1. Pena de muerte: Alternativa de cambio
Por Franck Palacios Grimaldo
Antes que nada quiero dejar en claro que la pena de muerte no representa para mí una solución a
la alta tasa de criminalidad que nos aborda hoy en día en nuestra realidad nacional. Para mí la
pena de muerte representa una acción que marca el comienzo para la mejora del respeto a las
normas y un mejor ejercicio de nuestra libertad como ciudadanos, así como una mejoría para el
organismo encargado de protegernos y penarnos.
Estamos en una época en donde las normas impuestas por el estado, la justicia, y la ética
nacional no son respetadas, las reglas se hicieron para romperse es lo que parece que caracteriza
o rotula nuestra realidad. Crímenes día a día, violaciones a nuestros derechos fundamentales,
corrupción, sicariato, asaltos a mano armada, robos en casa, abusos sexuales, toda una gama de
violaciones que muchas veces quedan solo como parte de una horrible estadística nacional.
La necesidad de una pena fuerte, que marque la diferencia entre asesinar por lo que traigas en el
bolsillo y pensarlo dos veces se hace necesaria. Es más que evidente que el poder judicial no
representa un temor para el delincuente el cual parece conocer sus derechos mejor que cualquier
ciudadano.
Según la revista él tome en su versión on-line nos dice que los robos presentan un incremento
del 31% entre el 2010 y 2012. Mientras que los robos en las calles un 33% en el mismo periodo.
Los casos de violaciones sexuales pasaron de 18 denuncias por 100 mil habitantes en 2010 a 29
denuncias por 100 mil habitantes en 2012 (Delincuencia,2013).
Cifras alarmantes que no auguran más que un futuro lleno de más peligros para los ciudadanos a
pie que día a día somos testigos de estos crímenes, si bien como observadores o como lectore s
de noticias.
Por tanto me hago una pregunta: ¿Es la pena de muerte la pena necesaria para un cambio
significativo en la conducta delincuencial de nuestro país? Sin pecar de subjetivo pienso que es,
como mencione al comienzo, un acercamiento necesario a una visión distinta de las normas a
romper, que si bien no acabaría con la delincuencia, sin duda marcaria la pauta para un cambio
en las conductas criminales.
A continuación paso a explicar un poco mi visión y alternativa.
La RAE (real academia española) define la palabra pena como Castigo impuesto conforme a la
ley por los jueces o tribunales a los responsables de un delito o falta. Y el mismo define la
palabra muerte como: Cesación o término de la vida.
La pena de muerte entonces es según los conceptos utilizados el castigo impuesto conforme a la
ley en el cual se cesa la vida del responsable de un delito. ¿Qué delito? Pues he ahí la discusión
pus esto va a variar entre los diferentes estados o países en donde esta pena ejerce. Por ejemplo
en sudan, se pena con la muerte por apedreamiento a las mujeres adulteras, en china continental
por tráfico de drogas, también en irán, Tailandia lo mismo por delitos de guante blanco,
2. oposición al gobierno, abandonar o insultar las religiones también son algunas causas donde ene
estos países pueden ser causa de pena capital (Cinco delitos, s.f.).
Como vemos la gran mayoría tiende a subjetivar la pena de muerte, es decir la ven como un
justo castigo a un determinado delito según sus creencias, quizás esta sea la principal crítica a
esta pena, el poder tomarse la atribución de arrebatarle la vida a alguien. Pero no olvidemos que
en muchos países, la pena de muerte es una decisión de última instancia ante determinados
casos muy especiales y casi siempre relacionados a la violación al derecho a la vida de algún
inocente es decir delitos capitales.
Pero un delito capital también está sujeto a las necesidades de una nación que aplica la pena
capital, como ya mencione anteriormente suelen sr subjetivistas. Por esto mismo a la hora de
hablar de pena capital o pena de muerte debemos contextualizarlo muy bien o entraremos en
contradicciones o en juicios de valores, lo que representa un error.
En Estados Unidos es legal en 32 estados, y a nivel federal en los sistemas legales civiles y
militares. Su aplicación está limitada por la Octava Enmienda a Unidos a homicidios agravados
por adultos mentalmente competentes (Wikipedia, 2014). Por ejemplo podemos ver que esta
concepción de la pena de muerte tiene un poco más de sentido, pues recalca “Homicidios
agravados” y “Adultos mentalmente competentes”, marcado la diferencia entre venganzas
pasionales o éticas.
Desde que entró en vigencia la Constitución de 1979 en nuestro país de dejó de aplicar la pena
de muerte. En el texto aprobado en 1993 se amplió su aplicación única para casos de traición a
la patria en caso de guerra al delito de terrorismo, pero nunca se reglamentó. También
recordemos que internacionalmente el Perú firmó el Pacto de San José o Convención Americana
de Derechos Humanos (kanashiro, 2014).
Así que esto hace difícil pensar que pronto hablemos de una pena capital funcional en nuestra
patria, pero no significa que sea imposible de conseguir y tampoco significa que no sea una
alternativa de cambio.
Algunos defensores de los derechos humanos consideran la pena capital como la mayor de las
aberraciones y que contradice todo principio ético, moral y religioso. Sin embargo, existen
también defensores de la misma que argumentan que la única forma de combatir la delincuencia
es con castigos drásticos que generen gran temor en quienes piensen cometer alguna fechoría
(Galarreta, s.f.).
EL tema siempre va a ser controversial, eso es cierto y hay muchas críticas en contra y
argumentos válidos de muchas índoles, religiosos, políticos, éticos, psicológicos, filosóficos,
pero también recordemos que es fácil opinar cuando no hemos vivido en carne propia una
violación a nuestros derechos fundamentales, o alguien amado ha sido una víctima de alguna de
estas personas que tanto protegen. Dudo que haya alguien quien no exija venganza ante un
daño de tal magnitud que sea irreparable sin que apele al castigo divino, eso significaría no
sentir la menor empatía o tener un nivel de raciocinio y paz interior que sobrepasa la de un
monje tibetano.
Y el argumento de la religión nunca será, en mi opinión de gran aporte pues basta con recordar
que el quinto de los Diez Mandamientos dice "no matarás" pero al mismo tiempo, a lo largo de
los primeros cinco libros de la Biblia, la pena de muerte está a la orden del día: en distintos
3. episodios se aplica por asesinato, adulterio, hechicería, paganismo, homosexualidad, zoofilia,
blasfemia, violación, rebelión, apostasía (A favor de la pena de muerte, s.f). Así que son
argumentos que suelen carecer de peso legal.
Santo Tomás de Aquino (Citado en A favor de la pena de muerte, s.f.) era también partidario de
la pena capital y respecto a lo anterior podemos agregar lo siguiente: "Otros aseguraron que con
este mandamiento el matar a un hombre quedaba prohibido de manera absoluta. Y afirman que
son homicidas los jueces que, de conformidad con las leyes, pronuncian sentencia de muerte.
(...) pueden lícitamente matar quienes lo hacen por mandato de Dios, porque entonces es Dios el
que lo hace."
La FIDH (Federación internacional de los derechos humanos) también ha documentado que la
pena de muerte es comúnmente pronunciada después de juicios injustos, y su aplicación es a
menudo discriminatoria. La FIDH recuerda que el llamado efecto preventivo de la pena de
muerte nunca ha sido demostrado (Pena de muerte, s.f.). Aquí se divide en dos el argumento
que merece explicarse un poco, primero que desde mi punto de vista, y recalco, no es una
solución, es un paso al cambio, es sentar la base para que el criminal que se ríe de la justicia lo
piense una o dos veces antes de cometer un crimen, y esto como parte de ese paso debe ir de la
mano con un sistema judicial mucho más eficiente que el que tenemos.
Soy realista en ese sentido, la pena capital hoy en día, en nuestra realidad nacional, tendría más
inocentes muertos que reos justamente penalizados con la muerte. Si ya hoy en día se suele
encarcelar de forma preventiva hasta 9 meses, solo recordemos el caso edita guerrero y muchos
más, se sentenció a 9 meses de prisión preventiva a su presunto asesino hasta que se hagan las
averiguaciones. Nuestro sistema judicial tiene demasiadas fallas que deben ser resueltas mucho
antes de siquiera pensar en la pena de muerte en nuestra constitución, y esto también, a mi
parecer, sería un aporte de esta pena, la mejora obligatoria de nuestro sistema de justicia.
Ahora el efecto preventivo de la pena de muerte no es algo que se evidencie con estadísticas,
eso es verdad, pero tampoco es un argumento, a mi parecer valido para pensar que no
funcionaría en un país en donde la taza criminal es muy alta y se evidencia la necesidad de una
ley más fuerte. Es caer en un prejuicio pensar que por que en algunos países no ha disminuido la
criminalidad, país donde existe la pena de muerte, suceda lo mismo en un país en donde el
sistema judicial no es el mismo de 1979. Creo que argumentar eso carece de evidencia empírica
que valide a un cien por ciento su argumento y con esto no digo que juguemos a ver si funciona
y si no la abolimos nuevamente, sino que todo país es diferente.
Algunos argumentos a favor suelen hacer referencia, como menciona Porras: La
proporcionalidad del delito es muy importante, puesto que éste castigo explica que la
retribución es el justo castigo por el mal que se ha causado y por ende es proporcional al delito.
También agrega un argumento bastante interesante y para mí de mucho sentido que es restaurar
la armonía social eliminando a quienes la ponen en peligro, argumento que impone la necesidad
del organismo social a deshacerse de la presencia amenazante de personas capaces de producir
un daño extremo, entonces se hace necesario amputar los miembros infectados del organismo
humano para evitar la gangrena (2012).
No es un argumento del todo solucionador del problema, puesto que delincuencia habrá, pero
podemos comprenderla desde su analogía , un criminal que mata a un niño, lo viola, roba,
secuestra, chantajea, quita la paz de la gente productiva para la sociedad, vive del sacrificio
ajeno y se aprovecha de él no es una persona que contribuya de ninguna manera en beneficio del
4. crecimiento social, por el contrario llega a ser un parasito y todos sabemos que se hace con
ellos, pero en lo real no se aplica en nuestra sociedad en donde este parasito suele vivir hasta
que simplemente no le dan fuerzas o muere víctima de su propia incapacidad, en el mejor de los
casos va preso y vive del gobierno hasta que salga y se repita el circulo.
Rousseau (citado en A favor de la pena de muerte, s.f) en su obra El Contrato Social, exponía:
"Todo malhechor, atacando el derecho social, conviértese en rebelde y traidor a la patria (...) La
conservación del Estado es entonces incompatible con la suya; es preciso que uno de los dos
perezca." Argumento que aplica a lo anterior dicho.
Otro argumento a favor que vale la pena revisar es el que hace referencia al ejercicio de la
legítima Defensa: esta argumentación se basa en la idea de que la víctima mortal de un delito,
no ha podido ejercer su Derecho a la Legítima defensa, y por lo tanto, es la sociedad quien debe
llevarla a cabo. La pena de muerte, sería un asesinato en legítima defensa (Argumentos, 2006).
Como se puede apreciar los argumentos son varios, y muchos de ellos, como los mencionados,
tienen sentido, pero evidentemente utópicamente mientras no se pongan a prueba en nuestra
realidad.
Un argumento en contra muy sonado suele ser como menciona la doctora Silvia Rojas, sicóloga
forense de la Policía, citada en Kanashiro (2014): “El delincuente no tiene aprecio por la vida,
no les interesa morir y menos les interesa que otros mueran. Son conscientes de eso desde niños.
He hablado con chicos de 14 años que me han respondido ‘Si caigo, caigo. Si muero, muero
pues”. Me viene a la mente la idea de todo adolescente que piensa que es inmortal, como estos
desarrollan trastornos de personalidad antisocial a lo largo de sus vidas. De la misma forma es
fácil hablar cuando sabes que de ser atrapado saldrás o en el peor de los casos serás encarcelado
unos 15 años que para alguien con esos problemas mentales no significara gran cosa. Sería
interesante entrevistar a estos jóvenes a sabiendas de que pueden morir, recordemos que muchos
de estos delincuentes terminan llorando al saber que serán encarcelados más de lo que pensaron,
ante la pena de muerte dudo que respondan de una forma tan “fresca”.
En otro tema, dejando de lado los argumentos, y concentradnos en nuestra realidad, las
estadísticas nos dan una visión distinta de la pena de muerte, por ejemplo según El comercio
Online el 79% está a favor de que los violadores de niños reciban la pena de muerte, mientras
que solo el 21% opina lo contrario, según la primera encuesta nacional sobre derechos humanos,
presentada hoy por el Ministerio de Justicia. También mencionan que en el estudio, realizado
con el respaldo de la Universidad Esan, también señaló que el 60% cree que aquellos que
cometan actos terroristas deben recibir la pena capital, mientras que el 40% no. (El 79% está de
acuerdo, 2013). Es claro entonces que la misma sociedad es consciente de la necesidad, no diré
pena de muerte para ser objetivo, de penas fuertes y ejemplificadoras.
Como se afirma en Asesinato y ejecución judicial: una frontera borrosa (s.f) la diferencia entre
un asesinato y una ejecución judicial no esta en la eventual supremacía de unas determinadas
normas morales sino, en todo caso, en quien ejerce el papel de juez y verdugo, y en la
aprobación social que se tiene o no para arrebatar la vida a una persona.
A modo de conclusión reafirmo que la pena de muerte, en nuestro país, es un paso a un cambio,
una variable independiente que trae con ella una gama de posibilidades, desde la
reestructuración del sistema pena, hasta la concientización de la población en torno a los
crímenes, no descarto el efecto psicológico que esto tendrá en la sociedad, el cual es evidente,
5. pero por un momento quitémonos de encima esa ambivalencia afectiva característica del
peruano, y no pensemos en el pobre criminal y su pobre madre que saldrá llorando en la
televisión, pensemos en la pobre madre también de aquella víctima, casi siempre un hombre,
mujer, joven, niño inocente con un futuro por delante que se vio frustrado por un, en mi parecer,
parasito de nuestra sociedad que nosotros nos encargamos de mantener vivo en nuestro
organismo social.
Pensemos que la pena de muerte no es una realidad aun, y quizás nunca lo sea, pero no
lleguemos a un punto en el que sea absolutamente necesaria y su institución dentro de nuestra
constitución sea tan exigida que no se tomen las medidas necesarias para que vaya de a mano
con un sistema penal de acorde a la responsabilidad que esto conlleva.
La pena de muerte en el Perú, dentro de un marco jurídico mejorado, capacitado y que asegure
la fiabilidad de sus desempeño tiene todo mi apoyo, pero de no ser estrictamente dentro de este
contexto me sumaría a las voces en contra, pues la justicia en nuestro país no está preparada
para encarcelar aun a los criminales correctamente mucho menos estaría preparado para decidir
su vida o muerte, más aun cuando la corrupción sigue siendo un problema.
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Porras J. (9 de Junio del 2012) Argumentos a favor de la pena de muerte. (Mensaje en un blog)
recuperado de:
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