analisis Ley 103 violencia contra la mujer y la familia
1.
2. Es deber del estado velar por la seguridad de las
personas; Que la violencia contra la mujer y la
familia es un problema social que necesita de
garantías suficientes para tratarse técnicamente
FAMILIA
SOCIEDAD
ESTADO
3. la integridad física,
psíquica y la
libertad sexual de
la mujer y los
miembros de su
familia, mediante la
prevención y la
sanción de la
violencia
intrafamiliar y los
demás atentados
contra sus derechos
y los de su familia.
4. Art. 2 y3
GRADOS DE PARENTESCO
Lo conforman los conyugues o convivientes sus padres, sus hermanos e
hijos de estos y sus parientes hasta segundo grado de afinidad. La
protección de esta Ley se hará extensiva a los ex-cónyuges, convivientes,
ex- convivientes, a las personas con quienes se mantenga o se haya
mantenido una relación consensual de pareja, así como a quienes
comparten el hogar del agresor o del agredido
5. ART. 4
FORMAS DE VIOLENCIA
INTRAFAMILIAR
Se entenderá que violencia contra la
mujer incluye:
6. Violencia Física
Todo acto de fuerza que cause daños, dolor en la persona
agredida, cualquiera que sea el medio empleado y sus
consecuencias, sin considerarse el tiempo que se requiera
para su recuperación.
Las heridas o golpes que causen enfermedad o
incapacidad para el trabajo personal que no pase de tres
días y
Los maltratos que reciban domésticos o sirvientes.
7. Violencia Sicológica
Toda acción u omisión que cause daño, perturbación
emocional, alteración psicológica o disminución de la
autoestima.
La intimidación o amenaza que difunda miedo o temor
a sufrir un mal grave e inminente.
Las noticias o rumores falsos contra la honra la
dignidad de las personas o de las familias o sobre la
vida intima de estas.
Las palabras, gestos, acciones, etc., en el caso de que
el hecho constituya infracción.
8. violencia SEXUAL
Todo maltrato que constituya imposición en el ejercicio
de la sexualidad de una persona mediante el uso de la
fuerza física, intimidación, amenazas.
Obligar a tener relaciones u otras prácticas sexuales
con el agresor o con terceros mediante el uso de la
fuerza física, intimidación, amenazas
Prohibir el uso de métodos de planificación familiar y o
preventivo de enfermedades de transmisión sexual.
9. ESTA LEY PREVALECE SOBRE OTRAS Y LOS
DERECHOS CONSAGRADOS SON IRRENUNCIABLES
10. Instrumentos internacionales
Para la prevención, sanción de la violencia contra
la mujer y la familia tendrán fuerza de ley los
instrumentos internacionales
firmados y ratificados por el ecuador tales como
CONVENCIÓN BELEÉN DO
PARÁ
CEDAW
13. ART. 8 Y 9
JURISDICCION Y COMPETENCIA
3. Los intendentes,
2. Los comisarios de la
Los jueces de familia; comisarios nacionales
Mujer y la Familia;
y tenientes políticos;
La Competencia estará
determinada por el
4. Los jueces y
lugar de la infracción o
tribunales de lo Penal.
el domicilio de la
víctima
14. ART. 10
LOS QUE DEBEN DENUNCIAR
DEBEN
DENUNCIAR
CASAS DE SALUD 48 HORAS
PROFESIONALES POLICIA
DE SALUD NACIONAL
MINISTERIO
PUBLICO
15. Los jueces de familia,
los comisarios que
conozcan casos de
violencia física, TRIBUNALES
psicológica o sexual que
no constituyan delitos,
JUZGADOS
en las localidades que
no se hayan establecido
estas autoridades, POR RAZON
actuaran los TERRITORIO
intendentes, Los
comisarios nacionales o
los tenientes políticos
16. ART. 11
JUECES COMPETENTES
Conocerán los casos que no constituyan
delitos
ART. 12
envió de la causa a otra
jurisdicción
Remitir de inmediato al Juez competente
17.
18. FUNCIONES DE LA COMISARIA DE LA MUJER Y LA
ART
. 13 FAMILIA
ordenar tratamiento
Otorgar la custodia al que deben
de la victima menor someterse las partes y
MEDIDAS DE AMPARO
de edad a la persona los hijos menores de
idónea, edad si fuese
necesario
Reintegrarle a su
domicilio a la persona
agredida,
boletas de auxilio Allanamiento
disponiendo la salida
simultanea del
agresor
ART
. 14
Evitar que el agresor,
Ordenar la salida de
o a través de terceras
la vivienda del
personas, realice de
agresor si la
intimidación a la
convivencia implica
victima u otro
un riesgo
miembro de la familia
Imponer al agresor la
Prohibir o restringir al
prohibición de
agresor acceso a la
acercarse a la
persona violentada
agredida
19. ART. 15
COLABORACION DE LA POLICIA NACIONAL
Medidas de amparo
ejecutar
Auxiliar, proteger y
transportar a las
victimas
OBLIGADO A:
En caso de
incumplimiento
Elaborar parte
informativo
conocimiento del
comandante, para
aplicar normas
disciplinarias
20. El DEVIF es el (Departamento de Violencia Intrafamiliar) de la Policía
Nacional, colabora directamente con la Comisaría Nacional de la Mujer y la Familia del Cantón
Ambato
entregando las citaciones a la persona agresora para Que asista a la debida Audiencia de
Conciliación
además entregan los partes policiales de las personas detenidas por Violencia Intrafamiliar
una vez cumplido pone en conocimiento de la Comisaría Nacional de la Mujer y la Familia para que
adjunten al proceso y continúen con el proceso.
21. ART. 16
Infracción flagrante
Si una persona es sorprendida
ejerciendo cualquiera de los
tipos de violencia previstos en
este reglamento será
aprehendida por los agentes del
orden y conducida de inmediato
ante la autoridad competente
para su juzgamiento.
22. ART. 17
CONTROL DE ORDENES JUDICIALES
Con intervención
de la fuerza publica
23.
24. Art.18
PROCEDIMIENTO DE LAS
CONTRAVENCIONES
En caso de que las solicitudes de amparo o
demanda se presenten en forma verbal el juez
dispondrá que se les reduzca a escrito
25. Art.
5 y 9
Art. 13
ley
ley 103
Receptar la denuncia 103
mediante providencia y La autoridad debe tomar
reconocimiento de firma, las medidas de amparo
la denuncia puede ser urgentes que se
presentada por: consideren necesarias
Art.
17
ley
Pedir el informe médico 103
legal para establecer el Debe hacerse
En todo trámite los mediante resolución
tiempo de curación
informes técnicos son judicial si observa la
determinar si es Si se cometió si no es
delito se reservados emergencia del caso
contravención o delito emergent
inhibirá y e
pasara el caso
al juez de lo
penal
respectivo
Esto es que solo las partes Se ordenara la
la sentencia que se dicta y sus abogados tienen investigación policial o
para el juzgamiento de la acceso al expediente. del equipo tenido, en los
contravención, debe ser con prohibición de casos donde existan la
clara motivada y precisa, concederse copias de los comisaria de la mujer y la
se debe resolver todos informes técnicos, familia
los aspectos relativos: psicológicos y sociales.
Tomar, ampliar, Devolución de bienes Ingreso a Se considera
revocar o reformar las tratamiento Pena de prisión que
o el pago del valor agravante la
medidas de amparo
equivalente rehabilitador para el se impone de condición de
incluso disponer del
allanamiento en los
estableciendo el agresor acuerdo al código familiar en los
plazo en que debe penal. casos mencionados
casos Art. 13 y 14 ley determinado el
103 cumplirse en el art 3 ley 103
tiempo.
26. TRAMITE PARA
LA EJECUCIÓN DE
SENTENCIA
Hacer conocer mediante oficio a la policía y las instituciones
correspondientes, para el cumplimiento de lo ordenado
En caso de incumplimiento, se podrá
exigir el cumplimiento con la El intendente, comisario o teniente
intervención de la fuerza pública aun político tiene la facultad legal para
utilizando el allanamiento en los casos conocer la acción de daños y perjuicios
previstos
ART. 17 Y
14 LEY Si al momento de dictar sentencia
103 Art.12 ley
encontrare que se ha cometido delito
procederá de acuerdo con. 103
27.
28.
29. ART. 23
En actos de violencia Se considera
que constituyen agravante la
delitos y sean jueces y tribunales de condición de familiar
cometidos en el lo penal de los sujetos
ámbito intrafamiliar mencionados en el
corresponde a : art. 11
30.
31. ART. 24
Dictar, coordinar
Establecer casas Actividades
y elaborar planes
de refugios, educativas para Impulsar
y programas Llevar un banco Presupuesto
centros de padres y hogares programas de
(eliminar la de datos especifico
rehabilitación del para eliminar la capacitación
violencia de la
agresor. violencia
mujer y la familia)
32.
33. ART. 25
EN LOS CASOS DE VIOLENCIA NO SE RECONOCE
FUERO ESPECIAL
34. ART. 26
NORMAS SUPLETORIAS
Lo que no este escrito en esta ley, se aplicaran
disposiciones de:
35. DISPOCISION TRANSITORIA
Hasta que se nombren los jueces y
comisarios de la mujer y la familia el
conocimiento y la resolución de las causas
contempladas en esta ley corresponde a:
Intendentes y comisarios nacionales
Sin perjudicar a los jueces y tribunales de
lo penal respecto a las infracciones que
constituyan delitos