2. INTRODUCCIÓN.
Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el
control de riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y
contra sus recursos materiales y financieros.
Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores
que interfieren en el desarrollo normal de la actividad
empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por
consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado.
3. En consideración a lo anterior, la administración y la
gerencia de toda compañía deben asumir su
responsabilidad en buscar y poner en practica las
medidas necesarias que contribuyen a mantener y
mejorar los niveles de eficiencia en las operaciones
de la empresa y brindar a sus trabajadores un medio
laboral seguro.
4. 1-ASPECTOS GENERALES.
*SALUD: Es un estado de bienestar físico, mental y social. No
sólo en la ausencia de enfermedad.
*TRABAJO: Es toda actividad que el hombre realiza de
transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad
de vida.
*RIESGO: Es la probabilidad de ocurrencia de un evento.
Ejemplo Riesgo de una caída, o el riesgo de ahogamiento.
5. *AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de
condiciones que rodean a la persona y que directa o
indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida
laboral.
*FACTOR DE RIESGO: Es un elemento o acción
humana que puede provocar daño en la salud de los
trabajadores, en los equipos o en las instalaciones.
Ejemplo:
-Sobre esfuerzo físico, ruido, monotonía.
6. *INCIDENTE: Es un acontecimiento no deseado,
que bajo circunstancias diferentes, podría haber
resultado en lesiones a las personas o a las
instalaciones. Ejemplo: Un tropiezo o un resbalón.
*ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso
repentino que sobreviene por causa del trabajo y
que produce en el trabajador daños a la salud.
Ejemplo: Herida, fractura, quemadura.
7. Según lo anterior, se considera accidente de trabajo:
• El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o
esporádicas en la empresa.
• El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de
órdenes o en representación del empleador así sea por fuera
de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
• El que sucede durante el traslado entre la residencia y el
trabajo en transporte suministrado por el empleador.
8. No se considera un accidente de trabajo:
El sufrido durante permisos remunerados o
no, así sean sindicales, o en actividades
deportivas, recreativas y culturales donde no
se actúe por cuenta o en representación del
empleador.
9. *ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la
salud que se adquiere por la exposición a uno o varios
factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo. El
Gobierno adopta 42 enfermedades como profesionales.
También es Enfermedad Profesional si se demuestra la
relación de causalidad entre el factor de riesgo y la
enfermedad.
10. *SALUD OCUPACIONAL: Se define como la
disciplina que busca el bienestar físico, mental y
social de los empleados en sus sitios de trabajo.
En Colombia el campo de la Salud Ocupacional, se
encuentra enmarcado en toda la reglamentación
dada a través del Sistema General de Riesgos
Profesionales
11. 2 - R E G L A M E N TA C I Ó N E N C O L O M B I A
S O B R E S E G U R I DA D S O C I A L Y S A L U D
O C U PA C I O N A L .
La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la
Seguridad Social en el país, la cual consta de tres
componentes como son:
• El Régimen de Pensiones
• La Atención en Salud
• El Sistema General de Riesgos Profesionales.
12.
13.
14. 3 - S IS TE M A G E N E R A L D E
R IE S G OS PROFE S IONA L E S
El Sistema de Riesgos Profesionales, existe como un conjunto
de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y
atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades
profesionales y los accidentes que puedan ocurrirles con
ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan,
además de mantener la vigilancia para el estricto cumplimiento
de la normatividad en Salud Ocupacional.
15. REGLAMENTACIÓN
El pilar de esta Legislación es Decreto Ley 1295
de 1994, cuyos objetivos buscan:
• Establecer las actividades de promoción y prevención
tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los
trabajadores
16. • Fijar las prestaciones de atención en salud y las
prestaciones económicas derivadas de las
contingencias de los accidentes de trabajo y
enfermedad profesional.
•Vigilar el cumplimiento de cada una de las normas
de la Legislación en Salud Ocupacional y el esquema
de administración de Salud Ocupacional a través de
las ARP.
17. Particularmente el Decreto 1295 en su Artículo 21
Literal D, obliga a los empleadores a
programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del
programa de Salud Ocupacional en la empresa y su
financiación.
En el Artículo 22 Literal D, obliga a los trabajadores
a cumplir las normas, reglamentos e instrucciones
del programa de Salud Ocupacional de las empresas.
18. En la Resolución 001016 de 1989 en el
Artículo 4 y Parágrafo 1, se obliga a los
empleadores contar con un programa de
Salud Ocupacional, específico y particular, de
conformidad con sus riesgos potenciales y
reales y el número de los trabajadores.
19. También obliga a los empleadores a destinar
los recursos humanos financieros y físicos,
indispensables para el desarrollo y
cumplimiento del programa de Salud
Ocupacional, de acuerdo a la severidad de
los riesgos y el número de trabajadores
expuestos.
20. Dada la complejidad y magnitud de esta tarea, se
hace necesario que los programas de Salud
Ocupacional sean entes autónomos, que dependan
directamente de una unidad Staff de la empresa,
para permitir una mejor vigilancia y supervisión en
el cumplimiento de cada una de las normas
emanadas de la Legislación de Salud Ocupacional.
21. C A M P O D E A P L I C AC I Ó N D E L S I S T E M A
GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
Con las excepciones previstas en el Artículo 279 de la Ley 100
de 1993, el Sistema General de Riesgos Profesionales se aplica
a todas las empresas que funcione en le territorio nacional y a
los trabajadores, contratistas, subcontratistas de los sectores
públicos, oficial, semioficial en todos sus órdenes y en le sector
privado en general.
22. CONFORMACIÓN DEL SISTEMA
GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
El Gobierno Nacional determinó la organización y
funcionamiento del Sistema General de Riesgos
Profesionales, el cual está integrado así:
a) El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El
Ministerio De Salud. Es el organismo de dirección del Estado
en materia de Riesgos Profesionales.
23. Tiene como función la determinación de
regímenes específicos de vigilancia
epidemiológica, el desarrollo de actividades
de prevención y controlar la prestación del
servicio de Salud a los afiliados al Sistema en
las condiciones de calidad determinada por
la Ley.
24. b) El Consejo Nacional De Riesgos Profesionales
Organismo de dirección del Sistema conformado por
miembros del ministerio, Entidades
ARP, Trabajadores, Empleadores y Asociaciones
Científicas de Salud ocupacional.
c) El Comité Nacional De Salud Ocupacional
Órgano consultivo del Sistema conformado por
miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las
ARP
25. d) El Fondo De Riesgos Profesionales
Tiene por objeto desarrollar estudios,
campañas y actividades de promoción y
divulgación para la prevención de Riesgos
Profesionales
26. CLASIFICACIÓN.
En el momento de la vinculación de una empresa a
una ARP ésta asignará una tarifa de acuerdo con la
actividad principal de la empresa y la exposición a
los factores de riesgo.
27.
28. 4- PROGRAMA DE SALUD
O C U PA C I O NA L
¿En Que Consiste Un Programa De Salud Ocupacional?
Consiste en la planeación, organización, ejecución, control y
evaluación de todas aquellas actividades tendientes a preservar,
mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los
trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales.
29. El principal objetivo de un programa
de Salud Ocupacional es proveer de
seguridad, protección y atención a los
empleados en el desempeño de su
trabajo.
30. POLÍTICA DE SALUD
OCUPACIONAL
Protección y mantenimiento del mayor nivel
de bienestar, tanto físico como mental, de todos
los trabajadores, disminuyendo al máximo la
generación de accidentes de trabajo y los riesgos
en su origen.
31. Preservación de buenas condiciones de
operación en los recursos materiales y
económicos, logrando la optimización en
su uso y minimizando cualquier tipo de
pérdida.
32. Responsabilidad de todos los niveles de
Dirección por proveer un ambiente sano y
seguro de trabajo, por medio de equipos,
procedimientos y programas adecuados.
Incorporación del control de riesgos en cada
una de las tareas.
33. PARTICIPACIÓN DEL
EMPLEADOR O GERENCIA
Motivar al personal por la Salud Ocupacional a
través de charlas, cartas de reconocimiento, asistir a
reuniones formales entre otras.
Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando
deba tomarse una decisión en la que aquella esté en
juego.
34. PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES
El seguimiento estricto de las Normas de
seguridad a fin de garantizar un trabajo seguro.
Participar activamente en las charlas y cursos
de capacitación de Salud Ocupacional a que haya
sido invitado.
35. EL COMITÉ PARITARIO DE
SALUD OCUPACIONAL COPASO
Es el organismo de participación, ejecución y apoyo
en todo lo concerniente al Programa de Salud
Ocupacional de una compañía. De la mano con el
Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de
Emergencia, los miembros del COPASO son los
encargados de llevar a cabo todas las actividades.
36. El periodo de los miembros del Comité es
de dos años y el empleador está obligado
a proporcionar por lo menos cuatros horas
semanales dentro de la jornada normal de
trabajo de uno de los miembros para el
funcionamiento del Comité.
37. Dependiendo del tamaño de la
empresa el COPASO estará
conformado de la siguiente manera:
38.
39. PROGRAMA DE
ENTRENAMIENTO
Conjunto de actividades encaminadas a
proporcionar al trabajador los conocimientos y
destrezas necesarias para desempeñar su labor
asegurando la prevención de accidentes, protección
de la salud e integridad física y emocional.
40. OBJETIVOS
Proporcionar sistemáticamente a los
trabajadores el conocimiento necesario para
desempeñar su trabajo en forma
eficiente, cumpliendo con estándares de
seguridad, salud, calidad y producción.
41. Lograr el cambio de actitudes y
comportamientos frente a determinadas
circunstancias y situaciones que puedan
resultar en perdidas para la empresa.
Generar motivaciones hacia la salud
desarrollando campañas de promoción.
42. ACTIVIDADES A
DESARROLLAR
Estudio de necesidades
Revisión de necesidades
Programa de inducción:
*Normas generales de la empresa.
43. *Riegos generales de la empresa y
específicos a la labor que va a desempeñar,
medidas de seguridad y salud normas
especificas.
*Preparación para emergencias: Uso de
equipos, brigadas, de emergencia, áreas
criticas de riesgos y plan de emergencia.
44. Capacitación continuada: General a
todos los trabajadores en aspectos básicos
de salud ocupacional; definiciones,
objetivos, actividades, etc.
Accidentes de trabajo
Preparación para emergencias
45. C R O NOGRA MA D E A C T I VIDA DES
Y E V A L U ACIONES .
La gerencia tendrá una visión global sobre lo que
se está realizando en su compañía, en que invierte su
tiempo los miembros del COPASO, las Brigadas de
Emergencia y las personas encargadas de la ejecución
de estas actividades o del Departamento de Salud
Ocupacional.
46. Es importante llevar siempre las
estadísticas en accidentalidad, enfermedad y
ausentismo de la compañía; pero no solo se
debe tener un cuadro lleno de números, se
debe trabajar para que esos índices evaluados
no aumenten, si no que al contrario
disminuyan.
47. RESPONSABILIDADES ANTE EL
SISTEMA RIESGOS PROFESIONALES
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES
Procurar el cuidado integral de su salud.
Suministrar información veraz sobre su estado de salud.
Velar por el cumplimiento de las obligaciones de los
empleadores
48. POR PARTE DE LOS EMPLEADORES
Son los responsables directos de la salud de sus
trabajadores y por tanto deberán proporcionar y
mantener las mejores condiciones de trabajo y
prevenirlos Riesgos Profesionales.
Afiliar a sus trabajadores al Sistema General de
Riesgos Profesionales y efectuar cumplidamente el
pago total de las cotizaciones.
49. Elaborar e implementar el Programa de Salud
Ocupacional para la empresa.
Tener vigente el Reglamento de Higiene y
Seguridad Industrial.
Constituir y garantizar el funcionamiento del
Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía
Ocupacional.
50. “la salud ocupacional es una
herramienta que esta ligada a
la productividad de la empresa”