1. Rubros que componen la matrícula
El valor de la matrícula incluye varios rubros que se pagan como requisito para la matriculación de
un vehículo. Estos rubros recaudados son transferidos a los distintos partícipes, los mismos que se
detallan a continuación:
RUBRO CORRESPONDIENTE A:
Impuesto a la propiedad de
Vehículos Motorizados de Administrado por el SRI
Transporte Terrestre
Impuesto Ambiental a la
Contaminación Administrado por el SRI
Vehicular
Agencia Nacional de Tránsito A.N.T.,
Tasa por matriculación o Comisión de Tránsito del Ecuador
C.T.E.
Municipio del cantón de matriculación
correspondiente. En caso de no existir
Impuesto al Rodaje
convenio de recaudación con el SRI, se
pagará directamente en el Municipio
Junta de Beneficencia de Guayaquil
Tasa solo a vehículos de la provincia del
Guayas
Para el cálculo del Impuesto al Rodaje se utiliza la siguiente tabla de cálculo en la que se
establecerá la tarifa respectiva según el avalúo vehicular:
BASE IMPONIBLE
(avalúo vehicular) TARIFA USD
Desde USD Hasta USD
0 1000 0
1001 4000 5
4001 8000 10
8001 12000 15
12001 16000 20
16001 20000 25
20001 30000 30
30001 40000 50
40001 En adelante 70
Referencia: Art. 539 del Código Orgánico de Ordenamiento Organización Territorial, Autonomías y
Descentralización (COOTAD) publicado en el R.O. 303 del 19 de octubre de 2010.
Pasos para obtener la matrícula
Vehículo Nuevo
Al momento de la compra de su vehículo, el comercializador deberá enviar la
información de la venta y del propietario al SRI mediante Internet.
Una vez enviada la información por el comercializador y validada por el SRI, el
propietario del vehículo deberá cancelar el valor de la matrícula en cualquier
Institución Financiera que mantenga convenio con el SRI, para lo cual deberá
presentar la factura.
En caso de que el propietario del vehículo tenga derecho a una exoneración, reducción o
rebaja, deberá realizar el trámite correspondiente previo al pago de la matrícula.
El comercializador permitirá la salida del vehículo cuando el cliente o propietario
haya presentado el comprobante de pago de la matrícula.
2. El propietario del vehículo procederá con la matriculación del mismo en la
respectiva Institución de Tránsito presentando la factura emitida por el
comercializador, el comprobante de pago y demás requisitos establecidos por la
Institución de Tránsito.
Al momento en que las Instituciones de Tránsito entregan la matrícula respectiva,
notifican al SRI mediante Internet la información de la placa y matrícula otorgadas.
Vehículo Usado
Los vehículos ya matriculados deberán realizar el pago del impuesto cada año, en
cualquier Institución Financiera que mantenga convenio con el SRI, para lo cual se
deberá presentar la matrícula del vehículo.
En caso de que el propietario del vehículo tenga derecho a una exoneración, reducción o
rebaja, deberá realizar el trámite correspondiente previo al pago de la matrícula. De igual
forma, si existe una transferencia de dominio, deberá registrase en el Servicio de Rentas de
Internas previo al proceso de matriculación.
Una vez cancelados los valores, el propietario del vehículo procederá con la
matriculación del mismo en la respectiva Institución de Tránsito presentando la
matrícula, el comprobante de pago y demás requisitos establecidos por la
Institución de Tránsito.
Periodos de matriculación o revisión vehicular
Los propietarios de vehículos particulares deberán realizar el proceso de matriculación o revisión
vehicular respectiva, hasta el mes que le corresponda de acuerdo al último dígito de la placa,
como se muestra en el siguiente cuadro:
MES ULTIMO DÍGITO DE PLACA
Enero TODAS
Febrero Vehículos de placas terminadas en 1
Marzo Vehículos de placas terminadas en 2
Abril Vehículos de placas terminadas en 3
Mayo Vehículos de placas terminadas en 4
Junio Vehículos de placas terminadas en 5
Julio Vehículos de placas terminadas en 6
Agosto Vehículos de placas terminadas en 7
Septiembre Vehículos de placas terminadas en 8
Octubre Vehículos de placas terminadas en 9
Noviembre Vehículos de placas terminadas en 0