2. INTRODUCCIÓN
Es importante estudiar cuidadosamente la conducta del
hombre, de este comportamiento que se desprenden
explicaciones en relación a determinados modos de proceder
del individuo en una colectividad.
Siendo necesario que las Escuelas Jurídico Penales, aporten
doctrinas para lograr explicar en torno a las conductas del
hombre, los términos causal - explicativas, normativas y
aplicativas.
3. En cuanto al estudio de la criminología, hay que establecer que
mientras el jurista estudia detenidamente los presupuestos jurídicos
del delito, el criminólogo centra su atención en la conducta delictiva,
ya que esta puede manifestar o exteriorizar la personalidad del
autor de la acción delictiva.
Es de vital importancia la conducta del sujeto, que lleva inmersos
aspectos culturales, que da paso a la formación de valoraciones
éticas atendiendo al lugar y época en que ha vivido el sujeto.
4. ¿Qué es la Criminología?
La palabra Criminología deriva del latín criminis y del
griego logos, que significa el tratado o estudio del
crimen y el delito- delincuente.
Quintanilla Saldaña en el año 1.929 la define como la
ciencia del crimen o estudio científico de la
criminalidad, sus causas y medios para combatirla
5. La criminología es una ciencia interdisciplinaria, en donde el
delito es el punto de partida de la investigación, más no el
objeto de la misma.
Esta ciencia cada día abarca más campos de estudio, desde
las que provocan el delito, si no además los modos delictivos
que pueden ir desde un pleito callejero hasta las más
sofisticadas formas de fraude, las cualidades físicas y
psíquicas del sujeto en relación con el medio social en el que
vive.
6. LA CONDUCTA ANTISOCIAL Y EL DELITO
son conceptos diferentes, y no puede asimilarse la interpretación del
crimen con la del delito jurídico. Las consideraciones judiciales en
relación con un delito pueden ser de gran interés para el criminólogo,
pero no debe guiarse sólo por ellas. Debe tener en cuenta, además,
que muchas conductas antisociales no están tipificadas penalmente, y
no por ello el criminólogo debe dejar de analizarlas.
Por lo tanto, desde una óptica puramente penal, el delito es la acción
(u omisión), típica (recogida en el Código Penal), antijurídica (contraria
a la legalidad del Derecho establecido), culpable (responsabilidad
demostrada mediante dolo o imprudencia) y derivado de todo lo
anterior punible (sancionable y merecedor del castigo penal).
7. LA CRIMINOLOGÍA COMO CIENCIA
EMPÍRICA E INTERDISCIPLINARIA
Por su naturaleza, la Criminología es una ciencia Causal-Explicativa, Empírica e
Interdisciplinaria, cruzada por ciencias distintas y fundamentalmente por la Biología
Criminal (Antropología y Psicología criminal), y la Sociología Criminal. Este
entrecruzamiento de disciplinas es, el delito, en su perspectiva naturalista constituye a
la vez un acto individual (biológico, que comprende lo corpóreo y lo psíquico) y un
comportamiento social.
Que la Criminología pertenezca al ámbito de las ciencias empíricas significa, en
primer lugar; que su objeto (delito, delincuente, víctimas y control social) se inserta en
el mundo de lo real, de lo verificable, de lo mensurable y no en el de los valores. La
naturaleza Empírica de la Criminología implica, ante todo, que ésta descansa más en
hechos que en opiniones, más en la observación que en discursos.
8. El Principio Interdisciplinario se halla significativamente asociado al proceso
histórico de consolidación Criminológica como ciencia autónoma. Son muchas
las disciplinas científicas que se ocupan del crimen como fenómeno individual y
social. La Biología (criminal), la Psicología (criminal), la Sociología (criminal),
con sus respectivos métodos, enfoques y pretensiones han ido acumulando
valiosos saberes especializados sobre aquél. Ahora bien, el análisis científico
reclama una instancia superior que integre y coordine las informaciones
sectoriales procedentes de las diversas disciplinas interesadas por el fenómeno
delictivo; que elimine posibles contradicciones internas e instrumente un
genuino sistema de "retroalimentación", según el cual cada conclusión
particular se corrige y enriquece al contrastarse con las obtenidas en otros
ámbitos y disciplinas.
9. LA CRIMINOLOGÍA
Es la disciplina que se ocupa del estudio del fenómeno criminal, con
el fin de conocer sus causas y formas de manifestación. En la virtud,
según lo expresado, se trata fundamentalmente de la ciencia causa-
explicativa. Es de carácter multidisciplinario ya que basa sus
fundamentos en conocimientos propios de la sociología, psicología y
la antropología social, tomando para ello el marco conceptual que
delimita el derecho penal. La criminología estudia las causas del
crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del
hombre.
10. Según Rafael Garófalo a fines de 1.885 menciona que
la Criminología es la ciencia del delito. Garófalo la
definió como la ciencia general de la criminalidad y de
las penas
Vont Lizt Y Mezger la definen como la ciencia que tiene
por objeto de indagación la etiología criminal.
11. Según José Ingenieros la Criminología es la ciencia multidisciplinaria
que estudia la conducta humana peligrosa, constituya delito o no,
tanto de los casos en forma individual como de los fenómenos de
masa
la Criminología es la ciencia multidisciplinaria que estudia el delito y
el delincuente, como la conducta humana desviada tanto de los
casos en forma individual como de los fenómenos de masa, a fin de
determinar y explicar la génesis del fenómeno, prevenirlos, como a
su vez aplicar los tratamiento
12. ETAPA CIENTÍFICA DE LA CRIMINOLOGÍA
La Criminología ha sufrido, desde sus inicios, una serie de cambios vinculados a la concepción que
se tenía en cada momento histórico sobre el delito y la conducta del delincuente.
CRIMINOLOGIA CLASICA, sustenta la revisión de algunas de las concepciones clásicas, como por
ejemplo, la aplicación de medidas penales universales sin tomar en consideración las diferencias
individuales entre los delincuentes y la incorporación al ámbito de la criminología de especialistas
de otras disciplinas ajenas al derecho penal como el psiquiatra y posteriormente el trabajador social.
CRIMINOLOGIA POSITIVISTA, el cual actualmente sigue teniendo amplia vigencia en algunos
contextos, éste se fundamenta en la aplicación a los fenómenos sociales, en general, y al
comportamiento humano, en particular, de los instrumentos y técnicas que se estipulan como
fundamentales y eficaces para el estudio del mundo físico
13. LA ESCUELA CLASICA
Plateaba la defensa de las garantías individuales y su reacción contra
la arbitrariedad y los abusos de poder.
Destacan los pioneros de la ciencia penitenciaria, basados en la
observación directa y en el rico conocimiento de la realidad
carcelaria; y la experiencia empírica y criminológica que los
cultivadores de sus respectivas disciplinas acumulan en torno al
delito y al delincuente, como la fisonomía.
En la ciencia penitenciaria, destaca Howard, que dio prioridad al
método de trabajo del contacto directo con el hombre delincuente.
14. ESCUELA CLASICA
Tiene sus inicios en el siglo XIX. Francisco Carrara, Rossini Pellegrini,
Giadominico, Romagnosi, Pessina, Cesar Becario, Anselmo F, Giadominico R,
Jeremias Bentham, entre otros. El delito no era un ente de hecho sino un ente
jurídico. El derecho a castigar le pertenecía al estado. Las penas eran sanciones.
El derecho penal es una garantía de libertad. Sus bienes filosóficos son del
derecho natural.
El método aplicado era el deductivo, lógico e inmutable. Se caracterizo porque que
Enseñar al hombre el estudio jurídico. Sus bases filosóficas en el derecho natural.
El respeto absoluto al principio de legalidad. El libre albedrío
15. Destaca, también, Bentham, como pionero de la ciencia penitenciaria y
como teórico de la concepción utilitaria de la pena.
Bentham, propone un nuevo diseño para la arquitectura carcelaria en
aras del control y del tratamiento de los reclusos: el panóptico. En
cuanto a la pena, Bentham formuló la teoría utilitaria del castigo:
16. (ESCUELA CLASICA
Como comportamiento, el delito surgía de la libre voluntad
del individuo, no de causas patológicas, y por ello, desde el punto de
vista de la libertad y de la responsabilidad moral de las
propias acciones, el delincuente no era diferente, según la escuela
clásica, un individuo normal.
En consecuencia, el derecho penal y la pena eran considerados por
la escuela clásica no tanto como un medio para modificar al sujeto
delincuente, sino sobre todo como un instrumento legal para
defender a la sociedad del crimen, creando frente a éste, donde
fuese necesario, un disuasivo, es decir una contramotivación
17. La Sanción Penal según la Escuela Clásica no era un
medio para modificar al sujeto delincuente, sino sobre
todo como un instrumento legal para defender a la
sociedad del crimen.
18. LA ESCUELA POSITIVA
La nueva criminología se caracterizo por su contraposición a los
postulados de la escuela clásica por ejemplo:
Aplicación de medidas penales universales sin tomar en
consideración las diferencias individuales entre los delincuentes;
Incorporación al ámbito de la criminología de especialistas de
otras disciplinas ajenas al derecho penal como el psiquiatra y
posteriormente el trabajador social.
19. Para la Escuela Positiva la pena debe ser útil. La Escuela Clásica no habla de
utilidad. La Escuela Positiva busca la readaptación del criminal.
La Escuela Clásica solo ve el delito y sanciona; no ve al delincuente. La Escuela
Positiva busca e investiga las causas del delito.
La Escuela Clásica no busca las causas del delito, ya que el delincuente actúa en
base a su libre albedrío. La Escuela Positiva, algunas veces, no sanciona al
delincuente, solo le aplica medidas de seguridad.
20. La Escuela Positiva nace en el siglo XIX. Su creador fue Cesar
Lombroso como una reacción contra la Escuela Clásica.
La Escuela positiva es un cuerpo orgánico de concepciones que
estudian al delincuente, al delito y su sanción, primero en su
génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar
jurídicamente a las varias causas que lo producen los diversos
remedios, que por consiguientes serán eficaces.
21. Los postulados de esta escuela son:
La Escuela Positiva se caracteriza por su método científico.
- El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real,
actual y existente.
- Su determinismo, es totalmente determinista esta escuela.
- Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el
hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en
sociedad.
- El hecho de que si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se pueden
quedar excluido del derecho.
22. - El concepto de Pena se sustituye por el de
sanción.
- La sanción va de acuerdo a la peligrosidad del
criminal.
- Estas deben durar mientras dure la peligrosidad
del delincuente, y por eso son de duración
indeterminada.
- La ley penal no restablece el orden jurídico, sino
que tiene por misión la de combatir la
criminalidad considerada como fenómeno social.
- El derecho a imponer sanciones pertenece al
Estado a título de defensa social.
- Más importante que las penas son los
substitutivos penales.
- Se acepta "tipos" criminales.
- La legislación penal debe estar basada en los
estudios antropológicos y sociológicos.
- El método es inductivo - experimental.
23.
24. RELACIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA CON
OTRAS DISCIPLINA
La Criminología tiene una serie de relaciones con otras disciplinas, y éstas
son principalmente con el Derecho Penal, con la Política Criminal, con el
Derecho Procesal Penal, con el Derecho Penitenciario, y con la Criminalista.
CON EL DERECHO PENAL
El Derecho Penal se encarga sobre lo relacionado con el pensamiento
decisorio, la interpretación y análisis teórico estructural del delito, así como
los presupuestos procesales y de las vías jurídicas formales para la
persecución del delito. A la criminología le compete el análisis de las
circunstancias relacionado con la génesis, desarrollo y control del delito. La
relación que existe es que ambas disciplinas tienen como objetivo la
solución de los conflictos sociales
25. CON LA POLÍTICA CRIMINAL
Para efectos de un mejor abordaje de la relación entre ésta disciplina y la
criminología es importante conocer el concepto de política criminal como
ciencia y como práctica.
La relación existente entre ambas disciplinas es que la Criminología le
proporciona la materia prima (estudio de las causas o génesis de la
criminalidad) a la Política Criminal de manera que se pueda comprender el
funcionamiento de la criminalidad y así proceder a la estructuración de las
estrategias, tácticas o mecanismo para obtener un control óptimo del delito.
26. CON EL DERECHO PENITENCIARIO
El Derecho penitenciario (conjunto sistemático de normas jurídicas destinado a regular la ejecución de las
penas y medidas de seguridad), es en nuestro días un Derecho identificado con la reeducación y
resocialización del penado. Recordemos que dentro del campo de acción de la criminología, se encuentra el
tratamiento del delincuente, por lo tanto la relación entre estas dos disciplinas es que el Derecho Penitenciario
presta el marco jurídico a la criminología.
CON LA CRIMINALÍSTICA
La Criminalística tiene por objeto la utilización sistemática de conocimientos y de técnicas destinadas a
detectar las infracciones penales, ofrecer las pruebas correspondientes e identificar a sus autores. La
Criminalística es pues, una ciencia compleja, puesta al servicio de la investigación procesal-penal y, por ello,
atiende, fundamentalmente, a los aspectos materiales o físicos del delito y de su autor o autores. La
Criminología propiamente dicha, estudia las causas, la génesis y proceso, del fenómeno delincuencial, sus
efectos, sus víctimas, su control, sus remedios, que pueden ser de carácter penal o no. La relación existente
entre ambas disciplinas es que la criminología le proporciona a la criminalística material valioso a través de
las causas o génesis del delito, de manera que la criminalística pueda encausar sus investigaciones para el
esclarecimiento de los hechos así como la identificación de sus autores.
27. IMPORTANTE
Podemos terminar indicando que:
La criminología es parte importante de la
ciencia causal - explicativa,
El derecho penal es una ciencia normativa y
La criminalística es una ciencia aplicativa.
28. Dentro de la criminología es importante hacer un breve
relato de lo importante de la victimologìa, la cuál está
estrechamente relacionada, ya que nos permite analizar a
la víctima como un todo, desde las causas por las que
se convierte en víctima, que lleva al agresor a convertirse
en victimario, cuáles pueden ser los motivos estructurales
dentro de la sociedad que dan como resultado estos
hechos y qué políticas deben implementarse para detener
este tipo de hechos.
29. La criminología para algunos es parte del derecho
penal, que a diferencia de éste, enfoca su estudio
en el delincuente, más que en el delito o en la
pena misma.
30. Por último es importante estar concientes en lo importante de tomar en cuenta otras
ciencias para la realización de un estudio criminológico, describiendo cada una de ellas así,
el derecho tipifica la conducta transgresora,
La sociología marcara las interrelaciones que pueden influenciar en la acción antisocial,
la psiquiatría que nos permitirá conocer anomalías psíquicas, fundamentales para señalar
el alcance de la imputabilidad del sujeto y
la psicología que nos dará herramientas para explicar la conducta de acuerdo a las
personalidades y rasgos del individuo
31. Estudiar al delincuente resulta difícil, ya que debe hacerse en toda la
dimensión, es más que la suma de lo orgánico y lo inorgánico, por ello, es
importante aplicar las investigaciones criminologicas en tres aspectos,
comprendiendo
- la Etiología Criminal, que estudia las causas generadoras del delito.
La clínica criminológica que estudia las modalidades el fenómeno según
los diversos tipos de delincuentes que después de su clasificación permite
deducir el grado de peligrosidad, el tratamiento que debe aplicarse y
orientar la readaptación social.
La terapéutica criminal que busca los medios adecuados para el
tratamiento preventivo y resocializador.
Hinweis der Redaktion
En cual a su vez edita un primer libro llamado precisamente Criminología.