1. 27 de Octubre 2017
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS
Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DOCENTES
2. - LEY DEL TRABAJO DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS
3 de agosto de 1998
- LEY DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE
MEXICO Y MUNICIPIOS
30 de mayo 2017
- REGLAMENTO DE CONDICIONES
GENERALES DE TRABAJO DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS DOCENTES DEL
SUBSISTEMA EDUCATIVO ESTATAL
- ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL
CÓDIGO DE ETICA DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL ESTADO DE MÉXICO
30 Noviembre de 2015
3. Ley del Trabajo de los Servidores Públicos
Capítulo VI
“De los derechos y obligaciones de los
servidores públicos”
Artículo 86.- Los servidores públicos tendrán los siguientes derechos:
I. Ser tratados en forma atenta y respetuosa por sus superiores, iguales o subalternos;
II. Gozar de los beneficios de la seguridad social en la forma y términos establecidos por la Ley de
Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado y Municipios;
III. Obtener licencias en los términos establecidos en esta ley o en las condiciones generales de
trabajo;
IV. Participar en los programas culturales, deportivos y de recreación que se lleven a cabo en
favor de los servidores públicos;
V. Asistir a las actividades de capacitación que les permitan elevar sus conocimientos, aptitudes y
habilidades para poder acceder a puestos de mayor categoría;
VI. Impartir horas-clase, siempre y cuando los horarios establecidos para el desempeño de las
mismas sean compatibles, de acuerdo a lo determinado en las condiciones generales de trabajo o en
las disposiciones relativas;
4. VII. Ser respetado en su intimidad, integridad física, psicológica y sexual, sin discriminación por
motivo de origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidad, condición social,
condiciones de salud, religión, ideología, preferencia y orientación sexual, estado civil,
embarazo, raza, idioma o color de piel;
VIII. Disfrutar de licencias o permisos para desempeñar una comisión accidental o permanente del
Estado, de carácter sindical o por motivos particulares, siempre que se soliciten con la anticipación
debida y que el número de trabajadores no sea tal que perjudique la buena marcha de la dependencia
o entidad.
IX. Los demás que establezca esta ley.
5. Artículo 88.- Son obligaciones de los servidores públicos:
I. Rendir la protesta de ley al tomar posesión de su cargo;
II. Cumplir con las normas y procedimientos de trabajo;
III. Asistir puntualmente a sus labores y no faltar sin causa justificada o sin permiso.
(En caso de inasistencia comunicar las causas de la misma a la dependencia o unidad
administrativa en los términos establecidos en el artículo 61 de las Condiciones Generales);
IV. Observar buena conducta dentro del servicio;
V. Desempeñar sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, sujetándose a
las instrucciones de sus superiores jerárquicos y a lo dispuesto por las leyes y reglamentos
respectivos;
VI. Cumplir con las obligaciones que señalan las condiciones generales de trabajo;
VII. Guardar la debida discreción de los asuntos que lleguen a su conocimiento con motivo
de su trabajo;
Ley del Trabajo de los Servidores Públicos
Capitulo VI
“De los derechos y obligaciones de servidores públicos”
6. VIII. Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad, la de sus compañeros de
trabajo o la de terceras personas, así como la de las instalaciones o lugares en donde desempeñe su
trabajo;
IX. Participar en las actividades de capacitación y adiestramiento para mejorar su preparación y
eficiencia;
X. Manejar apropiadamente los documentos, correspondencia, valores y efectos que se les confíen
con motivo de sus labores y no sustraerlos de su lugar de trabajo;
XI. Tratar con cuidado y conservar en buen estado el equipo, mobiliario y útiles que se les
proporcionen para el desempeño de su trabajo y no utilizarlos para objeto distinto al que están
destinados e informar, invariablemente, a sus superiores inmediatos de los defectos y daños que
aquéllos sufran tan pronto como los adviertan;
XII. Ser respetuosos y atentos con sus superiores, iguales y subalternos y con la población en
general;
XIII. Utilizar el tiempo laborable sólo en actividades propias del servicio encomendado;
XIV. Atender las disposiciones relativas a la prevención de los riesgos de trabajo;
XV. Presentar, en su caso, la manifestación de bienes a que se refiere la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado de México y municipios; y
XVI. Las demás que les impongan los ordenamientos legales aplicables.
7. REGLAMENTO DE CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DOCENTES DEL SUBSISTEMA EDUCATIVO ESTATAL
Artículo 130: Son obligaciones de los servidores públicos:
XIII. Tratar con cortesía y diligencia a los alumnos y padres de familia;
…
XIV. Portar en lugar visible, durante la jornada laboral, el gafete/credencial
expedido por la Secretaría de Administración;
…
XVIII. Hacer del conocimiento de su dependencia o unidad administrativa las
enfermedades contagiosas que padezcan él o sus compañeros, tan pronto como
tenga conocimiento de las mismas;
XIX. Registrar su domicilio y teléfono particular y notificar el cambio de los
mismos ante la Delegación Administrativa de su dependencia o unidad
administrativa; …
8. Artículo 7. Todo servidor público sin perjuicio de sus derechos y obligaciones laborales
deberá observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de
disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad,
integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la
efectiva aplicación de dichos principios, los servidores públicos observarán las siguientes
directrices:
Fracción I. Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas
les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las
disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de
México y Municipios
9. II. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o
pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni
buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de
cualquier persona u organización.
III. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses
particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la
población.
IV. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o
preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o
prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus
funciones de manera objetiva.
10. Artículo 50. Incurre en falta administrativa no grave, el servidor público que con sus actos u
omisiones, incumpla o transgreda las obligaciones siguientes:
I. Cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, observando en su desempeño
disciplina y respeto, tanto a los demás servidores públicos, a los particulares con los que llegare a
tratar, en los términos que se establezcan en el código de ética a que se refiere esta Ley.
… IV. Presentar en tiempo y forma la declaración de situación patrimonial y la de intereses que, en su
caso, considere se actualice, en los términos establecidos por esta Ley;
V. Rendir cuentas e informes sobre el ejercicio de las funciones, en términos de las normas aplicables.
… X. Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisión tratando con respeto, diligencia,
imparcialidad y rectitud a las personas y servidores públicos con los que tenga relación con motivo
de éste.
XI. Observar un trato respetuoso con sus subalternos;
XII. Supervisar que los servidores públicos sujetos a su dirección, cumplan con las disposiciones de
esta Ley;
XIII. Cumplir con la entrega de índole administrativo
del despacho y de toda aquella documentación
inherente a su cargo, en los términos que establezcan
las disposiciones legales administrativas que al efecto se señalen.