1. Parentesco familiar y sus tipos:
La palabra parentesco alude al vínculo establecido entre dos o más personas
de acuerdo a la consanguinidad, como consecuencia de la unión matrimonial, o
a través de la ley. De esta manera, el parentesco puede clasificarse en los
siguientes tipos:
PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD:
El término se refiere a la relación establecida entre individuos unidos por algún
vínculo sanguíneo. Esto quiere decir que debe existir por lo menos un
ascendiente compartido.
El parentesco por consanguinidad se establece a partir de grados, y su
proximidad se estipula por la cantidad de generaciones que alejan a los dos
familiares.
PARENTESCO POR AFINIDAD: con este término se designa a la relación
constituida entre un cónyuge y los parientes de carácter consanguíneo de la
otra persona. Y de manera inversa, el vinculo entre un individuo y los cónyuges
de sus familiares.
De esta manera, un sujeto es pariente por afinidad de aquellos familiares
consanguíneos del cónyuge en el mismo grado y línea.
PARENTESCO CIVIL: el parentesco civil es aquel establecido por medio de la
adopción. El mismo vincula al adoptado y al adoptante, de igual manera que la
familia del adoptante y el adoptado.