejen los mismos derechos y; $bligacioneii Que
-contienen
sus Contratos y
convenios vigentes^a
11
tu:I".de qgscripción de. este Contrato de Asociación, y
exclusivamente respecto a las áreas]descritas én el Anexos.
Para la celebració1-de adenoa$
{,n.ygvos cohtratos o convenios (en conjunto,
.acuerd"ors_);9n las. personas frd¡vidualesr y colectivas señaladas en el
numeral.:lb-1,*,4(en conjunto, "las Heneficiariap'l); COMIBOL deberá aplicar las
siguientesprevisiones: ' ,$
a) Los acuerdos p.:91?l efegtqJa$e
,sotame$te respecto de parajes y áreas
descritos en er Anexos o resp'b{o ou ros qulp iilapá s.A.comuniór'* por escrito
a coMlBoL oye n9 teno3.,gt$n*r d,e e¡pptub¡on durante ra vijencia der
presente Contrato, ni tenga indtdaciones deisórvicio.
b) Las actividade:
Y: .*?11', flojeto ,1g" .e-dpt acuerdos deberán cumprir
estrictamente con la legisldciór$frracior:ial, dp bspecial la legislacián amniental,
laboral, minera, de higiene y sp$lrrioad industfiar y social.
c) Las Beneficiarias se comprbr¡ehrán ante üOMlÉOl, por escrito, a no realizar
trabajos en otras'áreas, exCeüJc{foor el árealqr,re se les asigne de las señaladas
en el inciso a) anterior;j ;, fl¡ | ., r
d) Las Beneficiarias,d,ebqrln gds$,,bnar s,ü lícénóia ambiental, su dispensación y
permiso ambiental corréspondidhte pa¡'á corytihuar e iniciar las laboies mineras;
. r, ,; l : ::
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Las Beneficiarias deberán celebrtr docnme¡gos de comprom¡sos vinculantes v
legalmente ejecutabter .gl cOflJlteOL en tols que garanticán que ;ii;;;ñ á
realizarse se ajustará estrictaméhte a ias dormas-vigentes del sectoiJe tas
cooperativas Mineras y a estípuracionesrgúe reflejen' ro pi"uisü-en esta
cláusula; I | ': d{ ii ',
Las Beneficiarias',.deberán
lSflqftn"r ante: tas Comunidades Originarias los
permisos para realiz?r s.us a'Ctiv¡dhoes eln las-áreas que se les asigñen;
Los socios, contratistas y obreró"i o empleEggs de ias Beneficiañas quedarán
prohibidos de trans.itar por er
4f{p iloqliriar:dé rm rr¡in". BorÍvar y ror"o para
acceder a sus paiajes y áreas:b{ trabajó, safvo autorización de lllápa s.A.;
Las Beneficiarias deberán const(uir, por su cuenta, costo y riesgol ¡as vías de
acceso a sus parajgg y árdas. de trabajo, sin atravesar lás áreás industriales
desarrolladas por lllapa ,f .n., nur" ia ejecución de este contratá;sarvo
autorización de lllapa S.A. i -
0
s)
h)
Cuando corresponda, las Benéfibiarias debe¡áh gestionar las autorizaciones de
servidumbre de paso ante otras, as que'trabajen en la Mina respectiva y
Comunidades Originarias, adenffis de ser f{g responsables de manten;;;;" '
j) Las Beneficiarias se compromeiierán pol" es"i¡to ;;;óéi,ññó;;;5 iuáiirul.
sociedad con personas ajenas ajesas Cooperativas;
evv¡vvuv vvrr ys¡DUr¡dro cuEild5 dlel'a5 uooperallvas;
:,?::,?,i"-::-1
.:IJ,lt::: ggTffiromisos_.q fe ceiebren a los eréctos de esta
:l:T:l:^
entre goMtpgt .u ,'# Beneficlárias, contendrán previsiones que
aseguren el cumplimient'ot
;;;il,='i,-**ü,l,i.i'$"""J,.,:'1iÉ'JJ:ntendrán,:i:;''':l;,:,Ji.:
obligatoriamente por. coMrPqL en los,ldcuerdos que celebre con las
Beneficiarias, de,biendo constilr#$en eltos rail,obligáción o" las Beneficiarias de
- cumplirineludiblementeesas:ohjfiqaciones t''-"
CLAUSULA TRIGÉS|MA. NovENA (p6ú¡cllio v ñonr¡cectóN).- par:a todos tos
fines de derecho emergentes de la e¡ei'úc$bn uet presbrit"
"onti*ü'lás'íartes
señalan sus
dornicilios donde se
.diligenci,aran ú y *tqo"ran uetioamente tooas'iás notificaciones,
correspondencia y avisos, la CorporaciónlMinera de Bolivia COMIBóL Ñ. C"r"cho No.
l1nf$".t lo."X:.",^l?I.?e:
(z)?jsJ:!p t'erf.fe1 (z)26le1oo-L;p;;_borivia; Empresa
p' caRpoRAcrol{' rqr{sno ÉE Bor_rvrA (coMrBor_)
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¡1 '1.
1: ;
lLLAP,q S.A^,: Av. Aniceto Arce No 22gg {-éq. Rose'io¡ crtierrez Edi¡cio M;ti;.il'T;;
B, Pisc 2, casilla 4326 Telf . 2153399 - zi+qa+s - iqr-Áié6-1" p;;'áo¡ivia. Las partes
están obligadas a comunicarse recíp, ro$amenqe toa,i ."r1¡o- *n*-lJi¡rucción de su
domicilio; en caso de omisión subsistirá pff" válido qf ,Lgirir"do * ul'p*r"rtá¿"rt¡Jtol-
GLÁusuLA cuADRAGÉslrr¡n:
fc,oryffiRurDADi;- f l". representantes tng. Hécror
Reynaldo córdova Eguívar Presidente- Secutivo od óorvlleol;; rina parte y por ta
otraEduardo Enriq ue.capriles Teiada, eir ift nresentacioh de soGt ÉDAD rutN ERA tLLApA
s'A', en representación de slNcHl WAvSns.A., Luís Felipe Hartmann Luzio y María de
las Mercedes Carranza Aguayo, otor:géinFu contormioao y'r.uptu.ion'al-tenor integro de
todas y cada una de las cláusulas cleltpp,esente' .oÁtrdto v r" ;blú; a su fiel y estricto
cumplimiento. , I *i:
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Usted señor Notario, se servirá agregjaifr$, demás cl¿juóulas de seguridad y estilo
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Contrato borrador de Asociación minas Bolivar y Porco Comibol Illapa

  • 1. 1.2. CONTRATO DE ASOCIACIÓN MINAS BOLÍVAR Y PORCO COMIBOL - ILLAPA S.A. sEÑoR NorARIo DE GoBIERNo DEL DrsrRtro ADMtNtsrRATtvo DEL DEPARTAMENTO AUTONOMO DE LA PAZ. cLÁusut-A PRIMERA.- (PARTES DEL CONTRATO).- Son partes det contrato: 1.1. LaCoRPoRAclÓN MINERA DE BOLMíA, denominada en lo posterior simplemente "coMlBoL", con personalidad jurídica propia, creada por Decreto Supremo No 3196 de 2 de octubre de 1952, que ejerce la administración y dirección,posee la titularidad de los grupos mineros nacionalizados en virtud del Decreto Supremo No 3223 de 31 de octubre de 1952, ambos elevados a rango de Ley en fecha 29 de octt¡bre de 1956, asimismo los DerechosMineros otorgados posteriormente a cualquier título; legalmente representada por su Presidente Ejecutivo lng. Héctor Reynaldo Córdova Eguívar, designado mediante Resolución Suprema No 06394de 19 de septiembre de 2011 y facultado en virtud a la Resolución del Directorio General de la COMIBOL N" 497312012y el Poder General y Amplio de Adminlstración otorgado mediante Testimonio N" 390/2012 de 2 de abril de 2012 anle Notaría de Fe Pública No 001, del Distrito Judicial de La Paz. SOCIEDAD MINERA ILLAPA S.A., con Matrícula de FUNDEMPRESA No 173020, NIT No 181384024, con domicilio principal en la ciudad de La Paz, Av. Arce No 2299, Edificio Multicentro, Torre B, Piso 2 de la Zona de sopocachi, que en adelante se denominará "ILLAPA'S.A.",legalmente representada por el Señor Eduardo Enrique Capriles Tejada, con cédula de identidad No 799212 Cbba., a través del Poder No 51612012de 1B de junio de 2012, otorgado ante la Notaría de Fe Pública No 48 del Distrito Judicial de La Paz y debidamente autorizado para la firma de este contrato, según Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 12 dejunio de 2An. Los poderes y resoluciones que acreditan la personería de los representantes de las Partesserán transcritos en el protocolo correspondiente, que constituyen parte anexa del presente documento. 1.4. SINCHI WAYRA S.A., con Matrícula de FUNDEMPRESA No 12896, NIT No 1020161028, con domicilio principal en la ciudad de La Paz, Av. Arce No 2299, Edificio Multicentro, Torre B, Piso 2 de la Zona de Sopocachi, que en adelante se denominará 'SlNCHl WAYRA S.A.", legalmente representada por el Señor Luis Felipe Hartmann Lr,rzio con cédr-¡la de identidad No 2016978 L.P. y Ia Señora María de las Mercedes Carranza Aguayo con cédula de identidad No 3424955 L.P., a través del Poder No 491/2012, otorgado el 12 de junio de 2012 ante la Notaría de Fe Pública No 48 del Distrito Judicial de La Paz. 1.5. COMIBOL, ILLAPA S.A. ySlNCHl WAYRA S.A., cuando sean referidas en su conjunto en este contrato, serán denominadas como las "partes". cLAÚSULA SEGUNDA (ANTEC EDENTES).- 2.1. En el marco de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, el Estado Plurinacional de Bolivia está expresamente facultado para suscribircontratos de asociación con personas jurídicas, bolivianas o extranjeras, para el 1.3.
  • 2. r'l ", ,. 2.2. aprovechanriento cle los recllrsos naturales, y es responsable de la dirección de la política minera metalúrgica contenida en el Plan Nacional de Desarrollo, ejerciendo el control y dirección en toda la cadena productiva minera y sobre las actividades que desarrollen los titulares de derechos mineros, contratos o derechos pre constituidos; conforme lo disponen losArtÍculos 351.11.,369 lll y lVy370. COMIBOL eILLAPA S.A. por mutuo acuerdo convienen en suscribir el presente Contrato de Asociación, para el desarrollo y tratarniento de las reservas y recursos mineralógicos en las Minas Bolívar y Porco. El.Decreto Supremo 0726 de 6 de diciembre de 2010 por el cual se dispuso que las concesiones mineras otorgadas con anterioridad a su fecha de publicación, se adecúan al ordenamiento constitucional vigente, transformándose automáticamente en Autorizaciones Transitorias Especiales, garantizando los derechos adquiridos. Mediante Resolución No xxx de xx de xxxxx de 2012 el Directorio General de COMIBOL, resolvió autorizar a Contrato de Asociación. la suscripción del presente Este Contrato tiene por finalidad dar cumplimiento a la Constitución Política del Estado y demás disposiciones, además de permitir que se incremente la participación de COMIBOL en el Flujo de Caja Neto de las operaciones de las Minas Bolívar y Porco, extinguiendo el Contrato de Arrendamiento dePorco y el de Riesgo Compartido BolÍvar, consolidando el presente Contrato de Asociación. Luego de un proceso de negociación, se ha logrado, a diferencia de lo que preveÍa el Contrato de Riesgo Compartido Bolívar, que todos los bienes, activos, inversiones y equipos que se realicen en las Minas Bolívar y Porco, queden en propiedad definitiva de COMIBOL al vencimiento del plazo de este Contrato. CLAUSULA TERCERA. (MARCO LEGAL DEL CONTRA,TO).- En la suscripción y ejecución del presente Contrato de Asociación para el desarrollo del "Contrato de Asociación Minas Bolívar y Porco", COMlBOLelllapa S.A. observarán y cumplirán Ia Constitución Política del Estado, tomando en cuenta especialmente los Arts. 158,348, 351, 355 al 358, 369 y siguientes, así como la legislación aplicable vigente, sin perjuicio de los efectos de la ley especial que eventualmente apruebe este contrato. CLAÚSULA cUARTA. (DEFINICIONES).- Para los fines del presente Contrato, las palabras o expresiones que se utilicen sea en singular o plural, tendrán la significación que a cada una de ellas se.le atribuye en esta cláusula: 4.1. Derechos Mineros: Son las Autorizaciones Transitorias Especiales antes denominadas concesiones mineras, con todos sus derechos, seryidumbres, derechos superficiales, usos y costumbres sin limitación alguna, incluyendo desmontes, escorias, colas, relaves y cualesquier otros residuos mineros y metalúrgicos provenientes de las Minás Bolívar y Porco, existentes en el área de las concesiones y circundantes o diques, y mineras de agua (originadas en las legislaciones que asÍ lo preveían), respecto de las que algunas de las Partes aportan el derecho cle realizar todo tipo de actividades mineras de exploráción, explotación, beneficio y comercialización de minerales, que se detallan en los Anexos 1 y 2del presente Contrato. Tales concesiones mineras se adecuaro'n al nuevo ordenamiento constitucional vigente, transformándose ,automáticamente en Ar¡torizaciones Transitorias Especiales, en el marco del Decreto Supremo No 0726 ,I t! .t
  • 3. dl il C-' J de 6 de diciembre de 2010, en tanto se realice su migración de acuerdo.a la normativa minera a emitirse. La definición de Derechos M-ineros., sólo a efectos de este Contrato, incluye a las concesiones mineras nacionalizadas actualmente a cargo de COMIBOL y que son aportadas en el marco del presente Contrato, cuyo detalle se describe en el Anexo 1. Todas las referencias a los Derechos Minerós que se hacen en este Contrato se consideran efectuadas también respecto a los Contratos u otros Derechos Mineros que les sucedan, conforme a la legislación aplicable en el futuro. 4'.2' Flujo de caja Neto: Esla utilidad o pérdida neta después de impuestos aplicables, conforme a la cláusula de régimen impositivo de este Contrato, más las partidas contables que no implican uso dé fondos. Será calculado conforme alAnexo 4. 4"3. Programa de lnversión:Es el documento reflejado en el Anexo 3que presenta lasnuevas inversiones comprometidas porlllapa S.A. por un monto total de Bs. 723.840.000.- (Setecientos Veintitrés Millones Ochocientos Cuarenta Mil 00i100 DÓlares,/¡.mericanos) para las Minas Bolivar y Porco, programadas para un periodo de 5 años contados a partir del 1 de octubre de 2011. 4''4'- Corltrato de Riesgo Compartido Bolívar: Contrato contenido en la Escritura Ptiblica otorgada por Notaría Especial de Minas y Petróleo del Distrito Judicial de La Paz, mecliante Testimonio No 91 de 21de mayo de 1gg3, además de.sus adendas contenidas en la: i) escritura pÚblica No 1008/2001 de 28 de septiembre 2001, ii) escritura pública N" 12112005 de 21 de diciembre de 2005. 4"5. Contrato de Arrenctamiento Porco: Contrato contenido en la escritura pública N" 117199 de fecha 05 de julio de 1999 y No 380/2005 de 6 de diciembre de 2005, en Ias cuales se acuerda el incremento de concesiones al contrato y el incremento del canon de arrendamiento, respectivamente. 4.6. Gastos de Realización: Son todos aquellos costos necesarios para poner los concentrados en condición de ser tratados,desde almacén mina hasta las fundiciones bolivianas y/o del exterior, de acuerdo a las prácticas hatrituales en la comercialización de los concentrados. 4.7- Mina Bolívar: Operación minera que comprende el conjunto de Derechos Mineros, instalaciones industriales y campamentos de propiedad de coMlBoL ubicados en el cantón Antequera, provincia poopó, del Departamento de Oruro, asÍ como los derechos mineros que las Partes incorporen en el futuro a este Contrato, conf<;rme se obligan 4.8. Mina Porco: Operación rnineia qt$b comprerlde el conjunto de Derechos Mineros, inst¿rlaciones industriales y campalhentostde propiedad de COMIBCIL ubicadas en el cantón Porco, Provincia QuijaraÉo, del Departamento de potosí, así como los derechos mineros que las Partes iñcorporen en bl futuro a este Contrato, conforme se obligan 4.$. IILAPA $.A.: Es la sociedadi;co'mercial er'*rcdrgada de ejecutar por cuenta de COMIBOL y de sí misma, todas:lils operacior{es y actividades del CA-MBP desde la. .exploraciÓn, explotación, concentración, comercialización y manejo administrativo, según las atribuciones, derechos y facultades previstas "n "l presente Contrato. Es denomináda también Operador en este Contüto. Conforme á la Cláusula Trigésima Sexta, olrá sociedad; desde la Fecha Efectiva, cumpiirá transitoriamente las atribucione$,'obligacione.s, derechos y facultades previstai en el presenteContrato. , "j : I rl:j ';Ii I l. ¡Í t li
  • 4. | ,r ' 14 I .t ,:,¡ 'rl ,' 'l .,i .tr. ir l 'i " j )1 ") 7'¡ llv 4'10' CA-MBP:Es la denominación abreviada de "Contrato de Asociación - Minas Bolívar y Porco", que también será mencionbdo en este documento como ,,este Contrato,,, "el presente contrato", "el contrato", jo "contrato o" Árá.á"ián:. 4'11' Flanes Quinquenales:serán elaborados por llf,apa sÁ.;;; árientar el desarrollo del CA-MBP, e incluirán el prográma de producción !ri¡*áro" los c.,ostos de operación y demás ingresos y qg?lo: propios de ta opuru"ion. ri prir.rái prá¡1 Quinquenal describirá adicionalfgrltt las iirversionur práii;i;;;n et programa de inversión, ras cuares se rearizarán a partiiueii o* o"tr;;;;;2ii;. El segundo y tercer Plan Quinquenál orientará'tas operaci";; del GA-MBpdesde el 1 de octubre del año 6 al 10 y,dél 11 al veniimieÁto Jel piázo-oe este contrato, respectivamente. .. 1- 4"12' Presupuesto Anual:Es el ,qq.qrylFry. que .se- etaborará anuatmente para el contrato y cada una de las Mirias Él,otivar y Pgico, qrá "onliun" lor recursos y los gastos detailados por partida presupüestariá de,una jestion. 4.13. Ventas Brutas: El valor iniciat,de lás.ventas b¡utas de concentrados, surge de la tiquictación provisionar, es eJ ,re$urtado oer peso- ;;;-;;;visionar de ros concentrados, multiplicando e{ bonfenido proúisional rn"tati"o por ta cotización internacional aplicable, de acu{rdg F I lq!l; dg cotizac¡one.-óritiates y Alícuotas de Regalías Mineras emitida pol'el Ministerio de Mi;";iu-; Metalurgia. Las liquidaciones provisionales se,r{n ajyeJlo.ls cuqndo el operaJor óono=." tos pesos, Ieyes y cotizaciones finaleq, y tg,"girtabilizarán.,dentro áe la cuenta Ventas Brutas, en la gestión en_que ras riqridagio,n{$ finares ocurran. , - '-" 4"14" Programas de Responsabilidad spcial oe córvt¡eól " llapa s.A.: son todos los programas adoptados y ejecutades lpor lllapa S.A. con r.*.rrrou dei eA-MBp en el rnarco del presupuesto arlual, qug, se or:igin4n,en las políticas internas yio de convenios con las diferentes comu{ridades, cobperativas, juntas vecinales y otras organizaciones sociales, además de los. municipios v lu goÉurná.¡on, en los que se acuerde la realización de una serfe de trabajos ó ap-ort*; ;; áreas de salud, educación, saneamiento bási99, iaminos, egru potable, canares de regadío, electrificación y otros, destinadosr a rrp"rui" 1", necesidades básicas de las comunidades' sin que esto signifi"que sustituir la ru.p*;;birioao del gobierno nacional, departamental ní muniCipal. r$"'!s' Hstaelo de Resultados (Pérdidas y Ganancias): Es el estado financiero que muestra ordenada y detalladamerhte cómo sé pntiene ef resuüaOo del ejercicio durante un periodo determinado.':E3te est{do,nnun.üró "r üini*i.o, pues abarca el período durante el cual deben identifidarr" p'brtectánr"ni"'ü. ingr".os de las operaciones, los costos de i operaciónl' los- 'gastos ¡nn"i"nt"s a las áreas administrativas de la operación,#,las deprdciaiiones, ;;ir;riones, regalías mineras, intereses recibidoé fp. pagádos,,, y todos ros demás gastos correspondientes al.CA-MBF, sie¡lrUo esla lis{a enrn.iáiiu" V .l* ninjüna"fil; limitativa. Es elaborado según las:nórmas contajbles vigentes eñ sotioir. 4'f 6' Estado de situación Fináncibrá. fpalance ééneral¡i rs-er **i"áo financiero que refleja la situación del patrimonibtbel cA-MBPren ;.;;;iti-o"t"r*inado. El estado de situación financiera se eErructura a través de tres ;".;;pi;;, ;l ;;; ;i pasivo y et patrimonio neto. : ii : " {'.i¡i , jj ¡rl ri¡ '1. 1 i;1 i'¡ l L, 'f
  • 5. 4-] t''l (¡d 'llt rt lL f ift$ '. I I . ir l{. i i,,r lr t. irl 4"'fr7. f:echel ffifectiva:f:echa en la que eñira en gsgJ'g*ncia este contrato, luego de $T_glrnplidos_ los siguientes actos; i)lAp ianal, ii) Publicaclón de la LST :rryatr, l]i :uurrL;ac¡Pn oe la LeY re ii) Emisíón de la escritura pública que lb contengql iv) ínscripción en tos-ñüistros dé Comercio y Minero.. No será neqesaria a ningún etecto su'inscripción en el Registro de Derechos Reales. SinchiWayra S.A. conforme a. Contrato;, ii) previsiones del pro$rama de lujo de Cdj,a,Neto en el porcentaje eétablecido lnversiones; y iii) l-a distribución d,el en el presente Contrato desde el L En virtud al acuerdo de las Partes : contiene efectos retroactivo* en. re in perjuicio.de la Fecha Efectiva, este Contrato ión a:.i) Pqggs que COMTBOL debe recibir de y los ajustes contables que sean necesarios. 4'"f S. tertifioación de lnversiones: Es etinforme es¡iecial de certÍficación de inversiones emitido por la Fmpresa de Auditoria^Extern-a cóhtratada r;ni;;; at Numeral21.5, en el que se nranifiebta si lllapq S.A. tra realizádó las inversián*, O*tuilodas en el Programadelnversién. ;'¡r ( i ..rfr"'Í$. Ir"¡ve¡'ltal,ios: Son lás existencias físicas Oe'bibnes consumibles destinados al proce$o productivo: instimos, ldl,ateriales, ,,pártes, rupu*rtoi, combustibles, lrcrramientas,. . minerales; y. 'lqs j,rfnroouctos "'terminadoé destinados para la conrercialización: concentrados ,zihc/plata, concenirados de plomo/pláta, y concentradosdezinc. i r , 't | , r [-Aús r.Jr."l elJ INTA. (oBJ ETo' D EL, co#TRATó).-," t 5'1' El objeto clel contrato es desarroll{i e imptánlentar una operacíón minera para el tratamiento de las reservas y ie$irrsos'mineralógicos existentes en lbs Minas Iloli¡ar y Porco, b-ajo la moclaliclad.ge Asocia.ién párr t á-Jl.iá.ión, preparación, ex¡:lotación, beneficio y comerciali{hción de cóncentrados de minerales, descritos en esta Cláusr-lla, utilizando tecnold$ía adecuad'a,,preservando el medio ambiente y através de una administraciÓn eficiente buscando la rentabilidad de las operaciones en beneí'icio del interés común de lap partes. 5'2' l"os principales concentrados de minerales que se producen en las nlinas en que el Contrato tiene sus operaciones, soni I -'-' - o Mina Bolívar.- zinc/plata, plomo/plata. . Mina Porco.- zinclplata, plomo/platai 5'3. ILLAPA S'A. se comprométe a rgppher las reservas existentes en las Minas Bolívar y Porco en un volumen mfnimaihente Íguall ei las reservas señaladas en los numerales 9.2.1. y 9.2.2. de ra cráuüfula novénarde este contraiá - 5.4. Para reponer las reservas ex{,stpnl,bs en :las'Mihas Bolívar y por.o, conforme al numeral anterior, lllapa S Ai 'sd; comprom'ete a realizar las inversiones en exploración que contiene el Programa de Inversión. A partir del sexto año de vigencia de este Contrato, con elhirro fin de reponer ¡ur i"i"rur J"-iur pin". Bolívar y Porco, el birector¡o'oebe$b prever qüe:en los presupuestos que apruebe anualmente se destinen recurso$ a la exqlor:ación, en loi siguienies montos mínimos anuales: Mina Bolívar, Qs.p,85 por torletBda tiataJa ;i;; inmediatamente anterior y el desarrollo primário t' ili:cundario ü"izoo metros por rári Mi;; p";;;; 8s.5,99 por tonelada tratada el añói,inmediatarnente anterior y el desarrollo primario y secundario de 392 metros pqr ryti f j : :,!; . :i _ ,! ;l ri
  • 6. rL.Aú$u!-A $EXTA" {n}ATURAI-EzA o** "u*rnnio).- s'x' Este Contrato es uno de Asociacidn en rnateiia minera. No será reputado como contrato de riesgo compartido, de asociación accidental ni seriásimitáoo a ningún otro tipo de Contrato. ,,' : : 6'?' No comproryeJe el patrimonig de^fias Partes,. ni' constituye sociedad ni establece personalidad jurídica. En este Cbntrato, no se presume la solidaridad ni se establece responsabilidad de ningu¡ra naturaleza oe cominolulllapa s.A. respecto de los actos del CA-MBP ni por su{ operabiones, ni por l;t;úti;;"iones contraídas frente a terceros, excepto por lo espblecido en este contrato. 6.3" Conforme estabfece la Constitudbn política Uél fst-rdo' "n su Articulo 34g, ParáErafo r; "...Los recursos,,,nifJry,res., igÁ de propiedad y daminio directo, ittdivisible e -imprescriptible det pgeblo bolivfano, y corresponderá a! Estado su administración en función del ihtfirés colectlvo...;. por Io tanto, Illapa S.A. ná adquiere ningún der:echo de propi,fldad sóbrer;,las reservur-c" i"* Minas Bolívar y Porco y demás áreas de explotaci$n querse encuentran detalladas en el presente Contrato, derechos de agüa, vías q{e acceso, servidumbres, áreái de esparcimiento u otros detallados en este docuri'tefito y cuyo dominio originario pertenece en forma exclusiva at puebto boliviano bajo lihadminüira.ion o* eoMlBoL. 6",1'" [-a Constitr-rción Política del Eqtadq,en su Ar1íc¡rlo 372, Flarát;f"r ll y lll establece: la dirección y administración sup;eiiliores de la;industria minéra ástar¿n a cargo de trna entidad arrtárquica con las at,lpygiones qre oeieimin"lu ró, además que el Estado deberá participar en 14 ind$strializació'n y comercialización de los recursos mineralógicos metár'icos y,no rfreta{bos, reguraidds por Ley. 6.5. COMIIBOL mediante ei preqent$ Contráto,i.ont¡"r" A lllapa S.A., salvo las exclusiones previstas en este co,nt¡ato, derechos exclusivos de realizar todo tipo de actividades míneras en las áread y los miperales procedentá. c* ellas, cuyo derecho está comprendido en-los perechos rr¡lnlro. que forman parte del presente Contrato de Asociación. ; frtAÚsuL.A SÉPTllvlA" .(DENqMlXnc¡ár,¡1.- Et contrato tendrá Ia denominación de C<lntrato de Asociació¡r - Minas Bolívár ylpoico o "CA_MBp,,. cr-Átls u r-A ocTAVA (COFTS ENTTMTENTO).- 8'1' Las Partes convienen en suscribir|bl presente. Contrato de Asociación, conforme lo previsto en la Constitución política deí Estado. B'2' Las previsiones contenidas en ql,CA-MBt'ieferidas a la transición cle algunas actividades y operaciones retaci8na¿as con'el Contrato de Riesgo compartido Bolívar y el contrato de ArrendamiBnto Porco se originan en éste y no implican qLre aquéllos queclen vigentes despuéslhe ra Fechá Étect¡va. 8.3. $.inchiwayra s.A. pagará voÍuntaríftmente a cóH¡reor_, a)dentro de los cinco días siguienSs a la Feclj.a Efectiva una suma de diez millones cuatrocientos cuarenta mirOo/,i 00 üotivianbs 1Ési 10.440.000._i,- - b) diez milfo.nes cuatrocientols,q4&rentu'mii:poi100 Bolivian'os 1ns. 10.440.000.-) durante er primer mes der se*to,?ff der plazoibd este contrato, y c) trece nrillones :novecientés "v-&inte'mil óblroo Bolivianos (Bs. 13.920.000.-) clurante el prirner rnes del decrm,g ffno det'plarp de este contrato. '/F .. 'i; ,.1'¡l ; : : ,r tr$ i) '. , i :. {c : :r i: ,r lr f1 j .i-
  • 7. nq .,l-! B'5'5' El informe de auditoría técnico-finaiiciera integral no podrá originar ningún otro tipo - de obligaciones para las Parleq sih {flerjuicio oáJo previsto en el numeral 13.6. 8.5.6. Con el informe final de la auditoriahencionaOá en esta cláusuta y, áu*nüu]nr"ntu, 8.6. expresamente se prevean en este pontrato de Asociación. : lndividualizados los.bienes y l9s lhventarios y verificado su valor en libros en el informe final de auditoría,lconforn'*b al inciso.p), del numeral B.4.,ef Op"r"áoi poi cuenta del GA-MBP y con recúrsobr del Flujo dé'ca¡a Netoefectuará loi pagos por cuenta del CA-MBP y con recu el Flujo de Caja Netoefectuará los pagos por esos bienes e lnventarios a.favcirr de sus titulares, conforme a los numerales siguientes. B'6"1' t-os pagos por los bienes sdnataul{p.en e.l nuÁérat anteriorserán realizados por el Cperador siempre que el Fluio"dQ $Fju iv"to dé tóda gestién unrát minena en i'a que se haga un pago, supere la sufnF,4é ciento dieciocho millones trescientos veinte mil Bolivianos (Bs. 1.18 3.29909-[ É¡$: p?g?s serán reatizados, en consecuencia: (i) sÓlo con los montos del:Flujo {e1cflja Neto qué eixcedan "r" rrru en cada gestión anual minera, y (ii) desde laf pqirflpra gestior¡ {nual minera áu uig*nria de este Cc¡ntrato, hasta completar el nlor¡tci{bebidq a Iós t¡tulares de los bienes. r :; $j ; ¿ ti :' ; , ii4 ; ri : I ' 'l .l , ' ,' fri : . ti -i ,15 ll if ri t . Ud ! r- I ..' tf ill ' : :-,l' ' ..t ,' I '¡-r 'i r I '. a - I '' fl i ; 8.4. Se efectuará una auditoría técnicdfinanciera integral independiente a,ia Fecha Efectiva, con el objeto de verificar: | ' a) Si se pagó a- COMIBOL todas las participaciones en ias utilidades que le correspondían, conforme a lo estipi-rlado en el Contrato de Riesgo 'Compartido Bolívar; ' l b) Si se pagaron a COMIBOL toüos los cánones de arrendamiento, conforme a lo estipulado en el Contrato de arqendamienio p-orco; c) La individualización.{" {,.oe hldJ"s, y su vqlo¡ en libros al 30 de septiembre de 201i, así como de los lnventarios. ' I , 8.4.1. Los bienes e Inventarios referi$ori $¡ esta'Ct{fusirla, correspondientes al Contrato de Riesgo Compartido Botívar fo,q H" titutaridad üe COMIBOL y SinchiWayra S.A. en un cincuenta por ciento (50'{') bd.ra cada uná ü lbs correspondientes ai Contrato de Arrendamiento de porco son'de titularidád dé Sinchiwavra s.A, 8.5. La auditoría señalada en el numérdl e.+. dstafg; .;;é;;" ,-n"'"rpresa auditora reconocida internacionalmente, sin bbnfl¡ctos de'interéJcon las partes. El Directorio del Contrato de Asociación definirá la empresá de auditorÍa que se contrate. El costo de esta auditoría será paqado,pon fondoq.del Flujo de Caja Neto. i . 8.5.1. Concluido el informe, 1".'*ntpfes,arfHe auditoriá io ponora en'óonocimiento oficial yescrito, sin reservas, de ras p¿irteslüe estd contráto. i 8'5'2' sinchiWayra S.A. podrá pres,entár descargos a la empresa de auditoría en un plazo de 30 días desde ra fechá qn $ue recibá el informe. B'5'3. La empresa de auditoría deberá i:onsiderar y evaluar en su informe final los descargos que le sean presmtad'os'bor SinchiWayra S.A. B'5'4. Si el informe final de esta auditori?.concluye qoé Sin"niWayra S.A. tiene algún adeudo a favor de CoMlBoL, pdr.tos concepios señalados en el numerat i.q., deberá pagarlos en el plazo dei fb ifías desde'la'fecha en que iu"ru notificada con el informe final. :'.
  • 8. :,1 lii 't, ) ..tt 'L I t r1 üli 'q {i ,i ¡ ai ,l i,j i ,| ;lil ' r( ifr 'rj 'lt i i r ' ¡1 il 8,6.2. Los pagos por los lnventarios sefihlados "n'ul diferencia de los correspondientes a los bieneS, íihtegramente en la primera gestión Los pagos por los lnventarioS señAlados en ,el numeral8.6. serán realizados, a anuat minera de visenciu J" *riá i¿.t;"d; ;i.''i;;;tJ;;;i 'ü;' [.**i:nü; de Caja Neto. 8'6.3. Los bienes e lnventarios referidl?rpllestacláu.$uh se consideran, con la excepción respecto de los bienes oe CO{IBOL que'sé indica en el numeralsigr-riente, transferidos por sus titularelr_g¡l[? Fec,ha Efóctiva, con todos sus derechos, principales y accesorios. CQMIBPL y SinchiWayra S.A. emitirán las facturas correspondientes a los pagos que reiciban, con,forme a lev. B'0'4. Los bienes de propiedad de CQIVIIBOL, sin perjuicio de su pago conforme a estacláusula, quedarán afectado-sl,,h las operaclones de este C'ántrato, como los transferidos por SinchiWayra S.,f.,'lpero su prdoibdad se mantenJra en CCIMIBOL. Todos los lnventarios, en cambio, 8'erán utillzahos y dispuestos en las operaciones clt l Ccntrato de Asociación. . ;t e LA¡"JSUI-A NOVENA. (APoRTES [" EXCIüEtoNEs AL CONTRATO DE AS0CtACtoN).- :: €)"1" COMIBbL aporta at, "CA-Mtsp:'-et &brechcj Oe jbáf izaciOn cte actividades mineras de exploración, explotación, benáfid$ comeírcia[Ízáción oe mineáles y oe toda otra 3:yfl,TTlr; ?,1]?: áreas ,0.{iros nereir¡os üináio.' ;; üJ"niinli eoriua," y porco, así como ros accesgrios, ijidnes y otros,que se Juiár* ";;;i;;;;;i;;,'""' ' s.1.i. yl::,^?g1"ii"_.i.3_-,p_:ll.hoE,,Mrlheroi indipdos .;'n;; ,n-üt"l de tres mit trescientos veintiún {33f].ner-tihd,$cias lninelpi y novecientos noventa y ocho mi1 ciento veinticlós (998.122)' rn cuadradqp,' asÍ como Concesionei Mineras nacionalizaclas sobre uso y aprcjvficnamientáifi'" ;Ág*r - poopó" con seiscientos fl::::^!?15) hectáreas y "Aguas Foopó t" cün treüientos setenta y cuarro (374) rlectareas- "f1.1.2. Los socavones Surunriy Buenbs.A'.fres. ', .,' ', $]"t"3' Los desmontes, escoriás, col7s,'rélaves y otrps recursos mineralógicos existentes en los Derechos Mineros.o lo,F uq-?.:" intorp,orgn at preientá-contrato; asimismo, los derechos superficiales sub sef¡ricumbres,.ui;r y;;üñ;í, u¡n timitación ni restricc!ón alguna. $'1'4'' Los campamentos, ranchos de ef¡pleados ylpbreros, instalaciones, maestranzas, talleres, colegios, .escuelas, he.po,6itos, a*nirpr. de recreación y deportivos, etc., existentes en la mina Bolívar'sin hbstricción de ninguna naturatá=; i;;t;;"i;ú; constaenel AnexoNol.. ''l S ., : 9'1'5' La documentación de orden *é:lj$ como ser'.plános, croquis, estudios geológicos y metalúrgicos, planos de desarrollo.y explotación, etc., quá sean de utilid¿rd al j,CA- MBP". ¡i : .; g'2' Finalmente, aporta cualquier otró'{ierechcj inhlgrente que no hubiere sido enunciado expresamente en este contrato, sq[vo porjta excfusión de la planta piloiá JiCÁá, r" Mina Bolívar y las áreas excluidasBn estei Contráto. 9"2'{' Mina Bolívar.- coMlBoL,.rqq+u,$,l Contratol Derechos Mineros que contienen reservas y recursos miner:alógicosl{He Zinc, pla,td", plomo y otros minerales. según el balance de reservas qe Éor'clBoL,:á tnarzo ¿á zol2 lascorrespondientes reseryas de.Mina Botívarson: ; :; il i , : r1 1- ^ i ', " t: t" .s , F ;.
  • 9. 'i il ii ';l i,i ) ,.¡ a *t iüf Jr '41 T 9' ,il ii jr at r] . -'-t {l (.f 9.2"2" MINA BOLIVAR i BALANCE OE RESERVAS AMARZO 2012 : ;.f r) TMB /Zn ",/t Ae %Pb KF As rMF Pb 1959.9 PROBADA 151928 8,91 231 1,29 PROBABLE 369281 8;9É 24C 35247,3 0.9s 33087.6 88627.4 3508.2 rOTAL s27209 8,9É 'g{ 238 ¡.0s 46775,5 t23874.t 5468,1 , tl .i "l ilir t '.t l ;i I'MB /"2n 9/dilc YO Pb TMF Zn KF AE rMF Pb 9242C 125 Q,zs 11552.sr 693,15 49882t a ta 108 4,4 41.502,45 49238.04 53873,42 2344,45 rOTAL 59124t ,i 111 0';51 65425,92 3A37,64 9.6. lllapa S.A. aporta al Contrato de lasiinversiones en los términos de este Contrato, así como sus corlohi Mina Porco'- coMle.ol 3.n9{a al1^contrato, Derechos Mineros que contienen reservas y recursos mineraló-9rcós dQlZinc, Plata; Plomo y otros mineráles. Según el balance de reservas de coMlgoL: d marzcj ¿etioláiuu ,o*"rpondientes reservas de Mina Porco son: i :l tll ::1 - '-' ! MINAPORCO i' .J i,.-l ti l. ; 'i : ;i BALANcE DE RESERVAS A MARzo 2012 i. 9.3. 9.4" SinchiWayra S.,A. aporta af qe:nryfup el derebho de realización de actividades n'rineras de exploració1, ex¡-fotációrfi beneficio t ;;;rcialización de minerales en las áreas de los Derechos Minercis detallados "it ái Án"*o 2, de la Mina porco, así como los accesorios, bienes, declaraciones relacionadas a los Derechos Mineros y otros señalados en el mismo ?fl€Xo.i.: SinchiWayra S.A. por ser subsidiár:ia indirectá de Glencore lnternational plc, al iEual que lllapa s.A., no percibirán ningun":..¡,*" por er aporte qru-r*"ñi** conforme al párrafo anterior. . - Los Derechos Mineros aportagfis por sinchiwayra s.A. se entenderán 9.5. Los Derechos Mineros aportadgs por sinchiwayra s.A. se entenderán renunciados, cualquiera sea su fqrr$a legal, a fávor del-Estado, de modo definitivo, automáticamente y gratuito, cuandb eslet Contrato fenezca por vencimiento de plazo. r i l¡ internacional. ntos del la industria minera, nacional e ti'; por las de este En el Anexo5conltan las , áreasl {¡cluidas q:ue pueden ser trabajadas personas individuales y colectivab &ue se señalan en el numeral 1's.1.4. contrato, con sujeción a la cláusulaSigésima o. u"oái mismo. cLAú$uLA DÉctMA. (plAzo DEL Co 101. l*:::::t"^::1.y1,.,1i:!:*y1_pr4io oe'ligeheia de quince (1s) años, que se computará a partir de Ia Fecha Ffeciiva. j; 10'2' El presente contrato podrá f ser¡ prorrogado, por acuerdo de partes, previa confo rmidad y aceptac ión, exp resa ¡p-r p a rtd o e;boru¡l gol. - r,¡" . i ,f.l i I ri 11 ;t t:: t rj i I : + !.: i
  • 10. { 'l :i :i 'í$ lÉll : l llr i, fll _i. {rj i;, | .i ,'¿{ .", Contrato emitirá las rCert¡f¡ numeral 21.5. de este e lnversiohds correspondientes a cada una de las Minas Bolívar y porco, ¡aslqr.,rg{iconstituir tdb rvrrrra$ t5ollvar y Forco.'.lasiqtle/iconstituirán p.rueba de la realización, adicional, total o parcial, de la inversión alnuafr'b, r::c orríninn¡r^^ *,,^ ^^ -^^,!^^-r ',' ,li, omPr?metlda en el Programa de lnversión o de las adicionales que se realicenl i, i I ¡'i t ! ,,'.1 c) Programa de lnversión, año 3: i. Mina Bolívar: Bs. 128.35q.#qZ.- ii. Mina porco: Bs. 44.871.1ff..- d) Frograma de lnversión, año+i ,il i. Mina Botívar: gs. tS1l.tBd.tZO._ ¡i. Mina porco: Bs. 46.444.0ü0._ e) Programa de lnversión año S:,, ; i. Mina Botívar: Bs. 136.68Silbee._ ii. Mina porco: Bs. 47.6,:13.360.- ," si la inversión anual certificada dupura el .mopto previsto en el programa de lnversión, se restará el monto adiciiinal del valor á"-lu-¡nu"rrión comprometida para elsiguiente año y para la correspo4diente Miqa óont""r*ntemente, la Garantía a Prlmer Requerimiento,, para el siguflinte ano y'lá,misÁa M¡na, se emitirá sólo para garantizar elmonto restante. t Las Garantías a Primer Requerimibnto serán remplazadas anualmente por llapa !,A', treinll (.gol días antes oe, l& fecha o*i., leñcim¡ento, pói-i"s Garantías corfespondientes al .siguientg ar*o$p asi suce-siúamente hasta el vencimiento del plazo del Programa de lnversión.; q,. : : !::,j,i::k'^:^:'T::lTuqliT,1p{o Fn{fl una vigencia de rrece (13) meses, CLAÚSULA OÉCIUN PRIMERA. (E,19C¡HCIÓN DEL, Ctr-MBPE INVERSIÓNES' DE rLt_ApA s.A.).-Et desarroltó det icl:illFfi será t*;i";;-'jJ'irlic'o a ros pranes Quinquenates, ar programa de rnversion y d?tos pr".úpú¿ü;; Á;J;.-'" cLAúsuLA DÉctMA SEGUNDA _(_glttNJíns oe tNvERStóN)._ 12'1' lllapa s.A. entregará a coMlFgll1{: lu. Qarantias qúe ceberán expresar su carácter de.renovable por'nouentá .foo¡ oiat,'Írrrevocablé, de ejecución inmediata conforme a la Cláusula Décima fepcera, y a primer Requeiimienío,'por. cada una de las Minas Bolívar y porco. , . .i Estas garantías a Primer Requefimiéirto seran einitidas irrevocablemente a Ia orden de coMlBoly garantizarán etlegujVatente at b.zr J" Ñ ;il; anuates de las ínversiones comprometidas e,n Ol prógrama. Oe iirversión para cada Mina, conforme al siguiente detalle: : ' +r'- i ! a) Programa de Inversión, año 1: i. Mina Bolívar: 8s.44.165.411._ ¡i. Mina porco: Bs. 34.340640._ b) Programa de lnversión, año 2: i. Mina Bolívar: Bs. 59.974.1d6._ ii. Mina porco: Bs. 34.52L 60b.- ', ] .,, i: 12.2. 12.3. 12"4. r r"o. di ,itÁ !'.'
  • 11. , , ,t ,T a, _ . ,r ,;.rlil ;;l , , tii{ ,, ; t.l ' : '' d iil ': ' '. ¡ l i cLÁusuLA DÉcrNrA _ TERcERA (pRqbEDMrEN+d pARA EL cCIBRo DE LA cRnnruríA DE lttvrnslótt¡. i ,i 13'1' coMlBoL sólo podra cobrar cad$ uná ,d€ lag' Boletas de Garantia a primer Requerimiento ante el incurnpliai$nto por" pá.t" de lllapa -S.Á. de la inversión comprometida en el Programu'o" ttiv*r.ion"s p¡"r¡rtá ó;;;;" gári'or minera anuat y la mina a la-que se:refierq la BotBtA vigente qUie este en poder-de COMIBOL. 13'2' Para hacer efectivo el cobro oeica{.$ uña de tag Garantíai a primer Requerimiento, COMIBOL deberá presentar lal hanco emisor ,"rpárti* ;;; certificación de lnversiones, que señale expresámerrte que: a) lllapa S.A. no invirtió la totalidad del monto anual comprometido para la Mina respectiva, a que se refiera la coirespondiente garantía a primer Requerimiento. b) No recibió una notificación del Directorio del iontrato qre l"nare la existencia de un evento de fuerza mayor y,/p caso fortuito, conforme a este contrato. 13'3' El Directorio del CA-MBP aprobaialla contratación de una auditoria externa anual de los montos invertidos, cuyo infoime final firmaclo y entregaJo á pirectorio, luego de ser complementacJo por las aclaraciones escritai que iolicitun "n un plazo de treinta días calendario desde. la f,ocha de emisión iñicial, rárá prr"ba plena y definitiva del cumplimiento'o incumplimiento oer ciográ;; dl;;ersión por ¡tapa s'A. El informe señalado debetr;á rcontener q'n ,aná'í¡si. t ;;;.iusiones claras y definitivas, por cada una de ras Miqhs Borívar n por.o. 13'4' como parte de la auditoría extBrna unuá|, la empresa auditora enritirá las certificaciones de lnversiones d<ü'lóp montos invertidos. Un certificado original será remitido a COMIBOL. i. 13'5' cada Certificación de lnversiorles cile¡"r¿ contener un análisjs y conctusiones claras y definitivas,.anuafmente por' todo bl plazo del Programa de livers¡ones, por cada una de las Minas Bolívar y porco. i 13.6. lndependientemente de ló señaladó;en la presente Cláusula, Auditoria lnterna de Ia ffoMlBoL, del Ministerio de'l4inbría y'Metalurgla ylo la Coniraloria Gral. det Estado,conforme a las leyes que,iasí io autoricen, podránrealizar las auditorias correspondientes, en lo que se re_fi$ra a los intereses de COMIBOL. cLAÚSUí-A DÉC|MA CyAETA. (pARTtCtON DE BTENES y ACTVOS).- 14.1' A la finalización del' Plazo de estefpontrato, lLtApA s.A. transferirá a coMlBoL íntegramente los bienes adquirido$ly activos diferidos, producto de la inversión en el contrato, en un plazo de g0 dÍásfdesde la fejeha de vencimiento del plazode este Contrato. , q: 14'2' CoMlBoL para el efecto señallddfbn_el numeral anterior, pagará, del modo que se señala en esta cláusuta, a TLLAF#(íS.R. un valér equivateñiu álá *¡tud del cuarenta y cinco por ciento lswl delivalok de lds aUtiüoi rJquiiioo"-Ju.ou et inicio det Programa de lnversión hasta iaifirfrlización del blazo olur conlruü, de la siguiente manera: .i F it ; a) Para los bienes adqúiriddh y activosiüiferidos como fruto del programa de lnversión, el pago [t{i{: efectuadoa partir del segundo semestre del séptimo año del plazg detbste Contrato; en cuotas añales iguales. b) Para los bienes hdqdiridos y dctivos diferidos, .oniorÁ" a ios P resupuestos An uales ^(rb;9n gioerad gs y ap robados por el Directorio), con recursos del Flujo {e p$;a Netb, dés$e que se finallce el programa de rt. -
  • 12. ' , t". 'fl| I {X ' i üf , :i I :,.x. r r lld i!1 i '¡' ,{ ;l . ll ¡l I ¡i ú,J lnversión hasta er vencimie0to der décim9 año der prazode este contrato, los pagos serán efeotu,h$o; ;;tir"tr* án,,qroc inr,^r^^ ^ -^r:- ¡ve vquuD ücrar,r :reqlYfWs en cuelaP anuales iguales, a partir dei Hi:."",ff "f^::I's:i:a f;e_esté,Coriir{to- - -"-- 'v- c)Fin=ri,-irtp{ j$ffLil*i$xJ.iff :'s?:,J,T';J:t:,,";,J;; recursos del Flujo 9" 9"jF,,ryeto, desd.e, er'unoécimo'año del plazo de este Contrato hasta su finafizáci¿n "o ofo..+,io.Á,,^,.,-:^^ .^ _ _ semestre del plazo de'vi ,,tg efe9l{ará un único prgod;r!nt"-"r ¿ltiro .. uenresrre oet ptazo Ae vige[Acia de,este;Contrato. d) Para efectivizar los oa''o&.s ac",.¡.¡)..=-^;":: ' atd crecrvrzar ros pagos acordadFr,, u! estenumerar, er operador realizará a su favor desc-qentos direciamente Oe lou ó"go, anuales que, conforme ar . Frujo, de ,chlu r'retó, g"!u recibir coMrBoL, debiendo Rli:", :1;: ::f :l I", :^, É li: d::e li;: ;" ;;;; " d; e sos d es cu e n tos 14.3. '"4.4. si los pasos .que debiera ipcibir coMrBoio"iÉl;cil H: i,."::ii:::: insuficientes para cumprir.esas obrigaciores, coMtgor_-Ján"ra ornu,. J ilrapa s.A. er sardo adeudado "r ;;;r;;o"rna"inlo de 90 días desde ra fecha de extinción de estp contrato;iiliior*" at incíso c) det numeral 35.1. de ra cráusura de *qujdación de está ólntrato. con los pagos señatados en,el ^irffi";;i;ñ,r;ri üos esos bienes y activos, at vencimiento der prazo de este eor¡trato, pu.áian'iitugrurunte á sJr propieoao derinitiva v parre *ll:tlronio'ae,Élónrbói. ü#'triürto, correspondientes a esa transferencia serán pagados por co.fulóóI. - '$vd r¡ rrr sin perjuicio de ta ouigacioin: {q tránsferencia de lilapa s.A. conforme a estacláusura, queda entendido'qüe'i tooor rár"';;;", que se adquieran para ras Minas Borívar v porco, como pr*ir;i;-;"'; i.'""Tiior, serán de coMrBoL e ¡LLAPA $'A', en lqp"p¡qporc¡ones do^ly párti.,p"ii;; ", este contrato; de acuerdo a la cláusuta D06i$,.i*"iQ$9,¡1e colv,Fgl; ;.i;'s"q-;; mantendrá derecho de uso de los conocim¡eiriiirJ'd;.t"iddiüor ó"ih ur maneio,J;i; prantas metarúrgicas de ras Minas Bolívar y porco, coniorme'a-,&te contráto. : '-- 3ffiXi,YH-,.:*"'*u QurNrA' (?HsLARAcréN 'DE REpRE$E¡,¡racrór.¡ y 1: 1." COMTBOL por su parte, declara y garantiza quet is.i. r h::.lT:i?:" t^,j::^ D,.j,*1":f:üi;;:"-i", Legítimos, amparados en ra constitLrción porírica der E;t"d; ; ñ ;;ffi:r'llijlii_iiltñfi:'#lrJ; obligaciones.ni gravámenes a,i$or" ou iái.rtijr."''" Yrr l: ] : i:%.¿ii:;l,llil¡:l*:U¡ffif;:iiÉ!l.iu.ion, en virtud a, Arrícu,o 351 15"Í'3' No limitará, cederá,;i;;ül-fl:srp$, dispondrá ni comprometerá sus derechos i"Iiri:,::' f '::l:^',T9li l,: : f t " Fgni.: v¡ú';' ; ñ;üi, a r c o ntrato d e Aso c i aci Ón, n i so bre tos'n ié náslft CqüiB Ü.i'ñ";.,,i#"'T.ll ;l,rt 31,ff i?"3 I l:;ff:"",:":jll:"^:"t1:i1!^?¡# I "1ü"ol Br;; r",iines señarados en este documento, sarvo por:ro senáradb ár;ii;ü;"ñ,:;;"";i:" senaraoos en este i5.i.4. H,:f:::J:: :iyl,|,y,]"":Jr:ffit¡"** señaran en este numerar quecran autorizadas a continuar rearizairo. r"* ""g"lilá"j"l r,""ñ:il:";;AL::":3: convenios y contr"atos, suscritositcon córut$di$i";ñiWayra S.A. antes de ta suscripción de este Contrató: ; id ; ¡f . ' 1 1il t ¿$i , ¡ld
  • 13. t aa: iü .i li i':, ;.), l l ,j.rrr .i' il 1 Cold'nÍ ttcla. y .Ccoperativa Minera 15.1.4.1. 15.1.4.2. 15.1.4.3. Antequera Ltda. Mina Porco - cooperativa r$irilLra porco'Ltdu., cooperativa Huaynaporco, cooperativa Veneros porco y'biqrtos ex -trabájadore, áutorizados. Las personas individuales y," c$lectiv"r rnentionuáá" en ros sr Las personas individuales y' c$lectivas rn,entionadas en los subnumerales 11gi:1r:r_99ltinuarán rearüariflo sus "gi¡u'p"Jui ñin"rr. en ros *ü,"no, anteriores continuarán realizaiffo sus adüvqdades mineras en los ,ü*o, términos, aunque sus del contrato de Ries.go coriiffirtioo ,poti,riai y de Árrendamiento porco, y ¿vt I además deberán sujetárse'a'ióf¡d¡spuebto ün lá "l¿urura trigésima novena de este Contrato. '!5.1.5. lnterpondrá, de ser neces?.lol lb: procedirhientos, acciones y recursos que sean pertinentes o los que,lllapa,s.A. le solicite y en un plazo razonable, para asegurar el cumplimiento del gbJbto de esté Contrato, tales como trámites de crl'cgurdr et cumpumtenro oet gojeto de.estg Contrato, tales como trámites de consolidación o Amparo Adininistrativo Minero, oposiciones, recursos o acciones similares_ prwiriu", ?{;la legislacjón actual o futura, 'para impedir acctones stmrtares pr,flisjag ?{* tu legislacjóh actual o futura, par f:yil3::.1.,:1 jy:t"r la mientsb,{omas o us ü rpaci o nes d e ter"e ros, J; a las leyes vigentes. e acuerdo 1$.'1.6. La pacífica posesión,de rjrqp.#. s.A.,sobiei ros Derechos Mineros, áreas, i nsta I aci on es y b i ener' ré r"' pT"itW ;;; l*;ié#;# 1.92. $inchiWayra S.A. dectara v oaráqtizp a Co¡nibglque: - 4Et'l ¡-,,*^., ^.,*^t:-: ^-..'r^"^t--, '¡, r-,-.',--1:"-n 1&'2.1. Asume 5r cumplirá con ioda+ rurupnriguiioné! bóc¡ates y de seguridad sociat o similares en la relación tabof?i f;bn rrr trabaiacores oL la Mina porco que se hayan generado hasta ta Fephá tfectiva, coritórme a tey '15.2.2. Rsume y cumptirá con toda$ f;-{;;t¡;;io-ñeL uo.¡utes v de Seorrrictart soeiar n tü.t.t-. Asume y cumpnra con todas lasfobligacione.s sociales y de Segr-rridad Social o similares. en.la relación laboral$con los trabqjadorer áui-clnirato de Riesgo Corrpartido de la Mina Bolívar t : "' : 1s'2'3' I-os títulos de los Derechos Minbros que aporta a este Contrato de Asociación son legítimos, amparados p,or la,Constitución Política del Estado y las normas vigentes, y no reconocen obligaqiones a favor de terceros. 15'?'4" No limitará, ni comprometerá sús Derechos Mineiou upártroos al Contrato de Asociación 15'2'5' lnterpondrá, du ser necesario, los procedimientos, acciones y recursos, que sean pe.rtinentes o los que lllapa 9.A" o goMlBoL les sotióite y en el ptázo razonable que lllapa $.A. o aCgnnibol sengtó (para evitai qu" ,* consumen actos perjudiciales), para,aseguftr el cumpllrniento del objeto de este Conir"ü, tales como trámites de 99n$otiOación ,9,:?rT1p?t-o administrativo minero, oposiciones, recursos o acciqndb similáres pnevisias en ta:iógistacion actual o futura, para impedir perturbacloües, avasallarnientos, tomas o"u*urpuaiones de terceros, de acuerdo a;las leyespigentes. .i ,l 'i5.2.6" La pacífica posesión de lllapar.S'fi{A: sobte lqg üerechos Mineros (y los derechos que les sucedan' conforrne: a lb legislación pplicable), áreas, iñstalaciones y bienes comprendidos en es.ie;c&{ntráto,,y to$os tos qué "óott, t incorpore en el futuro conforme a este Contrato.t' : - !'-
  • 14. t. " i i. .. ; ,; ll' ,; : j ¡i I. ,i,;.i : "! , 'fr r 'rd-r .,¡" L) t, l:: ,i ':i i lli , X5.3.'1. Realizará a partir de ld:$iFechar Eféctiva las prev¡siones contables correspondienteó para'el pasibfre beneficios,bociales (aguinaldo, prima anual e indemnización por años de,senñcio) de los'idependienteJdel CA-MBp. 15.3.2' Pagará con cargo al Flujó de¡lCaja Netó, a partir de Ia Fecha Efectiva, las respectivas patentes minefas Qé los Derec,liio:s Mineros o cualquier coRtr¡bución, tributo o pago que se establezS en lailegislaeión futura. 15.3.3. Cumplirá las disposicioneslleg{bs de protección al meclio ambiente, conforme a la Ley No 1333 y sus ReglarnerJtos, as'imismo asumirá compromisos que tengan relación con los Programas de lResponsabilidad Social. '!5.3-4. No limitará, cederá,afectará; iárrendará, gravará los bienes afectados a la operación del contrato. ' : :, {,tj ,l- j 15.3-5. Garantizará la estabilidaO laboüá|, las conquistas sociales y la continuidad de la relación laboral de los trabaiadores de las Minas Bolívar y porco, conforme a ley. ri -i i 15-3'6' Nó existen gravámenes ni obli$acio¡es con terceros relacionadas a ninguno cle ios bienes queilrapa s.A. ?p.?rt3 ar contrato de Asociación. fl" cLAÚsuLA DÉclMA 9E{Il_ 1cósr$s oe oFERActór-t).- Los costos y gastos directos relacionados al CA-Mgp Se#ári pfoniertos cdti los l.*.urso, del Flujo Ce Ca.¡a trteto, conforme se describen delmanera e{uqci$tiva y no lffiitativa en el Anexo 6 :l $l ,r cLAÚs ULA DÉcIMA s ÉPTIMA: (PARTft I PAcIoNÉS, Y PAGoS).- 17.1. Las participacionesien el'CA'-MB}! serán de¡lCjncuenta y Cinco por ciento (55%) para Comiboty de Cuarenta y Cifibo porlc¡er*ioi4Sb¡ para iltapa S.A. detFtujo de Ca,ia Neto I , 17'2' El valor anual nor-l1s-.partidad Sontables que no impliquen uso de fondosque correspondan a COMIBOL e¡ proporción a su participación en este Contrato,resultante del cálculo d]r* practiqLre la auditoría anual del Contrato conforme al Anexo 4, será deppsitado por el Operador en una cuenta en el extranjero, en dólares, autorizada de COMIBOL 17-3' Con la aprobación del Director¡o Oü todos los estados financieros del GA-MBp y de cada una de las Minas Bolívar y f;orco, el monlb final anual del Flujo de Caja Ñeto se distribuirá de acuerdo a las p4fticipaciones de lllapa S.A. y COMIBOL en este Contrato, i.i 17.4- La falta de pago por parte de llla¡r{i S.A., en d plazo de 20 días calendario desde la fecha de aprobación por el Direbtffrio de todos los estados financieros del CA-MBP y de cada una de las Minasi Qpt{Lar y Forc6, siempre que hubiera Flujo de Caja Neto que distribuif, ocasionará: düe lilaba *A. pague a Comibol una penalidad, equivalente a la tasa LIBOnl" ll# mes(is 1vfoénie á ta fecha det pago) más 0.S% anual aplicable al mortto aUeg#do OesOLIil+ fecha en que el pago deba ser realizado, hasta qüe el pago üeüi& a coMIEoL sea efectuado. 17.5- El Directorio del CA-MB'P autdritlrá elrpaEg trimestral de anticipos a COMIBOL elllapa S.A., con c.argoal Flüjo.'d{f-Caja Netólanual, conforme a su participación en estecontrato. : rr : c t i 17.6. Para cuidar que con estps; $'ugo, de anticipos no se afecte al normal funcionamiento de las operqbidn$s del ,Contfaio, no se distribi"rirá a lllapa S.A. y ' tlr,. , i -,,i: r ,' i{ I :' r t ,bl 'i . u:.ff ; 'lr'
  • 15. CCIMIBOL más del S0 % del Flujo,dm trimestralmente lllapa S.A,,..co,n1-or¡.nn# Cuando en una gestión anual el Corrtt ! '1. I Caja Neto;1 r.eflejados en el cálculo que haga al Anexo {, de este Contrato. rato de Asgclación tuviera Flujo cle Caja Neto deducirse:deJ Flujo de Caja Netode la gestión sucegivagij si el Ftujo de Caja Neto fuera tota[' de]i déficit, incluyendo los anticipos r con el fi'k¡;o de Caja Ñeto de la gestión a ún p,¿96r1¡i¡nestral de anticipos hasla que el se hubiergn cubierto con el Fluj'o de Caja compensados en su totalidad. .Í. I ll il i ,$: dl tr ,ifl ; il rt: tr 17.7. deficitario, el monto déficitariol inmediatamente siguiente,r yr en [a insuficiente, hasta fa compensacir realizados que no se hubieran cubi que correspondan. No se ¡:ealizArái, déficit yio anticipos efectuados lqrle Neto de la gestión a q,ue correspond cLÁusuLA DÉctMA ocrAVA (FUERZA d¡nvon y cASo FoRTUtro).- 18' 1 . Se entiende por fuerza maybr o cásfl fortuito, a áq.uellas que el COOigo Civil llama causas no imputables al deudor (Art, 379 y siguientes), en caso de inóumplimiento sobrevenido de obligaciones, que cons¡Jten "n""qüiür-L.ontecimientos imprevisibles o que siendo previsibtqs son irresiistibles, ócaiionaoos por fuerzas extrañas a la voluntad o al controllde las Partes, como son los sucesos de la ¡raturaleza, tales como terremotos, qgotamiento total o parciai de yacimientos que impidan cumplir con la repoqición; oe reservas r¡nurur.rg¡"á.1 inundaciones, tempestades, derrumbes, íncerlqigsiiiy que rseart &e conocir'í"nio público o qru, causados por el hombre o deriüad,os de su ,hcción, son incontrÉbl¿;, -;;; guerras, explosiones, motÍnes, óonrfrción civil,{,byasallamientos, huelgas ilegales, bioqueos intempestivos, entre otro$], es oecii'tob; ü;;iio-.-'.ur"ros, actos o hechos que no sean atribuibles a la ibsponsabiliüaio subjetiva oe ius partes. 1B'2' El incumplimiento de alguna o!t!sq,1np por causas. no ímputables a las pdrtes podrá dar lugar a la terminación anticipád4uei contrato tótalmá;i";p;;atmente (en este último caso respecto de 'la 'Mina qfectada, esi decir ae cuaiquilra oe las Minas Bolívar y/o Porco) cuando los.efe^ctg-s del hecho'o actos r"án'irÁparables, previa evaluación de los expertos de CQMlBoLelllápa S.A. o áá aquettos que éstas pudieran contratar para el efecto, prdvio acuerdó expreso y escrito de las partes. 1B'3' En caso de fu.erza mayor o caso fo$irito, la parté rrá"iuJu'd;ü;; aooptar todas las acciones posibles eficientes y opghunas :para superar las oincurtades y deberá reanudar el cumplimiento dé sust' obtigaé¡onár, iun pünto .áLo ,"u posibte, extremando sus esfuerzos p?ra rgp*far o superar los danos y perjuicios que dichoó actos habrían podido causar eh la$instalácione$ y *n g"n"ial en las operaciones afectadasporlasmismas; ' I '$¡ ; . ): 1B'4' cuando un evento de fuerza m?y,-o#o de c'aso foqtuito ocurra y pueda establecerse contratado con auto¡ización ,¡"¡;l'Srectorib ¿iJ'tdn-MBp, coMlBo'[- elltapa,,S.A. podrán terminar anticip.adamente:elfbontrato, totdi o parcialm"nCen rulación a una o ambas Minas afectadas, de rnutfu$ acuerdo yiineOiánte Ao"u*unto ur.iito. llxapa S.A. está obligada a notificaifu coMlBó[-,'cuando fuera p"riuu v¡o se ajuste ala naturaleza del evento !e fu,erlq¡rayor.o caso fortuito de que se traie, ouniro o" diez (10) días hábiles siguiehtds$a ia fechá én que ocurrieran los hechos o acontecimientos constitutivos de'tfr"Érza mbyorioicasó fortuito en cralqriera de las , i,. :' :i i ''i tl ' '' I lit¡+ J'; , t tf i,r lt l, irt l'$$ i : ¡ .i,i,- 18.5
  • 16. .' ,!Í ' ,i¡ I i¡ I#, | : '¡lri ;r . ,f xr '"r ,', ' t ' Fl ¡l' ü' ''i f f l-l 18.6. Minas, puntualizandci si estuviera,ad'Su alcance,.e,l'l tal notificación, la naturaleza de los sucesos o circunstancias, Ias,ppsibles,razoh{s de su ocurrencia y la duración esperada de las consecu.encjas v pfectosí de lairfuerza mayor o el óaso fortuito, lapso durante el cuál lg ejecu_cign"dtbl Cont¡¿16ipódría estar impedida, sin perjuicio de la obligación de lllapa S,A. db adootar,..b¿,onunnmente tas aceinnoq rnác de la obligación de lllapa S;A. de adoptar. obortunamente las acciones más adecuadas y eficaces para en{¡eht$Jr los hbchqs fortuitos o de fuerza mayor en el !'nenor tiempo posible, pro,curaindo',ipl mád prqhtb retorno a la normalidad de las oPeraciones. ; $' I 'i { El Plazo de este Contrato se cons'idhrará strsp$ndido respecto del área de la mina afectada, cuando el acto de fuqr4,fl mayor o,icOso fortuito afecte la operación minera, por todo el tíempo durantefbl cuallocuÉrd una imposibilidad por causa no imputable a lllapa S.A., e[ .u¿¡:¡6:grbrá cornputádo ni afectará et ptazo establecido en este documento. 'j: I rl I ;i"'r: d.1 . 1B'7 - Una vez restablecidas las condi$iones normales de operación, lllapa S.A. informará por escrito a COMlBOt,i,'a efectos {e que se re'anud" ui .o*¡rto-Jui plazo dei Contrato para el áreaiafectada. l A ese efecto, "9-l Directorio deberá,rtializar la no{ificación prevista en el inciso b) del numeral ¡;gá;i hasta el día :hápil, siguiente,,"pro nie*¡Áo, á" lu sesión de directorio en que halta recgnoctdo cúalquíer evb.nto oe fuerza *"v* o caso fortuito que afecte la realización:del prpg,ratra de lnvengiones. 18.8. Todo evento de fuerza mayor o,|caso fortuitq que afecte la realización del Programa de lnversiones y que sba reconocidó como tal por el Directorio del Contrato, implicará que COMIBOL iio pueda hacer efectivo et'conro de la Garantía relacionada con la Mina afectada',!rél periodo a.qqe corresponda. '!8.e. En caso que coMrBoL no estérldb á.u*iuo i;ñ i;;"i;i;;;¿; de ros hechos o acontecimie¡lo1 constitutivos d9 furBrza nqayor o caso fortuito podrá acudir a la cláusula Trigésima segundade sol{ción de controversias. cLÁusuLA DÉctMA NovENA. (DtRre*bruo DEL bA:MBp).- 19'1' El Directorio de GA.MBP, estará o'pnformaoo por seis miembros y compuesto por tres representantes de GOMIBpL $ igual númgro delllapa S.A. Sárá prósidido por uno de los representantes designados por Comibol.EI becretario será uno de los representantes designados por lllapa S.,A. l 19.2. Cada Director contará con su rtespectivo suplente en caso de ausencia ylo impedimento del titular. I 19.3. Todos los directores tendrán og¡e$¡o " üo= V;v,oto. Las decisiones que adopte el Directorio sel3n tomadls 9on, ]a,'ffritao más dno o"lói"iuá-riu*nros (es decir, cuatro) del Directorio. El Presideffie tierie uri solo voto, al igual que los demás directores- Los miembros disid:entff nodrán hqgdr constar su pósición por escrito en el actarespectiva.: i' :,'$l ' i, li; 19.4. Los miembros del directorioiqgnp¡an-Con faiultades suficientes para adoptar determinaciones en las sesionds'f'del Directórib, sin necesidad de autorización adicional expresa de Ia parte cjue l& designe.li j f9.5. El Directorio no podrá ejeróei Sltribuciones; no previstas en este Contrato o conferidas al Cperador. ', ,i ,; ; e ¡-.Ári s u LA vtc És I MA. (RE U N lO ru eS .Cl¡D I NARTAS y EXTRAO RD INAR|AS ).- ,1,5i
  • 17. .i t (i 'r. t : i,;iE ' l,ir :, lÍ$ I !i $t ' .l ;ti " :¡:'ff ii jfl i Ij 20'1' Las reuniones ordinarias de Direcprio se lleyár:án a cabo cada dos meses a convocatoria escrita del Presidentb,ftquien pondrá en conociri*nto escrito de los demás miembros. det Directoriorei Cifá"n oór ua ilo; ;;;;ii"ió".i*i¿".'iii", clÁusuLA vlcÉstnllLy:RA: (ArF¡buc¡or.res DEL DrREcroRro).- Er Directorio, como cuerpo colegiado tendrá las siouieiitdü atribucionbs. calendario. También . pocf rán ss¡' $onvooi6sst ilor tres nir"ótor*r cuando el Presidente haya omitido efectuar: la dnvocátor¡aÍcérrespondiente. 20.2. Las reuniones extraordinarias 19 g..ortvocqla,lr gofi Oscrito án cuiiqri", momento por el Presidentg .9 por requerirniento óscritoi de,pés o más oirá.tor*s dirigido al Presidente, debiendo comunical6¡,$lden dél Díá "on unu untúip".iOn de al menos cinco días hábiles. Fr : 20'3' Cada vez que el Presidente del',Director¡o bonvoque a reunión, ordinaria o extraordinaria, remitirá copia de l{ respectiva convocator¡u- ui' pi".io""t'i"l Consejo Técnico para que éste,;a'sugvez, convoquF a reunión de Consejo la misma que deberá realizarse dentro dp lbS tres dias habites anterioiÁs de la respectiva reunióndeDirectorio. ; ' I ', 20'4' El quÓrum mínimo para sesio¡ar será de cuatro directores, las decisiones se adoptarán por mayoría simple del toüál de los miembros J"ióir*t*io. 20.s. [i Directorio ilevará actas cronotósífus y.circunsrá;;;J;r;;;; reuniones, sean ellas ordinarias o extraordinariasu.l$s_misma",.,eü" .;;; niru¿"" por toclos los Directores presentes en Ia reun,:l 4t secretarió cfet Director¡o oiitrin,l¡iá .áii*'i- tales actas a los miembros del Diregtorio dentrci'd'e diez fiól oár'."tendario luego de celebrada cada reunión. Cu1nd,offii.f.lu, ¡.ia.* h:uyan sido firmadas y enritidas las resoluciones respectivas, Iab mi5maff constituiráh él registro oficiai oe las decisiones adoptadas por el Dire.ctorio y se¡án üJnculan'te. ¡¡"ir "icÁ-ñp, ;; et ámbito de su competencia. 20.6. EI Registro y Archivo de las AclbS Vflfesolucioriés:estará a cargo del Secr.etario del Directorio, sin p,erjuicio de que:esíd'lpueoá serlá'.ir1io" üñ;;;.al del contrato para cumplir su labor ;i ,. ., gomo cuerpo colegiado tendrá las sig atribucionbs': ?1.1 Formular políticas y fiscalizar las láb&irer "r;;g&tes de este Contrato. 21.2. Considerar y aprobar los presupu considerar y aprob_ar los estados ffnancie¡or ,ruü¡iuJts dentro de un período de treinta días posteriorós a su rece ta Y; 21'4' Aprobar los términos de refere.giÉ # la co¡vocbtbria públiea para ta contratación y elección de los auditores externos,qffie audiiaraif-lcis u.tuoo. nñán"i"ro.. 21.5. Aprobar la contratación de' auditSes "xiuiri¿rbo¡i;-}"*;ol'".on 60 días de anticipación a ta fecha de finatizaelófr de cada gesiión anual;i;;rr. 21.6. orientar a la administración u oper.aüion "n .riquier materia. 21.7. considerar ros informe-s, prop,os;piones; práni;;i";J;; y recomendaciones presentados po_r lllapa S.A lio: p$r el Gondejci recn¡co, púcienoo convocar a cualquiera de ellos. fil 21'8' Consicierar y aprobar los cambidsj modificaciónes y enmiendas al presupuesto Anual, así como las inversiones e{ exploracidn, "oÁro6é ái-nu-*rul áli;;.i; cláusula quinta de este Corrtrato.'i: ll ',i , ' j !, f' , i ii'Á rl;# iiü is i ti' : ..í Í' i,, .. rl 1 .. I ;J 'i i,i i
  • 18. 1{ clÁus u LA uc És tMA s Ec uN oo. (ao,.{'ge¡o rÉc N tco).- 22.1. GOMIBOL e lllapaS.A. acuerdan c{hformar ,*Crné"jo Técnico de Asesoramiento al Directorio, integrado po1 tres reprbsentantes oe corvl¡goL y de lllapa s.A.,, que será presidido por uno de.los rqpresentantes idesignador por lllapa' S.A., jos mismos que deberán contar. c9n sfi respectivo, supleñte en "á*" de ?usencía ylo impedimento del titular. : ¡ 22.2" El Consejo Técnico, constituirá ei $rincipal nexo entre el Directorio del CA-MBp, coMlBoL elllapa S.A., en l0 refbrido al asesoramiento en aspectos técnicos, administrativos., fin_ancieros y del. cornercialización del contrat;. - - 22'3' EI Presidente del Consejo Téc1[co,,fonvocará porr escrito alás reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo'TécÁico con un" anticipácion-o* éo,. lo menos 48 horas. ¡' 22'4' El consejo Técnico deberá reu¡irsdiicon la antiqipáción necesaria a cada reunión de 22.6- 3l?*i"qr-.récnico revará u"rf, .ffinorogipu, i j,r.rnr,"r.,r;"* o" ,ru reuniones que serán firmadas por todos ios i"ri¡iembro-s présentes en ta reunion. El presidente distribuirá copias de tales actas a:iei$ miembroql6[¡ Consejo fecnilo y at presidente y Secretario del Directorio dentrql; de diez (;10 ofas túego ds celebrada cada reunión. cLÁusut-A ucÉstMA TERcERA. (nrhleuctoNEs DEL coNSEJo rÉcNtco)._ Et _consejo Técnico, como cuerpo colegiado,l,¡iene las siguientu, ,ir¡Ll.i*Á, 23'1' Revisar el cumplimiento de las di$osiciones.del Contrut" ,áln.ú"arjas enn ro¿nc
  • 19. ',fi "i: rlit i , .' .rl'¡ r tl+ I rf{ : .r ' ¡ij* 1r: ¡l :t i :.i n ;^¡ .¡. -l CLÁ¡.JsULA VIGÉSIMA cunÉra. . rt¡rstnnólóru y ATRIBUctoNES DEL OPERADOR).- i.il , :: 24,1, lllapa S.A. administrará.las'operaqid¡es ytareas que se real¡cen con el objeto del zL.1a-Contratación, por cuenta oer litlnnPP, de segruros adecuados y razonables que cubran los riesgos de la operacióni 'f i ii , ' GA-MBP, quedando bajo s,u eaclús'iya, árqplia y,pl"n" responiaUilidad todos los aspectos de la operación y actividad¡ique sean de órden técnico, financiero, laboral, jurídico y comercial.Tiene, ehtre otra$; las siguientés atribuciones: 24..2. Preparación y elaboración de rog pla$es quiñquqiiqiles y su ejecución. 24.3. Exploración y explotación dentro OpiF. Der.ech$siMin'eros, ásí como la realización de todo tipo de actividades mineras dfi las Minas,Bplívar y porco. 24-4- Preparación y presentación de los Ptesupuestos Anualei para su aprobación por el Directorio del CA-MBp. . i .i ,u' I : 24.5. Preparación de estudios req,ueridos 5liara la ejecución del CA-MBF. 24.6. Planificación, ejecución y sup,brvisfén de ioda obra o trabajo de cohstrucción necesaria para el desarrollo de {as M.inas Bolívar y Porco, plantás de concentración y las instalaciones auxiliares del CA-lMBp. I -, 24''7" Contratacién.del personal y trabajadores para Ia operación del CA-MBp, incluyendo su capacitación. lllapa S.A.realizar4 todos los 'da$os en cumplimiento a las leyes laborales y de seguridad social cdn cargo {l ¡tr;o de Caja Neto y atend'erá auténomamente todos los ásuntos rdacionados ibcjn el personaidel Contrato. 24'8. La adquisición de materiales, sumlnipfros y equi¡¡orr.iáráriá üá-¿u.urroltar et CA- MBP ,iI J; i 24.9. Preparación y presentación de los ir{formes reqüeridos por ley y por el Directorio del CA-MBP. 24'11- Presentación de informes tnensu.alegy anuales sobre el progreso de los desarrolios mineros, construcción y operacióri dbl GA-MBP, ciebiendo iñcluir informes sobre la producción, concentración y costob, r$ 24.12. Apertura, cierre, administración'y o$eraciónr de'cüentas bancarias y en fondos de inversión que sean necesarias, en f*drma separadá de las cuentas bancarias de las Partes. i; z[.1}'Comercialización de concentradosllv búsouerJa clo las rnainroc nnnrli¡innao ¡ra 24'.tr4,.Resolver autónomamente todgs,.idF asuntos,iélacionados con ta contratación, condiciones y relacionel tqbgrJl",q, jJ asignhción {et personat del cA-MBp y ftjar y administrar la política salarial y de.'re"$ursos humános. 24.15. Conducir, regular y administrar ldsWoperaiiones i L/unuuctr, regutar y aomtntstrar tEsfoperactones V actividades del CA,MBP en el orden técnico, administrativo, fiúaiiclpro, raboraÍ,1.¡úrioico y comercial. 24'-16'Realizar todas las áctividades h$$eras ,auto.ilizádas fior ley, conforme a este f^^+r^+^ ^ L^^^r:^:^ l^ t-^ ^-.-r- r. Jü ': , Contrato, a beneficio'.de tas paft*Si .$.l '' :, ' 24.17- Ejercer la representación contr¡ctirál y extracdntractual del CA-MBpante terceros, uomercla¡lzac¡on de concentrados ry búsqueda rde las mejores condiciones de mercado conforme a l?u reg'lq$, y csstunnbres mercantiles, nacionales e internacionales del rubro, poniendb espéciai: cuidado en obtener condiciones rf rrerrractonates oel ruDro, pontenqp especial; cuidado en obtener condiciones competitivas en el mercadci, p-ara:r$ximizar los l,endimientos a favor delCA-MBp, conforme a las previsiones de este #ntrato; : en tanto el contrato esté ¡rige{}e y sóro' en retacion- " i;; -;;;;rÍ"";;; ; :: :l{r '; i; jl l( :; i I d : it tfi : , r lr '',,.].{r
  • 20. j;: 1¿ lft 3^ d¿ adquisiciones, provisiones, necesidádes v. activiqaOes derivadas del rnismo, sin necesidad de mandato adicipnat Ogilb Partes. ,, , ?{.1B.Administrar el Seguro DeleEado de.ftlud, en et'rnarco de las leyes que rigen en el país. yqro, : , 24.19. Prestar servicios de educación én i t distritbs mineros de Bolívar y Porco, a través c LÁusu LA vtcÉs tMA eu tNrA. tconnedc tALtzAc tóN).- zit.'!. illapa S.A. se compromete a cor"n$rcializar los concentrados producidos por el CA-MBFcon prioridad a las plarltás rfre fundición estatales de minerales instaladas o por instalarse en Bolivia, en igualés o mejore$ oondiciones para el CA-iUlBpque el mercado intemacional. fl . ; t: : 25.2. l-a Comercialización de concentrafros der minbrales es de responsabilidad de lllapa S.A. y está referidara la vér$a de tbda ¡Clase de minerales y metales, y/o concentrados incluyendo todos aqu&los mineraies-y metales que reporten un valor económico para el ,CA-MBP.lllaHÉ S.A.: conldróializará lá producción en el mercado inJernacional con aquellás empresas que ofrezcan mejores precios, términos y condiciones a largo plaz$incluyendo fó,rmas de pago,y que demuestren solidez y capacidad financiera y cofhercial;en base a indicadores internacionales como ser: calificaciÓn de riesgo con grado de inversión a largo plazo, que cotice en una Bolsa de Valores y preseqlte estados,fiñancieros a'Jditados y otros. La producción a comercializarse serála{'que se menciona con propósitos enunciativos y no limitativos: concentrados de ffotación de,zinclplata y de plomo/plata, indio, cadmio y otros que pudieran repreqÉ:ntar un valor'. pagable en los concentrados de flotación provenientes del CA-MBP, tanto en el mercado interno como en el mercado intemacional. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. (SU ,: :'i: :. a toN Y FtscALtzAC totJ).- 26.1. COMIBOL, como administrador&i usiva dé los intereses, bienes, acciones y derechos del Estado sobre los y y otros de las Minas Bolívar y ientob, insiaiaciones, bienes complementarios facultada para llevara cabb'reüi a su cuenta y riesgojde los asp jurÍdicos de las operacioneÉ i estacláusula. I ' ,litl 26.2. COMIBO¡- efectuará Ios traba;'b información al Operador antet frecuencia que no interfiera oi que si la informacién no se en .i4 Contratoi de acuerdo a los términos de inspección o solicitudes de y deberá efectuarlos con una del CA-MBP, sin perjuicio de inmediatamente o el personal ri i iii' de terceros contratados o de otra nTPOo idóneo¡ gegún la legislación vigente en el país. ;i ; ; 24.2A, Ejecutar directa o indirectamente ipq{servicios y}¡6s programasde Responsabilidad Social de COMIBOL e lllapa S,.A.eh,1fus Minás BblÍ"var y Porco, a través de terceros contratados o de otro modo idéqeq, $egún la legislación vigente en el país. ?4.21. Obtener excepcionalmente financ,iqqriento para ct¡brir loJ costos de operación del Contrato, con cargo al Flujo de Qaj.a Neto, con la aprobaciónexpresa del Directorio. . ,'i lil 2t1.22. Todas las inherentes y requeridás p#ia el cumplimiento del cA-MBp. co, aportados al CA-MBP, está plenamente s e inspeóciones a través de sus inspectores, contabledi flnancieros, técnicos, comerciales y ique ilas táreas are disponible
  • 21. I,' i rl, ¡!, ¡f ;ii i '¡xi ;1, I Iii 'a' 't' encargado no se encontrare :n esedmg*",n1g,:tbs funcionarios de GQMIBGL dejen un requerimiento escrito para la s,igüente visita:r I ?6.3. COMIBOL designará personal. neófriar¡o en calidad de fiscalizadores para que de rnanera directa y continua realicen p'l control err los siguientei ,rátro niveles: mina, ingenio, contabitidad y venta-$glcfi,ncentradoe: de *]n*aÉ;,;; que interfiera o perjudique las tareas del QA:MBF,$hi qr"¡sign{fique co"omlnistrácion det contrato de Asociación o derecho o9.vej{j dg lgs ágcisiones o acciones del operador amparadasenlaseStipulacionesdq[,,esteContráto 26'4'' Toda información que sea requeri$a por colvltBol para realizar sus tareas de revisión e inspección o patu, oot'pofter'informáéi¿in del Contrato oe Asociación, el Operador debe proporcionar, ,.q g¡eAuerimiento .de presidencia Ejecutiva de coMlBoL, de modo que todo ¡9Qq$rimjento al;operador ráu ""n-trutizado y no sea repetido, salvo cuando sea * incürnplido, siri rnecesidad de procesamiento o elaboración especial i ,, 26's' El Operado¡ está en la obligación de atender l'ós pedidos de COMIBOL, realizados conforme al numeralanterior, en, unfplazo máximo de 1s días calendario a partir de la fecha en que le sean formulados,por escríto poi É pi"rü;;.i"';" comibol. CLÁUS [JLA VIG ÉSIMA S ÉPTIMA. (RÉGHüIEN IMPOSIT¡VO).- 27'1' como los contratos de Asocilbiiy$o tienJn pirs;;A jurídica y por consiguiente no cuentan con núniero de NlT, dl ftatamiénto {ributario r;;;;aárá de la siguiente manera: ' ' ," ,il '{ , a) Las obligaciones.tributarias unilca$¡ a 1closih qúe dé tugar ei presente contrato, sean por concepto de lVA, IT, Regplías, RC- tVA y otras, t"n"ran ser pagadas del Flujo de Caja Neto del CA-MBp.' j't , ; b) Los impuestos. q-ue grav"n 1 lb$ partes pir fas utiridades generadas por las operaciones del CA-MBP, serán $hgados pbr' cáoa una de elrJs en la proporción que corresponda. ' : ',ii ' c) Illapa s.A'g-estionará por cuenta d'é CA-MBP,'al servicio de lmpuestos Nacionales los CEDEIM's o instrumentos simi$ares que áe bmitan *n "i r,itrro, por el crédito fiscal del lvA (lmpuesto al valor A$regadó), así como el GA (Gravamen Aduanero) generado por las compras de equifios, máteriale.s, insumor, i*pi*utos, servicios y otros que se efectúen durante la vigencia :del presente'coniráto, mientras se mantenga la vigencia de ra¡ ,diqposigio¡es.ra,ue asi ro ñmi¿, Los montos recuperados serán destinados a[,F$rlo de paja,Nilto delcA-llliBp. d) Los sastor p9r. boleras de garan$h u otroé i:rgtirrrár1;; ;;;;"nres necesarios para conseguir la devolucíon oellffdito fiscaf 'sérán cubiertos coí el Flujo de Caja Neto del CA-MBp. cr-Áti$ulA vlGÉstMA ocrAva:.1b4¡j{Nces v Ésraoos FrNANcrERos DEL cA- MBP,.- ti! I , , 2B'1' Los estados financieros del cA-[üÉf seráh et+lrqrados por iltapa $.A. de acuerdo a normas d" ?:ti?'li11q vlgente,g.;o$ Botivia, ylberán prá."ni"io.-ar pirectorio para su aprobación debidamente aúditaüos dentroráe;los ñoventa (90) áías siguientás al término de ra gestión anuar *i{W resp;ectiva.r Áá"Ááu,'¡üpí é Á. ,j'lil;-;; ejemptares de tates]Estados,FJnü]n$ero, I cdrv¡boi. --' '¡¡rs's v ii : 'i:' f , i," I i {,r; : , ," ii., tt, r lil , ,, riE-
  • 22. ;r Ef AU t': i ll t. !.. l, j cLÁusuLA vrcÉsrMA NovENt (cFgi&,¡ ?E DEREqHos y oBLrGAcroNES).- 29'1' Las Partes no podrán cedei, 1ra¡i{nitir o detegár r* a"*JáJi onrigaciones a terceros originados en el prese¡rtq $ontrato, salío uru*roo "ñ;'r" suscrito por las mismas. l ,l, ,,i 29'2' sinchiwayra s'A' celebrará,' cu{ndo sea legalmente necesario, Ios actos, cjocumentot:,?"r?rdos y contrarto: qire pu*it"n que lilapa S.A. continúe ejerciendo los mismos berechos y cumpliendoic-on rá. ri.rus obligaciones que esa sociedad tenía con terceros en vigencia delcontrato de. Riesgó c.Áp",iido Bolívar y el :"":j::l:j"- 11::_tTl1?j:.f ?,':?, l?t" pirriüi r" ,""Iii;¿; ;; las actividades y operaciones de este contrato de Assciación. En los casos en que no sea ;ffi;;d lllapa $'A' continrfll gruttiendg tafps derectrog y trrnpl¡unoo con las obligaciones, conforme a ley y a los documentos d.n qre su oüiginen. ' ''ll j' sl c¡-ÁL,suLA TrucÉstMA. (REsERVA) _ ,rl, . r 30"'l' Los conoc'l:llot tecnológicos ü..&cn¡cos, tobjs'ecretos industriales y comerciates que pertenezcan o sean desqrrgllfipos pcir cuhlquiera de las pnriur, así como la información relacionada. a tas ope.fthclo¡res deJ pr"ruit" contrato, nb fooran ser divulgados a ningyl, tercero; ¡irflado(o a Pn'1 tercero púbrico que no tenga competencia para pedir esa info¡'rn'i{cion) que no psté relacionado coñtractualmente -111t^ ",!:tTiol"s del contrato,'Bifl antes'"onf"i con el consentimiento escrito de todas las Partes, para evitar operaciones del Contrato; , . . 30.2. Fl consentimiento requerido ibe aplicará a la comunicación de: a) La información que rícitanre,r-rté ,Sya atcanzéob oominio público.
  • 23. .t I ,.r i,! I t ;*, li i: '. ün . it s b) La información que requierq und autoridad competente, en los límites de ese requerimiento y siempre querexi$era disposición legal que lo sustente conforme a las leyes bolivianas. .il : - 30'3- Las disposiciones de estacláusula $b aplicarán durante la vigencia del plazo de este Contrato y sobrevivirán a la r¡ig$ncia oe esié -pu..,n"" (sj;;. riliiientes a ta esre uonrraTo y soorevtvlran a ta ylgffincia cle éste por ci terminación, por cualquier causa, de{jpresente G,bntrato. ': il¡' 't i c !-Áu$ u LA TRrc És rMA p RIME RA.r tso,rrt#c r o N, DE $ óNTRovE RS rAs).- El Régimen de solución de óontroversias, dF sujetárá aitob sigui"nt*u pr*edimientos: 31.1. Reuniones extraordínarias,: En ta e$ntúali$ad de proiucirse y rántenerse alguna discrepancia entre las Partes, eñ felación con este Contraio, cualquiera dJ las Partes podrá.convocar a u.na reunlórf extraordin,Aria de las Partes. Si la discrepancia no se resuelve en:esa i:nstancia,,ifa controversia será elevada a los máximos ejecutivos de cada parte, quienes, pndrán un plazo máximo de noventa (g0) días calendario para tomar una decisión.i: : ! : 31'2' En caso de no Ilg,gSL*""Un-"-e-g*gJa*;i cualquieret de las partes podrá atenerse a to esrabtecido en etffiffiffii,T,:Hif¡.,ftTiffffiH, rd¡presente cráusuta. , ' . 31.3. Peritaje Técnico: En coniioüeisiástdbnlcas, los representantes legales de las partes podrán acordar recurrir a . dictflmenes periciales elaboraios por peritos independientes en la materia ddi la contróvérsia suscitada, para encontrar elementos que les permitan resolveS,la controvgrsia técnica, on;áió de la pericia. 3'1.4. En consecuencia las partes deicon{ün acuerdójrécurrirán a péritaje independiente. l-os representantes legales deJlaoftartes fijará"niel objeto del diáamen pericial, y establecerán los pasos y. prqcedithientos a ibeir'implementados por el peritajá independiente. y ,i,¡*r i:r l 31.5. Los honorarios y gastos:del iperffa;e indeper{ente serán cubiertos en partes iguales. El dictamen pericial norseráivinculante para las partes. 31.6. Arbitraje: Cualquier controversia, respecto o Gon relación a este Contrato. que no pueda ser resuelta conforme al procedimiento establecido en el tr_ixdtrdldp*tr anterior, será resuelta mediante arpitraje de conformidad con lo estáOiáóidffi;-i; l-ey No 1770; de 10 de marzo de ltgg7, de Arbitraje y Conciliación. El númer:o de árbitros será de tres (3), uno (1) nonqbrado por COMIBOL, otro nombrado por iltapá S.A. y el tercero a ser designado pltr los dos (2) árbitros nombrados a¡teiiormenie, con el consentimiento de las parte$ien controversia, debiendo recaer en un árbitro imparcial, que no podrá tener lá na{ionarid?d dé riinguna de las partes. 31.7. Si el tercer árbitro no es nombi:atb dentio dé urr-periodo de iesenta (60) días, computados a partirdel nombram'ieÉfto del segu'ndo árbitro, o si alguna de ias'partes no nombra un árbitro, entonceq ,flicho árbitÉé ;será nombrado de acuerdo a lo J;^^,,^^Á^ ^- ^r ñ---r.---- ^^,ri Lt .; : dispuesto en el Reglamento CCliüL& se especi,flcá en líneas siguientes. 31.8. La sede del arbitraje será en laiciirciad de l-a Paz: Las leyes apiicables serán las del Estado Plurinacional de Bolivia. Ql frrbitraje se flevará acabo de conformidad con el Procedimiento y Reglamento de Arlhitraje de lá Cámara de Comercio Internacional (ccl). i . " 31.9. El idioma del arbitraje será el espa 31.10. Renuncia a la vía Diplomática: formülar
  • 24. c3 'i. l tt. . ,t:. ! I ,L :i !i. t '¡ | : cLÁu$ uLA rruGÉsrMA sEGU NDA. lnnfurecqróN -DEL MEDro AMBTENTE).- 32.1' Las actividades del cA-MBP seián fi'batizadas p"rlüüié:Á.';ffimptimiento de ta , legislación ambientalvigente. , ,ir : ,i ,i 32'2' La gestión ambiental ie:las opqr+üion".,pr"virias en el presente contratb, así como las mitigaciones descrita$l $n tos Manffidsto. nmni"nües oe las Minas Bolívar y porco, y sus 'actualida$iones ;están iOeterminaOlr -"n las Auditorias Ambientales de Linea Base. : ¡ , .t 32'3' coMlBoL en e!.. rnarc,o, lde sus fiiorp*tencüs, realizará todos los actos de cooperaciÓn que lllapa S.A. le soliifte, para qu'e ei cR-n¡ge pueoá cumplir con las previsiones de estactáusula. En casfi que talei actos implicasen un costo, éste será pagado con recursos del Flujo de Cá!ia'Neto. , I 32'4' lllapa s.A. se compromete á,cuniplli "qr. r]1 se¡alado en et segundo parágrafo det Artícuto 347 de ra constitucion poritióa der Estaüo. CLÁUSULA TRGÉSIMA TERCERA. (EXTINCION DEL CONTRATO).. 33.1. El presente Contrato extinguirá porbualquiera de lu, .üuiániu-"'turrul"., a) Acuerdo expreso y escrito de partes. : b) Vencimiento del plazo. ,i , c) i) Demora en el pago de lllapafs-A. a colrvl¡eoL de su participación en las utilidades Netas antes de lmpu$stos, en et'¡ilazo y condifiones prev¡stos en dos meses en el pago a:C discontinuas en una mismá este Contrato, por^más,d:,:dg*:# m,esej cohiinuos desde ta fecha.en la que 1:!"_l: l"_"lizarse el pagglg_$ffirOo a,ests Gontrato, o; ii) demora por más de q.o a este- G-ontrato, o; ii) demora por más de .*R*lQr art'tiC.ipos autorizador por. "I Directorio conforme a ra cráu",r"ffi#*ffffiH_ffiil* de iesie c*ir"t",-;; "J;-"';;"ionu* .. i ¡:; :í jl ,: r'í ,* ursuuf il.rnL¡as en u1? T,,r*u gestrpn,anual mi¡era. En ambos casos, sin perjuicio i-^ lT" : : I 1 :^o ny",1i d as p a ra- e l$ie t ra s o d e r p a s o. d) Declaratoria de quiebra, diséluiFión o'liquibJÉión oe lllapa s.A., siempre y cuando la causal de quiebraiseadeclarada con sentenciá e;LcuóriaOa. cLÁL!sULATruGÉslMAcUARTA,(Llat¡illDAcloN);l, 34'1'Sinperjuiciodelosacuerdos.coni"nidosen.l"lWdeeste contrato respecto a biénes y aqtivos, _unalve)*ffiüli?jffié contrato, se distribuirá er dinero remanente'er,t'ftre coMrBbL ,e ilraf,a s.n., contár,.n* u ,, participaciÓn en este Contrato (55S/45%)t despgés de pagar los pasivos cje toda índole inclttvencln lnc ennialao i,S^nt;^-^¡^^^^ i^-'-,---,-- índole,. incluyendo- l9_t_sociales v$,ontigugiongi briginadaé en las actividades y operaciones del CA-MBp, inclúyén,ffo aderhás jr a) los pasivos por ros :on{,ulg"#.erebradosi pbr ilrapa s.A. para-operaciones relacionadas con este: Contrffito lEstos rúliimos podrán continúar siendo cumplidos por coMlBoL, sátW que decidailo cóntrario, sin responsabilidad para ltlapa S.A. o para COMtSblj; i1- para iltapa ri.A. o para COMIWL); ,:l i b) los pagos u lT l:1,"_., qre: qton pgnoiánies conforme ar numerar 8.6. y siguientes de este Contrato.: , ', ill : :; I brguteilles ae esle uontrato.' ii] c del dinero remanente, e1..rj $roporción qure corresponda a coMlBoL, el operador descontará Syfom{ticarfiente t r"ái¿;;"u .u favor ros f T,ffi "I$ilq,t-;'"*';";;;ffi ""';"ilr"ñ¿Iih1fu:*láiiü1;*mfa?i9¿iati{üf; Q.¿:cjma, ártA s¡ ese remanEntb fto fueg sút¡clentEltblüid"óI-üütüX pasar a
  • 25. il.' ¡ .1 l¡ )' I i¡ {l ..extinguido el contrato por cualqúier {pusa. : $#i3''$*:,lodos los gastos de liquidación serq¡ imputados á: i) en primer lugara los fondos que aún tenga, originadosien:el Ffuj$Oe Caja Néto, el Contrato de"Asociación o; ii) en segundo lugar,. sii el Contrato .d$ Asociación fio tuviere recursos o ya no se pudiera disponer 'de ellos, :serqh |ftagadós ppr, coMlBoL e lpapa -s.A.,, en p.rgqolgión a su participación ;en 4il Conüato.I conforme u "ff "|áf¿_*_ll ,:dffii'*"á 9,c]a.vq; ,, , 34.4. Los fondos provenientes de la liquiclgción será.n¡aplicados, distribuidos, apropiados o destinados para el pago de los pabivos originádos en operaciones del CA_MBp, de modo que los bienes de las P,artes que se encuentren gravados, queden lllapa S.A. el saldo adeudadoren ur1¡{;iplazo rnáx'imb de g0 días desde la fecha de extinción de este Contrato. i | üi . ; i 34.5. Los bienes, activos e inversionesl idadosi:en bienes quedarán en propiedad 34'2. La liquidación deberá realizarse.,d$ la siguierite' forma: COMIBOL elllapaS.A. nombrarán tres (3) liquidailores bd$ cada partb, dentro Oe treinta (30) días de üil;,'r;;;;;;;,ffi;: pasivos y obligaciones como s€ i,há señatado en el ffi,ffiffimffi,Tffi serán distribuidós a cbrv¡lBol elLL+qh p.Á. o* .oüiqtriJao a su participación en et presente Contrato, según la cláüs'Ul{"décima ootprja. 34.6. Los conocimientos tecnológidos¡ Jr técnibos;., lQs procedimientos industriales, marcas y otros que pertenezcian a, cada Parte {permanecerán en propiedad de cada una de ellas, lpudiendo rlog tonocimientbd- tecnológicos y técnióos, y los ¡:rocedimientos industriales ser qfilftados por QOnnteOl, -qu* téndrá deieclro de uso gratuito,_exclusivamente'para'la$Minas'Bolitar y Porco, sin costo alguno. 34-7. COMlBOLelllapa S.A. se mantendrán respo¡sables del .cumplimiento de las obligaciones sociales, laboralet, dE,seguridad pocial, tributarias y otras similares originadas en vigencia de este bontrato y en relación a tL* operaciones, debiendo, en su caso, sufragar Ay]has los gas-tob y costos de su defensa y/o de los pagos que correspondan, confcirme a sus pahicipaciones (SS%|4S%) eá este Contrato. El mismo. principio se á,plicará a cualquier reclamación de terceros emergente de contratos o respond;$bilidades originadas en Ia ejecución de este Contrato, que no sean consecuendta del dolo o culpa grave, próbados, de lllapa ue u(JrvuE LrL, srempre que ?q nFw¡n etectuado los pagos que coMlBoL debe realizar a favor de lllapa S.A. cqnfqrftie al numeral 35.1 . Los conocimientos tecnológidos¡ Jr técnibos;,. lQs procedimientos industriales, Las rarles cereDrafan,,,sf luera necesana, una adenda en que consten las estipulaciones adicicffiates que las partes convencan y ceban ser añadidas. La vigencia ihtegra' de - este contrato no será afectada r 't ' '[l i l ,:t I ,i ti ,) j i ,: 'i j1. : ':',t .:, i.t .{ , ,j i :| ii c LÁus u LA TRtcÉs tMA eutNT,A. (ADEeuAc lów).:-i 35.1. Este contrato.será adecuado b laffiiueva Leyiile Minería o Código Minero y sus s.A. ;ü i ;r i reglamentos (en conjunto, la i'Nüdfua lación") que sean promulgados, si Ia Nueva Legislación así lordispone b.'La adecuacién se sujetará a las reglas que constan,en estacláü$r$, que: las':Fartes se obligan a observar y la adenda que al efecto se firmq,. fii fuera nebdbar¡a, deberá ser remitida á la Asamblea Leg islativa P I u rinaciorl irt ffpara su apr:obación. 35.2. Para efectos de la adecuaciónieüerffiual ddl*.tecbntrato a la Nueva Legislación:. a) Las Partes celebrarán,"sf'fuera.necesaria, una adenda en que consten
  • 26. f' f-r l:i i: , f i, ,',,. ,L t'i. ". tí f '*i ir'$ .i ;!i b) c) d) e) ,1 mientras esa adendq no {qr celebradaivoluntariamente y aprobada por la Asamblea Legislativq $lurinaciona,l. Este contrato mántendrá plena vigencia en todo lo qué bsa adendaino modifique expresamente, una vez aprobada por laAsan$lea Legisla,tiva plurinacional; salvo acuerdo en contrdio de ias ffa.rtes, la adecuación a la Nueva Legíslaciórr no podrá regtr{irgir, reducif, l{mitar o afectar: i) Ios :derechos y oSoaciones dei las partes contenidos en este Contrato; ,,'."', 1 i: ii) 'las prestaciones a ftue cada u,na.de ellas tiene derecho conforme aesteContratoy i : ., iii) el plazo de este Co,fitrato. : t l: La Nueva Legislación, egnforme a la parte inicial del Art. 123 de la Constitución Política.del Estado, tendrá efectos sólo para Io venidero y no tendrá efecto retroactivo, sin que pueda, por elio, afectar a está contrato, ,salvo por las'adecuaciqnes que 'las partes convengan libremente. : i ,, i Las Partes deberán realidár los actos,necesarios para que este Contrato cumpla con los registro$,y formalída_des adic¡onales que disponga Ia Nueva Legislación, ápqn#s entró eri:;vigencia, observando lo senálado en estenuimeral,. si qpÍ,c{fse. Ld obtrigaó¡¿n de realizar tares actos no significará que este ilon$ato quedq iin efecto, "n ,rrp"nso o que su vali_dez y vigencia írltegrft sea'afectada, mientr"r "*, actos no sean realizados. , ' i, il , ,i I Para la estabilidad de la$ operaciorlósly actividades mineras a que se refiere este contrqto y ¡qára asegurar lá inversión comprometida en el Anexo3, todos los rjn¡uevos : costos, obrigaciones patrimoniares, pecuniarias o pagos que_, en virtudi d;ei la Nüeva Legislación cebierá hacer la operadora,, porr¡actos u operaciones relacionados con este contrato, o que fa afeclqhen patrimoniármente directa o indireqtamente, serán pagados co1 9r Ftnro de'1caja Neto, u¡n "áigá o costo para ras Partes de esteContrato. ¡i . : Para cumplir con lo señalado en.,el inciso anterior, la operadora realizará los pagos. a$gigo_s : conforme a la Nueva Legislación, difeCtamgnte COn fOndosf del Contratn do AcnnianiÁn cin nana^i¡^,.¡ r^ drrectamente con fondosldel contrato de Asociación, sin necesidad de a utorizaci ón ad ici on al, rba$ta n do .está iestip u lació n m niractu at. s) h) Si hubiera diferenciab tj &ntrovérsiá& enin costo, obli$ación o pagoffistán alcariiaUos , ¡l :rsia$ dntre las Partes respecto de si un e), serán sométidas' pé-r,f$ualq rzados por lo convenido en el inciso üe las Partes a los oroceclimienfns los procedimientos estiputados enr ira ; óiaffisura $ñi,iffi_ffiffiffid.ffitr, de sorucíón de COntrOVefSiaS.',rrll{ :ilii-*--*--***- . ,. tl : .¡ | :nlrgúl caso la ekistgcia de:diferencias suspenderá o impedirá que la operadora cumpfa ;q*n lo sbnaldoo en el inciso f,), confbrm" ..t¿ convenido. Los árbitros bstán limpeuióos de oroenur. la suspensión o impedir. elicumplimie¡tg {ue to conveniub en Lrt".ür.ria, como parle del convenio'arbitral qúe'c$|nsta gn e$tg contrato. Las partes,, asumen idéntica obtisación t $.f{t,f" rrLp*.;ü; ;-^p*.ñ, ;ü;pñ;;; de lo convenido en estgr$meral. . i '',.] { l" .,} , ,,+fih .i - I ¡q :l ,n. :) i ¡-t 1 q ': ll, .', i
  • 27. i,l 'rril tll B$ ;i i) 1 .l,lr' , I l ', l.ii'j ,i : 'f Si se suscita una conifoüersia entrei las partes por lo obrado por la Operadora de acuerdo ál Íñciso f), y füera finalmenie resuelta aifavor de coMlBoL mediante láuffo arbitral;,definitivo, la operadora á"n"iá asumir el costo, obligacióriio pago y resarcir conforme el iaudo deiinitivo determine, por los pagos ribalizados, cbn un interés equivalente a la tasa LIBOR más 0.5 o/o anual, d'computarse desde la fecha en que se usaron los fondos dellcontrajo fipara ese :firi y hasta la fecha en que se restituyan conforme señaüp el laudo:arbiiral. Ese resarcimiento deberá ser, pagado pof la operaflora, en el,plazo máximo de s días desde la fecha en que sea'emitidb }it taudo defiiiitivo. Los tributos qus de mdpo generai"s"éan dispuestos conforme a Ia Constitución Política del Estado por el Estado Plurinacional de Bolivia en normas distintas de Ia Nueva Legislación no están comprendidos en lo acordado en estacláusqla. Tampoco lo están las regalías actuales y las que apruebe la Nueva,l-dgislación, lasicuales serái pagadas en tódos los casos con recursgs qe{Contrato de Asociación. k) Los pagosrrealizadosjn{'r$lapa g.n.,iumptiendo este Contrato no serán objeto de obieciól t ffirgnación ,'de, ninguna de las partee, ni, Jel Directorio o el Consejo i{f,nico. ., e LÁu$utA rRrcÉsrMA sEXrn. 1r*ruv$ióñ v rnÁñsrcrér,r¡.. 36'1. Este Contrato de Asociación tienp$ntre sus qfecror y "*iin.ión, desde la Fecha Efectiva, der contrato de gigs$"o compaqiioo Bárív;; t- ;"' contrato de Arrendamiento porco. 36.2. sinchiWaytu -s.Á.--op"ru actualliente, por, tt, contratos referidos en el numeralanterior, las Minas Bolívarlü porco. ', 36'3. A partir de la Fecha Efectiva, se rb{izará la tr{hsiciOn oe operadores de las Minas Bolívar y Porco, de sinchiwayra i$,A a lllapg p n y oá opuá.iones de esas Minas, antes sujetas á, los Coritratos de'Rié-sgo 'CompártiAo Bolívar y de Arrendamiento Porco. Tal transiciórttendrá una duráción máiima de 12 meses (en adelante el "Período' de Transición,')J 36.4' Durante el Período de Transición,,SinchiWpyraS.A. elllapa S.A. llevarán a cabo las activldades, actos, diligencias tr31$9s, regiétroi,.acueráos y otros que consideren necesarios para que, dentro del p@'ríodo de Trf.aQsición, Illapa S.A. pase a operar plenamente las operaciones oe épS Contrato de,Asociac¡On. cOmlBOL r"ealizará, a pedido de.cualquiera dé ellaS, lib$actos Que,belan necesarios páru .ooperar con esa transición, en lo que le compétH :i , 36.5. lllapa S.A. asumirá gradualnier-f{e, dentro 'd.bl período de Transición sus obligaciones, responsabilidader,. a"$imis*o ejercerá sus derechos y obligaciones originadas en este Contiato. . a; *fr 'r :' ni 36.6. Además de informar por escrito nlsnsualmentF al Directorio sobre el avance del Período de Transición, cada resporisabilidad, cJbfigación, derecho o atribución que lllapa $.A. asuma durante el Pefí&o de franbiéón seÉ infor.mada por escrito al Directorio del Contrato de Asociii$rn por:llla$aS.A. y/oSinchiWayra S.A. (según corresponda por la mina que se iteEfe) , i i 36.7. Una vez informado'el Directorio'p!Ér escrito, conforme se estipula en el numeral anterior, resp-ecto de una respohsabilidad,': obligación, derecho o atribución asumido por lllapa S.A., esta,sejf{lla única rQsponsable del debido cumplimiento : ij f,L : .),(. r;{ ; t ¡,i if i |
  • 28. en estenumeral. '. .. - .l ,r" tl l, ri li 36.8. Durante el Período de.Transicioñ, itasta dl molmento en que lllapa S.A. pase a operar plenamente- las opbr,q,cpnes oe li:e$te Conirato O" Asoóiación, SinchiWaytuP.+. ejeicerá'las atriÜu{$ongs ? derbéhos, así como las obligaciones y responsabilidades que este Coritr#o de Asoójación asigna a lllapa 5.R. "o¡¡ó Operador. ; lt 36.9. S;nchiWaytuP t entregará a lllap4 S.A., con:pa,rticipación de COMIBOL, dentro del PerÍodo de Transición y mediante acta,notarial, los activos, inventario y bienes de las Minas que estén bajb su,responsabiiidad,y corresponoan a este Contrato de Asociación ' ;, ; ,, ''{, t' l, 'ili ,tr t,' :i'q ,ll¡ , ., I r;lü 36.10. lllapa S.A. se obtigá a r:espetár i dentro del Periodo de.Transiolifn¡,rS convenioscólectivos vi sinchiwayras.A. con ros sindichtosffie ras rvrinqF borívar 36.1 1. lllapa S.A. se obtiga a respetdr ¡i qfrmptir fie convenios y acuerdos, las actas,'y tbdos los corrn : lr rfrl I ln.' i , fi.$fi ,ri !,$ ¡$l l$ ,T¡ ,vrrvEilru5 y duusr:o_s, ras aclas, y looos los cor,npromisos vigentes, acordados po SlNcHl WAYRA S.A. con las autoridades origiñarias comünidad", "uo'pusi;ras juntas de vecinos, gobiernos muhiffiipales, gobier.naciones v otras oroanizacinno. sociales y Organos del Estado I PLü¡i¡nacién-ali:oe Bolivar y Porco. ' li :,i l CLAUSULA rrucÉstMA sÉpTtMA. (CRÉDtrO r,lsónl- vA).- Bolívar, el crédito fisc-al..del tVn{(tmpuesto_;ai valor Agregado) así como el Gravamen Aduanero (Gl), gener$dos'por las "orpi"" de equipos, materiales, insumos, repuestos, servicios y qtr$s seÉn r".up"r"óos ae ra siíui iguiente forma: a) El crédito fiscal IVA y el ito _fiscal {"9A, correspondiente a periodos anteriores al 3ü S.A. del Señ S*W€l co en el Contrato de Compaftido BolíVar. b) Por los efectos retl?19t¡v?*^?ffi tienefiestéi óontrato de Asociación, el cródito fiscal IVA y el cÉdito fiscat.GA spondientes al periodo rornpr"Ádido enire el 1 de octubre 9q ?o'11,'jy#"h Féchai flfectivaf -serán reiuperados por SinchiWayra S.A. del ServifiiffCu lmpuedtci's Nacionales en Certificados de D.evotución rT!gll,.u-", lcrDÉr#{l v o¿ivuárto; "i-Fi;jo c" c";" Nero der cA-
  • 29. '{ i' .i¡ 37.2. 38.2. ¡ r¡uvqJvo ¡r¡rr¡erwD tt¡r crrEcl¡ue ¡aS lvllnaF trOllvaf y POfCO, dg mOdO qUgSe reflejen los mismos derechos y; $bligacioneii Que -contienen sus Contratos y convenios vigentes^a 11 tu:I".de qgscripción de. este Contrato de Asociación, y exclusivamente respecto a las áreas]descritas én el Anexos. Para la celebració1-de adenoa$ {,n.ygvos cohtratos o convenios (en conjunto, .acuerd"ors_);9n las. personas frd¡vidualesr y colectivas señaladas en el numeral.:lb-1,*,4(en conjunto, "las Heneficiariap'l); COMIBOL deberá aplicar las siguientesprevisiones: ' ,$ a) Los acuerdos p.:91?l efegtqJa$e ,sotame$te respecto de parajes y áreas descritos en er Anexos o resp'b{o ou ros qulp iilapá s.A.comuniór'* por escrito a coMlBoL oye n9 teno3.,gt$n*r d,e e¡pptub¡on durante ra vijencia der presente Contrato, ni tenga indtdaciones deisórvicio. b) Las actividade: Y: .*?11', flojeto ,1g" .e-dpt acuerdos deberán cumprir estrictamente con la legisldciór$frracior:ial, dp bspecial la legislacián amniental, laboral, minera, de higiene y sp$lrrioad industfiar y social. c) Las Beneficiarias se comprbr¡ehrán ante üOMlÉOl, por escrito, a no realizar trabajos en otras'áreas, exCeüJc{foor el árealqr,re se les asigne de las señaladas en el inciso a) anterior;j ;, fl¡ | ., r d) Las Beneficiarias,d,ebqrln gds$,,bnar s,ü lícénóia ambiental, su dispensación y permiso ambiental corréspondidhte pa¡'á corytihuar e iniciar las laboies mineras; . r, ,; l : :: i) i I .: .l ii ; ii :'
  • 30. ó5 ' !:1 ' .l 4 I r.l, i ',¡,7 1¡li. ' l¡' :' jft( i ii¿¡ e) j ;g .. ,ij Las Beneficiarias deberán celebrtr docnme¡gos de comprom¡sos vinculantes v legalmente ejecutabter .gl cOflJlteOL en tols que garanticán que ;ii;;;ñ á realizarse se ajustará estrictaméhte a ias dormas-vigentes del sectoiJe tas cooperativas Mineras y a estípuracionesrgúe reflejen' ro pi"uisü-en esta cláusula; I | ': d{ ii ', Las Beneficiarias',.deberán lSflqftn"r ante: tas Comunidades Originarias los permisos para realiz?r s.us a'Ctiv¡dhoes eln las-áreas que se les asigñen; Los socios, contratistas y obreró"i o empleEggs de ias Beneficiañas quedarán prohibidos de trans.itar por er 4f{p iloqliriar:dé rm rr¡in". BorÍvar y ror"o para acceder a sus paiajes y áreas:b{ trabajó, safvo autorización de lllápa s.A.; Las Beneficiarias deberán const(uir, por su cuenta, costo y riesgol ¡as vías de acceso a sus parajgg y árdas. de trabajo, sin atravesar lás áreás industriales desarrolladas por lllapa ,f .n., nur" ia ejecución de este contratá;sarvo autorización de lllapa S.A. i - 0 s) h) Cuando corresponda, las Benéfibiarias debe¡áh gestionar las autorizaciones de servidumbre de paso ante otras, as que'trabajen en la Mina respectiva y Comunidades Originarias, adenffis de ser f{g responsables de manten;;;;" ' j) Las Beneficiarias se compromeiierán pol" es"i¡to ;;;óéi,ññó;;;5 iuáiirul. sociedad con personas ajenas ajesas Cooperativas; evv¡vvuv vvrr ys¡DUr¡dro cuEild5 dlel'a5 uooperallvas; :,?::,?,i"-::-1 .:IJ,lt::: ggTffiromisos_.q fe ceiebren a los eréctos de esta :l:T:l:^ entre goMtpgt .u ,'# Beneficlárias, contendrán previsiones que aseguren el cumplimient'ot ;;;il,='i,-**ü,l,i.i'$"""J,.,:'1iÉ'JJ:ntendrán,:i:;''':l;,:,Ji.: obligatoriamente por. coMrPqL en los,ldcuerdos que celebre con las Beneficiarias, de,biendo constilr#$en eltos rail,obligáción o" las Beneficiarias de - cumplirineludiblementeesas:ohjfiqaciones t''-" CLAUSULA TRIGÉS|MA. NovENA (p6ú¡cllio v ñonr¡cectóN).- par:a todos tos fines de derecho emergentes de la e¡ei'úc$bn uet presbrit" "onti*ü'lás'íartes señalan sus dornicilios donde se .diligenci,aran ú y *tqo"ran uetioamente tooas'iás notificaciones, correspondencia y avisos, la CorporaciónlMinera de Bolivia COMIBóL Ñ. C"r"cho No. l1nf$".t lo."X:.",^l?I.?e: (z)?jsJ:!p t'erf.fe1 (z)26le1oo-L;p;;_borivia; Empresa p' caRpoRAcrol{' rqr{sno ÉE Bor_rvrA (coMrBor_) ' [ ,i ^. , t ¡1 '1. 1: ; lLLAP,q S.A^,: Av. Aniceto Arce No 22gg {-éq. Rose'io¡ crtierrez Edi¡cio M;ti;.il'T;; B, Pisc 2, casilla 4326 Telf . 2153399 - zi+qa+s - iqr-Áié6-1" p;;'áo¡ivia. Las partes están obligadas a comunicarse recíp, ro$amenqe toa,i ."r1¡o- *n*-lJi¡rucción de su domicilio; en caso de omisión subsistirá pff" válido qf ,Lgirir"do * ul'p*r"rtá¿"rt¡Jtol- GLÁusuLA cuADRAGÉslrr¡n: fc,oryffiRurDADi;- f l". representantes tng. Hécror Reynaldo córdova Eguívar Presidente- Secutivo od óorvlleol;; rina parte y por ta otraEduardo Enriq ue.capriles Teiada, eir ift nresentacioh de soGt ÉDAD rutN ERA tLLApA s'A', en representación de slNcHl WAvSns.A., Luís Felipe Hartmann Luzio y María de las Mercedes Carranza Aguayo, otor:géinFu contormioao y'r.uptu.ion'al-tenor integro de todas y cada una de las cláusulas cleltpp,esente' .oÁtrdto v r" ;blú; a su fiel y estricto cumplimiento. , I *i: {.¡ ' -'i,' : . I,lÍ : , i Usted señor Notario, se servirá agregjaifr$, demás cl¿juóulas de seguridad y estilo ' .[j j r; ' l'j ,r fi "r ir :#r . .l:f '[l rl
  • 31. I IY ir .1.$- LEGAL {$i s li " ;¡ f : ji ti i f$¡r, ri - t, i{ I :* -1 l .: .l i; ¡ t ;,i :I l ij ;üfi ri. J rtrj ;i I {,. ¡' it +, ',j : ,1/ :i ¿li :$fi