El documento define los diferentes tipos de salario que pueden percibir los trabajadores, como el salario a tiempo, por obra, mixto o por tarea. También explica las percepciones salariales como horas extraordinarias o participación en beneficios, y las no salariales como indemnizaciones. Por último, detalla el proceso de cálculo de la nómina, incluyendo las diferentes deducciones y bases de cotización a la seguridad social.
1. EL SALARIO Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicis laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como trabajo. En ningún caso el salario es especie podrá superar el 30% de las percepciones del trabajador (Art. 26.1 E.T.)
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4. DEDUCCIONES IRPF Anticipos Aportaciones Seg. Social Valor de los productos en Especie Otras deducciones Contingencias Comunes Horas Extraordinarias Desempleo Formación Profesional
5. Percepciones Salariales + percepciones no Salariales Contingencias comunes Desempleo Formación profesional Horas extraordinarias Retención a cuenta de IRPF Anticipos. Productos en especie Otras deducciones = TOTAL DEVENGADO - DEDUCCIONES = LIQUIDO A PERCIBIR CÁLCULO DE LA NÓMINA
6. BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS COMUNES Salario base + Complementos Salariales (no HE y GE) + Exceso complementos no Salariales + Prorrata pagas extraordinarias BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES Base cotización por contingencias comunes + Horas extraordinarias BASE PARA DESEMPLEO, FONDO DE GARANTÍA SALARIALY FORMACIÓN PROFESIONAL Igual que la base de cotización por contingencias profesionales BASE DE COTIZACIÓN POR HORAS EXTRAORDIANARIAS El importe total de las horas extraordinarias. CALCULO BASES DE COTIZACIÓN