Plagio
• Es usar el trabajo, las
ideas o las palabras
de otras personas
como si fueran
propias.
• La información ajena
es propiedad de otra
persona.
Características
• La copia total o
parcial no autorizada
de una obra ajena.
• La presentación de la
copia, como obra
original propia,
suplantando al autor
verdadero.
¿Qué se puede plagiar?
Cualquier información en cualquier
Soporte ,cualquier obra literaria, científica o artística
• Monografías, folletos, impresos, escritos,etc.
• Artículos de revistas, artículos de prensa,
investigaciones de otras personas, etc.
• Programas de ordenador y bases de datos
• Escultura, dibujo, pintura y demás obras plásticas
• Obras dramáticas, musicales, coreografías y, en general
teatrales.
Soluciones para el plagio
• Para evitar que esto
se siga dando como
lo es robar el crédito,
la información o
inspiración de los
pensamientos de
alguien mas se han
inventado los
derechos de autor.
¿Qué es el derecho de autor?
• Es un conjunto de
normas encaminado
a proteger a los
autores y a los
titulares de obras
• Concede a éstos la
facultad de controlar
todo lo relativo al uso
o explotación de su
obra.
¿Qué protege el derecho del autor?
• Todas las obras literarias y artísticas, cualquiera
sea su destinación y el modo o forma en que se
exprese. Así, el derecho de autor protege:
-Libros, folletos y escritos.
-Coreografías y pantomimas.
-Obras cinematográficas, a las cuales se asimilan
las obras expresadas por procedimiento
análogo a la cinematografía, inclusive los
ideogramas.
- Obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura,
grabado, litografía.
¿Qué son los del derecho de
autor?
• El derecho sobre la
obra surge del
acto personal de la
creación.
La obra es parte de la
personalidad del
autor y permanece
ligada a él
a través de su vida.
Clases de derechos de autor
• Dentro de la tradición
jurídica del Derecho
continental, Derecho
internacional,
y Derecho mercantil,
se suelen distinguir
los siguientes tipos de
derechos de autor:
Derechos patrimoniales:
• son aquellos que permiten de manera
exclusiva la explotación de la obra
hasta un plazo contado a partir de la
muerte del último de los autores,
posteriormente pasan a formar parte
del dominio público pudiendo cualquier
persona explotar la obra.
Derechos morales y conexos
• Derechos morales: son aquellos ligados al
autor de manera permanente y son
irrenunciables e imprescriptibles y los
Derechos conexos: son aquellos que
protegen a personas distintas al autor,
como pueden ser los artistas, intérpretes,
traductores, editores, productores, etc.
Derecho de producción y
traducción
• Derechos de reproducción es un
fundamento legal que permite al autor de
la obra impedir a terceros efectuar copias
o reproducciones de sus obras y El
de traducción para reproducir y publicar
una obra traducida se debe solicitar un
permiso del titular de la obra en el idioma
original.
Derecho de comunicación
publica
• derecho en virtud del cual el autor o cualquier
otro titular de los derechos puede autorizar una
representación o ejecución viva o en directo de
su obra, como la representación de una pieza
teatral o la ejecución de una sinfonía por una
orquesta en una sala de concierto. Cuando los
fonogramas se difunden por medio de un equipo
amplificador en un lugar público, como una
discoteca, un avión o un centro comercial,
también están sujetos a este derecho.