1. IGLESIA VISIBLE, 16 COLEGIO EPISCOPAL, 3 El Colegio Episcopal ejerce su plena y suprema potestad de 2 formas: 1 . de un modo solemne y espe- cialmente visible en los conci- lios ecuménicos aprobados o al menos aceptados por el su- cesor de Pedro, 2 . mediante la acción conjunta de los obispos dispersos por el mundo, con tal de que sea pro- movida, aprobada o libremente aceptada por el Papa .
2. IGLESIA VISIBLE, 17 1 Por expresa voluntad de Cristo , la colegialidad episcopal es sólo universal y siempre indivisible. => los concilios particulares, sínodos y demás asambleas de obispos no constituyen propiamente manifestaciones de la colegialidad: son “ realizaciones parciales ” de ella, y “ signo e instrumento” del llamado afecto o espíritu colegial. 2 Conferencias episcopales : instituciones permanentes erigidas para que “el afecto colegial tenga una aplicación práctica” ( Lumen gentium 23 ): en ellas los obispos de una nación o territorio determinado ejercen unidos algunas funciones pas- torales a favor de sus fieles (cfr. CIC 447 y Juan Pablo II , Apostolos suos , 21.V.1998). COLEGIO EPISCOPAL, 4
3. IGLESIA VISIBLE, 18 ROMANO PONTIFICE, 1 El Obispo de Roma es el sucesor directo de San Pedro , y ostenta por eso mismo la autoridad suprema sobre toda la Iglesia. Es el Vicario de Cristo en la tierra, la Cabeza del Colegio Episcopal y el Pastor univer- sal. San Ambrosio , Comentarios al salmo 21 : “ donde está Pedro, allí está la Iglesia ”.
4. IGLESIA VISIBLE, 19 ROMANO PONTIFICE, 2 Tras la muerte de quien hasta ese momento ocupaba el cargo, la elección de un Romano Pon- tífice tiene lugar según unas normas establecidas. La Tradición unánime de la Iglesia transmite que quien es elegido obispo de Roma obtie- ne, por institución divina , el Primado de Pedro sobre la Iglesia universal.
5. IGLESIA VISIBLE, 20 ROMANO PONTIFICE, 3 En cuanto sucesor de San Pedro, el Papa, por institución divina , “es el principio y fundamento, perpetuo y visible, de la unidad de fe y de comu- nión ” en la Iglesia ( Lumen gentium 18 ). Su oficio propio estriba precisamente en servir a esa unidad y al bien común de toda la Iglesia, mediante el ejercicio de sus funciones soberanas de magis- terio, santificación y gobierno.
6. IGLESIA VISIBLE, 21 ROMANO PONTIFICE, 4 CIC 331 : El Romano Pontífice “goza, en virtud de su cargo, de potestad ordinaria , que es suprema , plena , inmediata y universal en la Iglesia, y que puede siempre ejercer libremente ”. => potestad del Papa : - ordinaria : recibida directamente de Cristo, en virtud de su oficio, - suprema : está por encima de cualquier otra potestad humana en la Iglesia, - plena : comprende la totalidad de los poderes de Cristo, - inmediata : puede ejercerla directamente siempre, sin intermediario , - universal : se extiende sobre todos los pastores y fieles, materias, organismos y circunscripciones de la Iglesia, - libre : puede ejercerla a su arbitrio , tanto en el tiempo como en el modo, sin controles ni cortapisas.
7. IGLESIA VISIBLE, 22 OBISPOS, 1 Obispo: del griego “ episcopos ” = inspector Son, por institución divina , sucesores de los apóstoles como pastores de la Iglesia: ya visto en Lumen gentium 20 . Cada obispo es depositario de los poderes apostólicos desde el mismo momento de su con- sagración episcopal, por la transmisión que de uno a otro opera el sacramento del Orden: ininterrumpida secuencia his- tórica denominada “ sucesión apostólica ”.
8. IGLESIA VISIBLE, 23 OBISPOS, 2 1 En cuanto sucesor de los apóstoles , todo obispo es la Cabeza visible y el representante personal de Cristo en la Iglesia par- ticular que le ha sido canónicamente confiada. 2 Sobre esta específica porción del Pueblo de Dios ejerce una potestad propia , ordinaria e inmediata , en orden a llevar a cabo su misión de enseñar , santificar y regir . 3 Corresponde al Romano Pontífice proceder libremente al nombramien- to de los obispos, sea para una sede o para una misión canónica determi- nadas.
9. IGLESIA VISIBLE, 24 La jurisdicción pastoral de un obispo se ciñe exclusivamente al ámbito de la Iglesia particular o de la misión canónica que le haya sido encomendada. OBISPOS, 3 PERO , al mismo tiempo, “por institución divi- na y por imperativo del oficio apostólico, cada uno , juntamente con los otros obispos, es res- ponsable de la Iglesia ” ( Christus Dominus 6 ). Ha de permanecer en comunión con el Papa y todos sus hermanos en el episcopado, y mante- ner una auténtica solicitud por la Iglesia uni- versal , que se manifieste en la promoción y de- fensa de la unidad de fe y disciplina común .
10. IGLESIA VISIBLE, 25 “ Presbítero ”: significa “ anciano ”. Los presbíteros poseen el segun- do grado del Orden. Coinciden con los obispos en el honor del sacerdocio ministerial , pero dependen de ellos en el ejercicio de sus potestades. Suelen ser también sus colaboradores y consejeros en multitud de tareas. Presbyterorum ordinis 2 : “El ministerio de los presbíteros , por estar unido al Orden episcopal , participa de la autoridad con que Cristo mismo edifica, santifica y gobierna su Cuerpo”.
11. IGLESIA VISIBLE, 26 Los presbíteros no forman en la Iglesia un colegio universal como los obispos. Pero todos están unidos entre sí por la igual participación y común fraternidad en el Orden. De modo especial los que se dedican al servicio ministerial de una misma diócesis o estructura eclesiástica, forman un presbiterio . El ministerio de los presbíteros no queda restringido a una misión local , sino que “participa de la misma am- plitud universal de la misión confiada por Cristo a los apóstoles” ( Presbyterorum ordinis 10 ).