Este documento resume las causas legales para la terminación de un contrato de trabajo en Ecuador. Estas incluyen la conclusión del proyecto, la muerte o incapacidad de cualquiera de las partes, casos fortuitos, voluntad del empleador o empleado en ciertas circunstancias, y desahucio. También cubre la obligación del cesionario de una empresa de cumplir los contratos laborales existentes y los derechos de los trabajadores en tales situaciones.
2. ART.169.- CAUSAS PARA LA TERMINACIÓN DEL
CONTRATO INDIVIDUAL.
1. Por las causas legalmente previstas en el contrato.
2. Por acuerdo de las partes
3. Por la conclusión de la obra, periodo de laboro de servicios
objeto del contrato.
4. Por muerte o incapacidad del empleador o extinción de la
persona jurídica contratante, si no hubiere representante legal
que continúe la empresa o negocio.
5. Por muerte del trabajador o incapacidad permanente y total para
el trabajo.
6. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el
trabajo, como incendio, terremoto, etc.
7. Por voluntad del empleador en los casos del articulo 172 de este
código.
8. Por voluntad del trabajador según el articulo 173 de este código
y,
9. Por desahucio.
3. ART.170.- TERMINACIÓN SIN DESAHUCIO.
En los casos previstos en el
articulo 169, numeral 3 de este
código, la terminación de la
relación laboral operara sin
necesidad de desahucio ni otra
formalidad; bastara que se
produzca la conclusión efectiva de
la obra.
4. ART.171.- OBLIGACIÓN DEL
CESIONARIO Y DERECHO DEL
TRABAJADOR.
En caso de sesión o enajenación de la
empresa, cualquier otra modalidad por la cual la
responsabilidad personal sea asumida por el
empleador estará obligado a cumplir los contratos
de trabajo del antecesor. En caso de que el
trabajador opte por continuar con la relación
laboral, no habrá lugar al pago de indemnización.
5. ART. 172.- CAUSAS POR LAS QUE EL
EMPLEADOR PUEDA DAR POR TERMINADO EL
CONTRATO.
1. Por falta repetitivas e injustificadas de
puntualidad o insistencia de trabajo.
2. Por indisciplina o desobediencia graves al
reglamento.
3. Por falta de probidad o por conducta inmoral del
trabajador.
4. Por injurias graves y rogadas al empleador o
conviviente.
5. Por ineptitud manifestada del trabajador respecto
a la ocupación que se comprometió.
6. Por denuncia injustificada contra el empleador
respecto a sus obligaciones.
7. Por no acatar las medidas de
seguridad, prevención o higiene exigidas por la
ley.
6. ART. 173 CAUSAS PARA QUE EL
TRABAJADOR PUEDA DAR POR
TERMINADO EL CONTRATO.
1. Por injurias graves por el empleador a sus
familiares.
2. Por disminución o por falta de pago o de
puntualidad de la remuneración pactada.
3. Por exigir el empleador al trabajador que
ejecute una labor distinta a lo convenido
en el contrato del trabajo.