2. Seguridad Industrial
A nivel de los Estados Unidos Norteamérica, para este
período no existían aun estructura industrial y la principal
actividad laboral se centraba en la agricultura y la cría de
animales domésticos.
En el mundo
La problemática de la accidentalidad no constituía
una de las preocupaciones de las personas hasta el
extremo que la accidentalidad cobró niveles
desproporcionado y asombrosos para la época.
No se llevaban registro de La accidentalidad e
incluso los mismos eran atribuidos al designio de la
providencia.
Mediados del siglo XIX las fábricas americanas se
encontraban en rápida y significativa expansión por una parte,
al tiempo que los accidentes laborales se incrementaban de
manera persistente y exorbitante.
En 1867, comienzan a prestar servicio en Massachusetts los
inspectores industriales o fabriles.
En 1877, se promulga la primera ley que obliga a resguardar
toda maquinaria peligrosa. Más tarde, se realicen esfuerzos
para establecer responsabilidades económicas al respecto.
En 1911, se aprueba en Wisconsin la ley del mismo año, la
Asociación del Hierro y el Acero de los Ingenieros Eléctricos
organizó el primer Congreso de Seguridad Cooperativa en la
ciudad de Milwaukee, celebrada a comienzos de 1912.
Para 1913, se efectuó en New York, el congreso
donde nace formalmente el NATIONAL COUNCIL FOR
INDUSTRIAL SAFETY y que poco tiempo después, se
denominó NATIONAL SAFETY COUNCIL (N.S.C)
como es conocido en la actualidad a nivel mundial.
Venezuela
La higiene y seguridad industrial se inició en
Venezuela, con la formulación de la Ley de Minas en
1909 En 1928, se promulga la primera ley del Trabajo
aunque la real legislación en prevención de accidentes
laborales se creó en el año de 1936 con la formulación
de la nueva Ley de Trabajo y su respectivo .
Reglamento. Para 1944, se crea la Ley del Seguro Social
Obligatorio (S.S.O), la cual establecía para ese momento la
protección del trabajador asegurado en cuanto enfermedad,
maternidad, accidente laboral, enfermedades profesionales, vejez,
invalidez y muerte.
En 1968, se promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene,
Seguridad en el Trabajo, vehículo de mucha importancia, en la actualidad,
inclusive. Asimismo, en 1974 se pone en vigencia el decreto número 46
(2195) el cual se conoció como el Reglamento de Prevención de Incendios.
Por otra parte en el mismo período anterior la Comisión
Venezolana de Normas Industriales (COVENIN) prosiguen
su intensa labor de estandarización de normas en materia de
seguridad. A pesar del desarrollo que tuvo la seguridad nivel
nacional no es sino hasta agosto de 1986, cuando se
promulga la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)