C.26-15 Telefónicas presentan recurso contra sanciones impuestas por la SC
Art.48-10 Recomendaciones de políticas públicas para licitaciones y contrataciones de combustibles
1. Art. 48-10
“Recomendaciones de políticas públicas
para licitaciones y contrataciones de
combustibles”
Por: Yeny Luna
“Con nueva información, la Superintendencia de Competencia podría reactivar las
actuaciones previas o inclusive iniciar un procedimiento sancionador”.
La abstención de las empresas petroleras a participar en los
procesos de licitación y contratación de combustibles, ha
causado preocupación en los encargados de las compras del
Estado a la hora de adquirir vales de combustibles. Dicha
situación se incrementó en los últimos años.
Al no recibir ninguna oferta, las instituciones se ven forzadas
a declarar desiertos los procesos de licitación, de esa
manera, en muchas ocasiones, los esfuerzos de las instituciones resultan inútiles,
obligándolas a realizar dichas compras por libre gestión, incurriendo en gastos adicionales de
publicación y retraso de actividades ordinarias. Esto potencialmente implica la pérdida de los
beneficios de un proceso competitivo como son mejores precios, servicios y mejor calidad
entre otros.
Esta problemática llevó a la Superintendencia de Competencia a realizar actuaciones previas
a fin de conocer la situación antes descrita, tal y como se menciona en la resolución dictada
por dicha institución, sobre los procesos de licitación y contratación pública para la adquisición
de combustible a través de vales, con referencia SC-005-O/AP/R-2010, emitida el día nueve
de marzo de dos mil diez1, con la cual se pretendía conocer preliminarmente la posible
existencia de acuerdos entre los competidores que pudieran constituir prácticas
anticompetitivas.
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Ver el siguiente hipervínculo que contiene la resolución con referencia SC-005-O/AP/R-2010, con acceso el 14 de octubre
de 2010 http://www.sc.gob.sv/uploads/SC-005-O-AP-R-2010_090310_1540.pdf.
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2. En dichas investigaciones se detectó que, uno de los agentes que tradicionalmente ha
intervenido en este mercado, posee mayor participación en los procesos de compras
gubernamentales para la adquisición de combustibles, dado el número de adjudicaciones
obtenidas, a pesar de esto no se logra suplir la demanda de las instituciones de gobierno, lo
que da la oportunidad de participación a otras empresas.
También se advirtió que un importante agente económico, usualmente participante en estas
licitaciones públicas, dejó de participar en los procesos de contratación desde el año 2009,
debido a reestructuraciones internas realizadas. Además, existe un nuevo agente participando
en el sector, quien tiene interés de incrementar su participación de mercado, quien considera
las licitaciones públicas como una oportunidad rentable para lograrlo.
Otro dato interesante es que los procesos de licitación son vistos como complicados y
burocráticos, según lo advirtieron las representantes de las petroleras entrevistadas, quienes
detallan que los montos requeridos no son lo suficientemente atractivos para ellos, y existen
demasiadas demoras de los pagos, lo que provoca costos que les reducen los márgenes de
ganancias esperados. Estos factores económicos han creado un desincentivo para las
petroleras.
En la misma línea de pensamiento, se determinó que, para las empresas dedicadas a la venta
de vales de combustibles, los procesos de contratación directa son más flexibles, debido a la
reducción de requisitos y las facilidades para ofrecer cupones según sus propios estándares
técnicos.
Las actuaciones previas finalizaron sin indicios suficientes para determinar la posible
existencia de un acuerdo entre oferentes en los procesos de licitaciones públicas, sin que esto
indique que, con nueva información, la Superintendencia de Competencia podría reactivar las
actuaciones previas o inclusive iniciar un procedimiento sancionador.
No obstante, como resultado de las actuaciones se efectuaron recomendaciones de política
pública, advirtiendo que:
1. Las instituciones y organismos del gobierno central, gobiernos locales e instituciones
autónomas deberían de tratar de reducir los tiempos de pago y mantener los que fueran
convenidos, así como evitar restricciones innecesarias en las bases de licitación, sin
perjuicio de los definidos por la Ley.
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3. 2. Se recomendó a la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la
Administración Pública, la emisión de políticas y lineamientos generales que considere
oportunas para inducir la implementación y funcionamiento de un sistema alternativo para
el suministros de combustibles, que sea distinto al de vales o cupones, que permita
promover la estandarización de criterios requeridos para vales de combustible.
3. Finalmente, se recomendó al Ministerio de Hacienda iniciar un proceso meditado y abierto
a la consulta interinstitucional de reforma a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la
Administración Pública y su reglamento, que esté orientado a identificar y eliminar aquellos
aspectos legales que deriven en costos innecesarios para los agentes económicos en
ocasión de la preparación y presentación de ofertas de bienes y servicios, así como los
resultados que deriven en obstáculos no esperados que limitan la participación de posibles
oferentes en los procesos de licitación pública en caso de combustibles.
Sin bien es conocido que las recomendaciones de política pública no son de carácter
vinculante y que no solucionan la problemática actual, tienen orientaciones generales, para
llevar a cabo planes de acción o promover iniciativas por parte de otras instituciones de
gobierno que busquen el establecimiento de mecanismos de solución orientados a esta
temática.
(*) Administradora de Empresas y colaboradora de ContraPunto
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