2. FINALIDAD:
Garantizar a niños, niñas y adolescentes su pleno y1098 DE 2006
LEY armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y la
comunidad.
En un ambiente:
De felicidad, amor y comprensión; en reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.
OBJETO:
Establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes
Garantizando:
El ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los Derechos Humanos, en la Constitución
Política y en las leyes.
Dicha garantía será obligación de:
La familia, la sociedad y el Estado.
3. Adolescente:
Niño: Persona Personas entre
entre los 0 a 12 12 a 18 años de
años de edad. edad.
Todas las
personas
menores de
18 años de
edad.
Sujetos titulares de Derechos
(Articulo No. 3)
4. El Código del menor
reconoce situaciones de
riesgo, mientras que la ley
de infancia reconoce
derechos generales y
actuales.
Los niños y adolescentes Busca que los
delictivos NO serán juzgados adolescentes que
como adultos y si se requiere cometan delitos
una medida de privación de respondan ante procesos
libertad, esta solo podrá ser de judiciales, que respeten
hasta 5 años y deberá cumplirse todas las garantías
en centros especializados del propias del debido
Instituto Colombiano de proceso y del derecho de
Bienestar Familiar. defensa.
Los niños y adolescentes
son el sector mas
vulnerable de la población
Colombiana (homicidio,
suicidio, maltrato infantil,
violencia sexual, abandono,
desplazamiento)
5. Concurrencia de acciones y
actores que conducen a
garantizar el ejercicio de los
derechos de niños y
adolescentes.
Aplica en la relación que se
establece entre todos los
CORRESPONSABILIDAD sectores e instituciones del
Estado
La familia, la sociedad y el
Estado principales actores en
la atención, cuidado y
protección de los niños y
adolescentes.
6. Derecho a la Derechos de Derecho a la
vida, a la calidad protección identidad
de vida y a un
ambiente sano
Derecho a la
integridad Derecho a la
personal libertad y seguridad Derecho a la salud
personal
Derecho de Derecho a tener una
Rehabilitación y la familia y a no ser Derecho la
Resocialización separado de ella Educación
7. De la Familia: De la Sociedad: Del Estado:
Responder con acciones de
Protección de su dignidad y protección ante situaciones Promover la convivencia pacifica
su integridad personal. de amenaza. en el orden familiar y social.
Denunciar por cualquier
medio los delitos que Formar a los niños, adolescentes
Participación en espacios
vulneren los derechos de y sus familias en la cultura del
democráticos
infancia y adolescencia respeto
Formación, orientación y Participar en la
estimulación en el ejercicio formulación, gestión, seguimi
de sus derechos. ento y control de las políticas
públicas relacionadas con la
infancia y adolescencia
Condiciones optimas de
nutrición, salud, desarrollo
físico, motor e intelectual. Colaborar con las autoridades
en la aplicación de las
disposiciones de la presente
ley.
Promover el ejercicio
responsable de los derechos
sexuales y reproductivos.
8. • Evitar la discriminación por • Organizar programas
raza, sexo, religión o de nivelación para los
condición económica. niños que presenten
• Respetar la dignidad de los dificultades.
miembros de la comunidad • Establecer programas
educativa. de orientación
psicológica y
pedagógica.
Facilitar el acceso de
Brindar una
niños y adolescentes
educación pertinente
al sistema educativo
y de calidad.
y su permanencia.
Estimular las
manifestaciones
Abrir espacios de
culturales y
comunicación con los
promover su
• Organizar actividades que padres de familia.
producción artística
conduzcan al respeto y y tecnológica. • Fomentar el estudio de
conservación del patrimonio idiomas nacionales y
cultural y ambiental. extranjeros.
• Organizar actividades • Garantizar la utilización
extracurriculares para de los medios
fomentar la expresión y el tecnológicos de acceso.
conocimiento.
9. Comprobar la inscripción Comprobar la afiliación de los estudiantes al
Garantizar el pleno respeto a la vida e
integridad física y moral dentro de la
régimen de salud.
de Identidad (R.C/T.I) convivencia escolar.
Coordinar los apoyos
pedagógicos y
terapéuticos para el Orientar a la comunidad educativa en salud
sexual y reproductiva.
Prevenir el tráfico y consumo de sustancias
psicoactivas.
acceso e integración del
niño con discapacidad.
Proteger contra toda
forma de agresión física Detectar oportunamente casos de
o psicológica por parte malnutrición, maltrato, explotación, entre
otros.
Reportar a las autoridades situaciones de
abuso, maltrato o trabajo infantil detectadas.
de compañeros o
profesores.
10. Articulo 45: “Los directores y educadores de los centros públicos o
privados de educación formal y no formal, no podrán imponer
sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los
estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que afecten su dignidad”
11. CONSTITUCIONAL: Rango
Superior. Artículo 44 de la
Constitución Política: Los derechos
de los niños prevalecen sobre los
derechos de los demás
ADMINISTRATIVO. Y
DISCIPLINARIO: Sanciones
CIVIL: (daños y perjuicios)
PENAL: frente al
Código Penal y la ley
1098 de 2006
La responsabilidad
frente al cuidado y
protección de los
menores de edad:
niños y
adolescentes, tiene
un alcance a nivel:
“El desconocimiento de la ley, NO exime de su cumplimiento ni
de las responsabilidades”.