Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Mayquel
1. EXPEDIENTE: 00276-2019.
ESPECIALISTA: Espinoza Alfaro Jassmin.
ESCRITO: 01-2019.
SUMILLA: Apersonamiento y contestación de la
demanda.
SEÑORA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE
HUARAZ.
JUAN MAYQUEL SILVESTRE DEPAZ, identificado con DNI Nº 45196223, con domicilio
real en el Centro Poblado de Huamarín, distrito y provincia de Huaraz, con domicilio
procesal en el Jr. 28 de julio Nº 761 oficina 200 - Huaraz, con domicilio electrónico en la
Casilla N° 64039; en el proceso de alimentos en contra de la Sra. Daría Yovanna Cerna
Aguilar; a Ud., respetuosamente, digo:
I. APERSONAMIENTO
Dentro del plazo de ley me apersono al presente proceso en mérito de la copia de mi
Documento Nacional de Identidad señalando mi domicilio procesal que aparece en el
exordio.
II.- CONTESTACIÓN DE LADEMANDA
Conforme al estado del proceso, SOLICITO se declare infundada en parte la demanda
conforme a los siguientes fundamentos.
2.1. Que, respecto a lo que alega la parte actora en el punto uno, debo de indicar que es
verdad que hemos procreado a nuestros menores hijos HELEN SAYURI y NIVER
RODRIGO SILVESTRE CERNA, pero no es tan cierto que dice que “mantuvimos una
relación amorosa y de convivencia”, porque hasta la actualidad mantenemos dicha
relación.
2.2. Que, con lo manifestado en el punto dos de los hechos en que funda su petitorio, en
su totalidad rechazo lo mencionado, porque no estamos separados, seguimos
conviviendo en nuestro domicilio en Huamarín, y respecto a las obligaciones alimentarias
en relación a mis hijos continúo con la manutención no solo a mis hijos, sino también a la
demandante
2. 2.3. Que, respecto del punto tres, es cierto la acreditación de su existencia y
supervivencia de mis hijos y por lo cierto están reconocidos; asimismo, de acuerdo al art.
92° del Código de los Niños y Adolescentes, los alimentos son lo necesario para el
sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo,
asistencia médica y psicológica, y recreación del niño, todo ello estoy cumpliendo señora
Juez.
Es cierto que nuestros hijos HELEN SAYURI y NIVER RODRIGO SILVESTRE CERNA a
la fecha cuentan con 04 y 13 años de edad y que se encuentran en pleno desarrollo
BIOPSICOSOCIAL, por lo que debo de manifestarle Señora Juez que, mi persona no
tiene ninguna intención de abandonar a mis hijos, es más, de acuerdo a la demanda es
ella (la madre) quien desea abandonar al suscrito y a mis hijos, lo digo esto porque
manifiesta que estamos separados, lo cual es totalmente falso.
2.4. Que, en el punto cuatro se refiere a las obligaciones alimentarias del demandado en
referencia a mis hijos, Señora Juez, con respecto a ello debo manifestarle que, hasta la
fecha estoy cumpliendo a cabalidad con ellos.
2.5. Con respecto al punto cinco de su demanda, es cierto que me dedico como operario
en construcción civil, pero no es cierto que percibo ingresos mensuales aproximados de
s/.2,400.00 (DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 SOLES); porque, en la actualidad
no hay obras de construcción civil, como se sabe la Región y las municipalidades no
generan estas obras desde hace ya varios años, por lo que actualmente tengo un ingreso
promedio de s/. 900.00 (NOVECIENTOS CON 00/100 SOLES) porque sólo trabajo
ocasionalmente. Lo que manifiesta debe de probarlo de acuerdo al art. 200° del Código
Procesal Civil, caso contrario la demanda debe de ser declarada infundada.
2.6. En el punto seis de su demanda habla claramente que la demandante realiza trabajo
doméstico no remunerado, lo cual es cierto, y no estoy contra ello porque me consta, es
decir como convivimos en la localidad de Huamarín con nuestros hijos es ella quien se
hace responsable en la casa, ya que mi persona sale a buscar trabajo.
2.7. Con respecto al punto siete, es bien cierto que no tengo otros hijos, por cuanto soy
responsable con mi familia, pero no es cierto que no cuento con otras obligaciones, ya
que, la demandante sabe y conoce que pago a la entidad financiera MIBANCO de tres
3. (03) préstamos que tengo para construir nuestra casa que nos donó el terreno mi padre
Sr. Juan Silvestre Huamán; lo demuestro adjuntando los boucher de pago originales. Los
pagos que realizo son: de s/.457.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON
00/100 SOLES), s/.130.00 (CIENTO TREINTA CON 00/100 SOLES) y s/.138.00 (CIENTO
TREINTA Y OCHO CON 00/100), los cuales pago los 18 de cada mes, el segundo los 24
de cada mes y el último los 01 de cada mes. Como lo ve señora Juez, hago todo lo
posible para cumplir con mis hijos.
III. FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DEFENSA.-
3.1. Señor Juez, conforme he expresado en los fundamentos de hecho de mi
contestación de demanda, debo manifestarle que no he evadido mi responsabilidad
de padre tal como lo precisa la demandante, pues en todo lo que es necesario estoy
apoyando, unas veces con dinero y otras en víveres y vestimentas que son
entregados directamente a mis hijos y la demandante, porque convivimos, y no es
cierto que estamos separados.
3.2. El recurrente a pesar de no contar con trabajo fijo viene acudiendo económicamente,
con víveres y otras necesidades para los hijos y la demandante desde el embarazo,
nacimiento y hasta la actualidad. Si bien en la fecha estoy laborando
esporádicamente como operario en construcción civil percibiendo una remuneración
promedio de S/.900.00 soles y sobre ello pago a MIBANCO por un monto total de
s/.725.00 (SETECIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 SOLES), lo que me
imposibilita pasar un monto exagerado que solicita la demandante, lo mismo que
usted Señora Juez que ha fijado la pensión alimenticia provisional mensual y
adelantada ascendente a la suma total de s/.300.00 (TRESCIENTOS SOLES), por lo
que estoy de acuerdo con abonar s/.150.00 (CIENTO CINCUENTA SOLES)
mensuales a favor de mis hijos porque convivo con ellos y estaré haciendo labores
agrícolas en los tiempos que no trabajo en construcción civil para subsistir con mis
hijos. Y no estoy de acuerdo con su petitorio de s/.800.00 (OCHOCIENTOS Y 00/100
SOLES).
3.3. Asimismo, se debe tener presente que mis hijos tienen donde vivir, es decir en la
casa donde convivo con la demandante en la actualidad
3.4. Finalmente, señor Juez, no me rehúso a pasar una pensión de alimentos a favor de
mis menores hijos, si no muy por el contrario, pero solicito que al momento de fijar el
4. monto se tenga en cuenta el estado de necesidad y las posibilidades del recurrente,
así como las otras obligaciones que tengo.
Por lo manifestado en los fundamentos expuestos y las pruebas ofrecidas por mi persona
y habiendo absuelto la injusta demanda de alimentos, SOLICITO a Ud. Señora Juez, se
sirva tener presente mi CONTESTACIÓN DE DEMANDA y posteriormente llegando a una
conclusión razonable su despacho deberá fijar una pensión de alimentos razonable y
equitativo conforme a las pruebas aportadas y al ingreso económico promedio que tengo.
IV. FUNDAMENTO JURÍDICO.-
Amparo mi contestación de demanda, en lo establecido por el:
Código Civil
Artículo 481º, norma que precisa que los alimentos se regulan por el juez en proporción a
las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo
además a las circunstancias personales de ambos.
Código Procesal Civil
Art. I Título Preliminar, que garantiza “toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional
efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con sujeción a un debido
proceso.”
Art. 130, 442 y 444, normas que prescriben sobre la forma del escrito, requisitos y
contenido de la contestación de demanda y anexos.
Art. 200° “Si no se prueban los hechos que sustentan la pretensión, la demanda será
declarada infundada”.
Artículo 565°.- referido al anexo especial de contestación.
Código del Niño y del Adolescente
Art. 93, norma que señala que la obligación de prestar los alimentos a sus hijos
corresponde a los padres.
VI.- MEDIOS PROBATORIOS.
5. Ofrezco el mérito de los siguientes medios de prueba:
6.1. Los Boucher de pago a MIBANCO que suman en total s/.725.00
6.2.
VII. ANEXOS.
1 – A. Copia de DNI del recurrente.
1 – B. Boucher de pagos a MIBANCO.
1 – C. Arancel Judicial por ofrecimiento de pruebas.
1 – D. Cédulas de Notificación.
POR TANTO:
Al Juzgado, solicito se sirva tener por formulada mi contestación de demanda y darle el
trámite que a su naturaleza corresponde, conforme a mi derecho y de acuerdo a ley.
PRIMER OTROSI DIGO.- Que, delego las facultades generales de representación, a que se
refiere el artículo 80 del Código Procesal Civil al Abogado Edgard Chávez Torre, quien
autoriza el presente escrito, con Registro del C.A.A. N° 2955, y declaro estar instruido
acerca de sus alcances. En cuanto al domicilio del representado, requisito para la
representación judicial por abogado, señalo que se encuentra indicado en la parte
introductoria del presente escrito de contestación de demanda.
Huaraz, 07 de mayo del 2019.