Este sacramento se confiere a aquellos que, habiendo recibido un particular llamado de Dios y luego de haber discernido su vocación a la vida sacerdotal.
3. El orden es uno de los sacramentos de la Iglesia Católica. Consiste en la consagración de un varón al ministerio del servicio a la Iglesia, lo que le exige dedicación plena y libre disposición: toda persona consagrada, adquiera o no la plenitud de orden, lleva una vida sacerdotal.
4. Este sacramento se confiere a aquellos que, habiendo recibido un particular llamado de Dios y luego de haber discernido su vocación a la vida sacerdotal.
5. La posición del concilio de Trento El sacerdocio del Nuevo Testamento es “poder de consagrar y de ofrecer el cuerpo y la sangre verdadera del Señor y de perdonar y retener los pecados”.
6. Miserable el sacerdote que se contente con hablar de fraternidad y no entusiasme por Cristo. No podrá formar apóstoles ni sostener a los formadores.
8. Definición del ministerio por la función de enseñar o predicar esta Palabra le es confiada con los más altos grados de intensidad El sacerdote es el heraldo de la palabra de Dios él está ordenado a una comunidad es el heraldo oficial de la Palabra de Dios es investido de este ministerio por toda la potencia de la Iglesia “Él es el anunciador del Evangelio en el nombre de la Iglesia y en virtud de su misión, Él lo es en el modo supremo en el cual se realiza esta Palabra, el de la celebración eucarística...”.
10. La función de pastor como unificador La condición de pastor expresaría también el modo en que se ha de vivir esta función que es servicio por amor. Las funciones sacerdotales propias están al servicio de la comunidad..
11. GRADOS “En la Iglesia católica existe una jerarquía instituida por ordenación divina, que consta de obispos, presbíteros y diáconos”.
13. MINISTRO Según el Código de Derecho Canónico de 1983 es el obispo consagrado el ministro del sacramento del orden. En la ordenación de un obispo, se pide que haya al menos otros dos obispos consagrantes. Ahora bien, no es lícita la ordenación de un obispo sin el permiso expreso del Papa (llamado “mandato pontificio”). El propio obispo (es decir, aquel que gobierna en la zona donde vive el ordenando) quien confiera la ordenación. Puede hacerlo fuera de su diócesis si tiene permiso del obispo correspondiente.
14. Que tenga las cualidades necesarias a juicio del obispo