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Manual de conservación:
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                                                                                                                                                                                       judiciales para proteger
                                                                                                                                                                                                la biodiversidad




                                                                                Manual de conservación: actuaciones administrativas y judiciales para proteger la biodiversidad
Las acciones de conservación van mucho más allá que firmar una
ciberacción, hacer una recogida de firmas, enviar una nota de prensa
o hacer una protesta callejera. Por lo general, la mayoría de las acciones
de conservación requieren trámites ante la administración, o incluso
acciones judiciales. La mayor o menor calidad en estos trámites, puede
determinar que estas acciones tengan un resultado positivo, o no, para
el medio ambiente. Para conseguir que estas acciones sean efectivas es
necesario conocer los trámites administrativos en los que podemos
intervenir, y la mejor forma de hacerlo. Este manual pretende acercar
las principales actuaciones administrativas y judiciales para proteger la
biodiversidad, desde el punto de vista de las asociaciones conservacionistas,
y cualquier ciudadano interesado.

SEO/BirdLife es el representante de BirdLife International en España, una
asociación científica y conservacionista fundada en 1954 dedicada al
estudio y la conservación de las aves y de la naturaleza.

Uno de sus principales objetivos es dar a conocer y transmitir a la
población el respecto y conocimiento de las aves y sus hábitats, así como
la importancia de la conservación de nuestra avifauna y los espacios en
los que habitan.
Manual de conservación:
    actuaciones administrativas
      y judiciales para proteger
                 la biodiversidad



                   María Soledad Gallego Bernad1
                        Juan Carlos Atienza2




1
 Justicia Ambiental - Despacho Jurídico Ambiental - msgallego@justiciambiental.es
2
 Área de Conservación de Especies y Espacios - SEO/BirdLife - jcatienza@seo.org
Foto de portada: © Y. Seminario/Whitehawk
Foto de contraportada: © Tatavasco
Fotos: © Autores
Textos: © SEO/BirdLife
Maquetación: Simétrica
Impresión: Netaigraf

Se autoriza y agradece toda la difusión sobre este documento siempre que se cite correctamente la fuente. Cita recomen-
dada: Gallego Bernad, M.S. y J.C. Atienza 2011. Manual de conservación: actuaciones administrativas y judiciales para prote-
ger la biodiversidad. SEO/BirdLife, Madrid.

Depósito legal: M-11906-2012
Fecha de edición: diciembre 2011


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posteriores. Pueden ser remitidos a conservacion@seo.org

Edita:
SEO/BirdLife
C/ Melquiades Biencinto, 34
28053 Madrid
Teléfono: 91 434 09 10
www.seo.org
ÍNDICE




ÍNDICE
Prólogo .................................................................................................................................................................................................................................................................... 5
Introducción .................................................................................................................................................................................................................................................................................................................. 7
Agradecimientos ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 8
Capítulo I - Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental .................................................................................................................................................................................. 9
   I.1. Introducción ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 9
   I.2. Evaluación de Proyectos .................................................................................................................................................................................................................................................................................. 10
           I.2.1. Procedimiento y legislación básica .................................................................................................................................................................................................................................................... 10
           I.2.2. Sugerencias previas ............................................................................................................................................................................................................................................................................ 14
           I.2.3. Recurso contra la resolución de no sometimiento a EIA .............................................................................................................................................................................................. 14
           I.2.4. Alegaciones al estudio de impacto ambiental. Especial incidencia en la solicitud de información ambiental............................................................................. 15
          I.2.5. Recurso contra la autorización del proyecto ............................................................................................................................................................................................................................ 16
           I.2.6. Solicitud de informes de seguimiento, denuncia de infracciones, solicitud de la suspensión..........................................................................................................................
                   de la ejecución del proyecto, y de la restauración e indemnización de daños................................................................................................................................................. 19
   I.3. Evaluación de Planes y Programas ............................................................................................................................................................................................................................................................ 20
          I.3.1. Procedimiento y legislación básica...................................................................................................................................................................................................................................................... 20
           I.3.2. Sugerencias, alegaciones y observaciones, recursos judiciales, solicitud de informes............................................................................................................................................
                   deseguimiento y de adopción de medidas. ................................................................................................................................................................................................................................ 23
          I.3.3. Caso especial: Planes urbanísticos ...................................................................................................................................................................................................................................................... 24
   I.4. Proyectos, Planes y Programas que puedan afectar a Red Natura. .......................................................................................................................................................................................... 25
Capítulo II. Especies silvestres y espacios protegidos .................................................................................................................................................................................................................... 28
   II.1. Introducción .................................................................................................................................................................................................................................................................................................... 28
   II.2. Legislación y otras herramientas de conservación de especies autóctonas ........................................................................................................................................................................ 29
           1. Convenios Internacionales .......................................................................................................................................................................................................................................................................... 29
           2. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad ............................................................................................................................................................................................................ 31
          3. Leyes autonómicas de protección y conservación de especies ...................................................................................................................................................................................................... 32
          4. Catálogos de Especies Amenazadas.............................................................................................................................................................................................................................................................. 32
          5. Planes de Recuperación ................................................................................................................................................................................................................................................................................ 34
          6. Planes de acción internacional .................................................................................................................................................................................................................................................................. 34
           7. Libros Rojos y Atlas .......................................................................................................................................................................................................................................................................................... 35
   II.3. Legislación y otras herramientas de conservación de espacios .................................................................................................................................................................................................... 35
           1. Espacios Naturales Protegidos .................................................................................................................................................................................................................................................................. 36
           2. Espacios protegidos Red Natura 2000 ........................................................................................................................................................................................................................................................ 36
           3. Zonas sensibles para la fauna y la flora. Especial referencia a las IBA .................................................................................................................................................................................. 37
   II.4. Principales amenazas para las especies y espacios ................................................................................................................................................................................................................................ 40
          1. Destrucción del hábitat.................................................................................................................................................................................................................................................................................. 40
          2. Molestias a aves reproductoras................................................................................................................................................................................................................................................................ 40
          3. Destrucción de nidos........................................................................................................................................................................................................................................................................................ 41
           4. Captura de especies protegidas......................................................................................................................................................................................................................................................................... 41
           5. Matar una especie no cinegética, o en periodo de veda .................................................................................................................................................................................................................. 41
           6. Electrocución y Colisión con tendidos eléctricos........................................................................................................................................................................................................................................ 41
           7. Uso de Venenos............................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 42
           8. Contaminación .............................................................................................................................................................................................................................................................................................................. 42
           9. Urbanización ilegal...................................................................................................................................................................................................................................................................................................... 42
   II.5. Actuaciones posibles ante la vulneración de la normativa de conservación de especies y espacios .............................................................................................................. 42
          II.5.1. Infracciones de la legislación de especies silvestres y espacios protegidos. Denuncia administrativa,
                   y elementos básicos del procedimiento ........................................................................................................................................................................................................................................ 46
                   1. Contenido de la denuncia administrativa...................................................................................................................................................................................................................................... 46
                   2. Quien puede ser parte interesada. Derechos de los interesados (distintos del denunciado) ...................................................................................................................... 46
                   3. Obligación de incoar expediente sancionador .......................................................................................................................................................................................................................... 48
                   4. Prescripción de la infracción y caducidad del procedimiento .......................................................................................................................................................................................... 48
                   5. Suspensión del procedimiento administrativo hasta la resolución del proceso penal ...................................................................................................................................... 49
                   6. Obligación de reparar o indemnizar los daños ........................................................................................................................................................................................................................ 49
           II.5.2. Delitos contra la flora y fauna. Denuncia penal, y elementos básicos del procedimiento ...................................................................................................................... 49
                   1. Actuaciones constitutivas de delitos contra la flora y fauna.............................................................................................................................................................................................. 49
                       1.1. Delitos contra la flora amenazada (art. 332 CP).................................................................................................................................................................................................. 49
                       1.2. Delitos contra la fauna amenazada (art. 334 CP)................................................................................................................................................................................................ 50
                       1.3. Delitos por cazar o pescar fauna no amenazada (art. 335 CP)................................................................................................................................................................ 50
                       1.4. Delitos por cazar o pescar con veneno, explosivos o similares (art. 336 CP) .............................................................................................................................. 51
                       1.5. Delitos por introducir o liberar especies de flora o fauna no autóctona (art. 333 CP).......................................................................................................... 51
                   2. Otras actuaciones con posible incidencia en la flora y fauna, constitutivas de delitos contra los recursos
                      naturales y el medio ambiente, o contra la ordenación del territorio ........................................................................................................................................................................ 52
                   3. Elementos básicos de la denuncia.................................................................................................................................................................................................................................................... 52
                   4. Ante quien podemos presentar la denuncia .............................................................................................................................................................................................................................. 54
                       4.1. Denuncia al SEPRONA .......................................................................................................................................................................................................................................................... 54
                       4.2. Denuncia a la Fiscalía........................................................................................................................................................................................................................................................ 54
                       4.3. Denuncia ante el juzgado de Instrucción.................................................................................................................................................................................................................... 54
                   5. Si además nos queremos personar como acusación popular.......................................................................................................................................................................................... 55
   II.6. Caso concreto: las órdenes de veda ................................................................................................................................................................................................................................................................ 55
Capítulo III- Zonas húmedas y ríos ............................................................................................................................................................................................................................................................ 57
   III.1. Introducción. La Directiva Marco del Agua y su incidencia en la planificación y gestión del agua .................................................................................................................. 57
   III.2. Dominio público hidraúlico, zonas inundables y humedales ........................................................................................................................................................................................................ 58
   III.3. Incumplimiento del régimen de caudales ecológicos y desecación de ríos y humedales ...................................................................................................................................... 59


                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             3
MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD


  III.4. Vertidos y contaminación de ríos y humedales .................................................................................................................................................................................................................................. 62
Capítulo IV. Solicitud de información ambiental ................................................................................................................................................................................................................................ 64
  IV.1. Introducción. El Convenio de Aarhus y la Ley 27/2006 de acceso a la información ambiental .................................................................................................................... 64
  IV.2. ¿Qué se considera información ambiental? .............................................................................................................................................................................................................................................. 64
  IV.3. Derechos de ciudadanos y organizaciones cuando solicitan información ambiental .............................................................................................................................................. 65
  IV.4. Cómo solicitar la información ambiental .................................................................................................................................................................................................................................................. 66
  IV.5. A quién podemos solicitar la información ambiental: el concepto de autoridad pública .................................................................................................................................... 67
  IV.6. La disponibilidad de la información ambiental ...................................................................................................................................................................................................................................... 67
  IV. 7. Excepciones y su interpretación ................................................................................................................................................................................................................................................................ 68
                                                                   ......
         1. La petición a un órgano erróneo ................................................................................................................................................................................................................................................................ 68
                                                                       ..
         2. Solicitud manifiestamente irrazonable ...................................................................................................................................................................................................................................................... 69
         3. La falta de concreción de la solicitud ........................................................................................................................................................................................................................................................ 69
         4. Material en curso de elaboración o documentos o datos inconclusos. ................................................................................................................................................................................ 69
         5. Confidencialidad de los procedimientos prevista en una Ley. .................................................................................................................................................................................................... 70
         6. Causas o asuntos sujetos a procedimiento judicial o investigación de índole penal..................................................................................................................................................... 70
         7. Confidencialidad de los datos de carácter comercial e industrial ............................................................................................................................................................................................ 70
         8. Derechos de propiedad intelectual e industrial.................................................................................................................................................................................................................................... 71
         9. La protección de datos personales.............................................................................................................................................................................................................................................................. 71
         10. Protección del medio ambiente .......................................................................................................................................................................................................................................................... 72
  IV.8. Qué hacer si no nos dan la información ambiental .......................................................................................................................................................................................................................... 72
Capítulo V. Legislación importante para la conservación de especies y espacios ........................................................................................................................................ 74
  V.1. Introducción .................................................................................................................................................................................................................................................................................................. 74
         1. Nociones básicas sobre la aplicación de las normas ambientales.......................................................................................................................................................................................... 74
         2. ¿Se pueden recurrir leyes y reglamentos? ................................................................................................................................................................................................................................................ 75
  V.2. Directiva de Aves Silvestres ........................................................................................................................................................................................................................................................................ 76
  V.3. Directiva de Hábitats ........................................................................................................................................................................................................................................................................................ 76
  V.4. Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .................................................................................................................................................................................................................................. 78
  V.5. Leyes autonómicas de protección de la naturaleza ............................................................................................................................................................................................................................ 80
  V.6. Código Penal ................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 80

Cuadro 1.1.                 Personas interesadas.............................................................................................................................................................................................................................................................................. 12
Cuadro 1.2.                 Solicitud para ser parte interesada........................................................................................................................................................................................................................................................ 13
Cuadro 1.3.                 Principales carencias de los Estudios de Impacto Ambiental............................................................................................................................................................................................ 17
Cuadro 1.4.                 Presentación de escritos ante la administración ........................................................................................................................................................................................................................ 20
Cuadro 1.5.                 ¿Cómo se contabiliza un plazo? .................................................................................................................................................................................................................................................... 20
Cuadro 2.1.                 Tendencia del estado de conservación de los vertebrados mundiales .................................................................................................................................................................... 28
Cuadro 2.2.                 ¿Cuándo se designaron las IBA?.................................................................................................................................................................................................................................................... 38
Cuadro 2.3.                 Condena por matar un flamenco.......................................................................................................................................................................................................................................................... 41
Cuadro 2.4.                 ¿Qué hacer ante un episodio de veneno?...................................................................................................................................................................................................................................... 43
Cuadro 2.5.                 Caza sostenible.......................................................................................................................................................................................................................................................................................... 56
Cuadro 4.1.                 Convenio de Aarhus ............................................................................................................................................................................................................................................................................ 64
Cuadro 4.2.                 ¿Quién puede solicitar información ambiental? .......................................................................................................................................................................................................................... 66

Tabla 2.1. Leyes autonómicas en materia de conservación de la naturaleza .................................................................................................................................................................................... 33
Tabla 2.2. Resumen de las principales acciones de conservación tratadas en este manual.................................................................................................................................................... 44
Tabla 2.3. Infracciones y sanciones de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .................................................................................................................................................. 47

Figura 1.1. El proceso de evaluación debería producirse en cascada desde las políticas (para las que no hay obligación legal)
            hasta los proyectos, cada uno en su ámbito espacial y temporal, teniendo en cuenta interrelaciones y sinergias. .................................................................... 10
Figura 1.2. Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos y las fases en las que puede participar el ciudadano. .................. 11
Figura 1.3. Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de planes y programas, y las fases en las que puede
            participar el ciudadano.............................................................................................................................................................................................................................................................................. 22
Figura 1.4. Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de planes, programas o proyectos que puedan afectar
            de forma apreciable a la Red Natura 2000. ...................................................................................................................................................................................................................................... 27
Figura 2.1. Relación entre porcentaje del país protegido como ZEPA de la Unión Europea (UE15) y el estado de conservación
            de las especies de aves (figura basada en Donald et al. 2007)........................................................................................................................................................................................... 29
Figura 2.2. Probabilidad de Extinción de las tres mayores categorías de los libros rojos. ........................................................................................................................................................ 35
Figura 2.3. Proceso de creación de la Red Natura 2000 .................................................................................................................................................................................................................................. 36
Figura 2.4. Áreas Importantes para la Conservación de las Aves (IBA) en España ...................................................................................................................................................................... 38
Figura 4.1. Esquema del procedimiento de solicitud ambiental.................................................................................................................................................................................................................... 72
Figura 5.1. Proceso de creación de la Red Natura 2000 .................................................................................................................................................................................................................................. 77
Figura 5.2. Espacios protegidos Red Natura 2000 en España........................................................................................................................................................................................................................ 77


Anexo I - Modelos ................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 81
Modelo 1.1. Sugerencias previas.................................................................................................................................................................................................................................................................................... 81
Modelo 1.2. Impedimentos o trabas al acceso a la información .................................................................................................................................................................................................................... 82
Modelo 1.3. Alegaciones............................................................................................................................................................................................................................................................................................ 83
Modelo 1.4. Recurso de Alzada .................................................................................................................................................................................................................................................................................... 84
Modelo 2.1. Notificación de electrocuciones o colisiones de aves .............................................................................................................................................................................................................. 86
Modelo 2.2. Denuncia administrativa ........................................................................................................................................................................................................................................................................ 87
Modelo 2.3. Denuncia penal ............................................................................................................................................................................................................................................................................................ 89
Modelo 4.1. Solicitud de información ambiental ........................................................................................................................................................................................................................................................ 91
Modelo 4.2. Ejecución de la solicitud de información ambiental.................................................................................................................................................................................................................... 93
Anexo II - Catalogación de las especies ...................................................................................................................................................................................................................................................... 95
Anexo III- Planes de recuperación, conservación y gestión de especies ................................................................................................................................................................157


          4
PRÓLOGO




PRÓLOGO

Compartir para conservar                                           De esta manera, dentro de la estrategia de activismo ambien-
SEO/BirdLife surgió a mediados de los años 50 con una clara        tal emprendida con exquisito rigor y seria determinación se
vocación científica que nos ha acompañado hasta la fecha, y        impulsó un programa de Áreas Importantes para la
que impregna en su totalidad los cimientos de la asociación.       Conservación de las Aves, programa de IBA, que consiguió en
Nuestros fundadores estaban especialmente interesados en           España la protección de más de diez millones de hectáreas.Y
obtener y difundir conocimiento sobre las aves, razón por la       ello fue posible a base de aunar una metódica recopilación de
que entre las primeras publicaciones de la asociación se           información ornitológica con una cuidadosa estrategia judicial
encuentra la revista científica Ardeola, que en la actualidad se   en instancias europeas.
encuentra entre las más prestigiosas del campo ornitológico        El recorrido ha sido positivo, a la luz de los importantes logros
a escala mundial.                                                  obtenidos por SEO/BirdLife en los últimos tiempos, entre los
                                                                   que se encuentran la red de ZEPA más importante de Europa,
Poco a poco, los estudios científicos desarrollados por la
                                                                   haber conseguido ilegalizar la contrapasa y la liga en España,
organización y por nuestros miembros aconsejaron que asu-
                                                                   contar con una de las leyes de conservación de la biodiversi-
miéramos otras responsabilidades y nos implicásemos cada
                                                                   dad más avanzadas de Europa, modificar un reglamento euro-
vez más en cuestiones conservacionistas. En el nuevo camino
                                                                   peo para asegurar la alimentación de nuestras aves necrófagas,
emprendido destaca nuestra participación en la naciente
                                                                   la obligación de modificar los tendidos eléctricos peligrosos
ICBP (década de los 70), semilla de la actual BirdLife
                                                                   para las aves o paralizar la construcción de urbanizaciones y
International, que nos da la dimensión internacional y el res-
                                                                   carreteras en zonas de gran valor para la biodiversidad.
paldo para lanzarnos con fuerza a la conservación de la bio-
diversidad española.                                               Pese a nuestros numerosos éxitos conservacionistas, somos
                                                                   plenamente conscientes de la necesidad de que muchas más
Para emprender esta novedosa trayectoria no renunciamos en
                                                                   organizaciones y particulares se impliquen en la defensa de
absoluto a seguir investigando y recopilando información sobre
                                                                   nuestra biodiversidad. Esta es la razón por la que iniciamos
nuestras aves; al contrario, un mayor seguimiento y estudio de
                                                                   una colección de manuales con la que –compartiendo cono-
la avifauna, así como de los hábitat en los que se desenvuelven,
                                                                   cimiento- esperamos potenciar el empoderamiento y la par-
nos da bases sólidas para poder argumentar nuestras posicio-
                                                                   ticipación de la sociedad en la conservación de su entorno.
nes de defensa del entorno. Por ello cada día potenciamos más
esta faceta investigadora, bajo la cual han nacido recientemen-    En este manual hemos querido conjugar lo mejor de nuestro
te nuevos programas. Pero además nos hemos dotado de un            conocimiento científico y técnico, en materia legislativa y de
sólido equipo profesional de técnicos –biólogos y abogados,        conservación. De esta forma surge la obra que tienes en tus
principalmente- que se ocupa de alertar sobre los problemas        manos, que esperamos sea el detonador de un gran número
ambientales y justificar la toma de medidas para combatirlos.      de acciones que frenen la pérdida de biodiversidad en nues-
Nuestra apuesta es, por tanto, realizar acciones estratégicas de   tro país.
gran calidad técnica y jurídica, basadas siempre en el mejor                                                        Asunción Ruiz
conocimiento científico disponible.                                                             Directora Ejecutiva de SEO/BirdLife




                                                                                                                           5
INTRODUCCIÓN




INTRODUCCIÓN
Inicialmente este manual estaba pensado para dotar de            En el segundo capítulo, el más extenso del manual, se des-
herramientas a los grupos locales y encargados de área de        cribe la normativa básica para la protección de especies sil-
SEO/BirdLife, sin embargo, muy rápidamente se vio la utili-      vestres y de espacios protegidos, y la forma en que se pue-
dad de ampliar el público objetivo a cualquier ciudadano,        den realizar denuncias administrativas y penales cuando se
esté organizado o no en una asociación, sea profesional de       detectan actuaciones contra la fauna y la flora. En este capí-
la conservación o no, que tenga la voluntad de llevar accio-     tulo, además de las amenazas existentes, y la regulación
nes para conservar la biodiversidad. El reto fue, pues, hacer    administrativa, se describen también los principales artícu-
un manual útil tanto para una persona que se enfrenta por        los del código penal en la materia, y se desarrolla especí-
primera vez a una acción de conservación, como para un           ficamente el caso de la lucha contra el uso de cebos enve-
profesional, técnico o jurídico, que es consultado sobre un      nenados en el medio natural. También se revisan las posi-
tema ambiental.                                                  bles actuaciones en el caso de los Espacios Naturales
                                                                 Protegidos (Parques Naturales, Parques Regionales, etc.), la
Las acciones de conservación van mucho más allá que fir-
                                                                 Red Natura 2000 (ZEPA, LIC y ZEC) y las Áreas
mar una ciberacción, hacer una recogida de firmas, enviar
                                                                 Importantes para la Conservación de las Aves (IBA).
una nota de prensa o hacer una protesta callejera. Por lo
general, la mayoría de las acciones de conservación requie-      En el tercer capítulo, se trata de forma específica la conser-
ren trámites ante la administración o incluso acciones judi-     vación de los ríos y humedales, entendiendo que se trata
ciales. La mayor o menor calidad en estos trámites, puede        de ecosistemas especialmente frágiles y muy importantes
determinar que estas acciones tengan un resultado positi-        para la biodiversidad. En este capítulo se revisan algunas de
vo, o no, para el medio ambiente. Para conseguir que estas       las obligaciones de las administraciones para cumplir con la
acciones sean efectivas es necesario conocer los trámites        Directiva Marco del Agua, y en particular los Planes de
administrativos que podemos utilizar y la mejor forma de         Cuenca. Además, se indica como actuar en el caso de que
hacerlo. En este manual se describen algunas de las accio-       observemos que un río o un humedal es desecado o pri-
nes más comunes de conservación que se llevan a cabo en          vado de una cantidad importante de agua, o sufre episo-
una asociación conservacionista, y que en muchos casos           dios de vertidos contaminantes.
puede realizar también cualquier ciudadano.
                                                                 En el cuarto capítulo se expone qué debe hacer un ciuda-
Aunque la mayoría de las acciones pueden realizarse por          dano para solicitar información ambiental, un derecho
cualquier persona, hay algunas de ellas que solo pueden ser      reconocido por nuestra legislación. En este capítulo no solo
llevadas a cabo por afectados, o por asociaciones que ten-       se detalla el derecho que nos asiste, sino la forma en la que
gan entre sus fines la conservación de la naturaleza, o que en   hay que actuar si la administración no atiende nuestras legí-
algunos casos posean además más de dos años de actividad.        timas solicitudes.
En el primer capítulo se exponen las principales acciones        En el último capítulo se describe de forma somera la legis-
que se pueden realizar en el procedimiento de evaluación         lación más importante que debe conocerse a la hora de
de impacto ambiental, previo a la aprobación de los pro-         llevar a cabo acciones de conservación de la biodiversidad.
yectos o planes con mayor impacto sobre el medio                 Con este capítulo no se busca un profundo conocimiento
ambiente. En este capítulo se revisa la legislación vigente, y   de las normas, sino más bien dirigir al lector hacia aquella
se dan las pautas para poder participar en este importan-        normativa que puede serle de utilidad conocer y revisar, al
te procedimiento.                                                enfrentarse a un problema de conservación.



                                                                                                                       7
MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD




También se incluye un anexo con sencillos modelos que           vigentes en cada caso, por ejemplo, a través de páginas en
pueden ser utilizados para dirigirse a la administración        internet en las que se pueden consultar las últimas versio-
(anexo I),una recopilación de la clasificación de todas las     nes de la normativa.
especies en los diferentes catálogos nacionales y regionales    Este manual tiene vocación de ser ampliado y mejorado en
de especies amenazadas (anexo II), y un listado de planes       posteriores ediciones, por lo que se agradece cualquier
de recuperación, conservación y gestión de especies             comentario que permita su mejora en el futuro. Todos los
(anexo III).                                                    comentarios pueden ser dirigidos al Área de Conservación
Finalmente, el manual se completa con cuadros, esque-           de Especies y Espacios de SEO/BirdLife.
mas, consejos, y unas tablas intuitivas que nos indican el
grado de dificultad de las actuaciones y la necesidad o no
de hacerlo a través de un abogado, siendo en este caso
                                                                Agradecimientos
                                                                Este manual se ha beneficiado de la experiencia acumula-
aconsejable hacerlo a través de un profesional especiali-
                                                                da de las actuaciones de conservación llevadas a cabo en
zado en derecho ambiental, dada la especificidad de esta
                                                                SEO/BirdLife. Particularmente, los autores quieren agrade-
materia.
                                                                cer a los técnicos del Área de Conservación de Especies y
Una cuestión que siempre debe estar presente en el lec-         Espacios de SEO/BirdLife, no solo su buen hacer diario,
tor de este manual es que la legislación y la jurisprudencia    sino la ayuda directa prestada para realizar este manual,
son dinámicas, y que en este documento lo que se ofrece         especialmente en la elaboración de los listados de catalo-
es una foto fija. Por lo tanto, debe tenerse la precaución de   gación de especies, que con tanta minuciosidad han prepa-
confirmar si las disposiciones citadas siguen siendo las        rado.




     8
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL




CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

I.1. Introducción                                                                          decidir no autorizar los mismos, o bien autorizarlos
La mayoría de los planes, programas, proyectos y transforma-                               tras una resolución de discrepancias.
ciones de hábitat que se llevan a cabo en el medio natural                            2º. Dar a conocer al ciudadano el proyecto o plan que
requieren una autorización, que precisa un procedimiento                                  va a ser autorizado y el impacto que va a tener, y
administrativo más o menos complejo. En el caso de aquellos                               darle la oportunidad de participar, opinar, y aportar
tipos de planes, programas y proyectos que puedan tener un
                                                                                          información.
efecto mayor sobre el medio ambiente, requieren además
una evaluación de impacto ambiental (EIA).                                            A pesar de su carácter procedimental, debe quedar claro
                                                                                      que la evaluación de impacto ambiental no es un trámite
La evaluación de impacto ambiental es un procedimiento
                                                                                      meramente formal, en el que baste con presentar deter-
basado en el principio de prevención, por el que se tienen en
                                                                                      minados documentos en unos determinados plazos, sino
cuenta, antes de su autorización, las repercusiones que deter-
minadas actividades, proyectos, planes y programas, pueden                            que los mismos tienen que tener el contenido y la infor-
tener sobre el medio ambiente, con la finalidad de evitar,                            mación que permitan a la EIA cumplir realmente su finali-
desde el principio, riesgos, contaminaciones o daños.                                 dad preventiva, antes de autorizar un proyecto2. Así, en el
                                                                                      preámbulo del RD 1131/1988, de 30 de septiembre, se
Como puntos fundamentales del procedimiento de evalua-
                                                                                      recuerda que la Directiva EIA 85/337/CEE establece que
ción de impacto ambiental, conviene tener en cuenta, que:
                                                                                      “el estudio de impacto ha de realizarse sobre la base de una
1. Tanto la normativa estatal como autonómica en esta                                 información exhaustiva de los efectos que los proyectos pue-
   materia, provienen de directivas comunitarias que obligan                          den tener sobre el medio ambiente”. Siendo un elemento
   a que se evalúen con carácter previo los efectos de una                            fundamental de este procedimiento, (reforzado tras el
   serie de proyectos, planes y programas sobre el medio                              Convenio de Aarhus y la reforma introducida por la Ley
   ambiente, y a facilitar la información y la participación del                      27/2006 de 18 julio 2006), la participación pública real y
   público. Estas directivas son la de Evaluación de Impacto                          efectiva en el mismo, desde una fase temprana.
   Ambiental de Proyectos (Directiva EIA) y la de Evaluación
   de Planes y Programas (Directiva EPP). Las mismas pro-                         3. En el caso de proyectos, planes o programas que puedan
   porcionan listados o criterios de proyectos o planes que                          afectar a espacios de la Red Natura 2000, la Directiva
   deben evaluarse, pues no todos deben someterse a este                             Hábitats establece que si de la evaluación resulta que hay
   procedimiento. Estos listados y criterios se transponen en                        afección a la integridad del lugar, las autoridades están obli-
   la normativa estatal, básica, y en normas autonómicas, que                        gadas a no aprobarlo y tan sólo podrán declararse a favor
   pueden establecer determinadas especificidades, y que hay                         excepcionalmente, por unos motivos tasados y con un
   que consultar en su ámbito territorial.                                           procedimiento específico, que indicaremos en el epígrafe
                                                                                     correspondiente.
2. Las anteriores directivas y normas son procedimentales,
   en las que lo importante es seguir el procedimiento esta-                      4. En todo caso, hay que tener en cuenta que en los recur-
   blecido y que este cumpla dos objetivos básicos:                                  sos basados únicamente en la vulneración de la normati-
   1º. Servir de herramienta que permita a las administracio-                        va de evaluación de impacto ambiental de proyectos, pla-
       nes conocer el impacto que un proyecto, plan o pro-                           nes y programas, en el mejor de los casos podremos
       grama puede producir, para aceptarlo, rechazarlo o                            demostrar que no se ha seguido el procedimiento o se ha
       modificarlo, con la finalidad de evitar o reducir su                          seguido mal, y posteriormente la administración podría
       impacto1. Si a pesar de las medidas correctoras el                            subsanar el mismo y otorgar nuevamente la autorización.
       impacto es inasumible, y la declaración de impacto                            Esto hay que tenerlo claro porque de aquí deriva la estra-
       ambiental es negativa, las administraciones pueden                            tegia a seguir:


1. En la sentencia del Tribunal Constitucional nº 13/1998, de 22 de enero (FJ4) se indica que la finalidad de la evaluación de impacto ambiental "es facili-
tar a las autoridades competentes la información adecuada, que les permita decidir sobre un determinado proyecto con pleno conocimiento de sus posibles impac-
tos significativos en el medio ambiente”.
2 El Tribunal Supremo, entre otras, en Sentencia de 15 de marzo de 2006 (rec. 8394/2002, Fj5), incide en la especial naturaleza de la Declaración de
Impacto Ambiental, y en “su carácter necesariamente previo y determinante de muchos aspectos de la autorización, así como el mismo contenido material de
la Declaración, que, (…) puede determinar hasta la ubicación del proyecto”.


                                                                                                                                                    9
MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD




   • Durante el procedimiento lo más importante es par-                I.2. Evaluación de Proyectos
     ticipar para que en la evaluación se tengan en cuenta             Es habitual encontrarnos ante la noticia de la tramitación
     los elementos más importantes del medio ambiente                  de un proyecto que a nuestro juicio puede ser perjudicial
     que pueden verse afectados: naturales, arqueológicos,             para el medio ambiente, y que decidamos actuar. En este
     socioeconómicos, etc., y se siga correctamente el pro-            caso es muy importante identificar en qué momento del
     cedimiento. Por ejemplo, si sabemos que en nuestro                procedimiento de autorización nos encontramos, y por lo
     municipio van a construir parte del trazado de una                tanto, qué acciones podemos llevar a cabo. En la Figura 1.2
     carretera, y hay un área de nidificación o un yacimien-           se esquematizan los diferentes pasos del procedimiento de
     to que pueden verse afectados y no han sido tenidos               evaluación, y se hace referencia a aquellos pasos en los que
     en cuenta, o si se ha evaluado el efecto sobre las aves           podemos actuar.
     sólo durante la primavera, y no en el invierno, etc., lo
     mejor es presentar alegaciones y avisar a la administra-          I.2.1. Procedimiento y legislación básica
     ción, para que lo corrijan u otorguen una Declaración
                                                                       La normativa de la Unión Europea obliga a que determina-
     de Impacto Ambiental (DIA) negativa, no esperar a la
                                                                       dos proyectos públicos o privados solo puedan autorizar-
     DIA o a la autorización para recurrir.
                                                                       se tras haber realizado una evaluación de su impacto
   • A la hora de presentar alegaciones o recursos, lo más             ambiental. La Directiva de Evaluación de Impacto
     conveniente es indicar los incumplimientos de la nor-             Ambiental de proyectos (“Directiva EIA”)3 indica los pro-
     mativa de evaluación ambiental, pero añadir también               yectos que deben evaluarse, los datos que deben facilitar-
     los incumplimientos que podamos detectar de la nor-               se, y las terceras partes a las que debe consultarse duran-
     mativa comunitaria, estatal, autonómica o local, de aves          te el proceso de autorización de estos proyectos.
     o hábitats, patrimonio, actividades molestas, urbanismo
                                                                       En nuestro país, la norma estatal que transpone estas
     y planeamiento, aguas, etc. La existencia de impactos             obligaciones es el Real Decreto Legislativo 1/2008, por el
     incompatibles con lo establecido en estas normas, que             que se aprueba el texto refundido de la Ley de
     no puedan evitarse, minimizarse o compensarse, es lo              Evaluación de Impacto Ambiental (“RDL 1/2008 EIA”).
     que puede determinar la no autorización del proyecto.             Esta es una norma básica, que debe ser respetada por la
El procedimiento de autorización de un proyecto debería ser            legislación autonómica de evaluación de impacto
el resultado de una evaluación de impacto ambiental en cas-            ambiental. En la mayoría de los casos son las comunida-
cada desde la adopción de una política, pasando por la apro-           des autónomas las competentes para realizar la EIA de
bación de un plan y, finalmente, hasta la presentación del pro-        los proyectos de su territorio. Por tanto, es importante,
yecto (véase la Figura 1.1). Sin embargo, no solo no es obli-          que en cada caso concreto, se consulte la legislación
gatorio evaluar las políticas, sino que la estructura normativa        específica de EIA de cada comunidad autónoma, que
                                                                       puede tener sus propias peculiaridades, e incluso estable-
empezó la casa por el tejado, obligando primero a evaluar los
                                                                       cer mayores niveles o requisitos de evaluación que la
proyectos individuales y solo pasados quince años se obligó
                                                                       normativa básica estatal (nunca menos).
a evaluar los planes. Por ello, en este manual empezaremos
también por la aprobación de proyectos.                                En todo caso, es fundamental tener en cuenta que la nor-
                                                                       mativa de EIA tiene como objetivo básico el que se siga un
                                                                       determinado procedimiento de evaluación, antes de autori-
                                                                       zar. La decisión emitida en este procedimiento, es en prin-
                                                                       cipio, vinculante para el órgano sustantivo que es el que
                                                                       tiene que autorizar el proyecto, aunque en caso de discre-
                                                                       pancia, la administración podrá autorizarlo, sea cual sea el
                                                                       impacto, si bien deberá motivarlo, y seguir el trámite opor-
                                                                       tuno para ello. Otra cosa es que dicha autorización pueda
                                                                       vulnerar, además, normas de protección de la naturaleza o
                                                                       sectoriales, o que en la ponderación de los intereses eco-
Figura 1.1 El proceso de evaluación debería producirse en cascada      nómicos y ambientales, sea más importante la prevalencia
desde las políticas (para las que no hay obligación legal) hasta los   de estos últimos, lo cual debe implicar la no autorización
proyectos, cada uno en su ámbito espacial y temporal, teniendo en
cuenta interrelaciones y sinergias.                                    del proyecto.


     10
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL




Figura 1.2 Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos y las fases en las que puede participar el ciudadano.




De dicho procedimiento, destacamos:                                              natural con especial atención a humedales, zonas coste-
1º.Proyectos que deben ser evaluados: Tanto la Directiva                         ras, áreas de montaña y bosques, reservas y parques
   EIA como el RDL 1/2008 EIA establecen unos listados                           naturales, Red Natura, etc). También deberán evaluarse
   de proyectos, distinguiendo: (a) Los proyectos del                            los proyectos no incluidos en el Anexo I que puedan
   Anexo I deben someterse a evaluación en todo caso.                            afectar directa o indirectamente a espacios de la Red
   (b) Los proyectos del Anexo II sólo deben someterse a                         Natura 2000. En todo caso, hay que tener en cuenta
   evaluación si así lo decide el órgano ambiental en cada                       que esto es la regulación básica, por lo que las comuni-
   caso, tras aplicar una serie de criterios establecidos en el                  dades autónomas pueden ampliar en los listados y ane-
   Anexo III (entre los que se encuentra la acumulación                          xos de su propia normativa, los proyectos que deben
   con otros proyectos, la capacidad de carga del medio                          someterse a EIA en su ámbito territorial.


3. Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y priva-
dos sobre el medio ambiente (DO L 175 de 5-VII-1985). Modificada por la Directiva 97/11/CE, de 3-III-1997 (DO L 73, de 14-III) y Directiva 2003/35/CE
del Parlamento europeo y del Consejo, de 26 de mayo 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de
determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente (DO L 56 de 25-VI-2003).


                                                                                                                                           11
MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD




   Para tomar la decisión sobre la necesidad de someti-                                 relevante recibida por la administración antes de la
   miento al procedimiento de evaluación de impacto                                     información pública. Si existe otra información rele-
   ambiental de los proyectos incluidos en el Anexo II o de                             vante que solo se pueda obtener tras este periodo,
   los que no estando incluidos en el Anexo I puedan afec-                              la administración deberá ponerla también a su dis-
   tar a la Red Natura 2000, el Órgano Ambiental realiza-                               posición.
   rá una consulta a las administraciones, personas o insti-
   tuciones afectadas. Esta fase en la que se decide si el
   proyecto va a ser o no evaluado se conoce con el nom-
   bre de screening.                                                                  Cuadro 1.1 Personas interesadas
                                                                                      Las personas interesadas son las que tienen derechos o
2º.Deben identificarse, describirse y evaluarse de forma
                                                                                      intereses legítimos, individuales o colectivos4, que pueden
   apropiada los efectos directos e indirectos de determi-                            ser afectados por la autorización del proyecto, y en todo
   nados proyectos sobre el ser humano, la fauna, la flora,                           caso las personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan
   el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje, los bienes                       entre los fines de sus estatutos la protección del medio
                                                                                      ambiente, lleven dos años legalmente constituidas, y des-
   materiales, el patrimonio cultural y la interacción entre
                                                                                      arrollen su actividad en el territorio afectado por el pro-
   todos ellos.                                                                       yecto. Debe también tenerse en cuenta que determina-
                                                                                      das normas autonómicas de evaluación de impacto
3º. Sin perjuicio de lo que establezca la normativa autonó-
                                                                                      ambiental, contemplan la acción pública, por lo que cual-
    mica, la evaluación de impacto ambiental de proyectos                             quier persona o asociación, sin más requisitos, puede
    comprende, al menos, las siguientes fases:                                        participar y denunciar las infracciones en el procedimien-
                                                                                      to de evaluación de impacto ambiental en esa comuni-
   a) Solicitud del promotor, acompañada del documento                                dad autónoma.
      inicial del proyecto.
   b) La administración determina la amplitud y el nivel de
      detalle del estudio de impacto ambiental que debe
                                                                                    e) La evaluación de impacto ambiental de proyectos
      elaborar y presentar el promotor. Para ello consulta-
                                                                                       finaliza con la emisión de la Declaración de Impacto
      rá previamente a otras administraciones públicas
                                                                                       Ambiental (DIA) por el órgano ambiental de la admi-
      afectadas, y también podrá consultar a otras perso-
                                                                                       nistración:
      nas y grupos vinculados a la protección del medio
      ambiente.                                                                         • La DIA se pronunciará sobre la conveniencia a
                                                                                          efectos ambientales de ejecutar un proyecto, y
   c) Elaboración del estudio de impacto ambiental por el
                                                                                          determinará en su caso, las condiciones que
      promotor del proyecto, que contendrá al menos: la
                                                                                          deban establecerse para la protección del medio
      descripción del proyecto, alternativas estudiadas y
                                                                                          ambiente. Este último documento se conoce bajo
      razones de su elección, evaluación de los efectos
                                                                                          el nombre de condicionado ambiental o condicio-
      previsibles sobre el medio ambiente, medidas previs-
                                                                                          nado de la DIA.
      tas para evitar, reducir, eliminar o compensar los
      principales efectos sobre el medio ambiente, progra-                              • Debe emitirse en un plazo determinado, que
      ma de vigilancia ambiental, y resumen no técnico del                                conviene consultar en la normativa de cada
      estudio, en términos fácilmente comprensibles.                                      comunidad autónoma, aunque en los proyectos
                                                                                          que autorice el estado, una vez terminada la
   d) Realización del trámite de información pública y con-
                                                                                          información pública, debe remitirse toda la docu-
      sultas, tanto a las administraciones afectadas, como a
                                                                                          mentación al órgano ambiental en el plazo máxi-
      las personas interesadas (Cuadro 1.1), que deberán
                                                                                          mo de seis meses, y la DIA debe formularse des-
      ser informadas del derecho a participar y plazo para
                                                                                          pués en tres meses.
      remitir alegaciones (que no podrá ser inferior a 30
      días), poniéndose a su disposición tanto el estudio                               • Las DIA deben publicarse en los Boletines
      de impacto ambiental como toda la documentación                                     Oficiales de cada comunidad autónoma (en los



4. La Jurisprudencia viene reconociendo que las organizaciones y asociaciones que tengan entre sus fines estatutarios la protección del medio ambiente,
aunque no estén más de dos años constituidas, son titulares de intereses legítimos colectivos, que pueden verse afectados por el carácter positivo o nega-
tivo de una decisión administrativa sobre el medio ambiente. Por lo que estarían legitimadas para personarse en el procedimiento, pedir que se les comu-
niquen las actuaciones del mismo, y alegar y recurrir los actos que se adopten.


     12
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL




     proyectos con autorización estatal, en el Boletín                              proyectos de autorización estatal, es de cinco
     Oficial del Estado). También podemos solicitar ser                             años. Para controlar el cumplimiento de estos
     parte interesada de un procedimiento para que                                  plazos el promotor debe comunicar a la adminis-
     se nos notifique cuantas actuaciones y resolucio-                              tración la fecha de inicio de las obras y ejecución
     nes se emitan en el mismo (Cuadro 1.2).                                        del proyecto.
  • Puede suceder que el órgano de la administra-                           f) Cuando se exija una declaración responsable o una
    ción competente para autorizar el proyecto                                 comunicación para el acceso a una actividad o su
    (Órgano Sustantivo), considere que es conve-                               ejercicio y una evaluación de impacto ambiental, la
    niente autorizarlo, a pesar de una DIA negativa                            declaración responsable o la comunicación no podrá
    del órgano ambiental. En este caso, la normativa                           presentarse hasta haber llevado a cabo dicha EIA y,
    estatal y autonómica prevén un “trámite de reso-                           en todo caso, deberá disponerse de la documenta-
    lución de discrepancias”, en el que normalmente                            ción que así lo acredite, así como de la publicación
    es el Consejo de Gobierno de cada comunidad                                de la resolución en el diario o boletín oficial.
    autónoma, o el Consejo de Ministros en los pro-                            Carecerá de validez y eficacia la declaración respon-
    yectos estatales, el que decide finalmente si se                           sable o la comunicación relativa a un proyecto que
    autoriza o no, y con qué condiciones.                                      no se ajuste a lo determinado en la DIA o en la
  • La decisión sobre la autorización del proyecto                             resolución de no sometimiento a EIA.
    deberá publicarse, informando, entre otras cosas,                       g) Tras la autorización del proyecto, el órgano sustanti-
    sobre las principales razones y consideraciones                            vo debe realizar el seguimiento y vigilancia del cum-
    en las que se basa la decisión, en relación con las                        plimiento de la declaración de impacto ambiental. En
    observaciones y alegaciones realizadas.                                    caso de detectar incumplimientos, debe iniciarse un
  • Tras autorizarse el proyecto, si no se inician las                         procedimiento sancionador, en el que puede suspen-
    obras o la ejecución del mismo en un plazo                                 derse la ejecución del proyecto o de la actividad, y obli-
    determinado, la DIA caducará, y debe realizarse                            gar a la restauración o reparación de la realidad física
    una nueva EIA. Los plazos varían en cada comu-                             alterada, con indemnización de los daños y perjuicios
    nidad autónoma, y por ejemplo, en el caso de                               ocasionados.




Cuadro 1.2 Solicitud para ser parte interesada en un procedimiento
Aunque la autorización de un proyecto y su DIA se publiquen en el BOE u otro diario, como asociación con fines ambientales,
podemos solicitar ser parte interesada para ser notificados de la autorización y la DIA.

El ser parte interesada lo regula de forma general la Ley 30/1992 de procedimiento administrativo común (complementada
por la Ley 27/2006 en temas ambientales): en este caso, cuanto antes en el procedimiento (por ejemplo, en fase de alegacio-
nes a la DIA), y antes de dictarse la resolución que autoriza, conviene personarse por escrito, con un texto similar al siguiente:

“Que en base a los artículos 31 y 34 de la Ley 30/1992, y artículo 24.1 de la Constitución Española, al ser esta asociación titular de
intereses legítimos colectivos en materia de medio ambiente, comparecemos en el presente procedimiento, solicitando expresamente
que se nos tenga por parte interesada en el mismo, y se nos notifiquen cuantas actuaciones y resoluciones se emitan en el mismo.
Expresamente se declara que esta asociación cumple los requisitos para ser considerada parte interesada en el presente procedimien-
to, al cumplir los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, al tratarse de una persona jurídica sin ánimo de lucro que tiene en los
fines de sus estatutos la protección del medio ambiente en general o alguno de sus elementos en particular, está constituida legalmen-
te hace más de dos años y viene ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus esta-
tutos, desarrollando estatutariamente su actividad en el ámbito territorial afectado por esta actuación administrativa”.

Si la asociación no cumple los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, hay que quitar el segundo párrafo y añadir un texto
similar a: “Que esta asociación tiene entre sus fines y objetivos propios, la defensa y protección del medio ambiente, tal y como se indi-
ca en el artículo… de sus Estatutos” (que conviene acompañar).




                                                                                                                                       13
MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD




Lo que acabamos de describir, es un resumen del procedi-
miento general a seguir, pero un ciudadano, colectivo u                                     Consejo:
ONG ambiental ¿en qué fases y de qué manera puede
intervenir en este procedimiento?                                                           En un documento de sugerencias previas es
                                                                                            necesario hacer hincapié en información que
En principio, cinco serían los momentos más importantes                                     podría no ser tenida en cuenta (información no
para intervenir:                                                                            publicada o de difícil acceso), en métodos de
1º. Sugerencias, en la fase de consultas previas.                                           evaluación que deberían aplicarse o en alterna-
2º. Recurriendo, en su caso, la resolución de no someti-                                    tivas que pudieran tener menos impacto sobre
    miento a EIA.                                                                           el medio ambiente. No es necesario repetir las
3º. Alegaciones al estudio de impacto ambiental.                                            obligaciones derivadas de la normativa de eva-
4º. Recurriendo, primero, en su caso, en vía administrativa, y                              luación. Céntrate en otros aspectos adicionales.
    luego en vía judicial (contencioso-administrativa) la auto-                             Ten siempre en cuenta que esta fase sirve para
    rización del proyecto, por el contenido de la DIA que se                                que el órgano ambiental redacte el documento
    integra en dicha autorización, o por otros motivos.                                     de amplitud y nivel del alcance del estudio de
5º. Solicitando los informes de seguimiento, denunciando                                    impacto ambiental. Las sugerencias previas se
    infracciones, instando la suspensión de la ejecución del                                pueden enviar siguiendo el Modelo 1.1 situado
    proyecto o actividad, solicitando la restauración e                                     al final del manual
    indemnización de daños.


I.2.2. Sugerencias previas
                                                                                   I.2.3. Recurso contra la
En principio, en esta fase, en la que se opina sobre la ampli-
                                                                                   resolución de no sometimiento a EIA
tud y el grado de detalle que tendrá que tener el estudio
de impacto ambiental, es potestativo para la administración                        En el caso de proyectos que puedan afectar directa o indi-
consultar a las personas y grupos vinculados a la protec-                          rectamente a espacios de la Red Natura 2000 (aunque no
ción del medio ambiente, aunque suele hacerlo, al menos,                           estén incluidos en ningún Anexo o listado de las normas de
con las asociaciones más grandes, o que se hayan mostra-                           EIA) o bien de proyectos incluidos en el Anexo II del RDL
do como interesadas en el inicio de la tramitación del pro-                        1/2008 EIA (o Anexo equivalente en la normativa autonó-
yecto. Por este motivo, es importante que si tenemos                               mica), el órgano ambiental tendrá que decidir, caso por
conocimiento de que se ha iniciado esta fase, mandemos                             caso, si somete ese proyecto a EIA, tras revisar el “docu-
nuestra opinión o sugerencias, personándonos como parte                            mento ambiental del proyecto” (también llamado
interesada, aunque no nos hayan consultado.                                        Documento inicial o memoria resumen) que presente el
                                                                                   promotor.
Cualquier ONG puede solicitar a la administración que
le tenga en cuenta en esta fase del procedimiento, y por                           Para decidirlo, el órgano ambiental tiene que utilizar unos
lo general, suelen concederlo, pero es conveniente soli-                           criterios establecidos en el Anexo III del RDL 1/2008 EIA
citarlo con responsabilidad ya que los órganos ambienta-                           (o equivalente en normativa autonómica). Estos criterios
les tramitan cientos de proyectos, y no tendría sentido                            de selección tienen en cuenta la ubicación y características
solicitar que nos envíen toda la documentación, con su                             de los proyectos y de su potencial impacto. En los proyec-
coste asociado, si no vamos a aportar información signi-                           tos que puedan afectar a Red Natura, si existe posibilidad
ficativa en esta fase. Otra cosa es que la documentación                           de afección apreciable, deberán evaluarse en todo caso.
pueda estar disponible en formato electrónico, o que                               Antes de tomar la decisión, se debe consultar a las admi-
interese tenerla desde el principio, a efectos informativos                        nistraciones, personas, e instituciones afectadas por la rea-
y de cara a futuras alegaciones.                                                   lización del proyecto.




5. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo el acto que acuerda no someter un proyecto a declaración ambiental sí es susceptible de recuso conten-
cioso administrativo, a diferencia de otros pronunciamientos sobre la irrecurribilidad del acto aprobatorio de la declaración ambiental. En este sentido, cita-
mos las Sentencias de 13 y 27 de marzo de 2007 y 23 de enero y 14 de noviembre de 2008.



     14
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL




Si se decide someter el proyecto a EIA, se remitirán al pro-          el umbral mediante ampliaciones al primer proyecto, o
motor del mismo las contestaciones recibidas a las consul-            presentándolo como otro proyecto similar anejo al pri-
tas efectuadas (que tendrán entonces la consideración de              mero.
“consultas previas”) y se le indicará además la amplitud y el
                                                                   Independientemente de si es o no sometido al procedi-
nivel de detalle que debe tener el estudio de impacto
                                                                   miento de evaluación de impacto ambiental, el proyecto
ambiental.
                                                                   suele requerir una autorización administrativa que también
Si por el contrario, se decide no someter el proyecto a EIA,       es susceptible de recurso judicial contencioso-administrati-
esta decisión, que debe publicarse en el BOE o Diarios             vo (previo recurso administrativo, según el caso). En este
Oficiales de las comunidades autónomas, es susceptible de          caso, es conveniente recurrir en su plazo la decisión de no
recurso judicial contencioso-administrativo, en el plazo de        sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto
dos meses5. Si la resolución la adopta un órgano que tenga         ambiental, y posteriormente la autorización, solicitando la
superior jerárquico, y así lo indica la misma, se deberá inter-    acumulación de ambos recursos en un solo procedimien-
poner antes un recurso de alzada en vía administrativa.            to judicial.
En este caso, conviene tener en cuenta, entre otras cosas:
• Que en el caso de proyectos que puedan afectar direc-            I.2.4. Alegaciones al estudio
  ta o indirectamente a espacios de la Red Natura 2000,            de impacto ambiental
  estén o no incluidos en los listados de la normativa de          El estudio de impacto ambiental, es un documento de
  EIA, es de aplicación lo establecido en el artículo 6 de la      carácter privado que elabora el promotor del proyecto.
  Directiva de Hábitats, y por tanto, si el proyecto puede         Una vez presentado, se incorpora a un expediente admi-
  afectar de forma apreciable a esos lugares (ya sea indivi-       nistrativo, y la administración lo somete al trámite de infor-
  dualmente, o en combinación con otros proyectos),                mación pública por un plazo mínimo de 30 días, anuncián-
  debe someterse en todo caso a una adecuada evalua-               dolo en un diario oficial. En esta fase podremos examinar
  ción, teniendo en cuenta los objetivos de conservación           tanto el estudio presentado por el promotor como otra
  de dicho lugar. Debe por tanto comprobarse que esto              información relevante del expediente, por ejemplo, proyec-
  se haya motivado y justificado bien en la resolución de          to, informes que hayan sido ya emitidos, documentación de
  no sometimiento y que se haya incorporado al expe-               las consultas previas, etc.
  diente del procedimiento de EIA el informe preceptivo
                                                                   Tenemos que tener en cuenta que podemos estar hablan-
  de no afección a la Red Natura 2000, que deberá ser
                                                                   do de una documentación muy voluminosa, con planos,
  emitido por el órgano autonómico ostenta las compe-
                                                                   fotografías, tablas, gráficos, etc, por lo que la forma de acce-
  tencias en Red Natura.
                                                                   so a la misma debe asegurar que realmente se puede tener
• En las resoluciones de no sometimiento a EIA que se              conocimiento de lo presentado, y que se pueden realizar
  publiquen, conviene revisar bien la descripción del obje-        alegaciones con toda garantía. En muchos casos esto no es
  to del proyecto y los condicionantes impuestos. Por              así, y los obstáculos en la forma de acceso y en la obten-
  ejemplo, en una explotación de áridos se declaran 190.000        ción de copias en formato digital o papel, pueden obstacu-
  metros cúbicos a extraer anualmente. En principio, como          lizar, o de hecho, impedir, el ejercicio de este derecho.
  no supera los 200.000 m3/año, no se incluye en el Anexo          Todos estos obstáculos deben hacerse constar en las ale-
  I, sino en el II, y debe decidirse caso a caso si se somete o    gaciones, indicando que se realizan sin haber podido exa-
  no a EIA, y puede excluirse. Pero si la explotación es visible   minar adecuadamente la documentación obrante en el
  desde una autopista, autovía, carretera nacional o comar-        expediente de EIA, debido a las trabas existentes. Así,
  cal, debe someterse obligatoriamente a EIA (pues entonces        deben hacerse constar impedimentos, como que nos obli-
  cumple otro de los requisitos del Anexo I). También, en la       guen a desplazarnos en un determinado día y hora a unas
  ejecución del proyecto, debe vigilarse que se cumple lo          dependencias concretas para examinar una documenta-
  establecido en la resolución de no sometimiento; por             ción voluminosa, en un tiempo muy escaso, que no se nos
  ejemplo, se extraen 210.000 m3/año en vez de lo decla-           proporcionen copias y nos obliguen a tomar los datos a
  rado, con lo cual se ha eludido fraudulentamente el some-        mano, etc. Es muy frecuente también que nos denieguen el
  timiento obligatorio a EIA. En otras ocasiones los promo-        acceso a copias de proyectos basándose en el derecho de
  tores fragmentan los proyectos por debajo del umbral             propiedad intelectual de su autor. En este caso hay que exi-
  para el cual es necesario llevar a cabo un procedimien-          gir que se indique y acredite qué concreta información del
  to de evaluación de impacto ambiental, y luego superan           proyecto tiene dicho carácter de acuerdo con la legislación


                                                                                                                          15
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  • 1. Manual de conservación: actuaciones administrativas y judiciales para proteger la biodiversidad Manual de conservación: actuaciones administrativas y judiciales para proteger la biodiversidad Las acciones de conservación van mucho más allá que firmar una ciberacción, hacer una recogida de firmas, enviar una nota de prensa o hacer una protesta callejera. Por lo general, la mayoría de las acciones de conservación requieren trámites ante la administración, o incluso acciones judiciales. La mayor o menor calidad en estos trámites, puede determinar que estas acciones tengan un resultado positivo, o no, para el medio ambiente. Para conseguir que estas acciones sean efectivas es necesario conocer los trámites administrativos en los que podemos intervenir, y la mejor forma de hacerlo. Este manual pretende acercar las principales actuaciones administrativas y judiciales para proteger la biodiversidad, desde el punto de vista de las asociaciones conservacionistas, y cualquier ciudadano interesado. SEO/BirdLife es el representante de BirdLife International en España, una asociación científica y conservacionista fundada en 1954 dedicada al estudio y la conservación de las aves y de la naturaleza. Uno de sus principales objetivos es dar a conocer y transmitir a la población el respecto y conocimiento de las aves y sus hábitats, así como la importancia de la conservación de nuestra avifauna y los espacios en los que habitan.
  • 2. Manual de conservación: actuaciones administrativas y judiciales para proteger la biodiversidad María Soledad Gallego Bernad1 Juan Carlos Atienza2 1 Justicia Ambiental - Despacho Jurídico Ambiental - msgallego@justiciambiental.es 2 Área de Conservación de Especies y Espacios - SEO/BirdLife - jcatienza@seo.org
  • 3. Foto de portada: © Y. Seminario/Whitehawk Foto de contraportada: © Tatavasco Fotos: © Autores Textos: © SEO/BirdLife Maquetación: Simétrica Impresión: Netaigraf Se autoriza y agradece toda la difusión sobre este documento siempre que se cite correctamente la fuente. Cita recomen- dada: Gallego Bernad, M.S. y J.C. Atienza 2011. Manual de conservación: actuaciones administrativas y judiciales para prote- ger la biodiversidad. SEO/BirdLife, Madrid. Depósito legal: M-11906-2012 Fecha de edición: diciembre 2011 Impreso en papel reciclado Comentarios a esta guía: Cualquier comentario a este manual es bienvenido con el objetivo de mejorar versiones posteriores. Pueden ser remitidos a conservacion@seo.org Edita: SEO/BirdLife C/ Melquiades Biencinto, 34 28053 Madrid Teléfono: 91 434 09 10 www.seo.org
  • 4. ÍNDICE ÍNDICE Prólogo .................................................................................................................................................................................................................................................................... 5 Introducción .................................................................................................................................................................................................................................................................................................................. 7 Agradecimientos ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 8 Capítulo I - Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental .................................................................................................................................................................................. 9 I.1. Introducción ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 9 I.2. Evaluación de Proyectos .................................................................................................................................................................................................................................................................................. 10 I.2.1. Procedimiento y legislación básica .................................................................................................................................................................................................................................................... 10 I.2.2. Sugerencias previas ............................................................................................................................................................................................................................................................................ 14 I.2.3. Recurso contra la resolución de no sometimiento a EIA .............................................................................................................................................................................................. 14 I.2.4. Alegaciones al estudio de impacto ambiental. Especial incidencia en la solicitud de información ambiental............................................................................. 15 I.2.5. Recurso contra la autorización del proyecto ............................................................................................................................................................................................................................ 16 I.2.6. Solicitud de informes de seguimiento, denuncia de infracciones, solicitud de la suspensión.......................................................................................................................... de la ejecución del proyecto, y de la restauración e indemnización de daños................................................................................................................................................. 19 I.3. Evaluación de Planes y Programas ............................................................................................................................................................................................................................................................ 20 I.3.1. Procedimiento y legislación básica...................................................................................................................................................................................................................................................... 20 I.3.2. Sugerencias, alegaciones y observaciones, recursos judiciales, solicitud de informes............................................................................................................................................ deseguimiento y de adopción de medidas. ................................................................................................................................................................................................................................ 23 I.3.3. Caso especial: Planes urbanísticos ...................................................................................................................................................................................................................................................... 24 I.4. Proyectos, Planes y Programas que puedan afectar a Red Natura. .......................................................................................................................................................................................... 25 Capítulo II. Especies silvestres y espacios protegidos .................................................................................................................................................................................................................... 28 II.1. Introducción .................................................................................................................................................................................................................................................................................................... 28 II.2. Legislación y otras herramientas de conservación de especies autóctonas ........................................................................................................................................................................ 29 1. Convenios Internacionales .......................................................................................................................................................................................................................................................................... 29 2. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad ............................................................................................................................................................................................................ 31 3. Leyes autonómicas de protección y conservación de especies ...................................................................................................................................................................................................... 32 4. Catálogos de Especies Amenazadas.............................................................................................................................................................................................................................................................. 32 5. Planes de Recuperación ................................................................................................................................................................................................................................................................................ 34 6. Planes de acción internacional .................................................................................................................................................................................................................................................................. 34 7. Libros Rojos y Atlas .......................................................................................................................................................................................................................................................................................... 35 II.3. Legislación y otras herramientas de conservación de espacios .................................................................................................................................................................................................... 35 1. Espacios Naturales Protegidos .................................................................................................................................................................................................................................................................. 36 2. Espacios protegidos Red Natura 2000 ........................................................................................................................................................................................................................................................ 36 3. Zonas sensibles para la fauna y la flora. Especial referencia a las IBA .................................................................................................................................................................................. 37 II.4. Principales amenazas para las especies y espacios ................................................................................................................................................................................................................................ 40 1. Destrucción del hábitat.................................................................................................................................................................................................................................................................................. 40 2. Molestias a aves reproductoras................................................................................................................................................................................................................................................................ 40 3. Destrucción de nidos........................................................................................................................................................................................................................................................................................ 41 4. Captura de especies protegidas......................................................................................................................................................................................................................................................................... 41 5. Matar una especie no cinegética, o en periodo de veda .................................................................................................................................................................................................................. 41 6. Electrocución y Colisión con tendidos eléctricos........................................................................................................................................................................................................................................ 41 7. Uso de Venenos............................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 42 8. Contaminación .............................................................................................................................................................................................................................................................................................................. 42 9. Urbanización ilegal...................................................................................................................................................................................................................................................................................................... 42 II.5. Actuaciones posibles ante la vulneración de la normativa de conservación de especies y espacios .............................................................................................................. 42 II.5.1. Infracciones de la legislación de especies silvestres y espacios protegidos. Denuncia administrativa, y elementos básicos del procedimiento ........................................................................................................................................................................................................................................ 46 1. Contenido de la denuncia administrativa...................................................................................................................................................................................................................................... 46 2. Quien puede ser parte interesada. Derechos de los interesados (distintos del denunciado) ...................................................................................................................... 46 3. Obligación de incoar expediente sancionador .......................................................................................................................................................................................................................... 48 4. Prescripción de la infracción y caducidad del procedimiento .......................................................................................................................................................................................... 48 5. Suspensión del procedimiento administrativo hasta la resolución del proceso penal ...................................................................................................................................... 49 6. Obligación de reparar o indemnizar los daños ........................................................................................................................................................................................................................ 49 II.5.2. Delitos contra la flora y fauna. Denuncia penal, y elementos básicos del procedimiento ...................................................................................................................... 49 1. Actuaciones constitutivas de delitos contra la flora y fauna.............................................................................................................................................................................................. 49 1.1. Delitos contra la flora amenazada (art. 332 CP).................................................................................................................................................................................................. 49 1.2. Delitos contra la fauna amenazada (art. 334 CP)................................................................................................................................................................................................ 50 1.3. Delitos por cazar o pescar fauna no amenazada (art. 335 CP)................................................................................................................................................................ 50 1.4. Delitos por cazar o pescar con veneno, explosivos o similares (art. 336 CP) .............................................................................................................................. 51 1.5. Delitos por introducir o liberar especies de flora o fauna no autóctona (art. 333 CP).......................................................................................................... 51 2. Otras actuaciones con posible incidencia en la flora y fauna, constitutivas de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, o contra la ordenación del territorio ........................................................................................................................................................................ 52 3. Elementos básicos de la denuncia.................................................................................................................................................................................................................................................... 52 4. Ante quien podemos presentar la denuncia .............................................................................................................................................................................................................................. 54 4.1. Denuncia al SEPRONA .......................................................................................................................................................................................................................................................... 54 4.2. Denuncia a la Fiscalía........................................................................................................................................................................................................................................................ 54 4.3. Denuncia ante el juzgado de Instrucción.................................................................................................................................................................................................................... 54 5. Si además nos queremos personar como acusación popular.......................................................................................................................................................................................... 55 II.6. Caso concreto: las órdenes de veda ................................................................................................................................................................................................................................................................ 55 Capítulo III- Zonas húmedas y ríos ............................................................................................................................................................................................................................................................ 57 III.1. Introducción. La Directiva Marco del Agua y su incidencia en la planificación y gestión del agua .................................................................................................................. 57 III.2. Dominio público hidraúlico, zonas inundables y humedales ........................................................................................................................................................................................................ 58 III.3. Incumplimiento del régimen de caudales ecológicos y desecación de ríos y humedales ...................................................................................................................................... 59 3
  • 5. MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD III.4. Vertidos y contaminación de ríos y humedales .................................................................................................................................................................................................................................. 62 Capítulo IV. Solicitud de información ambiental ................................................................................................................................................................................................................................ 64 IV.1. Introducción. El Convenio de Aarhus y la Ley 27/2006 de acceso a la información ambiental .................................................................................................................... 64 IV.2. ¿Qué se considera información ambiental? .............................................................................................................................................................................................................................................. 64 IV.3. Derechos de ciudadanos y organizaciones cuando solicitan información ambiental .............................................................................................................................................. 65 IV.4. Cómo solicitar la información ambiental .................................................................................................................................................................................................................................................. 66 IV.5. A quién podemos solicitar la información ambiental: el concepto de autoridad pública .................................................................................................................................... 67 IV.6. La disponibilidad de la información ambiental ...................................................................................................................................................................................................................................... 67 IV. 7. Excepciones y su interpretación ................................................................................................................................................................................................................................................................ 68 ...... 1. La petición a un órgano erróneo ................................................................................................................................................................................................................................................................ 68 .. 2. Solicitud manifiestamente irrazonable ...................................................................................................................................................................................................................................................... 69 3. La falta de concreción de la solicitud ........................................................................................................................................................................................................................................................ 69 4. Material en curso de elaboración o documentos o datos inconclusos. ................................................................................................................................................................................ 69 5. Confidencialidad de los procedimientos prevista en una Ley. .................................................................................................................................................................................................... 70 6. Causas o asuntos sujetos a procedimiento judicial o investigación de índole penal..................................................................................................................................................... 70 7. Confidencialidad de los datos de carácter comercial e industrial ............................................................................................................................................................................................ 70 8. Derechos de propiedad intelectual e industrial.................................................................................................................................................................................................................................... 71 9. La protección de datos personales.............................................................................................................................................................................................................................................................. 71 10. Protección del medio ambiente .......................................................................................................................................................................................................................................................... 72 IV.8. Qué hacer si no nos dan la información ambiental .......................................................................................................................................................................................................................... 72 Capítulo V. Legislación importante para la conservación de especies y espacios ........................................................................................................................................ 74 V.1. Introducción .................................................................................................................................................................................................................................................................................................. 74 1. Nociones básicas sobre la aplicación de las normas ambientales.......................................................................................................................................................................................... 74 2. ¿Se pueden recurrir leyes y reglamentos? ................................................................................................................................................................................................................................................ 75 V.2. Directiva de Aves Silvestres ........................................................................................................................................................................................................................................................................ 76 V.3. Directiva de Hábitats ........................................................................................................................................................................................................................................................................................ 76 V.4. Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .................................................................................................................................................................................................................................. 78 V.5. Leyes autonómicas de protección de la naturaleza ............................................................................................................................................................................................................................ 80 V.6. Código Penal ................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 80 Cuadro 1.1. Personas interesadas.............................................................................................................................................................................................................................................................................. 12 Cuadro 1.2. Solicitud para ser parte interesada........................................................................................................................................................................................................................................................ 13 Cuadro 1.3. Principales carencias de los Estudios de Impacto Ambiental............................................................................................................................................................................................ 17 Cuadro 1.4. Presentación de escritos ante la administración ........................................................................................................................................................................................................................ 20 Cuadro 1.5. ¿Cómo se contabiliza un plazo? .................................................................................................................................................................................................................................................... 20 Cuadro 2.1. Tendencia del estado de conservación de los vertebrados mundiales .................................................................................................................................................................... 28 Cuadro 2.2. ¿Cuándo se designaron las IBA?.................................................................................................................................................................................................................................................... 38 Cuadro 2.3. Condena por matar un flamenco.......................................................................................................................................................................................................................................................... 41 Cuadro 2.4. ¿Qué hacer ante un episodio de veneno?...................................................................................................................................................................................................................................... 43 Cuadro 2.5. Caza sostenible.......................................................................................................................................................................................................................................................................................... 56 Cuadro 4.1. Convenio de Aarhus ............................................................................................................................................................................................................................................................................ 64 Cuadro 4.2. ¿Quién puede solicitar información ambiental? .......................................................................................................................................................................................................................... 66 Tabla 2.1. Leyes autonómicas en materia de conservación de la naturaleza .................................................................................................................................................................................... 33 Tabla 2.2. Resumen de las principales acciones de conservación tratadas en este manual.................................................................................................................................................... 44 Tabla 2.3. Infracciones y sanciones de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .................................................................................................................................................. 47 Figura 1.1. El proceso de evaluación debería producirse en cascada desde las políticas (para las que no hay obligación legal) hasta los proyectos, cada uno en su ámbito espacial y temporal, teniendo en cuenta interrelaciones y sinergias. .................................................................... 10 Figura 1.2. Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos y las fases en las que puede participar el ciudadano. .................. 11 Figura 1.3. Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de planes y programas, y las fases en las que puede participar el ciudadano.............................................................................................................................................................................................................................................................................. 22 Figura 1.4. Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de planes, programas o proyectos que puedan afectar de forma apreciable a la Red Natura 2000. ...................................................................................................................................................................................................................................... 27 Figura 2.1. Relación entre porcentaje del país protegido como ZEPA de la Unión Europea (UE15) y el estado de conservación de las especies de aves (figura basada en Donald et al. 2007)........................................................................................................................................................................................... 29 Figura 2.2. Probabilidad de Extinción de las tres mayores categorías de los libros rojos. ........................................................................................................................................................ 35 Figura 2.3. Proceso de creación de la Red Natura 2000 .................................................................................................................................................................................................................................. 36 Figura 2.4. Áreas Importantes para la Conservación de las Aves (IBA) en España ...................................................................................................................................................................... 38 Figura 4.1. Esquema del procedimiento de solicitud ambiental.................................................................................................................................................................................................................... 72 Figura 5.1. Proceso de creación de la Red Natura 2000 .................................................................................................................................................................................................................................. 77 Figura 5.2. Espacios protegidos Red Natura 2000 en España........................................................................................................................................................................................................................ 77 Anexo I - Modelos ................................................................................................................................................................................................................................................................................................ 81 Modelo 1.1. Sugerencias previas.................................................................................................................................................................................................................................................................................... 81 Modelo 1.2. Impedimentos o trabas al acceso a la información .................................................................................................................................................................................................................... 82 Modelo 1.3. Alegaciones............................................................................................................................................................................................................................................................................................ 83 Modelo 1.4. Recurso de Alzada .................................................................................................................................................................................................................................................................................... 84 Modelo 2.1. Notificación de electrocuciones o colisiones de aves .............................................................................................................................................................................................................. 86 Modelo 2.2. Denuncia administrativa ........................................................................................................................................................................................................................................................................ 87 Modelo 2.3. Denuncia penal ............................................................................................................................................................................................................................................................................................ 89 Modelo 4.1. Solicitud de información ambiental ........................................................................................................................................................................................................................................................ 91 Modelo 4.2. Ejecución de la solicitud de información ambiental.................................................................................................................................................................................................................... 93 Anexo II - Catalogación de las especies ...................................................................................................................................................................................................................................................... 95 Anexo III- Planes de recuperación, conservación y gestión de especies ................................................................................................................................................................157 4
  • 6. PRÓLOGO PRÓLOGO Compartir para conservar De esta manera, dentro de la estrategia de activismo ambien- SEO/BirdLife surgió a mediados de los años 50 con una clara tal emprendida con exquisito rigor y seria determinación se vocación científica que nos ha acompañado hasta la fecha, y impulsó un programa de Áreas Importantes para la que impregna en su totalidad los cimientos de la asociación. Conservación de las Aves, programa de IBA, que consiguió en Nuestros fundadores estaban especialmente interesados en España la protección de más de diez millones de hectáreas.Y obtener y difundir conocimiento sobre las aves, razón por la ello fue posible a base de aunar una metódica recopilación de que entre las primeras publicaciones de la asociación se información ornitológica con una cuidadosa estrategia judicial encuentra la revista científica Ardeola, que en la actualidad se en instancias europeas. encuentra entre las más prestigiosas del campo ornitológico El recorrido ha sido positivo, a la luz de los importantes logros a escala mundial. obtenidos por SEO/BirdLife en los últimos tiempos, entre los que se encuentran la red de ZEPA más importante de Europa, Poco a poco, los estudios científicos desarrollados por la haber conseguido ilegalizar la contrapasa y la liga en España, organización y por nuestros miembros aconsejaron que asu- contar con una de las leyes de conservación de la biodiversi- miéramos otras responsabilidades y nos implicásemos cada dad más avanzadas de Europa, modificar un reglamento euro- vez más en cuestiones conservacionistas. En el nuevo camino peo para asegurar la alimentación de nuestras aves necrófagas, emprendido destaca nuestra participación en la naciente la obligación de modificar los tendidos eléctricos peligrosos ICBP (década de los 70), semilla de la actual BirdLife para las aves o paralizar la construcción de urbanizaciones y International, que nos da la dimensión internacional y el res- carreteras en zonas de gran valor para la biodiversidad. paldo para lanzarnos con fuerza a la conservación de la bio- diversidad española. Pese a nuestros numerosos éxitos conservacionistas, somos plenamente conscientes de la necesidad de que muchas más Para emprender esta novedosa trayectoria no renunciamos en organizaciones y particulares se impliquen en la defensa de absoluto a seguir investigando y recopilando información sobre nuestra biodiversidad. Esta es la razón por la que iniciamos nuestras aves; al contrario, un mayor seguimiento y estudio de una colección de manuales con la que –compartiendo cono- la avifauna, así como de los hábitat en los que se desenvuelven, cimiento- esperamos potenciar el empoderamiento y la par- nos da bases sólidas para poder argumentar nuestras posicio- ticipación de la sociedad en la conservación de su entorno. nes de defensa del entorno. Por ello cada día potenciamos más esta faceta investigadora, bajo la cual han nacido recientemen- En este manual hemos querido conjugar lo mejor de nuestro te nuevos programas. Pero además nos hemos dotado de un conocimiento científico y técnico, en materia legislativa y de sólido equipo profesional de técnicos –biólogos y abogados, conservación. De esta forma surge la obra que tienes en tus principalmente- que se ocupa de alertar sobre los problemas manos, que esperamos sea el detonador de un gran número ambientales y justificar la toma de medidas para combatirlos. de acciones que frenen la pérdida de biodiversidad en nues- Nuestra apuesta es, por tanto, realizar acciones estratégicas de tro país. gran calidad técnica y jurídica, basadas siempre en el mejor Asunción Ruiz conocimiento científico disponible. Directora Ejecutiva de SEO/BirdLife 5
  • 7. INTRODUCCIÓN INTRODUCCIÓN Inicialmente este manual estaba pensado para dotar de En el segundo capítulo, el más extenso del manual, se des- herramientas a los grupos locales y encargados de área de cribe la normativa básica para la protección de especies sil- SEO/BirdLife, sin embargo, muy rápidamente se vio la utili- vestres y de espacios protegidos, y la forma en que se pue- dad de ampliar el público objetivo a cualquier ciudadano, den realizar denuncias administrativas y penales cuando se esté organizado o no en una asociación, sea profesional de detectan actuaciones contra la fauna y la flora. En este capí- la conservación o no, que tenga la voluntad de llevar accio- tulo, además de las amenazas existentes, y la regulación nes para conservar la biodiversidad. El reto fue, pues, hacer administrativa, se describen también los principales artícu- un manual útil tanto para una persona que se enfrenta por los del código penal en la materia, y se desarrolla especí- primera vez a una acción de conservación, como para un ficamente el caso de la lucha contra el uso de cebos enve- profesional, técnico o jurídico, que es consultado sobre un nenados en el medio natural. También se revisan las posi- tema ambiental. bles actuaciones en el caso de los Espacios Naturales Protegidos (Parques Naturales, Parques Regionales, etc.), la Las acciones de conservación van mucho más allá que fir- Red Natura 2000 (ZEPA, LIC y ZEC) y las Áreas mar una ciberacción, hacer una recogida de firmas, enviar Importantes para la Conservación de las Aves (IBA). una nota de prensa o hacer una protesta callejera. Por lo general, la mayoría de las acciones de conservación requie- En el tercer capítulo, se trata de forma específica la conser- ren trámites ante la administración o incluso acciones judi- vación de los ríos y humedales, entendiendo que se trata ciales. La mayor o menor calidad en estos trámites, puede de ecosistemas especialmente frágiles y muy importantes determinar que estas acciones tengan un resultado positi- para la biodiversidad. En este capítulo se revisan algunas de vo, o no, para el medio ambiente. Para conseguir que estas las obligaciones de las administraciones para cumplir con la acciones sean efectivas es necesario conocer los trámites Directiva Marco del Agua, y en particular los Planes de administrativos que podemos utilizar y la mejor forma de Cuenca. Además, se indica como actuar en el caso de que hacerlo. En este manual se describen algunas de las accio- observemos que un río o un humedal es desecado o pri- nes más comunes de conservación que se llevan a cabo en vado de una cantidad importante de agua, o sufre episo- una asociación conservacionista, y que en muchos casos dios de vertidos contaminantes. puede realizar también cualquier ciudadano. En el cuarto capítulo se expone qué debe hacer un ciuda- Aunque la mayoría de las acciones pueden realizarse por dano para solicitar información ambiental, un derecho cualquier persona, hay algunas de ellas que solo pueden ser reconocido por nuestra legislación. En este capítulo no solo llevadas a cabo por afectados, o por asociaciones que ten- se detalla el derecho que nos asiste, sino la forma en la que gan entre sus fines la conservación de la naturaleza, o que en hay que actuar si la administración no atiende nuestras legí- algunos casos posean además más de dos años de actividad. timas solicitudes. En el primer capítulo se exponen las principales acciones En el último capítulo se describe de forma somera la legis- que se pueden realizar en el procedimiento de evaluación lación más importante que debe conocerse a la hora de de impacto ambiental, previo a la aprobación de los pro- llevar a cabo acciones de conservación de la biodiversidad. yectos o planes con mayor impacto sobre el medio Con este capítulo no se busca un profundo conocimiento ambiente. En este capítulo se revisa la legislación vigente, y de las normas, sino más bien dirigir al lector hacia aquella se dan las pautas para poder participar en este importan- normativa que puede serle de utilidad conocer y revisar, al te procedimiento. enfrentarse a un problema de conservación. 7
  • 8. MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD También se incluye un anexo con sencillos modelos que vigentes en cada caso, por ejemplo, a través de páginas en pueden ser utilizados para dirigirse a la administración internet en las que se pueden consultar las últimas versio- (anexo I),una recopilación de la clasificación de todas las nes de la normativa. especies en los diferentes catálogos nacionales y regionales Este manual tiene vocación de ser ampliado y mejorado en de especies amenazadas (anexo II), y un listado de planes posteriores ediciones, por lo que se agradece cualquier de recuperación, conservación y gestión de especies comentario que permita su mejora en el futuro. Todos los (anexo III). comentarios pueden ser dirigidos al Área de Conservación Finalmente, el manual se completa con cuadros, esque- de Especies y Espacios de SEO/BirdLife. mas, consejos, y unas tablas intuitivas que nos indican el grado de dificultad de las actuaciones y la necesidad o no de hacerlo a través de un abogado, siendo en este caso Agradecimientos Este manual se ha beneficiado de la experiencia acumula- aconsejable hacerlo a través de un profesional especiali- da de las actuaciones de conservación llevadas a cabo en zado en derecho ambiental, dada la especificidad de esta SEO/BirdLife. Particularmente, los autores quieren agrade- materia. cer a los técnicos del Área de Conservación de Especies y Una cuestión que siempre debe estar presente en el lec- Espacios de SEO/BirdLife, no solo su buen hacer diario, tor de este manual es que la legislación y la jurisprudencia sino la ayuda directa prestada para realizar este manual, son dinámicas, y que en este documento lo que se ofrece especialmente en la elaboración de los listados de catalo- es una foto fija. Por lo tanto, debe tenerse la precaución de gación de especies, que con tanta minuciosidad han prepa- confirmar si las disposiciones citadas siguen siendo las rado. 8
  • 9. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL I.1. Introducción decidir no autorizar los mismos, o bien autorizarlos La mayoría de los planes, programas, proyectos y transforma- tras una resolución de discrepancias. ciones de hábitat que se llevan a cabo en el medio natural 2º. Dar a conocer al ciudadano el proyecto o plan que requieren una autorización, que precisa un procedimiento va a ser autorizado y el impacto que va a tener, y administrativo más o menos complejo. En el caso de aquellos darle la oportunidad de participar, opinar, y aportar tipos de planes, programas y proyectos que puedan tener un información. efecto mayor sobre el medio ambiente, requieren además una evaluación de impacto ambiental (EIA). A pesar de su carácter procedimental, debe quedar claro que la evaluación de impacto ambiental no es un trámite La evaluación de impacto ambiental es un procedimiento meramente formal, en el que baste con presentar deter- basado en el principio de prevención, por el que se tienen en minados documentos en unos determinados plazos, sino cuenta, antes de su autorización, las repercusiones que deter- minadas actividades, proyectos, planes y programas, pueden que los mismos tienen que tener el contenido y la infor- tener sobre el medio ambiente, con la finalidad de evitar, mación que permitan a la EIA cumplir realmente su finali- desde el principio, riesgos, contaminaciones o daños. dad preventiva, antes de autorizar un proyecto2. Así, en el preámbulo del RD 1131/1988, de 30 de septiembre, se Como puntos fundamentales del procedimiento de evalua- recuerda que la Directiva EIA 85/337/CEE establece que ción de impacto ambiental, conviene tener en cuenta, que: “el estudio de impacto ha de realizarse sobre la base de una 1. Tanto la normativa estatal como autonómica en esta información exhaustiva de los efectos que los proyectos pue- materia, provienen de directivas comunitarias que obligan den tener sobre el medio ambiente”. Siendo un elemento a que se evalúen con carácter previo los efectos de una fundamental de este procedimiento, (reforzado tras el serie de proyectos, planes y programas sobre el medio Convenio de Aarhus y la reforma introducida por la Ley ambiente, y a facilitar la información y la participación del 27/2006 de 18 julio 2006), la participación pública real y público. Estas directivas son la de Evaluación de Impacto efectiva en el mismo, desde una fase temprana. Ambiental de Proyectos (Directiva EIA) y la de Evaluación de Planes y Programas (Directiva EPP). Las mismas pro- 3. En el caso de proyectos, planes o programas que puedan porcionan listados o criterios de proyectos o planes que afectar a espacios de la Red Natura 2000, la Directiva deben evaluarse, pues no todos deben someterse a este Hábitats establece que si de la evaluación resulta que hay procedimiento. Estos listados y criterios se transponen en afección a la integridad del lugar, las autoridades están obli- la normativa estatal, básica, y en normas autonómicas, que gadas a no aprobarlo y tan sólo podrán declararse a favor pueden establecer determinadas especificidades, y que hay excepcionalmente, por unos motivos tasados y con un que consultar en su ámbito territorial. procedimiento específico, que indicaremos en el epígrafe correspondiente. 2. Las anteriores directivas y normas son procedimentales, en las que lo importante es seguir el procedimiento esta- 4. En todo caso, hay que tener en cuenta que en los recur- blecido y que este cumpla dos objetivos básicos: sos basados únicamente en la vulneración de la normati- 1º. Servir de herramienta que permita a las administracio- va de evaluación de impacto ambiental de proyectos, pla- nes conocer el impacto que un proyecto, plan o pro- nes y programas, en el mejor de los casos podremos grama puede producir, para aceptarlo, rechazarlo o demostrar que no se ha seguido el procedimiento o se ha modificarlo, con la finalidad de evitar o reducir su seguido mal, y posteriormente la administración podría impacto1. Si a pesar de las medidas correctoras el subsanar el mismo y otorgar nuevamente la autorización. impacto es inasumible, y la declaración de impacto Esto hay que tenerlo claro porque de aquí deriva la estra- ambiental es negativa, las administraciones pueden tegia a seguir: 1. En la sentencia del Tribunal Constitucional nº 13/1998, de 22 de enero (FJ4) se indica que la finalidad de la evaluación de impacto ambiental "es facili- tar a las autoridades competentes la información adecuada, que les permita decidir sobre un determinado proyecto con pleno conocimiento de sus posibles impac- tos significativos en el medio ambiente”. 2 El Tribunal Supremo, entre otras, en Sentencia de 15 de marzo de 2006 (rec. 8394/2002, Fj5), incide en la especial naturaleza de la Declaración de Impacto Ambiental, y en “su carácter necesariamente previo y determinante de muchos aspectos de la autorización, así como el mismo contenido material de la Declaración, que, (…) puede determinar hasta la ubicación del proyecto”. 9
  • 10. MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD • Durante el procedimiento lo más importante es par- I.2. Evaluación de Proyectos ticipar para que en la evaluación se tengan en cuenta Es habitual encontrarnos ante la noticia de la tramitación los elementos más importantes del medio ambiente de un proyecto que a nuestro juicio puede ser perjudicial que pueden verse afectados: naturales, arqueológicos, para el medio ambiente, y que decidamos actuar. En este socioeconómicos, etc., y se siga correctamente el pro- caso es muy importante identificar en qué momento del cedimiento. Por ejemplo, si sabemos que en nuestro procedimiento de autorización nos encontramos, y por lo municipio van a construir parte del trazado de una tanto, qué acciones podemos llevar a cabo. En la Figura 1.2 carretera, y hay un área de nidificación o un yacimien- se esquematizan los diferentes pasos del procedimiento de to que pueden verse afectados y no han sido tenidos evaluación, y se hace referencia a aquellos pasos en los que en cuenta, o si se ha evaluado el efecto sobre las aves podemos actuar. sólo durante la primavera, y no en el invierno, etc., lo mejor es presentar alegaciones y avisar a la administra- I.2.1. Procedimiento y legislación básica ción, para que lo corrijan u otorguen una Declaración La normativa de la Unión Europea obliga a que determina- de Impacto Ambiental (DIA) negativa, no esperar a la dos proyectos públicos o privados solo puedan autorizar- DIA o a la autorización para recurrir. se tras haber realizado una evaluación de su impacto • A la hora de presentar alegaciones o recursos, lo más ambiental. La Directiva de Evaluación de Impacto conveniente es indicar los incumplimientos de la nor- Ambiental de proyectos (“Directiva EIA”)3 indica los pro- mativa de evaluación ambiental, pero añadir también yectos que deben evaluarse, los datos que deben facilitar- los incumplimientos que podamos detectar de la nor- se, y las terceras partes a las que debe consultarse duran- mativa comunitaria, estatal, autonómica o local, de aves te el proceso de autorización de estos proyectos. o hábitats, patrimonio, actividades molestas, urbanismo En nuestro país, la norma estatal que transpone estas y planeamiento, aguas, etc. La existencia de impactos obligaciones es el Real Decreto Legislativo 1/2008, por el incompatibles con lo establecido en estas normas, que que se aprueba el texto refundido de la Ley de no puedan evitarse, minimizarse o compensarse, es lo Evaluación de Impacto Ambiental (“RDL 1/2008 EIA”). que puede determinar la no autorización del proyecto. Esta es una norma básica, que debe ser respetada por la El procedimiento de autorización de un proyecto debería ser legislación autonómica de evaluación de impacto el resultado de una evaluación de impacto ambiental en cas- ambiental. En la mayoría de los casos son las comunida- cada desde la adopción de una política, pasando por la apro- des autónomas las competentes para realizar la EIA de bación de un plan y, finalmente, hasta la presentación del pro- los proyectos de su territorio. Por tanto, es importante, yecto (véase la Figura 1.1). Sin embargo, no solo no es obli- que en cada caso concreto, se consulte la legislación gatorio evaluar las políticas, sino que la estructura normativa específica de EIA de cada comunidad autónoma, que puede tener sus propias peculiaridades, e incluso estable- empezó la casa por el tejado, obligando primero a evaluar los cer mayores niveles o requisitos de evaluación que la proyectos individuales y solo pasados quince años se obligó normativa básica estatal (nunca menos). a evaluar los planes. Por ello, en este manual empezaremos también por la aprobación de proyectos. En todo caso, es fundamental tener en cuenta que la nor- mativa de EIA tiene como objetivo básico el que se siga un determinado procedimiento de evaluación, antes de autori- zar. La decisión emitida en este procedimiento, es en prin- cipio, vinculante para el órgano sustantivo que es el que tiene que autorizar el proyecto, aunque en caso de discre- pancia, la administración podrá autorizarlo, sea cual sea el impacto, si bien deberá motivarlo, y seguir el trámite opor- tuno para ello. Otra cosa es que dicha autorización pueda vulnerar, además, normas de protección de la naturaleza o sectoriales, o que en la ponderación de los intereses eco- Figura 1.1 El proceso de evaluación debería producirse en cascada nómicos y ambientales, sea más importante la prevalencia desde las políticas (para las que no hay obligación legal) hasta los de estos últimos, lo cual debe implicar la no autorización proyectos, cada uno en su ámbito espacial y temporal, teniendo en cuenta interrelaciones y sinergias. del proyecto. 10
  • 11. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Figura 1.2 Esquema del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos y las fases en las que puede participar el ciudadano. De dicho procedimiento, destacamos: natural con especial atención a humedales, zonas coste- 1º.Proyectos que deben ser evaluados: Tanto la Directiva ras, áreas de montaña y bosques, reservas y parques EIA como el RDL 1/2008 EIA establecen unos listados naturales, Red Natura, etc). También deberán evaluarse de proyectos, distinguiendo: (a) Los proyectos del los proyectos no incluidos en el Anexo I que puedan Anexo I deben someterse a evaluación en todo caso. afectar directa o indirectamente a espacios de la Red (b) Los proyectos del Anexo II sólo deben someterse a Natura 2000. En todo caso, hay que tener en cuenta evaluación si así lo decide el órgano ambiental en cada que esto es la regulación básica, por lo que las comuni- caso, tras aplicar una serie de criterios establecidos en el dades autónomas pueden ampliar en los listados y ane- Anexo III (entre los que se encuentra la acumulación xos de su propia normativa, los proyectos que deben con otros proyectos, la capacidad de carga del medio someterse a EIA en su ámbito territorial. 3. Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y priva- dos sobre el medio ambiente (DO L 175 de 5-VII-1985). Modificada por la Directiva 97/11/CE, de 3-III-1997 (DO L 73, de 14-III) y Directiva 2003/35/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de 26 de mayo 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente (DO L 56 de 25-VI-2003). 11
  • 12. MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD Para tomar la decisión sobre la necesidad de someti- relevante recibida por la administración antes de la miento al procedimiento de evaluación de impacto información pública. Si existe otra información rele- ambiental de los proyectos incluidos en el Anexo II o de vante que solo se pueda obtener tras este periodo, los que no estando incluidos en el Anexo I puedan afec- la administración deberá ponerla también a su dis- tar a la Red Natura 2000, el Órgano Ambiental realiza- posición. rá una consulta a las administraciones, personas o insti- tuciones afectadas. Esta fase en la que se decide si el proyecto va a ser o no evaluado se conoce con el nom- bre de screening. Cuadro 1.1 Personas interesadas Las personas interesadas son las que tienen derechos o 2º.Deben identificarse, describirse y evaluarse de forma intereses legítimos, individuales o colectivos4, que pueden apropiada los efectos directos e indirectos de determi- ser afectados por la autorización del proyecto, y en todo nados proyectos sobre el ser humano, la fauna, la flora, caso las personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje, los bienes entre los fines de sus estatutos la protección del medio ambiente, lleven dos años legalmente constituidas, y des- materiales, el patrimonio cultural y la interacción entre arrollen su actividad en el territorio afectado por el pro- todos ellos. yecto. Debe también tenerse en cuenta que determina- das normas autonómicas de evaluación de impacto 3º. Sin perjuicio de lo que establezca la normativa autonó- ambiental, contemplan la acción pública, por lo que cual- mica, la evaluación de impacto ambiental de proyectos quier persona o asociación, sin más requisitos, puede comprende, al menos, las siguientes fases: participar y denunciar las infracciones en el procedimien- to de evaluación de impacto ambiental en esa comuni- a) Solicitud del promotor, acompañada del documento dad autónoma. inicial del proyecto. b) La administración determina la amplitud y el nivel de detalle del estudio de impacto ambiental que debe e) La evaluación de impacto ambiental de proyectos elaborar y presentar el promotor. Para ello consulta- finaliza con la emisión de la Declaración de Impacto rá previamente a otras administraciones públicas Ambiental (DIA) por el órgano ambiental de la admi- afectadas, y también podrá consultar a otras perso- nistración: nas y grupos vinculados a la protección del medio ambiente. • La DIA se pronunciará sobre la conveniencia a efectos ambientales de ejecutar un proyecto, y c) Elaboración del estudio de impacto ambiental por el determinará en su caso, las condiciones que promotor del proyecto, que contendrá al menos: la deban establecerse para la protección del medio descripción del proyecto, alternativas estudiadas y ambiente. Este último documento se conoce bajo razones de su elección, evaluación de los efectos el nombre de condicionado ambiental o condicio- previsibles sobre el medio ambiente, medidas previs- nado de la DIA. tas para evitar, reducir, eliminar o compensar los principales efectos sobre el medio ambiente, progra- • Debe emitirse en un plazo determinado, que ma de vigilancia ambiental, y resumen no técnico del conviene consultar en la normativa de cada estudio, en términos fácilmente comprensibles. comunidad autónoma, aunque en los proyectos que autorice el estado, una vez terminada la d) Realización del trámite de información pública y con- información pública, debe remitirse toda la docu- sultas, tanto a las administraciones afectadas, como a mentación al órgano ambiental en el plazo máxi- las personas interesadas (Cuadro 1.1), que deberán mo de seis meses, y la DIA debe formularse des- ser informadas del derecho a participar y plazo para pués en tres meses. remitir alegaciones (que no podrá ser inferior a 30 días), poniéndose a su disposición tanto el estudio • Las DIA deben publicarse en los Boletines de impacto ambiental como toda la documentación Oficiales de cada comunidad autónoma (en los 4. La Jurisprudencia viene reconociendo que las organizaciones y asociaciones que tengan entre sus fines estatutarios la protección del medio ambiente, aunque no estén más de dos años constituidas, son titulares de intereses legítimos colectivos, que pueden verse afectados por el carácter positivo o nega- tivo de una decisión administrativa sobre el medio ambiente. Por lo que estarían legitimadas para personarse en el procedimiento, pedir que se les comu- niquen las actuaciones del mismo, y alegar y recurrir los actos que se adopten. 12
  • 13. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL proyectos con autorización estatal, en el Boletín proyectos de autorización estatal, es de cinco Oficial del Estado). También podemos solicitar ser años. Para controlar el cumplimiento de estos parte interesada de un procedimiento para que plazos el promotor debe comunicar a la adminis- se nos notifique cuantas actuaciones y resolucio- tración la fecha de inicio de las obras y ejecución nes se emitan en el mismo (Cuadro 1.2). del proyecto. • Puede suceder que el órgano de la administra- f) Cuando se exija una declaración responsable o una ción competente para autorizar el proyecto comunicación para el acceso a una actividad o su (Órgano Sustantivo), considere que es conve- ejercicio y una evaluación de impacto ambiental, la niente autorizarlo, a pesar de una DIA negativa declaración responsable o la comunicación no podrá del órgano ambiental. En este caso, la normativa presentarse hasta haber llevado a cabo dicha EIA y, estatal y autonómica prevén un “trámite de reso- en todo caso, deberá disponerse de la documenta- lución de discrepancias”, en el que normalmente ción que así lo acredite, así como de la publicación es el Consejo de Gobierno de cada comunidad de la resolución en el diario o boletín oficial. autónoma, o el Consejo de Ministros en los pro- Carecerá de validez y eficacia la declaración respon- yectos estatales, el que decide finalmente si se sable o la comunicación relativa a un proyecto que autoriza o no, y con qué condiciones. no se ajuste a lo determinado en la DIA o en la • La decisión sobre la autorización del proyecto resolución de no sometimiento a EIA. deberá publicarse, informando, entre otras cosas, g) Tras la autorización del proyecto, el órgano sustanti- sobre las principales razones y consideraciones vo debe realizar el seguimiento y vigilancia del cum- en las que se basa la decisión, en relación con las plimiento de la declaración de impacto ambiental. En observaciones y alegaciones realizadas. caso de detectar incumplimientos, debe iniciarse un • Tras autorizarse el proyecto, si no se inician las procedimiento sancionador, en el que puede suspen- obras o la ejecución del mismo en un plazo derse la ejecución del proyecto o de la actividad, y obli- determinado, la DIA caducará, y debe realizarse gar a la restauración o reparación de la realidad física una nueva EIA. Los plazos varían en cada comu- alterada, con indemnización de los daños y perjuicios nidad autónoma, y por ejemplo, en el caso de ocasionados. Cuadro 1.2 Solicitud para ser parte interesada en un procedimiento Aunque la autorización de un proyecto y su DIA se publiquen en el BOE u otro diario, como asociación con fines ambientales, podemos solicitar ser parte interesada para ser notificados de la autorización y la DIA. El ser parte interesada lo regula de forma general la Ley 30/1992 de procedimiento administrativo común (complementada por la Ley 27/2006 en temas ambientales): en este caso, cuanto antes en el procedimiento (por ejemplo, en fase de alegacio- nes a la DIA), y antes de dictarse la resolución que autoriza, conviene personarse por escrito, con un texto similar al siguiente: “Que en base a los artículos 31 y 34 de la Ley 30/1992, y artículo 24.1 de la Constitución Española, al ser esta asociación titular de intereses legítimos colectivos en materia de medio ambiente, comparecemos en el presente procedimiento, solicitando expresamente que se nos tenga por parte interesada en el mismo, y se nos notifiquen cuantas actuaciones y resoluciones se emitan en el mismo. Expresamente se declara que esta asociación cumple los requisitos para ser considerada parte interesada en el presente procedimien- to, al cumplir los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, al tratarse de una persona jurídica sin ánimo de lucro que tiene en los fines de sus estatutos la protección del medio ambiente en general o alguno de sus elementos en particular, está constituida legalmen- te hace más de dos años y viene ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus esta- tutos, desarrollando estatutariamente su actividad en el ámbito territorial afectado por esta actuación administrativa”. Si la asociación no cumple los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, hay que quitar el segundo párrafo y añadir un texto similar a: “Que esta asociación tiene entre sus fines y objetivos propios, la defensa y protección del medio ambiente, tal y como se indi- ca en el artículo… de sus Estatutos” (que conviene acompañar). 13
  • 14. MANUAL DE CONSERVACIÓN: ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES PARA PROTEGER LA BIODIVERSIDAD Lo que acabamos de describir, es un resumen del procedi- miento general a seguir, pero un ciudadano, colectivo u Consejo: ONG ambiental ¿en qué fases y de qué manera puede intervenir en este procedimiento? En un documento de sugerencias previas es necesario hacer hincapié en información que En principio, cinco serían los momentos más importantes podría no ser tenida en cuenta (información no para intervenir: publicada o de difícil acceso), en métodos de 1º. Sugerencias, en la fase de consultas previas. evaluación que deberían aplicarse o en alterna- 2º. Recurriendo, en su caso, la resolución de no someti- tivas que pudieran tener menos impacto sobre miento a EIA. el medio ambiente. No es necesario repetir las 3º. Alegaciones al estudio de impacto ambiental. obligaciones derivadas de la normativa de eva- 4º. Recurriendo, primero, en su caso, en vía administrativa, y luación. Céntrate en otros aspectos adicionales. luego en vía judicial (contencioso-administrativa) la auto- Ten siempre en cuenta que esta fase sirve para rización del proyecto, por el contenido de la DIA que se que el órgano ambiental redacte el documento integra en dicha autorización, o por otros motivos. de amplitud y nivel del alcance del estudio de 5º. Solicitando los informes de seguimiento, denunciando impacto ambiental. Las sugerencias previas se infracciones, instando la suspensión de la ejecución del pueden enviar siguiendo el Modelo 1.1 situado proyecto o actividad, solicitando la restauración e al final del manual indemnización de daños. I.2.2. Sugerencias previas I.2.3. Recurso contra la En principio, en esta fase, en la que se opina sobre la ampli- resolución de no sometimiento a EIA tud y el grado de detalle que tendrá que tener el estudio de impacto ambiental, es potestativo para la administración En el caso de proyectos que puedan afectar directa o indi- consultar a las personas y grupos vinculados a la protec- rectamente a espacios de la Red Natura 2000 (aunque no ción del medio ambiente, aunque suele hacerlo, al menos, estén incluidos en ningún Anexo o listado de las normas de con las asociaciones más grandes, o que se hayan mostra- EIA) o bien de proyectos incluidos en el Anexo II del RDL do como interesadas en el inicio de la tramitación del pro- 1/2008 EIA (o Anexo equivalente en la normativa autonó- yecto. Por este motivo, es importante que si tenemos mica), el órgano ambiental tendrá que decidir, caso por conocimiento de que se ha iniciado esta fase, mandemos caso, si somete ese proyecto a EIA, tras revisar el “docu- nuestra opinión o sugerencias, personándonos como parte mento ambiental del proyecto” (también llamado interesada, aunque no nos hayan consultado. Documento inicial o memoria resumen) que presente el promotor. Cualquier ONG puede solicitar a la administración que le tenga en cuenta en esta fase del procedimiento, y por Para decidirlo, el órgano ambiental tiene que utilizar unos lo general, suelen concederlo, pero es conveniente soli- criterios establecidos en el Anexo III del RDL 1/2008 EIA citarlo con responsabilidad ya que los órganos ambienta- (o equivalente en normativa autonómica). Estos criterios les tramitan cientos de proyectos, y no tendría sentido de selección tienen en cuenta la ubicación y características solicitar que nos envíen toda la documentación, con su de los proyectos y de su potencial impacto. En los proyec- coste asociado, si no vamos a aportar información signi- tos que puedan afectar a Red Natura, si existe posibilidad ficativa en esta fase. Otra cosa es que la documentación de afección apreciable, deberán evaluarse en todo caso. pueda estar disponible en formato electrónico, o que Antes de tomar la decisión, se debe consultar a las admi- interese tenerla desde el principio, a efectos informativos nistraciones, personas, e instituciones afectadas por la rea- y de cara a futuras alegaciones. lización del proyecto. 5. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo el acto que acuerda no someter un proyecto a declaración ambiental sí es susceptible de recuso conten- cioso administrativo, a diferencia de otros pronunciamientos sobre la irrecurribilidad del acto aprobatorio de la declaración ambiental. En este sentido, cita- mos las Sentencias de 13 y 27 de marzo de 2007 y 23 de enero y 14 de noviembre de 2008. 14
  • 15. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Si se decide someter el proyecto a EIA, se remitirán al pro- el umbral mediante ampliaciones al primer proyecto, o motor del mismo las contestaciones recibidas a las consul- presentándolo como otro proyecto similar anejo al pri- tas efectuadas (que tendrán entonces la consideración de mero. “consultas previas”) y se le indicará además la amplitud y el Independientemente de si es o no sometido al procedi- nivel de detalle que debe tener el estudio de impacto miento de evaluación de impacto ambiental, el proyecto ambiental. suele requerir una autorización administrativa que también Si por el contrario, se decide no someter el proyecto a EIA, es susceptible de recurso judicial contencioso-administrati- esta decisión, que debe publicarse en el BOE o Diarios vo (previo recurso administrativo, según el caso). En este Oficiales de las comunidades autónomas, es susceptible de caso, es conveniente recurrir en su plazo la decisión de no recurso judicial contencioso-administrativo, en el plazo de sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto dos meses5. Si la resolución la adopta un órgano que tenga ambiental, y posteriormente la autorización, solicitando la superior jerárquico, y así lo indica la misma, se deberá inter- acumulación de ambos recursos en un solo procedimien- poner antes un recurso de alzada en vía administrativa. to judicial. En este caso, conviene tener en cuenta, entre otras cosas: • Que en el caso de proyectos que puedan afectar direc- I.2.4. Alegaciones al estudio ta o indirectamente a espacios de la Red Natura 2000, de impacto ambiental estén o no incluidos en los listados de la normativa de El estudio de impacto ambiental, es un documento de EIA, es de aplicación lo establecido en el artículo 6 de la carácter privado que elabora el promotor del proyecto. Directiva de Hábitats, y por tanto, si el proyecto puede Una vez presentado, se incorpora a un expediente admi- afectar de forma apreciable a esos lugares (ya sea indivi- nistrativo, y la administración lo somete al trámite de infor- dualmente, o en combinación con otros proyectos), mación pública por un plazo mínimo de 30 días, anuncián- debe someterse en todo caso a una adecuada evalua- dolo en un diario oficial. En esta fase podremos examinar ción, teniendo en cuenta los objetivos de conservación tanto el estudio presentado por el promotor como otra de dicho lugar. Debe por tanto comprobarse que esto información relevante del expediente, por ejemplo, proyec- se haya motivado y justificado bien en la resolución de to, informes que hayan sido ya emitidos, documentación de no sometimiento y que se haya incorporado al expe- las consultas previas, etc. diente del procedimiento de EIA el informe preceptivo Tenemos que tener en cuenta que podemos estar hablan- de no afección a la Red Natura 2000, que deberá ser do de una documentación muy voluminosa, con planos, emitido por el órgano autonómico ostenta las compe- fotografías, tablas, gráficos, etc, por lo que la forma de acce- tencias en Red Natura. so a la misma debe asegurar que realmente se puede tener • En las resoluciones de no sometimiento a EIA que se conocimiento de lo presentado, y que se pueden realizar publiquen, conviene revisar bien la descripción del obje- alegaciones con toda garantía. En muchos casos esto no es to del proyecto y los condicionantes impuestos. Por así, y los obstáculos en la forma de acceso y en la obten- ejemplo, en una explotación de áridos se declaran 190.000 ción de copias en formato digital o papel, pueden obstacu- metros cúbicos a extraer anualmente. En principio, como lizar, o de hecho, impedir, el ejercicio de este derecho. no supera los 200.000 m3/año, no se incluye en el Anexo Todos estos obstáculos deben hacerse constar en las ale- I, sino en el II, y debe decidirse caso a caso si se somete o gaciones, indicando que se realizan sin haber podido exa- no a EIA, y puede excluirse. Pero si la explotación es visible minar adecuadamente la documentación obrante en el desde una autopista, autovía, carretera nacional o comar- expediente de EIA, debido a las trabas existentes. Así, cal, debe someterse obligatoriamente a EIA (pues entonces deben hacerse constar impedimentos, como que nos obli- cumple otro de los requisitos del Anexo I). También, en la guen a desplazarnos en un determinado día y hora a unas ejecución del proyecto, debe vigilarse que se cumple lo dependencias concretas para examinar una documenta- establecido en la resolución de no sometimiento; por ción voluminosa, en un tiempo muy escaso, que no se nos ejemplo, se extraen 210.000 m3/año en vez de lo decla- proporcionen copias y nos obliguen a tomar los datos a rado, con lo cual se ha eludido fraudulentamente el some- mano, etc. Es muy frecuente también que nos denieguen el timiento obligatorio a EIA. En otras ocasiones los promo- acceso a copias de proyectos basándose en el derecho de tores fragmentan los proyectos por debajo del umbral propiedad intelectual de su autor. En este caso hay que exi- para el cual es necesario llevar a cabo un procedimien- gir que se indique y acredite qué concreta información del to de evaluación de impacto ambiental, y luego superan proyecto tiene dicho carácter de acuerdo con la legislación 15