Este proyecto de ley propone modificar la Ley de Reforma Magisterial de varias maneras: 1) reducir el tiempo mínimo para ascender en las escalas magisteriales de 31 a 20 años; 2) cambiar la frecuencia de las evaluaciones de desempeño de 3 a 5 años; 3) aumentar el periodo de permanencia en cargos directivos de 3 a 4 años. También propone aumentar la jornada laboral de los profesores y redistribuir los porcentajes de la remuneración integral mensual entre las escalas, lo que beneficiaría principalmente a
Proyecto de ley que modifica la ley de reforma magisterial
1. PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
El martes 6 de diciembre de 2015, un día antes de la interpelación al Ministro de Educación, los
Presidentes de la República y del Consejo de Ministros, presentaron un Proyecto de Ley que modifica
laLey de Reforma Magisterial,elcualfue devuelto el mismo día por contener una exposición de motivos
que no correspondía a la fórmula legal planteada. Al día siguiente, el mismo día de la interpelación al
Ministro de Educación, se remitió nuevamente al Congreso de la República dicho Proyecto de Ley con
la observación subsanada. En este proyecto plantea reducir el tiempo mínimo de permanencia en cada
escala magisterial, puesto que el Tribunal Constitucional (Sentencia 021-2012-PI-TC: fundamento 57) si
bien es cierto mencionó que este tiempo no es inconstitucional porque no vulnera ningún derecho,
señaló que podía resultar criticable, por ser excesiva o inconveniente:
Actualmente para llegar a la VIII escala magisterial el profesor debe permanecer 31 años en actividad
desde la I escala, la propuesta es que el tiempo de permanencia desde la I escala a la VIII sea de 20
años. En el artículo 23 de la Ley de Reforma Magisterial se estipula que la evaluación del desempeño
docente es como máximo cada tres años, pero considerando que lo resultados de dichas evaluaciones
no variaran mucho al considerar esta frecuencia, puesto que el desempeño es una variable que varía a
mediano plazo, el proyecto de ley plantea que la evaluación de desempeño docente debe ser como
máximo cada 5 años. El artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial indica que el periodo de
permanencia en los cargos de desempeño laboral es de 3 años (gestión pedagógica, institucional,
formación docente, innovación e investigación), en el proyecto se propone incrementar este periodo
de permanencia a 4 años para que el profesor que accede al cargo, pueda contar con el tiempo
adecuado para implementar las acciones trazadas como parte desu gestión. Para acceder al cargo de
director y subdirector de I.E. la Ley indica, que es la IV escala magisterial como mínima y para el cargo
de
2. especialista en educación la escala magisterial mínima es la III escala; por ser el cargo de especialista
un cargojerárquico con ámbito de competencia más amplio al de director; sepropone que para acceder
a un cargo directivo de I.E. la mínima escala magisterial seala III escala, con lo cual un profesor con más
de 4 años de servicio, que dura la permanencia de la I y II escala magisterial, puede también postular a
un cargo directivo de I.E. Se modifica el artículo 57 de la LRM: la tasa de la RIM(Remuneración Integra
Mensual) por cada escala magisterial de la siguiente manera:
Como se puede apreciar a partir de la III escala magisterial, el % de la RIM va disminuyendo cada vez
más. La Jornada de Trabajo del profesor se propone que sea de 32 o 35 horas según modalidad, forma,
nivel o ciclo educativo, es decir que la jornada laboral de los profesores de secundaria será de 32 y los
de inicialy primaria será de 35 horas. En elanálisis costo - beneficio del Proyecto de Ley de modificatoria
de la Ley de Reforma Magisterialestán las programaciones presupuestales de la RIMpara los años 2017
y 2018, planteadas por el ejecutivo con lo cual las remuneraciones serán como en el siguiente cuadro:
3.
4. Observen el aumento de salario de los profesores de 40 horas de la V y VI escala magisterial, de S36.56
y S/. 8.10 respectivamente. Como se puede apreciar el próximo año el incremento de la RIM va en
disminución a partir de la III escala magisterial, esta es la razón del incremento de horas de la jornada
de trabajo, porque lógicamente si te dan más horas, por supuesto que te tienen que pagar más. Si no
fuera por el aumento de horas de trabajo, el aumento de remuneraciones según escala magisterial y
jornada laboral serían como indica el siguiente cuadro:
5. Con lo que se demuestra que el incremento de sueldo de los profesores, a partir de la III escala
magisterial, está directamente relacionado al incremento de horas trabajadas, más que al incremento
de la REMUNERACIÓN ÍNTEGRA MENSUAL (RIM). Este Proyecto de Ley que modifica la Ley de Reforma
Magisterial en vez de promover la meritocracia entre los docentes, contrariamente NO LA PROMUEVE,
pues los aumentos salariales se dan a la mayoría de profesores (90 578 de la I escala y 59 722 de la II
escala de un total de 238 804 docentes), pero a costa de la disminución del porcentaje de la
Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los docentes de escalas superiores (86 966 docentes de la III,
IV, V y VI escala). Al parecer muy poco del incremento de presupuesto para el sector educación en el
año 2017, va para remuneraciones, pues es notorio que el dinero existente para los salarios de los
docentes se está redistribuyendo pues al bajar los porcentajes de la RIM para las escalas magisteriales
superiores, estos pasan a los profesores de I y II escala magisterial. ¿ES REALMENTE UN AUMENTO DE
SALARIO? o ¿ES MÁS ELPAGO POREL INCREMENTO DELAS 2 ó 5 HORAS DE JORNADA DE TRABAJOQUE
SE VA A TRABAJAR A PARTIR DEL 2017? Podrán decir que esto sólo es para el año 2017 y que el año
2018 el panorama cambia, pues en ese año los mayores aumentos se dan a las escalas superiores, pero
si sumamos los aumentos por escala de los próximos dos años (2017 y 2018) veremos que la mayoría
de aumento salarial es a las dos primeras escalas También podrán decir que es el costo social de la
reforma magisterial, ¿significa ello que el 2017 los profesores de las escalas superiores tendrán que
hacer dieta todo el año? o ante este costo social, ¿se espera una reacción? El año pasado en noviembre
del 2015, se publicó la Norma Técnica de Cuadro de Distribución de Horas de Clase 2016, al parecer
están esperando que esta Ley se apruebe para emitir la Norma de Cuadro de Horas para el año 2017.
Por último particularmente pienso que lo que se debió hacer es aumentar la RIM/hora y no variar los
porcentajes de las escalas magisteriales, a partir de allí se podía incrementar más horas de jornada
laboral.
Este es un análisis y/o comentario, salvo mejor opinión y aporte.