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SU ELABORACIÓN DEBE SENTAR LAS BASES DEL DISEÑO
CURRICULAR Y DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA EN LOS
CENTROS EDUCATIVOS EN EL MARCO DE SU AUTONOMÍA
            PEDAGÓGICA Y DE GESTIÓN




                                                   1
El Proyecto Educativo es el documento que
materializa el proceso de toma de decisiones que
definen la identidad de un centro y de las etapas o
enseñanzas que en él se desarrollan.
  En el Proyecto educativo, el profesorado de una etapa
o modalidad de enseñanza, a través de diferentes cauces
de coordinación docente, determina las concreciones del
currículo oficial para las diferentes materias; es decir,
los acuerdos sobre de los propósitos, las estrategias, los
medios y los contenidos de intervención didáctica que va
a utilizar.
  Tales medidas responderán a las características y
necesidades del contexto y asegurarán la coherencia y la
calidad de su práctica docente
                                                             2
EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS
                        LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN

             La autonomía pedagógica y organizativa de los
           Centros ha sido uno de los aspectos a los que ha
            prestado una especial atención las distintas
                            Leyes Educativas.

                              LOPEGCE
 (Ley orgánica 9/1995 de participación , evaluación y gobierno de los
                              centros)
                              Capítulo II-Artículos 5-6:
 Se refiere a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión , que debe definirse
mediante la elaboración de los correspondientes Proyectos Educativos, Proyectos
Curriculares y normas de funcionamiento.
 Lo define como un documento elaborado por el Centro y en el que se fijarán los
objetivos, las prioridades y los procedimientos de actuación.
Partirá de las directrices del Consejo Escolar que deberán basarse en las
características del entorno escolar y las necesidades específicas de los alumnos.
 Deberá tomar en consideración las propuestas que realice el Claustro.

                                                                                         3
EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS
                        LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN

                                LOCE
      (Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad en la
                              educación)
                               TÍTULO V- Capítulo II
 Los centros elaborarán el Proyecto Educativo en el que se fijarán los objetivos y
prioridades educativas, así como los procedimientos de actuación.
Se tendrá en cuenta las características del Centro y del entorno escolar así como las
necesidades educativas de los alumnos.

                                     LOE
                     (Ley orgánica 2/2006, de educación)
              TÍTULO V- Capítulo II (Autonomía de los Centros)
 Hace referencia a la autonomía de los centros que se concretará en la elaboración,
aprobación y ejecución de un Proyecto Educativo, un Proyecto de Gestión y las
Normas de Organización y Funcionamiento del Centro.
Dedica su artículo 121 al Proyecto al Proyecto Educativo:


  Las medidas que incluye suponen un avance y un incremento real de la
  autonomía de los Centros, pero también de su responsabilidad ante la
                                                                                         4
  Administración y ante la Comunidad Educativa a la que sirven
TÍTULO V: PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y
                   GOBIERNO DE LOS CENTROS (LOE)

        CAPÍTULO II: AUTONOMÍA DE LOS CENTROS (Art. 120-125)

DISPOSICIONES GENERALES:
 -Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de
 gestión.

 -Los centros elaborarán un proyecto educativo y otro de gestión.

 -En el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones,
 formas de organización o ampliación del horario escolar, sin que éstas
 puedan suponer aportaciones a las familias.

PROYECTO EDUCATIVO
-Los proyectos educativos recogerán la atención a la diversidad del
alumnado, la acción tutorial y el plan de convivencia.
-Los proyectos de los centros públicos y concertados serán públicos.
-Las Administraciones educativas favorecerán la coordinación entre los
proyectos educativos de los centros de educación primaria y secundaria.
-Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias y el
propio centro.                                                            5
RECURSOS
-Los centros podrán recibir mayores dotaciones de recursos en función
de los proyectos que realicen.
-Los centros públicos podrán obtener recursos complementarios y no
podrán provenir de las actividades de las asociaciones de padres y de
alumnos.

PROYECTO DE GESTIÓN
 -Las Administraciones educativas podrán delegar en los órganos de
 gobierno de los centros la adquisición de bienes, contratación de obras y
 servicios.
 -Los centros públicos expresarán la ordenación y utilización de sus
 recursos a través de su proyecto de gestión.
 -Los centros podrán formular requisitos de titulación y capacitación
 profesional respecto a determinados puestos de trabajo del mismo.

NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
-Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y
funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento
del plan de convivencia.
                                                                             6
EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE
•El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades
•El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades
de actuación y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión
de actuación y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión
educativa como valores fundamentales.
educativa como valores fundamentales.
• Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro.
• Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro.
•Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que
•Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que
permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos
permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos
educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por
educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por
el conjunto de la comunidad educativa.
el conjunto de la comunidad educativa.
•Incorporará la concreción de los currículos que corresponde fijar y aprobar al
•Incorporará la concreción de los currículos que corresponde fijar y aprobar al
Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la
Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la
educación en valores y otras enseñanzas.
educación en valores y otras enseñanzas.
•Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial
•Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial
• Formará parte de él, el plan de convivencia del Centro.
• Formará parte de él, el plan de convivencia del Centro.
•las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo
•las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo
favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de
favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de
materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del
materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del
profesorado.
profesorado.


                                                                                     7
EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE

Se pretende impulsar, incrementar y asegurar una
Se pretende impulsar, incrementar y asegurar una        También se intenta
                                                        También se intenta
mayor coordinación y conexión entre los Centros,
mayor coordinación y conexión entre los Centros,        mejorar la
                                                        mejorar la
especialmente en el tránsito entre etapas, pero
especialmente en el tránsito entre etapas, pero         participación de las
                                                        participación de las
también en el ámbito de los propios centros entre sus
también en el ámbito de los propios centros entre sus   familias en el
                                                        familias en el
estructuras de coordinación didáctica (ETCP,
estructuras de coordinación didáctica (ETCP,            proceso educativo
                                                        proceso educativo
Departamentos y Equipos Educativos)
Departamentos y Equipos Educativos)



   •Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la
   coordinación entre los proyectos educativos de los centros de
   educación primaria y los de educación secundaria obligatoria con
   objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación
   secundaria sea gradual y positiva.
   • Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o
   tutores legales y el propio centro en los que se consignen las
   actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a
   desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado

                                                                               8
EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LEA


                    LEA
  (Ley 17/2007, de educación en Andalucía)
    TÍTULO IV- Capítulo I Centros docentes
   (Autonomía pedagógica, organizativa y de
                        gestión)
 Hace referencia a la autonomía de los centros que se
concretará en la elaboración, aprobación y ejecución
de un Plan de Centro que incluirá el Proyecto
Educativo, el Reglamento de organización y
funcionamiento y el Proyecto de Gestión.
Dedica su artículo 127 al Proyecto Educativo:


                                                         9
TÍTULO IV: CENTROS DOCENTES


CAPÍTULO I: AUTONOMÍA PEDAGÓGICA, ORGANIZATIVA Y DE GESTIÓN
 DISPOSICIONES GENERALES:
  -Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión.

  -Los centros concretarán sus modelos mediante los proyectos educativos, sus
  reglamentos de organización y funcionamiento y, en su caso, proyectos de
  gestión.
  - Podrán contemplar planes de trabajo, formas de organización, agrupamiento del
  alumnado, ampliación del horario escolar o proyectos de innovación e
  investigación.
     PLAN DE CENTRO
  -Lo constituirán el proyecto educativo, el reglamento de organización y
  funcionamiento y el proyecto de gestión.
  -Tendrá carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a
  la comunidad educativa del mismo.
  -Será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la
  ciudadanía, en general.
                                                                                      10
NUEVOS ELEMENTOS DE
PLANIFICACIÓN DE LOS
CENTROS EN
DESARROLLO DE SU
AUTONOMÍA              PROYECTO
                       EDUCATIVO


                                 PLAN DE
           PROYECTO              CENTRO
           DE GESTIÓN
                                   CARÁCTER
                                   PLURIANUAL


                        R.O.F.
                                                11
CONCEPTO DE PROYECTO EDUCATIVO COMO ELEMENTO DE
PLANIFICACIÓN EN LA LEY DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA


-Definirá los objetivos particulares que pretende
alcanzar, partiendo de la realidad y tomando como
referencia la regulación normativa.

-Constituye las señas de identidad del centro docente y
expresa la educación que desea y va a desarrollar,
debiendo contemplar los valores, los objetivos y las
prioridades de actuación, no sólo en sus aspectos
curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un
punto de vista cultural, hacen del centro un elementos
dinamizador de la zona donde está ubicado.
                                                            12
ELEMENTOS DEL PROYECTO EDUCATIVO DE ACUERDO CON LA LEA

            Líneas generales de actuación pedagógica.
 Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así
 como el tratamiento transversal de la educación en valores
          Forma de atención a la diversidad del alumnado
                El plan de orientación y acción tutorial.
                       El plan de convivencia.
       Objetivos para la mejora del rendimiento escolar y la
       continuidad del alumnado en el sistema educativo.
               El plan de formación del profesorado.
        Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así
        como los objetivos y programas de intervención en el tiempo
        extraescolar.

             Los procedimientos de evaluación interna.
        Otros que le sean atribuidos por la Administración educativa.      13
El Proyecto Educativo: Definición y Fuentes

     Se    concibe    como     una    propuesta  integral   que
contextualizada en la realidad concreta y definiendo las metas
de identidad, permite llevar a cabo, de forma coherente y
eficaz, los procesos educativos del centro.
     Es un instrumento que posibilita encontrar justificación o
respuesta a las decisiones que se toman, tanto en el Proyecto
Curricular y los programas específicos de las áreas, materias y
módulos (programaciones didácticas), como las relativas a la
organización y gestión.
     Su función básica es la de proporcionar un marco global de
referencia a la institución escolar, que permita la actuación
coordinada y eficaz del equipo docente y de toda la comunidad
educativa general.

                                                            14
Instrumento con proyección de futuro, pensado y elaborado
colectivamente por la comunidad escolar a partir del análisis de
su propia realidad, que actúa de modo coherente sobre la práctica
docente con la intención de mejorarla, dotando a los centros de la
eficacia necesaria para alcanzar los objetivos pretendidos.




        No debe quedar en un documento burocrático
        formal, sino que debe ser un vehículo que sirva
        para conformar y perfeccionar la realidad
        educativa del Centro, en la convicción de que
        los mayores beneficios se obtienen mientras se
        dialoga, se interioriza y se proyecta.
                                                               15
16
Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la
        Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la
     Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las
     Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las
                  actuaciones de cada uno, porque:
                  actuaciones de cada uno, porque:

•Al ser el resultado del consenso de toda la Comunidad Educativa,
compromete y vincula a todos los miembros en una finalidad común.
•Al proporcionar unas metas y unos criterios comunes, garantiza una
actuación coherente y eficaz de todos los sectores de la Comunidad Educativa.
•Favorece una mayor participación e implicación de todas las personas que
conviven en el centro, al tiempo que posibilita la cohesión de los equipos
educativos y la confluencia de intereses diversos.
•Permite racionalizar el trabajo, evitando la improvisación y la rutina.
•Ayuda a configurar y hacer explícita la personalidad propia de cada centro,
recogiendo por escrito tanto los planteamientos institucionales como las
directrices formales del mismo.


              Proporciona una referencia base para
              la toma de decisiones
                                                                                17
Elaboración de proyectos educativos y sus concreciones curriculares.

LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS EDUCATIVOS SE ENTIENDE COMO UN
   PROCESO COMPLEJO, SIEMPRE INACABADO YA QUE PARA QUE SEA
REALISTA Y RESPONDA A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS DEL CONTEXTO,
     HA DE SER REVISADO PERIÓDICAMENTE Y PERMANENTEMENTE
                            MEJORADO


    ESTRATEGIAS Y PLAN DE ACTUACIÓN PARA                             EQUIPO
    SU ELABORACIÓN                                                  DIRECTIVO

            UTILIZACIÓN PLANIFICADA DE LOS RECURSOS                    ETCP
                    DISPONIBLES EN EL CENTRO
                                                                 DEPARTAMENTOS

                                                                     CLAUSTRO


  Recursos Personales y
  Órganos de Gobierno y                  Recursos Materiales
                                                                      CONSEJO
  Coordinación                                                        ESCOLAR

                                                                                18
El Claustro de profesores establece los         El equipo técnico de coordinación
criterios, aprueba y evalúa las concreciones    pedagógica supervisa la elaboración y
del currículo y todos los aspectos educativos   revisión las concreciones del currículo,
de los Proyectos. Decide las posibles           genera las estrategias necesarias , unifica
modificaciones posteriores.                     procedimientos y prevé la
                                                temporalización del proceso.

                       Los Departamentos de Coordinación
                       Didáctica elaboran las propuestas al ETCP
                       relativas a la elaboración o modificación de
                       las concreciones del currículo



                                  Recursos materiales.
       La determinación de la estrategia o plan de trabajo también debe definir los
       recursos materiales que se pueden utilizar para elaborar las concreciones del
       currículo. Entre ellos:
       -

       Materiales normativos, como el Currículo oficial y el Reglamento
       Orgánico de Centros para identificar los elementos concretos que debe
       contener un Proyecto Educativo y los responsables de su proceso de                19
FUENTES DEL PROYECTO
    EDUCATIVO
              EN SU ELABORACIÓN
              INCIDEN MÚLTIPLES
              VARIABLES, PERO
              DESTACAN




                                  20
I. EL SISTEMA EDUCATIVO
                     I. EL SISTEMA EDUCATIVO


NO ES SÓLO UN ORDENAMIENTO LEGAL, ES TAMBIÉN UNA
CONCEPCIÓN DE ENSEÑANZA QUE CONLLEVA DETERMINADAS
ESTRATEGIAS EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE




       Principios fundamentales de nuestro Sistema Educativo:
 1.Es, desde su propia concepción constitucional, universal, afectando
 en sus niveles obligatorios a la totalidad de la población y con una clara
 vocación de servicio público.
 2.Su objetivo es ofrecer una educación de calidad a todos los
 ciudadanos de ambos sexos.
 3. Exige la implicación en ese ambicioso objetivo, de todos los
 elementos de la Comunidad Educativa.
 4.Requiere un esfuerzo compartido por todos: Administraciones,
 familias, centros, profesorado, alumnos..).
 5.Requiere y persigue una escolarización equitativa.
 6.Se compromete claramente con los objetivos educativos planteados
 por la Unión Europea para los próximos años.                                 21
Pedagógicamente nuestro sistema educativo sigue
la línea iniciada en la LOGSE del aprendizaje
significativo y la educación permanente.
   Esta manera de entender el proceso de enseñanza-
aprendizaje necesita de una marco, precisamente el
Proyecto Educativo, para poder desarrollar un tipo
de formación personalizada, una metodología activa y
unos hábitos intelectuales y técnicas de trabajo que
procuren al alumnado la adquisición de aprendizajes
significativos. Para ello, es necesario adecuarlo al
entorno y a las características de los alumnos.


                                                       22
II. IDENTIDAD DEL CENTRO
                 II. IDENTIDAD DEL CENTRO

         Conocido por el ideario del Centro, a
       través de los signos de identidad que se
        van a extraer de las características del
                   propio contexto.

III. CONTEXTO SOCIO CULTURAL Es el marco donde se
III. CONTEXTO SOCIO CULTURAL Es el marco donde se
desenvuelve la acción educativa que está muy mediatizada por:
desenvuelve la acción educativa que está muy mediatizada por:
1. el tipo de padres: características socio-económicas, ambiente
1. el tipo de padres: características socio-económicas, ambiente
cultural, preocupación por el estudio, relación con el centro
cultural, preocupación por el estudio, relación con el centro
2.Profesores: concepción educativa, manera de coordinarse, interés
2.Profesores: concepción educativa, manera de coordinarse, interés
por la renovación pedagógica, etc..,
por la renovación pedagógica, etc..,
3.Alumnos que atiende: actitud ante el estudio, orientación,
3.Alumnos que atiende: actitud ante el estudio, orientación,
relaciones etc
relaciones etc
4.Medios: características del edificio, dependencias y recursos con
4.Medios: características del edificio, dependencias y recursos con
que cuenta 
que cuenta 

                                                                      23
Estas fuentes son las que reflejan los rasgos
que permiten identificar al centro como
realidad educativa organizada, posibilitando
que se conozca desde fuera; es decir el tipo
de educación que ofrece y las características
básicas de la Comunidad educativa. En
definitiva “quiénes somos”.



                                                24
25
El carácter propio




   define la identidad del centro y transmite al entorno su
forma de educar; es decir, quiénes somos.

     Se estructura a través de diversos indicadores que
 representan su identidad referida a aspectos sociales,
 individuales y académicos; su opción en cuanto a lo
 pedagógico, tutorial o paraescolar y su formación prevista
 para los padres y profesores.
                                        Son las variables que orientan

                Finalidades Educativas
                                                                         26
Las Finalidades Educativas
Constituyen la opción que realiza la comunidad educativa, concretando y
priorizando los principios, los valores y las normas legitimadas por el
ordenamiento legal vigente, que dotan de identidad y estilo propio a cada Centro.

 “qué queremos alcanzar” como educadores con los alumnos, tanto desde el punto
 de vista intelectual como personal y social, con las familias y, en general, con toda
                              la Comunidad educativa.
tienen que hacer referencia a
     a) Los Alumnos, para los que se formulan objetivos que desarrollen sus capacidades
(opción pedagógica, tutorial y paraescolar), sus estrategias de aprendizaje (identidad
académica) y sus actitudes y valores (identidad individual).
     b) Los Profesores, para los que se formulan objetivos para perfeccionar sus estrategias de
enseñanza, mediante la potenciación de la formación permanente.
     c) Los Padres, para los que se formulan objetivos para favorecer su colaboración.
     d) La Convivencia para la que se formulan objetivos tendentes a potenciar las
interrelaciones con el entorno.
          Todo ello exige una adecuada Organización, que se va a concretar en el Reglamento
de Organización y Funcionamiento que es el tercer documento del proyecto educativo.

                                                                                           27
El Reglamento de organización y Funcionamiento
El reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas
organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado
para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan
mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los
sectores de la comunidad educativa (SE EXTRAE DE ÉL, TODO LO RELATIVO A
LA CONVIVENCIA QUE PASA A FORMAR PARTE DEL PROYECTO EDUCATIVO)
                                                        Deberá incluir

 a) Los cauces de participación de los distintos sectores
 a) Los cauces de participación de los distintos sectores
de la comunidad educativa.
de la comunidad educativa.
b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de
b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de
decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente
decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente
en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.
en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.
c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial
c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial
referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.
referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.
d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de
d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de
entrada y salida de clase.
entrada y salida de clase.

    Tanto en la elaboración del reglamento de organización y
    funcionamiento, como en su desarrollo posterior, se fomentará
    la implicación de toda la comunidad educativa.
                                                                                                   28
El PROYECTO DE
       GESTIÓN




El proyecto de gestión de los
centros públicos recogerá la
ordenación y utilización de los
recursos del centro, tanto
materiales como humanos.


                                  29
El PROYECTO CURRICULAR
DEBE SER RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO SERIO Y REFLEXIVO

  Consta de los Proyectos Curriculares de las distintas etapas y/o
 modalidades de enseñanza que se cursen en el Centro. (Proyecto
 Curricular de Ciclo Formativo, PC de Bachillerato, PC de ESO)

   Es el elemento más laborioso del Proyecto educativo

    Su elaboración pretende mejorar la calidad de la educación a
 través de las siguientes estrategias básicas:
         Formar y consolidar equipos docentes que eliminen las
     estructuras de funcionamiento individual y permitan una mayor
     coherencia inter e intraniveles. (Trabajo en Equipo)
       Tomar decisiones a partir de la reflexión y consideración de la
     propia práctica educativa.
       Hacer programaciones realistas.

      Para abordarse ha de hacerse desde la perspectiva de los
 diferentes niveles de Concreción Curricular.
                                                                         30
AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y NECESIDAD DE LOS NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR

   En una sociedad como la nuestra, existen responsables, en distintos niveles del sistema educativo.
Estos deben tomar una serie de decisiones, deben decidir qué conocimientos se transmiten, de qué
manera, en qué lugares y momentos, quiénes están preparados para comunicarlos, etc. etc. Deben decidir
también cómo se acredita la adquisición de esos conocimientos y cómo se atiende a las diferencias entre
los sujetos objeto de la educación.
   Todo ello en su ámbito de actuación: El gobierno del Estado, las Comunidades Autónomas en sus
competencias, los centros educativos y el profesorado.
   En los distintos niveles se toman distintas decisiones referidas a cómo se tiene que producir esa
transmisión. Esas decisiones se plasman en documentos que tienen su ámbito de aplicación y obligan a su
cumplimiento, pero dejan un espacio de autonomía para el siguiente nivel.
   De esta manera se produce una serie de planificaciones en cascada que cumplen con la necesidad
social de organizar el proceso de enseñanza y aprendizaje.
   Esto es:
      1. Gobierno del Estado: Leyes Orgánicas, Reales Decretos, Órdenes Ministeriales…
      2. Gobierno Autonómico : Leyes Autonómicas, Decretos, Órdenes, Resoluciones…
      3. Centros Educativos: PLAN DE CENTRO: Proyecto Educativo, Proyecto Curricular, ROF..
      4. Departamentos de Coordinación Didáctica: Programaciones Didácticas


Los últimos 35 años en España han sido en general y en Educación en particular, de
auténtica convulsión. En el ámbito educativo hemos pasado durante ese periodo por 4 leyes
orgánicas: LGE, LODE, LOGSE, LOCE,… y tantos decretos, tantas órdenes, tanto desarrollo
normativo que, si los profesionales no supieran lo que han de hacer, sería una auténtica proeza
cumplir lo reglamentado.

                                                                                                      31
El trabajo en equipo aumenta de forma considerable la riqueza de la acción educadora.
El intercambio de opiniones, estudios y experiencias; la reflexión sobre la práctica
 SENTIDO Y FUNCIONES DE LAS CONCRECIONES DEL CURRÍCULO
individual y colectiva derivada de ese trabajo conjunto son factores que contribuyen de
forma decisiva a la calidad de la enseñanza.
De todo ello se desprenden el sentido y las funciones de las concreciones del currículo:
-

Contextualizar o adecuar al entorno del centro las prescripciones y orientaciones de la
Administración Educativa.
-

Garantizar acuerdos que aseguren la coherencia de la prácti-ca educativa. Ello será
factible a través de la toma de decisiones que expresen soluciones conjuntas para
establecer la continuidad y el equilibrio en los elementos del currículo para los distintos
cursos.
-

Formar. El desarrollo y concreción del currículo contribuye al aumento de las
competencias docentes del profesorado, que reflexiona sobre sus conocimientos y sobre
su práctica para justificar las decisiones que se plasmarán en el documento.
-

Orientar el trabajo del aula. Las concreciones curriculares, a través de uno de sus
elementos, las Programaciones de los Departamentos.
                                                                                              32
PRIMER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
        PRIMER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
            EL DISEÑO CURRICULAR BASE (DCB)
            EL DISEÑO CURRICULAR BASE (DCB)

1. Tiene carácter normativo, siendo competencias de las
   Administraciones Educativas.
2. Su finalidad es determinar las experiencias educativas que han
   de garantizarse a todos los alumnos de una determinada Etapa o
   modalidad de enseñanza, Ciclo o Nivel Educativo, sin distinción.
3. Refleja las intenciones educativas del Sistema así como sus
   principios psicopedagógicos

   Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las
   Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las
 decisiones curriculares en manos de los profesores al incluir únicamente
 decisiones curriculares en manos de los profesores al incluir únicamente
 objetivos generales, grandes bloques de contenidos y orientaciones sobre
 objetivos generales, grandes bloques de contenidos y orientaciones sobre
 la metodología, la orientación y la evaluación.
 la metodología, la orientación y la evaluación.
   Es orientador, ya que no se considera como un producto acabado sino
   Es orientador, ya que no se considera como un producto acabado sino
 que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la
 que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la
 realidad educativa en que trabajan.
 realidad educativa en que trabajan.
   Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y
   Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y
 centros sino que hay que asegurar su cumplimiento.
 centros sino que hay que asegurar su cumplimiento.
                                                                            33
Así tendríamos: por ejemplo,

• ORDEN de 24 de septiembre de 1997, por la que se establecen
• ORDEN de 24 de septiembre de 1997, por la que se establecen
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
formativos de los títulos de Formación Profesional específica que
formativos de los títulos de Formación Profesional específica que
se integran en la Familia Profesional de Sanidad.
se integran en la Familia Profesional de Sanidad.
• ORDEN de 24 de junio de 1997, por la que se establecen
• ORDEN de 24 de junio de 1997, por la que se establecen
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios
formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que
formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que
se integran en la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica
se integran en la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica
• R.D. 542/1995 (BOE 15/06/95) POR EL QUE SE ESTABLECE EL
• R.D. 542/1995 (BOE 15/06/95) POR EL QUE SE ESTABLECE EL
TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ORTOPROTÉSICA Y LAS
TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ORTOPROTÉSICA Y LAS
CORRESPONDIENTES ENSEÑANZAS MÍNIMAS
CORRESPONDIENTES ENSEÑANZAS MÍNIMAS
•DECRETO 474/1996, de 22 de octubre, por el que se establecen
•DECRETO 474/1996, de 22 de octubre, por el que se establecen
las enseñanzas correspondientes al título de Formación
las enseñanzas correspondientes al título de Formación
Profesional de Técnico Superior en Ortoprotésica.
Profesional de Técnico Superior en Ortoprotésica.
  REAL DECRETO 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se
  REAL DECRETO 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se
establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se
establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se
fijan sus enseñanzas mínimas.
fijan sus enseñanzas mínimas.
                                                                  34
El DCB está compuesto, para cada TÍTULO de los siguientes elementos

      1.Identificación del Título: denominación, nivel, duración, familia a la que
 pertenece y su referente europeo.
      2. Perfil Profesional del Título: determinado por su competencia general,
 sus competencias profesionales, personales y sociales, por la relación de
 cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional
 de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
      3. Definición de las diferentes Competencias.
      4. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo
 Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título
      5.Entorno Profesional y prospectiva del Título en el Sector
 correspondiente.
      6.Objetivos Generales
      7.Módulos
      8.Acceso y Equipamientos.
      9.Profesorado.
      10.Convalidaciones y Exenciones.
      11. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos
 profesionales con las unidades de competencia.
      12.Referencia Europea y Oferta a Distancia
                                                                                     35
PARA CADA MÓDULO:

   1.Objetivos expresados en resultados de aprendizaje.
   2. Criterios de Evaluación.
   3. Organización de espacios, tiempos y recursos
   4. Orientaciones pedagógicas metodológicas.
   5.Objetivos Generales
   6.Acceso y Equipamientos.
   7.Profesorado.
   8.Convalidaciones y Exenciones.
   9. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia
de módulos profesionales con las unidades de competencia.




                                                                  36
SEGUNDO NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
             SEGUNDO NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR:
                     EL PROYECTO CURRICULAR
                     EL PROYECTO CURRICULAR

   1. Constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo
      plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente de un Centro educativo.
   2. Tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada
      una de los Títulos y Ciclos Formativos, en coherencia con las Finalidades
      Educativas del mismo.
   3. Es un conjunto de decisiones articuladas que permitan concretar el D.C.B. en
      proyectos de intervención didáctica adecuadas a un contexto específico.
   4. Con su elaboración se pretende garantizar la adecuada progresión y coherencia
      en la enseñanza de los contenidos educativos a lo largo de la escolaridad.




           •Su diseño y elaboración es competencia de los equipos docentes
       siendo coordinados por el ETCP debiendo ser aprobado por el Claustro
       de Profesores.
El Proyecto Curricular de Centro está integrado por los Proyectos Curriculares de
cada Etapa y/o Modalidad Educativa que se imparta en él y debe dar respuesta a
                                     .

¿Qué enseñar? ¿Cuándo enseñar? ¿Cómo enseñar? ¿Qué, cuándo y cómo
evaluar?.                                                                            37
Qué enseñar



     •Significa plantearse primero los objetivos generales de cada etapa, o
modalidad (Ciclos Formativos) para lo que se deberá determinar el grado
de concordancia con los objetivos propuestos por la Administración y las
Finalidades del Centro, reformular estos objetivos con el fin de
especificar posibles matizaciones e incorporar nuevos objetivos
necesarios para dar cumplimiento a las Finalidades del Centro.
     •Se deberán formular después los objetivos generales de cada uno de
los módulos del Ciclo, partiendo de los objetivos generales que el DCB
les asigna.




                                                                              38
Cuándo enseñar


1. Significa secuenciar los aprendizajes que han de recibir los alumnos.
2. Hablamos de una secuencia doble: la de los propios contenidos y la
   temporalización de los mismos.

                                    Cómo enseñar.
                                    Metodología



               Disponer de buenos principios pedagógicos suele ser la respuesta

  No sólo significa saberse posicionar delante de los alumnos en función de su edad,
  lleva implícito otros elementos como los materiales y recursos que se usan en la
  didáctica, los planteamientos que se hacen de las diversas actividades de evaluación y
  aprendizaje, etc ; y la organización de los espacios y tiempos.



                                                                                           39
Qué, cuándo y cómo
                         evaluar




    Significa que es necesario concretar los criterios para
evaluar y, en su caso, elaborar las correspondientes
propuestas de mejora en los procesos de enseñanza y en la
práctica docente del profesorado y cuáles son los criterios,
estrategias y procedimientos de evaluación de los
aprendizajes y de promoción de los alumnos.




                        Evaluación
                        Formativa

                                                               40
ORIENTACIONES PARA ELABORAR EL PROYECTO CURRICULAR
  DE LOS CICLOS FORMATIVOS QUE INTEGRAN LA FAMILIA
  PROFESIONAL CORRESPONDIENTE


     El Proyecto Curricular del ciclo formativo constituye el
     instrumento pedagógico-didáctico que articula a largo plazo el
     conjunto de actuaciones educativas del centro y tiene como
     objetivo alcanzar las finalidades educativas del mismo

                               ELEMENTOS
                                MÍNIMOS


1. Análisis del entorno socioeconómico y de sus posibilidades formativas : -
    • Conocimiento de las empresas e instituciones de la zona que están relacionadas
       con la formación a impartir.
    • Determinación de sus productos y servicios más característicos.
    • Conocimiento de las tecnologías y los sistemas organizativos que ofrecen.
    • Conocimiento, en la medida de lo posible, de la evolución tecnológica y laboral
       previsible en estas empresas e instituciones.

                                                                                        41
2. Análisis de las características de los alumnos y de los recursos humanos y materiales del
    centro educativo.
3. Adecuación de los objetivos generales del ciclo formativo al contexto profesional y
    socioeconómico del centro educativo y a las características del alumnado.
4. Organización curricular del ciclo formativo que comprenderá, al menos, la
    secuenciación de los módulos profesionales dentro de cada curso, los criterios sobre la
    distribución del horario lectivo y la utilización de los espacios formativos que son
    requeridos.
5. Establecer los criterios para la organización y secuenciación de los contenidos en cada
    uno de los de los módulos profesionales y proceder a su distribución en unidades
    didácticas.
6. Pautas sobre la evaluación de los alumnos con referencia explícita al modo de realizarla.
7. Orientaciones metodológicas adoptadas para el desarrollo del proceso de enseñanza y
    aprendizaje.
8. Plan de recuperación para alumnos matriculados en segundo curso que tengan módulos
    profesionales pendientes de evaluación positiva en el curso anterior.
9. Planificación y organización de los módulos profesionales de Formación en centros de
    trabajo y Proyecto integrado.
10. Plan de orientación educativa, profesional y para la inserción laboral delos alumnos y
    alumnas
11. Programaciones didácticas de los módulos profesionales.
12. Necesidades de formación permanente para el profesorado que imparte el
    ciclo formativo .
13. Plan de evaluación del Proyecto Curricular del ciclo formativo
                                                                                               42
TERCER NIVEL DE
CONCRECIÓN CURRICULAR:
   LA PROGRAMACIÓN
       DIDÁCTICA




                         43

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  • 1. SU ELABORACIÓN DEBE SENTAR LAS BASES DEL DISEÑO CURRICULAR Y DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS EN EL MARCO DE SU AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y DE GESTIÓN 1
  • 2. El Proyecto Educativo es el documento que materializa el proceso de toma de decisiones que definen la identidad de un centro y de las etapas o enseñanzas que en él se desarrollan. En el Proyecto educativo, el profesorado de una etapa o modalidad de enseñanza, a través de diferentes cauces de coordinación docente, determina las concreciones del currículo oficial para las diferentes materias; es decir, los acuerdos sobre de los propósitos, las estrategias, los medios y los contenidos de intervención didáctica que va a utilizar. Tales medidas responderán a las características y necesidades del contexto y asegurarán la coherencia y la calidad de su práctica docente 2
  • 3. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN La autonomía pedagógica y organizativa de los Centros ha sido uno de los aspectos a los que ha prestado una especial atención las distintas Leyes Educativas. LOPEGCE (Ley orgánica 9/1995 de participación , evaluación y gobierno de los centros) Capítulo II-Artículos 5-6:  Se refiere a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión , que debe definirse mediante la elaboración de los correspondientes Proyectos Educativos, Proyectos Curriculares y normas de funcionamiento.  Lo define como un documento elaborado por el Centro y en el que se fijarán los objetivos, las prioridades y los procedimientos de actuación. Partirá de las directrices del Consejo Escolar que deberán basarse en las características del entorno escolar y las necesidades específicas de los alumnos.  Deberá tomar en consideración las propuestas que realice el Claustro. 3
  • 4. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN LOCE (Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad en la educación) TÍTULO V- Capítulo II  Los centros elaborarán el Proyecto Educativo en el que se fijarán los objetivos y prioridades educativas, así como los procedimientos de actuación. Se tendrá en cuenta las características del Centro y del entorno escolar así como las necesidades educativas de los alumnos. LOE (Ley orgánica 2/2006, de educación) TÍTULO V- Capítulo II (Autonomía de los Centros)  Hace referencia a la autonomía de los centros que se concretará en la elaboración, aprobación y ejecución de un Proyecto Educativo, un Proyecto de Gestión y las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro. Dedica su artículo 121 al Proyecto al Proyecto Educativo: Las medidas que incluye suponen un avance y un incremento real de la autonomía de los Centros, pero también de su responsabilidad ante la 4 Administración y ante la Comunidad Educativa a la que sirven
  • 5. TÍTULO V: PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS (LOE) CAPÍTULO II: AUTONOMÍA DE LOS CENTROS (Art. 120-125) DISPOSICIONES GENERALES: -Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión. -Los centros elaborarán un proyecto educativo y otro de gestión. -En el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, formas de organización o ampliación del horario escolar, sin que éstas puedan suponer aportaciones a las familias. PROYECTO EDUCATIVO -Los proyectos educativos recogerán la atención a la diversidad del alumnado, la acción tutorial y el plan de convivencia. -Los proyectos de los centros públicos y concertados serán públicos. -Las Administraciones educativas favorecerán la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria y secundaria. -Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias y el propio centro. 5
  • 6. RECURSOS -Los centros podrán recibir mayores dotaciones de recursos en función de los proyectos que realicen. -Los centros públicos podrán obtener recursos complementarios y no podrán provenir de las actividades de las asociaciones de padres y de alumnos. PROYECTO DE GESTIÓN -Las Administraciones educativas podrán delegar en los órganos de gobierno de los centros la adquisición de bienes, contratación de obras y servicios. -Los centros públicos expresarán la ordenación y utilización de sus recursos a través de su proyecto de gestión. -Los centros podrán formular requisitos de titulación y capacitación profesional respecto a determinados puestos de trabajo del mismo. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO -Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia. 6
  • 7. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE •El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades •El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión de actuación y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales. educativa como valores fundamentales. • Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro. • Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro. •Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que •Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. el conjunto de la comunidad educativa. •Incorporará la concreción de los currículos que corresponde fijar y aprobar al •Incorporará la concreción de los currículos que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas. educación en valores y otras enseñanzas. •Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial •Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial • Formará parte de él, el plan de convivencia del Centro. • Formará parte de él, el plan de convivencia del Centro. •las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo •las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del profesorado. profesorado. 7
  • 8. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE Se pretende impulsar, incrementar y asegurar una Se pretende impulsar, incrementar y asegurar una También se intenta También se intenta mayor coordinación y conexión entre los Centros, mayor coordinación y conexión entre los Centros, mejorar la mejorar la especialmente en el tránsito entre etapas, pero especialmente en el tránsito entre etapas, pero participación de las participación de las también en el ámbito de los propios centros entre sus también en el ámbito de los propios centros entre sus familias en el familias en el estructuras de coordinación didáctica (ETCP, estructuras de coordinación didáctica (ETCP, proceso educativo proceso educativo Departamentos y Equipos Educativos) Departamentos y Equipos Educativos) •Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria y los de educación secundaria obligatoria con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva. • Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado 8
  • 9. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LEA LEA (Ley 17/2007, de educación en Andalucía) TÍTULO IV- Capítulo I Centros docentes (Autonomía pedagógica, organizativa y de gestión)  Hace referencia a la autonomía de los centros que se concretará en la elaboración, aprobación y ejecución de un Plan de Centro que incluirá el Proyecto Educativo, el Reglamento de organización y funcionamiento y el Proyecto de Gestión. Dedica su artículo 127 al Proyecto Educativo: 9
  • 10. TÍTULO IV: CENTROS DOCENTES CAPÍTULO I: AUTONOMÍA PEDAGÓGICA, ORGANIZATIVA Y DE GESTIÓN DISPOSICIONES GENERALES: -Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión. -Los centros concretarán sus modelos mediante los proyectos educativos, sus reglamentos de organización y funcionamiento y, en su caso, proyectos de gestión. - Podrán contemplar planes de trabajo, formas de organización, agrupamiento del alumnado, ampliación del horario escolar o proyectos de innovación e investigación. PLAN DE CENTRO -Lo constituirán el proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión. -Tendrá carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a la comunidad educativa del mismo. -Será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía, en general. 10
  • 11. NUEVOS ELEMENTOS DE PLANIFICACIÓN DE LOS CENTROS EN DESARROLLO DE SU AUTONOMÍA PROYECTO EDUCATIVO PLAN DE PROYECTO CENTRO DE GESTIÓN CARÁCTER PLURIANUAL R.O.F. 11
  • 12. CONCEPTO DE PROYECTO EDUCATIVO COMO ELEMENTO DE PLANIFICACIÓN EN LA LEY DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA -Definirá los objetivos particulares que pretende alcanzar, partiendo de la realidad y tomando como referencia la regulación normativa. -Constituye las señas de identidad del centro docente y expresa la educación que desea y va a desarrollar, debiendo contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no sólo en sus aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elementos dinamizador de la zona donde está ubicado. 12
  • 13. ELEMENTOS DEL PROYECTO EDUCATIVO DE ACUERDO CON LA LEA Líneas generales de actuación pedagógica. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal de la educación en valores Forma de atención a la diversidad del alumnado El plan de orientación y acción tutorial. El plan de convivencia. Objetivos para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo. El plan de formación del profesorado. Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. Los procedimientos de evaluación interna. Otros que le sean atribuidos por la Administración educativa. 13
  • 14. El Proyecto Educativo: Definición y Fuentes Se concibe como una propuesta integral que contextualizada en la realidad concreta y definiendo las metas de identidad, permite llevar a cabo, de forma coherente y eficaz, los procesos educativos del centro. Es un instrumento que posibilita encontrar justificación o respuesta a las decisiones que se toman, tanto en el Proyecto Curricular y los programas específicos de las áreas, materias y módulos (programaciones didácticas), como las relativas a la organización y gestión. Su función básica es la de proporcionar un marco global de referencia a la institución escolar, que permita la actuación coordinada y eficaz del equipo docente y de toda la comunidad educativa general. 14
  • 15. Instrumento con proyección de futuro, pensado y elaborado colectivamente por la comunidad escolar a partir del análisis de su propia realidad, que actúa de modo coherente sobre la práctica docente con la intención de mejorarla, dotando a los centros de la eficacia necesaria para alcanzar los objetivos pretendidos. No debe quedar en un documento burocrático formal, sino que debe ser un vehículo que sirva para conformar y perfeccionar la realidad educativa del Centro, en la convicción de que los mayores beneficios se obtienen mientras se dialoga, se interioriza y se proyecta. 15
  • 16. 16
  • 17. Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las actuaciones de cada uno, porque: actuaciones de cada uno, porque: •Al ser el resultado del consenso de toda la Comunidad Educativa, compromete y vincula a todos los miembros en una finalidad común. •Al proporcionar unas metas y unos criterios comunes, garantiza una actuación coherente y eficaz de todos los sectores de la Comunidad Educativa. •Favorece una mayor participación e implicación de todas las personas que conviven en el centro, al tiempo que posibilita la cohesión de los equipos educativos y la confluencia de intereses diversos. •Permite racionalizar el trabajo, evitando la improvisación y la rutina. •Ayuda a configurar y hacer explícita la personalidad propia de cada centro, recogiendo por escrito tanto los planteamientos institucionales como las directrices formales del mismo. Proporciona una referencia base para la toma de decisiones 17
  • 18. Elaboración de proyectos educativos y sus concreciones curriculares. LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS EDUCATIVOS SE ENTIENDE COMO UN PROCESO COMPLEJO, SIEMPRE INACABADO YA QUE PARA QUE SEA REALISTA Y RESPONDA A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS DEL CONTEXTO, HA DE SER REVISADO PERIÓDICAMENTE Y PERMANENTEMENTE MEJORADO ESTRATEGIAS Y PLAN DE ACTUACIÓN PARA EQUIPO SU ELABORACIÓN DIRECTIVO UTILIZACIÓN PLANIFICADA DE LOS RECURSOS ETCP DISPONIBLES EN EL CENTRO DEPARTAMENTOS CLAUSTRO Recursos Personales y Órganos de Gobierno y Recursos Materiales CONSEJO Coordinación ESCOLAR 18
  • 19. El Claustro de profesores establece los El equipo técnico de coordinación criterios, aprueba y evalúa las concreciones pedagógica supervisa la elaboración y del currículo y todos los aspectos educativos revisión las concreciones del currículo, de los Proyectos. Decide las posibles genera las estrategias necesarias , unifica modificaciones posteriores. procedimientos y prevé la temporalización del proceso. Los Departamentos de Coordinación Didáctica elaboran las propuestas al ETCP relativas a la elaboración o modificación de las concreciones del currículo Recursos materiales. La determinación de la estrategia o plan de trabajo también debe definir los recursos materiales que se pueden utilizar para elaborar las concreciones del currículo. Entre ellos: - Materiales normativos, como el Currículo oficial y el Reglamento Orgánico de Centros para identificar los elementos concretos que debe contener un Proyecto Educativo y los responsables de su proceso de 19
  • 20. FUENTES DEL PROYECTO EDUCATIVO EN SU ELABORACIÓN INCIDEN MÚLTIPLES VARIABLES, PERO DESTACAN 20
  • 21. I. EL SISTEMA EDUCATIVO I. EL SISTEMA EDUCATIVO NO ES SÓLO UN ORDENAMIENTO LEGAL, ES TAMBIÉN UNA CONCEPCIÓN DE ENSEÑANZA QUE CONLLEVA DETERMINADAS ESTRATEGIAS EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE Principios fundamentales de nuestro Sistema Educativo: 1.Es, desde su propia concepción constitucional, universal, afectando en sus niveles obligatorios a la totalidad de la población y con una clara vocación de servicio público. 2.Su objetivo es ofrecer una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos. 3. Exige la implicación en ese ambicioso objetivo, de todos los elementos de la Comunidad Educativa. 4.Requiere un esfuerzo compartido por todos: Administraciones, familias, centros, profesorado, alumnos..). 5.Requiere y persigue una escolarización equitativa. 6.Se compromete claramente con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años. 21
  • 22. Pedagógicamente nuestro sistema educativo sigue la línea iniciada en la LOGSE del aprendizaje significativo y la educación permanente. Esta manera de entender el proceso de enseñanza- aprendizaje necesita de una marco, precisamente el Proyecto Educativo, para poder desarrollar un tipo de formación personalizada, una metodología activa y unos hábitos intelectuales y técnicas de trabajo que procuren al alumnado la adquisición de aprendizajes significativos. Para ello, es necesario adecuarlo al entorno y a las características de los alumnos. 22
  • 23. II. IDENTIDAD DEL CENTRO II. IDENTIDAD DEL CENTRO Conocido por el ideario del Centro, a través de los signos de identidad que se van a extraer de las características del propio contexto. III. CONTEXTO SOCIO CULTURAL Es el marco donde se III. CONTEXTO SOCIO CULTURAL Es el marco donde se desenvuelve la acción educativa que está muy mediatizada por: desenvuelve la acción educativa que está muy mediatizada por: 1. el tipo de padres: características socio-económicas, ambiente 1. el tipo de padres: características socio-económicas, ambiente cultural, preocupación por el estudio, relación con el centro cultural, preocupación por el estudio, relación con el centro 2.Profesores: concepción educativa, manera de coordinarse, interés 2.Profesores: concepción educativa, manera de coordinarse, interés por la renovación pedagógica, etc.., por la renovación pedagógica, etc.., 3.Alumnos que atiende: actitud ante el estudio, orientación, 3.Alumnos que atiende: actitud ante el estudio, orientación, relaciones etc relaciones etc 4.Medios: características del edificio, dependencias y recursos con 4.Medios: características del edificio, dependencias y recursos con que cuenta  que cuenta  23
  • 24. Estas fuentes son las que reflejan los rasgos que permiten identificar al centro como realidad educativa organizada, posibilitando que se conozca desde fuera; es decir el tipo de educación que ofrece y las características básicas de la Comunidad educativa. En definitiva “quiénes somos”. 24
  • 25. 25
  • 26. El carácter propio define la identidad del centro y transmite al entorno su forma de educar; es decir, quiénes somos. Se estructura a través de diversos indicadores que representan su identidad referida a aspectos sociales, individuales y académicos; su opción en cuanto a lo pedagógico, tutorial o paraescolar y su formación prevista para los padres y profesores. Son las variables que orientan Finalidades Educativas 26
  • 27. Las Finalidades Educativas Constituyen la opción que realiza la comunidad educativa, concretando y priorizando los principios, los valores y las normas legitimadas por el ordenamiento legal vigente, que dotan de identidad y estilo propio a cada Centro. “qué queremos alcanzar” como educadores con los alumnos, tanto desde el punto de vista intelectual como personal y social, con las familias y, en general, con toda la Comunidad educativa. tienen que hacer referencia a a) Los Alumnos, para los que se formulan objetivos que desarrollen sus capacidades (opción pedagógica, tutorial y paraescolar), sus estrategias de aprendizaje (identidad académica) y sus actitudes y valores (identidad individual). b) Los Profesores, para los que se formulan objetivos para perfeccionar sus estrategias de enseñanza, mediante la potenciación de la formación permanente. c) Los Padres, para los que se formulan objetivos para favorecer su colaboración. d) La Convivencia para la que se formulan objetivos tendentes a potenciar las interrelaciones con el entorno. Todo ello exige una adecuada Organización, que se va a concretar en el Reglamento de Organización y Funcionamiento que es el tercer documento del proyecto educativo. 27
  • 28. El Reglamento de organización y Funcionamiento El reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa (SE EXTRAE DE ÉL, TODO LO RELATIVO A LA CONVIVENCIA QUE PASA A FORMAR PARTE DEL PROYECTO EDUCATIVO) Deberá incluir a) Los cauces de participación de los distintos sectores a) Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa. de la comunidad educativa. b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado. en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado. c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto. referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto. d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de entrada y salida de clase. entrada y salida de clase. Tanto en la elaboración del reglamento de organización y funcionamiento, como en su desarrollo posterior, se fomentará la implicación de toda la comunidad educativa. 28
  • 29. El PROYECTO DE GESTIÓN El proyecto de gestión de los centros públicos recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos. 29
  • 30. El PROYECTO CURRICULAR DEBE SER RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO SERIO Y REFLEXIVO Consta de los Proyectos Curriculares de las distintas etapas y/o modalidades de enseñanza que se cursen en el Centro. (Proyecto Curricular de Ciclo Formativo, PC de Bachillerato, PC de ESO) Es el elemento más laborioso del Proyecto educativo Su elaboración pretende mejorar la calidad de la educación a través de las siguientes estrategias básicas: Formar y consolidar equipos docentes que eliminen las estructuras de funcionamiento individual y permitan una mayor coherencia inter e intraniveles. (Trabajo en Equipo) Tomar decisiones a partir de la reflexión y consideración de la propia práctica educativa. Hacer programaciones realistas. Para abordarse ha de hacerse desde la perspectiva de los diferentes niveles de Concreción Curricular. 30
  • 31. AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y NECESIDAD DE LOS NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR En una sociedad como la nuestra, existen responsables, en distintos niveles del sistema educativo. Estos deben tomar una serie de decisiones, deben decidir qué conocimientos se transmiten, de qué manera, en qué lugares y momentos, quiénes están preparados para comunicarlos, etc. etc. Deben decidir también cómo se acredita la adquisición de esos conocimientos y cómo se atiende a las diferencias entre los sujetos objeto de la educación. Todo ello en su ámbito de actuación: El gobierno del Estado, las Comunidades Autónomas en sus competencias, los centros educativos y el profesorado. En los distintos niveles se toman distintas decisiones referidas a cómo se tiene que producir esa transmisión. Esas decisiones se plasman en documentos que tienen su ámbito de aplicación y obligan a su cumplimiento, pero dejan un espacio de autonomía para el siguiente nivel. De esta manera se produce una serie de planificaciones en cascada que cumplen con la necesidad social de organizar el proceso de enseñanza y aprendizaje. Esto es: 1. Gobierno del Estado: Leyes Orgánicas, Reales Decretos, Órdenes Ministeriales… 2. Gobierno Autonómico : Leyes Autonómicas, Decretos, Órdenes, Resoluciones… 3. Centros Educativos: PLAN DE CENTRO: Proyecto Educativo, Proyecto Curricular, ROF.. 4. Departamentos de Coordinación Didáctica: Programaciones Didácticas Los últimos 35 años en España han sido en general y en Educación en particular, de auténtica convulsión. En el ámbito educativo hemos pasado durante ese periodo por 4 leyes orgánicas: LGE, LODE, LOGSE, LOCE,… y tantos decretos, tantas órdenes, tanto desarrollo normativo que, si los profesionales no supieran lo que han de hacer, sería una auténtica proeza cumplir lo reglamentado. 31
  • 32. El trabajo en equipo aumenta de forma considerable la riqueza de la acción educadora. El intercambio de opiniones, estudios y experiencias; la reflexión sobre la práctica SENTIDO Y FUNCIONES DE LAS CONCRECIONES DEL CURRÍCULO individual y colectiva derivada de ese trabajo conjunto son factores que contribuyen de forma decisiva a la calidad de la enseñanza. De todo ello se desprenden el sentido y las funciones de las concreciones del currículo: - Contextualizar o adecuar al entorno del centro las prescripciones y orientaciones de la Administración Educativa. - Garantizar acuerdos que aseguren la coherencia de la prácti-ca educativa. Ello será factible a través de la toma de decisiones que expresen soluciones conjuntas para establecer la continuidad y el equilibrio en los elementos del currículo para los distintos cursos. - Formar. El desarrollo y concreción del currículo contribuye al aumento de las competencias docentes del profesorado, que reflexiona sobre sus conocimientos y sobre su práctica para justificar las decisiones que se plasmarán en el documento. - Orientar el trabajo del aula. Las concreciones curriculares, a través de uno de sus elementos, las Programaciones de los Departamentos. 32
  • 33. PRIMER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: PRIMER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: EL DISEÑO CURRICULAR BASE (DCB) EL DISEÑO CURRICULAR BASE (DCB) 1. Tiene carácter normativo, siendo competencias de las Administraciones Educativas. 2. Su finalidad es determinar las experiencias educativas que han de garantizarse a todos los alumnos de una determinada Etapa o modalidad de enseñanza, Ciclo o Nivel Educativo, sin distinción. 3. Refleja las intenciones educativas del Sistema así como sus principios psicopedagógicos Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las decisiones curriculares en manos de los profesores al incluir únicamente decisiones curriculares en manos de los profesores al incluir únicamente objetivos generales, grandes bloques de contenidos y orientaciones sobre objetivos generales, grandes bloques de contenidos y orientaciones sobre la metodología, la orientación y la evaluación. la metodología, la orientación y la evaluación. Es orientador, ya que no se considera como un producto acabado sino Es orientador, ya que no se considera como un producto acabado sino que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la realidad educativa en que trabajan. realidad educativa en que trabajan. Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y centros sino que hay que asegurar su cumplimiento. centros sino que hay que asegurar su cumplimiento. 33
  • 34. Así tendríamos: por ejemplo, • ORDEN de 24 de septiembre de 1997, por la que se establecen • ORDEN de 24 de septiembre de 1997, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional específica que formativos de los títulos de Formación Profesional específica que se integran en la Familia Profesional de Sanidad. se integran en la Familia Profesional de Sanidad. • ORDEN de 24 de junio de 1997, por la que se establecen • ORDEN de 24 de junio de 1997, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que se integran en la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica se integran en la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica • R.D. 542/1995 (BOE 15/06/95) POR EL QUE SE ESTABLECE EL • R.D. 542/1995 (BOE 15/06/95) POR EL QUE SE ESTABLECE EL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ORTOPROTÉSICA Y LAS TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ORTOPROTÉSICA Y LAS CORRESPONDIENTES ENSEÑANZAS MÍNIMAS CORRESPONDIENTES ENSEÑANZAS MÍNIMAS •DECRETO 474/1996, de 22 de octubre, por el que se establecen •DECRETO 474/1996, de 22 de octubre, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Ortoprotésica. Profesional de Técnico Superior en Ortoprotésica. REAL DECRETO 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se REAL DECRETO 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas. fijan sus enseñanzas mínimas. 34
  • 35. El DCB está compuesto, para cada TÍTULO de los siguientes elementos 1.Identificación del Título: denominación, nivel, duración, familia a la que pertenece y su referente europeo. 2. Perfil Profesional del Título: determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título. 3. Definición de las diferentes Competencias. 4. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título 5.Entorno Profesional y prospectiva del Título en el Sector correspondiente. 6.Objetivos Generales 7.Módulos 8.Acceso y Equipamientos. 9.Profesorado. 10.Convalidaciones y Exenciones. 11. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia. 12.Referencia Europea y Oferta a Distancia 35
  • 36. PARA CADA MÓDULO: 1.Objetivos expresados en resultados de aprendizaje. 2. Criterios de Evaluación. 3. Organización de espacios, tiempos y recursos 4. Orientaciones pedagógicas metodológicas. 5.Objetivos Generales 6.Acceso y Equipamientos. 7.Profesorado. 8.Convalidaciones y Exenciones. 9. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia. 36
  • 37. SEGUNDO NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: SEGUNDO NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: EL PROYECTO CURRICULAR EL PROYECTO CURRICULAR 1. Constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente de un Centro educativo. 2. Tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada una de los Títulos y Ciclos Formativos, en coherencia con las Finalidades Educativas del mismo. 3. Es un conjunto de decisiones articuladas que permitan concretar el D.C.B. en proyectos de intervención didáctica adecuadas a un contexto específico. 4. Con su elaboración se pretende garantizar la adecuada progresión y coherencia en la enseñanza de los contenidos educativos a lo largo de la escolaridad. •Su diseño y elaboración es competencia de los equipos docentes siendo coordinados por el ETCP debiendo ser aprobado por el Claustro de Profesores. El Proyecto Curricular de Centro está integrado por los Proyectos Curriculares de cada Etapa y/o Modalidad Educativa que se imparta en él y debe dar respuesta a . ¿Qué enseñar? ¿Cuándo enseñar? ¿Cómo enseñar? ¿Qué, cuándo y cómo evaluar?. 37
  • 38. Qué enseñar •Significa plantearse primero los objetivos generales de cada etapa, o modalidad (Ciclos Formativos) para lo que se deberá determinar el grado de concordancia con los objetivos propuestos por la Administración y las Finalidades del Centro, reformular estos objetivos con el fin de especificar posibles matizaciones e incorporar nuevos objetivos necesarios para dar cumplimiento a las Finalidades del Centro. •Se deberán formular después los objetivos generales de cada uno de los módulos del Ciclo, partiendo de los objetivos generales que el DCB les asigna. 38
  • 39. Cuándo enseñar 1. Significa secuenciar los aprendizajes que han de recibir los alumnos. 2. Hablamos de una secuencia doble: la de los propios contenidos y la temporalización de los mismos. Cómo enseñar. Metodología Disponer de buenos principios pedagógicos suele ser la respuesta No sólo significa saberse posicionar delante de los alumnos en función de su edad, lleva implícito otros elementos como los materiales y recursos que se usan en la didáctica, los planteamientos que se hacen de las diversas actividades de evaluación y aprendizaje, etc ; y la organización de los espacios y tiempos. 39
  • 40. Qué, cuándo y cómo evaluar Significa que es necesario concretar los criterios para evaluar y, en su caso, elaborar las correspondientes propuestas de mejora en los procesos de enseñanza y en la práctica docente del profesorado y cuáles son los criterios, estrategias y procedimientos de evaluación de los aprendizajes y de promoción de los alumnos. Evaluación Formativa 40
  • 41. ORIENTACIONES PARA ELABORAR EL PROYECTO CURRICULAR DE LOS CICLOS FORMATIVOS QUE INTEGRAN LA FAMILIA PROFESIONAL CORRESPONDIENTE El Proyecto Curricular del ciclo formativo constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a largo plazo el conjunto de actuaciones educativas del centro y tiene como objetivo alcanzar las finalidades educativas del mismo ELEMENTOS MÍNIMOS 1. Análisis del entorno socioeconómico y de sus posibilidades formativas : - • Conocimiento de las empresas e instituciones de la zona que están relacionadas con la formación a impartir. • Determinación de sus productos y servicios más característicos. • Conocimiento de las tecnologías y los sistemas organizativos que ofrecen. • Conocimiento, en la medida de lo posible, de la evolución tecnológica y laboral previsible en estas empresas e instituciones. 41
  • 42. 2. Análisis de las características de los alumnos y de los recursos humanos y materiales del centro educativo. 3. Adecuación de los objetivos generales del ciclo formativo al contexto profesional y socioeconómico del centro educativo y a las características del alumnado. 4. Organización curricular del ciclo formativo que comprenderá, al menos, la secuenciación de los módulos profesionales dentro de cada curso, los criterios sobre la distribución del horario lectivo y la utilización de los espacios formativos que son requeridos. 5. Establecer los criterios para la organización y secuenciación de los contenidos en cada uno de los de los módulos profesionales y proceder a su distribución en unidades didácticas. 6. Pautas sobre la evaluación de los alumnos con referencia explícita al modo de realizarla. 7. Orientaciones metodológicas adoptadas para el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje. 8. Plan de recuperación para alumnos matriculados en segundo curso que tengan módulos profesionales pendientes de evaluación positiva en el curso anterior. 9. Planificación y organización de los módulos profesionales de Formación en centros de trabajo y Proyecto integrado. 10. Plan de orientación educativa, profesional y para la inserción laboral delos alumnos y alumnas 11. Programaciones didácticas de los módulos profesionales. 12. Necesidades de formación permanente para el profesorado que imparte el ciclo formativo . 13. Plan de evaluación del Proyecto Curricular del ciclo formativo 42
  • 43. TERCER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA 43