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El Derecho a la Igualdad y
No Discriminación
1 VANESSA
Artículo 1/Declaración Universal DDHH’1948
Todos los seres humanos nacen (… ) iguales en
dignidad y derechos y, dotados como están de
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fraternalmente los unos con los otros.
ETNIA, MUJER, CONDICIÓN SOCIAL,
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1. Juzgado 4to. Garantías Penales Ecuador/2010-0572
2. Corte Constitucional de Colombia /T-586/07
2
• Uno de los pilares de las Declaraciones
• El Derecho de Lucha contra el Prejuicio
• Fundamento del Individuo
• Fundamento de la Democracia
Un Derecho que Edifica Otros
3 KARIN
• A partir de la Igualdad ante la ley, otros derechos se construyen
• Es un derecho resultante de luchas históricas, construido frente
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• La misma democracia, desde Atenas, era abyecta: sólo los
ateniences de solis y de sanginis, varones, propietarios, etc
DERECHO A LA IGUALDAD
4
“Trato igual a los iguales y desigual a los
desiguales”
Aristóteles
DERECHO A LA IGUALDAD
• Libertad, Igualdad, Fraternidad.- R. Francesa y Derechos del
Hombre, no rigen para las mujeres ni para quien no cumple la
condición de propietario=“igual”.
• La base de la democracia, es la igualdad.
• Este derecho lleva a las sociedades a la búsqueda de libertades
civiles, derechos sociales, garantías, etc.
5
Mme Roland
Algunos criterios para el Ejercicio del
Derecho a la Igualdad
1. Igualdad ante la ley o formal (límite al Poder)
2. Igualdad política (derecho al sufragio pasivo y activo)
3. Igualdad social, económica, sustancial o material
4. Igualdad de derechos (pleno goce de DDHH)
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6
3er género, 1860. Suiza.
Henrich Hossli, primer militante
Igualdad: un derecho no absoluto
Conceptos Paralelos:
discriminación y distinción
7
Diferenciación/Especificación
 En muchos casos el derecho a la igualdad sólo se logra
mediante el trato diferente o desigual.
 Se habla de la “igualdad como diferenciación” o Desigualdades
convencionales que se crean con un fin: la diferenciación para la
igualdad.
8
“Tenemos derecho a ser iguales, cuando la
diferencia nos inferioriza, y tenemos el
derecho a ser diferentes, cuando la igualdad
nos descaracteriza” Boaventura de Soussa Santos
Herramientas/Especificación
 El test de razonabilidad, una herramienta para medir la aptitud de
la diferenciación para suscitar la igualdad (proporcionalidad)
(Corte Colombiana)
.
 La Fórmula de Peso o Ponderación (Alexy)
9
Discriminación e Interacción social
 La discriminación, al igual que la anterior, se sustenta en el trato
diferenciado, pero se distingue por:
 La injustificación
 La irracionalidad subjetiva e innecesaria (vs. objetiva)
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10
• Liga Barrial la Floresta-2001
• Club Femenino, Cultural y Deportivo
GUIPUZCOA (Saltamontes de
Venus)-2003
• El Fútbol y el Beso-2009
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homosexualidad-1998
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CASO 1: Discriminación por Preferencia Sexual.-
Juzgado 4to. Garantías Penales Ecuador/2010-0572
ACTOR: 15 mujeres vs DEMANDADO: Liga barrial La floresta
11 EVELYN
• Acción de
Protección
contra
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Liga Barrial
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2009
• Beso
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• Resolución de Liga
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Julio 2009
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Federación
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Marzo 2010
Discriminación por Preferencia Sexual:
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12
Discusión y Argumentos
• La Suspensión y el Derecho a la Autodeterminación.
• “Buenas Costumbres” vs. Libre desarrollo de la Personalidad
• Tipificación vs. Tutela Administrativa Efectiva
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• Autonomía Universitaria y Reglamento
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14 GEORGE
CASO 2: Condición Social, Étnica, Desigualdad Formal y
Positivismo.- Corte Constitucional Colombia/T-586/07
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15
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1. La Autonomía Universitaria es Administrativa
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3. La existencia de una comunidad afrodescendiente no depende
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4. Los formalismos impiden activar las “acciones afirmativas”
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16
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• La asignación refiere a la “descendencia” afro, no a “afros puros”.
• La Universidad no puede ignorar la condición natural étnico-
genética o factor racial, ligada a la cultura y condición social del
agrodescendiente
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un certificado. Promueve la partición y gestión de derechos
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17
Elementos para determinar la identidad étnica
y Acciones Afirmativas
1. Elemento Objetivo (rasgos diferenciadores: cultura y sociedad)
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18 VANESSA
Herramientas de la Corte
1. ¿Cuál es el tratamiento desigual y sobre qué materia recae?
2. ¿Qué objetivo persigue el trato desigual?
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a la luz de los principios, valores y derechos constitucionales?
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perseguido?
19
Razonabilidad
• Para que el trato desigual sea
razonable debe cumplir:
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conduzca al fin perseguido, y que
sacrifique en menor medida principios
constitucionales; y,
– Proporcionalidad en sentido estricto:
que el trato diferente no sacrifique
principios constitucionales más
importantes que el principio que se
quiere satisfacer con ese trato
diferenciado. Equilibrio entre
restricción y protección constitucional
(LOGJCC, Art. 3 num. 2)
20 GEORGE
Relaciones Jurisprudencia
Judith Salgado
21 KARIN
Corte Colombia
 Trato Preferencial, como forma de priorizar a grupos socialmente
desventajados o marginados, que generalmente afrontan
desigualdad material: cupo asignado a afrodescendientes (medidas
de discriminación/diferenciación positiva)
 La razonabilidad y proporcionalidad en formalidades: demostrar
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media por territorio o comunidad.
22
Corte Colombia
 La aplicación de la acción afirmativa, busca evitar la exclusión de
los grupos frente al derecho a la educación superior, mismo que
garantiza mejores niveles de vida a una población tradicionalmente
desventajada.
 Es obligación del Estado tomar medidas de acción afirmativa para
lograr una igualdad real. La ausencia de tutela o intervención
afirmativa, ocasiona responsabilidad por omisión.
23
Juez de Garantías Ecuador
 Vulneración del Derecho y Principio a la Igualdad y no
Discriminación (desconocimento de pluralismo)
 “Los Saltamontes de Venus”, quedaron en indefensión
(Defensoría del Pueblo), por su situación de subordinación a la
Liga Barrial; discrimen por manifestaciones afectivas. La
conducta irradia a todo el equipo.
 Los prejuicios bloquean la interacción social y cultural,
estableciendo parámetros conductuales frente a la diferencia.
24
2007“La Escuela del Beso” 1996
Juez de Garantías Ecuador
 Se discrimina a la mujer por su preferencia sexual (doble
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(coherencia de las medidas con la igualdad material; relación
entre desigualdad y pertenencia a un grupo social, Art. 11, num. 2
CRE)
25
26 EVELYN
El trato diferente es
arbitrario, cuando
impone una
desventaja, y
bloquea el ejercicio
de los DD.
27
Labrys; Artemisa y Diana
Aspectos de vida de los grupos:
Rosado: la sexualidad.
Rojo: la sensualidad.
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homosexuales, disponibles para el “uso”
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PARA UN PLURAL CONOCIMIENTO
“Mi noción de Democracia es
que en ese régimen, el más
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28
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29
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  • 1. El Derecho a la Igualdad y No Discriminación 1 VANESSA Artículo 1/Declaración Universal DDHH’1948 Todos los seres humanos nacen (… ) iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
  • 2. ETNIA, MUJER, CONDICIÓN SOCIAL, PREFERENCIA SEXUAL, EDUCACIÓN, DEPORTE Y GÉNERO 1. Juzgado 4to. Garantías Penales Ecuador/2010-0572 2. Corte Constitucional de Colombia /T-586/07 2
  • 3. • Uno de los pilares de las Declaraciones • El Derecho de Lucha contra el Prejuicio • Fundamento del Individuo • Fundamento de la Democracia Un Derecho que Edifica Otros 3 KARIN
  • 4. • A partir de la Igualdad ante la ley, otros derechos se construyen • Es un derecho resultante de luchas históricas, construido frente al prejuicio, privilegios y abusos del poder • La misma democracia, desde Atenas, era abyecta: sólo los ateniences de solis y de sanginis, varones, propietarios, etc DERECHO A LA IGUALDAD 4 “Trato igual a los iguales y desigual a los desiguales” Aristóteles
  • 5. DERECHO A LA IGUALDAD • Libertad, Igualdad, Fraternidad.- R. Francesa y Derechos del Hombre, no rigen para las mujeres ni para quien no cumple la condición de propietario=“igual”. • La base de la democracia, es la igualdad. • Este derecho lleva a las sociedades a la búsqueda de libertades civiles, derechos sociales, garantías, etc. 5 Mme Roland
  • 6. Algunos criterios para el Ejercicio del Derecho a la Igualdad 1. Igualdad ante la ley o formal (límite al Poder) 2. Igualdad política (derecho al sufragio pasivo y activo) 3. Igualdad social, económica, sustancial o material 4. Igualdad de derechos (pleno goce de DDHH) 5. Igualdad de oportunidades (posiciones iguales y valores vitales) 6 3er género, 1860. Suiza. Henrich Hossli, primer militante
  • 7. Igualdad: un derecho no absoluto Conceptos Paralelos: discriminación y distinción 7
  • 8. Diferenciación/Especificación  En muchos casos el derecho a la igualdad sólo se logra mediante el trato diferente o desigual.  Se habla de la “igualdad como diferenciación” o Desigualdades convencionales que se crean con un fin: la diferenciación para la igualdad. 8 “Tenemos derecho a ser iguales, cuando la diferencia nos inferioriza, y tenemos el derecho a ser diferentes, cuando la igualdad nos descaracteriza” Boaventura de Soussa Santos
  • 9. Herramientas/Especificación  El test de razonabilidad, una herramienta para medir la aptitud de la diferenciación para suscitar la igualdad (proporcionalidad) (Corte Colombiana) .  La Fórmula de Peso o Ponderación (Alexy) 9
  • 10. Discriminación e Interacción social  La discriminación, al igual que la anterior, se sustenta en el trato diferenciado, pero se distingue por:  La injustificación  La irracionalidad subjetiva e innecesaria (vs. objetiva)  El mantenimiento de la posición de dominio (privilegios, poder, etc.) 10
  • 11. • Liga Barrial la Floresta-2001 • Club Femenino, Cultural y Deportivo GUIPUZCOA (Saltamontes de Venus)-2003 • El Fútbol y el Beso-2009 • Despenalización de la homosexualidad-1998 • Omisión Administrativa-2004 • La Figura de “Barbie y Ken” vs. El juez constitucional-2008. CASO 1: Discriminación por Preferencia Sexual.- Juzgado 4to. Garantías Penales Ecuador/2010-0572 ACTOR: 15 mujeres vs DEMANDADO: Liga barrial La floresta 11 EVELYN
  • 12. • Acción de Protección contra Presidente de Liga Barrial • Ministerio del Deporte • 15 Mujeres 2009 • Beso • Epítetos • Violencia verbal y física • Resolución de Liga Deportiva Barrial Julio 2009 • Resolución de Comisión Apelación Federación L.Deportivas de Quito Marzo 2010 Discriminación por Preferencia Sexual: Derechos de GLBT 12
  • 13. Discusión y Argumentos • La Suspensión y el Derecho a la Autodeterminación. • “Buenas Costumbres” vs. Libre desarrollo de la Personalidad • Tipificación vs. Tutela Administrativa Efectiva • Proporcionalidad vs. Derecho al deporte 13
  • 14. • Autonomía Universitaria y Reglamento • Asignación de Cupos y Acc. Afirmativa • Prejuicio Social y Formalidades • La realidad del Afrocolombiano • Omisión Administrativa-2004 • Pertenencia e Identidad. 14 GEORGE CASO 2: Condición Social, Étnica, Desigualdad Formal y Positivismo.- Corte Constitucional Colombia/T-586/07 ACTOR: Afrocolombiana vs DEMANDADO: Universidad de Tolima
  • 15. • Se deniega la Acción (Juez 5to Civil) Marzo 2007 • Acción de Tutela, para autorizar cupo • Derecho a la Defensa Febrero 2007 • Tutelan los Derechos • Inaplica Reglamento • Insta a la Inscripción Julio 2007 Diferencias vs. Prejuicio 15
  • 16. Discusión y Argumentos 1. La Autonomía Universitaria es Administrativa 2. ¿Puede la Universidad establecer requisitos inconstitucionales o desmesurados? (razonabilidad y proporcionalidad) 3. La existencia de una comunidad afrodescendiente no depende de la ubicación de sus miembros en territorio específico 4. Los formalismos impiden activar las “acciones afirmativas” (cupos asignados para afrodescendientes) 16
  • 17. Derecho a la Igualdad, a la Educación y Acciones Afirmativas • La asignación refiere a la “descendencia” afro, no a “afros puros”. • La Universidad no puede ignorar la condición natural étnico- genética o factor racial, ligada a la cultura y condición social del agrodescendiente • El derecho de identidad y de autodeterminación no depende de un certificado. Promueve la partición y gestión de derechos (FUNDAFROT). 17
  • 18. Elementos para determinar la identidad étnica y Acciones Afirmativas 1. Elemento Objetivo (rasgos diferenciadores: cultura y sociedad) 2. Elemento Subjetivo (identidad, comunidad y autoconsciencia) 18 VANESSA
  • 19. Herramientas de la Corte 1. ¿Cuál es el tratamiento desigual y sobre qué materia recae? 2. ¿Qué objetivo persigue el trato desigual? 3. ¿Ese objetivo es válido a la luz de la Constitución? ¿Es válido a la luz de los principios, valores y derechos constitucionales? 4. ¿El trato desigual es razonable y proporcional con el fin perseguido? 19
  • 20. Razonabilidad • Para que el trato desigual sea razonable debe cumplir: – Adecuación: al fin perseguido; – Necesidad: no existe otro medio que conduzca al fin perseguido, y que sacrifique en menor medida principios constitucionales; y, – Proporcionalidad en sentido estricto: que el trato diferente no sacrifique principios constitucionales más importantes que el principio que se quiere satisfacer con ese trato diferenciado. Equilibrio entre restricción y protección constitucional (LOGJCC, Art. 3 num. 2) 20 GEORGE
  • 22. Corte Colombia  Trato Preferencial, como forma de priorizar a grupos socialmente desventajados o marginados, que generalmente afrontan desigualdad material: cupo asignado a afrodescendientes (medidas de discriminación/diferenciación positiva)  La razonabilidad y proporcionalidad en formalidades: demostrar pertenencia a comunidad afrocolombiana y provenir de educación media por territorio o comunidad. 22
  • 23. Corte Colombia  La aplicación de la acción afirmativa, busca evitar la exclusión de los grupos frente al derecho a la educación superior, mismo que garantiza mejores niveles de vida a una población tradicionalmente desventajada.  Es obligación del Estado tomar medidas de acción afirmativa para lograr una igualdad real. La ausencia de tutela o intervención afirmativa, ocasiona responsabilidad por omisión. 23
  • 24. Juez de Garantías Ecuador  Vulneración del Derecho y Principio a la Igualdad y no Discriminación (desconocimento de pluralismo)  “Los Saltamontes de Venus”, quedaron en indefensión (Defensoría del Pueblo), por su situación de subordinación a la Liga Barrial; discrimen por manifestaciones afectivas. La conducta irradia a todo el equipo.  Los prejuicios bloquean la interacción social y cultural, estableciendo parámetros conductuales frente a la diferencia. 24 2007“La Escuela del Beso” 1996
  • 25. Juez de Garantías Ecuador  Se discrimina a la mujer por su preferencia sexual (doble vulnerabilidad/atención)  La discriminación es directa. Hubo segregación.  Se sancionó a un colectivo, por conductas individuales (coherencia de las medidas con la igualdad material; relación entre desigualdad y pertenencia a un grupo social, Art. 11, num. 2 CRE) 25
  • 26. 26 EVELYN El trato diferente es arbitrario, cuando impone una desventaja, y bloquea el ejercicio de los DD.
  • 27. 27 Labrys; Artemisa y Diana Aspectos de vida de los grupos: Rosado: la sexualidad. Rojo: la sensualidad. Naranja: la salud. Amarillo: el sol. Verde: la naturaleza. Azul: el arte. Índigo: la armonía. Púrpura: el espíritu. Identificó (Nazis) a: lesbianas, prostitutas o mujeres con métodos anticonceptivos. Identificó (Nazis) a: Varones homosexuales, disponibles para el “uso” en campos de concentración. PARA UN PLURAL CONOCIMIENTO
  • 28. “Mi noción de Democracia es que en ese régimen, el más débil posee las mismas oportunidades que el poderoso” M. Gandhi (cit. J. Salgado) 28
  • 29. ¡GRACIAS! 29 Grupo 4 EVELYN Aguilar GEORGE Farfán KARÍN Jaramillo VANESSA Mosquera