El documento presenta el marco legal y técnico para la Historia Clínica Única en Ecuador. Establece que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud y su Reglamento determinan que debe existir un conjunto común de datos básicos para la historia clínica de cada paciente. Además, establecen la obligatoriedad del uso de la historia clínica única en todas las instituciones de salud del país.