Ley General de Educación
115 de 1994
Señala las normas generales para regular el Servicio Público de
la Educación, fundamentada en los principios constitucionales
sobre el derecho a la educación, la libertad de enseñanza,
aprendizaje, investigación y cátedra en su carácter de servicio
público.
Define y desarrolla la organización y la prestación de la
educación formal, no formal e informal.
Define los Principios y fundamentos de la educación en
Colombia
Decretos Reglamentarios
Ley 115 de 1994
Decreto 1860 de 1994: Reglamenta la prestación del servicio
educativo formal, la organización de la educación formal, el
PEI, el Gobierno Escolar, las orientaciones curriculares y la
evaluación y promoción de los estudiantes.
Decreto 1850 de 2002: Reglamenta la organización de la
jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y
docentes de los establecimientos educativos estatales de
educación formal, administrados por los departamentos,
distritos y municipios certificados, y se dictan otras
disposiciones.
Decretos Reglamentarios
Ley 115 de 1994
Decreto 3020 de 2002: Establece los criterios y procedimientos
para organizar las plantas de personal docente y administrativo
del servicio educativo estatal que prestan las entidades
territoriales y se dictan otras disposiciones.
Decreto 4791 de 2008: Reglamenta el Fondo de Servicios
Educativos (reglamenta parcialmente la ley 715 de 2001)
Decreto 1290 de 2009: Reglamenta la evaluación del
aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles
de educación básica y media.
Decretos Reglamentarios
Ley 115 de 1994
Decreto 520 de 2010: Reglamenta el traslado de docentes y
directivos docentes de Instituciones de Educación Formal.
Decreto 1628 de 2012: Reglamenta el procedimiento para la
protección de docentes y directivos docentes que prestan sus
servicios en los establecimientos educativos estatales ubicados
en las entidades territoriales certificadas en educación que se
encuentran bajo riesgo extraordinario o extremo"
Ley 1064 de 2006: Educación para
el Trabajo y el Desarrollo Humano
Por la cual se dictan normas para el apoyo y
fortalecimiento de la educación para el trabajo y el
desarrollo humano establecida como educación no
formal en la Ley General de Educación.
Decreto 4904 de 2009
Reglamenta la prestación del servicio de educación
para el trabajo y el desarrollo humano.
Organización de las Instituciones Educativas.
Condiciones y características de los programas de
formación.
Decreto 2020 de 2006
Por medio del cual se organiza el Sistema de Calidad
de Formación para el Trabajo
Documentos de Política
Conpes 2945 de 1997, el Gobierno Nacional le
encomienda al SENA liderar la construcción de un
sistema que articule toda la oferta educativa técnica,
pública y privada, para regularla y potenciarla, se da
inicio al proceso de conformación de un Sistema
Nacional de Formación para el Trabajo
Conpes 81 de 2004, se consolida el sistema nacional
de formación para el trabajo.
Documentos de Política
Conpes 3674 de 2010. Lineamientos de Política
para el Fortalecimiento del Sistema de
Formación de Capital Humano SFCH.
Ley 30 de 1992
Por la cual organiza el Servicio Público de
Educación Superior.
Define los objetivos y alcances de la Educación
Superior
Determina los campos de acción y los programas
académicos
Ley 30 de 1992
Define los requisitos y condiciones de las Instituciones
de Educación Superior
Reglamenta la expedición de títulos, tipo de títulos y
pruebas de Estado para la Educación Superior
Define la autonomía de las Instituciones de Educación
Superior
Ley 30 de 1992
Define mecanismos de inspección y vigilancia de las
I.E.
Crea y reglamenta el Consejo Nacional de Educación
Superior (CESU) y del Instituto Colombiano para el
Fomento de la Educación Superior (Icfes).
Crea y reglamenta sistemas de acreditación e
información
Ley 30 de 1992
Determina el régimen especial de las Universidades
del Estado y de las otras instituciones de Educación
Superior estatales u oficiales.
Determina el funcionamiento del ICETEX
Define el régimen estudiantil
Decretos Ley 30 de 1992
Decreto 1403 de 1993: Regula autorización de oferta
de programas de maestría, doctorado y
posdoctorado.
Decreto 0532 de 2001: Reglamenta el procedimiento
para la ratificación de las reformas estatutarias de las
Instituciones de Educación Superior que modifiquen
su carácter académico.
Ley 489 de 1998
Por la cual se dictan normas sobre la organización y
funcionamiento de las entidades del orden nacional.
DECRETOS
Decreto 2230 de 2003: Modifica la estructura del
Ministerio de Educación Nacional
Decreto 644 de 2001: Reglamenta los puntajes del
examen de Estado
Ley 1286 de 2009
Por la cual se modifica la ley 29 de 1990, se transforma a
Colciencias en departamento administrativo, se
fortalece el sistema nacional de ciencia, tecnología e
innovación en Colombia y se dictan otras
disposiciones".
Ley 749 de 2002
Por la cual se organiza el servicio público de la educación
superior en las modalidades de formación técnica
profesional y tecnológica, y se dictan otras
disposiciones.
Ley 1188 de 2008
Por la cual se regula el registro calificado de
Programas de Educación Superior y se dictan otras
disposiciones.
Decreto 1295 de 2010
Por el cual se reglamenta el registro calificado de que
trata la Ley 1188 de 2008 y la oferta y desarrollo de
programas académicos de educación superior.
Ley 119 de 1994
.
Se reestructura el Servicio Nacional de
Aprendizaje, SENA, se deroga el Decreto 2149 de
1992 y se dictan otras disposiciones.
Ley 29 de 1990
.
"Por la cual se dictan disposiciones para el fomento de la
investigación científica y el desarrollo tecnológico y se
otorgan facultades extraordinarias”
El Consejo Directivo Nacional del Sena podrá crear y
organizar centros de servicios tecnológicos e investigación
aplicada y reorientar los existentes.
Ley 29 de 2009
Cuando el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o el Comité
de Formación de Recursos Humanos para la Ciencia y la
Tecnología así lo determinen, se autoriza al Sena para celebrar
convenios especiales de cooperación con los empleadores
obligados a hacer aportes en los términos de la Ley 21 de 1982,
con el fin de que el Sena pueda destinar hasta Un cincuenta
por ciento (50%) del valor de los aportes que recibe de estos
empleadores al desarrollo de programas de capacitación
laboral, orientados y coordinados académicamente por el
Sena.
Ley 29 de 2009
El Sena contratará la ejecución de estos programas con
gremios, grupos de empresarios, instituciones de educación
superior o centros tecnológicos. Los empleadores participantes
en estos convenios deberán destinar para el mismo efecto,
valores adicionales como contrapartida a los aportados por el
Sena.
La suscripción de estos convenios y contratos requerirá la
autorización previa del Consejo Directivo Nacional del Sena.|
Ley 1286 de 2009 - Colciencias
Artículo 12: Integración del Consejo Asesor de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
(. . . ) El Director General del Servicio Nacional de
Aprendizaje- SENA, quien no podrá delegar la asistencia al
mismo. ( . . .)
Ley 1607 de 2012
Modifica parcialmente la Ley 344 de 1996 y define normas en materia
tributaria
Artículo 24.- ( . . . ) Ley se destinará a la financiación de los programas de inversión social orientada
prioritariamente a beneficiar a la población usuaria más necesitada, y que estén a cargo del Servicio
Nacional de Aprendizaje SENA y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF. (. . . ) Del ocho por
ciento (8%) de la tarifa del impuesto al que se refiere el artículo 21 de la presente Ley, 2.2 puntos se
destinarán al ICBF, 1.4 puntos al SENA y 4.4 puntos al Sistema de Seguridad Social en Salud.
Artículo 25.- Exoneración de Aportes. A partir del momento en que el Gobierno Nacional
implemente el sistema de retenciones en la fuente par el recaudo del impuesto sobre la renta para
la equidad –CREE, y en todo caso antes del 1º. de julio de 2013, estarán exoneradas de pago de
los aportes parafiscales a favor del SENA y del ICBF, las sociedades y personas ( . . .)
Artículos 28 - 29
Ley 1607 de 2012
Modifica parcialmente la Ley 344 de 1996 y define normas en materia
tributaria
Artículo 32.- Modifíquese el artículo 16 de la Ley 344 de 1996, el cual quedará así: Artículo 16.- De
los recursos totales correspondientes a los aportes de nómina de que trata el artículo 30 de la Ley
119 de 1994, el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA destinará un 20% de dichos ingresos
para el desarrollo de programas de competitividad y desarrollo tecnológico productivo. El SENA
ejecutará directamente estos programas a través de sus centros de formación profesional o podrá
realizar convenios en aquellos casos en que se requiera la participación de otras entidades o
centros de desarrollo tecnológico.
Parágrafo 1. El Director del Sena hará parte del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y el
Director de Colciencias formará parte del Consejo Directivo del SENA.
Parágrafo 2. El porcentaje destinado para el desarrollo de programas de competitividad y desarrollo
tecnológico productivo de que trata este artículo no podrá ser financiado con recursos provenientes
del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE.
Decreto 249 de 2004
Por el cual se modifica la planta de
personal del SENA
Especifica las Funciones del Consejo Directivo
Nacional
Define la estructura del SENA y asigna funciones
a sus dependencias
Decreto 933 de 2003
Delegó en el SENA la competencia de “...regular,
diseñar, normalizar y certificar las competencias
laborales”
Decreto Ley 1567 de 1998
Por el cual se crean el Sistema
Nacional de Capacitación y el
sistema de estímulos para los
empleados del Estado.
Aplica a los empleados del Estado
que prestan sus servicios en las
entidades regidas por la Ley 443 de
1998
Ley 909 de 2004
Por la cual se expiden normas que
regulan el empleo público, la carrera
administrativa, gerencia pública y se
dictan otras disposiciones.
Objeto: Regulación del sistema de
empleo público y el establecimiento
de los principios básicos que deben
regular el ejercicio de la gerencia
pública.
Ley 909 de 2004
De acuerdo con lo previsto en la
Constitución Política y la ley, hacen
parte de la función pública los
siguientes empleos públicos:
a) Empleos públicos de carrera;
b) Empleos públicos de libre
nombramiento y remoción;
c) Empleos de período fijo;
d) Empleos temporales
Decreto 1227 de 2005
Reglamenta parcialmente la Ley 909
de 2004 y el Decreto Ley 1567 de
1998.
Reglamenta:
- Empleo Temporal
- Empleo Parcial
- Empleo de medio tiempo
Decreto 1083 de 2015
Por medio del cual se expide el
Decreto Único Reglamentario del
Sector de Función Pública.
Entidades Adscritas a la Función
Pública:
- ESAP
Acuerdo 012 de 1985
Por medio del cual se establecen los
lineamientos fundamentales de la política Técnico-
Pedagógica del SENA y se fijan las directrices para
su gestión con miras a lograr y conservar la Unidad
Técnica en la Entidad.
Define fundamentos, principios y objetivos de
la Formación Profesional Integral.
Acuerdo 008 de 1997
Crea el Estatuto de Formación SENA
La formación profesional del Sena: concepto,
contexto y características.
Formación profesional, tecnología, mercado de
trabajo y educación
El proceso de la formación profesional
Acuerdo 017 de 2000
Define políticas para la Capacitación
de los Servidores Públicos
Circular 100 de 2014
Define el procedimiento provisión
temporal de cargos de carrera
administrativa mediante encargo.
Circular 3-2016-000021 de 2016
Define lineamientos para la
ejecución de acciones de
capacitación Administrativos –
Instructor.
Acta de Concertación Laboral
Define lineamientos para la
ejecución de acciones de
capacitación Administrativos –
Instructor.
Septiembre de 2015
Acuerdo 006 de 2014
Crea la Escuela Nacional de
Instructores Rodolfo Martínez Tono.
La Escuela Nacional de Instructores
Rodolfo Martínez Tono es la estrategia de
la Dirección de Formación
Profesional para promover la excelencia
docente. A través de la Escuela, el SENA
busca atraer, formar, incentivar y lograr la
permanencia de los mejores como
instructores de excelencia de la entidad.
Objetivos de la Escuela
Contribuir al mejoramiento de la calidad de la formación
que ofrece el SENA.
Desarrollar y/o fortalecer las competencias pedagógicas,
básicas y específicas de los instructores del SENA.
Fortalecer la permanencia de los instructores en la
entidad, mediante estrategias para su
desarrollo profesional, promoción y reconocimiento.
Ofrecer una oportunidad de formación a todos los
colombianos interesados en ser instructores de la
formación para el trabajo.
Misión
Liderar la cualificación permanente de los
instructores a través de planes, programas
y proyectos, para contribuir a la política
de mejoramiento de la calidad de la
formación profesional integral, en el
marco de la política pedagógica, valores y
filosofía institucional.
Visión
Al 2020 será líder a nivel nacional e
internacional en procesos de cualificación
permanente de instructores y de la
gestión de conocimiento para la
formación profesional integral, con
estándares internacionales, a través de
procesos de investigación pedagógica e
innovación, con referentes en los planes
prospectivos de los sectores educativos y
productivos del país.
Para la cualificación mediante la formación a
instructores.
Define líneas de formación, diseña programas de
formación y mecanismos de acceso para los
beneficiados.
Establece los convenios, alianzas y acuerdos
necesarios para ejecutar acciones de formación,
según los requerimientos de los diferentes grupos
focales.
Formación
Evaluación
Desarrolla estrategias de acompañamiento y
cualificación en competencias básicas,
transversales, técnicas y pedagógicas, con
herramientas de auto, hetero y coevaluación,
como mecanismos para alcanzar el desarrollo
profesional y la calidad en la formación
profesional integral.
Desarrollo Profesional
Diseña el Plan de gestión del talento
humano dirigido a los instructores en acuerdo con
las demás áreas relacionadas, de tal forma que les
permita avanzar en su desarrollo hacia la excelencia y
la profesionalización.
Retención
Incentiva la permanencia y mejoramiento del
instructor en el SENA.
Genera proyectos para estimular su labor, motivar
pertenencia a la Entidad.
Desarrolla actividades para conformar el banco de
aspirantes a instructores.
Investigación
Aporta en la construcción de conocimiento
pedagógico –a partir de acciones formativas, de
visibilización y consolidación de grupos de
investigación–, con el propósito de contribuir en la
cualificación de instructores y de comunicar a la
comunidad nacional e internacional los avances que
en el campo de la pedagogía se estructuran al
interior del SENA.
Sistema Nacional de Bibliotecas
Ofrece acceso a información pertinente y de calidad
como apoyo a los programas de formación que
imparte la Entidad, mediante la interconexión a
redes de información, bases de datos nacionales e
internacionales, documentos electrónicos y digitales,
adelantando convenios que permitan el intercambio
permanente de información desde el Sistema de
Nacional de Bibliotecas - SBS.