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GRUPO 1.- Caso Practico
1. B A R Q U I S I M E T O , 0 5 D E M A R Z O D E 2 0 1 5
2015
CRIMINALISTICA
LA CIENCIA DE LA CRIMINALISTICA
Hugo José NORIEGA ALVAREZ Xorangel
PASTORA ESCOBAR Katriel Alirio PIA
ROMERO Kerlin Yohanna GIL
MARTINEZ Hecdani Mari PEREZ ROJAS
Kennifer QUINTERO Wilson
Alfredo CASTAÑEDA SUAREZ
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
2. CASOS PRACTICOS.-
Luego de haber realizado los pasos de la consulta deben enviar la actividad previa revisión
y estudio de los temas del 6 al 7 donde deberán realizar un análisis de los siguientes casos:
1. Identifique en las siguientes imágenes los tipos de sitios del suceso.-
Se puede notar que el cuerpo del occiso se encuentra en un sitio de suceso mixto. (Sitio
Cerrado y Abierto) el cual se encuentra expuesto a factoress del medio ambiente y de
libre ingreso de personas extrañas al suceso.
En este caso el cuerpo de la víctima se encuentra tendido sobre una cama y la misma
dentro de un sitio cerrado que limita el acceso público.
Puede considerarse como sitio mixto aun cuando no puede apreciarse esta característica
de forma nítida.
De la apreciación realizada se puede determinar que el cuerpo del occiso se encuentra
dentro de un sitio mixto (cerrado y abierto) pero con la posibilidad que el auto pueda ser
desplazado. En estas circunstancias los funcionarios especialistas tienen que determinar
donde se llevó a cabo el crimen.
3. Sitio del Suceso Mixto y con posibilidades de desplazamiento similar a la figura anterior
Sitio del Suceso Abierto expuesto a los factores del clima como del libre ingreso de
personas extrañas al suceso.
Lugar Público Abierto expuesto a los factores descritos en la figura anterior.
2.-Debe analizar cuáles son los pasos que se siguen en los sitios o escenas del
crimen.-
La investigación criminal tiene como fin primordial la búsqueda de la verdad mediante la
reconstrucción histórica del delito, para determinar cómo ocurrió, quién, cuándo y por
qué se cometió el mismo. La misión de un investigador criminal es la de dirigir la
investigación policial de un hecho punible, concatenando el trabajo que practican los
demás profesionales en su área de conocimiento.
En un sitio del suceso, esta misión se hace con el auxilio de diferentes profesionales; sin
embargo, cuando se presentan circunstancias de modo, lugar y/o tiempo en que no es
posible contar con el apoyo de los mismos, es cuando el investigador criminal debe
practicar y desarrollar las técnicas y procedimientos de urgencia necesarios para realizar
su labor y además, practicar la inspección técnica para asegurar, colectar y preservar
4. cualquier tipo de evidencia digital, física o material, todo lo cual servirá para la
identificación, localización y captura de los autores, coautores, responsables y/o
partícipes en la comisión de un hecho punible. El trabajo del investigador criminal, luego
de tener conocimiento de un hecho punible, consiste en lo siguiente:
Este en un hecho público en el que deben actuar funcionarios del Cuerpo de
Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), quienes se encargan de
preservar la escena del crimen, a la vez que un médico forense realiza el respectivo
levantamiento del cadáver.
Posteriormente se notifica al Ministerio Público a fin de que comisione un fiscal para que
investigue el hecho, determine los posibles responsables y ejerza la acción penal
respectiva. Al llegar al lugar del crimen estos deben realizar la Inspección, que es un acto
que involucra un conjunto de observaciones y operaciones que se realizan en el Sitio del
Suceso y/o áreas relacionadas con el delito, con el objeto de:
La protección tiene por objeto no permitir el ingreso de personas extrañas que puedan
alterar, mover o destruir elementos físicos de prueba (indicios), rastros huellas o
cualquier otro elemento. Una vez en el lugar del hecho, debe protegerse el interior y
exterior del lugar, mediante el aislamiento de la escena.
La observación debe centrarse en el sitio del suceso en una forma directa y
macroscópica, sobre todo en sus evidencias y sus particularidades. Es importante que en
el sitio del suceso se utilicen sólo cuatro sentidos, cuyo primer orden de aplicación debe
considerarse la vista, el olfato, el oído y en último término el tacto que jugará un papel
muy importante para el manejo y colección de los indicios, previa fijación de los mismos.
Los Medios de Fijación, esta forma parte esencial de las diligencias preliminares y se
aplica a todo tipo de delito. Se realiza antes de proceder a levantar, embalar y enviar al
laboratorio cualquier elemento físico de prueba. El lugar de los hechos debe ser fijado
previamente, luego se procede con las técnicas de recolección y embalaje.
5. Al entrar al Sitio del Suceso, de acuerdo al lugar anotará: Tipo de Sitio del Suceso
(Abierto, Cerrado o Mixto), describiendo explícitamente el lugar (cantidad de puertas,
ventanas, paredes, etc.). Temperatura ambiental, si existe luz natural o artificial, olores
extraños (tabaco, gas, gasolina, químicos, etc.) Estado en que se encuentran las puertas y
ventanas (abiertas, cerradas), el alumbrado y sus interruptores, grado de desorden de
muebles y enseres. Si es sitio abierto, tipo de vegetación y disposición (cortada, alta, etc.),
condiciones del suelo (húmedo, seco, pantanoso, etc.).
Ante el hallazgo de las evidencias físicas, se anotará la naturaleza de la evidencia (arma,
envoltorio de droga, botella, documento, etc.), ubicación de la evidencia y posición con
relación a un objeto fijo. Si en el lugar es hallado un cadáver, se describirá la posición del
mismo (decúbito supino, ventral, etc.), descripción de las ropas que viste, señales de
violencia que se observan (desgarres, quemaduras, cortadas, etc.). Asimismo, se
complementará con un examen detallado del suelo y paredes con descripción precisa de
manchas observadas, coloración y apariencia, forma y tamaño, y dónde se encuentran.
Luego que finalice el proceso de búsqueda de evidencias físicas, todas deben ser
identificadas y descritas, explicando la ubicación, incluyendo huellas dactilares activadas,
huellas plásticadas levantadas, fibras encontradas, etc. Finalmente, después de realizar
todo esto es que se puede realizar el levantamiento del cuerpo y de todas las evidencias
encontradas, el cual fue el error de los funcionarios del CICPC ya que al mover todo de la
escena del crimen, no se conseguirá lo necesario para determinar las muertes y posibles
culpables.
3. Leer el siguiente caso.-
“En la mañana del 25 de Julio, específicamente a las 9 am, personas que transitaban por
el camino de tierra cerca de una escuela, se toparon con un vehículo, que tenía sus
puertas abiertas. Se sorprendieron en principio, pero, luego curioseando en el mismo se
percatan que está una persona sentada en el puesto de copiloto, esta rígida, y con
manchas de algo rojo en su frente y camisa que los testigos piensan que es sangre. En la
parte posterior del vehículo, específicamente en la maletera del mismo, sobresalen los
6. pies y piernas de otra persona, en este caso una joven mujer , su torso está desnudo, en
la parte posterior de su cabeza se visualiza una cuerda con varios nudos, que sobresale
de su cabello negro y largo. En este momento los lugareños del sector, dan aviso a las
autoridades policiales, los funcionarios policiales que llegan, no realizan ningún
procedimiento y dan aviso al CICPC, cuyos detectives del Eje de Homicidio no tardaron
en arribar al sitio del hallazgo.
Al llegar revisan y extraen el cadáver del vehículo. Colocándolos en el suelo. Establecen
que el copiloto presenta las siguientes características: sexo masculino de tez morena,
contextura delgada, cabellera ondulada, estatura mediana y tiene un tatuaje en el pecho,
con las iniciales T.R, presenta varios impactos de bala, entre ellos uno en la cabeza.
La joven de contextura delgada, se pudo observar dos heridas de bala; una en la región
parietal derecha y otra en el temporal izquierdo. Vestía un pantalón blue jeans y cerca
del vehículo se encontró una franelilla verde manzana que se presume era de ella, así
como una zapatilla de color negro y varios casquillos arma, cerca de estos consiguen un
teléfono celular de color negro con carcaza verde.
En la guantera del vehículo se consigue un arma. Y en el asiento del piloto se encuentra
una cartera de mujer, con objetos dentro y fuera de la misma. En los demás asientos, se
encuentra documentos y otros objetos: latas de refrescos y bolsas con comida en su
interior. Toman todos estos elementos y los colocan en una caja pequeña. Un detective
realiza llamadas desde el celular a los últimos números registrados y no obtiene
respuesta.
Posteriormente se practicó la detención por comentarios y rumores de los vecinos de
uno de los involucrados en el doble homicidio, mismo que fue identificado como J. R.A,
de 28 años de edad apodado “El Chingo”. Fue puesto a la orden del Ministerio Público.”
Responda:
7. a. Analice el caso antes descrito, desde el punto de vista de un funcionario policial
y uno del CICPC
Es importante destacar primeramente que la función que debieron cumplir los
funcionarios policiales inmediatamente al llegar al lugar de los hechos, es
precisamente la de resguardar el sitio de suceso y no permitir que ninguna persona se
acercara con un mínimo de 10 metros y la de verificar alrededor del lugar a objeto de
constatar que no exista ningún otro elemento de interés criminalística que sea
necesario resguardar.
De igual forma, al llegar el órgano investigativo, en este caso el Cuerpo de
Investigación Científica Penales y Criminalísticas no debieron haber movido
inmediatamente los cuerpos sino que debieron realizar una primera fijación
fotográfica de cómo encontraron los cuerpos a fin de fijar son exactitud las
circunstancias, posición y elementos que se encontraban al momento del hallazgo de
los cuerpos.
Por otra parte, inmediatamente y tal como se encontraron los cuerpo se debieron
colectar las evidencias con el uso respectivo de las técnicas para realizar las respectiva
colectas, como por ejemplo muestras hemáticas, apéndices pilosos, huellas latentes, la
colección de armas que se encontraran en el sitio de suceso, casquillos, entre otros
aspectos que se pueden contaminar o mover al momento de sacar los cuerpos, lo cual
afectaría gravemente en la investigación.
Es de suma relevancia acotar que el personal idóneo para realizar el levantamiento de
cadáver es el Médico Forense, sin embargo no todo el tiempo este no puede asistir al
lugar de los hechos y por ello el Código Orgánico Procesal Penal específicamente en su
artículo 200, en el que faculta al órgano por excelencia en investigaciones, auxiliar del
Ministerio Publico a realizar el levantamiento de cadáver, lo cual esta denominado
esta técnica como remoción.
8. Finalmente, resulta importante destacar que todas las evidencias encontradas
deberán ser registradas en Cadena de Custodia, la cual debe ser llenada por los
funcionarios primeramente los que colectan la evidencia, y posteriormente por todo
aquel funcionario que tenga contacto directo con la misma a objeto de procesarla. Es
importante señalar con respecto a la cedan de custodia que este es un mecanismo de
seguridad que va a garantizar la existencia de la evidencia perdure en el tiempo en lo
que dure el proceso penal, a fin de convertirla en un elemento de prueba. Para ello se
debe utilizar el Formato Único de cadena de custodia.
b. En el caso de ser abogado de J.R.A. ¿Podría identificar, cuáles son los errores que
cometen los funcionarios (policiales y CICPC) en el sitio del suceso y que
podrían servir para establecer su defensa?
Como abogado defensor del imputado J.R.A, de 28 años de edad, se tienen que tomar
en cuenta si los funcionarios llegaron oportunamente al sitio del suceso, a fin de
prevenir el ingreso al mismo de personas extrañas al caso y del mismo modo limitar
las acciones del medio ambiente en los cuerpos. Seguidamente, definir si los
funcionarios correspondientes ejecutaron adecuadamente los procesos de protección
del lugar de los sucesos para el levantamiento de las pruebas halladas en el
mencionado lugar y el posterior levantamiento d los cuerpos. Uno de los fundamentos
es que se encuentren presentes en el lugar de los hechos el médico forense de servicio
y los funcionarios policiales competentes ya que otros funcionarios policiales solo
velaran por la seguridad del lugar de los hechos.
En el mismo orden de ideas se solicita al ministerio público que los funcionarios
expertos del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalística, realicen
las experticias correspondientes al ciudadano J.R.A, como experticia de
reconocimiento técnico y avaluó real y experticia de reconocimiento técnico,
comparación balística y fijación fotográfica, entre otros para determinar la
culpabilidad del imputado en acción.
9. c. Realice una descripción objetiva del caso, de acuerdo a los temas asignados para
su realización.-
Básicamente el lugar del suceso (sitio del suceso abierto), en el cual se presume que
ocurrió un doble homicidio. Se dice doble crimen u homicidio porque a ciencia cierta
no se puede determinar cuál es el lugar de los sucesos primigenios donde se llevó a
cabo los hechos, por cuanto se presume que se estaba trasladando el cadáver de la
joven en la parte posterior del vehículo, o sea en la maletera.
Ahora bien, de la descripción realizada se encontró en la parte delantera de vehículo
el cadáver de una persona de sexo masculino quien esta postrado de posición cubito
dorsal presentando fisonómicamente piel color trigueña, de estatura 1.65
aproximadamente, contextura gruesa, cabellos lacios de color negro, cejas semi
pobladas, nariz aguileña, presentando como característica resaltante una cicatriz en el
lado izquierdo del rostro de unos 7 cm. aproximadamente. Asimismo, presentaba
perforaciones de entrada y salida de proyectiles en la región pectoral central por arma
fuego.
El cadáver de la segunda víctima se encuentra en la parte posterior del vehículo
(maletera) de sexo femenino, aproximadamente 25 años, en posición cubito ventral
con las extremidades inferiores extendidas fuera del vehículo, quien vestía pantalón
color negro de tipo blue jeans, sin vestimenta que cubra su parte corporal, sin zapatos
y cerca del vehículo se encontró una franelilla verde manzana que se presume era de
su pertenencia. El cadáver presentaba las siguientes características fisionómicas: piel
morena, contextura delgada, cabello lacio color amarillo (pintado), frente amplia, cejas
semi pobladas, nariz chata, labios finos, mentó agudo y presentando los siguientes
orificios parietal derecha y otra en el temporal izquierdo.
e. Siga los pasos (en este caso) para garantizar una buena investigación criminal
el sitio del suceso.-
Se realizara mediante la cadena de custodia, la cual se debe realizar:
10. Aseguramiento del Sitio del Suceso: El primer paso es el Aseguramiento del Sitio del
Suceso; como aseguramiento debemos entender toda medida necesaria; esto quiere
decir que la ley no pone límites, siempre que lo implique la necesidad, toda medida
necesaria, de cualquier naturaleza, con la función de proteger la escena del crimen,
preservar la evidencia impidiendo su alteración o destrucción. Es por ello que se
requiere que el traslado de la comisión sea de inmediato, no hay término, la ley indica
la acción inmediata, aquí entra aquel axioma que ya mencionamos de "el tiempo que
pasa es la verdad que huye", y de allí la importancia de las primeras 48 hrs., después
de las 48 hrs. En un sitio del suceso con hechos de violencia la evidencia o el sitio
pueden resultar alterados.
El aseguramiento lo encontramos entonces en el Art. 28 de la Ley de los Órganos de
Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y en el Art. 283 del COPP: "El
Ministerio Público, cuando de cualquier modo tenga conocimiento de la perpetración
de un hecho punible de acción pública, dispondrá que se practiquen las diligencias
tendientes a investigar y hacer constar su comisión, con todas las circunstancias que
puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás
partícipes, y el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la
perpetración"; aquí se hace referencia o se activa la Criminalística de Relación
Recíproca, cuando nos habla de los objetos activos y pasivos "relacionados" con la
perpetración.
Todas estas medidas de protección tienen como finalidad evitar alteraciones. En elpor
ejemplo, que se encuentren personas en el sitio del suceso, se debe levantar un acta
para establecer cómo se encontraba el sitio antes de que ingresaran esas personas. En
eso consiste el aseguramiento, proteger; y la primera y primordial medida para un
criminalista es acatar lo que establece la norma en cuanto al aseguramiento, que no es
otra cosa que el traslado al sitio del suceso de forma inmediata, sin demoras.
Búsqueda y Hallazgo de a Evidencia Física.- Una vez en el sitio del suceso,
procedemos a tomar las medidas de aseguramiento, acordonamos, etc., entonces
11. tenemos la obligación legal de comenzar a buscar la evidencia física, pero, ¿qué es lo
que debemos buscar?, recordemos que buscar es aplicar los sentidos. La búsqueda se
hace a través de una inspección, Art. 202 COPP: "Mediante la inspección de la policía o
del Ministerio Público, se comprobará el estado de los lugares públicos, cosas, los
rastros y efectos materiales que existan y sean de utilidad para la investigación del
hecho, o la individualización de los partícipes en él.
De ello se levantará informe que describirá detalladamente esos elementos y, cuando
fuere posible, se recogerán y conservarán los que sean útiles. Si el hecho no dejó
rastros, ni produjo efectos materiales, o si los mismos desaparecieron o fueron
alterados, se describirá el estado actual en que fueron encontrados, procurando
describir el anterior, el modo, tiempo y causa de su desaparición o alteración, y la
fuente de la cual se obtuvo ese conocimiento. Del mismo modo se procederá cuando la
persona buscada no se halle en el lugar.
Fijación Fotográfica o Levantamiento Fotográfico.- La fijación fotográfica o
levantamiento fotográfico no es más que el registro de imágenes del sitio del suceso,
en las cuales se captan las evidencias, se captan los hallazgos, con la finalidad de evitar
alteraciones. Este registro de imagen puede también ser filmográfico, y en este caso, el
criminalista puede ir describiendo.
El Levantamiento Topográfico: es una especie de levantamiento mixto, tiene que ver
con la geografía, con la ubicación espacial del hecho criminal, tiene que ver con el
aspecto geográfico. Tienen que ver con el lugar del hecho, la escena del crimen..
Colección o Recolección o Colectación de Evidencia Física: Consiste en la toma de
la evidencia física. Ya la evidencia física se buscó, se halló, ha sido fijada
fotográficamente, ya ha sido asegurada, y ahora se procede al contacto físico con la
evidencia. El criminalista en una forma ordenada y metódica, evitando los pasos
innecesarios, el criminalista no puede dar más pasos de los necesarios en el sitio del
suceso, y entonces, el criminalista, va recogiendo la evidencia con las técnicas
12. indicadas, con los instrumentos adecuados, la cantidad de funcionarios adecuados y
específicos, generalmente para levantar evidencia física sólo 1. Aquí es donde el
funcionario ya tiene la seguridad de que todo está bajo control, asegurado, fijado y
procede a la colección.
Traslado de la Evidencia: El quinto paso según los manuales se constituye en el
levantamiento del registro o levantamiento del acta pero, para la cátedra, el
levantamiento del acta se aplica de último, según los manuales se aplica primero el
levantamiento del acta, pero para la cátedra se realiza primero el traslado de la
evidencia y el levantamiento del acta de último.
Levantamiento del Registro o Levantamiento del Acta: El Levantamiento del acta
es un registro pormenorizado, es una descripción pormenorizada de todo lo
encontrado en el sitio del suceso, en la víctima, en el autor, en los sitios relacionados
(tetraedro de la criminalística), el acta constituye de acuerdo al Art. 202 COPP, el
recorrido se realiza a través de una inspección y dicha inspección arroja al final un
informe a través de la figura de acta policial.
Los procedimientos técnicos preliminares son un protocolo riguroso que debe ser
aplicado sin alteración, y cuando es alterado debe ser justificado en el acta. Es un
protocolo, la comisión debe llegar al momento en que recibe la información, debe
indicar en el acta con detalle, describir lo que realizó, y realizar todos los pasos:
aseguramiento, búsqueda y hallazgo, fijación, colectación, traslado y levantamiento
del acta. Allí no se permite verificación científica de ningún tipo, no se permiten
experimentos en esta fase, en el sitio del suceso, por eso se denominan
procedimientos técnicos preliminares, no científicos; y son preliminares porque son
antes de la verificación científica.
e. Realice un croquis del caso.-