Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Riesgos profesionales y prestaciones
1. OMAR ANDRÉS ROJAS MOSQUERA
Enfermero (UNICAUCA)
ESP. Higiene y Seguridad
Industrial(UAO)
Industrial(UAO)
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 1
2. Puesto de salud de Mondomo:
Ingresa a las 8:00pm una materna en trabajo de parto al servicio de
urgencias, el medico de turno decide remitir la paciente a otra institución en
compañía de la enfermera de turno debido a la gravedad de la paciente. Para
ello llaman al conductor de la ambulancia quien trae el vehículo a las 8:30pm.
La ambulancia sale a las 8:40 pm pero antes de salir una de las enfermeras
que terminó el turno anterior le pide al conductor que la lleve hasta su casa en
Santander ; de igual manera la auxiliar encargada del programa de
Vacunación aprovecha para desplazarse al centro de salud morales duque a
recoger vacuna para la jornada del día siguiente.
Al final salen en el vehículo: El conductor, la enfermera de turno, la enfermera
que termino turno y la auxiliar de vacunación.
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 2
3. La Ambulancia tras 5 minutos de trayecto toma una curva a alta velocidad
y se voltea ocasionando:
1. Conductor: Perdida de dos dedos de la mano derecha.
2. Enfermera de Turno: Muerta
3. Enfermera que no estaba de turno: Fractura Abierta de fémur
4. Auxiliar de Enfermería: Paraplejia
Todos los trabajadores tienen derecho a
que se les reconozca prestaciones por
accidente de trabajo?
Cuales son los derechos de cada uno?
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 3
4. PIRAMIDE NORMATIVA
Constitución Política
Convenios Internacionales
Leyes
Decretos
Resoluciones
Normatividad de la Empresa
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 4
5. Constitución Art 48 LEY 100 DE 1993
SEGURIDAD SOCIAL
SGSSI
SGP SGSSS SGRP
Enfermedad Enfermedad
Pensiones
Común Profesional
Decreto
1295 /94
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 5
6. CP Art 48 LEY 100 / 1993 Dcto 1295 / 94
SGRP
Riesgos
Generalidades Prestaciones Disposiciones
Profesionales
Accidentes de
Definición Asistenciales Cotizaciones
Trabajo
Enfermedades
Objetivos Económicas Afiliaciones
Profesionales
COPASO
Campo de
Aplicación Programa de Salud Obligaciones
Ocupacional
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 6
7. CP Art 48 LEY 100 / 1993 Dcto 1295 / 94
Es Accidente de Trabajo. Art 9
• Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por
causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una
lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la
muerte.
• Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la
ejecución de órdenes del empleador, aún fuera del lugar y horas de
trabajo.
• El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su
residencia a los lugares trabajo o viceversa, cuando el transporte lo
suministre el empleador.
Sentencia C-858 de 2006 en
1er. Congreso de Actualizacion
Enfermería 7
8. CP Art 48 LEY 100 / 1993 Dcto 1295 / 94
No Es Accidente de Trabajo. Art 10
• El que se produzca por la ejecución de actividades
diferentes para las que fue contratado el trabajador.
• Labores recreativas, deportivas culturales, incluidas así se
produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe
por cuenta o en representación del empleador.
• El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante
los permisos remunerados o son remuneración así se trate
de permisos sindicales.
Sentencia C-858 de 2006
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 8
9. CP Art 48 LEY 100 / 1993 Dcto 1295 / 94
Decisión 584 de
Articulo 9 Decreto 1295 de 2004 – Comunidad
1994 Andina de
Naciones
Las legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere
accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el
traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de
trabajo o viceversa.
Sentencia C-858 de 2006
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 9
10. CP Art 48 LEY 100 / 1993 Dcto 1295 / 94
Enfermedad Profesional. Art 11
•Se considera enfermedad profesional todo
estado patológico permanente o temporal que
sobrevenga como consecuencia obligada y
directa de la clase de trabajo que desempeña
el trabajador, o del medio en que se ha visto
obligado a trabajar, y que haya sido
determinada como enfermedad profesional por
el gobierno nacional. Resolución 1832 de 1994
Sentencia C-858 de 2006
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 10
11. CP Art 48 LEY 100 / 1993 Dcto 1295 / 94
Articulo 199 del
Articulo 11 Decreto 1295 Código
de 1994 Sustantivo del
Trabajo
Sentencia C-858 de 2006
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 11
12. Constitución Política 1991.
Principios mínimos del estatuto de trabajo
• Igualdad de oportunidades
• Estabilidad en el empleo
• Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos
Articulo • Facultades para transigir y conciliar sobre derechos
inciertos
53 • Situación más favorable al trabajador en caso de duda
• Primacía de la realidad sobre formalidades establecidas
• Protección especial a la mujer, a la maternidad y al
trabajador menor de edad.
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 12
13. CP Art 48 LEY 100 / 1993 Dcto 1295 / 94
SGRP
Riesgos
Generalidades Prestaciones Disposiciones
Profesionales
Accidentes de
Definición Asistenciales Cotizaciones
Trabajo
Enfermedades
Objetivos Económicas Afiliaciones
Profesionales
COPASO
Campo de
Aplicación Programa de Salud Obligaciones
Ocupacional
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 13
14. CP 91 Ley 100 / 1993 Dcto 1295 / 94 Ley 776/02
PRESTACIONES POR ATEP
Asistenciales Económicas
• Asistencia Medica • Subsidio por incapacidad
• Hospitalización temporal
• Odontología • Indemnización por
• Medicamentos incapacidad permanente
parcial
• Diagnostico Y tratamiento
• Pensión de invalidez
• Prótesis Órtesis
• Pensión de sobrevivientes
• Rehabilitación
• Auxilio funerario
• Gastos de Traslado
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 14
15. CP 91 Ley 100 / 1993 Dcto 1295 / 94 Ley 776/02
Subsidio Incap.
• 100% por 360 días
temporal
Indemnización • Proporcional al daño sufridoEntre 2 a 24
Incap. Permanente SBL; Decreto 2644 / 1994
• 65% IBC o 75% IBC
Pensión Invalidez
• Función Vital + 15 % adicional
Pensión • 75% del IBC
Sobrevivientes • 100% de la pensión de invalidez
Auxilio Funerario • 5 a 10 SMLMV
1er. Congreso de Actualizacion en
Enfermería 15