Análisis de la implementación del Régimen Académico en el Colegio Lincoln
1. El nivel de Educación Secundaria del Colegio Lincoln realizó su Jornada
de Reflexión Institucional el 12 de julio entre las 8:30 y las 12:30 con la
asistencia de cuarenta y tres (43) docentes de los cincuenta y dos (52) que
cumplen funciones en este establecimiento los días martes.
La Dirección había enviado por correo electrónico todos los documentos
de trabajo propuestos para la Jornada a los profesores y preceptores
• La Resolución Nº 587 / 11 y los Anexos 1 al 6
• La Resolución Nº 1480 / 11
• La Comunicación Conjunta Nº 2 con Definiciones y Orientaciones
para la Implementación del Régimen Académico
La Comunicación Conjunta N° 4 / 11 acerca de la Implementación
del Régimen Académico para la Educación Secundaria-
• Los párrafos pertinentes del Documento Orientativo Jornadas
Institucionales Mes de Julio de 2011
Al iniciar la reunión se distribuyeron copias impresas
(aproximadamente una cada seis personas) de los Anexos 3, 4 y 5 de la
Resolución Nº 587 por separado, adjuntándoles los párrafos pertinentes de
las Orientaciones para la Implementación del RAS.
Se leyeron los Considerandos de la Resolución Nº 587, enfatizando que
al analizar de cada una de las normas debía enmarcársela en ellos (por
ejemplo “Que se deben generar acciones institucionales colectivas tendientes
a evitar las situaciones de no promoción del estudiante…”) para entender su
lógica interna y coherencia con la política educativa de la jurisdicción.
Los docentes ya familiarizados con los documentos señalaron que en su
actual redacción el RAS se presta mejor al “cumplimiento de las metas de
obligatoriedad, inclusión [y] permanencia” que –no se les escapa- son
desafíos que plantea la Ley de Educación Provincial en otras comunidades
educativas, que a la meta de “egreso con calidad” que nuestra propia
comunidad le reclama al Colegio Lincoln, en cuanto el entorno socio-
económico-educativo del que provienen nuestros alumnos es de por sí
garante de la obligatoriedad, inclusión y permanencia dentro del sistema
educativo.
Algunos de los docentes manifestaron extrañeza ante la diferencia
entre los mecanismos de consulta y participación que se instituyen en el
seno de los establecimientos escolares para la toma de decisiones con un
espíritu democrático, y la elaboración de este indispensable cuerpo de
normas integradas en un único documento. Ninguno de de los presentes
conoce a ninguna persona de existencia real o jurídica que haya sido
consultada para la redacción de este documento de enorme importancia cuya
materialización se menciona escuetamente como
En la segunda parte de la Jornada, los profesores y preceptores
reunidos en grupos heterogéneos analizaron las disposiciones acerca de
Asistencia y Puntualidad, respecto de la cual plantearon diferentes dudas y
se propusieron instrumentos para el registro de la asistencia por materia.
2. Se debatieron los criterios de planificación buscando establecer los
márgenes de libertad y creatividad institucional que permiten los diseños
prescriptivos de la jurisdicción. Se pusieron en común estrategias y
actividades para el aprovechamiento de la jornada escolar / horas libres /
finalización anticipada de una tarea planeada para más tiempo.
Se acordó que la difusión de estas normas (y de la futilidad de
compararlas recurrentemente con las vigentes anteriormente que han sido
derogadas por la Resolución Nº 587) será llevada a cabo por todos los
integrantes de la comunidad docente (directivos, profesores y preceptores)
• Verbalmente a través de explicaciones brindadas personalmente a cada
curso en su aula
• Mediante impresos y fotocopias repartidos en mano, y afiches con
síntesis explicativas ubicados en las carteleras de los patios y
renovados frecuentemente
• Subiendo la información a la página Web del Colegio
(www.colegiolincoln.edu.ar), a nuestro campus virtual
(http://lincoln.campus.edu.ar/) , y a los distintos blogs creados por los
alumnos para materias que explotan ese recursos para la asignación de
tareas y difusión de bibliografía.
Releyendo las instrucciones recibidas para estas Primeras Jornadas de
Reflexión Institucional encontramos que se nos encomendaba la “elaboración
de informe escrito que recupere las observaciones generales explicitadas
en cada grupo de trabajo”; que las conclusiones debían ser remitidas por
correo electrónico el día 13/07, a fin de que los inspectores areales del Nivel
realicen una síntesis distrital de lo trabajado por los establecimientos.
Lo contundente de la comunicación del Régimen Académico como
documento acabado; lo perentorio de la solicitud de observaciones; y las
reiteradas enmiendas y aclaraciones que fueron menester (incluyendo la
redacción de Orientaciones que incluyen medidas que deberían haber sido
incorporadas a los anexos) nos desalienta de manifestar críticas (que serían
extemporáneas), o de sugerir modificaciones porque encontramos que una
nueva rectificación del texto original en los próximos meses socavaría su
consistencia.
A título de ejemplo, menciono algunas dudas que surgieron en los
grupos de análisis respecto de, virtualmente, un único inciso:
VII Evaluación ante Comisión
Si en el punto 30 se establece la modalidad
escrita ¿por qué el punto 29 establece que los alumnos
serán llamados en orden alfabético?
No se establece una duración (ni máxima ni
mínima) para la prueba escrita.
Si un alumno llega tarde ¿debe justificar de
alguna manera esta tardanza, o podrá quedarse en su
casa repasando un poco más y presentarse más tarde
que sus compañeros sin ningún requisito?
La Comisión Evaluadora “podrá incorporar la
defensa oral en los casos que considere necesario.”
¿Quién resolverá las eventuales quejas por injusticia /
discriminación que puedan presentar los familiares de
los alumnos que no sean examinados oralmente cuando
planteen que a otro examinando se le ofreció la
3. oportunidad de defensa que no se les permitió a sus
hijos?
¿Qué criterio debe adoptarse si un alumno llega
tarde y tiene oportunidad de conversar en el patio con
otros alumnos que ya hayan completado la parte
escrita, e incluso hayan sido informados de cuáles de
sus respuestas fueron correctas y cuáles no?
El alumno que llegue tarde ¿dispondrá del mismo
tiempo para la realización de la prueba escrita que los
alumnos que llegaron puntualmente?
¿Cuántas veces por jornada deberán los
integrantes de la Comisión Evaluadora esperar mientras
uno o más alumnos cumplen con la evaluación escrita?
¿Hay un número máximo de veces sucesivas en las que
la Comisión Evaluadora deba administrar la prueba
escrita a alumnos que hayan llegado tarde
escalonadamente?
Por otra parte, el tiempo que demandarán las tareas de difusión del
Régimen Académico entraría en competencia con el que requeriría proponer
adecuaciones (que no nos han solicitado) a un texto elaborado por una
autoridad superior.
Me disculpo por remitirle estos comentarios casi al finalizar la jornada
laboral para la que nos la había solicitado, y espero que esta demora no la
obligue a prolongar la suya.
Atentamente
Prof. Elder Daniel Evans
Director del Nivel Secundario