1. MUÑECO DE NIEVE
PRESTACIONES DE NAVIDAD
ROJAS VILLEGAS RICARDO
GRUPO:104
CONTABILIDAD
2. ¿Qué son las prestaciones?
LAS PRESTACIONES NO ES MAS QUE, COSAS, FACILIDADES
O SERVICIOS QUE UN EMPLEADOR LE OTORGA A SUS
TRABAJADORES EN ADICIÓN AL SALARIO ESTIPULADO.
RESULTA UN POCO DIFÍCIL EXPRESARLES UNA DEFINICIÓN
DEL CONCEPTO “PRESTACIONES”, EN ESTE TRABAJO, POR
LA AMPLITUD Y DIVERSIDAD DE LOS SERVICIOS Y AYUDAS
QUE PUEDEN FOMENTAR EL BIENESTAR DEL TRABAJADOR.
UNA DEFINICIÓN MAS ACABADA SERIA SI DECIMOS QUE
LAS PRESTACIONES ES TODA ACCIÓN DE LA GERENCIA,
BIEN DESCANSE EN DISPOSICIONES LEGALES, ESTATUTARIAS
O ADMINISTRATIVAS, DIRIGIDAS A OFRECER AL
TRABAJADOR UNA AYUDA ECONÓMICA O SERVICIO
SOCIAL, EN ADICION A SU SALARIO, CON LA FINALIDAD
DE REDUCIR EL GASTO DEL EMPLEADO, FOMENTAR SU
DESARROLLO Y CREAR CONDICIONES DE TRABAJO
SATISFACTORIAS.
3. Tipos de prestaciones
SEGURIDAD SOCIAL, COMPENSACIONES A LOS TRABAJADORES, SEGURO
DE DESEMPLEO, BAJAS MÉDICAS O POR MOTIVOS FAMILIARES, ETC.
SEGUROS MÉDICOS: CUBREN LOS COSTES DE HOSPITALES, MÉDICOS Y
OTROS SERVICIOS MÉDICOS.
JUBILACIÓN: LAS PRESTACIONES POR JUBILACIÓN OFRECEN RENTAS A
LOS EMPLEADOS UNA VEZ JUBILADOS.
SEGUROS: PROTEGEN A LOS EMPLEADOS Y SUS FAMILIARES DE
DIFICULTADES FINANCIERAS QUE PUEDAN SURGIR POR INCAPACIDAD O
DEFUNCIÓN.
TIEMPO LIBRE REMUNERADO: OFRECEN A LOS EMPLEADOS TIEMPO LIBRE,
ALGUNOS PAGADOS Y OTROS NO.
SERVICIOS A LOS EMPLEADOS: SON SERVICIOS LIBRES DE IMPUESTOS, O
CON IMPUESTOS DIFERIDOS.
4. El Preaviso o Plazo de Desahucido
El preaviso es una obligación legal consecuencia
del juicio del derecho del desahucio, es de orden
publico y su duración esta prevista por la ley,
siendo privativo de los contratos de duración
inmediata. en efecto del preaviso tiene como
objeto hacer pagar una de las partes a la otra,
con un tiempo prudencial.
5. El Auxilio de Cesantia
El derecho a la indemnización del auxilio de cesantia esta
subordinado a las siguientes condiciones:
el contrato debe ser de trabajo
debe ser por tiempo indefinido y de una larga duración
no menor de tres años
esta indemnización solo corresponde cuando el contrato
ha terminado
la terminación del contrato debe ser por desahuicio
el contrato de trabajo debe tener una determinada
duración minima
6. Salario de Navidad
TODOS LOS TRABAJADORES TIENEN DERECHO AL SALARIO DE
NAVIDAD, YA SEA QUE ESTÉN LIGADOS A LA EMPRESA POR UN
CONTRATO POR TIEMPO INDEFINIDO O YA SEA QUE HAYAN
SIDO CONTRATADOS PARA LA EJECUCIÓN DE UNA OBRA O LA
PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DETERMINADOS.
TAMBIÉN TIENEN DERECHO AL SALARIO DE NAVIDAD LOS
TRABAJADORES PAGADOS A DESTAJO O POR LABOR RENDIDA
SIN ESTABLECER NINGUNA EXCLUSIÓN (ART.219).
LOS EMPLEADOS QUE NO HAYA PRESTADO SERVICIOS DURANTE
TODO EL AÑO, TIENE DERECHO, PERO SÓLO RECIBIRÁ UNA
PROPORCIÓN EN RELACIÓN CON EL TIEMPO TRABAJADO
(ART.220).
7. Vacaciones
El empresario está obligado a conceder vacaciones retribuidas a sus trabajadores, ya
que estamos ante un derecho recogido por la propia constitución española en su
artículo 40.2, si bien estas pueden ser distribuidas en función de las necesidades
productivas.
eso sí, deberían disfrutarse durante el año al que correspondan, por lo que no pueden
acumularse para ejercicios sucesivos, caducando el 31 de diciembre. esto es lo que
dice la ley, pero en la práctica existe cierta flexibilidad, como en el caso de que el
trabajador sea contratado a finales del año. en estos casos, que podrán estar
desarrollándose en estos mismos momentos, es recomendable pactarlo expresamente
por escrito para evitar problemas futuros.
las empresas pueden establecer un único periodo de vacaciones o ir
proporcionándolas mediante turnos para no interrumpir o perjudicar su actividad. así,
puede que en algunos casos las vacaciones navideñas no vayan más allá de los días
festivos, que técnicamente no son vacaciones sino jornadas no laborales.
8. Las Bonificaciones
Como empresa pionera e innovadora además nuestras actividades
se pueden bonificar como formación a través de la fundación
tripartita, mediante el crédito de que disponen todas las empresas
que cuentan con trabajadores dados de alta en el régimen general
de la seguridad social.
“las empresas disponen de un crédito para la formación de sus
trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación
de bonificaciones a la seguridad social una vez realizada dicha
formación. la cuantía de dicho crédito se fijará teniendo en cuenta
el importe ingresado por las empresas en concepto de formación
profesional durante el ejercicio anterior