El documento analiza el marco legal sobre la tutoría y participación de los padres en España y la región de Castilla-La Mancha. Según los documentos, los padres desempeñan un papel fundamental en la educación de sus hijos y deben trabajar en estrecha colaboración con los tutores. Las leyes requieren reuniones periódicas entre padres, tutores y maestros para garantizar la comunicación y el desarrollo adecuado de los estudiantes. La tutoría es crucial para coordinar el proceso educativo individual de cada estudiante.
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJO
Análisis de la participación de los padres y tutores en la educación según la normativa legal
1. RÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
Apellidos, Nombre: Jesús Delgado Santamaría
Titulación: Educación Primaria Grupo: 2ºA Curso Académico: 2016/2017
Autoevaluación Práctica II - Puntuación: 0,70 ( 0,1 - 0,2 - 0,3 - 0,4 - 0,5,...-0,75 ptos. según
corresponda)
Práctica 2A:
Análisis sobre la tutoría y la participación de lospadres en el marcolegal (LOMCE, LOE, Decretos
de Currículo(Infantil y Primaria) y Ley de Educaciónde Castilla la Mancha). Informe conel análisis
y conclusiones.
LOMCE ( Ley Orgánicapara la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013)
LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Ley de Educaciónde Castilla-LaMancha 7/2010 de 20 de julio. (TítuloI Comunidad Educativa.
Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La
orientación educativa y profesional).
Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria segúncorresponda a la
titulación que cursa).
LOMCE(Ley Orgánica parala Mejora dela Calidad Educativade10 de dic. De 2013). Semodifica
en los siguientes términos:se añadennuevospárrafos h bis) y q) al artículo 1 en los siguientes
términos:
h) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como
primeros responsables de la educación de sus hijos.
q) La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutoreslegales a
elegir el tipode educacióny elcentro parasushijos, enelmarcodelosprincipiosconstitucionales.
ARTICULO 20. TUTORÍA:
1. La tutoría y la orientación del alumnado formará parte de la función docente y serán
competencia de todo el profesorado, canalizada y coordinada a través del tutor.
2. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos a
través de su integración y participación en la vida del centro, el seguimiento
2. individualizadodesuprocesode aprendizaje y la tomade decisionesrelacionadascon su
evolución académica.
ARTÍCULO 21. TUTORES:
1. Cada grupode alumnostendránuntutorque será designadoporel director a propuesta
del jefe de estudios. La tutoría recaerá preferentemente en el maestro que imparta
mayor número de horas lectivas semanales a dicho grupo. Además de lo anterior, en
determinadas ocasiones, se podrá nombrar un tutor ayudante que colaborará con el
tutorenel desarrollode susfunciones, deacuerdoconloqueseestablezca enlas normas
de organización y funcionamiento del centro.
2. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el primer y segundo
curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y motivada expresamente. En todo
caso, favorecerá la permanencia del mismo turno en los cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º.
3. El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos tutorizados y
mantendráunarelaciónpermanentey de mutuacolaboraciónconsusfamilias. Paraello,
establecerá a lo largo del curso escolar un número mínimo de tres reuniones con el
conjunto de padres del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación
trimestrales y una individual con los padres de cada alumno.
4. Son funciones de los tutores:
a. Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades de
orientación, bajola coordinacióndel jefe deestudiosy pudiendocontarparaello
con la colaboración del orientador del centro.
b. Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
c. Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la
educación personal del currículo.
d. Facilitar la integraciónde los alumnosenel grupoy fomentarsu participaciónen
las actividades del centro.
e. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
f. Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezcan la
jefatura de estudios.
g. Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
h. Informara los padreso tutores legales, en sucaso, del alumno, a los maestrosy
a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación
con las actividades docente y el rendimiento académico.
i. Facilitar la cooperacióneducativaentrelos maestrosy lospadresdelosalumnos.
3. j. Atender y cuidara los alumnos, juntoconel resto del profesoradodel centro, en
los periodos de recreo y en las actividades no lectivas.
5. Los tutores serán coordinados por el jefe de estudios, manteniendo las reuniones que
sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las condiciones
adecuadas.
LOE (LEY ORGÁNICA2/2006, de3 de mayo, de Educación)
Se rige por cuatro principios fundamentales:
Aprender a conocer: crear, inventar, los medios que le permiten seguir con los
procesos de asimilación y acomodación intelectiva de un modo intermitente, no
sólo en los niños de edad escolar, sino, en todos nosotros que somos aprendices
permanentes. Ayudar a los niños a desarrollar una habilidad básica.
Aprender a aprender-aprender: aprender ejercitando la atención, la memoria y el
pensamiento, como instrumentos para comprender, lo cual conlleva a ejercitar la
memorizaciónasociativa comofacultar intrínseca humay ejercitar el pensamiento
desde una articulación entre lo concreto y lo abstracto.
Aprendera hacer:ejecución deprocedimientosy estrategiastécnicasy habilidades,
destrezas y métodos de un saber de tipo práctico.
Aprender a vivir juntos y aprender a vivir: aprender a conocer y respetar al otro.
1. Desarrollar con el alumnado programas relativos a la mejora de la convivencia, a los
hábitos y técnicas de estudio, a la toma de decisiones y al pensamiento creativo y
emprendedor.
2. Facilitar el intercambioy la coherenciadel procesoeducativoconlas familias y establecer
una vía de participación activa de la comunidad educativa en la vida del centro.
3. Coordinaral profesoradoque interviene en un mismogrupode alumnosparagarantizar
la coherencia del proceso de enseñanza y aprendizaje.
4. Artículo 7:Colaborarconelrestode nivelesde laorientaciónparafavorecer undesarrollo
gradualy coordinadoatravésdel asesoramientoy el intercambio. La responsabilidaddel
profesorado con respecto a la tutoría y los contenidos de la misma se concentrarán en
cada etapa y nivel a través del currículo y de la organización del centro en función de las
particularidadesdel alumnado, garantizandoquecadaalumno tenga, al menos, untutor
o tutora
5. Favorecerlos procesosdemadurezpersonaly social, dedesarrollo dela propiaidentidad
y del sistema de valores, y de la progresiva toma de decisiones que el alumno ha de
realizar a lo largo de su vida escolar.
6. Prevenir las dificultades de aprendizaje y no sólo asistirlas cuando han llegado a
producirse, anticipándoseaella y combatirel abandonodelsistemaeducativo, elfracaso
y la inadaptación escolar.
7. Colaborar en el ajuste de la respuestaeducativa a las necesidades particulares de todos
y cada uno de los alumnos, adaptándola a sus capacidades, intereses y motivaciones,
mediante las oportunas adaptaciones curriculares y metodológicas y el asesoramiento
4. en las medidas de atención a la diversidadque garanticen una respuestaeducativa más
personalizada y especializada.
8. Asegurar la continuidad educativa a través de las distintas áreas, ciclos y etapas y,
particularmente, el paso de la educación infantil a la primaria y de éstas a la educación
secundaria obligatoria.
9. Prestar asesoramiento psicopedagógico a los diferentes órganos de gobierno y de
coordinación docente de los centros educativos.
10. Asesorar a las familias en su práctica educativa. Colaborar en el desarrollo de la
innovación, investigación y experimentación como elementos que redundan en una
mejora de la calidad educativa.
11. Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la
comunidad educativa: profesorado, alumnado, familias, así como entre la comunidad
educativa y su entorno colaborandoen los procesosorganizativos y de participación de
la comunidad educativa, y en especial del alumnado, en la vida de los centros.
Ley de Educación de Castilla-La Mancha7/2010 de20 de julio. (Título I ComunidadEducativa.
Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La
orientación educativa y profesional).
Capítulo III Las Familias:
Art.22 El alumnado como no constituyente parte del proceso educativo, la comunidad
educativa y agentes básicos para la mejora de la educación.
Art.23 Los padres tienen derecho de elegir el modelo de educación de sus hijos de
acuerdo a sus ideales o convicciones.
La consejería impulsará programas de orientación a las familias para mejorar su papel
comoeducadores, así también, pondráa disposiciónde loscentros públicoslos recursos
necesarios para que el centro y los padres estén en contacto por vías electrónicas de
comunicación.
Art.24 Los padres o tutores tienen derecho a el modelo de educación, el centro y la
religión de acuerdo a sus convicciones.
Art.25 Los padres tienen la obligación de conocer y respetar el proyectoeducativo y las
normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo
educativo de sus hijos.
Art.26 Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un
centro educativo, podránasociarsede acuerdocon lo dispuestoenla Ley de Educacióny
demás normativa vigente.
5. Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha
El artículo 1.h.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación, codificado por la
Ley Orgánica 8/2013, del reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madre y
tutores legales como primero responsables de la educación de sus hijos. La Educación Primaria
marca el inicio de la escolarización obligatoria y va a establecer las bases de todo aprendizaje
posterior. Por tanto, debe proveer a los alumnos de una formación sólida que les capacite para
aplicar de forma integrada los conocimientos adquiridos y para afrontar con éxito la siguiente
etapa de Educación Secundaria Obligatoria. La educación básica que conforman ambas etapas,
se entiendecomoaquella que debenposeertodoslosciudadanosparaejercer de maneracrítica,
libre y responsablesupropiaciudadanía. Elenfoquecompetencialdelosaprendizajes, elestímulo
dela curiosidad, laculturadel esfuerzoy la atenciónala diversidady, portanto, alaindividualidad
del alumnado son principios
Art. 10 TUTORÍA:
o La acción tutorialorientaráel procesoeducativoindividualy grupaldel alumnadoen
el conjunto de la etapa.
o El tutor o tutoracoordinará la intervención educativadel conjuntodel profesorado
y mantendrá una relación continuada y sistemática con la familia.
o El equipodirectivogarantizará, con carácter general, que la personaresponsablede
la tutoríaimparte docencia al grupo de alumnosy alumnasen, al menos, tres áreas
de currículo. Asimismo, será responsablede la horade lectura y, en tercer ciclo, de
impartir el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.
o El tutorola tutora, conel consentimientodelresponsabledeorientacióndel centro,
incluirá, dentro del horariosemanal en el que permanece con el grupo, actividades
de seguimiento y orientación del proceso de enseñanza y actividades que
contribuyan al seguimiento ly orientación del proceso de enseñanza y actividades
que contribuyan al desarrollo de las habilidades propias de la competencia social y
ciudadana, e la competencia para aprender a aprender, de la competencia e
iniciativa personal y de la competencia emocional.
o El centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que garanticen una
acción individualizada y continua con el alumnado y su familia.
o El centrodocente programaráactividadesque faciliten la transición de la Educación
Infantil a Educación Primaria y de ésta, a la Educación Secundaria Obligatoria.
Art.15 Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo. Los
padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso
6. educativo de sus hijos o tutelados, así como conocer las decisiones relativas a la
evaluacióny promoción, y colaborarenlas medidasde apoyoorefuerzoque adoptenlos
centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales
de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus
hijos o tutelados, y a otra documentación, que por su carácter educativo o de gestión
administrativa, deba figurar en su expediente académico.
Art.19 Atención a las familias. Derecho a una evaluación objetiva. El responsable de la
tutoría del grupo dará información a las familias, en un lenguaje asequible, sobre los
contenidosprogramadosparacadacurso, y especialmente, sobreslosprocedimientosde
evaluación y los criterios de calificación y promoción. Asimismo, les informará de los
resultado obtenidos por los alumno en las evaluaciones finales o individualizadas.
CONCLUSIÓN
En mi opinión, despuésde ver todoslos artículos, leyes y decretos legales, pienso que la
imagen de los padres es crucial dentro del sistema educativo. Los padres, junto con los tutores,
han de trabajar codo con codo para el correcto desarrollo de sus hijos. Las tutorías son muy
importantes para que se pueda desarrollar la comunicación necesaria entre padres y profesores
y así tener unas ideas conjuntas sobre el alumno.
Sibien escierto que, sabiendoloimportantequeesel papeldelos padresenla educación
de sus hijos tanto a nivel cotidiano como educativo, todavía hay algunos padres que no se
interesan por la educación de estos, haciendo que los hijos no vean la importancia de su
educación.
Práctica 2B:
Tras el visionadodel: vídeo "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en
una tutoría conpadres y al que se accede al principiodel módulo, realiza una breve síntesisde los
elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se
establece entre la familia y la escuela.
Despuésde ver el vídeo, creo quela relación entre el profesory la familia debe ser buena
poniendo un interés mutuo para que la relación sea fluida.
Uno de los factores más importantes para tener una buena relación padres y docentes, es la
creación de un clima acogedor donde ambas partes se relajen y se sientan cómodos. Hay que
concretar los objetivos más importantes para tratar en la reunión, buscando acuerdos finales
cuyo interés sea el alumno.
Para que todo esto sea posible, hay que tener una buena comunicación entre ambas partes,
sabiendoque pueden haber puntos en los que se puede diferir, pero siempre viendoel objetivo
comúnquees lo mejor parael niño. Todoello sin llegar a crear un conflicto quepongaen peligro
todo lo anterior.
7. Los tipos de comunicación que se observan en el video son:
Modelo agresivo: la madre, desinteresada, muestra una actitud de indiferencia ante el
profesor, lo que hace que este utilice formas de comunicación agresivas.
Modelo asertivo: el profesor crea un clima acogedor, se muestra positivo, comparte
sentimientos y llegan acuerdos.
Comovaloración personal, pienso que el profesor la persona que más información tiene del
alumnoen la escuela, sabe cómose comporta, suevolución, susposiblesproblemas…y por eso,
tiene que ser el encargadode detectarlo y avisar a la familia. Por otrolado, la familia debe tener
una actitud abierta y conciliadora para poder poner fin y solucionar el problema.
Tanto profesores como padres han de “remar” hacia la misma dirección para encontrar el bien
común, que en definitiva, es lo que buscan ambas partes.
Práctica 2C:
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y
medidas de mejora para promover dicha participación.
La relación que debe haber entre la familia, el centro y los profesores deber ser buena
para permitir una adecuada educación.
Las causas que hacen que haya una baja participación de los padres en los centros son:
La mayor parte de los padres no conocen como se puede participar en los centros
educativos ni sus funciones.
Tampoco conocen el centro por dentro (aulas, recursos…).
Los profesores no convocan a padres de chicos que no tienen “problemas”.
No se sienten piezas importantes en el sistema educativo y la comunidad escolar.
Piensan que no tienen responsabilidades dentro del colegio.
Se interesan más por el profesor de su hijo que por el funcionamiento del centro.
Los padres sólo participan si así obtienen un bien para su hijo y no por el bien general.
Ven a los profesionales de la educación como los responsables de la educación de sus
hijos.
Para promover la participación de los padres en los centros educativos, están:
Cursos fomentados por la delegación para informar a los padres de cómo educar a sus
hijos y las maneras de participar en los centros educativos.
Mejorar la formaciónde lospadrespara responsabilizarlesenla funcióneducativade sus
hijos.
Hacer actividades donde estén involucrados todos los miembros del centro para
potenciar la comunicación.
Explicar los objetivos y programas en clase para alumnos y padres.
Hacer reunionesdondeseproponganprogramasdemejoradelosproblemasquetengan
los niños para poder llevarlas a cabo fuera del horario escolar.
8. Ofrecer ideas para trabajar en casa, con el fin de ayudar en el aprendizaje de los hijos.
Formar parte del consejo escolar.
Hacer una revista del colegio donde los niños publiquen con sus padres cosas del día a
día.