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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
       MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
      UNIVERSIDAD NACIONAL POLITÉCNICA EXPERIMENTAL
               DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL
        MAESTRIA EN GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
     CATEDRA SEGURIDAD SOCIAL E INTEGRAL EN VENEZUELA




Aspectos Técnicos, Filosóficos y Doctrinales de la Seguridad
          Social en Venezuela y en otros Países




Profesor                           Alumnos (Sección K)      C.I. Nº
Alexander Blandín                          Blanco José 5.887.147
                                      García Francisco 6.514.040
                                           Jaspe Luisa 9.419.437
                                           Rojas Víctor 11.481.013
                                     Rodríguez Nairoby 17.452.270




                    Caracas, Junio de 2011
ÍNDICE

                                                                    Pág.Nº

Introducción ……………………………………………………………….                                2
Estado de Derecho ………………………………………………………                               3
Estado de Bienestar ……………………………………………………..                            3
Estado y Protección Social…………………………………………….                          4
Estado de Bienestar y la Protección Social en América Latina ……       5
Estado de Bienestar y Constitucionalismo Social …………………..             7
Seguridad y Defensa Nacional …………………………………………                         8
El papel del Estado ante la Seguridad Social ……………………….               10
Antecedentes Históricos de la Seguridad Social …………………….              11
La Seguridad Social en Venezuela ……………………………………..                     13
El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales …………………….             14
La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social …………………..             17
      Estructura Funcional ……………………………………………..                        21
      Principios Fundamentales de la LOSSS ………………………                  24
      Estructura Organizativa ………………………………………….                       25

Relación de la Ley Orgánica de Seguridad Social y la Ley Orgánica
del Trabajo …………………………………………………………………
                                                                      29
Calidad de Vida en el Trabajo y la Satisfacción Laboral …………….        30
La seguridad Social y su aplicación en Diversos Países …………..         32
Cuadro Comparativo de la Seguridad Social en Venezuela y los
países estudiados ………………………………………………………..                             48
 Conclusiones ………………………………………………………………                                50
 Referencias Bibliográficas ………………………………………………                        51




                                                                           1
INTRODUCCIÓN


       Para dar inicio a esta monografía, se deben exponer ciertos términos o
conceptos que nos llevan al entendimiento de lo que es la Seguridad Social,
entre los términos que se expondrán y relacionarán a medida que se va
desarrollando el trabajo se encuentran el Estado de Derecho, Estado de
Bienestar, Estado Constitucionalista y otros.


       El objetivo especifico de este trabajo pretender examinar los aspectos
técnicos, filosóficos y doctrinales de la seguridad social en Venezuela, la
relación que tiene con el Estado, la política social y su relación con el
bienestar social, los fundamentos, principios y objetivos de la seguridad
social y su basamento legal, cual es su estructura funcional y organizativa y
si se encuentra en plena vigencia.


       También se expone en el presente trabajo la seguridad social en
diversos países y su aplicación en los mismos.


       Así mismo hacemos mención importante, que aún cuando existe en el
país una Ley de Protección para los trabajadores en su medio ambiente de
trabajo, en este tema no se planteó la revisión de esa Ley.


       Esperamos que en el escaso tiempo de investigación que tuvimos
para la realización de este trabajo, cumplamos con el objetivo planteado por
el programa para la materia de Seguridad Social e Integral en Venezuela en
lo que se refiere a la seguridad social en el país.




                                                                           2
Estado de Derecho

      Es aquel Estado en donde sus autoridades se rigen, permanecen y
están sometidas a un derecho vigente en lo que se conoce como un Estado
de derecho formal.

      Otra definición un poco más compleja es la que aparece en la
Introducción al Estudio del Derecho” José Martínez Pichardo y Luis Octavio
Martínez Quijada. Capitulo 6 : “Aquel Estado dentro del cual se presenta una
situación en la que su poder y actividad se encuentran reguladas y
controladas por el derecho; donde la esfera de derechos individuales es
respetada gracias a la existencia de un sistema de frenos y contrapesos que
permite un adecuado ejercicio del poder público”.

      Éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento
en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden
jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz
cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de
sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del
ser humano y del orden público. (Fuente: http://es.wikipedia.org).



Estado de Bienestar

      El estado de Bienestar es un concepto de las ciencias políticas y
económicas con el que se designa a una propuesta política o modelo general
del Estado y de la organización social, según la cual el Estado provee ciertos
servicios o garantías sociales a la totalidad de los habitantes de un país.


      La noción de "estado del bienestar" tiene su origen en el año 1945,
como consecuencia de la experiencia traumática de la Segunda Guerra



                                                                              3
Mundial. El estado de bienestar es un tipo de pacto social en el que se
estableció un reparto más equitativo de los beneficios y de la riqueza entre
toda la población con objeto de evitar el malestar social que llevó a las
sociedades     europeas      a   la   segunda   guerra   mundial.   (Fuente:
http://es.wikipedia.org).


       Como ejemplo podemos decir que Venezuela tiene un Estado de
Bienestar, ello motivado a la implantación de diversas leyes aprobadas por la
Asamblea Nacional que tienen como objetivo principal el beneficio y
bienestar de la población.



Estado y Protección Social

       De acuerdo con la Comisión de Desarrollo Social de las Naciones
Unidas la protección social que debe proveer el Estado debe incluir no sólo a
las personas que se encuentran en condiciones de pobreza, sino a las que
no siendo pobres deben tener la certeza de contar con seguridad en las
situaciones adversas que se puedan presentar y en las distintas etapas de
vida de todos los ciudadanos, esta protección debe tener énfasis en la
protección social no contributiva dirigida especialmente a los más
vulnerables, así mismo se tiene que tomar en consideración que las familias,
organizaciones sociales y comunitarias son también proveedoras de
bienestar social, sin embargo, es importante mantener y resaltar que la
responsabilidad primaria de la protección social, recae sobre el Estado.
(Fuente:     http://www.eclac.org/publicaciones/xml/7/42797/Libro-proteccion-
social-ALC-CEPAL-2011.pdf)




                                                                           4
Estado de Bienestar y la Protección Social en América Latina

       Para comprender las actuales condiciones de la protección social en
América Latina es importante destacar algunos elementos centrales de la
historia de la política social en la región, varios autores han planteado que la
evolución de la política social estaría marcada básicamente por tres
momentos: a) la etapa previa a la Gran Depresión de 1929, b) la fase de
mayor industrialización y crecimiento hacia adentro, hasta la década de
1980, y   3) la etapa de economía de mercado y globalización, iniciada en
las últimas dos décadas del siglo XX.


       El modelo de gestión de la política social de la época se caracteriza
por la planificación central, tendencia histórica latinoamericana en la que
influyen tanto razones políticas como la organización unitaria de la mayoría
de los países. Esta etapa se caracterizó por la protección de algunos precios
y la provisión de subsidios para facilitar el acceso a ciertos bienes y servicios,
así como también por una elevada inflación, el aumento de la deuda externa
y el corporativismo, y la división de la sociedad entre trabajadores formales e
informales, urbanos y rurales.

       “Desde mediados de los años noventa se va configurando un
       nuevo enfoque de desarrollo con el “paradigma de la
       competitividad sistémica”, en que la inserción en una
       economía       global    depende     de    las    capacidades
       organizacionales y gerenciales de un país para combinar una
       variedad de factores (económicos y no económicos) y para
       articular diversos actores (Lechner y Calderón, 1998). Este es
       un período de consolidación de la institucionalidad
       democrática, en que se dan las reformas del Estado de
       “segunda generación” (Marchesi, 2004) y la dirigencia política
       “apunta a plasmar en algunas acciones concretas la idea de
       un Estado más presente, con mayor capacidad de intervenir
       en el desarrollo económico y social” (Repetto, 2010a, pág. 1).
       A su vez, alrededor de 2000, se comienzan a instaurar con


                                                                                5
fuerza conceptos como garantía de derechos (humanos,
       económicos, sociales y culturales), ciudadanía plena y
       cohesión social entre los enfoques que guían la política social
       (CEPAL, 2007). Estos dan cuenta de una preocupación
       explícita por lograr mejores niveles de distribución de los
       beneficios del desarrollo económico y disminuir la elevada
       desigualdad prevalente. Así, las personas pasan de ser
       consideradas consumidores y beneficiarios a convertirse en
       ciudadanos       titulares    de     derechos.”       (Fuente:
       http://www.eclac.org/publicaciones/xml/7/42797/Libro-
       proteccion-social-ALC-CEPAL-2011.pdf)


       Los datos estadísticos disponibles indican que la precariedad en el
mercado de trabajo en la región se vincula con la informalidad y el empleo en
sectores de baja productividad.


       Para el año 2009, millones de personas vivían en la pobreza en
América Latina, de acuerdo con el informe de las Naciones Unidas, incluso
en períodos de crecimiento como el de 2003 al 2008.


       En la actualidad, los problemas estructurales del empleo no se han
resuelto y se mantienen altos niveles de vulnerabilidad al empobrecimiento.


       Actualmente en América Latina, existe una gran diversidad en cuanto
a los tipos de protección social y los niveles de inversión pública social, así
como en relación con sus impactos redistributivos, esto ha permitido lograr
que los Estados avancen en la protección de los ciudadanos al extenderse la
cobertura a grupos hasta hace pocos años excluidos, y mucha parte de ello
tiene que ver con los aportes que ha realizado la Republica Bolivariana de
Venezuela a los países del Centro y Sur América, especialmente a Cuba y
Bolivia.




                                                                              6
Estado de Bienestar y el Constitucionalismo Social

   El constitucionalismo social es la ideología por el cual el Estado ejecuta
determinadas políticas sociales que garantizan y aseguran el „bienestar‟ de
los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación
y, en general, todo el espectro posible de seguridad social. (Fuente:
http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/05/coso.html)



   Por lo tanto, el Estado de Bienestar está relacionado con el
Constitucionalismo       Social      porque    promueve        reivindicaciones   y    da
prevalencia a los derechos sociales y colectivos, entre ellos:
      jornada de trabajo de 8 horas,
      salario justo,
      beneficios sociales,
      seguro de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte,
      derecho a la huelga,
      contrato de trabajo protegido por el Estado.

Las bases fundamentales de esta clase de Estado son:
      Justicia social. Para los partidos revolucionarios, por justicia social se
       entiende la implantación de sistemas socialistas. Para el liberalismo
       sincero   y      progresivo    la   justicia   social    se   condensa     en   el
       intervencionismo       del     Estado     sobre    la     economía    capitalista
       reconociendo ciertas reivindicaciones de las clases trabajadoras.
      Economía intervenida por el Estado. En un principio impone los
       derechos sociales, luego interviene en la economía a través de los
       sistemas regulatorios de empresas privadas, y actualmente establece
       el sistema de economía plural.




                                                                                        7
Es de hacer notar que en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela y en la Ley Orgánica del Trabajo, estos derechos sociales y
colectivos se encuentran registrados, por lo que se puede decir que
Venezuela es un Estado de Bienestar y de Constitucionalismo Social.


      Así mismo, otras leyes venezolanas contemplan el bienestar
progresivo de la ciudadanía, lo cual es cónsono con las políticas sociales del
estado de bienestar y constitucionalismo social que está implementando el
gobierno actual.



Seguridad y Defensa Nacional

      La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como
primordiales dentro de la conformación de las naciones, ello porque los
mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las
personas que integran la nación. En todo Estado y en particular en el Estado
venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como
territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a
los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos.


      La   Seguridad     Nacional   esta   principalmente   referida   a   las
manifestaciones externas. La misma es parte inherente de la política de la
nación y está directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le
proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad.


      En el ámbito político, la seguridad nacional es el objetivo principal,
mientras que la defensa nacional es el medio o uno de los medios más
destacado para lograr la seguridad. Se puede señalar el aspecto psicológico,




                                                                            8
como una actitud o un estado de conciencia, y que va a depender del grado
de confianza y seguridad que el Estado transmita a sus nacionales.


       Se puede definir la Seguridad de la Nación como la situación, estado o
condición que se configura por medio de la garantía, goce y ejercicio efectivo
de los derechos en los diversos ámbitos de la vida nacional: Social,
económico, cultural, político, militar, entre otros, por parte de la población, la
sociedad y demás entes que conforman el Estado.

       La Seguridad de la Nación se refiere principalmente a 3 aspectos:
             La Seguridad del Territorio: Cuyo fin es la preservación del
              territorio nacional de la ocupación, transito o invasión ilegal de
              otras personas o naciones que no estén debidamente
              autorizados para ingresar al país
             La Seguridad de la Población: Que está referida a la
              protección de la colectividad de situaciones que amenacen o
              atenten contra su libertad, seguridad o bienestar.
             La Seguridad de las Libertades: Cuyo fin es la garantía del
              cumplimiento de las libertades internas y externas, a las que se
              tiene derecho por mandato constitucional.


       De tal forma que la Seguridad es un elemento indispensable para el
bienestar de la sociedad, de la colectividad, ya que protege los derechos de
la   nación   tanto   en    el   ámbito    interno   como    externo.    (Fuente:
http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema9.html).




                                                                                9
El papel del Estado ante la Seguridad Social (Responsabilidad del
Estado Venezolano)

      El tema de la seguridad social en Venezuela es muy amplio y conlleva
a amplios debates, para el año 1997 el autor Carlos Sabino, quien en la
revista digital Analítica expuso que la seguridad social había recaído en las
empresas y que el principal responsable de la seguridad social debe ser el
propio trabajador, ello motivado a la falta de una buena administración por
parte del Estado de los recursos de la seguridad social. (Fuente:
www.analitica.com/archivo/vam1997.05/pint2.htm).

      A partir del año 2000, la Asamblea Nacional se propone el estudio de
una nueva Ley de Seguridad Social, ello como resultado de la publicación de
la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, , la misma,
en el artículo 86 expone lo siguiente:

        “Articulo 86: Toda persona tiene derecho a la seguridad social
        como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la
        salud y asegure protección en contingencias de maternidad,
        paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas,
        discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales,
        pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad,
        vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra
        circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación
        de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema
        de seguridad social universal, integral, de financiamiento
        solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones
        directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no
        será motivo para excluir a las personas de su protección. Los
        recursos financieros de la seguridad social no podrán ser
        destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que
        realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los
        servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la
        seguridad social podrán ser administrados sólo con fines
        sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del
        capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social
        se acumularán a los fines de su distribución y contribución en


                                                                            10
esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado
         por una ley orgánica especial.”


       Por   lo   anterior,   es   el   Estado   Venezolano   quien   tiene   la
responsabilidad total de asegurar el bienestar y la salud de todos los
ciudadanos de la república, esta responsabilidad hasta la presente fecha ha
recaído en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales quien ha sido el
encargado de administrar parte de la seguridad social en la ciudadanía.

       Es así que en el año 2002, la Asamblea Nacional aprobó la Ley
Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) que en teoría debería
sustituir a la Ley del Seguro Social del año 1992, pero que aún sigue en
vigencia.



Antecedentes Históricos de la Seguridad Social (A nivel mundial y en
Venezuela)

       El Prócer de la Independencia y la integración latinoamericana Simón
Bolívar, en el discurso de Angostura (15 de febrero de 1819) dijo: "El sistema
de gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad
posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad
política".


       Las Ideas de Simón Bolívar fueron expresadas 62 años antes que la
Seguridad Social como tal hiciera su aparición en el mundo. No le había
llegado su tiempo a las ideas del Libertador, pero fructificaron y fueron
denominadas según él lo había adelantado.




                                                                              11
La Seguridad Social como tal nace en Alemania como producto del
proceso de industrialización, las fuertes luchas de los trabajadores, la presión
de las iglesias, de algunos grupos políticos y sectores académicos de la
época. Primeramente los trabajadores se organizaron en asociaciones de
auto-ayuda solidaria, destacando las mutuales de socorro mutuo, las
cooperativas de consumo y los sindicatos. Eran los tiempos en que Alemania
era gobernada por el Káiser Guillermo II, como primer gran documento de
compromiso social del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de
Noviembre de 1821, anunciando protección al trabajador, en caso de perder
su base existencial por enfermedad, accidente, vejez o invalidez total o
parcial.


       Impulsadas por el Canciller Alemán Otto Von Bismarck,           llamado
también el Canciller de Hierro, son refrendadas tres leyes sociales, que
representan hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal:
      Seguro contra Enfermedad. 1883
      Seguro contra Accidentes de Trabajo. 1884
      Seguro contra la Invalidez y la Vejez.1889


       Los resultados de la aplicación de este Modelo fueron tan eficaces que
muy pronto es extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del
mundo.


       En 1919, mediante el Tratado de Versalles, los líderes políticos del
plante ponen fin a la Primera Guerra Mundial. Como producto de este
histórico Tratado nace la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El
Preámbulo de la Constitución de la OIT es muy rico en contenidos de




                                                                             12
protección social y sirve como pilar doctrinal y de política de la Seguridad
Social.


      En 1944, la Conferencia General de la Organización Internacional del
Trabajo congregada en Filadelfia presenta la Declaración de los fines y
objetivos de la OIT y de los principios que debieran inspirar la política de sus
miembros, en su Título III establece…"La Conferencia reconoce la obligación
solemne de la Organización Internacional del Trabajo de fomentar, entre
todas las naciones del mundo, programas que permitan: Extender medidas
de seguridad social para garantizar ingresos básicos a quienes los necesiten
y prestar asistencia médica completa".


      La Seguridad adquiere tal relevancia que aparece en 1948, como
parte integrante de la Declaración de los Derechos Humanos.


      En Venezuela, ya con los antecedentes de nuestro Libertador y con lo
establecido por la OIT y la Declaración de los Derecho Humanos, el Gobierno
venezolano en 1944 dicta la nueva ley del seguro social, novedosa para la
época, en 1992 se realiza una reforma a esa Ley (aún vigente) y para el año
2002 es promulgada la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social
(LOSSS).



La Seguridad Social en Venezuela

      El establecimiento de la Seguridad Social en Venezuela tiene sus
antecedentes en los pensamientos del Libertador de América, luego de los
sucesos mundiales, para el año 1944, se promulga la primera ley de
seguridad social en el país, motivado a los diversos sucesos nacionales
como falta de liquidez del estado, corrupción y mala administración, la


                                                                             13
continua protesta de los ancianos para que les ajustaran las pensiones y
otros, el gobierno de la época decide aplicar la reforma de la Ley del Seguro
social de 1966.


       Esta reforma tuvo como objetivo principal la eliminación del régimen
de prestaciones sociales, hecho que se materializó con la reforma de la Ley
Orgánica del Trabajo en 1997; la creación de un fondo de pensiones y la
transformación del IVSS en un organismo no oferente de servicios sino
administrador de recursos.


       Todos estos cambios se ponen de manifiesto en la LOSSS, “este
sistema pone fin a la discusión sobre la capitalización individual en
Venezuela, pues se retoma a un nuevo modelo solidario integrado por tres
pilares: El primero, no contributivo, financiado por el fisco ( Asistencia Social);
el segundo, contributivo de financiamiento tripartito, beneficio definido, con
un régimen de prima media general uniforme; y el tercero de carácter
complementario y voluntario, financiado exclusivamente a través de las
cotizaciones de los trabajadores”.
(Fuente: http://lizbethgutierrezaspectoslegales.blogspot.com)



El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales

       El 9 de octubre de 1944, se iniciaron las labores del Seguro Social,
con la puesta en funcionamiento de los servicios para la cobertura de riesgos
de enfermedades, maternidad, accidentes y patologías por accidentes, según
lo establecido en el Reglamento General de la ley del Seguro Social
Obligatorio, del 19 de febrero de 1944.




                                                                                14
En 1946 se reformula esta Ley, dando origen a la creación del Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con responsabilidad jurídica
y patrimonio propio.


      Con la intención de adaptar el Instituto a los cambios que se
verificaban en esa época, el 5 de octubre de 1951 se deroga la Ley que
creaba el Instituto Central de los Seguros Sociales y se sustituye por el
estatuto Orgánico del Seguro Social Obligatorio. Posteriormente, en 1966 se
promulga la nueva Ley del Seguro Social totalmente reformada el año
siguiente es cuando comienza a ser aplicada efectivamente esta Ley, que
fundan los seguros de Enfermedades, Maternidad, Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales en el seguro de asistencia médica; se amplían
los beneficios además de asistencia médica integral, se establece las
prestaciones a largo plazo (pensiones) por conceptos de invalidez,
incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes, asignaciones por nupcias y
funerarias.


      Se establece dos regímenes, el parcial que se refiere solo a
prestaciones a largo plazo y el general que además de prestaciones a largo
plazo, incluye asistencia médica y crea el Fondo de Pensiones y el Seguro
Facultativo.


      En 1989 se pone en funcionamiento el Seguro de Paro Forzoso,
mediante el cual se amplía la cobertura, en lo que respecta a Prestaciones
en Dinero, a los trabajadores y familiares; modificándose posteriormente para
ampliar la cobertura e incrementar el porcentaje del beneficio y la cotización.


      En la actualidad el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
(I.V.S.S.), se encuentra en un proceso de adecuación de su estructura y


                                                                             15
sistemas a fines de atender las necesidades por la población trabajadora.
(Fuente: http://www.ivss.gov.ve)


      El Decreto de la LOSSS que entró en vigencia a partir de su
promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela en Diciembre de 2002 deroga aquellas todas las normas que
la coliden, de allí que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS),
tendrá en el Sistema de Seguridad Social Integral la atribución de gerenciar
el proceso de transición con base en esta Ley y en las leyes que regulan los
Subsistemas, en las normas de la Ley del Seguro Social de 1991.


      Los hospitales y ambulatorios del Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales (IVSS) serán transferidos preferentemente a entes públicos
regionales o municipales, o a entes públicos nacionales, en el plazo,
modalidad y condiciones que se indiquen en la Ley Especial del Subsistema
de Salud.


      Las leyes especiales de los Subsistemas de Pensiones y de Salud
establecerán los lapsos, modalidades de transición y transformación de otros
regímenes de pensiones, jubilaciones y de salud del sector público, a fin de
que el Sistema de Seguridad Social sea Uniforme.


      Los gastos de operación o de funcionamiento del Instituto venezolano
de los Seguros Sociales serán financiados fundamentalmente por el Fisco
nacional. Los Recursos provenientes de las cotizaciones no podrán ser
empleados al financiamiento del Instituto. Las obligaciones con los
pensionados se harán con cargo a una partida del IVSS. Los créditos
correspondientes serán transferidos al respectivo Fondo fiduciario, según el
contrato de fideicomiso suscrito con el Fondo de Inversiones de Venezuela


                                                                            16
con el objeto de administrar los recursos y efectuar los pagos. Para la
atención de salud de los pensionados se transferirá al Fondo de Asistencia
Médica o al Fondo Solidario de Salud, una cuota no inferior al 6,25% de las
pensiones pagadas.


      Se ordenará la realización de un censo de jubilados y pensionados al
servicio   de   la   Administración   central   y   entes   de   Administración
Descentralizada de Estados y Municipios así como del poder Judicial, de los
Poderes Legislativos y demás ramas del poder Público.


      Se derogará la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos
progresivamente y a medida que coliden con la nueva ley y con las leyes que
regulen los Subsistemas. Se deroga también el Decreto que regula la
liquidación del IVSS, de fecha 23 de Septiembre de 1998.



La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS)

      En fecha 30 de diciembre de 2002, fue publicada en la Gaceta Oficial
de la República N° 37.600 la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social
(LOSSS), con reforma parcial mediante Decreto Nº 6.243 de fecha 28 de
julio de 2008, publicado en Gaceta Oficial Nº 38.984 de fecha 31/7/2008
(Gaceta Oficial Extraordinaria Nª5891 de fecha 31/7/2008).


      Esta Ley fue dictada con el fin de establecer un sistema nacional de
seguridad social, regido por el Estado, que garantice a los trabajadores la
protección económica y social que sea necesaria frente a las contingencias
propias de toda relación laboral.




                                                                            17
Objeto de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social
      La LOSSS tiene por objeto la creación de un Sistema de Seguridad
Social que garantice a las personas amparadas por el mismo, la protección
adecuada frente a las contingencias y situaciones sociales propias de toda
relación laboral. En tal sentido, en la misma se consagran las normas
dirigidas a establecer y regular la rectoría, organización, funcionamiento y
financiamiento de dicho sistema, la gestión de sus regímenes prestacionales
y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las
particulares a fin de promover el mejoramiento de su calidad de vida.


Ámbito de Aplicación de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad
Social.
      El ámbito de aplicación de la LOSSS es derivado de la consagración
constitucional del derecho a la seguridad social como derecho humano
fundamental irrenunciable y garantizado por el Estado, y en ese sentido se
sostiene que la LOSSS regirá para todos los venezolanos residentes en el
territorio de la República y a los extranjeros residenciados legalmente en él,
independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad
laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta.


      Las contingencias amparadas por el Sistema de Seguridad Social son
aquellas vinculadas con el derecho a la salud y las prestaciones por
maternidad; paternidad; enfermedades y accidentes cualquiera sea su
origen, magnitud y duración; discapacidad; necesidades especiales; pérdida
involuntaria del empleo; desempleo; vejez; viudedad; orfandad; vivienda y
hábitat; recreación; cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra
circunstancia susceptible de previsión social que determine la ley.




                                                                           18
En las leyes específicas que posteriormente se dicten para regular los
regímenes prestacionales que integran el sistema de seguridad social se
establecerán las condiciones bajo las cuales se otorgará protección especial
a las personas discapacitadas, indígenas, las amas de casa que carezcan de
protección económica personal, familiar o social en general y cualquier otra
categoría de personas que por su situación particular así lo amerite.


       Frente a tales contingencias, el Sistema de Seguridad Social
garantizará las prestaciones siguientes:
      Promoción de la salud de toda la población de forma universal y
       equitativa, que incluye la protección y la educación para la salud y la
       calidad de vida, la prevención de enfermedades y accidentes, la
       restitución de la salud y la rehabilitación; oportuna, adecuada y de
       calidad.
      Programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y
       turismo social.
      Promoción de la salud de los trabajadores y de un ambiente de trabajo
       seguro y saludable, la recreación, la prevención, atención integral,
       rehabilitación, reentrenamiento y reinserción de los trabajadores
       enfermos o accidentados por causas del trabajo, así como las
       prestaciones en dinero que de ellos se deriven.
      Atención integral en caso de enfermedades catastróficas.
      Atención y protección en caso de maternidad y paternidad.
      Protección integral a la vejez.
      Pensiones por vejez, sobre vivencia y discapacidad.
      Indemnización por la pérdida involuntaria del empleo.
      Prestaciones en dinero por discapacidad temporal debido a
       enfermedades, accidentes, maternidad y paternidad.



                                                                           19
     Subsidios para la vivienda y el hábitat de las personas de bajos
       recursos y para una parte de las cotizaciones al Régimen Prestacional
       de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas en el caso de los
       trabajadores no dependientes de bajos ingresos.
        Asignaciones para las necesidades especiales y cargas derivadas de
       la vida familiar.
      Atención integral al desempleo a través de los servicios de
       información, orientación, asesoría, intermediación laboral, y la
       capacitación para la inserción al mercado de trabajo; así como la
       coordinación con organismos públicos y privados para el fomento del
       empleo.
        Atención a las necesidades de vivienda y hábitat mediante créditos,
       incentivos y otras modalidades.
        Cualquier otra prestación derivada de contingencias no previstas en
       esta Ley y que sea objeto de previsión social.


       Esta LOSSS tiene como objetivo proteger a los habitantes de la
República, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sea o no de
trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial,
invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobre vivencia y cualquier otro riesgo
que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas
de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene todo
ser humano.


       La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la
imposibilidad sea temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben
asumir    responsabilidades   financieras   excepcionales,   puedan   seguir




                                                                          20
satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos
financieros o determinados o servicios"


Estructura Funcional de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad
Social
       La ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, tiene una estructura
funcional que se describe a continuación, está establecida por diferentes
SUBSISTEMAS de seguridad social, que apoyan o complementan la
aplicación, ellos son:


        El Subsistema de Pensiones: tiene por objeto la cobertura de las
         contingencias de invalidez, vejez, muerte, asistencia funeraria,
         nupcialidad y sobre vivencia.


         El Subsistema de Pensiones es único y lo conforman dos (2)
         regímenes: el de Capitalización Individual y el de Solidaridad
         Intergeneracional, en los cuales participan, de acuerdo con sus
         ingresos, todos los contribuyentes.


         Para este Subsistema se crean los Fondos de Capitalización
         Individual, con el objeto de otorgar a los afiliados una pensión cuya
         cuantía dependerá del monto acumulado de los aportes en la cuenta
         individual del afiliado y del producto que le corresponda por el
         rendimiento     de   las   inversiones   realizadas,   los   Fondos   de
         Capitalización Individual son propiedad de los afiliados y sus
         patrimonio es independiente y distinto del patrimonio de las
         Instituciones que los administran, su administración estará a cargo de
         Instituciones que determine la ley del Subsistema de Pensiones y el



                                                                               21
Fondo de Solidaridad Intergeneracional cuyo objeto es complementar
    hasta la pensión mínima vital, a quienes habiendo contribuido en el
    Subsistema de Pensiones, el acumulado de su cuenta, no alcance el
    monto de aquélla. El mismo será financiado por las cotizaciones de los
    empleadores y por los aportes del Ejecutivo nacional y estará a cargo
    del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). La Ley
    especial de este Subsistema determinará su administración., la
    supervisión estará a cargo del Ministerio de Finanzas.


    Los beneficiarios tienen derecho a escoger libremente los entes
    administradores de los fondos y de los prestadores del servicio de
    salud, que podrán ser públicos, privados o mixtos debiendo cumplir
    con los requisitos que les fijen las leyes Especiales.


   El Subsistema de Salud: tiene por objeto garantizar a los afiliados el
    financiamiento y la seguridad de la prestación de los servicios de
    salud. Los beneficios que otorgarán el subsistema y sus condiciones
    serán determinados en la ley especial. El Subsistema de Salud es
    único y lo conforman dos (2) regímenes de carácter contributivo: el
    Solidario, de afiliación obligatoria, y el Complementario, de afiliación
    voluntaria.


    En este subsistema se crean el Fondo Solidario de Salud, con el
    objeto de garantizar a los afiliados la prestación de la atención médica
    integral y su financiamiento; y cancelar las indemnizaciones diarias
    que correspondan de conformidad con lo establecido en la Ley
    Especial del Subsistema. El Fondo Solidario de Salud será
    administrado por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de



                                                                         22
conformidad con la Ley Especial de Subsistema y el Fondo Especial a
    la Atención de Enfermedades de Alto Costo, Riesgo y Largo Plazo.


   El Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral: tiene
    como objeto la protección temporal del afiliado por la terminación de la
    relación de trabajo en los términos y condiciones señalados en la Ley
    del Subsistema, mediante el otorgamiento de prestaciones en dinero;
    así como procurar su pronta reinserción al trabajo, a través del servicio
    de intermediación y capacitación laboral.

    Estará constituido por un régimen financiero de reparto, de carácter
    solidario. Se constituirá un Fondo de paro Forzoso de carácter
    obligatorio y solidario que cubrirá los gastos de indemnización
    económica, salud y capacitación laboral. Su administración estará a
    cargo del IVSS.




   El Subsistema de Vivienda y Política Habitacional: tiene por objeto
    generar las facilidades a los afiliados y a los beneficiarios del Sistema,
    para el acceso a una vivienda digna y adecuada, incluyendo sus
    servicios urbanísticos básicos; además de estimular y apoyar la
    participación individual y comunitaria en la solución de sus problemas
    habitacionales.


    Dicho ahorro se constituirá con las contribuciones que los trabajadores
    y empleadores y los rendimientos que estos produzcan. Su
    administración la implementará la Ley Especial del Subsistema.




                                                                           23
Los recursos del Fondo Mutual Habitacional son propiedad de los
       afiliados en proporción a sus cotizaciones y sus rendimientos y su
       patrimonio es independiente de sus administradores.


      Subsistema de Recreación: el objeto del Subsistema es promover e
       incentivar el desarrollo de programas de recreación, utilización del
       tiempo libre, descanso y turismo social para los afiliados y
       beneficiarios del Sistema de Seguridad Social Integral. La ley Especial
       del Subsistema definirá los lineamientos y establecerá las normas
       para desarrollar en forma directa o mediante acuerdos con entidades
       públicas o privadas, los programas de recreación. Utilización del
       tiempo libre, descanso y turismo social, así como el fomento de la
       construcción,   dotación.       Mantenimiento   y   protección    de   la
       infraestructura recreacional.



Principios Fundamentales de la Seguridad Social

       Adicionalmente a los subsistemas ya indicados, la Ley cuenta con los
principios fundamentales de la seguridad social, establecidos desde los
inicios de la seguridad en el mundo, así como con la idea principal de la
Constitución Nacional de la republica Bolivariana de Venezuela, por ello, la
Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:
      Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas
       amparadas por esta Ley, sin ninguna discriminación y en todas las
       etapas de la vida;
      Solidaridad: Es la garantía de protección a los menos favorecidos en
       base a la participación de todos los contribuyentes al sistema;




                                                                              24
     Integralidad: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de
         previsión amparadas dentro del Sistema.
        Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos y
         prestaciones, a fin de alcanzar su objetivo.
        Participación: Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los
         actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de
         Seguridad Social Integral.
        Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio
         financiero y actuarialmente sostenible.
        Eficiencia: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que
         los beneficios que esta Ley asegura sean prestados en forma
         oportuna, adecuada y suficiente.


Estructura Organizativa de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad
Social
       Además de lo anterior, la LOSSS presenta una estructura organizativa
la cual se expone completamente en el Titulo II de la misma, a continuación
se plasman los principales artículos relacionados con:

Estructura del Sistema

       Artículo 19. El Sistema de Seguridad Social, sólo a los fines
       organizativos, estará integrado por los sistemas prestacionales
       siguientes: Salud, Previsión Social y Vivienda y Hábitat. Cada
       uno de los sistemas prestacionales tendrá a su cargo los
       regímenes prestacionales mediante los cuales se brindará
       protección ante las contingencias amparadas por el Sistema de
       Seguridad Social.

       La organización de los regímenes prestacionales procurará, en
       atención a su complejidad y cobertura, la aplicación de


                                                                               25
esquemas descentralizados, desconcentrados, de coordinación
      e intersectorialidad.



Rectoría del Sistema

      Artículo 24. Corresponde al Presidente de la República en
      Consejo de Ministros, establecer el órgano rector del Sistema
      de   Seguridad     Social,   responsable    de   la     formulación,
      seguimiento y evaluación de las políticas y estrategias en
      materia de seguridad social; así como establecer la instancia
      de coordinación con los órganos y entes públicos vinculados
      directa   o   indirectamente   con   los   diferentes    regímenes
      prestacionales, a fin de preservar la interacción operativa y
      financiera del Sistema, de conformidad con lo dispuesto en la
      Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley
      Orgánica de la Administración Pública, esta Ley y sus
      reglamentos.



Competencias del órgano rector

      Artículo 25. Sin perjuicio de las competencias específicas que
      le corresponden a otros órganos del ámbito de Seguridad
      Social, el órgano rector del Sistema de Seguridad Social tendrá
      las siguientes competencias:

      1. Definir y proponer al Ejecutivo Nacional, en Consejo de
      Ministros, los lineamientos, políticas, planes y estrategias del
      Sistema de Seguridad Social.




                                                                             26
2. Efectuar el seguimiento y la evaluación de las políticas y el
desempeño del Sistema de Seguridad Social y proponer los
correctivos que considere necesarios.

3. Revisar y proponerlas modificaciones a la normativa legal
aplicable a la seguridad social a los fines de garantizar la
operatividad del Sistema.

4. Establecer formas de interacción y coordinación conjunta
entre órganos e instituciones públicas estatales, las públicas no
estatales y las privadas, a los fines de garantizar la integralidad
del Sistema.

5. Realizar cada dos años valuaciones económico-actuariales
del Sistema de Seguridad Social, las cuales podrán ser
sometidas      a   auditoria    de   organismos    internacionales
especializados.

6. Proponer las reformas jurídicas a los fines de la modificación
de los requisitos, condiciones y términos para el otorgamiento
de los beneficios, así como las modificaciones de las bases,
porcentajes y montos de las cotizaciones y aportes para los
regímenes prestacionales previstos en esta Ley así, como la
incorporación      de   otras   prestaciones   previos    estudios
actuariales, políticos, sociales y económicos que lo justifiquen.

7. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Sistema
de Seguridad Social en las materias de su competencia, así
como de las obligaciones bajo la potestad de sus entes u
órganos adscritos.

8. Autorizar, previos los estudios técnicos y jurídicos que así lo
justifiquen, la celebración de Convenios de Reciprocidad


                                                                      27
Internacional   para   el   reconocimiento   de      los   derechos
      inherentes a los regímenes prestacionales del Sistema de
      Seguridad Social.

      9. Ejercer los mecanismos de tutela que se deriven de la
      ejecución de la administración y gestión de los entes u
      organismos bajo su adscripción.

      10. Aprobar el Plan Anual de Inversión que presente el
      Directorio de la Tesorería de la Seguridad Social.

      11. Consignar anualmente, ante la Asamblea Nacional un
      informe sobre la ejecución y evaluación de su plan plurianual.

      12. Proponer el reglamento de la presente Ley.

      13. Las demás que lesean asignadas por esta Ley, por otras
      leyes que regulen la materia y por el Ejecutivo Nacional.



Superintendencia de Seguridad Social

      Artículo 27. Se crea la Superintendencia del Sistema de
      Seguridad Social, instituto autónomo con personalidad jurídica
      y patrimonio propio, el cual se denominará Superintendencia de
      Seguridad Social adscrito al ministerio con competencia en
      finanzas públicas, a los solos efectos de la tutela administrativa
      y gozará de las prerrogativas de orden fiscal y tributario que le
      otorga la presente Ley como órgano de control del Sistema de
      Seguridad Social.

      Los aspectos relacionados con la estructura organizativa de la
      Superintendencia, serán desarrollados en un Reglamento de la
      presente Ley.



                                                                            28
Tesorería de Seguridad Social
        Artículo 36. Se crea la Tesorería del Sistema de Seguridad
        Social como instituto autónomo, con personalidad jurídica y
        patrimonio propio, distinto e independiente del Fisco Nacional,
        el cual se denominará Tesorería de Seguridad Social, adscrito
        al órgano rector del sistema de Seguridad Social a los solos
        efectos de la tutela administrativa.

        La Tesorería de Seguridad Social como ente de recaudación,
        inversión y distribución de los recursos fiscales y parafiscales
        de la seguridad social, está exenta de todo impuesto, tasa,
        arancel o contribución nacional. Asimismo, goza de inmunidad
        fiscal con respecto a los tributos que establezcan los estados,
        los distritos metropolitanos y los municipios.



        Aún no se encuentra en completo funcionamiento la estructura
establecida en la LOSSS, por lo tanto, a la fecha sigue vigente la Ley del
IVSS.



Relación de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS)
con la Ley Orgánica del Trabajo (LOT)



        De todo lo anteriormente investigado y transcrito en este trabajo, se
establece que la LOSSS y la LOT tienen una relación muy estrecha, en ellas
se estipula todo lo relacionado con los ciudadanos y con los trabajadores de
la nación en cuanto a beneficios sociales, económicos y contractuales se
refiere, además se puede tomar en consideración que ambas están


                                                                           29
relacionados con el bienestar de las personas y de la ciudadanía y por ende
con la calidad de vida en el trabajo y la satisfacción laboral.



Calidad de Vida en el trabajo y Satisfacción Laboral


       Existen teorías, trabajos y autores que han estudiado y dado a
conocer muchos temas relacionados con la calidad de vida, la calidad de
vida en el trabajo y la satisfacción laboral, ello debido al tiempo que las
personas transcurren en sus lugares de trabajo, por ellos debemos estar
conscientes de las implicaciones y consecuencias que tiene en sus vidas.


       La Calidad de Vida en el Trabajo tiene repercusiones significativas en
la calidad de vida emocional, y en el equilibrio socio-emocional y afectivo que
pueden lograr o no los seres humanos.


       Lo anterior es válido para cualquier tipo de relación laboral: un grupo
de   profesionales,   una    organización    de    expertos    consultores,     una
microorganización y también en las grandes organizaciones, ciertamente la
dinámica y las relaciones entre las personas serán diferentes en cada caso,
dado que existe un nexo íntimo entre la estructura organizacional y los
procesos psicosociales inherentes a la misma.

       Quienes    integran    las   organizaciones,    se     preocupan   por    el
mejoramiento de la conducta organizacional. El directivo, el profesional, el
oficinista y el operario, todos ellos trabajan con otras personas, lo cual influye
en la calidad de vida que se desarrolla en los centros de trabajo. En este
contexto, los gerentes que representan el sistema administrativo (quienes
toman las decisiones) deben tratar de conocer las bases del comportamiento



                                                                                 30
organizacional como medio para mejorar las relaciones entre las personas y
la organización. Los gerentes tratan de crear un ambiente en el que la gente
se sienta motivada, trabaje más productivamente y sea más eficiente.

       En este marco referencial, uno de los aspectos que más importancia
tiene para el trabajador es lo que respecta a la satisfacción que le produce la
labor que desempeña y los aspectos que rodean a su trabajo. Las teorías
humanistas sostienen que el trabajador más satisfecho es aquel que
satisface mayores necesidades psicológicas y sociales en su empleo y, por
tanto, suele poner mayor dedicación a la tarea que realiza. Una elevada
satisfacción de los empleados en el trabajo es algo que siempre desea la
dirección de toda organización, porque tiende a relacionarse con los
resultados positivos, con mayores índices de productividad, lo cual lleva al
desarrollo empresarial.

       En las organizaciones venezolanas, el hecho de contar con el
cumplimiento de las leyes en el ámbito de seguridad social, hace que la
mayoría de los trabajadores sientan una buena calidad de vida y una
satisfacción laboral.

       En la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna (SUNAI) a partir
de noviembre de 2010 se implantaron los beneficios sociales y contractuales
establecidos por    las leyes venezolanas lo que hizo que la satisfacción
laboral y la calidad de vida de los trabajadores aumentara ya que desde su
creación solo cumplían con parte de esos beneficios.




                                                                            31
La seguridad Social y su aplicación en Diversos Países.

       Así como en Venezuela, en diferentes países de Latinoamérica y
Europa existen diferentes regímenes sociales que implementan los Estados
para la seguridad social de los ciudadanos, a continuación se detallan varios
de ellos y para finalizar se anexa un cuadro comparativo de los mismos.



La Seguridad Social en España
       Es el principal sistema de protección social del Estado. Su finalidad es
garantizar unas prestaciones sociales concretas e individualizadas, para
hacer frente a determinadas contingencias que pueden situar a la persona (y
a quienes dependan de ella) en situación de necesidad.
La regulación esencial de la Seguridad Social se encuentra en el artículo 41
de la Constitución y en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad
Social (Real Decreto Legislativo 1/1994).

       La Seguridad Social engloba una modalidad contributiva, de ámbito
profesional y financiación en base a cotizaciones de los afiliados; y una
modalidad no contributiva, de ámbito universal y financiación en base a
aportaciones de los Presupuestos Generales del Estado.

       El Sistema español de Seguridad Social está integrado por los
siguientes regímenes:

      Régimen General: es el más ampliamente aplicado y supletorio de los
       demás.
      Regímenes Especiales: para determinadas actividades profesionales
       por su naturaleza, sus peculiares condiciones de tiempo y lugar o por
       la índole de sus procesos productivos:


                                                                            32
1. Agrario.
          2. Trabajadores autónomos.
          3. Empleados de hogar.
          4. Minería del Carbón.
          5. Trabajadores del Mar.
          6. Funcionarios civiles (Muface), que no se aplica a los
              funcionarios de nuevo ingreso.

       Estos regímenes especiales están regidos por los principios de
homogeneidad y de tendencia a la unidad con el Régimen General.

       Afiliación, inscripción y cotización: La afiliación es obligatoria y única
para la vida de la persona y para todo el sistema.

       Las altas y bajas, iniciales o sucesivas, han de reflejar formalmente la
vida laboral de la persona.

       La cotización (o pago de cuotas) es obligatoria desde el mismo
momento en que se realiza la actividad (aunque no se haya realizado
formalmente la afiliación, alta o baja).




Inscripción del empleador y Código de Cuenta de Cotización (CCC)
       Los   empresarios      y   empleadores,    como    requisito   previo   e
indispensable a la iniciación de sus actividades, solicitarán su inscripción en
el Régimen General de la Seguridad Social, haciendo constar la entidad
gestora (INSS) o, en su caso, la Mutua de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que haya de asumir la
protección por estas contingencias del personal a su servicio.



                                                                               33
En España se emplea el Código de Cuenta de Cotización (CCC), un
código numérico (11 dígitos) que la Tesorería General de la Seguridad Social
asigna a las empresas y empleadores cuando se inscriben y por el que las
identifica en el pago de las cuotas. Utiliza la siguiente estructura: Código
provincial (2 digitos) - Número de inscripción - Dígitos de control (2 digitos).
Suele ir precedido por el código del régimen de seguridad social, siendo el
más empleado el del régimen general (0111).



Seguridad Social en Argentina
      El sistema de seguridad social argentino cubre, jubilaciones,
pensiones, prestación por desempleo (paro) y por inhabilitación.


      Se reconoce a la Seguridad Social como "un derecho inalienable del
ser humano", concebido como "garantía para la obtención del bienestar de la
población, y como factor de integración permanente, estabilidad y desarrollo
armónico de la sociedad". (Artículo 1 del "Código Iberoamericano de la
Seguridad Social", aprobado por la V Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de Gobierno, Bariloche, Argentina, 1995.)

Prestación por desempleo: Si te quedas sin trabajo puedes solicitar el cobro
del paro ( prestación por desempleo). Puedes recibir el paro en caso de que
no tengas otro trabajo u otro tipo de retribución oficial. Dispones de 90 días
desde la fecha de desempleo para solicitar el paro. La cuantía del paro se
calcula en base al 41.5% del sueldo neto mensual más alto recibido en los
últimos 6 meses. La cantidad a percibir no puede exceder los 300 $ AR, ni
puede ser inferior a 150 $ AR al mes. El tiempo durante el cual tienes
derecho a recibir la prestación por desempleo depende del tiempo que hayas




                                                                             34
trabajado. Si tienes familia u otros dependientes, puedes recibir además
ayudas por familia.

Jubilación, Pensiones e Inhabilitaciones:

       Existen dos sistemas de jubilación:

             Régimen Provisional Público (RPP o Sistema de Reparto) es la
              pensión de jubilación del Estado.
             Régimen de Capitalización (Sistema Mixto o RCI) son fondos
              de pensiones privados supervisados por el Estado.

       En Argentina, cuando se obtiene el primer empleo, hay 90 días para
decidir a cuál de los dos sistemas de jubilación quieres contribuir. Si pasados
los 90 días, no has elegido uno de los dos sistemas, te asignarán
automáticamente al RCI y no podrás cambiarte al sistema de Reparto. Los
trabajadores pueden elegir libremente el fondo de pensiones privado que
quieran y cambiarlo por otro cuando les apetezca.




Sistema de Reparto

El programa de Reparto tiene las siguientes prestaciones:

      Prestación Básica Universal o PBU: para tener derecho a la prestación
       básica de jubilación los hombres tienen que haber cumplido los 65
       años, las mujeres 60 años y haber formado parte del actual o anterior
       programa de jubilación durante al menos 30 años.




                                                                            35
   Retiro por Invalidez: para tener derecho al retiro por invalidez, el
       individuo tiene que tener una discapacidad física o psíquica de al
       menos el 66& y no haber alcanzado aún la edad de jubilación.
      Pensión por Fallecimiento de un Afiliado: cuando fallece un afiliado
       tienen derecho a una pensión: el viudo/a, o compañero/a del fallecido;
       los hijos solteros hasta los 18 años que no estén recibiendo otras
       prestaciones; los hijos discapacitados sin límite de edad siempre que
       estén a cargo del fallecido.
      Pensión por Fallecimiento de un Beneficiario: cuando un beneficiario
       fallece tienen derecho a una pensión: el viudo/a, o compañero/a del
       fallecido; los hijos solteros hasta los 18 años que no estén recibiendo
       otras prestaciones; los hijos discapacitados sin límite de edad siempre
       que estén a cargo del fallecido.
      Prestación por Edad Avanzada: tienen derecho a esta prestación
       hombres y mujeres, mayores de 70 años, que hayan estado afiliados
       al plan al menos durante 10 años, 5 de los cuales tienen que haber
       sido durante los últimos 8 años.




Sistema RCI

El sistema RCI cubre los siguientes puntos:

Jubilación Ordinaria

Para tener derecho a la jubilación estándar los hombres tienen que haber
cumplido los 65 años y las mujeres 60. Este tipo de pensión de jubilación se
puede recibir de tres maneras distintas:




                                                                           36
   Renta Vitalicia Previsional
      Retiro Programado
      Retiro Fraccionado

La Renta Vitalicia Previsional quiere decir que uno hace un contrato con una
empresa de seguros de jubilación. Esta empresa le pagará y/o a sus
beneficiarios una cantidad mensual vitalicia.

Retiro Programado quiere decir que uno, sobre el depósito total generado
durante años, puede retirar una cantidad mensual fija acordada previamente.
Este programa es mejor que el programa de ahorro gestionado por la
Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP).

Retiro Fraccionado quiere decir que cuando el beneficiario recibe un retiro
menor de un 50% de la Prestación Básica (PBU) máxima del estado, tiene
derecho al equivalente del 50% de PBU hasta que se acabe su depósito. Hay
que estar registrado en el AFJP.

Retiro por Invalidez

Tienen derecho al retiro por invalidez quienes tengan un 66% de
incapacidad, física o psíquica, para trabajar y no hayan alcanzado la edad de
jubilación.

Pensión por fallecimiento

Cuando fallece un jubilado, un individuo que está recibiendo una prestación
por invalidez o un afiliado, las siguientes personas tienen derecho a una
pensión:




                                                                          37
   El viudo/a
      El compañero/a
      Los hijos solteros hasta los 18 años que no estén recibiendo otras
       prestaciones; los hijos discapacitados pueden continuar recibiendo
       beneficios si estaban a cargo del fallecido.




La Seguridad Social en Brasil

       La Seguridad Social garantiza el sustento del trabajador y de su
familia en los casos en que él está impedido de ejercer sus actividades (por
accidente, enfermedad, maternidad etc.) o durante la jubilación.

       La Seguridad Social está prevista en la Constitución Federal y engloba
un conjunto de acciones de responsabilidad del Estado y de la Sociedad en
las áreas de salud, asistencia social y seguro social.

Estructura del Sistema

      Salud: Derecho de todos, no puede ser negado el acceso a
       cualquier individuo.
      Deber del Estado, el servicio de salud puede ser prestado por la
       iniciativa privada de forma complementaria y mediante convenio.
      Carácter no contributivo, no es necesario el pago de ninguna
       contribución por parte del usuario de los servicios de salud
      Asistencia Social – Se presta este servicio solamente a
       quien lo necesite.
      Carácter condicionante y no depende de contribución del
       asistido.




                                                                          38
   Pago de cuota mensual en el valor de un salario mínimo a todo
       anciano mayor de 65 años y discapacitados que comprueben no tener
       condiciones para ganarse el sustento (ingresos bajos).

Seguro Social
       Carácter obligatorio para todo trabajador que ejerce actividad
remunerada. Carácter contributivo, sólo gozará de los derechos de los
beneficios del seguro quien haya contribuido al sistema.

       El seguro social está organizado bajo la forma de régimen general y
caja única, donde todos los trabajadores urbanos y rurales pertenecen al
mismo régimen y aquellos que están en actividad contribuyen para el pago
de los beneficios de los otros que están en la inactividad, no existen reservas
o cuentas individuales.

       El Seguro Social debe cubrir los eventos de jubilación, invalidez,
enfermedad, muerte maternidad, auxilio familiar para trabajadores de
ingresos bajos con hijos menores de 14 años y para la familia de los
trabajadores que están en la cárcel.

Beneficios de la Seguridad Social

Los beneficios pagados por la Seguridad Social son:
          1. jubilación especial;
          2. Jubilación por edad;
          3. Jubilación por invalidez;
          4. Jubilación por tiempo de contribución;
          5. auxilio-accidente;
          6. auxilio-enfermedad;
          7. auxilio-enfermedad por accidente;



                                                                            39
8. auxilio-reclusión;
          9. Pensión por muerte;
          10. Salario/sueldo-familia;
          11. Salario/sueldo-maternidad;
          12. Asistencia social a la persona anciana; y
          13. Asistencia social a la persona con deficiencia.


¿Quién tiene derecho?
      Todos los empleados registrados con libreta de trabajo están inscritos
automáticamente en la Seguridad Social. Quien no está registrado también
puede contribuir. Emprendedores individuales y trabajadores autónomos
(que trabajan por cuenta propia), por ejemplo, se encuadran en el perfil de
contribuyentes individuales.

      Ciudadanas y ciudadanos que realizan servicios en las casas de otras
personas, como limpiadoras, jardineros, conductores de vehículos y caseros,
aparecen en la categoría de empleados domésticos. Otro perfil es el del
trabajador a destajo o independiente, que realiza servicios para diversas
empresas, pero es contratado por sindicatos y órganos gestores de mano de
obra. Es el caso de profesionales que trabajan en la extracción de sal, en el
envase del cacao y en puertos.

      Productores rurales que trabajan en régimen de economía familiar y
no utilizan mano de obra asalariada integran el perfil de asegurado especial.
Personas de más de 16 años, que no tienen rentas propias, también pueden
contribuir para la Seguridad Social – son los contribuyentes opcionales.




                                                                           40
Contribución
       Las contribuciones para la Seguridad Social son recaudadas
mensualmente por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). Los
ingresos acumulados mensualmente son utilizados para pagar los beneficios
de los asegurados. La cuantía, a ser depositada en favor del INSS, depende
de la remuneración recibida por el trabajador y de su perfil de contribuyente.
Para consultar la tabla de contribuciones mensuales.


Al solicitar un beneficio
       En algunos casos, la solicitud de un beneficio puede ser hecha
solamente      si el trabajador hubiere pagado     un   número   mínimo de
contribuciones mensuales. Dicha exigencia es llamada de carencia y varía
conforme al beneficio. Para solicitar auxilio-accidente, auxilio-reclusión,
salario/sueldo-familia y pensión por muerte el trabajador no necesita cumplir
alguna carencia.



Seguridad Social en México


   La Seguridad Social en México tiene como antecedente legal a la
Constitución Política del 5 de febrero de 1917, art 123 fracc XXIX q
establece: "Se considera de utilidad social el establecimiento de cajas de
seguros populares de invalidez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo
y de otras con fines análogos para lo cual el gobierno federal, como el de
cada estado, deberán fomentar la organización de instituciones de esta
índole, para difundir e inculcar la previsión popular" así se crearon en
diferentes fechas institutos especializados para la atención de los
trabajadores, que de acuerdo al tipo de empresa en la que laboraban era la




                                                                           41
naturaleza de la institución que los respaldaba. De esta forma nacieron las
siguientes instituciones:

      IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social
      ISSSTE     Instituto   de Seguridad        y Servicios   Sociales de      los
       Trabajadores del Estado
      ISSFAM Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas
       Mexicanas
      INFONAVIT Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
       Trabajadores
      FOVISSSTE Fondo para la Vivienda del Instituto de Seguridad y
       Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

       El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
(INFONAVIT) es una institución mexicana tripartita donde participa el sector
obrero, el sector empresarial y el gobierno, dedicada a otorgar crédito para la
obtención de vivienda a los trabajadores y brindar rendimientos al ahorro que
está en el Fondo Nacional de Vivienda para las pensiones de retiro.

       Este instituto ha facilitado la obtención de vivienda para muchas
personas dentro de la sociedad Mexicana que no tienen fácil acceso a un
crédito hipotecario.

       El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una institución
gubernamental, autónoma y tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores),
dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que
cuente   con    afiliación    al   instituto,   llamada   entonces   asegurado    o
derechohabiente.




                                                                                 42
Se considera a esta institución de seguridad social la más grande de
América Latina. Fue fundada el 19 de enero de 1943 por decreto presidencial
del entonces Presidente de la República el General Manuel Ávila Camacho.

Ley del Seguro Social

       La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la
Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco
legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro
Social.

   Actualmente, la Ley señala que la seguridad social tiene como
finalidades:

      La asistencia médica.
      La protección de los medios de subsistencia.
      Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y
       colectivo.
      El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento
       de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos
de régimen:

      El régimen obligatorio:


       Es aquel que se financia con contribuciones provenientes de los
patrones, el Estado y los propios trabajadores. Cuenta con cinco tipos de
seguro: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida;
retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; Guarderías y prestaciones
sociales. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los


                                                                          43
trabajadores, los miembros de sociedades cooperativas de producción y las
personas que determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo,
tal es el caso del los Estudiantes, amparados bajo el decreto publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998.


      El régimen voluntario:


       De forma voluntaria y mediante convenio con el Instituto, podrán ser
sujetos de aseguramiento en este régimen, los trabajadores en industrias
familiares y los independientes como profesionales, pequeños comerciantes,
artesanos y demás trabajadores no asalariados, los trabajadores domésticos,
los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; así mismo, los
patrones (personas físicas) con trabajadores asegurados a su servicio y los
trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación,
entidades federativas y municipios que estén excluidos o no comprendidas
en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.


Seguridad Social en Colombia



       El Sistema de Seguridad social Integral en Colombia vigente en
Colombia, fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera
coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales
podrán tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de
garantizar una calidad de vida que este acorde con la dignidad humana,
haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas
y procedimientos de protección laboral y asistencia social.




                                                                          44
Objetivos del sistema

      Garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes tienen
       una relación laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al
       sistema.

      Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en
       los términos de la presente ley.

Principios de prestación de servicios del Sistema de Seguridad Social
Integral en Colombia

      Eficiencia
      Universalidad
      Solidaridad
      Integralidad.
      Unidad
      Participación

Componentes del Sistema
La Ley 100 de 1993 establece la legislación de cuatro frentes generales:

      El Sistema general de Pensiones,
      El Sistema General de Seguridad Social en Salud
      El Sistema General de Riesgos Profesionales
      Los servicios sociales complementarios.



       El fin principal del Sistema General de Pensiones es asegurar a la
población el cubrimiento de los riesgos o contingencias derivados de la vejez,
la invalidez y la muerte, por medio del reconocimiento de pensiones y
prestaciones determinadas por la Ley. Este sistema busca además la
ampliación de la cobertura a segmentos de la población no cubiertos hasta
ese momento por el antiguo Sistema.

       Con la Ley 100 se autoriza la creación de las Sociedades
Administradoras de Fondos de Pensiones, encargadas de administrar los


                                                                           45
recursos destinados a pagar las pensiones de los afiliados que escojan
pensionarse de acuerdo con las condiciones en que estos fondos operaran
de acuerdo con las disposiciones que dicha Ley exige. También reglamenta y
autoriza el manejo del régimen pensional manejado por el Instituto de
Seguros Sociales y por el cual se reconoce un porcentaje fijo de pensión de
acuerdo con el cumplimiento de requisitos de edad y tiempo cotizado.

       Con la Ley 100 de 1993, el Sistema General de Seguridad Social en
Salud, implanta tres reformas fundamentales: la participación del sector
privado en la prestación de servicios de salud a los trabajadores
colombianos, adicional al Instituto de Seguros Sociales I.S.S., la creación del
Fondo de Solidaridad y Garantía para asegurar un nuevo sector subsidiado
en Colombia y la posibilidad para todos los trabajadores de elegir la entidad
prestadora de salud.

Entidades del Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia
      Entidades Promotoras de Salud E.P.S.
      Instituciones Prestadoras de servicios de Salud I.P.S.
      Fondos de Cesantías
      Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones

Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías
       Las entidades encargadas de administrar los recursos destinados a
pagar las pensiones de los afiliados. En Colombia estas entidades también
se encargan de la administración de la Cesantía, que es la prestación social
que todo empleador debe reconocer a sus trabajadores con el fin de que este
pueda atender sus necesidades primarias en caso de quedar cesante.

       Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y
Cesantías en Colombia son:
      Pensiones y Cesantías Protección



                                                                            46
   Porvenir S.A.
   Skandia
   ING Pensiones y Cesantías
   Citi Colfondos
   BBVA Horizonte




                                47
SEGURIDAD SOCIAL
                                                                          CUADRO COMPARATIVO


     VENEZUELA                         ESPAÑA                       COLOMBIA                       ARGENTINA                           BRASIL                         MEXICO

La Constitución de la          La Seguridad Social de         Desde el año 1993 en           El sistema de seguridad           La      Seguridad     Social   "Se considera de utilidad
Republica Bolivariana de       España es el principal         Colombia       existe     el   social argentino cubre,           garantiza el sustento del      social el establecimiento
Venezuela de 1.999 en el       sistema de protección          Sistema de Seguridad           jubilaciones,   pensiones,        trabajador y de su familia     de cajas de seguros
Artículo 86 establece que      social del Estado.             Social integral (sistema de    prestación por desempleo          en los casos en que él         populares de invalidez, de
toda      persona      tiene                                  protección      social    Y    (paro) y por inhabilitación.      está impedido de ejercer       vida,      de     cesación
derecho a la Seguridad         Objetivos del sistema          laboral).                                                        sus      actividades   (por    involuntaria del trabajo y
Social     como     servicio                                                                 Se     reconoce    a     la       accidente,      enfermedad,    de    otras    con    fines
público de carácter no         Su finalidad es garantizar     Objetivos del sistema          Seguridad Social como             maternidad etc.) o durante     análogos para lo cual el
lucrativo que garantice la     unas            prestaciones                                  "un derecho inalienable           la jubilación.                 gobierno federal, como el
salud y la protección ante     sociales     concretas     e    Garantizar            las    del      ser     humano",                                        de cada estado, deberán
las contingencias, artículo    individualizadas,       para     prestaciones                 concebido como "garantía             Características del         fomentar la organización
además          enmarcado      hacer         frente       a     económicas y de salud        para la obtención del                     Sistema                de instituciones de esta
dentro      del    Capítulo    determinadas                     a quienes tienen una         bienestar de la población,                                       índole, para difundir e
referente a los derechos       contingencias que pueden         relación    laboral     o    y    como     factor    de        -La prioridad es la Salud.     inculcar    la    previsión
sociales y de las familias.    situar a la persona (y a         capacidad     económica      integración permanente,                                          popular".
                               quienes dependan de ella)        suficiente para afiliarse    estabilidad y desarrollo          -El Estado tiene el deber
Los Artículos 83,84 y 85       en situación de necesidad.       al sistema.                  armónico de la sociedad".         de garantizar la salud.        la Ley del Seguro Social
establecen el derecho a la                                                                                                                                    señala que la seguridad
salud y la creación de un      La regulación esencial de       Garantizar la prestación     Objetivos del Sistema:            -Carácter no contributivo.     social      tiene como
sistema público nacional       la Seguridad Social se           de los servicios sociales                                                                     finalidades:
de salud integrado al          encuentra en el artículo 41      complementarios en los       Garantizar a toda la              -Asistencia Social.
sistema de seguridad           de la Constitución y en el       términos de la presente      población su derecho a la                                      La asistencia médica.
social, en base a ello es      Texto Refundido de la Ley        ley.                         Seguridad             Social,     -Carácter condicionante y
que se enrumban los            General de la Seguridad                                       cualquiera sea el modelo          no       depende         de  La protección de los
objetivos del Sistema de       Social    (Real    Decreto         Componentes del            de              organización      contribución del asistido.    medios de subsistencia.
Seguridad Social.              Legislativo 1/1994) .                 Sistema                 institucional, los modelos
                                                                                             de gestión y el régimen           -Pago de cuota mensual  Los servicios sociales
Objetivos del Sistema          La     Seguridad    Social     La Ley 100 de 1993             financiero        de        los   en el valor de un salario necesarios     para    el
                               engloba una modalidad          establece la legislación de    respectivos         sistemas      mínimo a todo anciano bienestar individual y
La     Seguridad     Social    contributiva, de ámbito        cuatro frentes generales:      protectores               que,    mayor de 65 años y colectivo.
Integral tiene como fin        profesional y financiación                                    dependiendo        de      sus    discapacitados          que
proteger a ciudadanos          en base a cotizaciones de       El Sistema general de        propias       circunstancias      comprueben no tener  El otorgamiento de una
(as) de la república de las    los afiliados;    y una          Pensiones                    históricas,         políticas,    condiciones para ganarse pensión que, en su caso y
contingencias,                 modalidad no contributiva,                                    económicas y sociales,            el    sustento    (ingresos previo cumplimiento de
enfermedades, sean o no        de ámbito universal y           El Sistema General de        hayan sido elegidos.              bajos). El Seguro Social los requisitos legales,
de    trabajo,    cesantía,    financiación en base a           Seguridad Social en                                            debe cubrir los eventos de será garantizada por el
desempleo, maternidad,         aportaciones     de    los       Salud                                                          jubilación,      invalidez, Estado.

                                                                                                                                                                                  48
incapacidad temporal y         Presupuestos     Generales                                                                 enfermedad,         muerte
parcial, invalidez, vejez,     del Estado.                      El Sistema General de         Componentes del            maternidad,         auxilio   El     Seguro    Social
nupcialidad,        muerte,                                      Riesgos Profesionales            Sistema                 familiar para trabajadores    comprende dos tipos de
sobrevivencia y cualquier      Estructura                                                                                 de ingresos bajos con         régimen:
otro riesgo que pueda ser                                       Los servicios sociales      Prestación            por   hijos menores de 14 años
objeto de previsión social,    El Sistema español de             complementarios.             desempleo.                  y para la familia de los       El régimen obligatorio.
así como de las cargas         Seguridad Social está                                                                      trabajadores que están en
derivadas de       la vida     integrado      por    los       Tienen     además       un    Jubilación, Pensiones e     la cárcel.                     El régimen voluntario.
familiar y las necesidades     siguientes regímenes:           Régimen        Subsidiado      Inhabilitaciones.
de vivienda, recreación                                        (dirigido a parte de la
que     tiene   todo   ser      Régimen General, es el        población vulnerable de       Sistema de Reparto.
humano.                          más        ampliamente        Colombia: recién nacidos,
                                 aplicado y supletorio de      población rural, población    Sistema RCI (Jubilación
    Componentes del              los demás.                    indígena y menores en          Ordinaria, Retiro por
       Sistema                                                 situación especial bajo la     invalidez, Pensión por
                                Regímenes Especiales          tutela     del     estado      fallecimiento.
El Órgano de dirección del        para       determinadas      colombiano).
Sistema de Seguridad              actividades
Social Integral es el             profesionales por su         Todos estos frentes son
MPPTSS, teniendo como             naturaleza,           sus    administrados       por
marco      legal   la   Ley       peculiares condiciones       empresas privadas.
Orgánica del Sistema de           de tiempo y lugar o por
Seguridad Social y las            la    índole    de    sus    Prestaciones:
leyes especiales que rigen        procesos productivos:
los               diferentes   1. Agrario.                     Vacaciones,    cesantías,
subsistemas, como son:         2. Trabajadores                 salud, pensiones, Riesgos
 Subsistema              de      autónomos.                   profesionales,    subsidio
  Pensiones                    3. Empleados de hogar.          familiar.
 Subsistema de Salud          4. Minería del Carbón.
 Subsistema de Paro           5. Trabajadores del Mar.
  Forzoso y Capacitación       6. Funcionarios       civiles
  Laboral.                        (Muface), que no se
 Subsistema de Vivienda          aplica a los funcionarios
  y Política Habitacional         de nuevo ingreso.
 Subsistema              de
  Recreación.




                                                                                                                                                                            49
CONCLUSIONES



      En la elaboración de esta monografía hemos refrescado nuestros
conocimientos en lo referente a la Seguridad Social, así mismo, hemos
aprendido que seguridad social no es solo lo que concierne a los
trabajadores al servicio del Estado sino a todos los ciudadanos, y que es el
Estado quien está encargado constitucionalmente de brindar esa seguridad
necesaria para todas las personas.

      En el caso de Venezuela, el presente gobierno se ha desarrollado
como un Estado Constitucionalista Bolivariano y Revolucionario, ello porque
se ha encargado los últimos años de brindar esta seguridad no solo a los
ciudadanos venezolanos mediante la promulgación de leyes acordes a la
Constitución de la República, sino que apoya en muchos sentidos a varios de
los países latinoamericanos, logrando así que la seguridad y el bienestar de
los pueblos llegue mas allá de nuestras fronteras.

      Otro hecho importante, es la aplicación de los diversos regímenes de
seguridad en otros países latinos, la mayoría cuenta con los principios
básicos de la seguridad que fueron implementados desde sus inicios y
últimamente se han reformado las leyes de los diversos países para brindar
mayor seguridad y bienestar a los ciudadanos.

      En el caso de España, nos ha llamado la atención que el sistema de
seguridad agrupa a los ciudadanos de acuerdo a la prestación de servicio
que han realizado, sin embargo es muy similar a los sistemas de América
latina ya que el principal objetivo es brindar seguridad y bienestar al pueblo.




                                                                              50
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS


Legales

Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, publicada
en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 de la República Bolivariana de
Venezuela. Caracas, viernes 24 de marzo de 2000

Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, publicada en Gaceta Oficial
Nª5891 Extraordinaria de fecha 31 de julio de 2008.

Ley Orgánica del Trabajo, publicada en Gaceta Oficial Nº               5.152
Extraordinario de 19 de junio de 1997.


En línea

Colección las Leyes de Colombia (1994). La Seguridad Social en Colombia.
[Página                   en                línea].           Disponible:
http://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_social_de_Colombia.

GUTIERREZ, L. (2007) Antecedentes de la Seguridad Social en Veenzuela,
disponible                    en                   línea                 en:
http://lizbethgutierrezaspectoslegales.blogspot.com/2007/04/antecedentes-
de-la-seguridad-social-en.html).

Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. [Página en línea]. Disponible:
http://www.ivss.gov.ve.

La Enciclopedia Libre.      Wikipedia.   [Página   en   línea].   Disponible:
http://es.wikipedia.org.

La Enciclopedia Libre. Wikipedia. La Seguridad Social en España. [Página en
línea].
Disponible:http://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_Social_de_Espa%C3%B1a.

Portal Brasil (2010). Ciudadanía. [Página en línea]. Disponible:
http://www.brasil.gov.br/sobre/ciudadania/jubilacion-pension/seguridad-
social/br_model1?set_language=es.




                                                                          51
QUISBERT, E. (2010) "¿Que es el Constitucionalismo Social?", Apuntes
Jurìdicos,           disponible          en           línea      en:
http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/05/coso.html.

Red Escolar Nacional. La Seguridad y Defensa. [Página en línea].
Disponible: http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema9.html.

SABINO, C. (2007) La Seguridad Social en Venezuela: Un Cambio
Imprescindible, Revista Electrónica Nª15 disponible en línea en :
http://www.analitica.com/archivo/vam1997.05/pint2.htm
SIMONE R. (2011) Protección social inclusiva en América Latina Una mirada
integral, un enfoque de Derechos, disponible en línea en:
http://www.eclac.org/publicaciones/xml/7/42797/Libro-proteccion-social-ALC-
CEPAL-2011.pdf.




                                                                         52

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  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA UNIVERSIDAD NACIONAL POLITÉCNICA EXPERIMENTAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL MAESTRIA EN GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS CATEDRA SEGURIDAD SOCIAL E INTEGRAL EN VENEZUELA Aspectos Técnicos, Filosóficos y Doctrinales de la Seguridad Social en Venezuela y en otros Países Profesor Alumnos (Sección K) C.I. Nº Alexander Blandín Blanco José 5.887.147 García Francisco 6.514.040 Jaspe Luisa 9.419.437 Rojas Víctor 11.481.013 Rodríguez Nairoby 17.452.270 Caracas, Junio de 2011
  • 2. ÍNDICE Pág.Nº Introducción ………………………………………………………………. 2 Estado de Derecho ……………………………………………………… 3 Estado de Bienestar …………………………………………………….. 3 Estado y Protección Social……………………………………………. 4 Estado de Bienestar y la Protección Social en América Latina …… 5 Estado de Bienestar y Constitucionalismo Social ………………….. 7 Seguridad y Defensa Nacional ………………………………………… 8 El papel del Estado ante la Seguridad Social ………………………. 10 Antecedentes Históricos de la Seguridad Social ……………………. 11 La Seguridad Social en Venezuela …………………………………….. 13 El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales ……………………. 14 La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social ………………….. 17 Estructura Funcional …………………………………………….. 21 Principios Fundamentales de la LOSSS ……………………… 24 Estructura Organizativa …………………………………………. 25 Relación de la Ley Orgánica de Seguridad Social y la Ley Orgánica del Trabajo ………………………………………………………………… 29 Calidad de Vida en el Trabajo y la Satisfacción Laboral ……………. 30 La seguridad Social y su aplicación en Diversos Países ………….. 32 Cuadro Comparativo de la Seguridad Social en Venezuela y los países estudiados ……………………………………………………….. 48 Conclusiones ……………………………………………………………… 50 Referencias Bibliográficas ……………………………………………… 51 1
  • 3. INTRODUCCIÓN Para dar inicio a esta monografía, se deben exponer ciertos términos o conceptos que nos llevan al entendimiento de lo que es la Seguridad Social, entre los términos que se expondrán y relacionarán a medida que se va desarrollando el trabajo se encuentran el Estado de Derecho, Estado de Bienestar, Estado Constitucionalista y otros. El objetivo especifico de este trabajo pretender examinar los aspectos técnicos, filosóficos y doctrinales de la seguridad social en Venezuela, la relación que tiene con el Estado, la política social y su relación con el bienestar social, los fundamentos, principios y objetivos de la seguridad social y su basamento legal, cual es su estructura funcional y organizativa y si se encuentra en plena vigencia. También se expone en el presente trabajo la seguridad social en diversos países y su aplicación en los mismos. Así mismo hacemos mención importante, que aún cuando existe en el país una Ley de Protección para los trabajadores en su medio ambiente de trabajo, en este tema no se planteó la revisión de esa Ley. Esperamos que en el escaso tiempo de investigación que tuvimos para la realización de este trabajo, cumplamos con el objetivo planteado por el programa para la materia de Seguridad Social e Integral en Venezuela en lo que se refiere a la seguridad social en el país. 2
  • 4. Estado de Derecho Es aquel Estado en donde sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un derecho vigente en lo que se conoce como un Estado de derecho formal. Otra definición un poco más compleja es la que aparece en la Introducción al Estudio del Derecho” José Martínez Pichardo y Luis Octavio Martínez Quijada. Capitulo 6 : “Aquel Estado dentro del cual se presenta una situación en la que su poder y actividad se encuentran reguladas y controladas por el derecho; donde la esfera de derechos individuales es respetada gracias a la existencia de un sistema de frenos y contrapesos que permite un adecuado ejercicio del poder público”. Éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público. (Fuente: http://es.wikipedia.org). Estado de Bienestar El estado de Bienestar es un concepto de las ciencias políticas y económicas con el que se designa a una propuesta política o modelo general del Estado y de la organización social, según la cual el Estado provee ciertos servicios o garantías sociales a la totalidad de los habitantes de un país. La noción de "estado del bienestar" tiene su origen en el año 1945, como consecuencia de la experiencia traumática de la Segunda Guerra 3
  • 5. Mundial. El estado de bienestar es un tipo de pacto social en el que se estableció un reparto más equitativo de los beneficios y de la riqueza entre toda la población con objeto de evitar el malestar social que llevó a las sociedades europeas a la segunda guerra mundial. (Fuente: http://es.wikipedia.org). Como ejemplo podemos decir que Venezuela tiene un Estado de Bienestar, ello motivado a la implantación de diversas leyes aprobadas por la Asamblea Nacional que tienen como objetivo principal el beneficio y bienestar de la población. Estado y Protección Social De acuerdo con la Comisión de Desarrollo Social de las Naciones Unidas la protección social que debe proveer el Estado debe incluir no sólo a las personas que se encuentran en condiciones de pobreza, sino a las que no siendo pobres deben tener la certeza de contar con seguridad en las situaciones adversas que se puedan presentar y en las distintas etapas de vida de todos los ciudadanos, esta protección debe tener énfasis en la protección social no contributiva dirigida especialmente a los más vulnerables, así mismo se tiene que tomar en consideración que las familias, organizaciones sociales y comunitarias son también proveedoras de bienestar social, sin embargo, es importante mantener y resaltar que la responsabilidad primaria de la protección social, recae sobre el Estado. (Fuente: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/7/42797/Libro-proteccion- social-ALC-CEPAL-2011.pdf) 4
  • 6. Estado de Bienestar y la Protección Social en América Latina Para comprender las actuales condiciones de la protección social en América Latina es importante destacar algunos elementos centrales de la historia de la política social en la región, varios autores han planteado que la evolución de la política social estaría marcada básicamente por tres momentos: a) la etapa previa a la Gran Depresión de 1929, b) la fase de mayor industrialización y crecimiento hacia adentro, hasta la década de 1980, y 3) la etapa de economía de mercado y globalización, iniciada en las últimas dos décadas del siglo XX. El modelo de gestión de la política social de la época se caracteriza por la planificación central, tendencia histórica latinoamericana en la que influyen tanto razones políticas como la organización unitaria de la mayoría de los países. Esta etapa se caracterizó por la protección de algunos precios y la provisión de subsidios para facilitar el acceso a ciertos bienes y servicios, así como también por una elevada inflación, el aumento de la deuda externa y el corporativismo, y la división de la sociedad entre trabajadores formales e informales, urbanos y rurales. “Desde mediados de los años noventa se va configurando un nuevo enfoque de desarrollo con el “paradigma de la competitividad sistémica”, en que la inserción en una economía global depende de las capacidades organizacionales y gerenciales de un país para combinar una variedad de factores (económicos y no económicos) y para articular diversos actores (Lechner y Calderón, 1998). Este es un período de consolidación de la institucionalidad democrática, en que se dan las reformas del Estado de “segunda generación” (Marchesi, 2004) y la dirigencia política “apunta a plasmar en algunas acciones concretas la idea de un Estado más presente, con mayor capacidad de intervenir en el desarrollo económico y social” (Repetto, 2010a, pág. 1). A su vez, alrededor de 2000, se comienzan a instaurar con 5
  • 7. fuerza conceptos como garantía de derechos (humanos, económicos, sociales y culturales), ciudadanía plena y cohesión social entre los enfoques que guían la política social (CEPAL, 2007). Estos dan cuenta de una preocupación explícita por lograr mejores niveles de distribución de los beneficios del desarrollo económico y disminuir la elevada desigualdad prevalente. Así, las personas pasan de ser consideradas consumidores y beneficiarios a convertirse en ciudadanos titulares de derechos.” (Fuente: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/7/42797/Libro- proteccion-social-ALC-CEPAL-2011.pdf) Los datos estadísticos disponibles indican que la precariedad en el mercado de trabajo en la región se vincula con la informalidad y el empleo en sectores de baja productividad. Para el año 2009, millones de personas vivían en la pobreza en América Latina, de acuerdo con el informe de las Naciones Unidas, incluso en períodos de crecimiento como el de 2003 al 2008. En la actualidad, los problemas estructurales del empleo no se han resuelto y se mantienen altos niveles de vulnerabilidad al empobrecimiento. Actualmente en América Latina, existe una gran diversidad en cuanto a los tipos de protección social y los niveles de inversión pública social, así como en relación con sus impactos redistributivos, esto ha permitido lograr que los Estados avancen en la protección de los ciudadanos al extenderse la cobertura a grupos hasta hace pocos años excluidos, y mucha parte de ello tiene que ver con los aportes que ha realizado la Republica Bolivariana de Venezuela a los países del Centro y Sur América, especialmente a Cuba y Bolivia. 6
  • 8. Estado de Bienestar y el Constitucionalismo Social El constitucionalismo social es la ideología por el cual el Estado ejecuta determinadas políticas sociales que garantizan y aseguran el „bienestar‟ de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación y, en general, todo el espectro posible de seguridad social. (Fuente: http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/05/coso.html) Por lo tanto, el Estado de Bienestar está relacionado con el Constitucionalismo Social porque promueve reivindicaciones y da prevalencia a los derechos sociales y colectivos, entre ellos:  jornada de trabajo de 8 horas,  salario justo,  beneficios sociales,  seguro de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte,  derecho a la huelga,  contrato de trabajo protegido por el Estado. Las bases fundamentales de esta clase de Estado son:  Justicia social. Para los partidos revolucionarios, por justicia social se entiende la implantación de sistemas socialistas. Para el liberalismo sincero y progresivo la justicia social se condensa en el intervencionismo del Estado sobre la economía capitalista reconociendo ciertas reivindicaciones de las clases trabajadoras.  Economía intervenida por el Estado. En un principio impone los derechos sociales, luego interviene en la economía a través de los sistemas regulatorios de empresas privadas, y actualmente establece el sistema de economía plural. 7
  • 9. Es de hacer notar que en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Trabajo, estos derechos sociales y colectivos se encuentran registrados, por lo que se puede decir que Venezuela es un Estado de Bienestar y de Constitucionalismo Social. Así mismo, otras leyes venezolanas contemplan el bienestar progresivo de la ciudadanía, lo cual es cónsono con las políticas sociales del estado de bienestar y constitucionalismo social que está implementando el gobierno actual. Seguridad y Defensa Nacional La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, ello porque los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación. En todo Estado y en particular en el Estado venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos. La Seguridad Nacional esta principalmente referida a las manifestaciones externas. La misma es parte inherente de la política de la nación y está directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad. En el ámbito político, la seguridad nacional es el objetivo principal, mientras que la defensa nacional es el medio o uno de los medios más destacado para lograr la seguridad. Se puede señalar el aspecto psicológico, 8
  • 10. como una actitud o un estado de conciencia, y que va a depender del grado de confianza y seguridad que el Estado transmita a sus nacionales. Se puede definir la Seguridad de la Nación como la situación, estado o condición que se configura por medio de la garantía, goce y ejercicio efectivo de los derechos en los diversos ámbitos de la vida nacional: Social, económico, cultural, político, militar, entre otros, por parte de la población, la sociedad y demás entes que conforman el Estado. La Seguridad de la Nación se refiere principalmente a 3 aspectos:  La Seguridad del Territorio: Cuyo fin es la preservación del territorio nacional de la ocupación, transito o invasión ilegal de otras personas o naciones que no estén debidamente autorizados para ingresar al país  La Seguridad de la Población: Que está referida a la protección de la colectividad de situaciones que amenacen o atenten contra su libertad, seguridad o bienestar.  La Seguridad de las Libertades: Cuyo fin es la garantía del cumplimiento de las libertades internas y externas, a las que se tiene derecho por mandato constitucional. De tal forma que la Seguridad es un elemento indispensable para el bienestar de la sociedad, de la colectividad, ya que protege los derechos de la nación tanto en el ámbito interno como externo. (Fuente: http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema9.html). 9
  • 11. El papel del Estado ante la Seguridad Social (Responsabilidad del Estado Venezolano) El tema de la seguridad social en Venezuela es muy amplio y conlleva a amplios debates, para el año 1997 el autor Carlos Sabino, quien en la revista digital Analítica expuso que la seguridad social había recaído en las empresas y que el principal responsable de la seguridad social debe ser el propio trabajador, ello motivado a la falta de una buena administración por parte del Estado de los recursos de la seguridad social. (Fuente: www.analitica.com/archivo/vam1997.05/pint2.htm). A partir del año 2000, la Asamblea Nacional se propone el estudio de una nueva Ley de Seguridad Social, ello como resultado de la publicación de la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, , la misma, en el artículo 86 expone lo siguiente: “Articulo 86: Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en 10
  • 12. esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.” Por lo anterior, es el Estado Venezolano quien tiene la responsabilidad total de asegurar el bienestar y la salud de todos los ciudadanos de la república, esta responsabilidad hasta la presente fecha ha recaído en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales quien ha sido el encargado de administrar parte de la seguridad social en la ciudadanía. Es así que en el año 2002, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) que en teoría debería sustituir a la Ley del Seguro Social del año 1992, pero que aún sigue en vigencia. Antecedentes Históricos de la Seguridad Social (A nivel mundial y en Venezuela) El Prócer de la Independencia y la integración latinoamericana Simón Bolívar, en el discurso de Angostura (15 de febrero de 1819) dijo: "El sistema de gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política". Las Ideas de Simón Bolívar fueron expresadas 62 años antes que la Seguridad Social como tal hiciera su aparición en el mundo. No le había llegado su tiempo a las ideas del Libertador, pero fructificaron y fueron denominadas según él lo había adelantado. 11
  • 13. La Seguridad Social como tal nace en Alemania como producto del proceso de industrialización, las fuertes luchas de los trabajadores, la presión de las iglesias, de algunos grupos políticos y sectores académicos de la época. Primeramente los trabajadores se organizaron en asociaciones de auto-ayuda solidaria, destacando las mutuales de socorro mutuo, las cooperativas de consumo y los sindicatos. Eran los tiempos en que Alemania era gobernada por el Káiser Guillermo II, como primer gran documento de compromiso social del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de Noviembre de 1821, anunciando protección al trabajador, en caso de perder su base existencial por enfermedad, accidente, vejez o invalidez total o parcial. Impulsadas por el Canciller Alemán Otto Von Bismarck, llamado también el Canciller de Hierro, son refrendadas tres leyes sociales, que representan hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal:  Seguro contra Enfermedad. 1883  Seguro contra Accidentes de Trabajo. 1884  Seguro contra la Invalidez y la Vejez.1889 Los resultados de la aplicación de este Modelo fueron tan eficaces que muy pronto es extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del mundo. En 1919, mediante el Tratado de Versalles, los líderes políticos del plante ponen fin a la Primera Guerra Mundial. Como producto de este histórico Tratado nace la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El Preámbulo de la Constitución de la OIT es muy rico en contenidos de 12
  • 14. protección social y sirve como pilar doctrinal y de política de la Seguridad Social. En 1944, la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo congregada en Filadelfia presenta la Declaración de los fines y objetivos de la OIT y de los principios que debieran inspirar la política de sus miembros, en su Título III establece…"La Conferencia reconoce la obligación solemne de la Organización Internacional del Trabajo de fomentar, entre todas las naciones del mundo, programas que permitan: Extender medidas de seguridad social para garantizar ingresos básicos a quienes los necesiten y prestar asistencia médica completa". La Seguridad adquiere tal relevancia que aparece en 1948, como parte integrante de la Declaración de los Derechos Humanos. En Venezuela, ya con los antecedentes de nuestro Libertador y con lo establecido por la OIT y la Declaración de los Derecho Humanos, el Gobierno venezolano en 1944 dicta la nueva ley del seguro social, novedosa para la época, en 1992 se realiza una reforma a esa Ley (aún vigente) y para el año 2002 es promulgada la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS). La Seguridad Social en Venezuela El establecimiento de la Seguridad Social en Venezuela tiene sus antecedentes en los pensamientos del Libertador de América, luego de los sucesos mundiales, para el año 1944, se promulga la primera ley de seguridad social en el país, motivado a los diversos sucesos nacionales como falta de liquidez del estado, corrupción y mala administración, la 13
  • 15. continua protesta de los ancianos para que les ajustaran las pensiones y otros, el gobierno de la época decide aplicar la reforma de la Ley del Seguro social de 1966. Esta reforma tuvo como objetivo principal la eliminación del régimen de prestaciones sociales, hecho que se materializó con la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo en 1997; la creación de un fondo de pensiones y la transformación del IVSS en un organismo no oferente de servicios sino administrador de recursos. Todos estos cambios se ponen de manifiesto en la LOSSS, “este sistema pone fin a la discusión sobre la capitalización individual en Venezuela, pues se retoma a un nuevo modelo solidario integrado por tres pilares: El primero, no contributivo, financiado por el fisco ( Asistencia Social); el segundo, contributivo de financiamiento tripartito, beneficio definido, con un régimen de prima media general uniforme; y el tercero de carácter complementario y voluntario, financiado exclusivamente a través de las cotizaciones de los trabajadores”. (Fuente: http://lizbethgutierrezaspectoslegales.blogspot.com) El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales El 9 de octubre de 1944, se iniciaron las labores del Seguro Social, con la puesta en funcionamiento de los servicios para la cobertura de riesgos de enfermedades, maternidad, accidentes y patologías por accidentes, según lo establecido en el Reglamento General de la ley del Seguro Social Obligatorio, del 19 de febrero de 1944. 14
  • 16. En 1946 se reformula esta Ley, dando origen a la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con responsabilidad jurídica y patrimonio propio. Con la intención de adaptar el Instituto a los cambios que se verificaban en esa época, el 5 de octubre de 1951 se deroga la Ley que creaba el Instituto Central de los Seguros Sociales y se sustituye por el estatuto Orgánico del Seguro Social Obligatorio. Posteriormente, en 1966 se promulga la nueva Ley del Seguro Social totalmente reformada el año siguiente es cuando comienza a ser aplicada efectivamente esta Ley, que fundan los seguros de Enfermedades, Maternidad, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en el seguro de asistencia médica; se amplían los beneficios además de asistencia médica integral, se establece las prestaciones a largo plazo (pensiones) por conceptos de invalidez, incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes, asignaciones por nupcias y funerarias. Se establece dos regímenes, el parcial que se refiere solo a prestaciones a largo plazo y el general que además de prestaciones a largo plazo, incluye asistencia médica y crea el Fondo de Pensiones y el Seguro Facultativo. En 1989 se pone en funcionamiento el Seguro de Paro Forzoso, mediante el cual se amplía la cobertura, en lo que respecta a Prestaciones en Dinero, a los trabajadores y familiares; modificándose posteriormente para ampliar la cobertura e incrementar el porcentaje del beneficio y la cotización. En la actualidad el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), se encuentra en un proceso de adecuación de su estructura y 15
  • 17. sistemas a fines de atender las necesidades por la población trabajadora. (Fuente: http://www.ivss.gov.ve) El Decreto de la LOSSS que entró en vigencia a partir de su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en Diciembre de 2002 deroga aquellas todas las normas que la coliden, de allí que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), tendrá en el Sistema de Seguridad Social Integral la atribución de gerenciar el proceso de transición con base en esta Ley y en las leyes que regulan los Subsistemas, en las normas de la Ley del Seguro Social de 1991. Los hospitales y ambulatorios del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) serán transferidos preferentemente a entes públicos regionales o municipales, o a entes públicos nacionales, en el plazo, modalidad y condiciones que se indiquen en la Ley Especial del Subsistema de Salud. Las leyes especiales de los Subsistemas de Pensiones y de Salud establecerán los lapsos, modalidades de transición y transformación de otros regímenes de pensiones, jubilaciones y de salud del sector público, a fin de que el Sistema de Seguridad Social sea Uniforme. Los gastos de operación o de funcionamiento del Instituto venezolano de los Seguros Sociales serán financiados fundamentalmente por el Fisco nacional. Los Recursos provenientes de las cotizaciones no podrán ser empleados al financiamiento del Instituto. Las obligaciones con los pensionados se harán con cargo a una partida del IVSS. Los créditos correspondientes serán transferidos al respectivo Fondo fiduciario, según el contrato de fideicomiso suscrito con el Fondo de Inversiones de Venezuela 16
  • 18. con el objeto de administrar los recursos y efectuar los pagos. Para la atención de salud de los pensionados se transferirá al Fondo de Asistencia Médica o al Fondo Solidario de Salud, una cuota no inferior al 6,25% de las pensiones pagadas. Se ordenará la realización de un censo de jubilados y pensionados al servicio de la Administración central y entes de Administración Descentralizada de Estados y Municipios así como del poder Judicial, de los Poderes Legislativos y demás ramas del poder Público. Se derogará la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos progresivamente y a medida que coliden con la nueva ley y con las leyes que regulen los Subsistemas. Se deroga también el Decreto que regula la liquidación del IVSS, de fecha 23 de Septiembre de 1998. La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) En fecha 30 de diciembre de 2002, fue publicada en la Gaceta Oficial de la República N° 37.600 la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS), con reforma parcial mediante Decreto Nº 6.243 de fecha 28 de julio de 2008, publicado en Gaceta Oficial Nº 38.984 de fecha 31/7/2008 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nª5891 de fecha 31/7/2008). Esta Ley fue dictada con el fin de establecer un sistema nacional de seguridad social, regido por el Estado, que garantice a los trabajadores la protección económica y social que sea necesaria frente a las contingencias propias de toda relación laboral. 17
  • 19. Objeto de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social La LOSSS tiene por objeto la creación de un Sistema de Seguridad Social que garantice a las personas amparadas por el mismo, la protección adecuada frente a las contingencias y situaciones sociales propias de toda relación laboral. En tal sentido, en la misma se consagran las normas dirigidas a establecer y regular la rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento de dicho sistema, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las particulares a fin de promover el mejoramiento de su calidad de vida. Ámbito de Aplicación de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. El ámbito de aplicación de la LOSSS es derivado de la consagración constitucional del derecho a la seguridad social como derecho humano fundamental irrenunciable y garantizado por el Estado, y en ese sentido se sostiene que la LOSSS regirá para todos los venezolanos residentes en el territorio de la República y a los extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta. Las contingencias amparadas por el Sistema de Seguridad Social son aquellas vinculadas con el derecho a la salud y las prestaciones por maternidad; paternidad; enfermedades y accidentes cualquiera sea su origen, magnitud y duración; discapacidad; necesidades especiales; pérdida involuntaria del empleo; desempleo; vejez; viudedad; orfandad; vivienda y hábitat; recreación; cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia susceptible de previsión social que determine la ley. 18
  • 20. En las leyes específicas que posteriormente se dicten para regular los regímenes prestacionales que integran el sistema de seguridad social se establecerán las condiciones bajo las cuales se otorgará protección especial a las personas discapacitadas, indígenas, las amas de casa que carezcan de protección económica personal, familiar o social en general y cualquier otra categoría de personas que por su situación particular así lo amerite. Frente a tales contingencias, el Sistema de Seguridad Social garantizará las prestaciones siguientes:  Promoción de la salud de toda la población de forma universal y equitativa, que incluye la protección y la educación para la salud y la calidad de vida, la prevención de enfermedades y accidentes, la restitución de la salud y la rehabilitación; oportuna, adecuada y de calidad.  Programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.  Promoción de la salud de los trabajadores y de un ambiente de trabajo seguro y saludable, la recreación, la prevención, atención integral, rehabilitación, reentrenamiento y reinserción de los trabajadores enfermos o accidentados por causas del trabajo, así como las prestaciones en dinero que de ellos se deriven.  Atención integral en caso de enfermedades catastróficas.  Atención y protección en caso de maternidad y paternidad.  Protección integral a la vejez.  Pensiones por vejez, sobre vivencia y discapacidad.  Indemnización por la pérdida involuntaria del empleo.  Prestaciones en dinero por discapacidad temporal debido a enfermedades, accidentes, maternidad y paternidad. 19
  • 21. Subsidios para la vivienda y el hábitat de las personas de bajos recursos y para una parte de las cotizaciones al Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas en el caso de los trabajadores no dependientes de bajos ingresos.  Asignaciones para las necesidades especiales y cargas derivadas de la vida familiar.  Atención integral al desempleo a través de los servicios de información, orientación, asesoría, intermediación laboral, y la capacitación para la inserción al mercado de trabajo; así como la coordinación con organismos públicos y privados para el fomento del empleo.  Atención a las necesidades de vivienda y hábitat mediante créditos, incentivos y otras modalidades.  Cualquier otra prestación derivada de contingencias no previstas en esta Ley y que sea objeto de previsión social. Esta LOSSS tiene como objetivo proteger a los habitantes de la República, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sea o no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobre vivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene todo ser humano. La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la imposibilidad sea temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir 20
  • 22. satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados o servicios" Estructura Funcional de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social La ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, tiene una estructura funcional que se describe a continuación, está establecida por diferentes SUBSISTEMAS de seguridad social, que apoyan o complementan la aplicación, ellos son:  El Subsistema de Pensiones: tiene por objeto la cobertura de las contingencias de invalidez, vejez, muerte, asistencia funeraria, nupcialidad y sobre vivencia. El Subsistema de Pensiones es único y lo conforman dos (2) regímenes: el de Capitalización Individual y el de Solidaridad Intergeneracional, en los cuales participan, de acuerdo con sus ingresos, todos los contribuyentes. Para este Subsistema se crean los Fondos de Capitalización Individual, con el objeto de otorgar a los afiliados una pensión cuya cuantía dependerá del monto acumulado de los aportes en la cuenta individual del afiliado y del producto que le corresponda por el rendimiento de las inversiones realizadas, los Fondos de Capitalización Individual son propiedad de los afiliados y sus patrimonio es independiente y distinto del patrimonio de las Instituciones que los administran, su administración estará a cargo de Instituciones que determine la ley del Subsistema de Pensiones y el 21
  • 23. Fondo de Solidaridad Intergeneracional cuyo objeto es complementar hasta la pensión mínima vital, a quienes habiendo contribuido en el Subsistema de Pensiones, el acumulado de su cuenta, no alcance el monto de aquélla. El mismo será financiado por las cotizaciones de los empleadores y por los aportes del Ejecutivo nacional y estará a cargo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). La Ley especial de este Subsistema determinará su administración., la supervisión estará a cargo del Ministerio de Finanzas. Los beneficiarios tienen derecho a escoger libremente los entes administradores de los fondos y de los prestadores del servicio de salud, que podrán ser públicos, privados o mixtos debiendo cumplir con los requisitos que les fijen las leyes Especiales.  El Subsistema de Salud: tiene por objeto garantizar a los afiliados el financiamiento y la seguridad de la prestación de los servicios de salud. Los beneficios que otorgarán el subsistema y sus condiciones serán determinados en la ley especial. El Subsistema de Salud es único y lo conforman dos (2) regímenes de carácter contributivo: el Solidario, de afiliación obligatoria, y el Complementario, de afiliación voluntaria. En este subsistema se crean el Fondo Solidario de Salud, con el objeto de garantizar a los afiliados la prestación de la atención médica integral y su financiamiento; y cancelar las indemnizaciones diarias que correspondan de conformidad con lo establecido en la Ley Especial del Subsistema. El Fondo Solidario de Salud será administrado por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de 22
  • 24. conformidad con la Ley Especial de Subsistema y el Fondo Especial a la Atención de Enfermedades de Alto Costo, Riesgo y Largo Plazo.  El Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral: tiene como objeto la protección temporal del afiliado por la terminación de la relación de trabajo en los términos y condiciones señalados en la Ley del Subsistema, mediante el otorgamiento de prestaciones en dinero; así como procurar su pronta reinserción al trabajo, a través del servicio de intermediación y capacitación laboral. Estará constituido por un régimen financiero de reparto, de carácter solidario. Se constituirá un Fondo de paro Forzoso de carácter obligatorio y solidario que cubrirá los gastos de indemnización económica, salud y capacitación laboral. Su administración estará a cargo del IVSS.  El Subsistema de Vivienda y Política Habitacional: tiene por objeto generar las facilidades a los afiliados y a los beneficiarios del Sistema, para el acceso a una vivienda digna y adecuada, incluyendo sus servicios urbanísticos básicos; además de estimular y apoyar la participación individual y comunitaria en la solución de sus problemas habitacionales. Dicho ahorro se constituirá con las contribuciones que los trabajadores y empleadores y los rendimientos que estos produzcan. Su administración la implementará la Ley Especial del Subsistema. 23
  • 25. Los recursos del Fondo Mutual Habitacional son propiedad de los afiliados en proporción a sus cotizaciones y sus rendimientos y su patrimonio es independiente de sus administradores.  Subsistema de Recreación: el objeto del Subsistema es promover e incentivar el desarrollo de programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social para los afiliados y beneficiarios del Sistema de Seguridad Social Integral. La ley Especial del Subsistema definirá los lineamientos y establecerá las normas para desarrollar en forma directa o mediante acuerdos con entidades públicas o privadas, los programas de recreación. Utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, así como el fomento de la construcción, dotación. Mantenimiento y protección de la infraestructura recreacional. Principios Fundamentales de la Seguridad Social Adicionalmente a los subsistemas ya indicados, la Ley cuenta con los principios fundamentales de la seguridad social, establecidos desde los inicios de la seguridad en el mundo, así como con la idea principal de la Constitución Nacional de la republica Bolivariana de Venezuela, por ello, la Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:  Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por esta Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida;  Solidaridad: Es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema; 24
  • 26. Integralidad: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema.  Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos y prestaciones, a fin de alcanzar su objetivo.  Participación: Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral.  Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible.  Eficiencia: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los beneficios que esta Ley asegura sean prestados en forma oportuna, adecuada y suficiente. Estructura Organizativa de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Además de lo anterior, la LOSSS presenta una estructura organizativa la cual se expone completamente en el Titulo II de la misma, a continuación se plasman los principales artículos relacionados con: Estructura del Sistema Artículo 19. El Sistema de Seguridad Social, sólo a los fines organizativos, estará integrado por los sistemas prestacionales siguientes: Salud, Previsión Social y Vivienda y Hábitat. Cada uno de los sistemas prestacionales tendrá a su cargo los regímenes prestacionales mediante los cuales se brindará protección ante las contingencias amparadas por el Sistema de Seguridad Social. La organización de los regímenes prestacionales procurará, en atención a su complejidad y cobertura, la aplicación de 25
  • 27. esquemas descentralizados, desconcentrados, de coordinación e intersectorialidad. Rectoría del Sistema Artículo 24. Corresponde al Presidente de la República en Consejo de Ministros, establecer el órgano rector del Sistema de Seguridad Social, responsable de la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas y estrategias en materia de seguridad social; así como establecer la instancia de coordinación con los órganos y entes públicos vinculados directa o indirectamente con los diferentes regímenes prestacionales, a fin de preservar la interacción operativa y financiera del Sistema, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de la Administración Pública, esta Ley y sus reglamentos. Competencias del órgano rector Artículo 25. Sin perjuicio de las competencias específicas que le corresponden a otros órganos del ámbito de Seguridad Social, el órgano rector del Sistema de Seguridad Social tendrá las siguientes competencias: 1. Definir y proponer al Ejecutivo Nacional, en Consejo de Ministros, los lineamientos, políticas, planes y estrategias del Sistema de Seguridad Social. 26
  • 28. 2. Efectuar el seguimiento y la evaluación de las políticas y el desempeño del Sistema de Seguridad Social y proponer los correctivos que considere necesarios. 3. Revisar y proponerlas modificaciones a la normativa legal aplicable a la seguridad social a los fines de garantizar la operatividad del Sistema. 4. Establecer formas de interacción y coordinación conjunta entre órganos e instituciones públicas estatales, las públicas no estatales y las privadas, a los fines de garantizar la integralidad del Sistema. 5. Realizar cada dos años valuaciones económico-actuariales del Sistema de Seguridad Social, las cuales podrán ser sometidas a auditoria de organismos internacionales especializados. 6. Proponer las reformas jurídicas a los fines de la modificación de los requisitos, condiciones y términos para el otorgamiento de los beneficios, así como las modificaciones de las bases, porcentajes y montos de las cotizaciones y aportes para los regímenes prestacionales previstos en esta Ley así, como la incorporación de otras prestaciones previos estudios actuariales, políticos, sociales y económicos que lo justifiquen. 7. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Sistema de Seguridad Social en las materias de su competencia, así como de las obligaciones bajo la potestad de sus entes u órganos adscritos. 8. Autorizar, previos los estudios técnicos y jurídicos que así lo justifiquen, la celebración de Convenios de Reciprocidad 27
  • 29. Internacional para el reconocimiento de los derechos inherentes a los regímenes prestacionales del Sistema de Seguridad Social. 9. Ejercer los mecanismos de tutela que se deriven de la ejecución de la administración y gestión de los entes u organismos bajo su adscripción. 10. Aprobar el Plan Anual de Inversión que presente el Directorio de la Tesorería de la Seguridad Social. 11. Consignar anualmente, ante la Asamblea Nacional un informe sobre la ejecución y evaluación de su plan plurianual. 12. Proponer el reglamento de la presente Ley. 13. Las demás que lesean asignadas por esta Ley, por otras leyes que regulen la materia y por el Ejecutivo Nacional. Superintendencia de Seguridad Social Artículo 27. Se crea la Superintendencia del Sistema de Seguridad Social, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual se denominará Superintendencia de Seguridad Social adscrito al ministerio con competencia en finanzas públicas, a los solos efectos de la tutela administrativa y gozará de las prerrogativas de orden fiscal y tributario que le otorga la presente Ley como órgano de control del Sistema de Seguridad Social. Los aspectos relacionados con la estructura organizativa de la Superintendencia, serán desarrollados en un Reglamento de la presente Ley. 28
  • 30. Tesorería de Seguridad Social Artículo 36. Se crea la Tesorería del Sistema de Seguridad Social como instituto autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente del Fisco Nacional, el cual se denominará Tesorería de Seguridad Social, adscrito al órgano rector del sistema de Seguridad Social a los solos efectos de la tutela administrativa. La Tesorería de Seguridad Social como ente de recaudación, inversión y distribución de los recursos fiscales y parafiscales de la seguridad social, está exenta de todo impuesto, tasa, arancel o contribución nacional. Asimismo, goza de inmunidad fiscal con respecto a los tributos que establezcan los estados, los distritos metropolitanos y los municipios. Aún no se encuentra en completo funcionamiento la estructura establecida en la LOSSS, por lo tanto, a la fecha sigue vigente la Ley del IVSS. Relación de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) con la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) De todo lo anteriormente investigado y transcrito en este trabajo, se establece que la LOSSS y la LOT tienen una relación muy estrecha, en ellas se estipula todo lo relacionado con los ciudadanos y con los trabajadores de la nación en cuanto a beneficios sociales, económicos y contractuales se refiere, además se puede tomar en consideración que ambas están 29
  • 31. relacionados con el bienestar de las personas y de la ciudadanía y por ende con la calidad de vida en el trabajo y la satisfacción laboral. Calidad de Vida en el trabajo y Satisfacción Laboral Existen teorías, trabajos y autores que han estudiado y dado a conocer muchos temas relacionados con la calidad de vida, la calidad de vida en el trabajo y la satisfacción laboral, ello debido al tiempo que las personas transcurren en sus lugares de trabajo, por ellos debemos estar conscientes de las implicaciones y consecuencias que tiene en sus vidas. La Calidad de Vida en el Trabajo tiene repercusiones significativas en la calidad de vida emocional, y en el equilibrio socio-emocional y afectivo que pueden lograr o no los seres humanos. Lo anterior es válido para cualquier tipo de relación laboral: un grupo de profesionales, una organización de expertos consultores, una microorganización y también en las grandes organizaciones, ciertamente la dinámica y las relaciones entre las personas serán diferentes en cada caso, dado que existe un nexo íntimo entre la estructura organizacional y los procesos psicosociales inherentes a la misma. Quienes integran las organizaciones, se preocupan por el mejoramiento de la conducta organizacional. El directivo, el profesional, el oficinista y el operario, todos ellos trabajan con otras personas, lo cual influye en la calidad de vida que se desarrolla en los centros de trabajo. En este contexto, los gerentes que representan el sistema administrativo (quienes toman las decisiones) deben tratar de conocer las bases del comportamiento 30
  • 32. organizacional como medio para mejorar las relaciones entre las personas y la organización. Los gerentes tratan de crear un ambiente en el que la gente se sienta motivada, trabaje más productivamente y sea más eficiente. En este marco referencial, uno de los aspectos que más importancia tiene para el trabajador es lo que respecta a la satisfacción que le produce la labor que desempeña y los aspectos que rodean a su trabajo. Las teorías humanistas sostienen que el trabajador más satisfecho es aquel que satisface mayores necesidades psicológicas y sociales en su empleo y, por tanto, suele poner mayor dedicación a la tarea que realiza. Una elevada satisfacción de los empleados en el trabajo es algo que siempre desea la dirección de toda organización, porque tiende a relacionarse con los resultados positivos, con mayores índices de productividad, lo cual lleva al desarrollo empresarial. En las organizaciones venezolanas, el hecho de contar con el cumplimiento de las leyes en el ámbito de seguridad social, hace que la mayoría de los trabajadores sientan una buena calidad de vida y una satisfacción laboral. En la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna (SUNAI) a partir de noviembre de 2010 se implantaron los beneficios sociales y contractuales establecidos por las leyes venezolanas lo que hizo que la satisfacción laboral y la calidad de vida de los trabajadores aumentara ya que desde su creación solo cumplían con parte de esos beneficios. 31
  • 33. La seguridad Social y su aplicación en Diversos Países. Así como en Venezuela, en diferentes países de Latinoamérica y Europa existen diferentes regímenes sociales que implementan los Estados para la seguridad social de los ciudadanos, a continuación se detallan varios de ellos y para finalizar se anexa un cuadro comparativo de los mismos. La Seguridad Social en España Es el principal sistema de protección social del Estado. Su finalidad es garantizar unas prestaciones sociales concretas e individualizadas, para hacer frente a determinadas contingencias que pueden situar a la persona (y a quienes dependan de ella) en situación de necesidad. La regulación esencial de la Seguridad Social se encuentra en el artículo 41 de la Constitución y en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994). La Seguridad Social engloba una modalidad contributiva, de ámbito profesional y financiación en base a cotizaciones de los afiliados; y una modalidad no contributiva, de ámbito universal y financiación en base a aportaciones de los Presupuestos Generales del Estado. El Sistema español de Seguridad Social está integrado por los siguientes regímenes:  Régimen General: es el más ampliamente aplicado y supletorio de los demás.  Regímenes Especiales: para determinadas actividades profesionales por su naturaleza, sus peculiares condiciones de tiempo y lugar o por la índole de sus procesos productivos: 32
  • 34. 1. Agrario. 2. Trabajadores autónomos. 3. Empleados de hogar. 4. Minería del Carbón. 5. Trabajadores del Mar. 6. Funcionarios civiles (Muface), que no se aplica a los funcionarios de nuevo ingreso. Estos regímenes especiales están regidos por los principios de homogeneidad y de tendencia a la unidad con el Régimen General. Afiliación, inscripción y cotización: La afiliación es obligatoria y única para la vida de la persona y para todo el sistema. Las altas y bajas, iniciales o sucesivas, han de reflejar formalmente la vida laboral de la persona. La cotización (o pago de cuotas) es obligatoria desde el mismo momento en que se realiza la actividad (aunque no se haya realizado formalmente la afiliación, alta o baja). Inscripción del empleador y Código de Cuenta de Cotización (CCC) Los empresarios y empleadores, como requisito previo e indispensable a la iniciación de sus actividades, solicitarán su inscripción en el Régimen General de la Seguridad Social, haciendo constar la entidad gestora (INSS) o, en su caso, la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que haya de asumir la protección por estas contingencias del personal a su servicio. 33
  • 35. En España se emplea el Código de Cuenta de Cotización (CCC), un código numérico (11 dígitos) que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a las empresas y empleadores cuando se inscriben y por el que las identifica en el pago de las cuotas. Utiliza la siguiente estructura: Código provincial (2 digitos) - Número de inscripción - Dígitos de control (2 digitos). Suele ir precedido por el código del régimen de seguridad social, siendo el más empleado el del régimen general (0111). Seguridad Social en Argentina El sistema de seguridad social argentino cubre, jubilaciones, pensiones, prestación por desempleo (paro) y por inhabilitación. Se reconoce a la Seguridad Social como "un derecho inalienable del ser humano", concebido como "garantía para la obtención del bienestar de la población, y como factor de integración permanente, estabilidad y desarrollo armónico de la sociedad". (Artículo 1 del "Código Iberoamericano de la Seguridad Social", aprobado por la V Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, Bariloche, Argentina, 1995.) Prestación por desempleo: Si te quedas sin trabajo puedes solicitar el cobro del paro ( prestación por desempleo). Puedes recibir el paro en caso de que no tengas otro trabajo u otro tipo de retribución oficial. Dispones de 90 días desde la fecha de desempleo para solicitar el paro. La cuantía del paro se calcula en base al 41.5% del sueldo neto mensual más alto recibido en los últimos 6 meses. La cantidad a percibir no puede exceder los 300 $ AR, ni puede ser inferior a 150 $ AR al mes. El tiempo durante el cual tienes derecho a recibir la prestación por desempleo depende del tiempo que hayas 34
  • 36. trabajado. Si tienes familia u otros dependientes, puedes recibir además ayudas por familia. Jubilación, Pensiones e Inhabilitaciones: Existen dos sistemas de jubilación:  Régimen Provisional Público (RPP o Sistema de Reparto) es la pensión de jubilación del Estado.  Régimen de Capitalización (Sistema Mixto o RCI) son fondos de pensiones privados supervisados por el Estado. En Argentina, cuando se obtiene el primer empleo, hay 90 días para decidir a cuál de los dos sistemas de jubilación quieres contribuir. Si pasados los 90 días, no has elegido uno de los dos sistemas, te asignarán automáticamente al RCI y no podrás cambiarte al sistema de Reparto. Los trabajadores pueden elegir libremente el fondo de pensiones privado que quieran y cambiarlo por otro cuando les apetezca. Sistema de Reparto El programa de Reparto tiene las siguientes prestaciones:  Prestación Básica Universal o PBU: para tener derecho a la prestación básica de jubilación los hombres tienen que haber cumplido los 65 años, las mujeres 60 años y haber formado parte del actual o anterior programa de jubilación durante al menos 30 años. 35
  • 37. Retiro por Invalidez: para tener derecho al retiro por invalidez, el individuo tiene que tener una discapacidad física o psíquica de al menos el 66& y no haber alcanzado aún la edad de jubilación.  Pensión por Fallecimiento de un Afiliado: cuando fallece un afiliado tienen derecho a una pensión: el viudo/a, o compañero/a del fallecido; los hijos solteros hasta los 18 años que no estén recibiendo otras prestaciones; los hijos discapacitados sin límite de edad siempre que estén a cargo del fallecido.  Pensión por Fallecimiento de un Beneficiario: cuando un beneficiario fallece tienen derecho a una pensión: el viudo/a, o compañero/a del fallecido; los hijos solteros hasta los 18 años que no estén recibiendo otras prestaciones; los hijos discapacitados sin límite de edad siempre que estén a cargo del fallecido.  Prestación por Edad Avanzada: tienen derecho a esta prestación hombres y mujeres, mayores de 70 años, que hayan estado afiliados al plan al menos durante 10 años, 5 de los cuales tienen que haber sido durante los últimos 8 años. Sistema RCI El sistema RCI cubre los siguientes puntos: Jubilación Ordinaria Para tener derecho a la jubilación estándar los hombres tienen que haber cumplido los 65 años y las mujeres 60. Este tipo de pensión de jubilación se puede recibir de tres maneras distintas: 36
  • 38. Renta Vitalicia Previsional  Retiro Programado  Retiro Fraccionado La Renta Vitalicia Previsional quiere decir que uno hace un contrato con una empresa de seguros de jubilación. Esta empresa le pagará y/o a sus beneficiarios una cantidad mensual vitalicia. Retiro Programado quiere decir que uno, sobre el depósito total generado durante años, puede retirar una cantidad mensual fija acordada previamente. Este programa es mejor que el programa de ahorro gestionado por la Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP). Retiro Fraccionado quiere decir que cuando el beneficiario recibe un retiro menor de un 50% de la Prestación Básica (PBU) máxima del estado, tiene derecho al equivalente del 50% de PBU hasta que se acabe su depósito. Hay que estar registrado en el AFJP. Retiro por Invalidez Tienen derecho al retiro por invalidez quienes tengan un 66% de incapacidad, física o psíquica, para trabajar y no hayan alcanzado la edad de jubilación. Pensión por fallecimiento Cuando fallece un jubilado, un individuo que está recibiendo una prestación por invalidez o un afiliado, las siguientes personas tienen derecho a una pensión: 37
  • 39. El viudo/a  El compañero/a  Los hijos solteros hasta los 18 años que no estén recibiendo otras prestaciones; los hijos discapacitados pueden continuar recibiendo beneficios si estaban a cargo del fallecido. La Seguridad Social en Brasil La Seguridad Social garantiza el sustento del trabajador y de su familia en los casos en que él está impedido de ejercer sus actividades (por accidente, enfermedad, maternidad etc.) o durante la jubilación. La Seguridad Social está prevista en la Constitución Federal y engloba un conjunto de acciones de responsabilidad del Estado y de la Sociedad en las áreas de salud, asistencia social y seguro social. Estructura del Sistema  Salud: Derecho de todos, no puede ser negado el acceso a cualquier individuo.  Deber del Estado, el servicio de salud puede ser prestado por la iniciativa privada de forma complementaria y mediante convenio.  Carácter no contributivo, no es necesario el pago de ninguna contribución por parte del usuario de los servicios de salud  Asistencia Social – Se presta este servicio solamente a quien lo necesite.  Carácter condicionante y no depende de contribución del asistido. 38
  • 40. Pago de cuota mensual en el valor de un salario mínimo a todo anciano mayor de 65 años y discapacitados que comprueben no tener condiciones para ganarse el sustento (ingresos bajos). Seguro Social Carácter obligatorio para todo trabajador que ejerce actividad remunerada. Carácter contributivo, sólo gozará de los derechos de los beneficios del seguro quien haya contribuido al sistema. El seguro social está organizado bajo la forma de régimen general y caja única, donde todos los trabajadores urbanos y rurales pertenecen al mismo régimen y aquellos que están en actividad contribuyen para el pago de los beneficios de los otros que están en la inactividad, no existen reservas o cuentas individuales. El Seguro Social debe cubrir los eventos de jubilación, invalidez, enfermedad, muerte maternidad, auxilio familiar para trabajadores de ingresos bajos con hijos menores de 14 años y para la familia de los trabajadores que están en la cárcel. Beneficios de la Seguridad Social Los beneficios pagados por la Seguridad Social son: 1. jubilación especial; 2. Jubilación por edad; 3. Jubilación por invalidez; 4. Jubilación por tiempo de contribución; 5. auxilio-accidente; 6. auxilio-enfermedad; 7. auxilio-enfermedad por accidente; 39
  • 41. 8. auxilio-reclusión; 9. Pensión por muerte; 10. Salario/sueldo-familia; 11. Salario/sueldo-maternidad; 12. Asistencia social a la persona anciana; y 13. Asistencia social a la persona con deficiencia. ¿Quién tiene derecho? Todos los empleados registrados con libreta de trabajo están inscritos automáticamente en la Seguridad Social. Quien no está registrado también puede contribuir. Emprendedores individuales y trabajadores autónomos (que trabajan por cuenta propia), por ejemplo, se encuadran en el perfil de contribuyentes individuales. Ciudadanas y ciudadanos que realizan servicios en las casas de otras personas, como limpiadoras, jardineros, conductores de vehículos y caseros, aparecen en la categoría de empleados domésticos. Otro perfil es el del trabajador a destajo o independiente, que realiza servicios para diversas empresas, pero es contratado por sindicatos y órganos gestores de mano de obra. Es el caso de profesionales que trabajan en la extracción de sal, en el envase del cacao y en puertos. Productores rurales que trabajan en régimen de economía familiar y no utilizan mano de obra asalariada integran el perfil de asegurado especial. Personas de más de 16 años, que no tienen rentas propias, también pueden contribuir para la Seguridad Social – son los contribuyentes opcionales. 40
  • 42. Contribución Las contribuciones para la Seguridad Social son recaudadas mensualmente por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). Los ingresos acumulados mensualmente son utilizados para pagar los beneficios de los asegurados. La cuantía, a ser depositada en favor del INSS, depende de la remuneración recibida por el trabajador y de su perfil de contribuyente. Para consultar la tabla de contribuciones mensuales. Al solicitar un beneficio En algunos casos, la solicitud de un beneficio puede ser hecha solamente si el trabajador hubiere pagado un número mínimo de contribuciones mensuales. Dicha exigencia es llamada de carencia y varía conforme al beneficio. Para solicitar auxilio-accidente, auxilio-reclusión, salario/sueldo-familia y pensión por muerte el trabajador no necesita cumplir alguna carencia. Seguridad Social en México La Seguridad Social en México tiene como antecedente legal a la Constitución Política del 5 de febrero de 1917, art 123 fracc XXIX q establece: "Se considera de utilidad social el establecimiento de cajas de seguros populares de invalidez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo y de otras con fines análogos para lo cual el gobierno federal, como el de cada estado, deberán fomentar la organización de instituciones de esta índole, para difundir e inculcar la previsión popular" así se crearon en diferentes fechas institutos especializados para la atención de los trabajadores, que de acuerdo al tipo de empresa en la que laboraban era la 41
  • 43. naturaleza de la institución que los respaldaba. De esta forma nacieron las siguientes instituciones:  IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social  ISSSTE Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado  ISSFAM Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas  INFONAVIT Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores  FOVISSSTE Fondo para la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) es una institución mexicana tripartita donde participa el sector obrero, el sector empresarial y el gobierno, dedicada a otorgar crédito para la obtención de vivienda a los trabajadores y brindar rendimientos al ahorro que está en el Fondo Nacional de Vivienda para las pensiones de retiro. Este instituto ha facilitado la obtención de vivienda para muchas personas dentro de la sociedad Mexicana que no tienen fácil acceso a un crédito hipotecario. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una institución gubernamental, autónoma y tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores), dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que cuente con afiliación al instituto, llamada entonces asegurado o derechohabiente. 42
  • 44. Se considera a esta institución de seguridad social la más grande de América Latina. Fue fundada el 19 de enero de 1943 por decreto presidencial del entonces Presidente de la República el General Manuel Ávila Camacho. Ley del Seguro Social La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro Social. Actualmente, la Ley señala que la seguridad social tiene como finalidades:  La asistencia médica.  La protección de los medios de subsistencia.  Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.  El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos de régimen:  El régimen obligatorio: Es aquel que se financia con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los propios trabajadores. Cuenta con cinco tipos de seguro: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; Guarderías y prestaciones sociales. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los 43
  • 45. trabajadores, los miembros de sociedades cooperativas de producción y las personas que determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo, tal es el caso del los Estudiantes, amparados bajo el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998.  El régimen voluntario: De forma voluntaria y mediante convenio con el Instituto, podrán ser sujetos de aseguramiento en este régimen, los trabajadores en industrias familiares y los independientes como profesionales, pequeños comerciantes, artesanos y demás trabajadores no asalariados, los trabajadores domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; así mismo, los patrones (personas físicas) con trabajadores asegurados a su servicio y los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidos o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social. Seguridad Social en Colombia El Sistema de Seguridad social Integral en Colombia vigente en Colombia, fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que este acorde con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social. 44
  • 46. Objetivos del sistema  Garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes tienen una relación laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al sistema.  Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en los términos de la presente ley. Principios de prestación de servicios del Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia  Eficiencia  Universalidad  Solidaridad  Integralidad.  Unidad  Participación Componentes del Sistema La Ley 100 de 1993 establece la legislación de cuatro frentes generales:  El Sistema general de Pensiones,  El Sistema General de Seguridad Social en Salud  El Sistema General de Riesgos Profesionales  Los servicios sociales complementarios. El fin principal del Sistema General de Pensiones es asegurar a la población el cubrimiento de los riesgos o contingencias derivados de la vejez, la invalidez y la muerte, por medio del reconocimiento de pensiones y prestaciones determinadas por la Ley. Este sistema busca además la ampliación de la cobertura a segmentos de la población no cubiertos hasta ese momento por el antiguo Sistema. Con la Ley 100 se autoriza la creación de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones, encargadas de administrar los 45
  • 47. recursos destinados a pagar las pensiones de los afiliados que escojan pensionarse de acuerdo con las condiciones en que estos fondos operaran de acuerdo con las disposiciones que dicha Ley exige. También reglamenta y autoriza el manejo del régimen pensional manejado por el Instituto de Seguros Sociales y por el cual se reconoce un porcentaje fijo de pensión de acuerdo con el cumplimiento de requisitos de edad y tiempo cotizado. Con la Ley 100 de 1993, el Sistema General de Seguridad Social en Salud, implanta tres reformas fundamentales: la participación del sector privado en la prestación de servicios de salud a los trabajadores colombianos, adicional al Instituto de Seguros Sociales I.S.S., la creación del Fondo de Solidaridad y Garantía para asegurar un nuevo sector subsidiado en Colombia y la posibilidad para todos los trabajadores de elegir la entidad prestadora de salud. Entidades del Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia  Entidades Promotoras de Salud E.P.S.  Instituciones Prestadoras de servicios de Salud I.P.S.  Fondos de Cesantías  Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías Las entidades encargadas de administrar los recursos destinados a pagar las pensiones de los afiliados. En Colombia estas entidades también se encargan de la administración de la Cesantía, que es la prestación social que todo empleador debe reconocer a sus trabajadores con el fin de que este pueda atender sus necesidades primarias en caso de quedar cesante. Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías en Colombia son:  Pensiones y Cesantías Protección 46
  • 48. Porvenir S.A.  Skandia  ING Pensiones y Cesantías  Citi Colfondos  BBVA Horizonte 47
  • 49. SEGURIDAD SOCIAL CUADRO COMPARATIVO VENEZUELA ESPAÑA COLOMBIA ARGENTINA BRASIL MEXICO La Constitución de la La Seguridad Social de Desde el año 1993 en El sistema de seguridad La Seguridad Social "Se considera de utilidad Republica Bolivariana de España es el principal Colombia existe el social argentino cubre, garantiza el sustento del social el establecimiento Venezuela de 1.999 en el sistema de protección Sistema de Seguridad jubilaciones, pensiones, trabajador y de su familia de cajas de seguros Artículo 86 establece que social del Estado. Social integral (sistema de prestación por desempleo en los casos en que él populares de invalidez, de toda persona tiene protección social Y (paro) y por inhabilitación. está impedido de ejercer vida, de cesación derecho a la Seguridad Objetivos del sistema laboral). sus actividades (por involuntaria del trabajo y Social como servicio Se reconoce a la accidente, enfermedad, de otras con fines público de carácter no Su finalidad es garantizar Objetivos del sistema Seguridad Social como maternidad etc.) o durante análogos para lo cual el lucrativo que garantice la unas prestaciones "un derecho inalienable la jubilación. gobierno federal, como el salud y la protección ante sociales concretas e  Garantizar las del ser humano", de cada estado, deberán las contingencias, artículo individualizadas, para prestaciones concebido como "garantía Características del fomentar la organización además enmarcado hacer frente a económicas y de salud para la obtención del Sistema de instituciones de esta dentro del Capítulo determinadas a quienes tienen una bienestar de la población, índole, para difundir e referente a los derechos contingencias que pueden relación laboral o y como factor de -La prioridad es la Salud. inculcar la previsión sociales y de las familias. situar a la persona (y a capacidad económica integración permanente, popular". quienes dependan de ella) suficiente para afiliarse estabilidad y desarrollo -El Estado tiene el deber Los Artículos 83,84 y 85 en situación de necesidad. al sistema. armónico de la sociedad". de garantizar la salud. la Ley del Seguro Social establecen el derecho a la señala que la seguridad salud y la creación de un La regulación esencial de  Garantizar la prestación Objetivos del Sistema: -Carácter no contributivo. social tiene como sistema público nacional la Seguridad Social se de los servicios sociales finalidades: de salud integrado al encuentra en el artículo 41 complementarios en los Garantizar a toda la -Asistencia Social. sistema de seguridad de la Constitución y en el términos de la presente población su derecho a la  La asistencia médica. social, en base a ello es Texto Refundido de la Ley ley. Seguridad Social, -Carácter condicionante y que se enrumban los General de la Seguridad cualquiera sea el modelo no depende de  La protección de los objetivos del Sistema de Social (Real Decreto Componentes del de organización contribución del asistido. medios de subsistencia. Seguridad Social. Legislativo 1/1994) . Sistema institucional, los modelos de gestión y el régimen -Pago de cuota mensual  Los servicios sociales Objetivos del Sistema La Seguridad Social La Ley 100 de 1993 financiero de los en el valor de un salario necesarios para el engloba una modalidad establece la legislación de respectivos sistemas mínimo a todo anciano bienestar individual y La Seguridad Social contributiva, de ámbito cuatro frentes generales: protectores que, mayor de 65 años y colectivo. Integral tiene como fin profesional y financiación dependiendo de sus discapacitados que proteger a ciudadanos en base a cotizaciones de  El Sistema general de propias circunstancias comprueben no tener  El otorgamiento de una (as) de la república de las los afiliados; y una Pensiones históricas, políticas, condiciones para ganarse pensión que, en su caso y contingencias, modalidad no contributiva, económicas y sociales, el sustento (ingresos previo cumplimiento de enfermedades, sean o no de ámbito universal y  El Sistema General de hayan sido elegidos. bajos). El Seguro Social los requisitos legales, de trabajo, cesantía, financiación en base a Seguridad Social en debe cubrir los eventos de será garantizada por el desempleo, maternidad, aportaciones de los Salud jubilación, invalidez, Estado. 48
  • 50. incapacidad temporal y Presupuestos Generales enfermedad, muerte parcial, invalidez, vejez, del Estado.  El Sistema General de Componentes del maternidad, auxilio El Seguro Social nupcialidad, muerte, Riesgos Profesionales Sistema familiar para trabajadores comprende dos tipos de sobrevivencia y cualquier Estructura de ingresos bajos con régimen: otro riesgo que pueda ser  Los servicios sociales  Prestación por hijos menores de 14 años objeto de previsión social, El Sistema español de complementarios. desempleo. y para la familia de los  El régimen obligatorio. así como de las cargas Seguridad Social está trabajadores que están en derivadas de la vida integrado por los Tienen además un  Jubilación, Pensiones e la cárcel.  El régimen voluntario. familiar y las necesidades siguientes regímenes: Régimen Subsidiado Inhabilitaciones. de vivienda, recreación (dirigido a parte de la que tiene todo ser  Régimen General, es el población vulnerable de  Sistema de Reparto. humano. más ampliamente Colombia: recién nacidos, aplicado y supletorio de población rural, población  Sistema RCI (Jubilación Componentes del los demás. indígena y menores en Ordinaria, Retiro por Sistema situación especial bajo la invalidez, Pensión por  Regímenes Especiales tutela del estado fallecimiento. El Órgano de dirección del para determinadas colombiano). Sistema de Seguridad actividades Social Integral es el profesionales por su Todos estos frentes son MPPTSS, teniendo como naturaleza, sus administrados por marco legal la Ley peculiares condiciones empresas privadas. Orgánica del Sistema de de tiempo y lugar o por Seguridad Social y las la índole de sus Prestaciones: leyes especiales que rigen procesos productivos: los diferentes 1. Agrario. Vacaciones, cesantías, subsistemas, como son: 2. Trabajadores salud, pensiones, Riesgos  Subsistema de autónomos. profesionales, subsidio Pensiones 3. Empleados de hogar. familiar.  Subsistema de Salud 4. Minería del Carbón.  Subsistema de Paro 5. Trabajadores del Mar. Forzoso y Capacitación 6. Funcionarios civiles Laboral. (Muface), que no se  Subsistema de Vivienda aplica a los funcionarios y Política Habitacional de nuevo ingreso.  Subsistema de Recreación. 49
  • 51. CONCLUSIONES En la elaboración de esta monografía hemos refrescado nuestros conocimientos en lo referente a la Seguridad Social, así mismo, hemos aprendido que seguridad social no es solo lo que concierne a los trabajadores al servicio del Estado sino a todos los ciudadanos, y que es el Estado quien está encargado constitucionalmente de brindar esa seguridad necesaria para todas las personas. En el caso de Venezuela, el presente gobierno se ha desarrollado como un Estado Constitucionalista Bolivariano y Revolucionario, ello porque se ha encargado los últimos años de brindar esta seguridad no solo a los ciudadanos venezolanos mediante la promulgación de leyes acordes a la Constitución de la República, sino que apoya en muchos sentidos a varios de los países latinoamericanos, logrando así que la seguridad y el bienestar de los pueblos llegue mas allá de nuestras fronteras. Otro hecho importante, es la aplicación de los diversos regímenes de seguridad en otros países latinos, la mayoría cuenta con los principios básicos de la seguridad que fueron implementados desde sus inicios y últimamente se han reformado las leyes de los diversos países para brindar mayor seguridad y bienestar a los ciudadanos. En el caso de España, nos ha llamado la atención que el sistema de seguridad agrupa a los ciudadanos de acuerdo a la prestación de servicio que han realizado, sin embargo es muy similar a los sistemas de América latina ya que el principal objetivo es brindar seguridad y bienestar al pueblo. 50
  • 52. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Legales Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas, viernes 24 de marzo de 2000 Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, publicada en Gaceta Oficial Nª5891 Extraordinaria de fecha 31 de julio de 2008. Ley Orgánica del Trabajo, publicada en Gaceta Oficial Nº 5.152 Extraordinario de 19 de junio de 1997. En línea Colección las Leyes de Colombia (1994). La Seguridad Social en Colombia. [Página en línea]. Disponible: http://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_social_de_Colombia. GUTIERREZ, L. (2007) Antecedentes de la Seguridad Social en Veenzuela, disponible en línea en: http://lizbethgutierrezaspectoslegales.blogspot.com/2007/04/antecedentes- de-la-seguridad-social-en.html). Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. [Página en línea]. Disponible: http://www.ivss.gov.ve. La Enciclopedia Libre. Wikipedia. [Página en línea]. Disponible: http://es.wikipedia.org. La Enciclopedia Libre. Wikipedia. La Seguridad Social en España. [Página en línea]. Disponible:http://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_Social_de_Espa%C3%B1a. Portal Brasil (2010). Ciudadanía. [Página en línea]. Disponible: http://www.brasil.gov.br/sobre/ciudadania/jubilacion-pension/seguridad- social/br_model1?set_language=es. 51
  • 53. QUISBERT, E. (2010) "¿Que es el Constitucionalismo Social?", Apuntes Jurìdicos, disponible en línea en: http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/05/coso.html. Red Escolar Nacional. La Seguridad y Defensa. [Página en línea]. Disponible: http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema9.html. SABINO, C. (2007) La Seguridad Social en Venezuela: Un Cambio Imprescindible, Revista Electrónica Nª15 disponible en línea en : http://www.analitica.com/archivo/vam1997.05/pint2.htm SIMONE R. (2011) Protección social inclusiva en América Latina Una mirada integral, un enfoque de Derechos, disponible en línea en: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/7/42797/Libro-proteccion-social-ALC- CEPAL-2011.pdf. 52