SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 17
Fuente: Los Tribunales Constitucionales
y la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, tercera edición, junio de 2014,
SCJN, México, D.F., páginas 48 a 53
La SCJN explica el sistema
de control constitucional
SISTEMA DE CONTROL
CONSTITUCIONAL EN EL
ORDEN JURÍDICO MEXICANO
Tesis Aislada, Sistema de Control Constitucional en el Orden Jurídico
mexicano, Registro No. 160480, Décima Época, Pleno, Semanario
Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro III, Diciembre de 2011,
Página: 557, Tesis: P. LXX/2011 (9a.), Materia Constitucional
 Actualmente existen dos grandes vertientes dentro del
modelo de control de constitucionalidad en el orden
jurídico mexicano, que son acordes con el modelo de
control de convencionalidad ex officio en materia de
derechos humanos a cargo del Poder Judicial.
 En primer término, el control concentrado en los órganos
del Poder Judicial de la Federación con vías directas de
control: acciones de inconstitucionalidad, controversias
constitucionales y amparo directo e indirecto;
 en segundo término, el control por parte del resto de los
jueces del país en forma incidental durante los procesos
ordinarios en los que son competentes, esto es, sin
necesidad de abrir un expediente por cuerda separada.
 Ambas vertientes de control se ejercen de manera
independiente y la existencia de este modelo general
de control no requiere que todos los casos sean
revisables e impugnables en ambas.
 Es un sistema concentrado en una parte y difuso en
otra, lo que permite que sean los criterios e
interpretaciones constitucionales, ya sea por
declaración de inconstitucionalidad o por
inaplicación, de los que conozca la Suprema Corte
para que determine cuál es la interpretación
constitucional que finalmente debe prevalecer en el
orden jurídico nacional.
 Finalmente, debe señalarse que todas las demás
autoridades del país en el ámbito de sus
competencias tienen la obligación de aplicar las
normas correspondientes haciendo la interpretación
más favorable a la persona para lograr su protección
más amplia, sin tener la posibilidad de inaplicar o
declarar su incompatibilidad.
 Expediente Varios 912/2010. 14 de julio de 2011.
 El Tribunal Pleno, el veintiocho de noviembre en curso, aprobó,
con el número LXX/2011(9a.), la tesis aislada que antecede.
México, Distrito Federal, a veintiocho de noviembre de dos mil
once
CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD Y DE
CONVENCIONALIDAD. LOS JUZGADORES, AL
EJERCERLO, NO ESTÁN OBLIGADOS A CONTESTAR
LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN QUE AL
RESPECTO FORMULEN LAS PARTES EN LOS
PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS RESPECTIVOS,
DIRIGIDOS A CONTROVERTIR LA CONFORMIDAD DE
UNA NORMA CON LOS DERECHOS HUMANOS
RECONOCIDOS POR LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y
LOS TRATADOS INTERNACIONALES
Tesis Aislada, I.7o.A.7 K (10a.), Semanario de la Suprema Corte
de Justicia y su Gaceta, Décima Época, Tribunales Colegiados de
Circuito, Libro XII, Tomo 3, septiembre 2012, pág. 1680
 De la tesis P. LXX/2011 (9a.), publicada en el Semanario
Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época,
Libro III, Tomo 1, diciembre de 2011, página 557, de
rubro:
 "SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL EN EL
ORDEN JURÍDICO MEXICANO.",
 se advierte que el control de la constitucionalidad no
es unitario, pues en nuestro sistema coexisten tanto el
control concentrado como el control difuso de la
Constitución,
 estableciéndose el primero para las vías directas de
control -acciones de inconstitucionalidad,
controversias constitucionales y amparo directo e
indirecto-, y
 el segundo se reserva para los Jueces en forma de
desaplicación durante los procesos ordinarios en los
que son competentes.
 Lo anterior determina el alcance y la forma de
conducción de los juzgados en el ejercicio de dichos
controles constitucionales, pues al ser de naturaleza
diversa las vías para materializarse, también lo serán
sus principios y efectos.
 Así, en tratándose del control difuso, el juzgador no realiza
el estudio conducente por el hecho de que forme parte del
problema jurídico que le presentan las partes en
observancia a los principios de exhaustividad y congruencia
que deben regir toda resolución jurisdiccional, sino que,
 la inaplicación de una disposición legislativa por parte de
los Jueces deriva del contraste entre ésta y los derechos
fundamentales, considerando siempre la afectación que
produciría la norma en el caso particular sometido a su
decisión, ya que al resolver están obligados a atender las
normas inferiores, dando preferencia a los contenidos de la
Constitución y los tratados internacionales en la materia de
derechos humanos, de conformidad con el artículo 1o. de la
Carta Magna.
 En ese sentido, si las partes en los procedimientos
ordinarios respectivos formulan conceptos de
impugnación dirigidos a controvertir la conformidad de
una norma con los derechos humanos reconocidos por
los citados ordenamientos fundamentales,
 los juzgadores, al ejercer el control difuso de
constitucionalidad y de convencionalidad, no están
obligados a contestarlos para resolver el asunto, pues
tal situación implicaría que esa vía se equipare al
control concentrado que corresponde en exclusiva a los
órganos del Poder Judicial de la Federación mediante las
citadas vías directas de control, desvirtuándose el
modelo principal de control concentrado establecido
constitucionalmente en los artículos 103 y 107;
 por tanto, el silencio del juzgador respecto a sus defensas
únicamente será indicativo de que consideró que la
norma cuestionada se ajusta a los derechos humanos que
reconocen la Constitución Federal y los tratados
internacionales de los que México sea parte, sin perjuicio
de que dichas argumentaciones sean atendidas, vía
conceptos de violación, cuando se promueva el juicio de
amparo contra el fallo definitivo.
CONTROL CONCENTRADO Y CONTROL
DIFUSO DE LA CONSTITUCIÓN. SUS
DIFERENCIAS Y FINALIDAD DENTRO DEL
PROCESO ORDINARIO.
Tesis Aislada. Registro 2001605. I.7o.A.8 K (10a.). Tribunales
Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta. Libro XII, Septiembre de 2012, Pág. 1679.
 La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció en
la tesis P. LXX/2011 (9a.), publicada en el Semanario
Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época,
Libro III, Tomo 1, diciembre de 2011, página 557, de
rubro: "SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL EN EL
ORDEN JURÍDICO MEXICANO.", que actualmente
existen dos grandes vertientes dentro del modelo de
control constitucional en el orden jurídico mexicano
que son acordes con el modelo de control de
convencionalidad ex officio en materia de derechos
humanos.
 1. El control concentrado en los órganos del Poder
Judicial de la Federación con vías directas de control y,
 2. El del resto de los Jueces del país en vía de
desaplicación al resolver los procesos ordinarios en los
que son competentes (difuso).
 Ambos determinan el alcance y forma de conducción
de los juzgadores en el ejercicio de dichos controles
constitucionales, pues al ser de naturaleza diversa las
vías para materializarse, también lo serán sus
principios y efectos.
 Así, tratándose del control concentrado que reside en
los órganos del Poder Judicial de la Federación con las
vías directas de control -acciones de
inconstitucionalidad, controversias constitucionales y
amparo directo e indirecto-, la pretensión elevada ante
sus juzgadores es eminentemente constitucional, pues
la finalidad de dichos procedimientos estriba en
dilucidar si conforme al planteamiento jurídico que le
es propuesto, la actuación de una autoridad o el
contenido de un precepto se ajusta o no con las
disposiciones que consagra la Carta Magna, en aras de
la preservación del principio de supremacía
constitucional.
 En cambio, el control que ejercen el resto de los Jueces del
país, en los procesos ordinarios se constriñe a dilucidar el
conflicto con base en los hechos, argumentaciones,
pruebas y alegatos de las partes, dando cumplimiento a las
garantías de audiencia, legalidad, debido proceso y acceso
a la impartición de justicia.
 Es ahí donde el juzgador ordinario, al aplicar la norma,
realiza el contraste entre la disposición regulatoria y los
derechos humanos que reconoce el orden jurídico
nacional, por lo cual dicha reflexión no forma parte de la
disputa entre las partes contendientes, sino que surge y
obedece a la obligación que impone el control de
constitucionalidad y de convencionalidad que consagra el
artículo 1o. de la Carta Magna.
 Esto es así, porque los mandatos contenidos en el citado
artículo deben entenderse en armonía con el diverso 133
constitucional para determinar el marco dentro del que
debe realizarse dicho cometido, el cual resulta
esencialmente diferente al control concentrado que
tradicionalmente operó en nuestro sistema jurídico, y
explica que en las vías indirectas de control, la pretensión
o litis no puede consistir en aspectos de
constitucionalidad, pues ello sería tanto como equiparar
los procedimientos ordinarios que buscan impartir justicia
entre los contendientes, a los diversos que fueron creados
por el Poder Constituyente y el Poder Revisor de la
Constitución con el propósito fundamental de resguardar
el citado principio de supremacía constitucional.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derecho internacional privado diapositivas
Derecho internacional privado diapositivasDerecho internacional privado diapositivas
Derecho internacional privado diapositivascarlosmusiclive
 
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado VenezolanoDerecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolanoyoslisbeth
 
Principios generales de la prueba probatorio
Principios generales de la prueba probatorioPrincipios generales de la prueba probatorio
Principios generales de la prueba probatorioNoretzycastillo
 
Derecho intenacional privado iii
Derecho intenacional privado iiiDerecho intenacional privado iii
Derecho intenacional privado iiiyessi2169
 
fases del proceso civil VENEZOLANO
fases del proceso civil VENEZOLANOfases del proceso civil VENEZOLANO
fases del proceso civil VENEZOLANOMelany Parada
 
El derecho procesal penal
El derecho procesal penalEl derecho procesal penal
El derecho procesal penalSuset Balbuena
 
la prueba documental
la prueba documentalla prueba documental
la prueba documentalYbe Bravo
 
Inspección judicial (1)
Inspección judicial (1)Inspección judicial (1)
Inspección judicial (1)Rosario Canales
 
Derecho procesal del trabajo
Derecho procesal del trabajoDerecho procesal del trabajo
Derecho procesal del trabajoLUX_MARK
 
Mapa mental sobre derecho internacional público y privado
Mapa mental sobre derecho internacional público y privadoMapa mental sobre derecho internacional público y privado
Mapa mental sobre derecho internacional público y privadoYariMaciel
 
Fuentes del Derecho Internacional Privado
Fuentes del Derecho Internacional PrivadoFuentes del Derecho Internacional Privado
Fuentes del Derecho Internacional PrivadoSinny Ramirez
 
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en VenezuelaLa Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuelayanelis rodriguez
 
ENJ-100 Control De Constitucionalidad
ENJ-100 Control De ConstitucionalidadENJ-100 Control De Constitucionalidad
ENJ-100 Control De ConstitucionalidadENJ
 
La confesion
La confesionLa confesion
La confesionjoseph5x
 
Presentacion probatorio
Presentacion probatorioPresentacion probatorio
Presentacion probatorioyadaggi
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandamarianela vasquez
 
El secretario y el alguacil
El secretario y el alguacilEl secretario y el alguacil
El secretario y el alguacilj2gnieto
 
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasEsquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasJOSE ANGEL ROJAS GUTIERREZ
 

La actualidad más candente (20)

Derecho internacional privado diapositivas
Derecho internacional privado diapositivasDerecho internacional privado diapositivas
Derecho internacional privado diapositivas
 
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado VenezolanoDerecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
Derecho de Sucesiones en el Derecho Internacional Privado Venezolano
 
Principios generales de la prueba probatorio
Principios generales de la prueba probatorioPrincipios generales de la prueba probatorio
Principios generales de la prueba probatorio
 
Derecho intenacional privado iii
Derecho intenacional privado iiiDerecho intenacional privado iii
Derecho intenacional privado iii
 
fases del proceso civil VENEZOLANO
fases del proceso civil VENEZOLANOfases del proceso civil VENEZOLANO
fases del proceso civil VENEZOLANO
 
El derecho procesal penal
El derecho procesal penalEl derecho procesal penal
El derecho procesal penal
 
la prueba documental
la prueba documentalla prueba documental
la prueba documental
 
Proceso penal venezolano
Proceso penal venezolanoProceso penal venezolano
Proceso penal venezolano
 
Inspección judicial (1)
Inspección judicial (1)Inspección judicial (1)
Inspección judicial (1)
 
Derecho procesal del trabajo
Derecho procesal del trabajoDerecho procesal del trabajo
Derecho procesal del trabajo
 
Mapa mental sobre derecho internacional público y privado
Mapa mental sobre derecho internacional público y privadoMapa mental sobre derecho internacional público y privado
Mapa mental sobre derecho internacional público y privado
 
Fuentes del Derecho Internacional Privado
Fuentes del Derecho Internacional PrivadoFuentes del Derecho Internacional Privado
Fuentes del Derecho Internacional Privado
 
Derecho procesal penal completo
Derecho procesal penal completoDerecho procesal penal completo
Derecho procesal penal completo
 
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en VenezuelaLa Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
 
ENJ-100 Control De Constitucionalidad
ENJ-100 Control De ConstitucionalidadENJ-100 Control De Constitucionalidad
ENJ-100 Control De Constitucionalidad
 
La confesion
La confesionLa confesion
La confesion
 
Presentacion probatorio
Presentacion probatorioPresentacion probatorio
Presentacion probatorio
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
 
El secretario y el alguacil
El secretario y el alguacilEl secretario y el alguacil
El secretario y el alguacil
 
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasEsquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
 

Similar a La scjn explica el sistema de control constitucional

Lineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionador
Lineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionadorLineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionador
Lineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionadorTop Virtual Academy
 
Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.
Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.
Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.Jacobo Meraz Sotelo
 
derecho contitucional Autonomia de derecho procesal contitucional.docx
derecho contitucional  Autonomia de derecho procesal contitucional.docxderecho contitucional  Autonomia de derecho procesal contitucional.docx
derecho contitucional Autonomia de derecho procesal contitucional.docxRossaAlejandraGomez
 
Ensayo procesal civil
Ensayo procesal civilEnsayo procesal civil
Ensayo procesal civilOrlandoVivas4
 
Derecho comparado juicio de_amparo_mexico_españa
Derecho comparado juicio de_amparo_mexico_españaDerecho comparado juicio de_amparo_mexico_españa
Derecho comparado juicio de_amparo_mexico_españaOrozco Jorge
 
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...Dcho Constitucional Dra Grillo
 
Aspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanos
Aspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanosAspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanos
Aspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanosENJ
 
1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchez
1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchez1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchez
1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchezOscar Flores Rocha
 
Petición cambio de adecuación Jose De Los Santos
Petición cambio de adecuación Jose De Los SantosPetición cambio de adecuación Jose De Los Santos
Petición cambio de adecuación Jose De Los SantosAbelardo De La Espriella
 
Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4
Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4
Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4israel hernandez
 
Ficha técnica de la nueva Ley de Amparo
Ficha técnica de la nueva Ley de AmparoFicha técnica de la nueva Ley de Amparo
Ficha técnica de la nueva Ley de AmparoUNAM
 
Consecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penal
Consecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penalConsecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penal
Consecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penalMARIA E LOPEZ
 
Teoria general del proceso
Teoria general del procesoTeoria general del proceso
Teoria general del procesorohaners
 
Taller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionales
Taller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionalesTaller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionales
Taller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionalesJacobo Meraz Sotelo
 

Similar a La scjn explica el sistema de control constitucional (20)

Lineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionador
Lineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionadorLineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionador
Lineas jurisprudenciales sobre el derecho adminsitrativo sancionador
 
Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.
Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.
Revisiones Electrónicas, su prevención y medios de defensa.
 
derecho contitucional Autonomia de derecho procesal contitucional.docx
derecho contitucional  Autonomia de derecho procesal contitucional.docxderecho contitucional  Autonomia de derecho procesal contitucional.docx
derecho contitucional Autonomia de derecho procesal contitucional.docx
 
Curso Defensa Fiscal 2015
Curso Defensa Fiscal 2015Curso Defensa Fiscal 2015
Curso Defensa Fiscal 2015
 
Ensayo procesal civil
Ensayo procesal civilEnsayo procesal civil
Ensayo procesal civil
 
Derecho comparado juicio de_amparo_mexico_españa
Derecho comparado juicio de_amparo_mexico_españaDerecho comparado juicio de_amparo_mexico_españa
Derecho comparado juicio de_amparo_mexico_españa
 
Accion de amparooo
Accion de amparoooAccion de amparooo
Accion de amparooo
 
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
 
Aspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanos
Aspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanosAspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanos
Aspectos Fundamentales de la Teoría general de los derechos humanos
 
1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchez
1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchez1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchez
1 el control difuso de la constitucionalidad. sánchez
 
Base vinculante
Base vinculanteBase vinculante
Base vinculante
 
Petición cambio de adecuación Jose De Los Santos
Petición cambio de adecuación Jose De Los SantosPetición cambio de adecuación Jose De Los Santos
Petición cambio de adecuación Jose De Los Santos
 
Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4
Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4
Garantías Constitucional, Valdiviesoc a1u4
 
Ficha técnica de la nueva Ley de Amparo
Ficha técnica de la nueva Ley de AmparoFicha técnica de la nueva Ley de Amparo
Ficha técnica de la nueva Ley de Amparo
 
Consecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penal
Consecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penalConsecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penal
Consecuencias de la Inobservancia de las garantias del proceso penal
 
Teoria general del proceso
Teoria general del procesoTeoria general del proceso
Teoria general del proceso
 
Taller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionales
Taller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionalesTaller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionales
Taller de defensa fiscal 2014 amcpdf principios constitucionales
 
Unidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparo
Unidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparoUnidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparo
Unidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparo
 
Unidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparo
Unidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparoUnidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparo
Unidad 4. De la extensión protectora del juicio de amparo
 
Actividad 7
Actividad 7Actividad 7
Actividad 7
 

Más de Oscar Flores Rocha

Las controversias constitucionales
Las controversias constitucionalesLas controversias constitucionales
Las controversias constitucionalesOscar Flores Rocha
 
C 1 1 la accion de inconstitucionalidad
C 1 1 la accion de inconstitucionalidadC 1 1 la accion de inconstitucionalidad
C 1 1 la accion de inconstitucionalidadOscar Flores Rocha
 
El tribunal europeo de derechos humanos
El tribunal europeo de derechos humanosEl tribunal europeo de derechos humanos
El tribunal europeo de derechos humanosOscar Flores Rocha
 
Manual de derechos humanos. cndh
Manual de derechos humanos. cndhManual de derechos humanos. cndh
Manual de derechos humanos. cndhOscar Flores Rocha
 
Guia de la reforma constitucional penal 2008
Guia de la reforma constitucional penal 2008Guia de la reforma constitucional penal 2008
Guia de la reforma constitucional penal 2008Oscar Flores Rocha
 
Solución de conflictos. derechos humanos
Solución de conflictos. derechos humanosSolución de conflictos. derechos humanos
Solución de conflictos. derechos humanosOscar Flores Rocha
 
Libro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjn
Libro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjnLibro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjn
Libro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjnOscar Flores Rocha
 
4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccional
4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccional4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccional
4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccionalOscar Flores Rocha
 
2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luño
2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luño2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luño
2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luñoOscar Flores Rocha
 
Guia para defensores de dh 2012
Guia para defensores de dh 2012Guia para defensores de dh 2012
Guia para defensores de dh 2012Oscar Flores Rocha
 
Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011
Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011
Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011Oscar Flores Rocha
 
Libro. los conectores lógicos del lenguaje.
Libro. los conectores lógicos del lenguaje.Libro. los conectores lógicos del lenguaje.
Libro. los conectores lógicos del lenguaje.Oscar Flores Rocha
 
Naturaleza jurídica de la tentativa
Naturaleza jurídica de la tentativaNaturaleza jurídica de la tentativa
Naturaleza jurídica de la tentativaOscar Flores Rocha
 
Argumentación jurídica y aplicación de los tratados
Argumentación jurídica y aplicación de los tratadosArgumentación jurídica y aplicación de los tratados
Argumentación jurídica y aplicación de los tratadosOscar Flores Rocha
 
El sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanosEl sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanosOscar Flores Rocha
 
1 reforma laboral preferente. c gamboa
1 reforma laboral preferente. c gamboa1 reforma laboral preferente. c gamboa
1 reforma laboral preferente. c gamboaOscar Flores Rocha
 

Más de Oscar Flores Rocha (19)

La reforma laboral en mexico
La reforma laboral en mexicoLa reforma laboral en mexico
La reforma laboral en mexico
 
Las controversias constitucionales
Las controversias constitucionalesLas controversias constitucionales
Las controversias constitucionales
 
C 1 1 la accion de inconstitucionalidad
C 1 1 la accion de inconstitucionalidadC 1 1 la accion de inconstitucionalidad
C 1 1 la accion de inconstitucionalidad
 
El tribunal europeo de derechos humanos
El tribunal europeo de derechos humanosEl tribunal europeo de derechos humanos
El tribunal europeo de derechos humanos
 
Manual de derechos humanos. cndh
Manual de derechos humanos. cndhManual de derechos humanos. cndh
Manual de derechos humanos. cndh
 
Guia de la reforma constitucional penal 2008
Guia de la reforma constitucional penal 2008Guia de la reforma constitucional penal 2008
Guia de la reforma constitucional penal 2008
 
Ss derecho comparado 220
Ss derecho comparado 220Ss derecho comparado 220
Ss derecho comparado 220
 
Solución de conflictos. derechos humanos
Solución de conflictos. derechos humanosSolución de conflictos. derechos humanos
Solución de conflictos. derechos humanos
 
Libro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjn
Libro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjnLibro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjn
Libro el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. scjn
 
4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccional
4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccional4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccional
4 impacto de la reforma en dd hh en la labor jurisdiccional
 
2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luño
2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luño2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luño
2 concepto y concepción de los dd hh. pérez luño
 
Guia para defensores de dh 2012
Guia para defensores de dh 2012Guia para defensores de dh 2012
Guia para defensores de dh 2012
 
Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011
Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011
Los derechos humanos en el sistema interamericano 2011
 
Libro. los conectores lógicos del lenguaje.
Libro. los conectores lógicos del lenguaje.Libro. los conectores lógicos del lenguaje.
Libro. los conectores lógicos del lenguaje.
 
Naturaleza jurídica de la tentativa
Naturaleza jurídica de la tentativaNaturaleza jurídica de la tentativa
Naturaleza jurídica de la tentativa
 
El cuerpo del delito
El cuerpo del delitoEl cuerpo del delito
El cuerpo del delito
 
Argumentación jurídica y aplicación de los tratados
Argumentación jurídica y aplicación de los tratadosArgumentación jurídica y aplicación de los tratados
Argumentación jurídica y aplicación de los tratados
 
El sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanosEl sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanos
 
1 reforma laboral preferente. c gamboa
1 reforma laboral preferente. c gamboa1 reforma laboral preferente. c gamboa
1 reforma laboral preferente. c gamboa
 

La scjn explica el sistema de control constitucional

  • 1. Fuente: Los Tribunales Constitucionales y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tercera edición, junio de 2014, SCJN, México, D.F., páginas 48 a 53 La SCJN explica el sistema de control constitucional
  • 2. SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL EN EL ORDEN JURÍDICO MEXICANO Tesis Aislada, Sistema de Control Constitucional en el Orden Jurídico mexicano, Registro No. 160480, Décima Época, Pleno, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro III, Diciembre de 2011, Página: 557, Tesis: P. LXX/2011 (9a.), Materia Constitucional
  • 3.  Actualmente existen dos grandes vertientes dentro del modelo de control de constitucionalidad en el orden jurídico mexicano, que son acordes con el modelo de control de convencionalidad ex officio en materia de derechos humanos a cargo del Poder Judicial.  En primer término, el control concentrado en los órganos del Poder Judicial de la Federación con vías directas de control: acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo directo e indirecto;  en segundo término, el control por parte del resto de los jueces del país en forma incidental durante los procesos ordinarios en los que son competentes, esto es, sin necesidad de abrir un expediente por cuerda separada.
  • 4.  Ambas vertientes de control se ejercen de manera independiente y la existencia de este modelo general de control no requiere que todos los casos sean revisables e impugnables en ambas.  Es un sistema concentrado en una parte y difuso en otra, lo que permite que sean los criterios e interpretaciones constitucionales, ya sea por declaración de inconstitucionalidad o por inaplicación, de los que conozca la Suprema Corte para que determine cuál es la interpretación constitucional que finalmente debe prevalecer en el orden jurídico nacional.
  • 5.  Finalmente, debe señalarse que todas las demás autoridades del país en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de aplicar las normas correspondientes haciendo la interpretación más favorable a la persona para lograr su protección más amplia, sin tener la posibilidad de inaplicar o declarar su incompatibilidad.  Expediente Varios 912/2010. 14 de julio de 2011.  El Tribunal Pleno, el veintiocho de noviembre en curso, aprobó, con el número LXX/2011(9a.), la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de noviembre de dos mil once
  • 6. CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD Y DE CONVENCIONALIDAD. LOS JUZGADORES, AL EJERCERLO, NO ESTÁN OBLIGADOS A CONTESTAR LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN QUE AL RESPECTO FORMULEN LAS PARTES EN LOS PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS RESPECTIVOS, DIRIGIDOS A CONTROVERTIR LA CONFORMIDAD DE UNA NORMA CON LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS POR LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES Tesis Aislada, I.7o.A.7 K (10a.), Semanario de la Suprema Corte de Justicia y su Gaceta, Décima Época, Tribunales Colegiados de Circuito, Libro XII, Tomo 3, septiembre 2012, pág. 1680
  • 7.  De la tesis P. LXX/2011 (9a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 1, diciembre de 2011, página 557, de rubro:  "SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL EN EL ORDEN JURÍDICO MEXICANO.",  se advierte que el control de la constitucionalidad no es unitario, pues en nuestro sistema coexisten tanto el control concentrado como el control difuso de la Constitución,
  • 8.  estableciéndose el primero para las vías directas de control -acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo directo e indirecto-, y  el segundo se reserva para los Jueces en forma de desaplicación durante los procesos ordinarios en los que son competentes.  Lo anterior determina el alcance y la forma de conducción de los juzgados en el ejercicio de dichos controles constitucionales, pues al ser de naturaleza diversa las vías para materializarse, también lo serán sus principios y efectos.
  • 9.  Así, en tratándose del control difuso, el juzgador no realiza el estudio conducente por el hecho de que forme parte del problema jurídico que le presentan las partes en observancia a los principios de exhaustividad y congruencia que deben regir toda resolución jurisdiccional, sino que,  la inaplicación de una disposición legislativa por parte de los Jueces deriva del contraste entre ésta y los derechos fundamentales, considerando siempre la afectación que produciría la norma en el caso particular sometido a su decisión, ya que al resolver están obligados a atender las normas inferiores, dando preferencia a los contenidos de la Constitución y los tratados internacionales en la materia de derechos humanos, de conformidad con el artículo 1o. de la Carta Magna.
  • 10.  En ese sentido, si las partes en los procedimientos ordinarios respectivos formulan conceptos de impugnación dirigidos a controvertir la conformidad de una norma con los derechos humanos reconocidos por los citados ordenamientos fundamentales,  los juzgadores, al ejercer el control difuso de constitucionalidad y de convencionalidad, no están obligados a contestarlos para resolver el asunto, pues tal situación implicaría que esa vía se equipare al control concentrado que corresponde en exclusiva a los órganos del Poder Judicial de la Federación mediante las citadas vías directas de control, desvirtuándose el modelo principal de control concentrado establecido constitucionalmente en los artículos 103 y 107;
  • 11.  por tanto, el silencio del juzgador respecto a sus defensas únicamente será indicativo de que consideró que la norma cuestionada se ajusta a los derechos humanos que reconocen la Constitución Federal y los tratados internacionales de los que México sea parte, sin perjuicio de que dichas argumentaciones sean atendidas, vía conceptos de violación, cuando se promueva el juicio de amparo contra el fallo definitivo.
  • 12. CONTROL CONCENTRADO Y CONTROL DIFUSO DE LA CONSTITUCIÓN. SUS DIFERENCIAS Y FINALIDAD DENTRO DEL PROCESO ORDINARIO. Tesis Aislada. Registro 2001605. I.7o.A.8 K (10a.). Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro XII, Septiembre de 2012, Pág. 1679.
  • 13.  La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció en la tesis P. LXX/2011 (9a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 1, diciembre de 2011, página 557, de rubro: "SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL EN EL ORDEN JURÍDICO MEXICANO.", que actualmente existen dos grandes vertientes dentro del modelo de control constitucional en el orden jurídico mexicano que son acordes con el modelo de control de convencionalidad ex officio en materia de derechos humanos.
  • 14.  1. El control concentrado en los órganos del Poder Judicial de la Federación con vías directas de control y,  2. El del resto de los Jueces del país en vía de desaplicación al resolver los procesos ordinarios en los que son competentes (difuso).  Ambos determinan el alcance y forma de conducción de los juzgadores en el ejercicio de dichos controles constitucionales, pues al ser de naturaleza diversa las vías para materializarse, también lo serán sus principios y efectos.
  • 15.  Así, tratándose del control concentrado que reside en los órganos del Poder Judicial de la Federación con las vías directas de control -acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo directo e indirecto-, la pretensión elevada ante sus juzgadores es eminentemente constitucional, pues la finalidad de dichos procedimientos estriba en dilucidar si conforme al planteamiento jurídico que le es propuesto, la actuación de una autoridad o el contenido de un precepto se ajusta o no con las disposiciones que consagra la Carta Magna, en aras de la preservación del principio de supremacía constitucional.
  • 16.  En cambio, el control que ejercen el resto de los Jueces del país, en los procesos ordinarios se constriñe a dilucidar el conflicto con base en los hechos, argumentaciones, pruebas y alegatos de las partes, dando cumplimiento a las garantías de audiencia, legalidad, debido proceso y acceso a la impartición de justicia.  Es ahí donde el juzgador ordinario, al aplicar la norma, realiza el contraste entre la disposición regulatoria y los derechos humanos que reconoce el orden jurídico nacional, por lo cual dicha reflexión no forma parte de la disputa entre las partes contendientes, sino que surge y obedece a la obligación que impone el control de constitucionalidad y de convencionalidad que consagra el artículo 1o. de la Carta Magna.
  • 17.  Esto es así, porque los mandatos contenidos en el citado artículo deben entenderse en armonía con el diverso 133 constitucional para determinar el marco dentro del que debe realizarse dicho cometido, el cual resulta esencialmente diferente al control concentrado que tradicionalmente operó en nuestro sistema jurídico, y explica que en las vías indirectas de control, la pretensión o litis no puede consistir en aspectos de constitucionalidad, pues ello sería tanto como equiparar los procedimientos ordinarios que buscan impartir justicia entre los contendientes, a los diversos que fueron creados por el Poder Constituyente y el Poder Revisor de la Constitución con el propósito fundamental de resguardar el citado principio de supremacía constitucional.