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PASOS PARA CREAR UNA
       EMPRESA




TODO EMPRENDIMIENTO ECONÓMICO BIEN
    INFORMADO CONDUCE AL EXITO




            Soc. Wilder Santiago Resurrección Enríquez
PRESENTACION

El trabajo que presentamos tiene como propósito brindar información a
aquellos que toman la decisión de hacer empresa en nuestro país, ya que esta
decisión conlleva a realizar una serie de trámites en distintas instituciones que,
si bien pueden ser tediosos en un principio, a la larga son necesarios para
empezar nuestro proyecto de negocio con todas las de la ley; porque la
formalización trae un conjunto de beneficios tales como:

 •   Nos permite solicitar créditos en el sistema financiero formal.
 •   Podemos participar en concursos públicos para ser proveedores de bienes
     y servicios del Estado.
 •   Hace posible que diseñemos, fabriquemos y comercialicemos productos
     propios (marca registrada, procesos patentados).
 •   Nos abre las puertas de la participación en programas de apoyo a las
     microempresas y pequeñas empresas.
 •   Nos abre la posibilidad de exportar.
 •   Nos permite asociarnos para competir con las grandes empresas.
 •   Hace posible que recibamos información periódica y, así, nos
     mantengamos actualizados respecto de la legislación, ofertas, precios,
     mercados y productos.
 •   Nos permite mejorar la atención a nuestros clientes e incrementar el
     número de estos.
 •   Hace posible que ofrezcamos productos de mejor calidad.
 •   Por último, nos permite acceder a la vía judicial en caso se presentasen
     conflictos en algunos de los contratos que firmemos con nuestros clientes.

En tal sentido, es necesario entender que la formalización empresarial es
necesaria para el desarrollo de las actividades productivas y comerciales que
van a dinamizar la economía local regional y nacional en el país.

La Ley General de Sociedades regula la formación y/o modificación de una
empresa; y al ser la Sociedad Anónima, el modelo tomado para la presente
guía, una forma societaria que está contenida dentro de este cuerpo Jurídico,
donde se le reconoce como una asociación voluntaria de personas, que
acuerdan aportar bienes con la finalidad de realizar una actividad económica,
esta sociedad se caracteriza además por la responsabilidad limitada de los
socios por los aportes que cada uno haya efectuado, además por la existencia
de las acciones como títulos valores que representan alícuotas del capital
social, y finalmente se caracteriza también por el hecho que la dirección de la
sociedad se basa en el capital y no en las personas.

Una vez constituido la empresa se debe de cumplir con requisitos adicionales
que son de carácter administrativo, con los cuales se va permitir el
funcionamiento de la empresa.




                                              Santa Anita, 16 de Marzo de 2010
PASO 1
  ADOPTAR LA DECISIÓN SOBRE
  LA FORMA EMPRESARIAL MÁS
         ADECUADA




I.- TOMAR LA DECISION SOBRE LA FORMA EMPRESARIAL
MAS ADECUADA.
Previo a realizar cualquier tramite, tendrá que haber decidido el tipo

de Empresa que constituirá, para tal efecto puede realizar la

consulta legal de un abogado en el Centro COFIDE, o si desea

podrá encontrar asesoría gratuita en el Programa del Ministerio de

Trabajo y Promoción del Empleo que ayuda a la pequeña y

microempresa.



La Ley General De Sociedades del Perú no estipula social mínimo

para la constitución de una empresa; por lo tanto, el capital social

mínimo es aquel monto que solicitan para abrir una cuenta bancaria

empresarial (que se establece entre 1,000 soles a 500 dólares,

dependiendo de la entidad bancaria).



Excepciones: cabe precisar que solo las empresas de servicios

complementarios    (limpieza,   seguridad,   vigilancia,   mensajería,

fumigación, etc.) y empresas de servicios temporales (Services),

están obligadas a constituirse con un capital social minino de 5 UIT

(actualmente la unidad impositiva tributaria-UIT es de 3, 400 soles)




OFICINA REGISTRAL DE
Lima y Callao
                                                              Nº 00025048

 Marcar con una “X” el casillero correspondiente

        Propiedad Inmueble
                                 x     Persona Jurídica Persona Natural   Bienes muebles


Solicito indicar el (loe) número(s) de Ficha(s) Tomo(s) Partida(s) Electrónica(s)
que se encuentra(n) registrado(s) a nombre de:
 Apellidos y nombres/Razón Social




Reservado para el Área Registral
Nº Ficha/Partida Registral   Nº Ficha/Partida Registral         Nº Form           Nº Fojas




                                                                              USUARIO
* No incluye el Registro de Propiedad Vehicular




                                   ACTA DE CONSTITUCION
EN LA CIUDAD DE LIMA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL
NUEVE, SIENDO LAS DIESISIETE HORAS SE REUNIERON EN EL AV. LOS RUIBALES Nº
189 - URB. EL NARANJAL DISTRITO DE INDEPENDENCIA, SE REUNIERON MONICA
CHUQUIYUNQUI Y GILDA CAPA CON LA FINALIDAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD
ANONIMA, LA CUAL ESTA REGIDA POR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE
SOCIEDADES Y QUE SE DEDICARA A AL SERVICIO INDUSTRIAL DE RECUNRIMIENTOS
METALICOS Y PULIDO DE PROSUCCION ORNAMENTAL METALICA COMPRA VENTA E
IMPORTACION DE INSUMOS QUIMICOS.


LUEGO DE AMPLIAS DELIBERACIONES Y ESTANDO A LO EXPUESTO, MONICA
CHUQUIYANQUII Y GILDA CAPA APROBARON CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA,
LA MISMA QUE SE DENOMINARA “CROMO AS” CON UN CAPITAL DE S/. 100, 000.00
CIENTO VEINTE MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES, EXPLICADOS DE LA SIGUIENTE
MANERA:
MONICA CHUQUIYANQUI                 60 000.00
GILDA CAPA                          40 000.00
                                   100 000.00


ASIMISMO SE ACORDO APROBAR EL TEXTO DE LA MINUTA DE CONSTITUCION,
PREVIAMENTE LEIDA LA QUE FUE FIRMADA POR EL TITULAR DEBIENDO SER
ELEVADA A ESCRITURA PUBLICA, EL CAPITAL SE CANCELARÁ INTEGRAMENTE Y SE
DEPOSITARÁ EN UNA CUENTA BANCARIA. SE NOMBRÓ COMO GERENTE GENERAL A
GILDA CAPA
                                          .
ACTO SEGUIDO SE DIO LECTURA A LA PRESENTE ACTA, LA MISMA QUE FUE
APROBADA Y FIRMADA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD.
SIENDO LAS VEINTE HORAS Y NO HABIENDO OTRO PUNTO A TRATAR SE DIO POR
LEVANTADA LA PRESENTE ASAMBLEA.




 ___________________                      _____________________
MONICA CHUQUIYANQUI                             GILDA CAPA
PASO 2
          CERTIFICADO DE BÚSQUEDA
          MERCANTIL Y SOLICITUD DE
          RESERVA DE RAZON SOCIAL




•   Objetivo: Consiste en verificar la existencia de un nombre igual o
    similar al de la empresa que se va a constituir.
•   Procedimiento: El procedimiento es el siguiente:
- En las agencias descentralizadas de la SUNARP de información se,
    puede solicitar un Formato para la consulta de nombres.
- Diligencie el formulario con los nombres que desea consultar y la
    actividad a la que se va a dedicar.
- Cancele el valor de la consulta la cual cuesta S/.4.00.
- Presente el formulario diligenciado en las ventanillas de la SUNARP
    y el empleado le indicará cuando reclamarlo, con el fin de saber si
    puede usar dicho nombre o no debido a que ya existe o hay alguno
    similar.
- Luego, de constatar que el nombre elegido no se encuentra inscrito
    en la SUNARP, deberá solicitar la reserva del nombre, tramite que
    cuesta S/. 18.00 y su vigencia es por 30 días prorrogables.
•   Lugar: Estos trámites se realizan en las Oficinas Regístrales de
    Lima y Provincias.




                         SOCIEDAD ANONIMA (S.A.)

       •   DENOMINACION:

           Debe incluir la indicación “Sociedad Anónima” o las siglas S.A. Esta

           conformada con un mínimo de 2 socios.


       •   CAPITAL SOCIAL:
Esta dividido en acciones, inscribibles en el Registro Publico del

    Mercado de Valores. Las acciones son negociables e indivisibles, y

    poseen un mecanismo jurídico propio y dinámico.



•   CONCEPTO:

    Esta sociedad no limites en numero de accionistas y sus acciones son

    inscritas en el Registro Publico del Mercado de Valores. La

    denominación debe incluir la denominación “Sociedad Anónima ” o las

    siglas S.A.

•   CARACTERISTICAS:

    Es una perdona jurídica de derecho privado de naturaleza mercantil,

    cualquiera que sea su objeto social. No puede tener menos de dos

    accionistas. Es una sociedad netamente capitalista en donde el capital

    esta representado por acciones que son títulos valores negociables e

    indivisibles y que poseen un mecanismo propio y dinámico.

    El capital social esta representado por acciones y se integra a los

    aportes de cada uno de los socios.




•   DE LOS APORTES

    Esta constituido por los aportes de los socios que constituyen los

    primeros activos con que la S.A. inicia el desarrollo de las actividades

    económicas para las cuales fue creada.

    El capital social esta integrado por los aportes de los socios, el mismo

    que esta en participaciones sociales-
•   ORGANOS DE LA SOCIEDAD

    -Junta General de Accionistas: Es el órgano supremo de la sociedad.

    Esta integrado por el total de socios que conforman la sociedad.

    -Directorio: Es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de

    Accionistas. En ningún caso el número de directores será menor de tres

    -Gerente: Es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y

    administrador de la Empresa.

    -Sub-Gerente: Reemplaza al Gerente en caso de ausencia, asumiendo

    sus funciones de conformidad al Estatuto.
PASO 3
      REGISTRO DE MARCA TRÁMITES
              EN INDECOPI




•   Objetivo: Si usted quiere asociar la denominación o razón social a
    una determinada marca de producto o servicio, tiene que efectuar
    una búsqueda de antecedentes adicionales en el INDECOPI para
    luego registrar su marca.
•   Costo de búsqueda de antecedentes: Este tramite para verificar
    que su marca no este siendo utilizada ya por otra empresa, fluctúa
    entre los S/. 37.00 a S/.55.00 dependiendo del tipo de búsqueda.
•   Registro de marca: Después de realizar la búsqueda de
    antecedentes y de asegurarse que no existe un nombre comercial o
    marca de producto o s4ervicio igual o similar al suyo, puede
    legalizar el registro de la marca, que lo convertirá en propietario por
    10 años.
•   Costo de Registro: El costo de este tramite es de S/. 397.30 (por
    concepto de registro de marca). El procedimiento es el siguiente: se
    tiene que presentar una solicitud y efectuar el pago. Después de 15
    días, le entregaran una orden de publicación de aviso que tendrá
    que hacer efectiva en el diario oficial El Peruano.
• Avisos en El Peruano:
    Si la marca no tiene logotipo entre S/. 150.00 a S/. 200.00
    Si la marca tiene logotipo entre S/. 200.00 a S/. 250.00
• Luego de la publicación de los avisos, la marca puede ser
    observada dentro de un plazo de 30 días. De no haber
    inconvenientes, usted puede recoger su inscripción en 15 días.
PASO 4
ELABORACIÓN DE LA MINUTA DE
       LA EMPRESA




•   Objetivos: Es el documento mediante el cual se establece el
    tipo de empresa y la forma como debe administrarse,
    asimismo, se incluye información general de los propietarios y
    de los encargados de la gestión.

•   La minuta contiene la siguiente información:
       - El tipo de empresa o sociedad (S.A.)
       - El Estatuto que la rige.
       - Datos del Titular o socios: nombres, domicilios, estado
         civil, nacionalidad, ocupación, D.N.I., RUC.
       - Capital social, en bienes o efectivo.
       - Designación del primer Gerente.

•   Capital Social o aporte de los socios: Si es en efectivo,
    tendrá que presentar una copia de la minuta para abrir una
cuenta en el banco de su preferencia y depositar como
         mínimo el 25% del capital social. La institución bancaria le
         entregará una boleta del deposito que deberá adjuntar a la
         minuta, Si el capital es en bienes, tendrá que redactar un
         listado detallado de enseres y su valor en nuevos soles
         (“Informe de Valorización”), además el gerente firmará una
         declaración jurada de recepción de los bienes y ambos
         documentos se adjuntaran a la minuta. Una vez lista la
         minuta, tiene que ser revisada y firmada por usted, sus socios
         si los tiene y el abogado que los esté asesorando. El siguiente
         paso será presentar la minuta a la notaria para que sea
         elevada a escritura pública.

    •    Lugar: Usted puede recibir gratuitamente toda la asesoría
         legal de formalización en el PRODAME donde elaboraran y
         suscribirán las minutas de constitución de pequeñas y
         microempresas, gracias a un Convenio firmado con el Colegio
         de Notarios de Lima.

    •    Condiciones para acceder a la asesoría gratuita de
         PRODAME: El número de socios no puede ser mayor de 20,
         el capital social de la empresa a constituir será menor a 8 UIT
         (3,500) y el capital aportado deberá estar suscrito y pagado
         totalmente.


                      MINUTA DE SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA

                                                   MINUTA



SEÑOR NOTARIO:
SIRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS, UNA
CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE SOCIEDAD ANONIMA, QUE OTORGAN:
MONICA CHUQUILLANQUI., NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION
ESTUDIANTE, CON DNI. Nº...................., ESTADO CIVIL SOLTERA.
GILDA CAPA, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACIONESTUDIANTE, CON
DNI.      Nº...................................,   ESTADO   CIVIL   SOLTERA,   CON   DNI.
Nº...............
TODOS SEÑALANDO DOMICILIO COMUN PARA EFECTOS DE ESTE
INSTRUMENTO EN AV. LOS RUIBARES N 189 URBANIZACION EL
NARANJAL    DISTRITO    INDEPENDENCIA,   PROVINCIA     DE    LIMA,
DEPARTAMENTO DE LIMA.
EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
PRIMERO.-   POR EL PRESENTE PACTO SOCIAL, LOS OTORGANTES
MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD
ANONIMA, BAJO LA DENOMINACION DE RECUBRIMIENTOS METALICOS
“CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO USAR LA ABREVIATURA
“CROMO AS” S.A.; SE OBLIGAN A EFECTUAR LOS APORTES PARA LA
FORMACION    DEL    CAPITAL   SOCIAL     Y   A   FORMULAR       EL
CORRESPONDIENTE ESTATUTO.
SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/ 100 000.00 (CIEN
MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR 100 000 ACCIONES
NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. .S/.1.00 (UN Y 00/100
NUEVOS SOLES) CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE
MANERA:
MONICANCHUQUILLANQUI: SUSCRIBE 60, 000 ACCIONES NOMINATIVAS
Y PAGA S/.40 000 (CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE
APORTE EN EFECTIVO Y S/.20 000.00 (VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES.


GILDA CAPA SUSCRIBE 40,000 ACCIONES      Y   PAGA    S/. 30 000.00.
(TREINTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTES EN
EFECTIVO Y S/.10 000 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE
APORTE EN BIENES MUEBLES.
EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y
PAGADO.


TERCERO.- LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS BIENES MUEBLES
APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION SE
DETALLA Y QUE EL CRITERIO ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, EN
CADA CASO, ES EL QUE SE INDICA:
DESCRIPCION      DE   CRITERIO    EMPLEADO       VALOR    LOS       BIENES
PARA SU VALORIZACION ASIGNADO


MONICA CHUQUILLANQUI APORTA:
1.- BAÑO ELECTROLITICO Cu      VALOR DE MERCADO           S/.      4,000.00
2.- BAÑO ELECTROLIEICO Ni      VALOR DE MERCADO           S/.      6,000.00
3.- BAÑO ELECTROLITICO Cr      VALOR DE MERCADO           S/.      8,000.00
4.- RECTIFICADOR DE CA         VALOR DE MERCADO           S/.      2,000.00
                                         SUB TOTAL        S/. 20,000.00


GILDA CAPA APORTA:
1.- PULIDORA DE METAL       VALOR DE MERCADO              S/.      5,000.00
2.- LUSTRADOR               VALOR DE MERCADO              S/.      2,000.00
3.- DESENGRASE ELECT        VALOR DE MERCADO              S/.      3,000.00


                                        SUB TOTAL            S/. 10.000.00


                                              TOTAL          S/.   …………




CUARTO.- LA SOCIEDAD SE REGIRA POR ESTATUTO SIGUIENTE Y EN
TODO LO NO PREVISTO POR ESTE, SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA
LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY 26887 - QUE EN ADELANTE SE LE
DENOMINARA “LA LEY”.


                                 ESTATUTO


ARTÍCULO 1°.- DENOMINACION - DURACION - DOMICILIO: LA SOCIEDAD
SE DENOMINA “.CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO UTILIZAR
LA   ABREVIATURA      “CROMO     AS”   S.A.    TIENE   UNA      DURACION
INDETERMINADA; INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE
PACTO SOCIAL Y ADQUIERE PERSONALIDAD JURIDICA DESDE SU
INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE LIMA. SU
DOMICILIO   ES   EL   DISTRITO    INDEPENDENCIA,       PROVINCIA       LIMA
DEPARTAMENTO DE LIMA; PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES U
OFICINAS EN CUALQUIER LUGAR DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO.


ARTICULO 2°.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO
DEDICARSE A: SERVICIO INDUSTRIAL DE RECUBRIMIENTOS METALICOS
Y PULIDO DE PRODUCCION METALICA ORNAMENTAL Y COMPRA Y
VENTA DE INSUMOS QUIMICOS PARA LA GALVANOPLASTIA.
SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS
RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION
DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR
TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN
RESTRICCION ALGUNA.


ARTÍCULO 3º.- CAPITAL SOCIAL: EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE
S/. 100, 000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO
POR 100, 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/.
1.00(UN Y.00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA.


EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y
PAGADO.


ARTICULO 4°.- ACCIONES: LA CREACION, EMISION, REPRESENTACION,
PROPIEDAD,     MATRICULA,   CLASES   DE   ACCIONES,    TRANSMISION,
ADQUISICION,    DERECHOS     Y GRAVAMENES SOBRE ACCIONES, SE
SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 82° A 110° DE LA “LEY”.


ARTÍCULO 5°.- REGIMEN DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD:
JUNTA   GENERAL     DE   ACCIONISTAS:     LA   JUNTA   GENERAL   DE
ACCIONISTAS ES EL ORGANO SUPREMO DE LA SOCIEDAD. LOS
ACCIONISTAS CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE
CONVOCADA, Y CON EL QUORUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN POR
LA MAYORIA QUE ESTABLECE LA “LEY” LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU
COMPETENCIA. TODOS LOS ACCIONISTAS INCLUSO LOS DISIDENTES Y
LOS QUE NO HUBIERAN PARTICIPADO EN LA REUNION, ESTAN
SOMETIDOS A LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL.


ARTÍCULO 6º.- JUNTA OBLIGATORIA ANUAL: LA JUNTA GENERAL SE
REUNE OBLIGATORIAMENTE CUANDO MENOS UNA VEZ AL AÑO
DENTRO DE LOS TRES MESES SIGUIENTES A LA TERMINACION DEL
EJERCICIO ECONOMICO, TIENE COMO OBJETO TRATAR LOS ASUNTOS
CONTEMPLADOS EN EL ARTICULO 114° DE LA “LEY”.
OTRAS JUNTAS GENERALES: COMPETE, ASIMISMO A LA JUNTA
GENERAL LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 115° DE LA
“LEY”.
LOS REQUISITOS Y FORMA DE LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL
SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 116° A 119° DE LA
LEY.     EL QUORUM Y LA ADOPCION DE ACUERDOS SE SUJETA A LO
DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 125°, 126° Y 127° DE LA LEY.


ARTÍCULO 7°.- EL DIRECTORIIO: EL DIRECTORIO ES EL ORGANO
COLEGIADO ELEGIDO POR LA JUNTA GENERAL. LA SOCIEDAD TIENEN
UN DIRECTORIO COMPUESTO POR DOS MIEMBROS; CON UNA
DURACION DE 3 AÑOS.
PARA SER DIRECTOR NO SE REQUIERE SER ACCIONISTA.
EL FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO SE RIGE POR LO DISPUESTO
EN LOS ARTICULOS 153° A 184° DE LA “LEY”.


ARTÍCULO 8°.- LA GERENCIA: LA SOCIEDAD CUENTA CON UNO O MAS
GERENTES. EL GERENTE PUEDE SER REMOVIDO EN CUALQUIER
MOMENTO      POR   EL   DIRECTORIO   O   POR   LA   JUNTA   GENERAL,
CUALQUIERA QUE SEA EL ORGANO DEL QUE HAYA EMANADO SU
NOMBRAMIENTO.
EL GERENTE GENERAL ESTA FACULTADO PARA LA EJECUCION DE
TODO ACTO Y/O CONTRATO CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA
SOCIEDAD, PUDIENDO ASIMISMO REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS:
A) DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIVAS
B) ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DEL
     DIRECTORIO, SALVO QUE ESTE ACUERDE SESIONAR DE MANERA
     RESERVADA;
C) ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DE JUNTA
     GENERAL, SALVO QUE ESTA DECIDA LO CONTRARIO;
D) REPRESENTAR        A     LA    SOCIEDAD   ANTE       TODA    CLASE     DE
     AUTORIDADES. EN LO JUDICIAL GOZARA                DE LAS FACULTADES
     GENERALES Y ESPEPCIALES, SEÑALAS EN LOS ARTICULOS 74, 75,
     77 Y 436 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE
     REPRESENTACION PREVISTA EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY Nº
     26636    Y   DEMAS   NORMAS     CONEXAS       Y    COMPLEMENTARIAS;
     TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE DELEGACION O
     SUSTITUCION.
E) ABRIR, TRANSFERIR, CERRAR Y ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO DE
     TODO TIPO DE CUENTA BANCARIO, GIRAR, COBRAR, RENOVAR,
     ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR, ACEPTAR Y REACEPTAR
     CHEQUES,      LETRAS    DE    CAMBIO,   VALES,      PAGARES,     GIROS,
     CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS, POLIZAS Y CUALQUIER CLASE
     DE TITULOS VALORES, DOCUMENTOS MERCANTILES Y CIVILES;
     OTORGAR      RECIBOS    Y    CANCELACIONES,        SOBREGIRARSE      EN
     CUENTA CORRIENTE CON GARANTIA O SIN ELLA, SOLICITAR TODA
     CLASE DE PRESTAMOS CON GARANTIA HIPOTECARIA, PRENDARIA
     O DE CUALQUIER FORMA.
F) ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO; COMPRAR,
     VENDER, ARRENDAR, DONAR, ADJUDICAR Y GRAVAR LOS BIENES
     DE LAS SOCIEDAD SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO
     LOS     RESPECTIVOS     DOCUMENTOS,      YA       SEAN    PRIVADOS   O
     PUBLICOS. EN GENERAL PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE
     CONTRATOS NOMINADOS E INNOMINADOS VINCULADOS CON EL
     OBJETO SOCIAL.


EL    GERENTE      GENERAL       PODRA   REALIZAR      TODOS    LOS   ACTOS
NECESARIOS PARA LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS
FACULTADES RESERVADAS A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS O
AL DIRECTORIO.


ARTÍCULO        9º.-    MODIFICACION   DEL   ESTATUTO,        AUMENTO           Y
REDUCCION DEL CAPITAL: LA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, EL
AUMENTO Y REDUCCION DE CAPITAL SE SUJETAN A LO DISPUESTO
POR LOS ARTICULOS 198º AL 220º DE LA “LEY”.


ARTICULO        10º.-   ESTADOS   FINANCIEROS     Y     APLICACION           DE
UTILIDADES.- SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 40°, 221°
A 233° “LEY”.


ARTÍCULO 11º.- DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION: EN CUANTO A
LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION DE LA SOCIEDAD, SE
SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 407º, 409º, 410º, 411º,
412º, 413º AL 422º DE LA “LEY”.


QUINTO.- EL PRIMER DIRECTORIO QUEDA INTEGRADO POR:


PRESIDENTE: MONICA CHUQUILLANQUI                       DNI. Nº........……..
DIRECTOR: GILDA CAPA                                   DNI. Nº.........….....


SEXTO.- QUEDA DESIGNADO COMO PRIMER GERENTE GENERAL,
.GILDA CAPA                                      CON DNI. .....................


CLAUSULA ADICIONAL I.-


SE     DESIGNA          A:   EDUARDO    MATTA         GOYTIZOLO          .CON
DNI. ................................., SUB-GERENTE DE LA SOCIEDAD; QUIEN
REEMPLAZARA AL GERENTE GENERAL EN CASO DE AUSENCIA O
IMPEDIMENTO CON LAS MISMAS FACULTADES PREVISTAS PARA ESTE.
AGREGUE UD. SEÑOR NOTARIO, LO QUE FUERE DE LEY Y SIRVASE
CURSAR    LOS   PARTES        CORRESPONDIENTES    AL   REGISTRO    DE
PERSONAS JURIDICAS DE LIMA, PARA LA RESPECTIVA INSCRIPCION.
                        INDEPENDENCIA 13 DE JUNIO DE 2009



___________________________           __________________________
MONICA CHUQUILLANQUI                     GILDA CAPA




                        PASO 5
ELABORACIÓN DE LA ESCRITURA
         PÚBLICA




•   Objetivo: La escritura publica es el documento que elabora el

    notario para inscribir la empresa en los Registros Públicos.




•   Requisitos: Para la elaboración de la Escritura Pública, el

    notario necesitará los siguientes documentos:
- Minuta de constitución de la empresa, y copia simple de

    la misma.

  - Informe de valorización (bienes aportados por los socios)

  - Declaración Jurada suscrita por el Gerente indicando la

    recepción de los bienes aportados.

  - Constancia de depósito bancario de apertura de la

    cuenta corriente a nombre de la empresa que se va a

    constituir.

  - Copia simple de DNI de los socios y sus cónyuges (en

    caso de ser casados).

  - Pago de los derechos notariales.




    NOTARIA “GIAMPETRI”


ELSA GIAMPETRI COVARRUVIA
                  NOTARIO DE LIMA
TESTIMONIO

               PRIMER TESTIMONIO


ESCRITURA DE   :       CONSTITUCION DE EMPRESA SOCIEDAD
                       ANONIMA CERRADA
QUE OTORGA     :
DE FECHA       :       LIMA, 10 DE JUNIO DE 2009-06-11
ESCRITURA      :       CUATROCIENTOS DOS
MINUTA         :       7540
KARDEX         :       4050




                              TESTIMONIO

ESCRITURA          :   CUATROCIENTOS DOS
MINUTA             :   7540
KARDEX             :   4050


  ESCRITURA PÚBLICA QUE OTORGA LA SOCIEDAD COMERCIAL DE
        RESPONSABILIDAD LIMITADA GRAFICAS PERUVIAN

EN LA CIUDAD DE LIMA, EL DIA VENITICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL
NUEVE ANTE MI: ELSA GIAMPIETRI COVARRUVIAS NOTARIO DE LIMA,
CON DOCUMENTO NACIONAL NUMERO: 05729238 CON LA CONSTANCIA
DE HABER SUFRAGADO EN LAS ULTIMAS ELECCIONES RALIZADAS EN
EL PAIS, CON LIBRETA MILITAR NUMERO: 4655647852, Y REGISTRO
UNICO DE CONTRIBUYENTE NUMERO: 9083342957, COMPARECE LA
SEÑORITA:
============================================================
MONICA CHUQUILLANQUI, DE NACIONALIDAD PERUANA, DE
OCUPACION ESTUDIANTE, DE ESTADO CIVIL SOLTERA CON LA
CONSTANCIA DE HABER SUFRAGADO EN LAS ULTIMAS ELECCIONES
RALIZADAS EN EL PAIS, CON DOMICILIO EN LA CALLE LOS RUIBALES
NUMERO 189 URB. EL NARANJAL, INDEPENDENCIA.
QUIEN DECLARA PROCEDER EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA:
GRAFICAS PERUVIAN, DEBIDAMENTE FACULTADA SEGUN ACTA DEL
DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL NUEVE, DE CONFORMIDAD CON LO
ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 55 DE LA LEY DEL NOTARIADO
DECRETO LEY 26002, DOY FE DE HABER IDENTIFICADO AL
CONPARECIENTER EN LA FORMA ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 54 DE
LA LEY, Y DEJO CONSTANCIA QUE EL COMPARECIENTE ES MAYOR DE
EDAD, CON CAPACIDAD CIVIL DE EJERCICIO PLENO, INTELIGENTE EN
EL IDIOMA CASTELLLANO, HÀBIL PARA CELEBRAR TODA CLASE DE
ACTOS JURIDICOS , PROCEDE CON LIBERTAD Y CONOCIMIENTO DEL
CONTRATO QUE POR MEDIO DE ESTA ESCRITURA PUBLICA ESTA
FORMALIZADO================================================
SE ME ENTREGO UNA MINUTA DEBIDAMENTE FIRMADA Y AUTORIZADA
POR EL LETRADO, LA MISMA QUE EL OTORGANTE TIENE A LA VISTA AL
MOMENTO DE LA FIRMA DE LA PRESENTE ESCRITURA PUBLICA Y
DECLARA HABERLA FIRMADO, LA MISMA QUE INCORPORO A MI
ARCHIVO NOTARIAL DEL BIENIO 2009-2010, CON EL NUMERO DE
ORDEN: CUATROCIENTOS QUINCE, CONFORMNE            AL ARTICULO
SESENTA DE LA LEY, Y SIENDO SU TENOR LITERAL EL SIGUIENTE:
====================== CUERPO==============================
SEÑOR NOTARIO:
SIRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS, UNA
CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE SOCIEDAD ANONIMA, QUE OTORGAN:
MONICA CHUQUILLANQUI., NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION
ESTUDIANTE, CON DNI. Nº...................., ESTADO CIVIL SOLTERA.
GILDA CAPA, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACIONESTUDIANTE, CON
DNI.   Nº...................................,   ESTADO   CIVIL   SOLTERA,   CON    DNI.
Nº...............TODOS SEÑALANDO DOMICILIO COMUN PARA EFECTOS DE
ESTE INSTRUMENTO EN AV. LOS RUIBARES                               URBANIZACION EL
NARANJAL           DISTRITO             INDEPENDENCIA,       PROVINCIA      DE    LIMA,
DEPARTAMENTO DE LIMA.
EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:


PRIMERO.-         POR EL PRESENTE PACTO SOCIAL, LOS OTORGANTES
MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD
ANONIMA, BAJO LA DENOMINACION DE RECUBRIMIENTOS METALICOS
“CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO USAR LA ABREVIATURA
“CROMO AS” S.A.; SE OBLIGAN A EFECTUAR LOS APORTES PARA LA
FORMACION     DEL   CAPITAL    SOCIAL   Y      A   FORMULAR      EL
CORRESPONDIENTE ESTATUTO.


SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/ 100 000.00 (CIEN
MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR 100 000 ACCIONES
NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. .S/.1.00 (UN Y 00/100
NUEVOS SOLES) CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE
MANERA:
MONICANCHUQUILLANQUI: SUSCRIBE 60, 000 ACCIONES NOMINATIVAS
Y PAGA S/.40 000 (CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE
APORTE EN EFECTIVO Y S/.20 000.00 (VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES.

GILDA CAPA SUSCRIBE 40,000 ACCIONES       Y    PAGA   S/. 30 000.00.
(TREINTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTES EN
EFECTIVO Y S/.10 000 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE
APORTE EN BIENES MUEBLES.
EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y
PAGADO.

TERCERO.- LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS BIENES MUEBLES
APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION SE
DETALLA Y QUE EL CRITERIO ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, EN
CADA CASO, ES EL QUE SE INDICA:

DESCRIPCION   DE    CRITERIO   EMPLEADO       VALOR   LOS   BIENES
PARA SU VALORIZACION ASIGNADO

MONICA CHUQUILLANQUI APORTA:
1.- BAÑO ELECTROLITICO Cu   VALOR DE MERCADO          S/.   4,000.00
2.- BAÑO ELECTROLIEICO Ni   VALOR DE MERCADO          S/.   6,000.00
3.- BAÑO ELECTROLITICO Cr   VALOR DE MERCADO          S/.   8,000.00
4.- RECTIFICADOR DE CA         VALOR DE MERCADO           S/.     2,000.00
                                         SUB TOTAL        S/. 20,000.00

GILDA CAPA APORTA:
1.- PULIDORA DE METAL       VALOR DE MERCADO              S/.    5,000.00
2.- LUSTRADOR              VALOR DE MERCADO               S/.    2,000.00
3.- DESENGRASE ELECT        VALOR DE MERCADO              S/.    3,000.00

                                        SUB TOTAL            S/. 10.000.00


                                              TOTAL       S/. 40, 000.00




CUARTO.- LA SOCIEDAD SE REGIRA POR ESTATUTO SIGUIENTE Y EN
TODO LO NO PREVISTO POR ESTE, SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA
LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY 26887 - QUE EN ADELANTE SE LE
DENOMINARA “LA LEY”.


                                 ESTATUTO


ARTÍCULO 1°.- DENOMINACION - DURACION - DOMICILIO: LA SOCIEDAD
SE DENOMINA “.CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO UTILIZAR
LA   ABREVIATURA      “CROMO     AS”   S.A.    TIENE   UNA      DURACION
INDETERMINADA; INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE
PACTO SOCIAL Y ADQUIERE PERSONALIDAD JURIDICA DESDE SU
INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE LIMA. SU
DOMICILIO   ES   EL   DISTRITO    INDEPENDENCIA,       PROVINCIA     LIMA
DEPARTAMENTO DE LIMA; PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES U
OFICINAS EN CUALQUIER LUGAR DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO.


ARTICULO 2°.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO
DEDICARSE A: SERVICIO INDUSTRIAL DE RECUBRIMIENTOS METALICOS
Y PULIDO DE PRODUCCION METALICA ORNAMENTAL Y COMPRA Y
VENTA DE INSUMOS QUIMICOS PARA LA GALVANOPLASTIA.
SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS
RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION
DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR
TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN
RESTRICCION ALGUNA.


ARTÍCULO 3º.- CAPITAL SOCIAL: EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE
S/. 100, 000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO
POR 100, 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/.
1.00 (UN Y.00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA.


EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y
PAGADO.


ARTICULO 4°.- ACCIONES: LA CREACION, EMISION, REPRESENTACION,
PROPIEDAD,     MATRICULA,   CLASES   DE   ACCIONES,    TRANSMISION,
ADQUISICION,    DERECHOS     Y GRAVAMENES SOBRE ACCIONES, SE
SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 82° A 110° DE LA “LEY”.


ARTÍCULO 5°.- REGIMEN DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD:
JUNTA   GENERAL     DE   ACCIONISTAS:     LA   JUNTA   GENERAL   DE
ACCIONISTAS ES EL ORGANO SUPREMO DE LA SOCIEDAD. LOS
ACCIONISTAS CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE
CONVOCADA, Y CON EL QUORUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN POR
LA MAYORIA QUE ESTABLECE LA “LEY” LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU
COMPETENCIA. TODOS LOS ACCIONISTAS INCLUSO LOS DISIDENTES Y
LOS QUE NO HUBIERAN PARTICIPADO EN LA REUNION, ESTAN
SOMETIDOS A LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL.


ARTÍCULO 6º.- JUNTA OBLIGATORIA ANUAL: LA JUNTA GENERAL SE
REUNE OBLIGATORIAMENTE CUANDO MENOS UNA VEZ AL AÑO
DENTRO DE LOS TRES MESES SIGUIENTES A LA TERMINACION DEL
EJERCICIO ECONOMICO, TIENE COMO OBJETO TRATAR LOS ASUNTOS
CONTEMPLADOS EN EL ARTICULO 114° DE LA “LEY”.
OTRAS JUNTAS GENERALES: COMPETE, ASIMISMO A LA JUNTA
GENERAL LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 115° DE LA
“LEY”.
LOS REQUISITOS Y FORMA DE LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL
SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 116° A 119° DE LA
LEY.     EL QUORUM Y LA ADOPCION DE ACUERDOS SE SUJETA A LO
DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 125°, 126° Y 127° DE LA LEY.


ARTÍCULO 7°.- EL DIRECTORIIO: EL DIRECTORIO ES EL ORGANO
COLEGIADO ELEGIDO POR LA JUNTA GENERAL. LA SOCIEDAD TIENEN
UN DIRECTORIO COMPUESTO POR DOS MIEMBROS; CON UNA
DURACION DE 3 AÑOS.
PARA SER DIRECTOR NO SE REQUIERE SER ACCIONISTA.
EL FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO SE RIGE POR LO DISPUESTO
EN LOS ARTICULOS 153° A 184° DE LA “LEY”.


ARTÍCULO 8°.- LA GERENCIA: LA SOCIEDAD CUENTA CON UNO O MAS
GERENTES. EL GERENTE PUEDE SER REMOVIDO EN CUALQUIER
MOMENTO      POR   EL   DIRECTORIO   O   POR   LA    JUNTA    GENERAL,
CUALQUIERA QUE SEA EL ORGANO DEL QUE HAYA EMANADO SU
NOMBRAMIENTO.
EL GERENTE GENERAL ESTA FACULTADO PARA LA EJECUCION DE
TODO ACTO Y/O CONTRATO CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA
SOCIEDAD, PUDIENDO ASIMISMO REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS:
G) DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIVAS
H) ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DEL
     DIRECTORIO, SALVO QUE ESTE ACUERDE SESIONAR DE MANERA
     RESERVADA;
I)   ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DE JUNTA
     GENERAL, SALVO QUE ESTA DECIDA LO CONTRARIO;
J) REPRESENTAR      A    LA   SOCIEDAD   ANTE       TODA     CLASE   DE
     AUTORIDADES. EN LO JUDICIAL GOZARA         DE LAS FACULTADES
     GENERALES Y ESPEPCIALES, SEÑALAS EN LOS ARTICULOS 74, 75,
     77 Y 436 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE
REPRESENTACION PREVISTA EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY Nº
     26636    Y     DEMAS     NORMAS       CONEXAS       Y    COMPLEMENTARIAS;
     TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE DELEGACION O
     SUSTITUCION.
K) ABRIR, TRANSFERIR, CERRAR Y ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO DE
     TODO TIPO DE CUENTA BANCARIO, GIRAR, COBRAR, RENOVAR,
     ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR, ACEPTAR Y REACEPTAR
     CHEQUES,            LETRAS    DE   CAMBIO,    VALES,     PAGARES,      GIROS,
     CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS, POLIZAS Y CUALQUIER CLASE
     DE TITULOS VALORES, DOCUMENTOS MERCANTILES Y CIVILES;
     OTORGAR         RECIBOS       Y    CANCELACIONES,       SOBREGIRARSE       EN
     CUENTA CORRIENTE CON GARANTIA O SIN ELLA, SOLICITAR TODA
     CLASE DE PRESTAMOS CON GARANTIA HIPOTECARIA, PRENDARIA
     O DE CUALQUIER FORMA.
L) ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO; COMPRAR,
     VENDER, ARRENDAR, DONAR, ADJUDICAR Y GRAVAR LOS BIENES
     DE LAS SOCIEDAD SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO
     LOS     RESPECTIVOS           DOCUMENTOS,      YA       SEAN    PRIVADOS   O
     PUBLICOS. EN GENERAL PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE
     CONTRATOS NOMINADOS E INNOMINADOS VINCULADOS CON EL
     OBJETO SOCIAL.


EL    GERENTE            GENERAL    PODRA    REALIZAR        TODOS    LOS   ACTOS
NECESARIOS PARA LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS
FACULTADES RESERVADAS A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS O
AL DIRECTORIO.


ARTÍCULO          9º.-      MODIFICACION     DEL    ESTATUTO,        AUMENTO     Y
REDUCCION DEL CAPITAL: LA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, EL
AUMENTO Y REDUCCION DE CAPITAL SE SUJETAN A LO DISPUESTO
POR LOS ARTICULOS 198º AL 220º DE LA “LEY”.
ARTICULO        10º.-   ESTADOS     FINANCIEROS    Y     APLICACION           DE
UTILIDADES.- SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 40°, 221°
A 233° “LEY”.


ARTÍCULO 11º.- DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION: EN CUANTO A
LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION DE LA SOCIEDAD, SE
SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 407º, 409º, 410º, 411º,
412º, 413º AL 422º DE LA “LEY”.


QUINTO.- EL PRIMER DIRECTORIO QUEDA INTEGRADO POR:


PRESIDENTE: MONICA CHUQUILLANQUI                        DNI. Nº........……..
DIRECTOR: GILDA CAPA                                    DNI. Nº.........….....


SEXTO.- QUEDA DESIGNADO COMO PRIMER GERENTE GENERAL,
.GILDA CAPA                                       CON DNI. .....................


CLAUSULA ADICIONAL I.-


SE     DESIGNA          A:   EDUARDO      MATTA        GOYTIZOLO          .CON
DNI. ................................., SUB-GERENTE DE LA SOCIEDAD; QUIEN
REEMPLAZARA AL GERENTE GENERAL EN CASO DE AUSENCIA O
IMPEDIMENTO CON LAS MISMAS FACULTADES PREVISTAS PARA ESTE.


AGREGUE UD. SEÑOR NOTARIO, LO QUE FUERE DE LEY Y SIRVASE
CURSAR     LOS      PARTES     CORRESPONDIENTES        AL    REGISTRO         DE
PERSONAS JURIDICAS DE LIMA, PARA LA RESPECTIVA INSCRIPCION.
                             INDEPENDENCIA 13 DE JUNIO DE 2009



___________________________              __________________________
MONICA CHUQUILLANQUI                        GILDA CAPA
PASO 6
    INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA
    EN LOS REGISTROS PÚBLICOS




•   Objetivo:   Una    vez   otorgada    la   escritura   publica   de
    constitución, el notario o el titular de la empresa tiene que
    realizar la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.
•   Plazo: El registrador tiene un plazo de 30 días útiles para
    inscribirla, pero el trámite puede durar de 15 a 30 días.
•   Costo: El pago por ingreso a Registros Públicos es de S/.
    17.00 y una vez calificada la escritura pública de la empresa,
    el empresario tendrá que hacer un pago por derecho de
inscripción, cuyo monto dependerá del capital aportado por la
        empresa.
    •   Otros: En caso de que la escritura haya sido observada, se
        tendrá que subsanar el inconveniente dentro de los 30 días de
        presentada a Registros Públicos.
    •   Lugar: La inscripción se realiza en los Registros Públicos.




            TRÁMITES EN REGISTROS PÚBLICOS
¿Luego de firmado el contrato que tengo que hacer?



        1                              2                       3
Firma la minuta o             Lleva el contrato a          Encarga a una
    Contrato                     la notaria para           notaria el trámite
                              Elevarlo a escritura        de inscripción en
                                   Pública                Registros Públicos

1   Firma la minuta o contrato
    Se elabora la minuta de compraventa o hipoteca, la cual debe ser firmada
    por el vendedor y el comprador. Adicionalmente debe ser firmada por un
abogado y se debe indicar su nombre y numero de registro en el Colegio de
    Abogados.
2   Llevar el contrato a la notaria para elevarlo a escritura pública
    La minuta debe ser llevada ante un notario para su elevación a escritura
    pública. Dicha escritura debe ser firmada igualmente por el comprador y
    vendedor.
3   Entrega a una notaria el tramite de inscripción en Registros Públicos
    El tramite de inscripción en los Registros Públicos dura aproximadamente
    15 días útiles y es realizado en forma directa por las notarias.


Es importante recordar que para que la inscripción de un título en los Registros
Públicos sea posible, el inmueble objeto del contrato debe estar previamente
inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble.




¿Cuánto cuesta el trámite de inscripción?

Para la inscripción de una escritura publica se compraventa, el derecho de
presentación es de S/. 7.00 (Siete Nueve Soles) y el derecho de inscripción es
el 3 por mil del precio de venta, con un máximo de una UIT. Para la inscripción
de una escritura publica de hipoteca, el derecho de presentación es de S/. 7.00
(Siete Nueve Soles) y el derecho de inscripción en de 1.5 por mil del monto de
la hipoteca, con un máximo de una UIT.


¿Por qué es necesario inscribir los contratos en los Registros Públicos?
Es necesario inscribir los contratos en Registros Públicos para que de esta
forma sea de conocimiento público quien es el real propietario de un inmueble
o si un inmueble determinado tiene inscrito algún gravamen.


Si un contrato de comprar venta no es inscrito en los Registros Públicos, el
inmueble vendido seguirá a nombre del antiguo propietario, quien podría
engañar a otras personas vendiendo o hipotecando un inmueble que ya no es
suyo de hecho y perjudicando al nuevo adquiriente.


Es igualmente recomendable, mas no necesario, inscribir los contratos de
arrendamiento o alquiler. De esta forma, si el propietario del inmueble alquilado
lo vende a otras personas, este nuevo propietario tendría que respetar el
contrato de arrendamiento que se encuentra inscrito hasta que se venza su
plazo.


Para mayor información sobre los tramites, tasas y/o procedimientos registales
y/o notariales, consulta la pagina Web de los Registros Públicos de Lima y
Callao www.orlc.gob.pe o a un Notario.
PASO 7
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTROS
  ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
         RUC - SUNAT




•   Objetivo: Registrar a la empresa como contribuyente y
    obtener su número de identificación tributaria RUC ante
    SUNAT, permitirá a la empresa emitir comprobantes de pago,
    conocer los tipos de impuestos que deberá para pagar y las
    fechas en las que deberá declarar sus impuestos.
•   Requisitos:    Antes de solicitar el RUC, uestes deberá
    conocer, en el siguiente orden:
      - El tipo o categoría que generará la empresa, en función

         a la actividad de su negocio.
- El tipo de régimen tributario al que se acogerá la
         empresa:     Régimen     Único    Simplificado,   Régimen
         Especial del Impuesto a la Renta RER.

•   Tramite: Si se trata de una empresa unipersonal o
    trabajadores independientes o personas naturales, sólo
    necesitaran acercarse a las oficinas de la SUNAT con su DNI
    y original del último recibo de agua, luz o teléfono fijo. Deberá
    además completar el formulario 2119, 2054 y 2046, este
    último en caso de tener establecimientos anexos (sucursales),
    necesitará además presentar DNI, del representante legal,
    original del último recibo     de agua, luz o teléfono fijo,
    documento original que acredite su representación legal (en el
    caso de instituciones educativas asociaciones, etc.), fotocopia
    simple de Escritura Pública de Constitución inscrita en los
    Registros Públicos, cuyo original también deberán llevar para
    su verificación. El tramite debe ser realizado por el
    representante legal de la empresa y excepcionalmente podrá
    reemplazarlo por una persona autorizada, la cual deberá tener
    su DNI y una carta poder con firma legalizada notarialmente.




    SUNAT realizará las verificaciones de domicilio fiscal en un
    plazo de 15 días útiles y de encontrar conformidad, dará de
    alta su número de RUC-

• Luego de obtener el alta del RUC de su empresa podrá
    completar y presentar el formulario 806 de autorización de
    impresión de los comprobantes de pago, pero antes debe de
tener los datos de la imprenta que utilizará, la cual debe estar
       organizada por SUNAT.
   • ESSALUD: Toda las empresas deben registrar a sus
       empleados     al   momento       de   inscribirse   en    SUNAT      y
       mensualmente pagará el 9% del sueldo del trabajador como
       aporte a ESSALUD, con lo cual sus trabajadores podrán
       acceder a la atención medica que brinda esta entidad- Ciertas
       empresas están obligadas a realizar la declaración de sus
       tributos incluido ESSALUD a través del Programa de
       Declaración Telemática – PDT.
   •   Costo: Todos los formularios, tramites y asesoramiento en
       SUNAT son gratuitos.
   •   Lugar: SUNAT.




           REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS



El Registro de Personas Jurídicas fue creado como Registro independiente y
distinto del Registro Inmobiliario, a partir de los estudios del proceso de
reestructuración del Registro Nacional. Este estudio determinó la necesidad de
constituir la Dirección de Personas Jurídicas, entendida como Registro de
Personas Jurídicas en términos prácticos, con independencia administrativa y
presupuestaria, pues la demanda de los servicios que se brinda ha aumentado
en los últimos años en forma tan acelerada que, dentro del Registro
Inmobiliario, cuya capacidad de la materia es totalmente distinta a la de las
Personas Juridicas, presentaba limitaciones en la atención de necesidades de
equipo, mobiliario, personal, etc., situación que repercutía en la calidad del
servicio.

Para 1997, la Junta Administrativa del Registro Nacional, con entero
conocimiento de la situación expuesta emite un acuerdo administrativo en la
sesión extraordinaria Nº 058-97, celebrada el 30 de octubre de ese mismo año,
por el que se establece formalmente la creación de la Dirección de Personas
Jurídicas, fortaleciendo asi la tesis planteada en el documento final de
reestructuración del registro Nacional. Esta propuesta fue avalada por el
Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) mediante el oficio Nº DM 133-98, el 05
de marzo de 1998 y oficializada con la promulgación del Reglamento del
Registro Publico, que es el Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de
1998, quedando definida la estructura organizativa en ese momento.

Con el correr del tiempo, esa estructura ha ido variando, en virtud de las
nuevas necesidades que se plantean constantemente, dada la evolución de
este Reglamento y el aumento de los documentos a inscribir en el.




 INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE FIRMAS
                    PERSONAS JURIDICAS

1) El registro podrá ser llenado en Word o a maquina de escribir.


2) En todos los casos deberá adjuntarse copia autenticada de los
  estatutos sociales, acta de asamblea que se designa el directorio,
poderes (si existieran) y copia simple de la constancia de
  inscripción de la empresa ( Ej. Tarjeta de RUC).


3) En todos los casos deberá adjuntarse copia del documento de

  identidad de los integrantes y autorizados.


4) Los registros deberán contener la totalidad de los datos.


5) El registro puede contener hasta dos diferentes, representantes y/

  o apoderados y hasta dos autorizados por los mismos. En ese
  caso de existir mas integrantes y/o mas autoridades deberá
  utilizarse otro registro adjunto




                   RENTA ANUAL 2008

¿QUIÉNES       ESTAN       OBLIGADOS        A    PRESENTAR       LA
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA POR EL
EJERCICIO GRAVABLE 2008?

Están obligados los siguientes contribuyentes:
  • Por Rentas de Tercera Categoría
Aquellos contribuyentes con o sin negocio que hubieran
    obtenido rentas de tercera categoría y pertenezcan al
    Régimen General del Impuesto a la Renta. Por tanto, están
    exceptuados de la presentación, los contribuyentes del
    Régimen Único Simplificado (RUS) y del Régimen Especial
    del Impuesto a la Renta.
  • Por Rentas de Persona Naturales
    Aquellos   contribuyentes   que   hubieran    obtenido   rentas
    distintas a las de Tercera Categoría, siempre que se
    encuentren en cualquiera de las siguientes:
      - Luego de deducir los créditos con derecho a devolución
         consigne un saldo a favor del fisco en la casilla 142 del
         PDT Renta Anual 2007-Personas Naturales.
      - Haya recibido durante el ejercicio gravable 2007, rentas
         de Cuarta Categoría por un monto superior a S/. 27,
         264.00 (veintisiete mil doscientos sesenta y cuatro y
         00/100 Nuevos Soles). Dichas rentas se determinaran al
         sumar los montos de las casillas 107 y 108 del PDT
         Renta Anual 2007 – Personas Naturales.
      - La sumatoria de los montos correspondientes a las
         casilla 113 y 116 del PDT Renta Anual 2003 – Personas
         Naturales, sea igual o mayor de S/. 37, 200.00 (Treinta y
         siente mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles).
  • No están obligados a presentar la Declaración Anual de
    Renta, aquellos contribuyentes que durante el ejercicio 2007
    hubieran obtenido exclusivamente rentas de Quinta Categoría.


¿CUÁLES SON LOS MEDIOS PARA DECLARAR EL IMPUESTO
A LA RENTA 2008?
El único medio es el Programa de Declaración Telemática (PDT)*.
Ninguna agencia bancaria ni oficina de la SUNAT recibirá
formularios.
Según le corresponda, usted deberá realizar uno de los siguientes
Programa de Declaración Telemática:
  • PDT Renta Anual 2007 – Personas Naturales.
  • PDT Renta Anual 2007 – Tercera Categoría

(*) Excepto para aquellos contribuyentes que tienen domicilio fiscal
y qie presentan sus declaraciones en las ciudades que se detallan
en la R.S. Nº 057-2004/SUNAT.

¿CÓMO SE OBTIENE EL PROGRAMA DE DECLARACION
TELEMATICA (PDT)?

Puede obtener el PDT:

  • A través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe); o
  • En los Centros de Servicios al Contribuyente y dependencias
     ubicadas en todo el ámbito nacional. Allí podrá grabar el PDT
     en Disquetes (desde las Cabinas SUNAT Virtual) o solicitar,
     gratuitamente, el CD-ROM del PDT.




¿DÓNDE SE PRESENTA LA DECLARACIÓN)?
  • Si usted en un Principal Contribuyente:
     En la dependencia que el corresponda o en el lugar designado
     por la SUNAT para efectuar la declaración y pago de sus
     obligaciones
• Si es un Mediano o Pequeño Contribuyente:
      1. En las vías Sucursales y agencias de los bancos
          autorizados.
      2. Vía Internet.

Si su declaración no consigna importe a pagar o declara saldo a
favor, en este caso deberá remitirla solo a través de SUNAT Virtual.
Para ello necesitará seguir los siguientes pasos:

   • Ingresar a SUNAT Virtual.
   • Acceder a la opción “Operaciones en Línea”, luego ingresar
      Número de RUC, Código de Usuario y Clave de Acceso a
      SUNAT Operaciones en Línea (si aun no los ha solicitado,
      puede hacerlo en los Centros de Servicios al Contribuyente o
      dependencia de la SUNAT).
   • Elegir la la opción “Declarar y Pagar PDT”.
   • Seguidamente, elegir la opcion “Examinar”. Aquí se deberá
      seleccionar el archivo PDT a ser enviado a la SUNAT.
   • A continuación, el sistema mostrará el detalle del formulario
      presentado y le solicitará su confirmación.
   • Finalmente, si la declaración no tiene causal de rechazo, el
      sistema emitirá la “Constancia de Presentación”.




IMPORTANTE
La opción de presentar la declaración vía Internet, también está disponible para
aquellos medianos y pequeños contribuyentes cuyas declaraciones consignen
importe a pagar, siempre y cuando tengan una cuenta en cualquiera de los
bancos autorizados (a la fecha, servicio disponible sólo en el Banco Wiese
Sudameris).


 En este caso, además de los pasos antes señalados se deberá seguir los
siguientes:
   •   Si la declaración registra importe a pagar, se mostrarán los iconos de los
       bancos en los cuales podrá efectuar dicho pago mediante enlace con el
       portal del banco o mediante cargo en cuenta.
   •   Por último de realizarse el pago, el sistema emitirá la “Constancia de
       Presentación de la Declaración y Pago” la cual constituye el único
       comprobante de la transacción realizada.




¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS DE RECHAZO DE UNA
DECLARACION ELABIRADA CON EL PDT)?
La declaración generada por el PDT será rechazada si el Programa Informático
de Recepción desarrollado por la SUNAT, luego de verificar el (los) disquete
(s) o la información contenida en éste (estos), detecta motivos de rechazo
según lo contempla en las normas del PDT.



 De rechazarse su declaración, el disquete le será devuelto junto con una
 constancia del rechazo, en la cual se indica el motivo. Las declaraciones
 rechazadas se consideran no presentadas.




¿EXISTE        ALGÚN         PLAZO         PARA        PRESENTAR             LA
DECLARACIÓN)?
Lo más recomendable, es que presente su declaración cuando antes. Sin
embargo, el plazo máximo para presentarla se detalla en el siguiente
cronograma de acuerdo al ultimo digito de su número de RUC.


         Último digito del RUC                   Fecha de Vencimiento
                   5                      26 de Marzo de 2008
                    6                     29 de Marzo de 2008
                    7                     30 de Marzo de 2008
                    8                     31 de Marzo de 2008
                    9                     1 de Abril de 2008
                    0                     2 de Abril de 2008
                    1                     5 de Abril de 2008
                    2                     6 de Abril de 2008
                   3 y4                   7 de Abril de 2008




NO ESPERE EL ÚLTIMO MOMENTO PARA ELABORAR
Y PRESENTAR SU DECLARACION.

*Si se desea mas información, ingrese a SUNAT Virtual, comuníquese con la
Central de Consultar (0-201-12-100) o visite los Centros de Servicios al
Contribuyentes.




                     INSCRIPCIÓN A ESSALUD



   •   Ante la Oficina Zonal los empleadores deberán inscribirse al ESSALUD,
       dentro de los 10 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de ingreso
       del primer trabajador.
•   Manera de obtener el Registro Penal.




Adjunta:

   •   Libro de Plantillas sellado por el MITICI
   •   Copia del RUC de la empresa.
   •   Solicitud de inscripción al IPSS debidamente llenado y firmado por la
       Representante Legal de la Empresa.
   •   Copia de la Escritura Pública de Constitución.
   •   Asimismo, el empleador deberá inscribir a sus trabajadores (con sus
       documentos de identidad de la persona y solicitud de inscripción de
       Aseguradores).


             APERTURA DE CUENTA CORRIENTE

Cuenta que le otorga una atractiva rentabilidad por sus ahorros y disponibilidad
inmediata de fondos.

(*) REQUISITOS:

                  o    Depósito inicial $ 200.00
                  o    Cedula de Identidad original y copia
                  o    Otro documento de identificación
                  o Cartilla de pago de servicios básicos


(*) Cuando Usted solicita la apertura de una cuenta de ahorros a través del
canal de Internet, los documentos le serán requeridos en el momento que se le
entregue su cartola y tarjeta Xperta, las mismas que le serán entregadas
directamente a domicilio.

BENEFICIOS
Rentabilidad
Usted recibe mensualmente atractivos intereses por sus ahorros.
Liquidez
Retiro inmediato de sus fondos.


Cobertura
Depósito y retiros de su cuenta a través de nuestra amplia red de Oficinas a
nivel nacional.


Flexibilidad
Usted puede depositar cheques internacionales en su cuenta nacional.
PASO 8
AUTORIZACION Y LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO MUNICIAPAL




•   Objetivo: Tramitar la licencia de funcionamiento del local
    de la empresa, la cual es otorgada por la municipalidad del
    distrito donde se encuentra ubicado su negocio. Puede
    solicitar una licencia provisional o definitiva.
•   Requisitos: Para tramitar la licencia de funcionamiento
    será necesario obtener un certificado de bonificación. Dicho
certificado indica la posibilidad de realizar actividades
    comerciales en el local que se elija para que funcione el
    negocio (se tramita en el mismo municipio, tendiendo un
    costo aproximado de S/. 250.00)
    Para   solicitar   la   licencia   de   funcionamiento,   cada
    municipalidad solicita distintos documentos que deberán
    entregar junto a la solicitud de licencia de funcionamiento.
•   Costo: El monto variara según el municipio, el tipo de
    actividad y el área que ocupara el inmueble donde se
    encuentra la empresa: dicho monto o tasa no podrá ser
    superior a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que
    equivale a S/. 3, 200.00. La Licencia tiene una vigencia no
    menos de un año y su otorgamiento no lo obliga a realizar
    sus actividades inmediatamente. La renovación será
    automática en tanto usted no haga cambio de uso o
    zonificación.
PASO 9
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTROS
  ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
         RUC - SUNAT




 •   Objetivo: Una vez inscrita la empresa en SUNAT, Tanto si
     se trata de una perdona natural o jurídica, deberá
     comprarse un libro planilla (donde se lleva el registro
     mensual del pago a los trabajadores), y legalizado en el
     Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo.
 •   Tramite: Para la legalización del Libro de Planilla, tiene
     que dirigirse al Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo y completar un formulario de “solicitud de
          legalización”, al cual adjuntará una copia de inscripción del
          RUC de la empresa y el recibo de pago por dicho trámite,
          todo esto deberá entregarlo en Mesa de Partes.


      •   Costo: El costo promedio de un Libro de Planillas en una
          librería es de 25 a 40 soles y el costo de legalización en el
          Ministerio de Trabajo varia en función al numero de
          paginas que tenga el Libro de Planillas S/. 31.00 por cada
          100 paginas.


      •   Lugar: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o a
          sus dependencias en provincias.




 REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE
 PLANILLAS EN LIBROS U HOJAS SUELTAS

PRIMERA PLANILLA
  •   Solicitud según formato Nº 01 si es para una obra de construcción civil,
      utilizará el formato Nº 2.
  •   Libro u hojas sueltas, las hojas sueltas deberán estar numeradas y el
      formato contendrá conceptos de acuerdo al Art. 14, del D.S. Nº 001- 98-
      TR.
•   Copia del comprobante de información registrada del RUC (con 11
      dígitos).
  •   Comprobante de pago de la tasa de S/. 32.00 (1% U.I.T) por cada 100
      hojas, en el Banco de la Nación (Tributo 5217).




SEGUNDA PLANILLA Y SIGUIENTES

  •   Solicitud según formato Nº 01. Si es para una obra de construcción civil,
      utilizará el formato Nº 02-
  •   Libro u hojas sueltas. Las hojas sueltas deben estar numeradas y el
      formato contendrá conceptos de acuerdo al Art. 14 del D.S. Nº 001-98-
      TR.
  •   Copia del comprobante de información registrada del RUC (con 11
      dígitos).
  •   Planilla anterior (copia) última hoja utilizada y hojas sobrantes
      (originales).
  •   Comprobante de pago de la tasa de S/. 32.00 (1.00% UIT) por cada 100
      hojas en el Banco de la Nación (Tributo 5517).
PASO 10
      LEGALIZACIÓN DE LIBROS
           CONTABLES




•   Objetivo: De acuerdo al tipo de empresa que constituya usted
    podrá o no estar obligado a llevar libros contables completos,
    los que deberán ser legalizados.



•   Tramite: En SUNAT le indicaran que los libros contables debe
    llevar el contador de su empresa, estos pueden ser “Ingresos
y gastos”, “Registro de Ventas”, “Registro de Compras”,
     “Caja”, “Libro de Inventario y Balances”, “Libro Diario”, “Libro
     Mayor”, los cuales deberá llevar a una notaria para su
     legalización, usted podrá contratar un contador externo para
     que lleve la contabilidad de su empresa.


Costo: El costo depende del numero de paginas que tenga el Libro
de Planillas que desee legalizar y de la Notaria que elija,
comúnmente entre S/. 23.00 a S/. 50.00 nuevos soles.
Información           Acta de         Registro Marca      Elaboración de la     Registros      Autorización y
  Centro COFODE         Constitución       INDECOPI                minuta           Públicos         Licencia de
     CCCOGF                                                                                        Funcionamiento


                                          Costo de S/36.00                                          Requisitos para la
Informe sobre la     Acuerdos tomados     para averiguar si    Define el tipo de
                                                                                                    Licencia
                     para constituir la   existe un nombre     Empresa de los       Inscripción
cantidad mínima                                                                                     Provisional
de capital inicial   Empresa              igual                socios




                                                                Abrir una           Plazo de 30    Requisitos para la
                                                                cuenta en el        días para        Licencia de
                                                                Banco               inscribirse    Funcionamiento




                                                                  Notario           Duración de
                                                                  Público           15 a 30 días




                                                                                     Costo de
                                                                                     S/. 18.00



                                                              Registros Públicos



                                                               Plazo de 10 días
                                                               después que
                                                               inicie sus labores
                                                               el trabajador
SEGUNDA DIRECCION REGIONAL DE DEFENSA
CIVIL




                           CERTIFICADO DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL


El órgano ejecutante de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de acuerdo al D.S. Nº 013-2000-PCM realizó la
inspección Técnica de Detalle al inmueble “IMPORTACIONES RUVAL” S.A. ubicado En AV. LOS RUIBARES N 189 –
INDEPENDENCIA.


Certificando que la instalación, edificación o recinto objeto de inspección CUMPLE con las Normas de Seguridad en Defensa Civil.


Nº DE INFORME TECNICO SUSTENTATORIO SR Nº 08960
VIGENCIA DE 10 DE JUNIO DE 2009
AL             10 DE JUNIO DE 2011
Independencia, 10 de Junio de 2009




                                                                             R.U.C. Nº 2154779801

                                                                                  FACTURA
                                                                                    001-0000001
 “.CROMO AS” S.A.
   Av. Los Rubianes Nº 189 – Independencia
            Lima

 Señor(es) ______________________________________________Fecha de Emisión ___________________
 RUC Nº      ______________________________________________Guía de Remisión ___________________



                                                   CANTIDAD
                                                 DESCRIPCION
                                               PRECIO UNITARIO
                                                V
                                                VALOR DE VENTA
     IMPRENTA ABC S. C. R. L.
        GRAFICA PERUVIAN
                                                                 SUB TOTAL
       R.U.C. Nº 2154779801              S
                                         Son: CANCELADO          I.G.V. (19%)
Nº DE AUTORIZACION DE IMPRESIÓN
           1555422560
            10-06-2009
                                                                 TOTAL
 EMISION VALIDA HASTA 15-12-2010
                                                                                ADQUIRIENTE O USUARIO

                                                                                       EMISOR

                                                                                       SUNAT
“.CROMO AS” S.A.                                                     R.U.C. Nº 2154779801
       Av. Los Rubianes Nº 189 – Independencia
                       Lima                                        BOLETA DE VENTA
                                                                        001-0000001

  Señor(es) ______________________________________________________________________________
  RUC Nº        _____________________________________________________________________________
  Fecha de Emisión __________________________Guía de Remisión ______________________________
                                             ___


CANTIDAD                            DESCRIPCION          PRECIO UNITARIO     VALOR DE VENTA




Son:

      IMPRENTA ABC S. C. R. L.                                     TOTAL
         GRAFICA PERUVIAN
        R.U.C. Nº 2154779801
 Nº DE AUTORIZACION DE IMPRESIÓN
            1555422560
             10-06-2009
  EMISION VALIDA HASTA 15-12-2010
EMISOR
                                                                                 EXP. Nº ……………………………………
                                                                                  ASQUIRIENTE O USUARIO
                                                                                 R.M. Nº …….……………… ..…………….
                                                                                 Fecha ………………………………………
                                                                                 AREA: …….……………………………….




           MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VITARTE
                   Autorización de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial y/o
                                                  de Servicios


        CERTIFICADO                 Nº 16945

PROPIETARIO: EMPRESA “.CROMO AS” S.A.

GIRO:

UBICACIÓN: AV. LOS RUBIANES Nº 189 – INDEPENDENCIA


    Constituyen Infracciones:
       - Aperturar el establecimiento sin el respectivo certificado de autorización.
       - No exhibir en lugar visible el certificado.
       - No dar aviso al cierre del establecimiento.
       - No dar aviso al cierre del establecimiento.
         En caso de cambio de Dirección, Giro, Nombre o Razón Social, deberá gestionar nueva licencia

                                                                        ATE VITARTE, 10 de Junio de 2009

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PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA

  • 1. PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA TODO EMPRENDIMIENTO ECONÓMICO BIEN INFORMADO CONDUCE AL EXITO Soc. Wilder Santiago Resurrección Enríquez
  • 2. PRESENTACION El trabajo que presentamos tiene como propósito brindar información a aquellos que toman la decisión de hacer empresa en nuestro país, ya que esta decisión conlleva a realizar una serie de trámites en distintas instituciones que, si bien pueden ser tediosos en un principio, a la larga son necesarios para empezar nuestro proyecto de negocio con todas las de la ley; porque la formalización trae un conjunto de beneficios tales como: • Nos permite solicitar créditos en el sistema financiero formal. • Podemos participar en concursos públicos para ser proveedores de bienes y servicios del Estado. • Hace posible que diseñemos, fabriquemos y comercialicemos productos propios (marca registrada, procesos patentados). • Nos abre las puertas de la participación en programas de apoyo a las microempresas y pequeñas empresas. • Nos abre la posibilidad de exportar. • Nos permite asociarnos para competir con las grandes empresas. • Hace posible que recibamos información periódica y, así, nos mantengamos actualizados respecto de la legislación, ofertas, precios, mercados y productos. • Nos permite mejorar la atención a nuestros clientes e incrementar el número de estos. • Hace posible que ofrezcamos productos de mejor calidad. • Por último, nos permite acceder a la vía judicial en caso se presentasen conflictos en algunos de los contratos que firmemos con nuestros clientes. En tal sentido, es necesario entender que la formalización empresarial es necesaria para el desarrollo de las actividades productivas y comerciales que van a dinamizar la economía local regional y nacional en el país. La Ley General de Sociedades regula la formación y/o modificación de una empresa; y al ser la Sociedad Anónima, el modelo tomado para la presente guía, una forma societaria que está contenida dentro de este cuerpo Jurídico, donde se le reconoce como una asociación voluntaria de personas, que acuerdan aportar bienes con la finalidad de realizar una actividad económica, esta sociedad se caracteriza además por la responsabilidad limitada de los socios por los aportes que cada uno haya efectuado, además por la existencia de las acciones como títulos valores que representan alícuotas del capital social, y finalmente se caracteriza también por el hecho que la dirección de la sociedad se basa en el capital y no en las personas. Una vez constituido la empresa se debe de cumplir con requisitos adicionales que son de carácter administrativo, con los cuales se va permitir el funcionamiento de la empresa. Santa Anita, 16 de Marzo de 2010
  • 3. PASO 1 ADOPTAR LA DECISIÓN SOBRE LA FORMA EMPRESARIAL MÁS ADECUADA I.- TOMAR LA DECISION SOBRE LA FORMA EMPRESARIAL MAS ADECUADA.
  • 4. Previo a realizar cualquier tramite, tendrá que haber decidido el tipo de Empresa que constituirá, para tal efecto puede realizar la consulta legal de un abogado en el Centro COFIDE, o si desea podrá encontrar asesoría gratuita en el Programa del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que ayuda a la pequeña y microempresa. La Ley General De Sociedades del Perú no estipula social mínimo para la constitución de una empresa; por lo tanto, el capital social mínimo es aquel monto que solicitan para abrir una cuenta bancaria empresarial (que se establece entre 1,000 soles a 500 dólares, dependiendo de la entidad bancaria). Excepciones: cabe precisar que solo las empresas de servicios complementarios (limpieza, seguridad, vigilancia, mensajería, fumigación, etc.) y empresas de servicios temporales (Services), están obligadas a constituirse con un capital social minino de 5 UIT (actualmente la unidad impositiva tributaria-UIT es de 3, 400 soles) OFICINA REGISTRAL DE
  • 5. Lima y Callao Nº 00025048 Marcar con una “X” el casillero correspondiente Propiedad Inmueble x Persona Jurídica Persona Natural Bienes muebles Solicito indicar el (loe) número(s) de Ficha(s) Tomo(s) Partida(s) Electrónica(s) que se encuentra(n) registrado(s) a nombre de: Apellidos y nombres/Razón Social Reservado para el Área Registral Nº Ficha/Partida Registral Nº Ficha/Partida Registral Nº Form Nº Fojas USUARIO * No incluye el Registro de Propiedad Vehicular ACTA DE CONSTITUCION
  • 6. EN LA CIUDAD DE LIMA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL NUEVE, SIENDO LAS DIESISIETE HORAS SE REUNIERON EN EL AV. LOS RUIBALES Nº 189 - URB. EL NARANJAL DISTRITO DE INDEPENDENCIA, SE REUNIERON MONICA CHUQUIYUNQUI Y GILDA CAPA CON LA FINALIDAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA, LA CUAL ESTA REGIDA POR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SOCIEDADES Y QUE SE DEDICARA A AL SERVICIO INDUSTRIAL DE RECUNRIMIENTOS METALICOS Y PULIDO DE PROSUCCION ORNAMENTAL METALICA COMPRA VENTA E IMPORTACION DE INSUMOS QUIMICOS. LUEGO DE AMPLIAS DELIBERACIONES Y ESTANDO A LO EXPUESTO, MONICA CHUQUIYANQUII Y GILDA CAPA APROBARON CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA, LA MISMA QUE SE DENOMINARA “CROMO AS” CON UN CAPITAL DE S/. 100, 000.00 CIENTO VEINTE MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES, EXPLICADOS DE LA SIGUIENTE MANERA: MONICA CHUQUIYANQUI 60 000.00 GILDA CAPA 40 000.00 100 000.00 ASIMISMO SE ACORDO APROBAR EL TEXTO DE LA MINUTA DE CONSTITUCION, PREVIAMENTE LEIDA LA QUE FUE FIRMADA POR EL TITULAR DEBIENDO SER ELEVADA A ESCRITURA PUBLICA, EL CAPITAL SE CANCELARÁ INTEGRAMENTE Y SE DEPOSITARÁ EN UNA CUENTA BANCARIA. SE NOMBRÓ COMO GERENTE GENERAL A GILDA CAPA . ACTO SEGUIDO SE DIO LECTURA A LA PRESENTE ACTA, LA MISMA QUE FUE APROBADA Y FIRMADA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD. SIENDO LAS VEINTE HORAS Y NO HABIENDO OTRO PUNTO A TRATAR SE DIO POR LEVANTADA LA PRESENTE ASAMBLEA. ___________________ _____________________ MONICA CHUQUIYANQUI GILDA CAPA
  • 7. PASO 2 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA MERCANTIL Y SOLICITUD DE RESERVA DE RAZON SOCIAL • Objetivo: Consiste en verificar la existencia de un nombre igual o similar al de la empresa que se va a constituir.
  • 8. Procedimiento: El procedimiento es el siguiente: - En las agencias descentralizadas de la SUNARP de información se, puede solicitar un Formato para la consulta de nombres. - Diligencie el formulario con los nombres que desea consultar y la actividad a la que se va a dedicar. - Cancele el valor de la consulta la cual cuesta S/.4.00. - Presente el formulario diligenciado en las ventanillas de la SUNARP y el empleado le indicará cuando reclamarlo, con el fin de saber si puede usar dicho nombre o no debido a que ya existe o hay alguno similar. - Luego, de constatar que el nombre elegido no se encuentra inscrito en la SUNARP, deberá solicitar la reserva del nombre, tramite que cuesta S/. 18.00 y su vigencia es por 30 días prorrogables. • Lugar: Estos trámites se realizan en las Oficinas Regístrales de Lima y Provincias. SOCIEDAD ANONIMA (S.A.) • DENOMINACION: Debe incluir la indicación “Sociedad Anónima” o las siglas S.A. Esta conformada con un mínimo de 2 socios. • CAPITAL SOCIAL:
  • 9. Esta dividido en acciones, inscribibles en el Registro Publico del Mercado de Valores. Las acciones son negociables e indivisibles, y poseen un mecanismo jurídico propio y dinámico. • CONCEPTO: Esta sociedad no limites en numero de accionistas y sus acciones son inscritas en el Registro Publico del Mercado de Valores. La denominación debe incluir la denominación “Sociedad Anónima ” o las siglas S.A. • CARACTERISTICAS: Es una perdona jurídica de derecho privado de naturaleza mercantil, cualquiera que sea su objeto social. No puede tener menos de dos accionistas. Es una sociedad netamente capitalista en donde el capital esta representado por acciones que son títulos valores negociables e indivisibles y que poseen un mecanismo propio y dinámico. El capital social esta representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los socios. • DE LOS APORTES Esta constituido por los aportes de los socios que constituyen los primeros activos con que la S.A. inicia el desarrollo de las actividades económicas para las cuales fue creada. El capital social esta integrado por los aportes de los socios, el mismo que esta en participaciones sociales-
  • 10. ORGANOS DE LA SOCIEDAD -Junta General de Accionistas: Es el órgano supremo de la sociedad. Esta integrado por el total de socios que conforman la sociedad. -Directorio: Es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún caso el número de directores será menor de tres -Gerente: Es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la Empresa. -Sub-Gerente: Reemplaza al Gerente en caso de ausencia, asumiendo sus funciones de conformidad al Estatuto.
  • 11. PASO 3 REGISTRO DE MARCA TRÁMITES EN INDECOPI • Objetivo: Si usted quiere asociar la denominación o razón social a una determinada marca de producto o servicio, tiene que efectuar una búsqueda de antecedentes adicionales en el INDECOPI para luego registrar su marca. • Costo de búsqueda de antecedentes: Este tramite para verificar que su marca no este siendo utilizada ya por otra empresa, fluctúa entre los S/. 37.00 a S/.55.00 dependiendo del tipo de búsqueda.
  • 12. Registro de marca: Después de realizar la búsqueda de antecedentes y de asegurarse que no existe un nombre comercial o marca de producto o s4ervicio igual o similar al suyo, puede legalizar el registro de la marca, que lo convertirá en propietario por 10 años. • Costo de Registro: El costo de este tramite es de S/. 397.30 (por concepto de registro de marca). El procedimiento es el siguiente: se tiene que presentar una solicitud y efectuar el pago. Después de 15 días, le entregaran una orden de publicación de aviso que tendrá que hacer efectiva en el diario oficial El Peruano. • Avisos en El Peruano: Si la marca no tiene logotipo entre S/. 150.00 a S/. 200.00 Si la marca tiene logotipo entre S/. 200.00 a S/. 250.00 • Luego de la publicación de los avisos, la marca puede ser observada dentro de un plazo de 30 días. De no haber inconvenientes, usted puede recoger su inscripción en 15 días.
  • 13. PASO 4 ELABORACIÓN DE LA MINUTA DE LA EMPRESA • Objetivos: Es el documento mediante el cual se establece el tipo de empresa y la forma como debe administrarse, asimismo, se incluye información general de los propietarios y de los encargados de la gestión. • La minuta contiene la siguiente información: - El tipo de empresa o sociedad (S.A.) - El Estatuto que la rige. - Datos del Titular o socios: nombres, domicilios, estado civil, nacionalidad, ocupación, D.N.I., RUC. - Capital social, en bienes o efectivo. - Designación del primer Gerente. • Capital Social o aporte de los socios: Si es en efectivo, tendrá que presentar una copia de la minuta para abrir una
  • 14. cuenta en el banco de su preferencia y depositar como mínimo el 25% del capital social. La institución bancaria le entregará una boleta del deposito que deberá adjuntar a la minuta, Si el capital es en bienes, tendrá que redactar un listado detallado de enseres y su valor en nuevos soles (“Informe de Valorización”), además el gerente firmará una declaración jurada de recepción de los bienes y ambos documentos se adjuntaran a la minuta. Una vez lista la minuta, tiene que ser revisada y firmada por usted, sus socios si los tiene y el abogado que los esté asesorando. El siguiente paso será presentar la minuta a la notaria para que sea elevada a escritura pública. • Lugar: Usted puede recibir gratuitamente toda la asesoría legal de formalización en el PRODAME donde elaboraran y suscribirán las minutas de constitución de pequeñas y microempresas, gracias a un Convenio firmado con el Colegio de Notarios de Lima. • Condiciones para acceder a la asesoría gratuita de PRODAME: El número de socios no puede ser mayor de 20, el capital social de la empresa a constituir será menor a 8 UIT (3,500) y el capital aportado deberá estar suscrito y pagado totalmente. MINUTA DE SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA MINUTA SEÑOR NOTARIO: SIRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS, UNA CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE SOCIEDAD ANONIMA, QUE OTORGAN: MONICA CHUQUILLANQUI., NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION ESTUDIANTE, CON DNI. Nº...................., ESTADO CIVIL SOLTERA. GILDA CAPA, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACIONESTUDIANTE, CON DNI. Nº..................................., ESTADO CIVIL SOLTERA, CON DNI. Nº...............
  • 15. TODOS SEÑALANDO DOMICILIO COMUN PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO EN AV. LOS RUIBARES N 189 URBANIZACION EL NARANJAL DISTRITO INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA. EN LOS TERMINOS SIGUIENTES: PRIMERO.- POR EL PRESENTE PACTO SOCIAL, LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA, BAJO LA DENOMINACION DE RECUBRIMIENTOS METALICOS “CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO USAR LA ABREVIATURA “CROMO AS” S.A.; SE OBLIGAN A EFECTUAR LOS APORTES PARA LA FORMACION DEL CAPITAL SOCIAL Y A FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO. SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/ 100 000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR 100 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. .S/.1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE MANERA: MONICANCHUQUILLANQUI: SUSCRIBE 60, 000 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/.40 000 (CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN EFECTIVO Y S/.20 000.00 (VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES. GILDA CAPA SUSCRIBE 40,000 ACCIONES Y PAGA S/. 30 000.00. (TREINTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTES EN EFECTIVO Y S/.10 000 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES. EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO. TERCERO.- LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS BIENES MUEBLES APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION SE DETALLA Y QUE EL CRITERIO ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, EN CADA CASO, ES EL QUE SE INDICA:
  • 16. DESCRIPCION DE CRITERIO EMPLEADO VALOR LOS BIENES PARA SU VALORIZACION ASIGNADO MONICA CHUQUILLANQUI APORTA: 1.- BAÑO ELECTROLITICO Cu VALOR DE MERCADO S/. 4,000.00 2.- BAÑO ELECTROLIEICO Ni VALOR DE MERCADO S/. 6,000.00 3.- BAÑO ELECTROLITICO Cr VALOR DE MERCADO S/. 8,000.00 4.- RECTIFICADOR DE CA VALOR DE MERCADO S/. 2,000.00 SUB TOTAL S/. 20,000.00 GILDA CAPA APORTA: 1.- PULIDORA DE METAL VALOR DE MERCADO S/. 5,000.00 2.- LUSTRADOR VALOR DE MERCADO S/. 2,000.00 3.- DESENGRASE ELECT VALOR DE MERCADO S/. 3,000.00 SUB TOTAL S/. 10.000.00 TOTAL S/. ………… CUARTO.- LA SOCIEDAD SE REGIRA POR ESTATUTO SIGUIENTE Y EN TODO LO NO PREVISTO POR ESTE, SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY 26887 - QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “LA LEY”. ESTATUTO ARTÍCULO 1°.- DENOMINACION - DURACION - DOMICILIO: LA SOCIEDAD SE DENOMINA “.CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO UTILIZAR LA ABREVIATURA “CROMO AS” S.A. TIENE UNA DURACION INDETERMINADA; INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE PACTO SOCIAL Y ADQUIERE PERSONALIDAD JURIDICA DESDE SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE LIMA. SU DOMICILIO ES EL DISTRITO INDEPENDENCIA, PROVINCIA LIMA
  • 17. DEPARTAMENTO DE LIMA; PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES U OFICINAS EN CUALQUIER LUGAR DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO. ARTICULO 2°.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A: SERVICIO INDUSTRIAL DE RECUBRIMIENTOS METALICOS Y PULIDO DE PRODUCCION METALICA ORNAMENTAL Y COMPRA Y VENTA DE INSUMOS QUIMICOS PARA LA GALVANOPLASTIA. SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN RESTRICCION ALGUNA. ARTÍCULO 3º.- CAPITAL SOCIAL: EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/. 100, 000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR 100, 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. 1.00(UN Y.00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA. EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO. ARTICULO 4°.- ACCIONES: LA CREACION, EMISION, REPRESENTACION, PROPIEDAD, MATRICULA, CLASES DE ACCIONES, TRANSMISION, ADQUISICION, DERECHOS Y GRAVAMENES SOBRE ACCIONES, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 82° A 110° DE LA “LEY”. ARTÍCULO 5°.- REGIMEN DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD: JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS: LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS ES EL ORGANO SUPREMO DE LA SOCIEDAD. LOS ACCIONISTAS CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE CONVOCADA, Y CON EL QUORUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN POR LA MAYORIA QUE ESTABLECE LA “LEY” LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA. TODOS LOS ACCIONISTAS INCLUSO LOS DISIDENTES Y
  • 18. LOS QUE NO HUBIERAN PARTICIPADO EN LA REUNION, ESTAN SOMETIDOS A LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL. ARTÍCULO 6º.- JUNTA OBLIGATORIA ANUAL: LA JUNTA GENERAL SE REUNE OBLIGATORIAMENTE CUANDO MENOS UNA VEZ AL AÑO DENTRO DE LOS TRES MESES SIGUIENTES A LA TERMINACION DEL EJERCICIO ECONOMICO, TIENE COMO OBJETO TRATAR LOS ASUNTOS CONTEMPLADOS EN EL ARTICULO 114° DE LA “LEY”. OTRAS JUNTAS GENERALES: COMPETE, ASIMISMO A LA JUNTA GENERAL LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 115° DE LA “LEY”. LOS REQUISITOS Y FORMA DE LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 116° A 119° DE LA LEY. EL QUORUM Y LA ADOPCION DE ACUERDOS SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 125°, 126° Y 127° DE LA LEY. ARTÍCULO 7°.- EL DIRECTORIIO: EL DIRECTORIO ES EL ORGANO COLEGIADO ELEGIDO POR LA JUNTA GENERAL. LA SOCIEDAD TIENEN UN DIRECTORIO COMPUESTO POR DOS MIEMBROS; CON UNA DURACION DE 3 AÑOS. PARA SER DIRECTOR NO SE REQUIERE SER ACCIONISTA. EL FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 153° A 184° DE LA “LEY”. ARTÍCULO 8°.- LA GERENCIA: LA SOCIEDAD CUENTA CON UNO O MAS GERENTES. EL GERENTE PUEDE SER REMOVIDO EN CUALQUIER MOMENTO POR EL DIRECTORIO O POR LA JUNTA GENERAL, CUALQUIERA QUE SEA EL ORGANO DEL QUE HAYA EMANADO SU NOMBRAMIENTO. EL GERENTE GENERAL ESTA FACULTADO PARA LA EJECUCION DE TODO ACTO Y/O CONTRATO CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA SOCIEDAD, PUDIENDO ASIMISMO REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS: A) DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIVAS
  • 19. B) ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DEL DIRECTORIO, SALVO QUE ESTE ACUERDE SESIONAR DE MANERA RESERVADA; C) ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DE JUNTA GENERAL, SALVO QUE ESTA DECIDA LO CONTRARIO; D) REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES. EN LO JUDICIAL GOZARA DE LAS FACULTADES GENERALES Y ESPEPCIALES, SEÑALAS EN LOS ARTICULOS 74, 75, 77 Y 436 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE REPRESENTACION PREVISTA EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY Nº 26636 Y DEMAS NORMAS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS; TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE DELEGACION O SUSTITUCION. E) ABRIR, TRANSFERIR, CERRAR Y ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO DE TODO TIPO DE CUENTA BANCARIO, GIRAR, COBRAR, RENOVAR, ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR, ACEPTAR Y REACEPTAR CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO, VALES, PAGARES, GIROS, CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS, POLIZAS Y CUALQUIER CLASE DE TITULOS VALORES, DOCUMENTOS MERCANTILES Y CIVILES; OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES, SOBREGIRARSE EN CUENTA CORRIENTE CON GARANTIA O SIN ELLA, SOLICITAR TODA CLASE DE PRESTAMOS CON GARANTIA HIPOTECARIA, PRENDARIA O DE CUALQUIER FORMA. F) ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO; COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, DONAR, ADJUDICAR Y GRAVAR LOS BIENES DE LAS SOCIEDAD SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS, YA SEAN PRIVADOS O PUBLICOS. EN GENERAL PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS NOMINADOS E INNOMINADOS VINCULADOS CON EL OBJETO SOCIAL. EL GERENTE GENERAL PODRA REALIZAR TODOS LOS ACTOS NECESARIOS PARA LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS
  • 20. FACULTADES RESERVADAS A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS O AL DIRECTORIO. ARTÍCULO 9º.- MODIFICACION DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL: LA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, EL AUMENTO Y REDUCCION DE CAPITAL SE SUJETAN A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 198º AL 220º DE LA “LEY”. ARTICULO 10º.- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACION DE UTILIDADES.- SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 40°, 221° A 233° “LEY”. ARTÍCULO 11º.- DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION: EN CUANTO A LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION DE LA SOCIEDAD, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 407º, 409º, 410º, 411º, 412º, 413º AL 422º DE LA “LEY”. QUINTO.- EL PRIMER DIRECTORIO QUEDA INTEGRADO POR: PRESIDENTE: MONICA CHUQUILLANQUI DNI. Nº........…….. DIRECTOR: GILDA CAPA DNI. Nº.........…..... SEXTO.- QUEDA DESIGNADO COMO PRIMER GERENTE GENERAL, .GILDA CAPA CON DNI. ..................... CLAUSULA ADICIONAL I.- SE DESIGNA A: EDUARDO MATTA GOYTIZOLO .CON DNI. ................................., SUB-GERENTE DE LA SOCIEDAD; QUIEN REEMPLAZARA AL GERENTE GENERAL EN CASO DE AUSENCIA O IMPEDIMENTO CON LAS MISMAS FACULTADES PREVISTAS PARA ESTE.
  • 21. AGREGUE UD. SEÑOR NOTARIO, LO QUE FUERE DE LEY Y SIRVASE CURSAR LOS PARTES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE LIMA, PARA LA RESPECTIVA INSCRIPCION. INDEPENDENCIA 13 DE JUNIO DE 2009 ___________________________ __________________________ MONICA CHUQUILLANQUI GILDA CAPA PASO 5
  • 22. ELABORACIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA • Objetivo: La escritura publica es el documento que elabora el notario para inscribir la empresa en los Registros Públicos. • Requisitos: Para la elaboración de la Escritura Pública, el notario necesitará los siguientes documentos:
  • 23. - Minuta de constitución de la empresa, y copia simple de la misma. - Informe de valorización (bienes aportados por los socios) - Declaración Jurada suscrita por el Gerente indicando la recepción de los bienes aportados. - Constancia de depósito bancario de apertura de la cuenta corriente a nombre de la empresa que se va a constituir. - Copia simple de DNI de los socios y sus cónyuges (en caso de ser casados). - Pago de los derechos notariales. NOTARIA “GIAMPETRI” ELSA GIAMPETRI COVARRUVIA NOTARIO DE LIMA
  • 24. TESTIMONIO PRIMER TESTIMONIO ESCRITURA DE : CONSTITUCION DE EMPRESA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA QUE OTORGA : DE FECHA : LIMA, 10 DE JUNIO DE 2009-06-11 ESCRITURA : CUATROCIENTOS DOS MINUTA : 7540 KARDEX : 4050 TESTIMONIO ESCRITURA : CUATROCIENTOS DOS MINUTA : 7540 KARDEX : 4050 ESCRITURA PÚBLICA QUE OTORGA LA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA GRAFICAS PERUVIAN EN LA CIUDAD DE LIMA, EL DIA VENITICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL NUEVE ANTE MI: ELSA GIAMPIETRI COVARRUVIAS NOTARIO DE LIMA, CON DOCUMENTO NACIONAL NUMERO: 05729238 CON LA CONSTANCIA DE HABER SUFRAGADO EN LAS ULTIMAS ELECCIONES RALIZADAS EN EL PAIS, CON LIBRETA MILITAR NUMERO: 4655647852, Y REGISTRO
  • 25. UNICO DE CONTRIBUYENTE NUMERO: 9083342957, COMPARECE LA SEÑORITA: ============================================================ MONICA CHUQUILLANQUI, DE NACIONALIDAD PERUANA, DE OCUPACION ESTUDIANTE, DE ESTADO CIVIL SOLTERA CON LA CONSTANCIA DE HABER SUFRAGADO EN LAS ULTIMAS ELECCIONES RALIZADAS EN EL PAIS, CON DOMICILIO EN LA CALLE LOS RUIBALES NUMERO 189 URB. EL NARANJAL, INDEPENDENCIA. QUIEN DECLARA PROCEDER EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA: GRAFICAS PERUVIAN, DEBIDAMENTE FACULTADA SEGUN ACTA DEL DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL NUEVE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 55 DE LA LEY DEL NOTARIADO DECRETO LEY 26002, DOY FE DE HABER IDENTIFICADO AL CONPARECIENTER EN LA FORMA ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 54 DE LA LEY, Y DEJO CONSTANCIA QUE EL COMPARECIENTE ES MAYOR DE EDAD, CON CAPACIDAD CIVIL DE EJERCICIO PLENO, INTELIGENTE EN EL IDIOMA CASTELLLANO, HÀBIL PARA CELEBRAR TODA CLASE DE ACTOS JURIDICOS , PROCEDE CON LIBERTAD Y CONOCIMIENTO DEL CONTRATO QUE POR MEDIO DE ESTA ESCRITURA PUBLICA ESTA FORMALIZADO================================================ SE ME ENTREGO UNA MINUTA DEBIDAMENTE FIRMADA Y AUTORIZADA POR EL LETRADO, LA MISMA QUE EL OTORGANTE TIENE A LA VISTA AL MOMENTO DE LA FIRMA DE LA PRESENTE ESCRITURA PUBLICA Y DECLARA HABERLA FIRMADO, LA MISMA QUE INCORPORO A MI ARCHIVO NOTARIAL DEL BIENIO 2009-2010, CON EL NUMERO DE ORDEN: CUATROCIENTOS QUINCE, CONFORMNE AL ARTICULO SESENTA DE LA LEY, Y SIENDO SU TENOR LITERAL EL SIGUIENTE: ====================== CUERPO============================== SEÑOR NOTARIO: SIRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS, UNA CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE SOCIEDAD ANONIMA, QUE OTORGAN: MONICA CHUQUILLANQUI., NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION ESTUDIANTE, CON DNI. Nº...................., ESTADO CIVIL SOLTERA. GILDA CAPA, NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACIONESTUDIANTE, CON DNI. Nº..................................., ESTADO CIVIL SOLTERA, CON DNI. Nº...............TODOS SEÑALANDO DOMICILIO COMUN PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO EN AV. LOS RUIBARES URBANIZACION EL NARANJAL DISTRITO INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA. EN LOS TERMINOS SIGUIENTES: PRIMERO.- POR EL PRESENTE PACTO SOCIAL, LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD
  • 26. ANONIMA, BAJO LA DENOMINACION DE RECUBRIMIENTOS METALICOS “CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO USAR LA ABREVIATURA “CROMO AS” S.A.; SE OBLIGAN A EFECTUAR LOS APORTES PARA LA FORMACION DEL CAPITAL SOCIAL Y A FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO. SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/ 100 000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR 100 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. .S/.1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE MANERA: MONICANCHUQUILLANQUI: SUSCRIBE 60, 000 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/.40 000 (CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN EFECTIVO Y S/.20 000.00 (VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES. GILDA CAPA SUSCRIBE 40,000 ACCIONES Y PAGA S/. 30 000.00. (TREINTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTES EN EFECTIVO Y S/.10 000 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES. EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO. TERCERO.- LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS BIENES MUEBLES APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION SE DETALLA Y QUE EL CRITERIO ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, EN CADA CASO, ES EL QUE SE INDICA: DESCRIPCION DE CRITERIO EMPLEADO VALOR LOS BIENES PARA SU VALORIZACION ASIGNADO MONICA CHUQUILLANQUI APORTA: 1.- BAÑO ELECTROLITICO Cu VALOR DE MERCADO S/. 4,000.00 2.- BAÑO ELECTROLIEICO Ni VALOR DE MERCADO S/. 6,000.00 3.- BAÑO ELECTROLITICO Cr VALOR DE MERCADO S/. 8,000.00
  • 27. 4.- RECTIFICADOR DE CA VALOR DE MERCADO S/. 2,000.00 SUB TOTAL S/. 20,000.00 GILDA CAPA APORTA: 1.- PULIDORA DE METAL VALOR DE MERCADO S/. 5,000.00 2.- LUSTRADOR VALOR DE MERCADO S/. 2,000.00 3.- DESENGRASE ELECT VALOR DE MERCADO S/. 3,000.00 SUB TOTAL S/. 10.000.00 TOTAL S/. 40, 000.00 CUARTO.- LA SOCIEDAD SE REGIRA POR ESTATUTO SIGUIENTE Y EN TODO LO NO PREVISTO POR ESTE, SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY 26887 - QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “LA LEY”. ESTATUTO ARTÍCULO 1°.- DENOMINACION - DURACION - DOMICILIO: LA SOCIEDAD SE DENOMINA “.CROMO AS” SOCIEDAD ANONIMA, PUDIENDO UTILIZAR LA ABREVIATURA “CROMO AS” S.A. TIENE UNA DURACION INDETERMINADA; INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE PACTO SOCIAL Y ADQUIERE PERSONALIDAD JURIDICA DESDE SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE LIMA. SU DOMICILIO ES EL DISTRITO INDEPENDENCIA, PROVINCIA LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA; PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES U OFICINAS EN CUALQUIER LUGAR DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO. ARTICULO 2°.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A: SERVICIO INDUSTRIAL DE RECUBRIMIENTOS METALICOS Y PULIDO DE PRODUCCION METALICA ORNAMENTAL Y COMPRA Y VENTA DE INSUMOS QUIMICOS PARA LA GALVANOPLASTIA.
  • 28. SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN RESTRICCION ALGUNA. ARTÍCULO 3º.- CAPITAL SOCIAL: EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/. 100, 000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR 100, 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. 1.00 (UN Y.00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA. EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO. ARTICULO 4°.- ACCIONES: LA CREACION, EMISION, REPRESENTACION, PROPIEDAD, MATRICULA, CLASES DE ACCIONES, TRANSMISION, ADQUISICION, DERECHOS Y GRAVAMENES SOBRE ACCIONES, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 82° A 110° DE LA “LEY”. ARTÍCULO 5°.- REGIMEN DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD: JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS: LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS ES EL ORGANO SUPREMO DE LA SOCIEDAD. LOS ACCIONISTAS CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE CONVOCADA, Y CON EL QUORUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN POR LA MAYORIA QUE ESTABLECE LA “LEY” LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA. TODOS LOS ACCIONISTAS INCLUSO LOS DISIDENTES Y LOS QUE NO HUBIERAN PARTICIPADO EN LA REUNION, ESTAN SOMETIDOS A LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL. ARTÍCULO 6º.- JUNTA OBLIGATORIA ANUAL: LA JUNTA GENERAL SE REUNE OBLIGATORIAMENTE CUANDO MENOS UNA VEZ AL AÑO DENTRO DE LOS TRES MESES SIGUIENTES A LA TERMINACION DEL EJERCICIO ECONOMICO, TIENE COMO OBJETO TRATAR LOS ASUNTOS CONTEMPLADOS EN EL ARTICULO 114° DE LA “LEY”.
  • 29. OTRAS JUNTAS GENERALES: COMPETE, ASIMISMO A LA JUNTA GENERAL LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 115° DE LA “LEY”. LOS REQUISITOS Y FORMA DE LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 116° A 119° DE LA LEY. EL QUORUM Y LA ADOPCION DE ACUERDOS SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 125°, 126° Y 127° DE LA LEY. ARTÍCULO 7°.- EL DIRECTORIIO: EL DIRECTORIO ES EL ORGANO COLEGIADO ELEGIDO POR LA JUNTA GENERAL. LA SOCIEDAD TIENEN UN DIRECTORIO COMPUESTO POR DOS MIEMBROS; CON UNA DURACION DE 3 AÑOS. PARA SER DIRECTOR NO SE REQUIERE SER ACCIONISTA. EL FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 153° A 184° DE LA “LEY”. ARTÍCULO 8°.- LA GERENCIA: LA SOCIEDAD CUENTA CON UNO O MAS GERENTES. EL GERENTE PUEDE SER REMOVIDO EN CUALQUIER MOMENTO POR EL DIRECTORIO O POR LA JUNTA GENERAL, CUALQUIERA QUE SEA EL ORGANO DEL QUE HAYA EMANADO SU NOMBRAMIENTO. EL GERENTE GENERAL ESTA FACULTADO PARA LA EJECUCION DE TODO ACTO Y/O CONTRATO CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA SOCIEDAD, PUDIENDO ASIMISMO REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS: G) DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIVAS H) ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DEL DIRECTORIO, SALVO QUE ESTE ACUERDE SESIONAR DE MANERA RESERVADA; I) ASISTIR CON VOZ PERO SIN VOTO A LAS SESIONES DE JUNTA GENERAL, SALVO QUE ESTA DECIDA LO CONTRARIO; J) REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES. EN LO JUDICIAL GOZARA DE LAS FACULTADES GENERALES Y ESPEPCIALES, SEÑALAS EN LOS ARTICULOS 74, 75, 77 Y 436 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE
  • 30. REPRESENTACION PREVISTA EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY Nº 26636 Y DEMAS NORMAS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS; TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE DELEGACION O SUSTITUCION. K) ABRIR, TRANSFERIR, CERRAR Y ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO DE TODO TIPO DE CUENTA BANCARIO, GIRAR, COBRAR, RENOVAR, ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR, ACEPTAR Y REACEPTAR CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO, VALES, PAGARES, GIROS, CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS, POLIZAS Y CUALQUIER CLASE DE TITULOS VALORES, DOCUMENTOS MERCANTILES Y CIVILES; OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES, SOBREGIRARSE EN CUENTA CORRIENTE CON GARANTIA O SIN ELLA, SOLICITAR TODA CLASE DE PRESTAMOS CON GARANTIA HIPOTECARIA, PRENDARIA O DE CUALQUIER FORMA. L) ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO; COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, DONAR, ADJUDICAR Y GRAVAR LOS BIENES DE LAS SOCIEDAD SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS, YA SEAN PRIVADOS O PUBLICOS. EN GENERAL PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS NOMINADOS E INNOMINADOS VINCULADOS CON EL OBJETO SOCIAL. EL GERENTE GENERAL PODRA REALIZAR TODOS LOS ACTOS NECESARIOS PARA LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS FACULTADES RESERVADAS A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS O AL DIRECTORIO. ARTÍCULO 9º.- MODIFICACION DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL: LA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, EL AUMENTO Y REDUCCION DE CAPITAL SE SUJETAN A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 198º AL 220º DE LA “LEY”.
  • 31. ARTICULO 10º.- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACION DE UTILIDADES.- SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 40°, 221° A 233° “LEY”. ARTÍCULO 11º.- DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION: EN CUANTO A LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION DE LA SOCIEDAD, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 407º, 409º, 410º, 411º, 412º, 413º AL 422º DE LA “LEY”. QUINTO.- EL PRIMER DIRECTORIO QUEDA INTEGRADO POR: PRESIDENTE: MONICA CHUQUILLANQUI DNI. Nº........…….. DIRECTOR: GILDA CAPA DNI. Nº.........…..... SEXTO.- QUEDA DESIGNADO COMO PRIMER GERENTE GENERAL, .GILDA CAPA CON DNI. ..................... CLAUSULA ADICIONAL I.- SE DESIGNA A: EDUARDO MATTA GOYTIZOLO .CON DNI. ................................., SUB-GERENTE DE LA SOCIEDAD; QUIEN REEMPLAZARA AL GERENTE GENERAL EN CASO DE AUSENCIA O IMPEDIMENTO CON LAS MISMAS FACULTADES PREVISTAS PARA ESTE. AGREGUE UD. SEÑOR NOTARIO, LO QUE FUERE DE LEY Y SIRVASE CURSAR LOS PARTES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE LIMA, PARA LA RESPECTIVA INSCRIPCION. INDEPENDENCIA 13 DE JUNIO DE 2009 ___________________________ __________________________ MONICA CHUQUILLANQUI GILDA CAPA
  • 32.
  • 33. PASO 6 INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA EN LOS REGISTROS PÚBLICOS • Objetivo: Una vez otorgada la escritura publica de constitución, el notario o el titular de la empresa tiene que realizar la inscripción de la empresa en los Registros Públicos. • Plazo: El registrador tiene un plazo de 30 días útiles para inscribirla, pero el trámite puede durar de 15 a 30 días. • Costo: El pago por ingreso a Registros Públicos es de S/. 17.00 y una vez calificada la escritura pública de la empresa, el empresario tendrá que hacer un pago por derecho de
  • 34. inscripción, cuyo monto dependerá del capital aportado por la empresa. • Otros: En caso de que la escritura haya sido observada, se tendrá que subsanar el inconveniente dentro de los 30 días de presentada a Registros Públicos. • Lugar: La inscripción se realiza en los Registros Públicos. TRÁMITES EN REGISTROS PÚBLICOS ¿Luego de firmado el contrato que tengo que hacer? 1 2 3 Firma la minuta o Lleva el contrato a Encarga a una Contrato la notaria para notaria el trámite Elevarlo a escritura de inscripción en Pública Registros Públicos 1 Firma la minuta o contrato Se elabora la minuta de compraventa o hipoteca, la cual debe ser firmada por el vendedor y el comprador. Adicionalmente debe ser firmada por un
  • 35. abogado y se debe indicar su nombre y numero de registro en el Colegio de Abogados. 2 Llevar el contrato a la notaria para elevarlo a escritura pública La minuta debe ser llevada ante un notario para su elevación a escritura pública. Dicha escritura debe ser firmada igualmente por el comprador y vendedor. 3 Entrega a una notaria el tramite de inscripción en Registros Públicos El tramite de inscripción en los Registros Públicos dura aproximadamente 15 días útiles y es realizado en forma directa por las notarias. Es importante recordar que para que la inscripción de un título en los Registros Públicos sea posible, el inmueble objeto del contrato debe estar previamente inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble. ¿Cuánto cuesta el trámite de inscripción? Para la inscripción de una escritura publica se compraventa, el derecho de presentación es de S/. 7.00 (Siete Nueve Soles) y el derecho de inscripción es el 3 por mil del precio de venta, con un máximo de una UIT. Para la inscripción de una escritura publica de hipoteca, el derecho de presentación es de S/. 7.00 (Siete Nueve Soles) y el derecho de inscripción en de 1.5 por mil del monto de la hipoteca, con un máximo de una UIT. ¿Por qué es necesario inscribir los contratos en los Registros Públicos?
  • 36. Es necesario inscribir los contratos en Registros Públicos para que de esta forma sea de conocimiento público quien es el real propietario de un inmueble o si un inmueble determinado tiene inscrito algún gravamen. Si un contrato de comprar venta no es inscrito en los Registros Públicos, el inmueble vendido seguirá a nombre del antiguo propietario, quien podría engañar a otras personas vendiendo o hipotecando un inmueble que ya no es suyo de hecho y perjudicando al nuevo adquiriente. Es igualmente recomendable, mas no necesario, inscribir los contratos de arrendamiento o alquiler. De esta forma, si el propietario del inmueble alquilado lo vende a otras personas, este nuevo propietario tendría que respetar el contrato de arrendamiento que se encuentra inscrito hasta que se venza su plazo. Para mayor información sobre los tramites, tasas y/o procedimientos registales y/o notariales, consulta la pagina Web de los Registros Públicos de Lima y Callao www.orlc.gob.pe o a un Notario.
  • 37. PASO 7 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTROS ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RUC - SUNAT • Objetivo: Registrar a la empresa como contribuyente y obtener su número de identificación tributaria RUC ante SUNAT, permitirá a la empresa emitir comprobantes de pago, conocer los tipos de impuestos que deberá para pagar y las fechas en las que deberá declarar sus impuestos. • Requisitos: Antes de solicitar el RUC, uestes deberá conocer, en el siguiente orden: - El tipo o categoría que generará la empresa, en función a la actividad de su negocio.
  • 38. - El tipo de régimen tributario al que se acogerá la empresa: Régimen Único Simplificado, Régimen Especial del Impuesto a la Renta RER. • Tramite: Si se trata de una empresa unipersonal o trabajadores independientes o personas naturales, sólo necesitaran acercarse a las oficinas de la SUNAT con su DNI y original del último recibo de agua, luz o teléfono fijo. Deberá además completar el formulario 2119, 2054 y 2046, este último en caso de tener establecimientos anexos (sucursales), necesitará además presentar DNI, del representante legal, original del último recibo de agua, luz o teléfono fijo, documento original que acredite su representación legal (en el caso de instituciones educativas asociaciones, etc.), fotocopia simple de Escritura Pública de Constitución inscrita en los Registros Públicos, cuyo original también deberán llevar para su verificación. El tramite debe ser realizado por el representante legal de la empresa y excepcionalmente podrá reemplazarlo por una persona autorizada, la cual deberá tener su DNI y una carta poder con firma legalizada notarialmente. SUNAT realizará las verificaciones de domicilio fiscal en un plazo de 15 días útiles y de encontrar conformidad, dará de alta su número de RUC- • Luego de obtener el alta del RUC de su empresa podrá completar y presentar el formulario 806 de autorización de impresión de los comprobantes de pago, pero antes debe de
  • 39. tener los datos de la imprenta que utilizará, la cual debe estar organizada por SUNAT. • ESSALUD: Toda las empresas deben registrar a sus empleados al momento de inscribirse en SUNAT y mensualmente pagará el 9% del sueldo del trabajador como aporte a ESSALUD, con lo cual sus trabajadores podrán acceder a la atención medica que brinda esta entidad- Ciertas empresas están obligadas a realizar la declaración de sus tributos incluido ESSALUD a través del Programa de Declaración Telemática – PDT. • Costo: Todos los formularios, tramites y asesoramiento en SUNAT son gratuitos. • Lugar: SUNAT. REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS El Registro de Personas Jurídicas fue creado como Registro independiente y distinto del Registro Inmobiliario, a partir de los estudios del proceso de reestructuración del Registro Nacional. Este estudio determinó la necesidad de constituir la Dirección de Personas Jurídicas, entendida como Registro de Personas Jurídicas en términos prácticos, con independencia administrativa y presupuestaria, pues la demanda de los servicios que se brinda ha aumentado
  • 40. en los últimos años en forma tan acelerada que, dentro del Registro Inmobiliario, cuya capacidad de la materia es totalmente distinta a la de las Personas Juridicas, presentaba limitaciones en la atención de necesidades de equipo, mobiliario, personal, etc., situación que repercutía en la calidad del servicio. Para 1997, la Junta Administrativa del Registro Nacional, con entero conocimiento de la situación expuesta emite un acuerdo administrativo en la sesión extraordinaria Nº 058-97, celebrada el 30 de octubre de ese mismo año, por el que se establece formalmente la creación de la Dirección de Personas Jurídicas, fortaleciendo asi la tesis planteada en el documento final de reestructuración del registro Nacional. Esta propuesta fue avalada por el Ministerio de Planificación (MIDEPLAN) mediante el oficio Nº DM 133-98, el 05 de marzo de 1998 y oficializada con la promulgación del Reglamento del Registro Publico, que es el Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de 1998, quedando definida la estructura organizativa en ese momento. Con el correr del tiempo, esa estructura ha ido variando, en virtud de las nuevas necesidades que se plantean constantemente, dada la evolución de este Reglamento y el aumento de los documentos a inscribir en el. INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE FIRMAS PERSONAS JURIDICAS 1) El registro podrá ser llenado en Word o a maquina de escribir. 2) En todos los casos deberá adjuntarse copia autenticada de los estatutos sociales, acta de asamblea que se designa el directorio,
  • 41. poderes (si existieran) y copia simple de la constancia de inscripción de la empresa ( Ej. Tarjeta de RUC). 3) En todos los casos deberá adjuntarse copia del documento de identidad de los integrantes y autorizados. 4) Los registros deberán contener la totalidad de los datos. 5) El registro puede contener hasta dos diferentes, representantes y/ o apoderados y hasta dos autorizados por los mismos. En ese caso de existir mas integrantes y/o mas autoridades deberá utilizarse otro registro adjunto RENTA ANUAL 2008 ¿QUIÉNES ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA POR EL EJERCICIO GRAVABLE 2008? Están obligados los siguientes contribuyentes: • Por Rentas de Tercera Categoría
  • 42. Aquellos contribuyentes con o sin negocio que hubieran obtenido rentas de tercera categoría y pertenezcan al Régimen General del Impuesto a la Renta. Por tanto, están exceptuados de la presentación, los contribuyentes del Régimen Único Simplificado (RUS) y del Régimen Especial del Impuesto a la Renta. • Por Rentas de Persona Naturales Aquellos contribuyentes que hubieran obtenido rentas distintas a las de Tercera Categoría, siempre que se encuentren en cualquiera de las siguientes: - Luego de deducir los créditos con derecho a devolución consigne un saldo a favor del fisco en la casilla 142 del PDT Renta Anual 2007-Personas Naturales. - Haya recibido durante el ejercicio gravable 2007, rentas de Cuarta Categoría por un monto superior a S/. 27, 264.00 (veintisiete mil doscientos sesenta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles). Dichas rentas se determinaran al sumar los montos de las casillas 107 y 108 del PDT Renta Anual 2007 – Personas Naturales. - La sumatoria de los montos correspondientes a las casilla 113 y 116 del PDT Renta Anual 2003 – Personas Naturales, sea igual o mayor de S/. 37, 200.00 (Treinta y siente mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles). • No están obligados a presentar la Declaración Anual de Renta, aquellos contribuyentes que durante el ejercicio 2007 hubieran obtenido exclusivamente rentas de Quinta Categoría. ¿CUÁLES SON LOS MEDIOS PARA DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA 2008?
  • 43. El único medio es el Programa de Declaración Telemática (PDT)*. Ninguna agencia bancaria ni oficina de la SUNAT recibirá formularios. Según le corresponda, usted deberá realizar uno de los siguientes Programa de Declaración Telemática: • PDT Renta Anual 2007 – Personas Naturales. • PDT Renta Anual 2007 – Tercera Categoría (*) Excepto para aquellos contribuyentes que tienen domicilio fiscal y qie presentan sus declaraciones en las ciudades que se detallan en la R.S. Nº 057-2004/SUNAT. ¿CÓMO SE OBTIENE EL PROGRAMA DE DECLARACION TELEMATICA (PDT)? Puede obtener el PDT: • A través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe); o • En los Centros de Servicios al Contribuyente y dependencias ubicadas en todo el ámbito nacional. Allí podrá grabar el PDT en Disquetes (desde las Cabinas SUNAT Virtual) o solicitar, gratuitamente, el CD-ROM del PDT. ¿DÓNDE SE PRESENTA LA DECLARACIÓN)? • Si usted en un Principal Contribuyente: En la dependencia que el corresponda o en el lugar designado por la SUNAT para efectuar la declaración y pago de sus obligaciones
  • 44. • Si es un Mediano o Pequeño Contribuyente: 1. En las vías Sucursales y agencias de los bancos autorizados. 2. Vía Internet. Si su declaración no consigna importe a pagar o declara saldo a favor, en este caso deberá remitirla solo a través de SUNAT Virtual. Para ello necesitará seguir los siguientes pasos: • Ingresar a SUNAT Virtual. • Acceder a la opción “Operaciones en Línea”, luego ingresar Número de RUC, Código de Usuario y Clave de Acceso a SUNAT Operaciones en Línea (si aun no los ha solicitado, puede hacerlo en los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencia de la SUNAT). • Elegir la la opción “Declarar y Pagar PDT”. • Seguidamente, elegir la opcion “Examinar”. Aquí se deberá seleccionar el archivo PDT a ser enviado a la SUNAT. • A continuación, el sistema mostrará el detalle del formulario presentado y le solicitará su confirmación. • Finalmente, si la declaración no tiene causal de rechazo, el sistema emitirá la “Constancia de Presentación”. IMPORTANTE La opción de presentar la declaración vía Internet, también está disponible para aquellos medianos y pequeños contribuyentes cuyas declaraciones consignen importe a pagar, siempre y cuando tengan una cuenta en cualquiera de los
  • 45. bancos autorizados (a la fecha, servicio disponible sólo en el Banco Wiese Sudameris). En este caso, además de los pasos antes señalados se deberá seguir los siguientes: • Si la declaración registra importe a pagar, se mostrarán los iconos de los bancos en los cuales podrá efectuar dicho pago mediante enlace con el portal del banco o mediante cargo en cuenta. • Por último de realizarse el pago, el sistema emitirá la “Constancia de Presentación de la Declaración y Pago” la cual constituye el único comprobante de la transacción realizada. ¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS DE RECHAZO DE UNA DECLARACION ELABIRADA CON EL PDT)? La declaración generada por el PDT será rechazada si el Programa Informático de Recepción desarrollado por la SUNAT, luego de verificar el (los) disquete (s) o la información contenida en éste (estos), detecta motivos de rechazo según lo contempla en las normas del PDT. De rechazarse su declaración, el disquete le será devuelto junto con una constancia del rechazo, en la cual se indica el motivo. Las declaraciones rechazadas se consideran no presentadas. ¿EXISTE ALGÚN PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN)?
  • 46. Lo más recomendable, es que presente su declaración cuando antes. Sin embargo, el plazo máximo para presentarla se detalla en el siguiente cronograma de acuerdo al ultimo digito de su número de RUC. Último digito del RUC Fecha de Vencimiento 5 26 de Marzo de 2008 6 29 de Marzo de 2008 7 30 de Marzo de 2008 8 31 de Marzo de 2008 9 1 de Abril de 2008 0 2 de Abril de 2008 1 5 de Abril de 2008 2 6 de Abril de 2008 3 y4 7 de Abril de 2008 NO ESPERE EL ÚLTIMO MOMENTO PARA ELABORAR Y PRESENTAR SU DECLARACION. *Si se desea mas información, ingrese a SUNAT Virtual, comuníquese con la Central de Consultar (0-201-12-100) o visite los Centros de Servicios al Contribuyentes. INSCRIPCIÓN A ESSALUD • Ante la Oficina Zonal los empleadores deberán inscribirse al ESSALUD, dentro de los 10 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de ingreso del primer trabajador.
  • 47. Manera de obtener el Registro Penal. Adjunta: • Libro de Plantillas sellado por el MITICI • Copia del RUC de la empresa. • Solicitud de inscripción al IPSS debidamente llenado y firmado por la Representante Legal de la Empresa. • Copia de la Escritura Pública de Constitución. • Asimismo, el empleador deberá inscribir a sus trabajadores (con sus documentos de identidad de la persona y solicitud de inscripción de Aseguradores). APERTURA DE CUENTA CORRIENTE Cuenta que le otorga una atractiva rentabilidad por sus ahorros y disponibilidad inmediata de fondos. (*) REQUISITOS: o Depósito inicial $ 200.00 o Cedula de Identidad original y copia o Otro documento de identificación o Cartilla de pago de servicios básicos (*) Cuando Usted solicita la apertura de una cuenta de ahorros a través del canal de Internet, los documentos le serán requeridos en el momento que se le entregue su cartola y tarjeta Xperta, las mismas que le serán entregadas directamente a domicilio. BENEFICIOS Rentabilidad Usted recibe mensualmente atractivos intereses por sus ahorros.
  • 48. Liquidez Retiro inmediato de sus fondos. Cobertura Depósito y retiros de su cuenta a través de nuestra amplia red de Oficinas a nivel nacional. Flexibilidad Usted puede depositar cheques internacionales en su cuenta nacional.
  • 49. PASO 8 AUTORIZACION Y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIAPAL • Objetivo: Tramitar la licencia de funcionamiento del local de la empresa, la cual es otorgada por la municipalidad del distrito donde se encuentra ubicado su negocio. Puede solicitar una licencia provisional o definitiva. • Requisitos: Para tramitar la licencia de funcionamiento será necesario obtener un certificado de bonificación. Dicho
  • 50. certificado indica la posibilidad de realizar actividades comerciales en el local que se elija para que funcione el negocio (se tramita en el mismo municipio, tendiendo un costo aproximado de S/. 250.00) Para solicitar la licencia de funcionamiento, cada municipalidad solicita distintos documentos que deberán entregar junto a la solicitud de licencia de funcionamiento. • Costo: El monto variara según el municipio, el tipo de actividad y el área que ocupara el inmueble donde se encuentra la empresa: dicho monto o tasa no podrá ser superior a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que equivale a S/. 3, 200.00. La Licencia tiene una vigencia no menos de un año y su otorgamiento no lo obliga a realizar sus actividades inmediatamente. La renovación será automática en tanto usted no haga cambio de uso o zonificación.
  • 51. PASO 9 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTROS ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RUC - SUNAT • Objetivo: Una vez inscrita la empresa en SUNAT, Tanto si se trata de una perdona natural o jurídica, deberá comprarse un libro planilla (donde se lleva el registro mensual del pago a los trabajadores), y legalizado en el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo. • Tramite: Para la legalización del Libro de Planilla, tiene que dirigirse al Ministerio de Trabajo y Promoción del
  • 52. Empleo y completar un formulario de “solicitud de legalización”, al cual adjuntará una copia de inscripción del RUC de la empresa y el recibo de pago por dicho trámite, todo esto deberá entregarlo en Mesa de Partes. • Costo: El costo promedio de un Libro de Planillas en una librería es de 25 a 40 soles y el costo de legalización en el Ministerio de Trabajo varia en función al numero de paginas que tenga el Libro de Planillas S/. 31.00 por cada 100 paginas. • Lugar: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o a sus dependencias en provincias. REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PLANILLAS EN LIBROS U HOJAS SUELTAS PRIMERA PLANILLA • Solicitud según formato Nº 01 si es para una obra de construcción civil, utilizará el formato Nº 2. • Libro u hojas sueltas, las hojas sueltas deberán estar numeradas y el formato contendrá conceptos de acuerdo al Art. 14, del D.S. Nº 001- 98- TR.
  • 53. Copia del comprobante de información registrada del RUC (con 11 dígitos). • Comprobante de pago de la tasa de S/. 32.00 (1% U.I.T) por cada 100 hojas, en el Banco de la Nación (Tributo 5217). SEGUNDA PLANILLA Y SIGUIENTES • Solicitud según formato Nº 01. Si es para una obra de construcción civil, utilizará el formato Nº 02- • Libro u hojas sueltas. Las hojas sueltas deben estar numeradas y el formato contendrá conceptos de acuerdo al Art. 14 del D.S. Nº 001-98- TR. • Copia del comprobante de información registrada del RUC (con 11 dígitos). • Planilla anterior (copia) última hoja utilizada y hojas sobrantes (originales). • Comprobante de pago de la tasa de S/. 32.00 (1.00% UIT) por cada 100 hojas en el Banco de la Nación (Tributo 5517).
  • 54. PASO 10 LEGALIZACIÓN DE LIBROS CONTABLES • Objetivo: De acuerdo al tipo de empresa que constituya usted podrá o no estar obligado a llevar libros contables completos, los que deberán ser legalizados. • Tramite: En SUNAT le indicaran que los libros contables debe llevar el contador de su empresa, estos pueden ser “Ingresos
  • 55. y gastos”, “Registro de Ventas”, “Registro de Compras”, “Caja”, “Libro de Inventario y Balances”, “Libro Diario”, “Libro Mayor”, los cuales deberá llevar a una notaria para su legalización, usted podrá contratar un contador externo para que lleve la contabilidad de su empresa. Costo: El costo depende del numero de paginas que tenga el Libro de Planillas que desee legalizar y de la Notaria que elija, comúnmente entre S/. 23.00 a S/. 50.00 nuevos soles.
  • 56. Información Acta de Registro Marca Elaboración de la Registros Autorización y Centro COFODE Constitución INDECOPI minuta Públicos Licencia de CCCOGF Funcionamiento Costo de S/36.00 Requisitos para la Informe sobre la Acuerdos tomados para averiguar si Define el tipo de Licencia para constituir la existe un nombre Empresa de los Inscripción cantidad mínima Provisional de capital inicial Empresa igual socios Abrir una Plazo de 30 Requisitos para la cuenta en el días para Licencia de Banco inscribirse Funcionamiento Notario Duración de Público 15 a 30 días Costo de S/. 18.00 Registros Públicos Plazo de 10 días después que inicie sus labores el trabajador
  • 57. SEGUNDA DIRECCION REGIONAL DE DEFENSA CIVIL CERTIFICADO DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL El órgano ejecutante de la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de acuerdo al D.S. Nº 013-2000-PCM realizó la inspección Técnica de Detalle al inmueble “IMPORTACIONES RUVAL” S.A. ubicado En AV. LOS RUIBARES N 189 – INDEPENDENCIA. Certificando que la instalación, edificación o recinto objeto de inspección CUMPLE con las Normas de Seguridad en Defensa Civil. Nº DE INFORME TECNICO SUSTENTATORIO SR Nº 08960 VIGENCIA DE 10 DE JUNIO DE 2009 AL 10 DE JUNIO DE 2011
  • 58. Independencia, 10 de Junio de 2009 R.U.C. Nº 2154779801 FACTURA 001-0000001 “.CROMO AS” S.A. Av. Los Rubianes Nº 189 – Independencia Lima Señor(es) ______________________________________________Fecha de Emisión ___________________ RUC Nº ______________________________________________Guía de Remisión ___________________ CANTIDAD DESCRIPCION PRECIO UNITARIO V VALOR DE VENTA IMPRENTA ABC S. C. R. L. GRAFICA PERUVIAN SUB TOTAL R.U.C. Nº 2154779801 S Son: CANCELADO I.G.V. (19%) Nº DE AUTORIZACION DE IMPRESIÓN 1555422560 10-06-2009 TOTAL EMISION VALIDA HASTA 15-12-2010 ADQUIRIENTE O USUARIO EMISOR SUNAT
  • 59. “.CROMO AS” S.A. R.U.C. Nº 2154779801 Av. Los Rubianes Nº 189 – Independencia Lima BOLETA DE VENTA 001-0000001 Señor(es) ______________________________________________________________________________ RUC Nº _____________________________________________________________________________ Fecha de Emisión __________________________Guía de Remisión ______________________________ ___ CANTIDAD DESCRIPCION PRECIO UNITARIO VALOR DE VENTA Son: IMPRENTA ABC S. C. R. L. TOTAL GRAFICA PERUVIAN R.U.C. Nº 2154779801 Nº DE AUTORIZACION DE IMPRESIÓN 1555422560 10-06-2009 EMISION VALIDA HASTA 15-12-2010
  • 60. EMISOR EXP. Nº …………………………………… ASQUIRIENTE O USUARIO R.M. Nº …….……………… ..……………. Fecha ……………………………………… AREA: …….………………………………. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VITARTE Autorización de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicios CERTIFICADO Nº 16945 PROPIETARIO: EMPRESA “.CROMO AS” S.A. GIRO: UBICACIÓN: AV. LOS RUBIANES Nº 189 – INDEPENDENCIA Constituyen Infracciones: - Aperturar el establecimiento sin el respectivo certificado de autorización. - No exhibir en lugar visible el certificado. - No dar aviso al cierre del establecimiento. - No dar aviso al cierre del establecimiento. En caso de cambio de Dirección, Giro, Nombre o Razón Social, deberá gestionar nueva licencia ATE VITARTE, 10 de Junio de 2009