2. 1. ANTECEDENTE.- Surge el derecho como
instrumento para resolver los conflictos entre los
diferentes grupos sociales en que los seres
humanos nos hemos agrupado para vivir en
sociedad, el ser humano es armonía, conflicto y da
el origen al Derecho.
2. EL DERECHO CIVIL COMPARADO
2.1 España.- El Código Español es un código muy
Importante porque tiene mas de 100 años de vigencia
es de 1889, El código civil español de 1889, es el único
código civil que ha regido en el derecho español.
3. 2.3 Italia.- Este código es considerado por parte de la
doctrina como un código de derecho privado, por que
regula el derecho civil y el derecho comercial o
mercantil, es de 1942, ha sido recepcionado
parcialmente en el código civil peruano de 1984.
2.4 Colombia.- Colombia es un estado social de derecho
organizado en forma de República unitaria,
descentralizada, democrática, participativa y pluralista.
•El objeto de la función Judicial es la de impartir Justicia
•El objeto de la función Judicial es la de impartir Justicia.
•Esta es constituida por tribunales y jueces
independientes.
4. 3. MARCO NORMATIVO NACIONAL
3.1 La Constitución.- Es una norma fundamental que
contiene, valores, principio, instituciones y normas, es el
esqueleto normativo de un Estado.
3.2 Código Civil.- Es un cuerpo legal que tiene por objeto
regular las relaciones civiles de las personas físicas,
jurídicas y privadas.
3.3 Código Procesal Constitucional.- Es una rama
del derecho que permiten la protección de
la supremacía constitucional y de los derechos
contenidos en la Constitución (acción de amparo,
el habeas corpus y la acción de
inconstitucionalidad).
5. 3.4.- CPC y CPP.
CPC. Se encarga de regular: las relaciones jurídicas de
los sujetos procesales y la aplicación de leyes civiles a los
casos concretos de controversia de las partes.
CPP.- Es el conjunto de normas jurídicas cuyo objeto es
organizar los órganos penales y regular la actividad dirigida
a la actuación jurisdiccional del Derecho penal material, es
un puente entre el Derecho penal material y la realidad.
6. 4. DEBIDO PROCESO
4.1 Concepto.- Es un principio y también un derecho
fundamental de aplicación inmediata que faculta a toda
persona para exigir (la inmediación, derecho de defensa,
pluralidad de instancia, legalidad,).
4.2 SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
EN RELACION AL DEBIDO PROCESO (2013)
EXP. N.° 03631-2012-PA/TC
JUAN JOSÉ QUISPE SOSA
7. 5. CONLCUSIONES.
El proceso civil, es el conjunto de actos mediante los
cuales se constituyen, desarrolla y termina la relación
jurídica que se establece entre el juzgador, las partes.
Derecho procesal civil; Es la disciplina que estudia el conjunto
de normas que regulan el proceso a través del cual se
solucionan los litigios que versan sobre la interpretación o
aplicación de normas sustantivas civiles.