Charla atención diversidad

Juan Fontanillas
Juan FontanillasOrientador Educativo um educación
Características del alumnado de secundaria. Atención a la diversidad en ESO.,[object Object],Juan Fontanillas Moneo,[object Object]
La Atención a la Diversidad en la LOE,[object Object]
LOELey Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,[object Object],Preámbulo:,[object Object],«La atención a la diversidad se establece como principio fundamental que debe regir toda la enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades»,[object Object]
Principios LOE Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,[object Object],Artículo 1:,[object Object],a) Calidad de educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.,[object Object],b) Equidad, igualdad de oportunidades, inclusión educativa y no discriminación, como compensador de desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a la discapacidad.,[object Object],c) Transmisión y práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.,[object Object],e) Flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.,[object Object]
Fines LOE Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,[object Object],Artículo 2:,[object Object],a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.,[object Object],b) Educación en el respeto de derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.,[object Object]
La enseñanza básica LOE Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,[object Object],Artículo 4:,[object Object],3. Sin perjuicio de que la enseñanza básica garantice una educación común para todos, se adoptará la atención a la diversidad como principio fundamental.,[object Object],Cuando tal diversidad lo requiera, se adoptarán las medidas organizativas y curriculares pertinentes, según lo dispuesto en la Ley.,[object Object]
Equidad en educación LOE Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,[object Object],Título II:,[object Object],Capítulo I: Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.,[object Object],Capítulo II: Compensación de desigualdades en educación.,[object Object]
La Atención a la Diversidad,[object Object]
Asumir la diversidad es:,[object Object],Un derecho.,[object Object],Hacer una práctica educativa que responda al derecho de todos a recibir una educación de calidad:,[object Object],En situaciones de inclusión y no discriminación,[object Object],En situaciones de flexibilización:,[object Object],de aptitudes,,[object Object],de intereses,,[object Object],de expectativas,[object Object],de necesidades,[object Object],de ritmos de aprendizaje,[object Object],de motivaciones,[object Object],de estilos de aprendizaje,[object Object]
Atender a la diversidad supone:,[object Object],Partir de una evaluación que no clasifique al alumnado de manera estigmatizante y definitoria sino que describa las n.e.e. y lo que se requiere para satisfacerlas.,[object Object], Atender al alumnado desde su detección.,[object Object], Escolarizarlo en régimen de inclusión e integración siempre que sea posible.,[object Object],Revisar las decisiones de escolarización.,[object Object],Servicios escolares en todos los contextos necesarios (hospitales...).,[object Object], Dotar de los recursos necesarios personales y materiales,[object Object]
Para:,[object Object],EVITAR SITUACIONES DE:,[object Object], Desatención, marginación o segregación donde el problema es del alumno.,[object Object],EL PROBLEMA NO ES DEL ALUMNO,[object Object],DESARROLLAR SITUACIONES DE:,[object Object], Normalización e Integración en las cuales el reto es la respuesta educativa.,[object Object], Inclusión: Una escuela para todos.,[object Object], Calidad de vida,[object Object]
Objetivos de la atención a la diversidad:,[object Object],Desarrollar al máximo posible las potencialidades del alumno.,[object Object], Dotarle de un bagaje de habilidades, destrezas y conocimientos que le permitan ser y sentirse libre.,[object Object], Lograr un pleno desarrollo individual.,[object Object], Conseguir las habilidades y conocimientos que le permitan una incorporación, tan plena como sea posible, a la vida adulta y en el mundo laboral.,[object Object]
Caminamos hacia la Escuela Inclusiva,[object Object],Escuela Inclusiva es lo contrario de escuela exclusiva . Es la escuela que incluye a todos, no sólo en el libro de matrícula, sino en la realidad educativa de cada día.,[object Object],Es la escuela que reconoce la realidad plural de nuestra sociedad, y en consecuencia del alumnado en su Derecho a la Diversidad.,[object Object],Es la escuela que no entiende la diferencia como un problema, sino como un valor a integrar, para enriquecimiento del grupo y de cada uno.,[object Object],Es la escuela que acepta la democracia desde su esencia, y entiende que la educación es un proceso social, en una escuela Integrada y coherente, respetuosa y solidaria.,[object Object],Existen términos y conceptos como "Derechos a la Diversidad“, "Escuela Compresiva", "Educación Personalizada", "Escuela Adaptativa" que en su similitud o analogía convergen en el concepto: Escuela Inclusiva,[object Object]
Escuela Inclusiva: el derecho a laeducación en la diversidad,[object Object],El "derecho a la diversidad" en la escuela va mas allá de la mera integración y de medidas puntuales para dar respuesta a todos.,[object Object],Es difícil imaginar el "derecho a la diversidad" en un estado dictatorial. Pero más difícil es concebir un estado democrático en el que este derecho se traduzca en la práctica de tímidas medidas compensadoras de desigualdades.,[object Object],Hay que respetar el derecho de cada uno a ser como es, a ser diferente.,[object Object],El "derecho a la educación en la diversidad", que emana de la Ley, supone conseguir una Escuela Inclusiva e integradora, tolerante y plural; una escuela caracterizada por la compresión, el respeto y la verdadera igualdad.,[object Object]
¿Por qué este es el principal giroque tiene que tomar la escuela?,[object Object],Porque se fundamenta en el principio de normalización.,[object Object],Porque supera el discurso de la integración.,[object Object],Porque utiliza la flexibilidad curricular, es decir, el currículo puede ser único, pero flexible y adaptable.,[object Object],Porque respeta los ritmos de aprendizaje.,[object Object],Porque potencia el trabajo cooperativo entre los profesionales y en la estrategia docente.,[object Object],Porque asume la diversidad como valor humano, y este es un principio fundamental.,[object Object]
Charla atención diversidad
Charla atención diversidad
Legislación,[object Object]
Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo,[object Object]
¿Qué son?,[object Object],LOE; TÍTULO II: EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN.,[object Object],CAPÍTULO I: Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo:,[object Object],Son los alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar:,[object Object],- necesidades educativas especiales,,[object Object],- dificultades específicas de aprendizaje,,[object Object],- altas capacidades intelectuales,,[object Object],- haberse incorporado tarde al sistema educativo,,[object Object],- condiciones personales o de historia escolar,[object Object]
ATDI. Consejería de Educación,[object Object],ORDEN EDU/571/2005, de 26 de abril, por la que se crea el fichero automatizado DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DENOMINADO «Datos relativos al alumnado con Necesidades Educativas Específicas» de la Consejería de Educación.,[object Object],Instrucción Conjunta, de 7 de enero de 2009, de las DGPOIE y DGCIFP por la que se establece el procedimiento de recogida y tratamiento de los datos relativos al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en centros docentes de Castilla y León.,[object Object]
ATDI. Consejería de Educación,[object Object],ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO,[object Object],Es el alumnado que requiere durante un período de su escolarización, o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y/o actuaciones educativas específicas,,[object Object],GRUPOS,[object Object],ACNEE: Alumnado con Necesidades Educativas Especiales,[object Object],RETRASO MADURATIVO,[object Object],ANCE: Alumnado con Necesidades de Compensación Educativa,[object Object],ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES,[object Object],ALTERACIONES DE LA COMUNICACIÓN Y DEL LENGUAJE,[object Object],DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE,[object Object],CAPACIDAD INTELECTUAL LÍMITE,[object Object]
ACNEE,[object Object],DISCAPACIDAD FÍSICA,[object Object],DISCAPACIDAD PSÍQUICA,[object Object],DISCAPACIDAD AUDITIVA,[object Object],DISCAPACIDAD VISUAL,[object Object],TRASTORNOS GENERALIZADOS DEL DESARROLLO: Autismo…,[object Object],TRASTORNOS GRAVES DE LA PERSONALIDAD,[object Object],TRASTORNOS POR DÉFICIT DE ATENCIÓN Y COMPORTAMIENTO PERTURBADOR: TDHA, trastorno disocial, trastorno negativista desafiante, etc.,[object Object]
RETRASO MADURATIVO,[object Object],Se incluyen exclusivamente alumnos escolarizados en el 2º Ciclo de Educación Infantil y tiene carácter transitorio para aquellos casos que no cuenten con un diagnóstico más preciso.,[object Object]
ANCE,[object Object],Inmigrantes:,[object Object],Alumnado de incorporación tardía al sistema educativo español que presenta necesidades de compensación educativa, bien por desfase curricular de dos o más cursos de diferencia – al menos en las áreas instrumentales- entre su nivel de competencia curricular y el que corresponde al curso en el que está escolarizado, bien por desconocimiento de la lengua castellana.,[object Object],Especiales condiciones personales:,[object Object],Alumnado que presenta necesidades de compensación educativa por razones de hospitalización y/o larga enfermedad,[object Object], Especiales condiciones geográficas, sociales y culturales:,[object Object],Alumnado procedente de minorías, ambiente desfavorecido, exclusión social o marginalidad, temporeros o feriantes, o especiales circunstancias de aislamiento geográfico, y que además presenta necesidades de compensación educativa, por tener un desfase curricular de dos o más cursos de diferencia -al menos en las áreas instrumentales- entre su nivel de competencia curricular y el que corresponde al curso en el que está escolarizado.,[object Object]
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES,[object Object],Superdotación Intelectual,[object Object],Alumnado que manifiesta altas capacidades intelectuales de carácter general.,[object Object],Talento simple o complejo,[object Object],Alumnado en el que la valoración determina la existencia de rasgos que indican una capacidad intelectual superior en algunos aspectos específicos del ámbito curricular, sin que proceda incluirlo en el apartado anterior.,[object Object],Precocidad Intelectual,[object Object],Alumnado en el que la identificación de necesidades educativas evidencia la existencia de rasgos indicativos de un nivel intelectual superior al ordinario de acuerdo con su edad, pero en el que no existen suficientes elementos para incluirlo en los apartados anteriores y que, presumiblemente, se trata de un desarrollo intelectual precoz. Esta situación es más habitual en los primeros años de la escolarización.,[object Object]
ALTERACIONES DE LA COMUNICACIÓN Y DEL LENGUAJE,[object Object],TRASTORNOS DE LA COMUNICACIÓN Y DEL LENGUAJE:,[object Object], AFASIA,[object Object], DISFASIA,[object Object], MUTISMO SELECTIVO,[object Object], DISARTRIA,[object Object], DISGLOSIA,[object Object], DISFEMIA,[object Object], RETRASO SIMPLE DEL  LENGUAJE,[object Object],OTROS:,[object Object], DISLALIA,[object Object],DISFONÍA,[object Object]
DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE,[object Object],Se entiende que un alumno o alumna presenta dificultades específicas de aprendizaje cuando muestra alguna alteración en uno o más de los procesos psicológicos básicos implicados en la adquisición y uso de habilidades de lectura, escritura, razonamiento o habilidades matemáticas.,[object Object],Se consideran dificultades específicas  de aprendizaje aquéllas que no se  presentan derivadas de algún tipo  de discapacidad psíquica, física o  sensorial, y que tampoco se deben  a influencias extrínsecas como  circunstancias socioculturales.,[object Object], DISLEXIA,[object Object], DISORTOGRAFÍA,[object Object], DISCALCULIA,[object Object], LECTOESCRITURA,[object Object]
CAPACIDAD INTELECTUAL LÍMITE,[object Object],Alumnado que presenta un retraso de dos o más cursos de diferencia entre su ncc -al menos en las áreas instrumentales- y el que corresponde al curso en el que está escolarizado, por razones personales que no tengan cabida en los otros grupos.,[object Object]
Normativa General,[object Object]
Normativa,[object Object],Que ordena la educación de los alumnos con nee:,[object Object],RD. 696/1995,[object Object],Que señala los principios de nuestro sistema educativo: equidad, igualdad de oportunidades, inclusión educativa y no discriminación.,[object Object],LOE: (Art. 4 y Art. 71-83),[object Object], Se concreta en CyL.,[object Object],Plan Marco de Atención a la Diversidad para CyL.,[object Object], Para evaluar al alumnado con nee: Orden EDU/865/2009,[object Object], Para realizar la ACS: Resolución de 17 agosto de 2009,[object Object], Evaluación psicopedagógica y dictamen: Orden EDU/1603/2009,[object Object], ATDI: Instrucción 7 de enero de 2009,[object Object]
Plan Marco de Atención a la Diversidad para CyL. (Acuerdo  18 de diciembre de 2003 de la Junta de CyL),[object Object],Es un documento de carácter general sobre las medidas previstas para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado y a su orientación educativa. ,[object Object],Planes:,[object Object],Plan de Atención al Alumnado Extranjero y de Minorías: Orden 29 de diciembre de 2004.,[object Object],Plan de Atención al Alumnado con Superdotación: Orden 7 de Abril de 2005.,[object Object],Plan de Orientación Educativa: Orden 13 de Febrero 2006.,[object Object],Plan de Prevención y Control del Absentismo Escolar: Orden 21 de Septiembre de 2005.,[object Object],Plan de Atención al Alumnado con Necesidades Educativas Especiales: Orden 23 de Marzo de 2007.,[object Object]
Normativa Educación Secundaria,[object Object]
Normativa Educación Secundaria,[object Object],REAL DECRETO 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la ESO.,[object Object],DECRETO 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la ESO en la Comunidad de CyL.,[object Object],ORDEN EDU/1046/2007, de 12 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo de la ESO en la Comunidad de CyL.,[object Object],Artículo 13: Atención a la diversidad,[object Object],ORDEN EDU/1952/2007, de 29 de noviembre, por la que se regula la evaluación en la ESO en la Comunidad de CyL.,[object Object]
Normativa Bachillerato,[object Object]
Normativa Bachillerato,[object Object],REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.,[object Object],DECRETO 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el Currículo de Bachillerato en la Comunidad de CYL.,[object Object],ORDEN EDU/1061/2008, de 19 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo del bachillerato en la Comunidad de CyL.,[object Object],ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de CyL.,[object Object]
Análisis de la Normativa,[object Object]
Normativa específica de atención a la diversidad,[object Object],ODEN EDU/865/2009, de 16 de abril, por la que se regula la evaluación del alumnado con NEE escolarizado en el segundo ciclo de educación infantil y en las etapas de educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de CyL.,[object Object],ASPECTOS CLAVES:,[object Object],1. Proceso de evaluación:,[object Object],Con carácter general, de la misma forma que al resto del alumnado.,[object Object],De forma particular, conforme a lo establecido en las adaptaciones curriculares significativas, previo Informe de Evaluación Psicopedagógica.,[object Object],En bachillerato, las ACS no podrán tener carácter significativo ( no afectan a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de la etapa.),[object Object]
Normativa específica de atención a la diversidad,[object Object],ASPECTOS CLAVES:,[object Object],2, Permanencia del alumnado con NEE en las distintas etapas educativas:,[object Object],El mismo curso una sola vez y dos como máximo dentro de la etapa; de forema excepcional, una segunda vez en 4º Eso si no ha repetido en cursos anteriores:,[object Object],Se ampliará el límite de edad hasta los 20 años.,[object Object],Deberá estar en condiciones de obtener el título de ESO.,[object Object]
ASPECTOS CLAVES:,[object Object],3. Fraccionamiento de las enseñanzas en Bachillerato:,[object Object],Para ACNEE asociadas a graves problemas de audición, visión o motricidad.,[object Object],Se dividirán en dos bloques el conjunto de materias del currículo de cada uno de los cursos.,[object Object],Cuando queden materias pendientes del primer bloque, los alumnos deberán matricularse de las del segundo más las pendientes del primero.,[object Object],Normativa específica de atención a la diversidad,[object Object]
Normativa específica de atención a la diversidad,[object Object],RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2009, de la DGPOIE, por la que se regula el diseño, aplicación, seguimiento y evaluación de las adaptaciones curriculares significativas para el ACNEE escolarizado en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria en los centros docentes de la Comunidad de CyL.,[object Object],ASPECTOS CLAVES:,[object Object],1. Requisitos:,[object Object],Deben ser ACNEE.,[object Object],Deben haberse puesto en marcha anteriormente otras medidas de atención a la diversidad.,[object Object],Desfase superior a dos cursos en educación secundaria obligatoria.,[object Object]
Normativa específica de atención a la diversidad,[object Object],ASPECTOS CLAVES:,[object Object],2. Documento Individual de Adaptación Curricular Significativa (Modelo en Anexo de la RESOLUCIÓN).,[object Object],Áreas o materias que van a ser objeto de adaptación.,[object Object],Fecha de elaboración y duración prevista.,[object Object],Profesionales implicados.,[object Object],Síntesis de la información del Informe Psicopedagógico.,[object Object],Medidas de acceso previstas.,[object Object],Concreción de la adaptación en las distintas áreas o materias.,[object Object],Seguimiento trimestral y final.,[object Object]
Normativa específica de atención a la diversidad,[object Object],ASPECTOS CLAVES:,[object Object],2. Elaboración y aplicación de las ACI Significativas:,[object Object],Elaboración y aplicación durante el primer trimestre del curso.,[object Object],Serán realizadas por el profesorado que atiende al alumno y que imparta las áreas o materias objeto de adaptación:,[object Object],Colaboración del profesorado de apoyo a la educación especial (PT y/o AL),[object Object],Asesoramiento del orientador.,[object Object]
Normativa específica de atención a la diversidad,[object Object],ASPECTOS CLAVES:,[object Object],2. Duración, seguimiento y evaluación de las ACI Significativas.,[object Object],Duración: Con carácter general, un curso en Educación Infantil y ESO, y un ciclo en Educación Primaria.,[object Object],Seguimiento: Trimestral, conforme al modelo del ANEXO.,[object Object],Evaluación de las materias:,[object Object],Responsabilidad del profesor de área o materia, con la colaboración del profesorado de apoyo.,[object Object],Conforme a los criterios de evaluación de la propia ACS.,[object Object],Propuestas de mejora en función de la evaluación final del alumno.,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],1. Repetición ordinaria de curso. Artículo 9 de las Órdenes que regulan la evaluación en educación Secundaria Obligatoria (EDU/1952/2007),[object Object],2. Refuerzo educativo para el alumnado que presente dificultades de aprendizaje en los aspectos básicos e instrumentales del currículo y no hayan desarrollado convenientemente los hábitos de trabajo y estudio:,[object Object],Refuerzo educativo individualizado en el grupo ordinario.,[object Object],Refuerzo educativo mediante agrupamientos flexibles.,[object Object],Desdoblamientos de grupos (ESO),[object Object],Adopción de medidas metodológicas orientadas a la integración de las distintas experiencias y aprendizajes de los alumnos.,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],Artículos 9 y 14  de la Orden de implantación y desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria (EDU/1046/2007). La denominación de las medidas está indicada explícitamente como de refuerzo educativo.,[object Object],Conviene señalar que el artículo 9 de la Orden EDU/1406/2007, incluye entre los aspectos que se deben incluir en las programaciones didácticas: «el diseño de medidas de refuerzo educativo dirigidas a los alumnos de educación secundaria obligatoria que presenten dificultades de aprendizaje», el artículo 14.4 «la implantación de refuerzos a un grupo de alumnos supone … que incidirán, fundamentalmente, en el desarrollo del currículo de las materias de carácter instrumental …»,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],3. Adaptaciones curriculares que afecten a la metodología, organización, a la adecuación de las actividades, a la temporalización y a la adecuación de las técnicas, tiempos e instrumentos de evaluación, así como a los medios técnicos y recursos materiales.,[object Object],Estas adaptaciones tomarán como referente los criterios de evaluación establecidos con carácter general en las programaciones didácticas.,[object Object],Artículo 13 de la Orden de implantación y desarrollo de la ESO (EDU/1046/2007),[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],4. Adaptaciones curriculares significativas (ACNEEs): afectan a los elementos prescriptivos del curriculo (objetivos, contenidos y criterios de evaluación). ,[object Object],Estas adaptaciones tomarán como referente los criterios de evaluación establecidos en las mismas.,[object Object],Resolución de 17 de agosto de 2009 sobre ACS.,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],5. Alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo con desfase curricular de dos o más cursos:,[object Object],Escolarización en uno o dos cursos inferiores al que le corresponde por edad en ESO.,[object Object],OBSERVACIONES:,[object Object],Medida de carácter temporal.,[object Object],Esta medida se podrá tomar siempre y cuando esta escolarización permita completar la etapa en los límites de edad establecidos con carácter general para todo el alumnado.,[object Object],Una vez superado el desfase se incorporará al grupo ordinario.,[object Object],Artículo 13 de la Orden de implantación y desarrollo de la ESO (EDU/1046/2007),[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],6. Programa de diversificación curricular:,[object Object],Requisitos del alumnado:,[object Object],Tener dificultades de aprendizaje que le impidan alcanzar los objetivos y las competencias básicas de la etapa siguiendo el currículo ordinario.,[object Object],Haber sido objeto de medidas previas de atención a la diversidad: refuerzo educativo, adaptaciones curriculares y/o repetición de curso.,[object Object],Existir expectativas fundadas de obtener el título siguiendo el PDC.,[object Object],Condiciones de acceso y requisitos de edad establecidos en la ORDEN EDU/1048/2007.,[object Object],Normativa base: RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2009, por la que se regulan los PDC.,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],7. Programas de Cualificación Profesional Inicial:,[object Object],Requisitos del alumnado:,[object Object],Con carácter general, mayores de 16 años y, preferentemente, menores de 21, cumplidos antes del 31 de diciembre del año de inicio del programa.,[object Object],Con 15 años cumplidos antes del 31 de diciembre que habiendo realizado 2º ESO no estén en condiciones de promocionar a 3º y hayan repetido una vez en la etapa.,[object Object],Alumnos con necesidades educativas especiales (PCPI en la modalidad de Iniciación Profesional Especial),[object Object],ORDEN EDU/1869/2009, de 22 de septiembre, por la que se regulan los PCPI en CyL.,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],8. Otros aspectos a considerar: R. DECRETO 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la ESO.,[object Object],«La lectura constituye un factor primordial para el desarrollo de las competencias básicas. Los centros deberán garantizar en la práctica docente en todas las materias un tiempo dedicado a la misma en todos los cursos de la etapa». (art. 7.4.),[object Object],«…Las medidas de atención a la diversidad en esta etapa estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y a la consecución de las competencias básicas y los objetivos de la ESO y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y la titulación correspondiente» (art. 12,1).,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad en la normativa,[object Object],8. Otros aspectos a considerar: R. DECRETO 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la ESO.,[object Object],«…Las administraciones educativas, con el fin de facilitar la accesibilidad al currículo, establecerán los procedimientos oportunos cuando sea necesario realizar adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación del currículo, a fin de atender al ACNEEs que las precisen …, a los que se refiere el artículo 73 de la LOE…» (art. 12.5).,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad,[object Object]
Niveles de concreción curricular,[object Object],NIVEL NACIONAL,[object Object],NIVEL AUTONÓMICO,[object Object],CURRÍCULO,[object Object],PROYECTO EDUCATIVO,[object Object],NIVEL DE CENTRO,[object Object],PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA,[object Object],NIVEL DE AULA,[object Object],ADAPTACIONES CURRICULARES,[object Object],NIVEL INDIVIDUAL,[object Object]
Medidas de atención a la diversidad,[object Object],Medidas ordinarias,[object Object],Medidas extraordinarias,[object Object]
Medidas Ordinarias de Atención a la Diversidad,[object Object]
Medidas ordinarias de atención a la diversidad,[object Object],Evaluación inicial y continua.,[object Object],Refuerzo y apoyo educativo individualizado.,[object Object],Acción tutorial y orientación educativa.,[object Object],Enseñanza adaptada y diversificada.,[object Object],Flexibilidad metodológica.,[object Object],Adaptaciones curriculares no significativas.,[object Object],Seguimiento de los progresos y dificultades individuales y del grupo.,[object Object],Graduación de las estrategias de ayudas.,[object Object],Organización de estrategias de trabajo cooperativo.,[object Object],Planteamiento de actividades y procedimientos de evaluación diversificados.,[object Object],Organización del aula (recursos personales y materiales.,[object Object],Plan de refuerzo educativo.,[object Object],Repetición Ordinaria,[object Object],Desdoblamientos,[object Object]
Adaptaciones Curriculares No Significativas,[object Object],¿Qué es?,[object Object],¿Para qué se hacen?,[object Object],¿A quién van dirigidas?,[object Object],¿Quién las hace?,[object Object],¿Cuándo se hacen?,[object Object],Repercusiones en la promoción, evaluación.,[object Object],Elementos curriculares.,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVA¿QUÉ ES?,[object Object],Cambios habituales que hace el profesor dentro del aula sin modificar los elementos prescriptivos del currículo oficial.,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVA¿PARA QUÉ SE HACEN?,[object Object],Para individualizar la enseñanza a las necesidades propias de los alumnos.,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVA¿CÓMO Y CUÁNDO SE HACE?,[object Object],Adaptando los diferentes elementos de la programación didáctica (objetivos, contenidos, metodología, evaluación y temporalización) a los alumnos o al grupo en que vamos a aplicarla.,[object Object],En el momento que el maestro lo considere necesario.,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVAREPERCUSIONES,[object Object],	NO TIENE NINGUNA REPERCUSIÓN,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVAELEMENTOS CURRICULARES,[object Object],Cualquiera menos los mínimos del Currículo Oficial de Castilla y León, siempre siguiendo un continuo.,[object Object],Objetivos,[object Object],Contenidos,[object Object],Metodología y organización didáctica,[object Object],Evaluación,[object Object],Tiempos,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVAELEMENTOS CURRICULARES,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVAELEMENTOS CURRICULARES,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVAELEMENTOS CURRICULARES,[object Object]
REFUERZO EDUCATIVO,[object Object],Artículos 9 y 14  de la Orden de implantación y desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria (EDU/1046/2007). La denominación de las medidas está indicada explícitamente como de refuerzo educativo.,[object Object],Su finalidad es lograr el éxito escolar.,[object Object],Dirigidas a alumnos que presenten dificultades o problemas de aprendizaje.,[object Object],Los departamentos prestarán especial atención a los alumnos con materias pendientes.,[object Object],Se darán en áreas instrumentales.,[object Object],Deben figurar en la programación didáctica del departamento.,[object Object]
MEDIDAS DE REFUERZO EDUCATIVO,[object Object],Pueden ser individuales o colectivas.,[object Object],Refuerzos individuales dentro del grupo.,[object Object],Refuerzos colectivos mediante agrupamientos flexibles de carácter temporal o desdoblamientos.,[object Object]
Medidas Extraordinarias de Atención a la Diversidad,[object Object]
Medidas extraordinarias de atención a la diversidad,[object Object],Son medidas que se toman con los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.,[object Object],Requieren Informe Psicopedagógico y validez de inspección.,[object Object],Apoyo de los especialistas de PT, AL y PC.,[object Object],Adaptaciones de acceso al currículo.,[object Object],Adaptaciones curriculares significativas.,[object Object],Programas de intervención con familias.,[object Object],Intervención de servicios externos: ONCE, SAAC…,[object Object],Programa de diversificación curricular.,[object Object],Programas de Cualificación Profesional Inicial.,[object Object],Repetición extraordinaria no superior a 20 años.,[object Object]
Adaptaciones de acceso al currículo,[object Object],Centradas en la compensación de dificultades derivadas de una discapacidad:,[object Object],De acceso físico: adaptación de espacios, mobiliario, textos, material de escritura…,[object Object],De comunicación: lenguajes expecíficos para ciegos y sordos.,[object Object],Crean las condiciones necesarias para acceder al currículo (objetivos, contenidos y criterios de evaluación),[object Object]
Adaptaciones curriculares significativas,[object Object],RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2009, de la DGPOIE, por la que se regula el diseño, aplicación, seguimiento y evaluación de las adaptaciones curriculares significativas para el ACNEE escolarizado en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria en los centros docentes de la Comunidad de CyL.,[object Object]
Adaptaciones curriculares significativas,[object Object],¿Qué son?,[object Object],¿Para qué y para quién se hacen?,[object Object],¿A quién van dirigidas?,[object Object],¿Quién las hace?,[object Object],Pasos previos,[object Object],¿Cómo y dónde se hacen?,[object Object],Repercusiones en la promoción, evaluación.,[object Object],Elementos curriculares,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVA¿QUÉ SON?,[object Object],Se entiende por adaptación curricular significativa toda modificación realizada en los elementos considerados preceptivos del currículo, entendiendo por éstos los objetivos, contenidos y criterios de evaluación establecidos en las áreas y materias de cada una de las enseñanzas y etapas educativas.(art. 2.1),[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVA¿PARA QUÉ SE HACEN?,[object Object],Se realizan para « …responder a las necesidades educativas especiales que pueda presentar un alumno a lo largo de su escolaridad». (art. 2.1),[object Object],Para alumnos con necesidades educativas especiales que presenten un desfase curricular de dos cursos en educación secundaria obligatoria, entre su nivel de competencia curricular y el curso en el que efectivamente se encuentre escolarizado.. (art. 2.3),[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVA¿QUIÉN LAS HACE?,[object Object],TAREA COMPARTIDA,[object Object],	El maestro de cada área con el asesoramiento y apoyo de los maestros de apoyo y orientador.,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVAPASOS PREVIOS,[object Object],Detección y evaluación del ACNEEs.,[object Object],	ORDEN EDU/865/2009, de 16 de abril, por la 	que se regula la evaluación psicopedagógica 	del ACNEE.,[object Object],Documento de derivación (anexo I de la Orden,[object Object]
Documento de derivación,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVAPASOS PREVIOS,[object Object],2. Una vez realizada la evaluación psicopedagógica y determinadas las nee, los orientadores recogerán en el informe psicopedagógico la propuesta de ACS y otras medidas extraordinarias.,[object Object],3º El profesorado que atiende al alumnado objeto de adaptación elaborará las correspondientes adaptaciones curriculares con las orientaciones y asesoramiento del orientador.,[object Object],Esta adaptación puede afectar a:,[object Object], los objetivos,[object Object], los contenidos curriculares,,[object Object], los criterios, técnicas e instrumentos de evaluación,,[object Object], la temporalización,[object Object], la metodología,,[object Object], la organización,,[object Object], la adecuación de las actividades,[object Object], los medios técnicos y recursos que permitan acceder al currículo a dicho alumnado.,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVA¿CÓMO Y DÓNDE SE HACEN?,[object Object],Se realizan de acuerdo con las necesidades educativas especiales incluidas en el informe y su desfase curricular.,[object Object],Deben constar en el documento individual de adaptación curricular significativa (anexo de la resolución),[object Object],Constarán en las programaciones didácticas.,[object Object],En aquellas áreas en las que el alumno tenga ACS, la evaluación tomará como referencia los objetivos, contenidos y criterios de evaluación en ella establecidos.,[object Object]
Documento Individual de Adaptación Curricular Significativa,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVAELEMENTOS CURRICULARES,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVAELEMENTOS CURRICULARES,[object Object]
ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVAELEMENTOS CURRICULARES,[object Object]
Muchas gracias por su atención,[object Object]
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