1. DERECHOS DEL NIÑO
En 1989 la asamblea general de las naciones unidas aprobó la convención de los derechos
del niño, que exige que todas las medidas adoptadas por un estado en relación con los niños
deberían tener como consideración fundamental favorecer los intereses del menor. La
convención proporciona a los niños los mismos derechos fundamentales y libertades
publicas que tienen los adultos en la mayoría de los países desarrollados, exige una
protección para los niños contra toda clase de maltrato y pide para estos un nivel de vida
adecuado, una buena formación, asistencia sanitaria, e incluso diversión. La convención
no es directamente ejecutoria, pero los gobiernos que la afirman y ratifican deben
presentara informes sobre e progreso efectuado en el cumplimientos de tales objetivos, aún
comité de las naciones unidas dedicado a velar por los derechos del menor.
Son diez los principales sobre los derechos que están contemplados en la declaración:
1. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
El niño tiene derecho a un nombre y a una nacionalidad es deber de los padres
poner un nombre a su hijo seguido de los apellidos de ellos e inscribirlo en el
registro público (partida de nacimiento) donde se indica la fecha de nacimiento,
sexo, lugar de nacimiento y nacionalidad (DNI).
Este compromiso no debe ser evadido por los padres
2. 2. No sufrir discriminación de ningún tipo.
El niño disfrutara de todos los derecho expuestos en la declaración de los derechos
del niño sin discriminación por motivos de raza, color,sexo, idioma, religión,
opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, o por posición
económica etc.
3. A una buena alimentación que caractericé su desarrollo.
3. 4. A una vivienda digna, en un ambiente de paz y amor.
Si bien es cierto que esta estipulado que todos los niños tendrán el derecho disfrutar
de alimentación y vivienda, es también muy cierta que la situación social de
millones de niños pobres frente a un grupo menor de niños privilegiados es ya
insoportables, pero lo es másaun, por las repercusiones que esta situación determina
en el derecho de la vida y la personalidad de cada ser.
La infancia es una edad decisiva en todo orden de cosas el mas desenvolvimiento
físico y mental de hombres y mujeres depende la nutrición, del amor y la
protección adecuada, de los cuidados y los estímulos que solo un hogar verdadero y
a una comunidad autentica son capaces de procurar.
5. A la educación gratuita, que desarrolle sus actitudes.
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo
menos en las etapas fundamentales en las etapas elementales.
Se le dará una educación que favorezca a su cultura general y le permita, en
condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y juicio
individual, su sentido de responsabilidad social y moral y llegar a ser un miembro
útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la
responsabilidad de su educación y orientación dicha responsabilidad incumbe en
primer término a sus padres.
4. 6. Al descanso y al esparcimiento propio de su edad.
La educación del niño debe estar dirigida al desarrollo integro de su personalidad y
el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales,
debiendo permitírseles disfrutar de la mismas oportunidades a todos para que sean
capaces de desarrollar sus capacidades y convertirse en miembros útiles de la
sociedad. En la practica vemos los niños pobres tiene un rendimiento escolar muy
bajo en comparación con los niños de estratos sociales altos.
Pero no solo su capacidad de aprendizaje se ve afectada por las circunstancias que
lo rodea, también lo son otras áreas de su comportamiento total en proceso de
formación.
7. a disfrutar del más alto nivel de salud.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a
crecer y desarrollar una buena salud; con este fin deberá proporcionarse, tanto a el
como a su madre, cuidados especiales incluso atención prenatal y postnatal, el niño
tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda y recreo y servicios médicos
adecuados.
La seguridad social debe brindar al niño todos los cuidados para su desarrollo
integral.
5. 8. a la vida y desarrollo.
Los hijos concebidos requieren contar con un ambiente favorable su desarrollo
integral, esto es posible cuando se les prodiga de amor y los medios de
subsistencia adecuados, es indispensable velar por su salud, la cual esta garantizada
por el estado a través del servicio de seguridad social. Lamentablemente en nuestra
sociedad observamos a niños que cuentan con mala o nula asistencia medica , ya
que viven en lugares recónditos de nuestro país donde el estado se hace presente
con servicios básicos de salud que la población necesita se puede observar que
también muchos niños que muchos niños se encuentra afectados con enfermedades
y secuelas de las mismas debido al descuido de las personas que los tienen a su
cargo no los conducen aun centro de salud ya sea por ignorancia o por falta de
dinero.
9. ser protegido contra la explotación y el abuso.
El niño debe ser protegido contra toda clase de abandono, crueldad y explotación.
En ningún caso se deberá permitir que trabaje antes de cierta edad, o dedicarse a
ninguna ocupación o empleo que pueda perjudicar su salud o su educación, e
impedir su desarrollo físico, mental y moral.
6. 10. a ser tratado con respeto.
Lo que establece la declaración de los derechos del niño y lo que en realidad
acontece es muy contradictorio. Es común observar como los niños se alistan
como trabajadores ambulantes, de tal manera que la calle se convierte en su campo
de acción, ya que en ella pasan la mayor parte del día allí completan su aprendizaje,
adquiriendo otros tipos de destreza para enfrentar al mundo hostil que tiene por
delante. Es nuestra obligación procurar a los niños de cuanto este expresado en
estos artículos ya que ellos son el futuro de nuestra sociedad, y solo cumpliendo
con ellas podremos pensar en un país mas justo y con igualdades para todos
7. DERECHOS ESPECIALES DE LOS NIÑOS:
PRIMEROS EN RECIBIR PROTECCIÓN Y SOCORRO
“El niño debe en todas circunstancias figurar entre los primeros que recibirán protección y
socorro”.
La constitución política del Perú, titulo primero, capitulo segundo de los derechos sociales
y económicos señala en su artículo cuarto que la “comunidad y el estado protegen
especialmente al niño”.
El niño figura en un primer plano frente a los demás miembros de la familia y la
sociedad.
TRATAMIENTO ESPECIAL A LOS NIÑOS IMPEDIDOS FÍSICA O
MENTALMENTE
El niño físico o mentalmente impedido oque sufra algún impedimento social debe recibir
el tratamiento, la educación y el cuidado que requiere su caso particular. En la constitución
peruana título I, de la persona y la sociedad, capitulo II, artículo 7mo. Se señala entre otras
cosas, que la persona incapacitada para velar por si misma a causa de una ineficiencia
física o mental tiene el derecho al respeto de su dignidad en el caso de un niño se le deberá
brindar el tratamiento especial.
CRECERAN ALA MPARO DE SUS PADRES
El niño para el pleno desarrollo de su personalidad necesita amor y comprensión, siempre
que sea posible deberá crecer ala amparo y bajo responsabilidad de sus padres y en todo
caso en un ambiente de afecto y de seguridad moral y materia salvo circunstancias
excepcionales, no deberá separarse el niño de corta edad de su madre. La sociedad y las
autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia
o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos
de familia numerosa conviene conceder subsidios estatales de otra índole.
SE CONCEDERAN ESTOS DERECHOS A TODOS LOS NIÑOS SIN EXCEPCION
“El niño disfrutara de todos los derechos enunciado en esta declaración. Estos derechos
serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna, ni discriminación por motivos de
raza, color, sexo idioma, religión, opciones políticas o de otra índole, original nacional o
social, posición económica, nacimiento u otra condición. Ya sea el propio niño o de su
familia. En este primer principio de la declaración universal de los derechos del niño, este
gozara de los 10 derechos de esta declaración.
RECIBIRAN PROTECCIÓN ESPECIAL
El niño gozara de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios,
dispensado todo ello por la ley y por otros medios para que pueda desarrollarse física,
mental, moral, socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de
libertad y dignidad. A promulgar leyes a este fin, la consideración fundamental a que se
atenderá será el interés superior del niño. Aparte de los padre también las instituciones del
país de encargaran de proteger al niño.