1. ESCUELA FISCAL MIXTA “10 DE DICIEMBRE”<br />El Cabuyal-Mira-Carchi<br />REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA “10 DE DICIEMBRE”<br />CONSIDERANDO:<br />Que es menester normar la vida institucional con la finalidad de organizar y determinar los mecanismos que rigen el funcionamiento de la escuela y en uso de la atribución que concede el artículo 79 de la Ley de Educación resuelve establecer el Reglamento Interno que será cumpliendo con cabalidad.<br />CAPITULO I<br />DEL SR. DIRECTOR.<br />Art. 1 Los deberes y atribuciones del Director, a mas des que están estipulados en el Reglamento de la Ley de Educción vigente al Art. 77 los siguientes.<br />A.- Convocar a Junta General de Profesores por lo menos una vez cada Trimestre ordinariamente y extraordinariamente cuando sea necesario.<br />B.- El Director aceptar y ejecutar las resoluciones adoptadas por la Junta General.<br />C.- Revisar los Cuestionarios antes de su aplicación, cuadros y libretas de calificación cada trimestre.<br />D.- Estimular la labor del maestro (a) y alumno (s) que se hubieran destacado el año lectivo.<br />E.- Revisar y verificar el trabajo de las comisiones para dar fiel cumplimiento con la planificación anual.<br />F.- Realizar entrevistas individuales y colectivas a los maestros a fin de orientar la labor educativa.<br />G.- Prevenir, conocer, e investigar los problemas de orden pedagógico, administrativo y sugerir alternativas de solución.<br />H.- Informar al final del año lectivo sobre los aspectos del avance educativo en lo material y social.<br />I.- En caso de ausencia del Sr. Director, deberá asumir la responsabilidad el Profesor de grado.<br />J.- Llevara un registro del cumplimiento de las actividades cívicas de los maestros.<br />K.-Controlara el Registro de Asistencia diariamente.<br />CAPITULO II<br />DE LOS SÑORES PROFESORES<br />Art. 3 Son deberes y atribuciones de los Señores Profesores del nivel Pre-Primario y Primario los estipulados en el Art. 38 del Reglamento De la Ley de Educación en vigencia se cumplirá con lo siguiente.<br />A.- Estar presentes los maestros y cumplir la disciplina en la formación al inicio de las labores.<br />B.- Los turnos para la formación serán alternados y deberá preparar el minuto cívico con los estudiantes incluyendo el Primer Año.<br />C.- Cumplirá con el calendario cívico escolar.<br />D.- los señores profesores serán responsables de la disciplina de los alumnos dentro del aula y fuera de ella, en todos los actos socioculturales deportivos que se desarrollen dentro y fuera del plantel.<br />E.- Se cumplirá con los Art. 318,320, de la Ley de Educación sobre la Evaluación de la disciplina. Art. 265, 270, 271, 272 de la disciplina y asistencia.<br />F.- Observar el cumplimiento del Art. 40 de las medidas disciplinarias y Art. 41 sanciones Prohibidas del Código de la Niñez y Adolescencia. <br />CAPITULO III<br />DE LA PLANIFICACION<br />A.- La planificación se la realizara dando cumplimiento a las disposiciones del MEC, DE LA Dirección Provincial de Educación, apegado a la Reforma Curricular.<br />CPITULO IV<br />DE LA EVALUACION<br />A.- Dara cumplimiento al Art. 290, 291, 292, 293, 294, 295, de la Evaluación, Normas Generales de la Ley de Educación.<br />B.- Observara el estricto cumplimiento de los Art. 296, 297, 298, 299, 300, 303 de la Ley de Educación.<br />CAPITULO V<br />DE LAS COMISIONES<br />ART. Son deberes y atribuciones de las comisiones de: Asuntos Sociales, Culturales, Deportiva y Pedagógica.<br />A.- Planificar las actividades a cumplir en el año lectivo.<br />B.- Presentar el Plan de Actividades para su aprobación.<br />C.- Asistir a las reuniones organizadas por el Comité Deportivo.<br />D.- Presentar el informe anual sobre el desarrollo y cumplimiento de las actividades planificadas en el siguiente año lectivo.<br />CAPITULO VI<br />DE LOS ALUMNOS<br />Art. 7 Son los deberes y derechos de los alumnos los estipulados en los Arts. 140, 141, 142 del Reglamento General de la Ley de Educación.<br />Art. 8 Los derechos contemplados en el Capitulo III, Derechos relacionados con el desarrollo Art. 37 Derecho a la Educación del Código de la Niñez y Adolescencia.<br />A.- Hacerse acreedor un estimulo al final del año lectivo, los alumnos que se destacaran en: Aprovechamiento, Bueno Conducta y una correcta Disciplina.<br />DISPOSICION TRANSITORIA DEL REGLAMENTO INTERNO<br />A.- El presente Reglamento Interno puede ser modificado por los Profesores que laboran en la Escuela cuando así lo requieran.<br />B.- Los casos no contemplados en el Reglamento serán resueltos por la Supervisión, la Dirección de Educación sin contravenir las disposiciones Constitucionales y legales vigentes.<br />C.- el presente Reglamento Interno de la Escuela Fiscal Mixta “10 de Diciembre” de la Parroquia Juan Montalvo, Cantón Mira fue discutido y aprobado en la sesión de Profesores en el mes de Septiembre del año lectivo 2007-2008.<br />DISPOSICION FINAL<br />El presente Reglamento Interno entrara en vigencia a partir de su aprobación por la Dirección Provincial de Educación y Cultura del Carchi.<br />Dado y firmado en la Dirección de la Escuela Fiscal Mixta “10 de Diciembre” de la Parroquia Juan Montalvo, Cantón Mira, Provincia del Carchi a los 10 días del mes de Junio del 2008.<br /> Pro. Irene Silva Prof. Ritha Guachan <br /> DIRECTORA SECRETARIA <br /> <br /> <br /> <br /> <br /> <br /> <br />