Presentacion contabilidad gubernamental

Carlos Franco
Carlos Francosecretario particular en la Promotora de Vivienda Chiapas um Promotora de Vivienda Chiapas
AUDITORIA
GUBERNAMENTAL
CONTENIDO
TRANSPARENCIA
ROL DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL
PROCESO DE AUDITORIA
ASPECTOS GENERALES DE LA AUDITORIA
LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN
LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN
FISCALIZACIÓN ES, LA ACCIÓN
DE LA INSPECCIÓN, DE LA
VIGILANCIA, DEL SEGUIMIENTO
DE LA AUDITORÍA, DE LA
SUPERVISIÓN, DEL CONTROL Y
DE LA EVALUACIÓN QUE
PROCEDE CON ESTRICTO
APEGO DE LEY.
Es a través de la rendición de cuentas que las entidades gubernamentales
explican a la sociedad sus acciones, la forma en que aplican los recursos
públicos, convirtiéndose un elemento de control del ejercicio del servicio
público.
En este sentido se plantea la Reforma Constitucional de 1999, con la
finalidad de contar con un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión
capaz de fiscalizar de forma independiente; creándose así la Auditoría
Superior de la Federación; de igual manera dicha reforma propició el inicio
de la modificación de los marcos jurídicos en la entidades federativas.
En la actualidad la mayoría de las entidades federativas cuentan con
órganos de fiscalización superior que posibilitan un procedimiento de
revisión de cuentas públicas transparente y eficiente.
LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN
La función de fiscalización encierra elementos
fundamentales para el desarrollo y consolidación de la
democracia. Dichos elementos son:
1.Rendición de cuentas;
2.Vigilancia y auditoría;
3.Sanciones por acciones irregulares; y
4.Transparencia en el desarrollo de las
operaciones
LOS OBJETIVOS DE LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN SON:
1.- PROMOVER LA CULTURA DE RENDICIÓN DE CUENTAS;
2.- CAUTELAR EL USO APROPIADO Y LEGAL DE LOS
RECURSOS PÚBLICOS;
3.- VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LEYES,
REGLAMENTOS Y LA NORMATIVA GUBERNAMENTAL;
4.- CONTRIBUIR A LA MEJORA Y LA CALIDAD DE LA
GESTIÓN PÚBLICA;
5-. IDENTIFICAR Y DISMINUIR LAS DECISIONES
DISCRECIONALES;
6.- PROMOVER VALORES Y RESPONSABILIDADES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS;
7.- FOMENTAR LA TRANSPARENCIA.
ANTECEDENTES DE LA FISCALIZACIÓNLA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN
1605
Fundación de
Tribunales de
Cuentas en México
Constitución de 1824
se crea
la Contaduría
Mayor de
Hacienda
Constitución de 1836
se ratifica la función
de la CMH y en 1838
se instaura el Tribunal
de Cuentas
Constitución de
1857 se restablece la
CMH y se confirma
la facultad del Poder
Legislativo
Ley orgánica de 1896
Amplía facultades a la
Contaduría Mayor de
Hacienda
Constitución de
1917 Revisión de Cuenta
Pública y expedir
Ley Orgánica
Ley Orgánica de 1936
Atribuciones de
revisión, glosa y
expedición de
finiquitos
Ley Orgánica de
1978 Eliminación
de finiquitos y práctica
de auditorías
LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN
Fortalece la función fiscalizadora del legislativo.
Autonomía técnica y de gestión.
Facultad para fincar responsabilidades
resarcitorias y administrativas.
Mayor oportunidad para efectuar las revisiones.
Reserva en la actuación de la entidad de
fiscalización superior de la federación.
Ley de
Fiscalización
Superior
de la Federación
2000
Creación de la
Auditoría
Superior
de la
Federación
Principios
de
Anualidad
y
Posterioridad
Reglamento
Interior
de la
ASF
2001
Reforma
Constitucional
De 1999
La Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de
la Federación, incorporó nuevos sujetos de revisión,
como: fideicomisos, fondos, mandatos y contratos
análogos además de ampliar el alcance de la
Cuenta Pública incorporando la verificación del
desempeño en el cumplimiento de sus objetivos.
Dicha ley otorga facultades a la Auditoría Superior
de la Federación (ASF) para promover, ante las
autoridades competentes, denuncias, querellas
penales, acciones de responsabilidad, así como
coadyuvar con el Ministerio Público en
investigaciones, procesos penales y judiciales
La fiscalización de la Cuenta Pública abarca la
revisión de ingresos, egresos, subsidios,
transferencias, donativos, gastos fiscales y deuda
pública. Asimismo, permite ejercer un mejor control
y vigilancia, al permitir la fiscalización directa de los
recursos públicos federales.
Publicación
Objeto
Consecuencia
Aspectos
Principales
Abrogar la Ley de
Fiscalización
Superior de
la Federación
publicada en el
Diario Oficial
de la Federación el
día 29 de
diciembre del año
2000,
con sus reformas y
adiciones.
En el Diario
Oficial de la
Federación el
29 de mayo de
2009
La Ley de Fiscalización y Rendición
De Cuentas de la Federación
Fortalecer la
función
fiscalizadora en
las instituciones
gubernamentales
Autonomía administrativa, técnica y de gestión.
Facultad para aplicar responsabilidades
resarcitorias y fincar responsabilidades administrativas.
Mayor oportunidad para efectuar las revisiones.
No se aprueban cuentas públicas, se revisan informes para verificar su
apego a la Ley.
Ley de la
Auditoría
Superior
del Estado
Fiscalización a las
Cuentas Públicas
Reforma
Constitucional
•Homologa la Ley con las Reformas
federales.
•Permite las revisiones previas a los
Ayuntamientos y sus Organismos
Descentralizados
•Fortalece el sentido de autonomía
técnica y de gestión.
La función fiscalizadora se integra por métodos y procedimientos, que se agrupan en las siguientes fases:
1.- Planeación y Programación; 2.- Desarrollo de auditoría; y 3.- Control y seguimiento.
La función fiscalizadora se integra por métodos y procedimientos, que se agrupan en las siguientes fases:
1.- Planeación y Programación; 2.- Desarrollo de auditoría; y 3.- Control y seguimiento.
La función fiscalizadora se integra por métodos y procedimientos, que se agrupan en las siguientes fases:
1.- Planeación y Programación; 2.- Desarrollo de auditoría; y 3.- Control y seguimiento.
La función fiscalizadora se integra por métodos y
procedimientos, que se agrupan en las siguientes
fases:
1.- Planeación y Programación;
2.- Desarrollo de auditoría; y
3.- Control y seguimiento.
PROGRAMAR
TIEMPOS Y
ACTIVIDADES
ELABORAR
PROGRAMA
DE TRABAJO
ANÁLISIS
SUJETOS-RUBROS
1.- Planeación y Programación
PROGRAMA ANUAL
DE AUDITORIA
2.- Desarrollo de auditoría
PLANEAR EJECUTAR INFORMAR
INFORME DE
RESULTADOS
3.- Control y seguimiento
PLANEAR EJECUTAR INFORMAR
CONSTANCIA DE ATENCION
DE RECOMENDACIONES
A). CONCEPTO GENERAL
La planeación consiste en fijar el curso concreto de acción que
ha de seguirse, estableciendo los principios que habrán de
orientarlo, la secuencia de operaciones para realizarlo y la
determinación de tiempo y números necesarios para su
realización. (Agustín Reyes Ponce)
CONCEPTO APLICADO A LA AUDITORÍA
Proceso por medio del cual se establecen los objetivos,
universos, metas y alcances a verificar dentro del
procedimiento de auditoría.
15
EL OBJETIVO FUNDAMENTAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ES LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CALIDAD, POR LOS CUALES LOS
CIUDADANOS PAGAN SUS IMPUESTOS Y OTRAS FORMAS DE
CONTRIBUCIONES.
LA AUDITORÍA EN GENERAL ES UNA HERRAMIENTA NECESARIA TANTO
PARA EL SECTOR PÚBLICO COMO PARA EL PRIVADO.
LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA SUJETO DE FISCALIZACIÓN,
ASÍ COMO, LA MAGNITUD DE OPERACIONES, ASPECTOS LEGALES,
PRÁCTICAS CONTABLES ENTRE OTRAS HAN GENERADO LA
ESPECIALIZACIÓN PARA EL DESARROLLO DE AUDITORÍAS.
POR LO ANTES DESCRITO LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL SE DEFINE DE LA
SIGUIENTE MANERA:
ES EL EXAMEN PROFESIONAL, OBJETIVO, SISTEMÁTICO, CONSTRUCTIVO Y
SELECTIVO DE EVIDENCIAS, EFECTUADO CON POSTERIORIDAD A LA GESTIÓN
DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, CON LA FINALIDAD DE:
1.DETERMINAR EL CUMPLIMIENTO DE ASPECTOS LEGALES Y LA VERACIDAD
DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL PARA EL INFORME DE
RESULTADOS DE AUDITORÍA;
2.DETERMINAR EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS Y METAS;
3.DETERMINAR EL GRADO DE PROTECCIÓN Y EMPLEO DE LOS
RECURSOS;
4.FORTALECER Y AUMENTAR EL GRADO DE ECONOMÍA, EFICIENCIA Y
EFECTIVIDAD DE SU PLANEACIÓN, ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y
CONTROL INTERNO;
5.INFORMAR SOBRE LOS HALLAZGOS SIGNIFICATIVOS RESULTANTES DEL
EXAMEN, PRESENTANDO COMENTARIOS, CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES PARA MEJORAS. (PROACTIVAS Y
CONSTRUCTIVAS).
Se podrán practicar auditorías a los Poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, los
Ayuntamientos, las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Estatal y Municipal, los
Organismos Autónomos del Estado, entre otros.
Auditoría Financiera
En general, la auditoría financiera esta orientada
fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los
ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo
dispuesto en la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos,
así como en la demás legislación aplicable.
En materia de gasto, se verificará que en la adquisición de
bienes y en la contratación de servicios se hayan aplicado
los procedimientos que establecen la Ley de Adquisiciones
y la Ley de Obras Públicas.
Auditoría de Sistemas
El propósito principal de la auditoría de sistemas es
evaluar el control interno, tanto para opinar al respecto
como para fines de planeación de auditorías financieras de
otra índole.
Con este propósito, se verificará que la dependencia,
órgano descentralizado o entidad haya establecido
formalmente sistemas y procedimientos para garantizar el
cumplimiento de los objetivos de control y que tales
mecanismos sean idóneos y se apliquen en forma
adecuada.
Auditoría de Obra Pública.
En las dependencias, organismos descentralizados y
entidades del Gobierno del Estado y Municipios que
hayan ejercido gasto de inversión en obras públicas,
se revisarán los contratos correspondientes o una
muestra representativa de ellos, principalmente con
objeto de verificar que en su adjudicación se hayan
observado los procedimientos y las disposiciones
previstos en la Ley de Obras Públicas.
Auditoria de Programas
Se podrá practicar auditorías dirigidas a comprobar si las
dependencias, organismos descentralizados y entidades
alcanzaron con eficiencia y eficacia los objetivos y metas
fijados en los programas a su cargo, los resultados de su
ejecución en función de los objetivos, estrategias y
prioridades de los programas sectoriales e institucionales.
Auditoría de Legalidad
Si bien la verificación de la observancia del marco legal
aplicable es inherente a toda auditoría, las auditorías de
legalidad se orientarán específicamente a comprobar
que las dependencias, organismos descentralizados y
entidades cumplan con las disposiciones legales que les
sean aplicables, a efecto de constatar la legalidad de
sus actuaciones, el correcto funcionamiento de sus
órganos jurídicos y la adecuada protección de sus
intereses.
La auditoría, al igual que otras actividades profesionales, requiere de
una planeación adecuada para poder alcanzar totalmente sus
objetivos. Para planear adecuadamente el trabajo de auditoría el
auditor debe conocer dos aspectos que se comentan a continuación:
a. Los objetivos, condiciones y limitaciones del trabajo que se va a
realizar; y,
b. Las características particulares del ente fiscalizado cuya
información financiera se examina, incluyendo dentro de este
concepto las características de operación, sus condiciones
jurídicas y el sistema de control interno existente.
25
El sistema de control interno constituye el elemento más importante
sobre el que descansa la planeación de la auditoría, por lo anterior
se deberá realizar un estudio y evaluación del control interno
existente en las entidades o dependencias por revisar.
La planeación permite la selección de los procedimientos de
auditoría a emplearse, su extensión y oportunidad y el personal que
debe intervenir en el trabajo.
26
Dentro del proceso de la planeación del trabajo de auditoría es recomendable
que el auditor conozca, como mínimo, los siguientes aspectos:
a. Documento constitutivo;
b. Leyes y reglamentos aplicables a la entidad y sus funcionarios;
c. Control de operaciones;
d. Información financiera, presupuestal y programática;
e. Convenios de coordinación existentes entre los distintos niveles de
gobierno;
f. Deuda pública;
g. Políticas de contabilidad aplicables a la entidad o dependencia a
revisar;
h. Programas Operativos (de obra, de adquisiciones);
27
i. Catálogos de puestos y tabuladores de sueldos.
j. Políticas de remuneración e incentivos a funcionarios y empleados.
k. Demandas y conflictos laborales;
l. Cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social;
m. Estructura orgánica autorizada; y,
n. Actas de comités, de pleno, de Cabildo, juntas de gobierno, etcétera.
28
En este sentido podemos decir, que los pasos a considerar dentro de la
planeación de auditoría financiera son:
A. Establecimiento de los objetivos, metas y alcances de la revisión.
B. Selección del universo de trabajo.
C. Selección del grupo de trabajo.
D. Tiempos a considerar.
E. Programa de trabajo.
29
A. Establecimiento de los objetivos, metas y alcances de la revisión.
Objetivos:
Planteamiento preciso de lo que se quiere, identifica la finalidad a la cual deben
dirigirse los esfuerzos para el logro de las metas, el objetivo dentro de la
planeación financiera es esencial para determinar que es lo que se pretende
realizar en la revisión. Su establecimiento depende del marco legal con que se
cuente así como de las características propias de los entes auditables.
Metas:
Se plantea comúnmente como el lugar a donde se desea llegar, las metas son el
resultado de los objetivos planteados.
30
Alcance de la revisión:
El alcance de una revisión se establece tomando en consideración diversos
factores, se debe atender a los objetivos y metas planteados, ya que de lo
contrario no sería posible alcanzar; para efectos de establecer el alcance de
una revisión se considera primordialmente:
Objetivos y metas planteados.
Características del ente.
Tipo de revisión a realizar.
Recursos humanos, financieros y materiales con los que se cuenta.
31
B). Selección del universo de trabajo:
En la planeación del trabajo de auditoría se debe partir del hecho de que
cada Órgano de Fiscalización Superior, posee un universo primario de
trabajo el cual se encuentra definido en las legislaciones propias,
conformándose básicamente por:
Los Poderes de los Estados
Los Ayuntamientos
Los Organismos Autónomos y Descentralizados
Así mismo, se deben establecer los primeros criterios para lo que habrá de
ser el universo de trabajo, definiendo los objetivos, metas y alcances de
acuerdo a las características propias de cada uno de los entes a auditar.
32
C. Selección del grupo de trabajo:
Cada uno de los entes auditables posee características distintas con las cuales
se establecen los objetivos, metas y alcances que se desean atender en el
proceso; uno de los elementos esenciales dentro de la planeación de auditoría,
es la selección del grupo de trabajo que habrá de desarrollar el trabajo de
revisión.
Para tal efecto es indispensable analizar lo siguiente:
Particularidades del ente a auditar.
Características personales del auditor; perfil profesional
y sentido de responsabilidad
Homogenización del grupo; caracteres similares.
Resultados de los auditores en las evaluaciones anteriores.
Estos elementos permiten que se cuente con mayores posibilidades de éxito en
el alcance de los objetivos de auditoría planteados.
33
D). Tiempos a considerar en la planeación de auditoría:
Los tiempos en el desarrollo del trabajo de auditoría se encuentran
enmarcados en las legislaciones correspondientes, sin embargo de forma
general el procedimiento de auditoría inicia con la presentación de las cuentas
públicas de los entes auditables y concluye con la presentación de los informes
definitivos de auditoría, dando paso después al procedimiento administrativo
correspondiente.
De igual forma el plan de trabajo debe de considerar los tiempos que se
aplican para el desahogo de pruebas dentro del procedimiento administrativo
que se siga, ya que ello es parte del trabajo de fiscalización y en algunos casos
amerita no solo el estudio y valoración de la documentación entregada por el
ente auditable sino también la realización de nuevas diligencias financieras que
robustecen las observaciones realizadas.
34
1 TEXT2 3 4
Notificará por escrito al
ente auditable la fecha
de inicio, la modalidad
y el alcance de la
auditoría de los
recursos públicos
municipales, estatales
o federales, según sea
el caso; así como la
documentación que
deberá ponerse a su
disposición para llevar
a cabo la misma.
Al iniciar la revisión, los
auditores de la
Auditoría Superior del
Estado levantarán acta
circunstanciada en la
que se hará constar,
de manera precisa, la
documentación que se
recibe, y en su caso,
las inconsistencias
detectadas, otorgando
un plazo improrrogable
de diez días para que
el ente las corrija.
Al cerrar el acta de
auditoría, la Auditoría
Superior del Estado
dará a conocer al
ente auditable las
inconsistencias
detectadas como
resultado de la
revisión, mismas que
servirán de base
para la elaboración
del pliego de
observaciones.
La Auditoría Superior del
Estado notificará al ente
auditable el pliego de
observaciones,
otorgándole un plazo de
veinte días hábiles,
contados a partir del día
siguiente al que surta sus
efectos la notificación del
citado pliego, para que
presente la documentación
comprobatoria y
aclaraciones que
solventen, a juicio de la
propia Auditoría Superior,
las observaciones
notificadas.
Resultado de los tiempos y procedimientos establecidos en la Ley
35
El responsable de la
solventación deberá
presentar la
documentación y las
aclaraciones requeridas
adicionando un
dictamen emitido por el
titular del órgano que
desempeñe las
funciones de control
interno del ente
auditable, en el que
conste su evaluación y
opinión respecto de la
mencionada
documentación y tales
aclaraciones.
5 TEXT 6 4
Con los resultados
asentados en el
acta a que se
refiere el paso
anterior, la
Auditoría formulará
el Informe Final de
Auditoría.
Resultado de los tiempos y procedimientos establecidos en la Ley
36
E). Programa de trabajo:
Es un documento de planeación en el cual se consignan los trabajos y
actividades a realizar y entes susceptibles de ser auditados. El programa de
trabajo por lo regular se diseña para un año de calendario.
El programa de trabajo deberá contener básicamente lo siguiente:
Procedimientos
Objetivos
Metas
Alcances
Responsables
Tiempos
37
A). ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
El estudio y evaluación del control interno se efectúa con el objeto de cumplir
con la norma de ejecución del trabajo, la cual requiere que: "el auditor debe
efectuar un estudio y evaluación adecuado del control interno existente, que le
sirva de base para determinar el grado de confianza que va a depositar en él y
le permita determinar la naturaleza, extensión y oportunidad que va a dar a los
procedimientos de auditoría".
El conocimiento y evaluación del control interno deben permitir al auditor
establecer una relación específica entre la calidad del control interno de la
entidad y la naturaleza, alcance y oportunidad de las pruebas de auditoría.
Cuestionario de
Control Interno
38
BANCOS, FAEB, ETC
FACTORES QUE PUEDEN INFLUIR EN EL CONTROL INTERNO
Cambios de administración
Cambio de funcionarios de los diferentes entes auditables
Actitud de los servidores públicos
Implementación o cambio en los sistemas de operación
Personal operativo de nuevo ingreso o rotación constante
Personal con mucha antigüedad
Nuevo Marco Normativo o reformas sustanciales al existente
39
B). Papeles de trabajo
Los papeles de trabajo representan una ayuda en la planeación, ejecución,
supervisión, revisión del trabajo, y proporcionan la evidencia necesaria que
respalda la opinión del auditor.
Los papeles de trabajo deben contener la evidencia de la planeación llevada
a cabo por el auditor, la naturaleza, oportunidad y alcance de los
procedimientos de auditoría aplicados y de las conclusiones alcanzadas.
Los papeles de trabajo deben ser completos y lo suficientemente detallados.
40
Archivo permanente
Conjunto de
documentos y
cédulas que sirven de
apoyo para auditorías
posteriores
CLASIFICACIÓN
Archivo
ordinario
Contiene datos que se
relacionan básicamente
con la auditoría de un
solo periodo, papeles
que se preparan en el
transcurso de la
auditoría
41
EL ARCHIVO DE REFERENCIA PERMANANTE ENTRE OTRA
INFORMACIÓN LO INTEGRA:
Decreto de creación, reglamentos.
Manuales de organización.
Plan Estatal y Municipal de Desarrollo .
Informes de Gobierno.
Contratos y convenios a largo plazo.
Decretos y publicaciones.
Cuestionarios de control interno.
Entrega recepción.
Informe de auditoría.
42
EL ARCHIVO DE USO ORDINARIO LO INTEGRA:
Cuenta pública
Oficios (De notificación de auditoría, de solicitud de información, de
notificación de recomendaciones, observaciones y solventación, etc.)
Actas (De inicio de auditoría, de cierre de auditoría, de
aclaraciones, circunstanciadas, etc.)
Estados programáticos, presupuestarios, financieros y contables.
Estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias.
Ley de ingresos.
Presupuesto de egresos.
Programa Operativo Anual.
43
El ARCHIVO DE USO ORDINARIO LO INTEGRA:
Actas de Cabildo, de junta de gobierno, del consejo de desarrollo social
municipal, del comité de adquisiciones.
Contratos y convenios.
Programa de auditoría.
Apertura programática.
Calendario de trabajo.
Denuncias.
Compulsas (con instituciones bancarias, proveedores, impresores y
beneficiarios).
Recibos de nómina (de enero, junio y diciembre).
Cédulas (sumarias, analíticas, de revisión).
44
√ Operaciones aritméticas verificadas
√√ Sumas cuadradas
Importe no considerado en la suma
Cotejado contra documentación
comprobatoria
Cotejado con presupuesto
autorizado
Cotejado con mayor
Verificado físicamente
MARCAS
DE
AUDITORÍA
@ Cotejado con Cuenta Pública
И Cotejado con registros contables
45
Y
W
A
W
Punto pendiente por aclarar,
revisar o localizar
Punto pendiente aclarado
Factura, recibo, contrato o dato por
confirmar mediante compulsa
// Incluir en el informe
Partida presupuestal afectada que
no cumple la normatividad aplicable
Notas aclaratorias
DE: Fuente de datos
MARCAS
DE
AUDITORÍA
N/A No aplicable
Va a otra cédula
46
ø
ø
©
XX
a b c
Viene de otra cédula
Operación aritmética incorrecta
X Sin comprobantes
X Comprobante sin requisitos fiscales
Cumple con requisitos fiscales
Cobro menor a lo establecido
en la ley de ingresos
Cobro mayor a lo establecido
en la ley de ingresos
MARCAS
DE
AUDITORÍA
Cobro de concepto no
Establecido en la ley de ingresos
Referencia de alguna irregularidad en el
papel de trabajo, que posteriormente se
describirá en la cédula de observaciones
47
≤
≥
Ө
Obs.
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  • 2. CONTENIDO TRANSPARENCIA ROL DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL PROCESO DE AUDITORIA ASPECTOS GENERALES DE LA AUDITORIA LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN
  • 3. LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN FISCALIZACIÓN ES, LA ACCIÓN DE LA INSPECCIÓN, DE LA VIGILANCIA, DEL SEGUIMIENTO DE LA AUDITORÍA, DE LA SUPERVISIÓN, DEL CONTROL Y DE LA EVALUACIÓN QUE PROCEDE CON ESTRICTO APEGO DE LEY.
  • 4. Es a través de la rendición de cuentas que las entidades gubernamentales explican a la sociedad sus acciones, la forma en que aplican los recursos públicos, convirtiéndose un elemento de control del ejercicio del servicio público. En este sentido se plantea la Reforma Constitucional de 1999, con la finalidad de contar con un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión capaz de fiscalizar de forma independiente; creándose así la Auditoría Superior de la Federación; de igual manera dicha reforma propició el inicio de la modificación de los marcos jurídicos en la entidades federativas. En la actualidad la mayoría de las entidades federativas cuentan con órganos de fiscalización superior que posibilitan un procedimiento de revisión de cuentas públicas transparente y eficiente. LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN
  • 5. La función de fiscalización encierra elementos fundamentales para el desarrollo y consolidación de la democracia. Dichos elementos son: 1.Rendición de cuentas; 2.Vigilancia y auditoría; 3.Sanciones por acciones irregulares; y 4.Transparencia en el desarrollo de las operaciones
  • 6. LOS OBJETIVOS DE LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN SON: 1.- PROMOVER LA CULTURA DE RENDICIÓN DE CUENTAS; 2.- CAUTELAR EL USO APROPIADO Y LEGAL DE LOS RECURSOS PÚBLICOS; 3.- VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LEYES, REGLAMENTOS Y LA NORMATIVA GUBERNAMENTAL; 4.- CONTRIBUIR A LA MEJORA Y LA CALIDAD DE LA GESTIÓN PÚBLICA; 5-. IDENTIFICAR Y DISMINUIR LAS DECISIONES DISCRECIONALES; 6.- PROMOVER VALORES Y RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS; 7.- FOMENTAR LA TRANSPARENCIA.
  • 7. ANTECEDENTES DE LA FISCALIZACIÓNLA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN 1605 Fundación de Tribunales de Cuentas en México Constitución de 1824 se crea la Contaduría Mayor de Hacienda Constitución de 1836 se ratifica la función de la CMH y en 1838 se instaura el Tribunal de Cuentas Constitución de 1857 se restablece la CMH y se confirma la facultad del Poder Legislativo Ley orgánica de 1896 Amplía facultades a la Contaduría Mayor de Hacienda Constitución de 1917 Revisión de Cuenta Pública y expedir Ley Orgánica Ley Orgánica de 1936 Atribuciones de revisión, glosa y expedición de finiquitos Ley Orgánica de 1978 Eliminación de finiquitos y práctica de auditorías
  • 8. LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN Fortalece la función fiscalizadora del legislativo. Autonomía técnica y de gestión. Facultad para fincar responsabilidades resarcitorias y administrativas. Mayor oportunidad para efectuar las revisiones. Reserva en la actuación de la entidad de fiscalización superior de la federación. Ley de Fiscalización Superior de la Federación 2000 Creación de la Auditoría Superior de la Federación Principios de Anualidad y Posterioridad Reglamento Interior de la ASF 2001 Reforma Constitucional De 1999
  • 9. La Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, incorporó nuevos sujetos de revisión, como: fideicomisos, fondos, mandatos y contratos análogos además de ampliar el alcance de la Cuenta Pública incorporando la verificación del desempeño en el cumplimiento de sus objetivos. Dicha ley otorga facultades a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para promover, ante las autoridades competentes, denuncias, querellas penales, acciones de responsabilidad, así como coadyuvar con el Ministerio Público en investigaciones, procesos penales y judiciales La fiscalización de la Cuenta Pública abarca la revisión de ingresos, egresos, subsidios, transferencias, donativos, gastos fiscales y deuda pública. Asimismo, permite ejercer un mejor control y vigilancia, al permitir la fiscalización directa de los recursos públicos federales. Publicación Objeto Consecuencia Aspectos Principales Abrogar la Ley de Fiscalización Superior de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de diciembre del año 2000, con sus reformas y adiciones. En el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009 La Ley de Fiscalización y Rendición De Cuentas de la Federación Fortalecer la función fiscalizadora en las instituciones gubernamentales
  • 10. Autonomía administrativa, técnica y de gestión. Facultad para aplicar responsabilidades resarcitorias y fincar responsabilidades administrativas. Mayor oportunidad para efectuar las revisiones. No se aprueban cuentas públicas, se revisan informes para verificar su apego a la Ley. Ley de la Auditoría Superior del Estado Fiscalización a las Cuentas Públicas Reforma Constitucional •Homologa la Ley con las Reformas federales. •Permite las revisiones previas a los Ayuntamientos y sus Organismos Descentralizados •Fortalece el sentido de autonomía técnica y de gestión.
  • 11. La función fiscalizadora se integra por métodos y procedimientos, que se agrupan en las siguientes fases: 1.- Planeación y Programación; 2.- Desarrollo de auditoría; y 3.- Control y seguimiento. La función fiscalizadora se integra por métodos y procedimientos, que se agrupan en las siguientes fases: 1.- Planeación y Programación; 2.- Desarrollo de auditoría; y 3.- Control y seguimiento. La función fiscalizadora se integra por métodos y procedimientos, que se agrupan en las siguientes fases: 1.- Planeación y Programación; 2.- Desarrollo de auditoría; y 3.- Control y seguimiento. La función fiscalizadora se integra por métodos y procedimientos, que se agrupan en las siguientes fases: 1.- Planeación y Programación; 2.- Desarrollo de auditoría; y 3.- Control y seguimiento.
  • 12. PROGRAMAR TIEMPOS Y ACTIVIDADES ELABORAR PROGRAMA DE TRABAJO ANÁLISIS SUJETOS-RUBROS 1.- Planeación y Programación PROGRAMA ANUAL DE AUDITORIA
  • 13. 2.- Desarrollo de auditoría PLANEAR EJECUTAR INFORMAR INFORME DE RESULTADOS
  • 14. 3.- Control y seguimiento PLANEAR EJECUTAR INFORMAR CONSTANCIA DE ATENCION DE RECOMENDACIONES
  • 15. A). CONCEPTO GENERAL La planeación consiste en fijar el curso concreto de acción que ha de seguirse, estableciendo los principios que habrán de orientarlo, la secuencia de operaciones para realizarlo y la determinación de tiempo y números necesarios para su realización. (Agustín Reyes Ponce) CONCEPTO APLICADO A LA AUDITORÍA Proceso por medio del cual se establecen los objetivos, universos, metas y alcances a verificar dentro del procedimiento de auditoría. 15
  • 16. EL OBJETIVO FUNDAMENTAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ES LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CALIDAD, POR LOS CUALES LOS CIUDADANOS PAGAN SUS IMPUESTOS Y OTRAS FORMAS DE CONTRIBUCIONES. LA AUDITORÍA EN GENERAL ES UNA HERRAMIENTA NECESARIA TANTO PARA EL SECTOR PÚBLICO COMO PARA EL PRIVADO. LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DE CADA SUJETO DE FISCALIZACIÓN, ASÍ COMO, LA MAGNITUD DE OPERACIONES, ASPECTOS LEGALES, PRÁCTICAS CONTABLES ENTRE OTRAS HAN GENERADO LA ESPECIALIZACIÓN PARA EL DESARROLLO DE AUDITORÍAS.
  • 17. POR LO ANTES DESCRITO LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL SE DEFINE DE LA SIGUIENTE MANERA: ES EL EXAMEN PROFESIONAL, OBJETIVO, SISTEMÁTICO, CONSTRUCTIVO Y SELECTIVO DE EVIDENCIAS, EFECTUADO CON POSTERIORIDAD A LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, CON LA FINALIDAD DE: 1.DETERMINAR EL CUMPLIMIENTO DE ASPECTOS LEGALES Y LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL PARA EL INFORME DE RESULTADOS DE AUDITORÍA; 2.DETERMINAR EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS Y METAS; 3.DETERMINAR EL GRADO DE PROTECCIÓN Y EMPLEO DE LOS RECURSOS; 4.FORTALECER Y AUMENTAR EL GRADO DE ECONOMÍA, EFICIENCIA Y EFECTIVIDAD DE SU PLANEACIÓN, ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y CONTROL INTERNO; 5.INFORMAR SOBRE LOS HALLAZGOS SIGNIFICATIVOS RESULTANTES DEL EXAMEN, PRESENTANDO COMENTARIOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES PARA MEJORAS. (PROACTIVAS Y CONSTRUCTIVAS).
  • 18. Se podrán practicar auditorías a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, los Ayuntamientos, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal, los Organismos Autónomos del Estado, entre otros.
  • 19. Auditoría Financiera En general, la auditoría financiera esta orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos, así como en la demás legislación aplicable.
  • 20. En materia de gasto, se verificará que en la adquisición de bienes y en la contratación de servicios se hayan aplicado los procedimientos que establecen la Ley de Adquisiciones y la Ley de Obras Públicas.
  • 21. Auditoría de Sistemas El propósito principal de la auditoría de sistemas es evaluar el control interno, tanto para opinar al respecto como para fines de planeación de auditorías financieras de otra índole. Con este propósito, se verificará que la dependencia, órgano descentralizado o entidad haya establecido formalmente sistemas y procedimientos para garantizar el cumplimiento de los objetivos de control y que tales mecanismos sean idóneos y se apliquen en forma adecuada.
  • 22. Auditoría de Obra Pública. En las dependencias, organismos descentralizados y entidades del Gobierno del Estado y Municipios que hayan ejercido gasto de inversión en obras públicas, se revisarán los contratos correspondientes o una muestra representativa de ellos, principalmente con objeto de verificar que en su adjudicación se hayan observado los procedimientos y las disposiciones previstos en la Ley de Obras Públicas.
  • 23. Auditoria de Programas Se podrá practicar auditorías dirigidas a comprobar si las dependencias, organismos descentralizados y entidades alcanzaron con eficiencia y eficacia los objetivos y metas fijados en los programas a su cargo, los resultados de su ejecución en función de los objetivos, estrategias y prioridades de los programas sectoriales e institucionales.
  • 24. Auditoría de Legalidad Si bien la verificación de la observancia del marco legal aplicable es inherente a toda auditoría, las auditorías de legalidad se orientarán específicamente a comprobar que las dependencias, organismos descentralizados y entidades cumplan con las disposiciones legales que les sean aplicables, a efecto de constatar la legalidad de sus actuaciones, el correcto funcionamiento de sus órganos jurídicos y la adecuada protección de sus intereses.
  • 25. La auditoría, al igual que otras actividades profesionales, requiere de una planeación adecuada para poder alcanzar totalmente sus objetivos. Para planear adecuadamente el trabajo de auditoría el auditor debe conocer dos aspectos que se comentan a continuación: a. Los objetivos, condiciones y limitaciones del trabajo que se va a realizar; y, b. Las características particulares del ente fiscalizado cuya información financiera se examina, incluyendo dentro de este concepto las características de operación, sus condiciones jurídicas y el sistema de control interno existente. 25
  • 26. El sistema de control interno constituye el elemento más importante sobre el que descansa la planeación de la auditoría, por lo anterior se deberá realizar un estudio y evaluación del control interno existente en las entidades o dependencias por revisar. La planeación permite la selección de los procedimientos de auditoría a emplearse, su extensión y oportunidad y el personal que debe intervenir en el trabajo. 26
  • 27. Dentro del proceso de la planeación del trabajo de auditoría es recomendable que el auditor conozca, como mínimo, los siguientes aspectos: a. Documento constitutivo; b. Leyes y reglamentos aplicables a la entidad y sus funcionarios; c. Control de operaciones; d. Información financiera, presupuestal y programática; e. Convenios de coordinación existentes entre los distintos niveles de gobierno; f. Deuda pública; g. Políticas de contabilidad aplicables a la entidad o dependencia a revisar; h. Programas Operativos (de obra, de adquisiciones); 27
  • 28. i. Catálogos de puestos y tabuladores de sueldos. j. Políticas de remuneración e incentivos a funcionarios y empleados. k. Demandas y conflictos laborales; l. Cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social; m. Estructura orgánica autorizada; y, n. Actas de comités, de pleno, de Cabildo, juntas de gobierno, etcétera. 28
  • 29. En este sentido podemos decir, que los pasos a considerar dentro de la planeación de auditoría financiera son: A. Establecimiento de los objetivos, metas y alcances de la revisión. B. Selección del universo de trabajo. C. Selección del grupo de trabajo. D. Tiempos a considerar. E. Programa de trabajo. 29
  • 30. A. Establecimiento de los objetivos, metas y alcances de la revisión. Objetivos: Planteamiento preciso de lo que se quiere, identifica la finalidad a la cual deben dirigirse los esfuerzos para el logro de las metas, el objetivo dentro de la planeación financiera es esencial para determinar que es lo que se pretende realizar en la revisión. Su establecimiento depende del marco legal con que se cuente así como de las características propias de los entes auditables. Metas: Se plantea comúnmente como el lugar a donde se desea llegar, las metas son el resultado de los objetivos planteados. 30
  • 31. Alcance de la revisión: El alcance de una revisión se establece tomando en consideración diversos factores, se debe atender a los objetivos y metas planteados, ya que de lo contrario no sería posible alcanzar; para efectos de establecer el alcance de una revisión se considera primordialmente: Objetivos y metas planteados. Características del ente. Tipo de revisión a realizar. Recursos humanos, financieros y materiales con los que se cuenta. 31
  • 32. B). Selección del universo de trabajo: En la planeación del trabajo de auditoría se debe partir del hecho de que cada Órgano de Fiscalización Superior, posee un universo primario de trabajo el cual se encuentra definido en las legislaciones propias, conformándose básicamente por: Los Poderes de los Estados Los Ayuntamientos Los Organismos Autónomos y Descentralizados Así mismo, se deben establecer los primeros criterios para lo que habrá de ser el universo de trabajo, definiendo los objetivos, metas y alcances de acuerdo a las características propias de cada uno de los entes a auditar. 32
  • 33. C. Selección del grupo de trabajo: Cada uno de los entes auditables posee características distintas con las cuales se establecen los objetivos, metas y alcances que se desean atender en el proceso; uno de los elementos esenciales dentro de la planeación de auditoría, es la selección del grupo de trabajo que habrá de desarrollar el trabajo de revisión. Para tal efecto es indispensable analizar lo siguiente: Particularidades del ente a auditar. Características personales del auditor; perfil profesional y sentido de responsabilidad Homogenización del grupo; caracteres similares. Resultados de los auditores en las evaluaciones anteriores. Estos elementos permiten que se cuente con mayores posibilidades de éxito en el alcance de los objetivos de auditoría planteados. 33
  • 34. D). Tiempos a considerar en la planeación de auditoría: Los tiempos en el desarrollo del trabajo de auditoría se encuentran enmarcados en las legislaciones correspondientes, sin embargo de forma general el procedimiento de auditoría inicia con la presentación de las cuentas públicas de los entes auditables y concluye con la presentación de los informes definitivos de auditoría, dando paso después al procedimiento administrativo correspondiente. De igual forma el plan de trabajo debe de considerar los tiempos que se aplican para el desahogo de pruebas dentro del procedimiento administrativo que se siga, ya que ello es parte del trabajo de fiscalización y en algunos casos amerita no solo el estudio y valoración de la documentación entregada por el ente auditable sino también la realización de nuevas diligencias financieras que robustecen las observaciones realizadas. 34
  • 35. 1 TEXT2 3 4 Notificará por escrito al ente auditable la fecha de inicio, la modalidad y el alcance de la auditoría de los recursos públicos municipales, estatales o federales, según sea el caso; así como la documentación que deberá ponerse a su disposición para llevar a cabo la misma. Al iniciar la revisión, los auditores de la Auditoría Superior del Estado levantarán acta circunstanciada en la que se hará constar, de manera precisa, la documentación que se recibe, y en su caso, las inconsistencias detectadas, otorgando un plazo improrrogable de diez días para que el ente las corrija. Al cerrar el acta de auditoría, la Auditoría Superior del Estado dará a conocer al ente auditable las inconsistencias detectadas como resultado de la revisión, mismas que servirán de base para la elaboración del pliego de observaciones. La Auditoría Superior del Estado notificará al ente auditable el pliego de observaciones, otorgándole un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al que surta sus efectos la notificación del citado pliego, para que presente la documentación comprobatoria y aclaraciones que solventen, a juicio de la propia Auditoría Superior, las observaciones notificadas. Resultado de los tiempos y procedimientos establecidos en la Ley 35
  • 36. El responsable de la solventación deberá presentar la documentación y las aclaraciones requeridas adicionando un dictamen emitido por el titular del órgano que desempeñe las funciones de control interno del ente auditable, en el que conste su evaluación y opinión respecto de la mencionada documentación y tales aclaraciones. 5 TEXT 6 4 Con los resultados asentados en el acta a que se refiere el paso anterior, la Auditoría formulará el Informe Final de Auditoría. Resultado de los tiempos y procedimientos establecidos en la Ley 36
  • 37. E). Programa de trabajo: Es un documento de planeación en el cual se consignan los trabajos y actividades a realizar y entes susceptibles de ser auditados. El programa de trabajo por lo regular se diseña para un año de calendario. El programa de trabajo deberá contener básicamente lo siguiente: Procedimientos Objetivos Metas Alcances Responsables Tiempos 37
  • 38. A). ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO El estudio y evaluación del control interno se efectúa con el objeto de cumplir con la norma de ejecución del trabajo, la cual requiere que: "el auditor debe efectuar un estudio y evaluación adecuado del control interno existente, que le sirva de base para determinar el grado de confianza que va a depositar en él y le permita determinar la naturaleza, extensión y oportunidad que va a dar a los procedimientos de auditoría". El conocimiento y evaluación del control interno deben permitir al auditor establecer una relación específica entre la calidad del control interno de la entidad y la naturaleza, alcance y oportunidad de las pruebas de auditoría. Cuestionario de Control Interno 38 BANCOS, FAEB, ETC
  • 39. FACTORES QUE PUEDEN INFLUIR EN EL CONTROL INTERNO Cambios de administración Cambio de funcionarios de los diferentes entes auditables Actitud de los servidores públicos Implementación o cambio en los sistemas de operación Personal operativo de nuevo ingreso o rotación constante Personal con mucha antigüedad Nuevo Marco Normativo o reformas sustanciales al existente 39
  • 40. B). Papeles de trabajo Los papeles de trabajo representan una ayuda en la planeación, ejecución, supervisión, revisión del trabajo, y proporcionan la evidencia necesaria que respalda la opinión del auditor. Los papeles de trabajo deben contener la evidencia de la planeación llevada a cabo por el auditor, la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría aplicados y de las conclusiones alcanzadas. Los papeles de trabajo deben ser completos y lo suficientemente detallados. 40
  • 41. Archivo permanente Conjunto de documentos y cédulas que sirven de apoyo para auditorías posteriores CLASIFICACIÓN Archivo ordinario Contiene datos que se relacionan básicamente con la auditoría de un solo periodo, papeles que se preparan en el transcurso de la auditoría 41
  • 42. EL ARCHIVO DE REFERENCIA PERMANANTE ENTRE OTRA INFORMACIÓN LO INTEGRA: Decreto de creación, reglamentos. Manuales de organización. Plan Estatal y Municipal de Desarrollo . Informes de Gobierno. Contratos y convenios a largo plazo. Decretos y publicaciones. Cuestionarios de control interno. Entrega recepción. Informe de auditoría. 42
  • 43. EL ARCHIVO DE USO ORDINARIO LO INTEGRA: Cuenta pública Oficios (De notificación de auditoría, de solicitud de información, de notificación de recomendaciones, observaciones y solventación, etc.) Actas (De inicio de auditoría, de cierre de auditoría, de aclaraciones, circunstanciadas, etc.) Estados programáticos, presupuestarios, financieros y contables. Estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias. Ley de ingresos. Presupuesto de egresos. Programa Operativo Anual. 43
  • 44. El ARCHIVO DE USO ORDINARIO LO INTEGRA: Actas de Cabildo, de junta de gobierno, del consejo de desarrollo social municipal, del comité de adquisiciones. Contratos y convenios. Programa de auditoría. Apertura programática. Calendario de trabajo. Denuncias. Compulsas (con instituciones bancarias, proveedores, impresores y beneficiarios). Recibos de nómina (de enero, junio y diciembre). Cédulas (sumarias, analíticas, de revisión). 44
  • 45. √ Operaciones aritméticas verificadas √√ Sumas cuadradas Importe no considerado en la suma Cotejado contra documentación comprobatoria Cotejado con presupuesto autorizado Cotejado con mayor Verificado físicamente MARCAS DE AUDITORÍA @ Cotejado con Cuenta Pública И Cotejado con registros contables 45 Y W A W
  • 46. Punto pendiente por aclarar, revisar o localizar Punto pendiente aclarado Factura, recibo, contrato o dato por confirmar mediante compulsa // Incluir en el informe Partida presupuestal afectada que no cumple la normatividad aplicable Notas aclaratorias DE: Fuente de datos MARCAS DE AUDITORÍA N/A No aplicable Va a otra cédula 46 ø ø © XX a b c
  • 47. Viene de otra cédula Operación aritmética incorrecta X Sin comprobantes X Comprobante sin requisitos fiscales Cumple con requisitos fiscales Cobro menor a lo establecido en la ley de ingresos Cobro mayor a lo establecido en la ley de ingresos MARCAS DE AUDITORÍA Cobro de concepto no Establecido en la ley de ingresos Referencia de alguna irregularidad en el papel de trabajo, que posteriormente se describirá en la cédula de observaciones 47 ≤ ≥ Ө Obs.
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