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PRINCIPIOS RECTORES
RESEÑA HISTÓRICA
14 de julio de 1942
sustituye la Ley de
2 de octubre de
1935
Estado tiene la
obligación de
financiar (40%) de
las pensiones del
Seguro Social
general.
En el 2001 la antigua
comisión de las
naciones unidas para
los derechos humanos
hizo hincapié en la
necesidad de elaborar
un conjunto de
principios.
Servir de herramienta
práctica para los
encargados de la
formulación de
políticas puedan
asegurar que las
políticas públicas
lleguen también a los
más pobres de la
sociedad
Respeten y hagan
cumplir sus derechos
Podemos entender que los principios son un conjunto de directrices
acordadas por la comunidad internacional, que se materializan en
una mayor concreción de normas nacionales, acuerdos
internacionales y multilaterales los cuales se fundamentan en
normativas internacionales existentes y practicas dirigidas a la
adecuada protección, garantía, restitución de los derechos de las
personas frente a las actividades económicas.
Para efectos de la aplicación de esta ley:
SOLIDARIDAD
OLBIGATORIEDAD
UNIVERSALIDAD
EQUIDADEFICIENCIA
SUBSIDIARIDAD
SUFICIENCIA
Principio de Solidaridad
La constitución política parte de la noción de que el ser humano no puede desarrollarse
integralmente por sí solo, sino que para ellos requiere de la participación de todos los
miembros de la sociedad.
La sociedad se basa en la conexión de diferentes personas a través de interacción entre ellos,
sin importar las distancias.
Y va desde dos puntos de vista:
social económico
Contingencias
que atiende
el Seguro
Social
enfermedad
maternidad
Riesgos de
trabajo
Fondo de
cesantía
vejez
incapacidad
muerte
Principio de obligatoriedad
Es la prohibición de acordar cualquier afectación, disminución, alteración o supresión del
deber de solicitar y el derecho de recibir la protección del Seguro General Obligatorio
El seguro general obligatorio es el que cubre las contingencias que pueda presentar el
empleado. El trabajador es obligado a aportar por ser parte de la población económicamente
activa (PEA), es decir es obligado a aportar por percibir ingresos por haber realizado algún
trabajo que le genere contabilidad.
El Seguro General Obligatorio es un
derecho irrenunciable e imprescriptible
de los trabajadores y sus familias.
Principio de universalidad
Este principio es para toda la población pero ellos deben estar en la capacidad de aportar.
Nosotros como estudiantes no estamos en capacidad de aportar pero al momento de ejercer
nuestra profesión si estamos en la capacidad de aportar porque ya generamos ingresos.
El principio de Universalidad señala que todos los estantes y habitantes de un país deben
estar en el alcance del sistema de seguridad social.
Principio de equidad
La equidad se caracteriza por el uso de la imparcialidad para reconocer el derecho de cada uno
utilizando la equivalencia para ser iguales. Por otro lado la equidad adapta la regla para un caso
concreto con el fin de hacer lo más justo.
Equidad individual
• supone una equivalencia
entre el monto esperado
de las prestaciones y el
monto esperado de las
contribuciones al
financiamiento
realizadas por el mismo
individuo.
Equidad colectiva
• se produce cuando la
proporción entre
prestaciones y
contribuciones
esperadas, es la misma
para todos los individuos
cubiertos.
Principio de eficiencia
Es la mejor utilización económica de las contribuciones y demás recursos del seguro general
obligatorio, para garantizar la entrega oportuna de prestaciones suficientes a sus
beneficiarios.
Prestaciones
Préstamo
Hipotecario
Préstamo
Quirografario
Préstamo
Prendario
Principio de subsidiaridad
Principio de suficiencia
El principio de suficiencia se emplea para el análisis de la veracidad de una afirmación. De
acuerdo a este principio, que no existan pruebas en contra de un postulado no supone una
prueba suficiente para confirmar su veracidad. En un mismo sentido, la falta de pruebas de un
postulado no alcanza con una prueba en su contra.
La prestación del seguro de cesantía consiste en la entrega de una suma de dinero al afiliado o
afiliados que se encuentra en situación de desempleo. Se financia con el aporte mensual del 2%
del trabajador y el 1% del empleador.
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Principios rectores

  • 2. RESEÑA HISTÓRICA 14 de julio de 1942 sustituye la Ley de 2 de octubre de 1935 Estado tiene la obligación de financiar (40%) de las pensiones del Seguro Social general.
  • 3. En el 2001 la antigua comisión de las naciones unidas para los derechos humanos hizo hincapié en la necesidad de elaborar un conjunto de principios. Servir de herramienta práctica para los encargados de la formulación de políticas puedan asegurar que las políticas públicas lleguen también a los más pobres de la sociedad Respeten y hagan cumplir sus derechos
  • 4. Podemos entender que los principios son un conjunto de directrices acordadas por la comunidad internacional, que se materializan en una mayor concreción de normas nacionales, acuerdos internacionales y multilaterales los cuales se fundamentan en normativas internacionales existentes y practicas dirigidas a la adecuada protección, garantía, restitución de los derechos de las personas frente a las actividades económicas. Para efectos de la aplicación de esta ley:
  • 6. Principio de Solidaridad La constitución política parte de la noción de que el ser humano no puede desarrollarse integralmente por sí solo, sino que para ellos requiere de la participación de todos los miembros de la sociedad. La sociedad se basa en la conexión de diferentes personas a través de interacción entre ellos, sin importar las distancias. Y va desde dos puntos de vista: social económico
  • 7. Contingencias que atiende el Seguro Social enfermedad maternidad Riesgos de trabajo Fondo de cesantía vejez incapacidad muerte
  • 8. Principio de obligatoriedad Es la prohibición de acordar cualquier afectación, disminución, alteración o supresión del deber de solicitar y el derecho de recibir la protección del Seguro General Obligatorio El seguro general obligatorio es el que cubre las contingencias que pueda presentar el empleado. El trabajador es obligado a aportar por ser parte de la población económicamente activa (PEA), es decir es obligado a aportar por percibir ingresos por haber realizado algún trabajo que le genere contabilidad.
  • 9. El Seguro General Obligatorio es un derecho irrenunciable e imprescriptible de los trabajadores y sus familias.
  • 10. Principio de universalidad Este principio es para toda la población pero ellos deben estar en la capacidad de aportar. Nosotros como estudiantes no estamos en capacidad de aportar pero al momento de ejercer nuestra profesión si estamos en la capacidad de aportar porque ya generamos ingresos. El principio de Universalidad señala que todos los estantes y habitantes de un país deben estar en el alcance del sistema de seguridad social.
  • 11. Principio de equidad La equidad se caracteriza por el uso de la imparcialidad para reconocer el derecho de cada uno utilizando la equivalencia para ser iguales. Por otro lado la equidad adapta la regla para un caso concreto con el fin de hacer lo más justo. Equidad individual • supone una equivalencia entre el monto esperado de las prestaciones y el monto esperado de las contribuciones al financiamiento realizadas por el mismo individuo. Equidad colectiva • se produce cuando la proporción entre prestaciones y contribuciones esperadas, es la misma para todos los individuos cubiertos.
  • 12. Principio de eficiencia Es la mejor utilización económica de las contribuciones y demás recursos del seguro general obligatorio, para garantizar la entrega oportuna de prestaciones suficientes a sus beneficiarios. Prestaciones Préstamo Hipotecario Préstamo Quirografario Préstamo Prendario
  • 14. Principio de suficiencia El principio de suficiencia se emplea para el análisis de la veracidad de una afirmación. De acuerdo a este principio, que no existan pruebas en contra de un postulado no supone una prueba suficiente para confirmar su veracidad. En un mismo sentido, la falta de pruebas de un postulado no alcanza con una prueba en su contra. La prestación del seguro de cesantía consiste en la entrega de una suma de dinero al afiliado o afiliados que se encuentra en situación de desempleo. Se financia con el aporte mensual del 2% del trabajador y el 1% del empleador.