PERSONA JURIDICA
Como Persona Jurídica podemos constituir:
La Empresa Individual De Responsabilidad
Limitada (E.I.R.L.)
Sociedades
Sociedad Comercial De Responsabilidad
Limitada (S.R.L.)
Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C.
por A.)
Sociedades Anónimas: Sociedad Anónima
Cerrada (S.A.C)
O Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.),
REQUISITOS
•
– Identificar y describir las ACTIVIDADES que van a
desarrollar las empresas a constituir: INDUSTRIA -
COMERCIO - SERVICIOS, EXTRACCIÓN – CULTIVO y/u
otras.
– Fotocopia simple y legible del DNI del Titular y/o cada
uno de sus socios y sus cónyuges, en caso de ser
casados.
– Definir e indicar el CAPITAL SOCIAL a aportar,
especificando el aporte por cada socio. Este aporte
puede ser: Bienes Dinerarios (efectivo) se efectúa un
depósito Bancario a nombre de la Empresa, Bienes No
Dinerarios (muebles, enseres, maquinarias y equipos),
mediante el Informe de Valoración o mixto
MINUTA DE CONSTITUCIÓN
• Elaborar la Minuta de Constitución Social, autorizada por un abogado
• Los elementos fundamentales de una minuta son:
• Los generales de ley de cada socio: sus datos personales, nombres, edad.
• Giro de la sociedad.
• Tipo de sociedad
• Tiempo de duración de la sociedad: si es plazo fijo o indeterminado.
• Cuándo se van a empezar las actividades comerciales.
• Dónde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial).
• Cuál es la denominación o razón social de la sociedad.
• Dónde van a funcionar las agencias o sucursales, si es que las hubieran.
• Quién va a administrar o representar a la sociedad.
• Los aportes de cada socio Otros acuerdos que establezcan los socios.
NOTARIA
• Por lo general los documentos que debemos
llevar junto con la minuta son:
• Constancia o comprobante de depósito del
capital aportado en una cuenta bancaria a
nombre de la empresa.
• Una vez elevada la minuta, no se puede
cambiar. Al final, se genera la Escritura
Pública, Testimonio de Sociedad o
Constitución Social, que es el documento que
da fe de que la minuta es legal. Ésta debe ser
firmada y sellada por el notario.
SUNAT
• Una vez registrada la empresa, se debe obtener el RUC,
para ello se debe presentar lo siguiente:
– Documento de identidad del titular y/o del representante
legal
– Documentos con respecto a la sociedad:
• Elegir el régimen tributario para el pago de los
impuestos
• Una vez que contamos con nuestro número de RUC, y
elegido el régimen tributario al cual acogernos,
podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta
y/o factura) que vamos a utilizar.
ESSALUD
– Inscribir a los trabajadores en forma automática
mediante la Declaración electrónica. Por lo general,
los documentos a presentar son:
• Fotocopia del RUC.
• Planillas en blanco legalizadas.
• Fotocopia del DNI del representante.
• Formulario llenado en la oficina del ESSALUD
para la inscripción de los trabajadores.
.LICENCIA MUNICIPAL
• Consiste en acudir a la municipalidad del distrito en donde va a
estar ubicado el negocio, y tramitar la obtención de la licencia de
funcionamiento.
• Por lo general, los documentos a presentar son:
• Fotocopia del RUC.
• Certificado de Zonificación (zona industrial, zona comercial, zona
residencial, etc.).
• Croquis de la ubicación de la empresa.
• Plano de distribución
• Copia de contrato de alquiler o título de propiedad.
• Fotocopia de la escritura pública.
• Recibos de pago por derecho por licencia.
• Formulario de solicitud.
LEGALIZACION DE LOS LIBROS
CONTABLES
Los libros contables deberán ser legalizados
previamente por un Notario Público:
• Solicitud requiriendo la legalización
respectiva.
• Copia del RUC.
• Copia del DNI del representante legal de
la empresa.
• Pago por el derecho de trámite
CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
• Señor Notario:
• Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de
constitución de sociedad en comandita por acciones y
estatutos, que otorgamos:
• a) MIGUEL ANGELO CASSAÑO GIL, de nacionalidad
PERUANA, identificado con D. N. I. 70113022 de ocupación
CONTADOR, soltero, con domicilio en ALTO LIMA Nº 123
• b) EDUARDO JOSE VASQUEZ CHINO, de nacionalidad
PERUANA, identificado con D. N. I. 71318007 de ocupación
CONTADOR, soltero, con domicilio en AV. BOLOGNESI Nº 666
• c) RICHARD MAMANI RAMOS, de nacionalidad PERUANA.,
identificado con D. N. I. 47450308 de ocupación
CONTADOR, soltero, con domicilio en AV.LEGUIA Nº 332
• En los términos y condiciones siguientes:
PACTO SOCIAL
• PRIMERO.- Por el presente instrumento, los
otorgantes convienen constituir, como en efecto
constituyen, una sociedad en comandita por
acciones, bajo la razón social de:” PUERTITAS
ABRE S. en C. por A.”, con un capital, domicilio,
duración y demás estipulaciones que se
establecen en el estatuto social.
• SEGUNDO.- El capital social inicial es de S/.10,000
(DIEZ MIL Nuevos Soles) que estará representada
por 100 acciones de S/. 100 (CIEN Nuevos Soles)
cada una, todas íntegramente suscritas y pagadas
por los otorgantes en la siguiente forma:
• a) EDUARDO JOSE VASQUEZ CHINO, socio
colectivo, suscribe 40 acciones y paga S/.4,000 en
dinero en efectivo, es decir el 40% del capital social;
• b) MIGUEL ANGELO CASSAÑO GIL, socio colectivo,
suscribe 30 acciones y paga S/.3,000 en dinero en
efectivo, es decir el 30% del capital social;
• c) RICHARD MAMANI RAMOS, socio comanditario,
suscribe 30 acciones y paga S/.3,000 en dinero en
efectivo, es decir el 30% del capital social;
• TERCERO.- La sociedad se regirá de conformidad
con el siguiente estatuto;
ESTATUTO
TÍTULO PRIMERO
NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN
• RAZÓN SOCIAL
• ARTÍCULO PRIMERO.- La razón social de la sociedad es:
“PUERTITAS ABRE S. en C. por A.”
• OBJETO SOCIAL
• ARTÍCULO SEGUNDO.- El objeto de la sociedad es dedicarse a
la elaboración, producción, distribución, y comercialización de
ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DE PANADERÍA
• De igual forma se entienden incluidos en el objeto social los
actos que tengan como finalidad ejercer los derechos o
cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente
derivados de la existencia y actividad de la sociedad.
DOMICILIO SOCIAL
• ARTÍCULO TERCERO.- La sociedad señala su
domicilio en la ciudad de EN LA CIUDAD DE TACNA;
AV. BOLOGNESI 666, DISTRITO DE TACNA,
PROVINCIA DE TACNA Y EN EL DEPARTAMENTO DE
TACNA
• DURACIÓN
• ARTÍCULO CUARTO.- El plazo de duración de la
sociedad es por tres años, dando por inicio sus
actividades a partir de la fecha de la escritura
pública que origine esta minuta. Dicho plazo podrá
ser prorrogado por períodos similares.