El documento presenta una introducción al juicio de amparo en México, definiéndolo como un mecanismo de control de constitucionalidad. Explica las partes en un juicio de amparo, los tipos de actos que pueden ser reclamados, los plazos para promover una demanda, las causas de improcedencia y sobreseimiento, y los supuestos de procedencia del amparo indirecto y directo. También resume los requisitos de las demandas de amparo indirecto y directo, y conceptos como la ampliación de demanda, el interés jurídico y leg
2. ¿QUÉ ES EL JUICIO DE AMPARO?
•Según el maestro Carlos Martín Gómez
Marinero, en su Manual del Juicio del Juicio
de Amparo [Porrúa 2017], es un mecanismo
de control de constitucionalidad, legalidad
y convencionalidad.
3. PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO
•Conforme al artículo 5º de la Ley
Reglamentaria de los Artículos 103 y
107 de la CPEUM, son partes en el
juicio de amparo: el quejoso; la
autoridad responsable; el tercero
interesado; y, el agente del ministerio
público Federal.
4. CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS
•La doctrina ha realizado la siguiente
clasificación: actos de particulares;
consumados; declarativos; consentidos;
derivados de otros consentidos; de tracto
sucesivo; positivos; negativos; negativos con
efectos positivos; prohibitivos; y, futuros.
5. PLAZOS PARA PROMOVER LA DEMANDA
• Conforme al artículo 17 de la Ley de Amparo,
el plazo para promoverla, por regla general es
de 15 días; pero, hay las siguientes
excepciones: 30 días cuando se reclame una
general autoaplicativa, o el procedimiento de
extradición; un plazo de hasta 8 años, cuando
se reclame la sentencia definitiva condenatoria
en un proceso penal que imponga pena de
prisión; […]
6. PLAZOS PARA PROMOVER LA DEMANDA
• […] 7 años cuando el amparo se promueva contra
actos que tengan o puedan tener por efecto privar
total o parcialmente, en forma temporal o
definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de
sus derechos agrarios a los núcleos de población
ejidal o comunal; y, en cualquier tiempo, cuando el
acto reclamado implique peligro de privación de la
vida, ataques a la libertad personal fuera de
procedimiento; […]
7. PLAZOS PARA PROMOVER LA DEMANDA
• […] incomunicación, deportación o expulsión,
proscripción o destierro, desaparición forzada
de personas o alguno de los prohibidos por el
artículo 22 de la CPEUM, así como la
incorporación forzosa al Ejército, Armada o
Fuerza Aérea nacionales.
8. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA
• Éstas se encuentran previstas en el artículo 61 de la
Ley de Amparo; y, entre ellas, destacan la
improcedencia del juicio de amparo, en contra de:
las adiciones o reformas a la CPEUM; contra actos
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
contra actos del Consejo de la Judicatura Federal;
contra resoluciones dictadas por el Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación; […]
9. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA
• […] contra actos del Congreso de la Unión, su
Comisión Permanente o cualquiera de sus cámaras
en procedimiento de colaboración con los otros
poderes que objeten o no ratifiquen
nombramientos o designaciones para ocupar
cargos, empleos o comisiones en entidades o
dependencias de la Administración Pública
Federal, centralizada o descentralizada, órganos
dotados de autonomía constitucional u órganos
jurisdiccionales de cualquier naturaleza […]
10. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA
• […] contra resoluciones de los tribunales colegiados
de circuito; contra las resoluciones o declaraciones
del Congreso Federal o de las Cámaras que lo
constituyen, de las Legislaturas de los Estados o de sus
respectivas Comisiones o Diputaciones Permanentes,
en declaración de procedencia y en juicio político,
así como en elección, suspensión o remoción de
funcionarios en los casos en que las Constituciones
correspondientes les confieran la facultad de resolver
soberana o discrecionalmente; […]
11. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA
• […] contra normas generales respecto de las
cuales la Suprema Corte de Justicia de la Nación
haya emitido una declaratoria general de
inconstitucionalidad; contra resoluciones dictadas
en los juicios de amparo o en ejecución de las
mismas; y, "En los demás casos en que la
improcedencia resulte de alguna disposición de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, o de esta Ley" [fracción XXIII de la Ley
de Amparo].
12. CAUSAS DE SOBRESEIMIENTO
• Las causas de sobreseimiento del juicio de amparo,
están previstas en el artículo 63 de la Ley de
Amparo y, entre ellas, se encuentran: el
desistimiento del quejoso; la falta de entrega de los
edictos; la muerte del impetrante del amparo; la
inexistencia del acto reclamado; o, cuando
durante el juicio se advierta o sobrevenga alguna
de las causales de improcedencia a que se refiere
el artículo 61 de la Ley de Amparo.
13. MOMENTOS DE APLICACIÓN DE LAS
CAUSALES DE IMPROCEDENCIA
•La doctrina contempla tres momentos: a)
En la admisión de la demanda; b) durante
el trámite del amparo, antes de la
audiencia constitucional mediante auto
de sobreseimiento; y, c) en la audiencia
constitucional mediante la sentencia
dictada en el juicio de amparo.
14. SUPUESTOS DE PROCEDENCIA DEL AMPARO
INDIRECTO
• Éstos se encuentran regulados en el artículo 107 de
la Ley de Amparo; y, a guisa de ejemplo, se
encuentran los siguientes ejemplos: contra normas
generales que por su sola entrada en vigor o con
motivo del primer acto de su aplicación causen
perjuicio al quejoso; contra actos u omisiones que
provengan de autoridades distintas de los
tribunales judiciales, administrativos o del trabajo;
[…]
15. SUPUESTOS DE PROCEDENCIA DEL AMPARO
INDIRECTO
• […] contra actos dentro o fuera de juicio que afecten
a personas extrañas; contra las omisiones del
Ministerio Público en la investigación de los delitos, así
como las resoluciones de reserva, no ejercicio,
desistimiento de la acción penal, o por suspensión de
procedimiento cuando no esté satisfecha la
reparación del daño; y, contra normas generales,
actos u omisiones de la Comisión Federal de
Competencia Económica y del Instituto Federal de
Telecomunicaciones.
16. REQUISITOS DE LA DEMANDA DE AMPARO
INDIRECTO
• Éstos se encuentran previstos por el artículo 108 de
la Ley de Amparo y, entre ellos, se encuentran los
siguientes: el nombre y domicilio del quejoso y del
que promueve en su nombre; el nombre y domicilio
del tercero interesado; la autoridad o autoridades
responsables; la norma general, acto u omisión que
de cada autoridad se reclame; […]
17. REQUISITOS DE LA DEMANDA DE AMPARO
INDIRECTO
• […] bajo protesta de decir verdad, los hechos o
abstenciones que constituyan los antecedentes del
acto reclamado o que sirvan de fundamento a los
conceptos de violación; los preceptos que
contengan los derechos humanos y las garantías
cuya violación se reclame; y los conceptos de
violación [entre otros].
18. AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA
• Actualmente, el artículo 111 de la Ley de Amparo,
señala, que la ampliación de la demanda de
amparo procede: cuando no hayan transcurrido los
plazos para su presentación; y, con independencia
de ello, cuando el quejoso tenga conocimiento de
actos de autoridad que guarden estrecha relación
con los actos reclamados en la demanda inicial
[caso en el cual la ampliación deberá presentarse
dentro de los plazos previstos en el artículo 17 de la
Ley de Amparo.
19. INTERÉS JURÍDICO Y LEGÍTIMO
•El interés jurídico se acredita comprobando
la existencia del acto de aplicación de la
norma tildada de inconstitucional, o bien
con los elementos que permitan ubicar al
quejoso en la hipótesis normativa […]
20. INTERÉS JURÍDICO Y LEGÍTIMO
• […] Por cuanto hace al interés legítimo, la Primera
Sala de la SCJN, ha precisado que éste se define
como aquel interés personal, individual o colectivo,
cualificado, actual, real y jurídicamente relevante,
que puede traducirse, en caso de concederse el
amparo, en un beneficio jurídico en favor del
quejoso, derivado de una afectación a su esfera
jurídica en sentido amplio, que puede ser de índole
económica, profesional, de salud pública, o de
cualquier otra.
21. ¿PROCEDE EL AMPARO CONTRA LAS NORMAS
CONTENIDAS EN LA LEY DE AMPARO?
• Inicialmente puede afirmarse que no, por
disposición expresa del artículo 61 de la ley de la
materia; pero, existe el criterio de la Primera Sala de
la SCJN, sostenido en el amparo en revisión
1244/2008, derivado de la facultad de atracción
28/2008, en el cual se consideró la posibilidad de
impugnar a través de la revisión, la
inconstitucionalidad de la Ley de Amparo.
22. SUPUESTOS DE PROCEDENCIA DEL AMPARO
DIRECTO
• En términos del artículo 170 de la Ley de Amparo, el
juicio de amparo directo procede: I. Contra
sentencias definitivas, laudos y resoluciones que
pongan fin al juicio, dictadas por tribunales
judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo, ya
sea que la violación se cometa en ellos, o que
cometida durante el procedimiento, afecte las
defensas del quejoso trascendiendo al resultado
del fallo […]
23. SUPUESTOS DE PROCEDENCIA DEL AMPARO
DIRECTO
• […] II. Contra sentencias definitivas y resoluciones
que pongan fin al juicio dictadas por tribunales de
lo contencioso administrativo cuando éstas sean
favorables al quejoso, para el único efecto de
hacer valer conceptos de violación en contra de
las normas generales aplicadas.
24. REQUISITOS DE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO
•Éstos se encuentran contenidos en el
artículo 175 de la Ley de Amparo; y, grosso
modo, son los siguientes: el nombre y
domicilio del quejoso y de quien promueve
en su nombre; el nombre y domicilio del
tercero interesado; la autoridad
responsable; […]
25. REQUISITOS DE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO
•[…] el acto reclamado; la fecha en que se
haya notificado el acto reclamado al
quejoso o aquélla en que hubiese tenido
conocimiento del mismo; los preceptos que
contengan los derechos humanos cuya
violación se reclame; y los conceptos de
violación.
26. AMPARO ADHESIVO
• Conforme al artículo 182 de la Ley de Amparo, el
amparo adhesivo únicamente proce en los casos
siguientes: cuando el adherente trate de fortalecer
las consideraciones vertidas en el fallo definitivo, a
fin de no quedar indefenso; y, cuando existan
violaciones al procedimiento que pudieran afectar
las defensas del adherente, trascendiendo al
resultado del fallo.
27. FACULTAD DE ATRACCIÓN
• En términos del artículo 40 de la Ley de
Amparo, el pleno o las salas de la SCJN, podrán
ejercer, de manera oficiosa o a solicitud del
Procurador General de la República la facultad
de atracción para conocer de un amparo
directo que corresponda resolver a los
tribunales colegiados de circuito, cuando por
su interés y trascendencia lo ameriten.
28. LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
•Dice Carlos Martín Gómez Marinero [en su
ya referido Manual del Juicio de Amparo]
que, a través de la suspensión del acto
reclamado, los legisladores de amparo
previeron la posibilidad de preservar la
materia objeto de la controversia
constitucional […]
29. LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
• Conforme al artículo 125 de la Ley de Amparo, la
suspensión del acto reclamado se decretará de
oficio o a petición del quejoso; y, en términos de su
numeral 126, la suspensión se concederá de oficio
y de plano cuando se trate de actos que importen
peligro de privación de la vida, ataques a la
libertad personal fuera de procedimiento,
incomunicación […]
30. LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
•[…] deportación o expulsión, proscripción o
destierro, extradición, desaparición forzada
de personas o alguno de los prohibidos por
el artículo 22 de la CPEUM, así como la
incorporación forzosa al Ejército, Armada o
Fuerza Aérea nacionales.
31. RECURSOS EN EL JUICIO DE AMPARO
• 1. Recurso de revisión [artículo 81 de la Ley de Amparo].
• 2. Recurso de queja [artículo 97 de la Ley de Amparo].
• 3. Recurso de reclamación [artículo 104 de la Ley de
Amparo].
• 4. Recurso de inconformidad [artículo 201 de la Ley de
Amparo].
32. JURISPRUDENCIA
• Para Gómez Marinero, la jurisprudencia es el
conjunto de consideraciones, interpretaciones,
razonamientos y estimaciones jurídicas que hace
una autoridad judicial en un sentido uniforme e
ininterrumpido, en relación con cierto número de
casos concretos semejantes que se presentan a
su conocimiento, para resolver un punto de
derecho determinado.
33. TIPOS DE JURISPRUDENCIA
•Conforme al artículo 215 de la Ley
Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de
la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la jurisprudencia se establece
por reiteración de criterios, por
contradicción de tesis y por sustitución.
34.
35. SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO VS.
SISTEMA PENAL ACUSATORIO
•En el sistema penal acusatorio y
adversarial ¿cómo debe
entenderse dicho principio?
36. PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN,
SUPLENCIA DE LA QUEJA Y EL S. P. A.
•¿Puede un juez de control o de juicio, ante
la eventual vulneración de algún derecho
humano, suplir la deficiencia a alguna de
las partes?
37. PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN EL CNPP
• ¿Es acorde a la Convención Americana de
Derechos Humanos, el procedimiento abreviado
regulado por el Código Nacional de
Procedimientos Penales; al impedir que el
sentenciado pueda controvertir la existencia del
delito y su responsabilidad penal?
38. DESAHOGO DE LAS PRUEBAS EN LA
ALZADA (SALAS DEL TSJ)
• Art. ---- Ley de Amparo.
• Base Constitucional. Art.----
• Garantías a favor de la persona:
• Principios rectores:
• Tesis jurisprudenciales (Interpretación de la SCJN):