El pasado 4 de septiembre de 2018 entró en vigor el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto que introduce importantes cambios en materia de Extranjería, tanto en la Ley General de Extranjería como la Ley 14/2013 de Emprendedores, añadiendo nuevas e interesantes opciones para poder convertir la estancia como estudiante de un becario a una autorización de residencia autorizada a trabajar.
Café AGM "Nuevas opciones para que los estudiantes extracomunitarios puedan obtener autorizaciones de trabajo”
1. Nuevas opciones para que los
estudiantes extracomunitarios puedan
obtener autorizaciones de trabajo
Café
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3. Índice
1. Autorizaciones de estancia por estudios
2. Acceso a la residencia y/o trabajo. Ley 4/2000
3. Acceso a la residencia y/o trabajo. Ley 14/2013
4. Nuevas opciones RD 11/2018
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4. 1. Autorizaciones de estancia por estudios
Visado/ Estancia turista
Máximo de 90 días en periodos de 180.
90 días no prorrogables.
Países que no requieren visado de entrada.
Acceso a la estancia por estudios desde España:
Posibilidad de solicitud por el centro de estudios.
Estancia por estudios
Menos de 6 meses: no T.I.E.
Prorrogable si se mantienen las circunstancias.
No implica residencia (no computa para la nacionalidad).
Computa al 50% para solicitud de Larga Duración UE.
Acreditar medios económicos y seguro médico privado.
Acreditar aprovechamiento para obtener prórroga.
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Solicitud antes de que falte menos de 1 mes para fin de estancia turista.
5. 2. Acceso a la residencia y/o trabajo.
Ley 4/2000
Tipos de permisos
Tras 3 años de estancia por estudios, posibilidad de modificar a autorización
de residencia temporal y trabajo cuenta ajena/propia inicial:
Autorización de residencia y trabajo para investigación.
Autorización de residencia y trabajo para profesionales altamente cualificados:
– Tarjeta Azul UE:
Autorización de residencia y excepción de autorización de trabajo.
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Acreditar aprovechamiento.
Contrato de trabajo por 1 año o proyecto de negocio (listo para
iniciar actividad).
Cualquier puesto.
Posibilidad de compatibilidad de actividades.
Se tiene en cuenta la situación nacional de empleo.
6. Acceso a la residencia y/o trabajo. Ley 4/2000
Desventajas
Hasta ahora no era posible acceder a la residencia o trabajo desde España sin
llevar mínimo 3 años.
Para solicitar autorizaciones iniciales de residencia y trabajo se tiene en cuenta
la situación nacional de empleo (salvo excepciones: art. 40 Ley 4/2000).
Necesidad de contratos de trabajo de duración mínima de 1 año.
Necesario acreditar aprovechamiento de estudios anteriores para prorrogar o
modificar.
No posibilidad de obtener simultáneamente autorizaciones de residencia para
familiares (salvo investigadores o trabajadores altamente cualificados, pero
entonces necesidad de acreditar vivienda adecuada).
Procedimientos lentos: 1-3 meses + 1-3 meses visado.
Residencias que obligan a permanecer sin excepción en España + de 6 meses:
Para la empresa: posibilidad de cambio de empleo sin apenas limitaciones.
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Implica residencia fiscal.
Atención a trabajos que implican viajar.
7. 3. Acceso a la residencia y/o trabajo.
Ley 14/2013
Tipos de permiso
Residencia para trabajadores altamente cualificados.
Residencia para emprendedores.
Residencia para Formación, Investigación, Desarrollo e Innovación.
Residencia por traslado intraempresarial.
Residencia para inversores en proyecto de negocio de interés para el país.
Dos vías
Si se encuentran en España en situación de estancia legal posibilidad de
solicitar directamente residencia (no necesidad de visado).
Si se encuentran en el país de origen: solicitud de residencia + visado.
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8. 3. Acceso a la residencia y/o trabajo.
Ley 14/2013
Posibilidad de solicitar directamente la residencia en caso de encontrarse en
España en situación regular (como turista, estudiante o residente). Plazo
concesión 20 días (silencio positivo).
Si el extranjero se encuentra fuera de España:
Posibilidad de relación laboral por cuenta ajena o de prestación de servicios.
Residencia por el tiempo de duración del contrato con máximo de 2 años,
renovable si se mantienen las circunstancias.
Tramitación simultánea de los familiares sin requisito de acreditación de
vivienda.
Familiares habilitados a trabajar.
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La empresa solicita la autorización de residencia, plazo concesión 20 días
(silencio positivo).
Tras la concesión de la residencia el extranjero solicitará el visado (o
directamente en caso de inversor), concesión 10 días.
9. 3. Acceso a la residencia y/o trabajo.
Ley 14/2013
Ventajas
Residencia vinculada a la relación laboral o mantenimiento de circunstancias.
30 días de plazo para notificar cambios.
Posibilidad de relación laboral por cuenta ajena o de prestación de servicios.
Plazos reducidos de resolución. Silencio positivo.
No se aplica la situación nacional de empleo.
Procedimientos centralizados en ventanilla única de la Unidad de Grandes
Empresas y Colectivos Estratégicos.
Tramitación simultánea de los familiares.
Posibilidad de permanencia en España inferior a 183 días anuales (no residencia
fiscal) en caso de empresas que tengan fijada su base de operaciones en
España.
No limitaciones geográficas ni de actividad.
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10. 4. Nuevas opciones RD 11/2018
Autorización de residencia para búsqueda de empleo o emprender proyecto
empresarial
Haber finalizado los estudios en una institución superior (nivel 6 Marco
Europeo Calificaciones).
Periodo máximo de 12 meses no prorrogable.
Buscar empleo relacionado con los estudios y solicitar la autorización de
trabajo correspondiente, o emprender un proyecto empresarial.
Solicitud en los 60 días previos a la caducidad de estudiante o 90 posteriores.
Solicitud telemática ante la Oficina de Extranjería.
Solo posible acceder desde la situación de autorización de estancia por
estudios.
Plazo de resolución: 20 días hábiles. Silencio positivo.
Acreditar título, medios económicos y seguro médico.
Posibilidad de solicitud de los familiares si ya estaban con autorización de
estancia como familiares de estudiante.
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11. Autorización de residencia para prácticas
Haber obtenido título de educación superior en los 2 años anteriores o estar
cursando esos estudios.
Posibilidad de solicitarlo:
Contrato laboral en prácticas o Convenio.
Puesto relacionado con los estudios.
Solicitud telemática ante la Oficina de Extranjería.
Plazo de resolución: 30 días hábiles. Silencio positivo.
No se aplica la situación nacional de empleo.
Tras 1 año de residencia posibilidad de solicitar autorización de residencia y
trabajo.
Acreditar título, medios económicos y seguro médico.
Validez:
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Convenio de prácticas: 6 meses prorrogable por otros 6 máximo.
Contrato en prácticas: regulación convenio colectivo, máximo 2 años según E.T
Desde España en situación de estancia como turista o estudiante.
Desde el país de origen (visado).
4. Nuevas opciones RD 11/2018