2. CONSIDERACIONES GENERALES
Desafíos provenientes de la globalización y
modernización de los procesos productivos
Conceptos de calidad, producción limpia,
responsabilidad social de la empresa. Principios
ético- valóricos.
En términos de eficiencia, los procesos
productivos necesitan desarrollarse en un
ambiente de trabajo adecuado y seguro, donde
no se generen conflictos, ni AT y EP, sin daño a los
equipos de trabajo y que no interrumpan o
paralice actividad de la empresa.
3. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Establece las condiciones sanitarias y
ambientales básicas que deberá cumplir todo
lugar de trabajo, sin perjuicio de la
reglamentación específica que se haya dictado o
se dicte para aquellas faenas especificas.
Establece, además, los límites permisibles de
exposición ambiental a agentes químicos y
agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia
biológica para trabajadores expuestos a riesgo
ocupacional.
4. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Empresa está “obligada” a mantener en los
lugares de trabajo las condiciones sanitarias y
ambientales necesarias para proteger
eficazmente la vida y la salud de los trabajadores,
suyos y de terceros.
Corresponde a la Autoridad Sanitaria, fiscalizar y
controlar el cumplimiento de las disposiciones de
este reglamento.
Plazos, sanciones, multas, clausuras y
paralizaciones de faenas conforme a
estipulaciones del Código Sanitario.
5. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN
LOS LUGARES DE TRABAJO.
RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA MANDANTE
Mantener condiciones sanitarias y ambientales necesarias para
proteger la vida y salud de los trabajadores
Dependientes directos suyos.
Terceros contratistas que realizan actividades para ella
6. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN
LOS LUGARES DE TRABAJO.
Condiciones generales de construcción y sanitarias:
Pisos: sólidos y no resbaladizos
De material resistente, impermeables y no porosos (almacenamiento,
fabricación y manipulación de productos tóxicos o corrosivos)
Cuando las operaciones o el proceso expongan a la humedad del piso,
existirán sistemas de drenaje u otros dispositivos
Paredes interiores, cielos rasos, puertas y ventanas. Buen estado de
limpieza, conservación.
Pasillos: sin obstáculos par impedir un fácil y seguro desplazamiento de
los trabajadores
Amplios para permitir un desplazamiento seguro
Espacio entre máquinas de 1,5 mt.
7. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN
LOS LUGARES DE TRABAJO.
Condiciones generales de construcción y sanitarias
Campamentos
Dormitorios dotados de fuentes de energía eléctrica
Pisos, paredes y techos que aíslen de condiciones climáticas externas.
Temperatura entre 10°C y 30°C
Ventilación adecuada, limpieza
Camas y camarotes de material resistente, con colchón y almohadas
en buenas condiciones
Trabajo a la intemperie (locales descubiertos o sitios a cielo
abierto), se debe proteger de las inclemencias del tiempo).
Orden y limpieza. Tomar medidas para la entrada o
eliminación de la presencia de insectos, roedores y otras
plagas
8. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN LOS
LUGARES DE TRABAJO.
AGUA POTABLE
uso:
consumo humano
higiene y aseo personal
abastecimiento de agua distinto a red
pública:
contar con aprobación de autoridad sanitaria
mantener una dotación mínima de 100 l. de
agua por persona y por día
estanques deben estar en condiciones
sanitarias adecuadas
9. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN LOS
LUGARES DE TRABAJO.
Servicios higiénicos:
Excusado (taza WC),lavatorio, duchas
Excusado con divisiones permanentes
con puerta y cortavista.
Duchas, con agua fría y caliente.
Contacto con sustancias tóxicas o que cause suciedad corporal.
Es obligación del empleador mantenerlos protegidos del ingreso de vectores
de interés sanitario, y del buen estado de funcionamiento y limpieza de sus
artefactos.
Separados por sexo
En cantidad suficiente según número de trabajadores por turno
10. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN LOS
LUGARES DE TRABAJO.
Servicios higiénicos:
En faenas temporales en que por su
naturaleza no sea materialmente
posible instalar servicios higiénicos
conectados a una red de alcantarillado
el empleador deberá proveer como
mínimo una letrina sanitaria o baño químico.
Los servicios higiénicos y/o letrinas sanitarias o baños químicos no
podrán estar instaladas a más de 75 m. de distancia del área de
trabajo, salvo casos calificados por la autoridad sanitaria
11. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN LOS
LUGARES DE TRABAJO.
Guardarropías:
Cuando la actividad requiera
el cambio de ropa
Limpio y protegido de condiciones
climáticas externas.
Casilleros en cantidad suficientes,
ventilados y en buenas condiciones.
2 casilleros si se está expuesto a sustancias tóxicas o infecciosas. En
tal caso el empleador es responsable del lavado de la ropa y adoptar
medidas para que no saquen la ropa del lugar de trabajo
12. TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN LOS
LUGARES DE TRABAJO.
Comedores:
Cuando los trabajadores se vean precisados a consumir alimentos en el sitio
de trabajo, por la naturaleza o modalidad de labor.
Debe estar completamente aislado del área de trabajo y de cualquier fuente
de contaminación ambiental.
Provisto de mesas y sillas de material lavable, piso sólido y de fácil limpieza
Dotado de agua potable para el aseo de manos y cara Cuando se lleve
comida al inicio de turno, se debe contar con medio de refrigeración,
cocinilla y lavaplatos.
Los casinos deben contar con autorización sanitaria Comedores móviles
autorizados por la Autoridad Sanitaria
13. TITULO III DE LAS CONDICIONES
AMBIENTALES.
CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD
Vías de evacuación
Horizontales y/o verticales deben
estar señalizadas.
Permitir salida rápida, segura y expedita
Señalización.
Visible y permanente en zonas de peligro
Indicar el agente de peligro o condición de riesgo,
vías de escape
Uso de epp cuando sea necesario
De acuerdo a la normativa vigente.
Protección de máquinas y equipos
Partes móviles, transmisiones y puntos de operación
Almacenamiento de materiales
Hoja de Seguridad
Sustancias inflamables se almacenan en forma independiente
14. TITULO III DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES.
Almacenamiento de materiales:
El empleador mantendrá disponible perma-
nentemente en el recinto de trabajo, un plan
detallado de acción para enfrentar emergencias
Las hojas de seguridad deben contener la siguiente
información: Nombre comercial, fórmula química,
compuesto activo, cantidad almacenada, características
físico química, tipo de riesgo más probable ante una
emergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde
se señalen las vías de acceso y elementos existentes para
prevenir y controlar emergencias.
15. TITULO III DE LAS CONDICIONES
AMBIENTALES.
Maquinaria automotrices:
tractores, sembradoras, cosecheras, bulldozers,
palas mecánicas, palas cargadoras, aplanadoras,
grúas, motoniveladoras, retroexcavadoras, etc.
Licencia conducir clase D
grúas, camiones y otros vehículos de carga y
maquinaria móvil. Alarma de retroceso sonoro
Protección contra incendio:
Tomar medidas para prevenir incendio
Tener programas de orden y limpieza (combustibles),
control fuentes de calor
Potencial de extintores adecuado (art.46 DS 594)
Fácil acceso, señalizados, revisión técnica al día,
certificados
el personal deberá ser instruido y entrenado sobre la
manera de usar los extintores
16. TITULO III DE LAS CONDICIONES
AMBIENTALES.
Equipos de Protección Personal (EPP):
Libres de costo
Adecuados al riesgo a cubrir
Adiestramiento necesario
Mantenerlos en perfecto estado de
funcionamiento
Certificados
17. TITULO IV DE LA CONTAMINACION
AMBIENTAL
Fija “Límites Permisibles”
Concentración de un agente, en el ambiente
de un lugar de trabajo, por debajo de la cual
existe una “razonable seguridad” de que un
trabajador adulto y sano podrá desempeñar sus
labores indefinidamente, cumpliendo una
jornada normal de 8 hrs. Durante toda su vida
de trabajo , sin sufrir molestias ni daños a su salud.
Los límites permisibles para sustancias químicas
y agentes físicos son “índices de referencias” del riesgo ocupacional
18. TITULO IV DE LA CONTAMINACION
AMBIENTAL
Concentración de un agente, en el ambiente
ambiental expresado en ppm y mg/m3.
La segunda expresa la concentración del
contaminante (masa del cont. por unidad de
volumen). En tanto que la primera expresa una
proporción entre el número de unidades de
volumen de cont. gaseoso por cada millón de uni-
dades de volumen de aire que lo contiene.
19. TITULO IV DE LA CONTAMINACION
AMBIENTAL
En cualquier caso el empleador será responsable
de evitar que los trabajadores realicen su trabajo
en condiciones de riesgo para su salud.
Se establecen límites permisibles absolutos, para
sustancias que son capaces de causar rápidamente
efectos narcóticos, cáusticos o tóxicos, de carácter
grave o fatal, estos límites no podrán ser excedidos
en ningún momento.
Se prohibe el uso en los lugares de trabajo de 16
sustancias, con excepción de los casos calificados
por la autoridad sanitaria.