El documento presenta información sobre la determinación de la renta de cuarta y quinta categoría para trabajadores independientes en Perú. Explica conceptos como renta bruta, deducciones permitidas, retenciones aplicables, y el cálculo del impuesto a pagar. También incluye un caso práctico mostrando cómo calcular la renta neta e impuesto para un contribuyente que recibe ingresos por cuarta y quinta categoría.
2. 1. ¿A QUIÉN SE LE CONSIDERA TRABAJADOR
INDEPENDIENTE?
2. TIPOS DE RENTA QUE GENERA EL TRABAJADOR
INDEPENDIENTE
3. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
4. SUSPENSIÓN DE RETENCIONES Y/O PAGOS A
CUENTA DE RENTA DE CUARTA CATEGORÍA.
5. OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA
ANUAL.
6. NO OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN
JURADA ANUAL.
3. 7. MEDIOS PARA DECLARAR: DECLARACIÓN
SIMPLIFICADA Y PDT.
8. CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE LA
DECLARACIÓN ANUAL
9. DETERMINACIÓN DE LA RENTA DE CUARTA
CATEGORÍA.
10. DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA DE
TRABAJO ( RENTA DE CUARTA Y DE QUINTA
CATEGORÍA)
11. CASO PRÁCTICO DE DETERMINACIÓN DE RENTA
DE CUARTA CATEGORÍA Y DE RENTA NETA DE
TRABAJO (RENTA DE CUARTA Y DE QUINTA)
4. TRABAJADOR
INDEPENDIENTE
•PROFESIÓN
•PROFESIONAL DESARROLLO •OFICIO
•NO LIBRE E •ARTE
PROFESIONAL INDIVIDUAL •CIENCIA
GENERA
INGRESOS
5. IMPUESTO GRABA TODA LA ACTIVIDAD
A LA ECONÓMICA O DE SERVICIOS QUE
RENTA GENERA INGRESOS
RENTA DE CUARTA CATEGORÍA:
•GENERADA POR EL TRABAJO
INDEPENDIENTE
•DIETA DE DIRECTORIO, REGIDORES.
•PERSONAL CON CONTRATO
ADMINSTRATIVO DE SERVICIO ENE L
ESTADO (CAS)
6. RENTA DE
QUINTA TRABAJO
CATEGORÍA DEPENDIENTE
RENTA DE
TRABAJO
RENTA DE RENTA DE
CUARTA QUINTA
CATEGORÍA CATEGORÍA
7. Recibo de
Honorarios
Autorización Se genera Libro de
Clave de Impresión de obligación
RUC Ingresos y
SOL Comprobante de tributar Egresos
de Pago en el
momento
del Cobro
9. RECIBO DE HONORARIOS MAYOR A s/. 1500
10% RETENCIÓN
INGRESOS MENUALES
DE 4TA GATEGORÍA
OBLIGADOS A MAYOR A S/2625
DECLARAR
MENSUAL INGRESOS DE 4TA Y
5TA CATEGORÍA
MAYOR A S/. 2625
10. INICIO DE AÑO :
PROYECCION DE
INGRESOS MENORES A
s/.31,500
SUSPENCIÓN DE
RETENCIÓN
DURANTE EL AÑO
11. Saldo a favor del fisco.
Saldo de ejercicios anteriores y se va aplicar al impuesto a pagar o
se haya aplicado durante el 2011
Pérdidas Tributarias pendientes de compensar durante el 2010 y
se va aplicar en las rentas netas del 2011
Renta Bruta de 4ta. Categoría mayor a S/31 500
Renta Neta de Trabajo (4ta y 5ta) más renta de Fuente Extranjera
sea mayor a S/. 31 500
12. Sólo ingresos de quinta
categoría
Sólo ingresos de cuarta
categoría , con montos
anuales menores a S/31 500
14. No pérdidas
tributarias
pendientes de
compensar
No saldos a favor
No deduzca de impuestos de
donaciones ejercicios
anteriores
FORMULARIO
VIRTUAL 669 NO PERMITE
SIMPLIFICADO MODIFICACIONES
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22. Sustituir o rectificar
Si se desea modificar los
declaraciones
datos mostrados en
presentadas en el
Formulario Simplificado
Formulario Simplificado
PDT 669
PRESENTACIÓN
VENTANILLA DE
SUNAT/ BANCO INTERNET: SOL
AUTORIZADO
23. ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC FECHA DE VEMCIMIENTO
9 26 de marzo de 2012
0 27 de marzo de 2012
1 28 de marzo de 2012
2 29 de marzo de 2012
3 30 de marzo de 2012
4 02 de abril de 2012
5 03 de abril de 2012
6 04 de abril de 2012
7 09 de abril de 2012
8 10 de abril de 2012
25. RENTA BRUTA DE CUARTA CATEGORÍA
(Ingreso Total)
- 20% RENTA BRUTA
+ RENTA BRUTA DE QUINTA CATEGORÍA
(Ingreso Total)
= RENTA DE 4TA. Y 5TA CATEGORÍA
- DEDUCCIONES 7 UIT
= RENTA NETA (BASE IMPONIBLE)
26. ▣ ESCALA DE IMPUESTO A LA RENTA
RENTA NETA TASA IMPUESTO IMPUESTO
PARCIAL ACUMULADO
HASTA 27 UIT 15% s/ 14 580 s/ 14580
(s/ 97200)
>27 UIT 21% s/ 20 349 s/ 34929
HASTA 54 UIT
(s/. 194 400)
> 54 UIT 30%
27. SÓLO CUARTA CATEGORÍA
Datos:
▣ Señor Juan Pérez, sólo recibe rentas de Cuarta
Categoría.
▣ Enero a Mayo : S/. 12000 mensual y le han
retenido en ese período S/.6000. (10% del
honorario mensual)
▣ Junio a Diciembre : S/. 3000 mensual.(No se le
retuvo porque solicitó suspensión de retención)
▣ ITF: S/. 20
▣ Considerar UIT del 2011 igual a S/. 3600
▣ Calcular Renta Neta e Impuesto a Pagar.
28. ▣ … Continuación
▣ Calculo de la Renta Bruta:
◦ S/12000 x 5 + S/.3000 x 7 = S/. 81000
▣ Cálculo del 20% de la Renta Bruta
◦ S/81000 x 20% = 16,200
▣ Impuesto Retenido
◦ S/ 6,000
▣ Cálculo de las 7 UIT
◦ 7 x S/ 3600 = S/. 25 200
29. ▣ …. Continuación
▣ Calculo de la Renta Neta:
◦ Renta Bruta S/. 81000
◦ - 20% Renta Bruta 16200
◦ - 7 UIT 25200
◦ RENTA NETA 39600
▣ Cálculo del Impuesto
◦ 15% de RENTA NETA 5940
▣ Impuesto Retenido
◦ Dato 6000
◦ ITF 20
▣ Impuesto a Pagar/(Crédito)
◦ 5940 – 6000 - 20 (60) Crédito
30. Cuarta y Quinta Categoría
▣ Cuarta
▣ Durante el ejercicio gravable 2011, el contribuyente
Sr. Juan Pérez ha percibido ingresos que están
consignados en su Libro de Ingresos y Gastos.
▣ Además, como Director de la empresa Santa Laura
S.A., identificada con RUC Nº 20468615750, recibió
la suma de S/ 8,000, con fecha 10 de noviembre de
2011 por concepto de dietas. (Se le retuvo el 10%)
▣ Sus ingresos profesionales los recibió a través del
banco “El Buen Ahorro”, identificado con RUC Nº
20161902225, siendo afectado con el Impuesto a las
Transacciones Financieras- ITF, por la suma de S/. 14
nuevos soles, según constancia de retenciones.
31. Fecha de Fecha de No. Recibo Nombre o Razón N° RUC Monto Monto
Emisión Cobro Social del Cliente Bruto Reteni
do
17.12.10 17.01.11 703 Ariana SAC (2) 20301801873 7800 780
21.02.11 25.02.11 704 Mario Balta (1) 3000
03.03.11 08.03.11 705 Santiago Purizaca (3) 10986654785 8000
05.04.11 706 Anulado (4)
01.06.11 05.06.11 707 Juan León (5) 10765432871 10000
18.07.11 25.07.11 708 San Antonio EIRL (2) 20567439765 12000 1200
19.09.11 19.11.11 709 Rosario Chávez (1) 5000
20.11.11 15.11.11 E-01 Inversiones Castro S.A. 20657893421 19000 1900
(2)
20.12.11 05.01.12 E-02 Inversiones Sierra EIRL 20634987651 5000 500
(2)
TOTAL 69800 4380
32. ▣ (1) Personas naturales sin actividad empresarial no son agentes
de retención por rentas de cuarta categoría.
▣ (2) El pagador de la renta es una persona jurídica o natural que
se encuentra en el Régimen General del Impuesto a la Renta,
razón por la cual tiene la obligación de efectuar la retención
(Inciso b) del artículo 71° de la Ley).
▣ (3) El pagador de la renta es una persona natural con negocio
que se encuentra en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta
(RER), por lo cual no le corresponde efectuar retenciones por
rentas de cuarta categoría.
▣ (4) Deberá conservar el original y las copias de los recibos por
honorarios que hubiesen sido anulados, es decir, inutilizados
con anterioridad a su entrega debido a fallas técnicas, errores en
la emisión u otros motivos (Recibo Nº 715).
▣ (5) El pagador de la renta es una persona natural con negocio
que se encuentra en el Nuevo Régimen Único Simplificado –
NUEVO RUS, por lo cual no le corresponde efectuar retenciones
por rentas de cuarta categoría.
33. Período Monto Impuesto Impuesto Impuesto Recibos
bruto resultante retenido Pagado (*)
(**)
Enero 7800 780 780 703
Febrero 3000 300 300 704
Marzo 8000 800 800 705
Abril 706
Junio 10000 1000 1000 707
Julio 12000 1200 1200 708
Setiembre 5000 500 500 709
Noviembre 19000 1900 1900 E-01
Diciembre 5000 500 500 E-02
Total 69800 6980 4380 2600
34. ▣ (*) Determinó y realizó sus pagos a cuenta por Rentas de Cuarta
Categoría, por un monto equivalente al 10% de sus ingresos
mensuales, a través del PDT N° 616 – Trabajadores
Independientes.
▣ (**) Sólo los clientes comprendidos en el Régimen General del
Impuesto a la Renta, pueden realizar la retención del 10% sobre
las Rentas de Cuarta Categoría, debido a que califican como
Agentes de Retención (Inciso b) del artículo 71° de la Ley).
▣ Nota: El importe del recibo por honorarios Nº E-02 no se
considera en el período diciembre de 2011 porque está pendiente
de cobro al 31.12.2011 (Criterio de imputación: Por lo percibido).
▣ Cabe señalar que el agente de retención deberá retener el
impuesto en el momento que abone los honorarios (criterio de lo
percibido), conforme lo dispone el artículo 74° de la Ley.
35. OTRAS RENTAS RECIBIDAS POR CUARTA CATEGORÍA
FECHA CONCEPTO RUC INGRESO IMPUESTO
RETENIDO
10.11.2011 Dieta de 20468615750 8000 800
Director en la
"SANTA
LAURA S.A.”
36. ▣ Determinación Renta Neta de Cuarta
RENTA BRUTA s/. s/.
INGRESOS SEGÚN LIBROS DE 69 800
INGRESOS Y GASTOS
(-) INGRESOS NO PERCIBIDOS EN EL - 5000
EJERCICIO
TOTAL RENTA BRUTA 64800
(-) DEDUCCIONES - 12960
20% DEL TOTAL RENTA BRUTA
20% x 64800
+ INGRESOS COMO DIRECTOR 8000
RENTA NETA DE CUARTA 59840
37. ▣ RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA
▣ El Sr. Juan Pérez ha percibido Rentas de Quinta Categoría de la
Minera Santa Elva S.A. por su labor como ingeniero, un haber
mensual de S/. 8,000 Nuevos Soles de enero a diciembre de 2011,
más las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad. Además, ha
percibido una bonificación como prestación alimentaría (Ley Nº
28051) por un monto de S/. 3,500 por todo el año.
▣ Por otra parte, en los meses de mayo y noviembre, el señor Pérez
percibió la suma de S/. 6,000 como Compensación por Tiempo de
Servicios (CTS) y en diciembre percibió la suma de S/. 3,000 por
concepto de gratificación extraordinaria. Asimismo, en el mes de
setiembre vendió parte de sus vacaciones, percibiendo en dicho
mes una remuneración vacacional que ascendió a S/. 3,500.
38. RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA
▣ Además, percibió ingresos por la suma de S/. 5,500 por pintar un
cuadro para la empresa. Este servicio considerado dentro de la
Cuarta Categoría efectuado para la misma empresa con la cual
mantiene simultáneamente una relación laboral de dependencia, se
considera como Renta de Quinta Categoría, según lo dispuesto en
el inciso f) del artículo 34° de la Ley.
▣ La empresa como agente de retención le ha entregado el
certificado de retenciones por la suma de S/. 14,500 nuevos soles.
39. DETERMINACIÓN RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA
CONCEPTO MONTO MONTO
BRUTO RETENIDO
REMUNERACION ENE-DIC (8000x12) 96 000
GRATIFICACIONES JUL Y DIC 16000
BONIFICACIÓN LEY 28051 3500
CTS (S/. 6 000) ---
REMUNERACIÓN VACACIONAL 3500
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA 3000
OTROS INGRESOS CONSIDERADOS DE 5500
QUINTA CATEGORÍA
RENTA BRUTA DE QUINTA CATEGORÍA 127500 14500
40. ▣ DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA DE TRABAJO
CONCEPTO S/.
RENTA NETA DE CUARTA CATEGORÍA 59840
RENTA DE QUINTA CATEGORÍA 127500
TOTAL DE LA RENTA DE CUARTA Y 187340
QUINTA CATEGORÍA
(-) DEDUCCIÓN DE 7 UIT (7 x 3600) 25200
RENTA NETA DE CUARTA Y QUINTA 162140
(RENTA NETA DE TRABAJO)
41. Donaciones
▣ En el 2011, el señor Pérez ha efectuado las
donaciones que se detallan a continuación:
▣ Hogar Clínica “ San Juan de Dios” 7000
▣ Para efecto de la deducción de la donación, sólo
se aceptará un monto máximo que en conjunto
no exceda del 10% de la suma de la Renta Neta
de Trabajo
▣ 10% x 162140 = s/. 16 214
▣ Por lo tanto se acepta la Donación
42. DETERMINACIÓN DE LA RENTA IMPONIBLE DE
TRABAJO
RENTA NETA DE TRABAJO 162140
- Deducciones
ITF (14)
Donación Hogar Clínica San (7000)
Juan de Dios
RENTA NETA IMPONIBLE 155126
43. Cálculo del Impuesto a la Renta Neta de Trabajo
TRAMOS RENTA NETA TASA PARCIAL ACUMULADO
GLOBAL
ANUAL
HASTA 27 UIT 97200 15% 14 580 14580
POR EL EXCESO 57827 21% 12144 26724
DE 27 UIT
HASTA 54 UIT
26724
IMPUESTO
CALCULADO
44. Liquidación de Impuesto a la Renta
CONCEPTO MONTO S/.
1. IMPUESTO CALCULADO 26724
2. CRÉDITOS CON DERECHO A DEVOLUCIÓN
2.1 PAGO DIRECTO
a) RENTA DE CUARTA - 2600
2.2 RENTENCIÓN
a) RENTA DE CUARTA - 4680
b) RENTA DE QUINTA -14500
SALDO POR REGULARIZAR (FAVOR DEL FISCO) 4944