2. Sección de Consultas Técnicas
Es la Sección que se encarga de conferir las respuestas a las
consultas técnicas que realizan los y las contribuyentes a la
Dirección General de Impuestos Internos, así como las
distintas áreas de la DGII.
Depende de la Gerencia Legal, la cual a su vez pertenece
conforme el organigrama interno, a la Subdirección Jurídica.
3. Ámbito
Es un área que se involucra para los fines, desde la recepción
de la consulta técnica, remitida por el contribuyente, o
cliente interno hasta que se remite la respuesta.
Base Legal
Artículos del 38 al 43 del Código Tributario de la República
Dominicana.
4. Procedimiento
Las consultas técnicas serán recibidas en el Centro de Atención a
los Contribuyentes o en la Administración Local de su preferencia.
Dichas consultas serán aceptadas por escrito, a través de una
Comunicación dirigida al Director General de Impuestos Internos.
Los casos de consultas técnicas realizadas de contratos
refrendados por el Congreso Nacional se recibirán en el Centro de
Atención a los Contribuyentes y se enviarán a la Gerencia Legal, a
excepción de que se trate de solicitudes de exención, caso en el
cual sí se remitirán al Departamento de Créditos y
Compensaciones, antes de ser referidos a la Gerencia Legal.
5. - La recepción y remisión de las consultas técnicas a la Sección de
Correspondencia se realizará de acuerdo a lo establecido en la política
interna denominada: Política para el Manejo de Correspondencia.
- La consulta técnica será recibida por la Secretaria de la Gerencia
Legal, quien la registrará en el control de documentos recibidos y la
entregará a la Asistente del o de la Gerente Legal.
- La asistente del o de la Gerente Legal verificará y registrará la consulta
y la remitirá a la Secretaria de la Sección Consultas Técnicas.
- La Secretaria de la Sección Consultas Técnicas entregará la consulta
técnica recibida al Encargado o a la Encargada de la Sección Consultas
Técnicas.
6. El Abogado o Abogada elaborará la respuesta a la consulta y
utilizará las siguientes fuentes (sin que se considere
limitativo):
Ø
Código Tributario
Ø
Leyes Tributarias
Ø
Leyes de Regímenes Especiales y Contratos refrendados por
el Congreso Nacional Estado
Ø
Circulares
Ø
Normas
Ø
Políticas
Ø
Procedimientos
Ø
Páginas Web Tributarias o Jurídicas.
7. - Si la consulta realizada por el o la contribuyente requiere ser
aclarada o se necesita más información para poder dar respuesta
a la misma, el abogado o la abogada podrá contactar al
contribuyente por la vía telefónica o por correo electrónico y
requerirle los detalles necesarios, así como documentos anexos
que soporten su consulta, siempre y cuando sea suficiente para
concluir el caso, pues de lo contrario se efectuarán los
requerimientos por escrito.
- Si no se completan los documentos, en el plazo coordinado con
el o la contribuyente, el cual se acordará observando siempre el
plazo de respuesta establecido por la DGII, se le responderá por
escrito haciendo el requerimiento de lugar.
8. - En caso de que sea necesario, el Abogado o la Abogada
podrá consultar otras áreas de la Dirección General de
Impuestos Internos para poder elaborar la respuesta a la
consulta técnica realizada.
- Esta consulta a otras áreas podrá ser realizada por la vía
telefónica, Correo Electrónico, Memo u Oficio.
9. - Cuando la consulta haya sido trabajada, se le devolverá a la
secretaria de la Sección de Consultas Técnicas, quien realizará el
cierre de la misma de acuerdo al proceso establecido en la
referida política interna.
Los plazos establecidos para dar respuesta a las consultas técnicas
son:
- Siete (7) días laborables a partir de la fecha en que se recibe en
la Gerencia Legal, para trabajar la consulta a nivel interno, y
llevar la consulta a la firma del Subdirector Jurídico o
Subdirectora Jurídica, o Director o Directora General.
- Quince (15) días laborables para dar respuesta al o a la
contribuyente.
10. - Las consultas realizadas internamente por otras áreas a la
Gerencia Legal serán firmadas por el Gerente Legal y se
redactarán en formato de Oficio.
- Las consultas externas realizadas por los y las
contribuyentes serán redactadas en formato de Carta y
firmadas por el Subdirector Jurídico o la Subdirectora
Jurídica o en algunos casos por el Director o la Directora
General.
11. Adicionalmente, la Sección de Consultas Técnicas asiste
a los contribuyentes con todos los temas relacionados a
Administración Tributaria por la vía telefónica o
presencial en caso de que los contribuyentes se dirijan a
la Gerencia Legal a plantear sus inquietudes.