2. ¿Quiénes son personas físicas, personas morales y
extranjeros?
Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer
derechos; pueden prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar
bienes inmuebles y trabajar por salarios. Conozca las actividades que como
persona física puede realizar.
Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin
determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil. De acuerdo
con su objeto social, una persona moral puede tributar en regímenes específicos
como:
Personas morales del régimen general
Personas morales con fines no lucrativos
Asociaciones Religiosas
Personas morales del régimen simplificado
Extranjeros: Para fines fiscales, son extranjeros las personas físicas o personas
morales que se rigen por la legislación de otro país.
Tratamiento Fiscal de los residentes en el extranjero que perciben ingresos en
México
3. Régimen de pequeños contribuyentes
•
Es un régimen opcional. En él pueden pagar sus impuestos las personas
físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades
agropecuarias, ganaderas, siempre que estimen que sus ingresos o ventas
no serán mayores a $2’000,000.00 al año, además de no expedir facturas ni
desglosar el IVA.
Ciclo tributario del pequeño contribuyente
•
1.- Lo primero que debe hacer es inscribirse en el Registro Federal de
Contribuyentes , lo cual debe hacer ante la entidad federativa donde
obtenga sus ingresos; si este servicio aún no se proporciona en la
entidad, entonces debe hacerlo en el SAT.
Cómo inscribirse o darse de alta en el RFC
2.- Una vez inscrito, debe expedir comprobantes simplificados (notas
de venta) a sus clientes por las ventas de sus bienes o servicios.
Expedir comprobantes
4. Expedir comprobantes
3.- Debe presentar declaraciones de pago por los ingresos que obtiene y en algunos
casos, declaraciones informativas.
¿Cómo se pagan los impuestos?
¿Cómo se presentan las declaraciones informativas?
4.- Debe solicitar facturas cuando compre bienes nuevos para uso en el negocio y su
precio sea superior a $2,000.00. Estos comprobantes deben contener el IVA desglosado
y demás requisitos fiscales de las facturas electrónicas, ya sea digitales o
representaciones impresas.
5.- En caso de tener trabajadores, cumplir con otras obligaciones.
Obligaciones a cumplir
6.- Debe mantener actualizados sus datos en el RFC, para ello es necesario que informe
de cualquier cambio relacionado con su nombre, domicilio y obligaciones fiscales que
haya manifestado al inscribirse. Esto incluye, el aviso de suspensión de actividades,
cuando deje de percibir ingresos por esta o cualquier otra actividad.
5. Formas de pago
• Actividades comerciales
•
Usted puede tributar (de acuerdo al ingreso que estime
que obtendrá en el año) en cualquiera de estos
regímenes fiscales:
En el régimen de las actividades empresariales, para
quienes vayan a realizar actividades comerciales,
industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas
(no hay límite en los ingresos).
• En el régimen intermedio si realiza exclusivamente
actividades empresariales y estima que sus ingresos
brutos (ventas totales, incluyendo de bienes y servicios)
no excederán de $4’000,000 de pesos.
6. • El régimen de pequeños contribuyentes, para aquellas
personas que únicamente realicen operaciones con el
público en general (es decir, que no proporcionen
facturas a sus clientes en las que se desglose el IVA) y
que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales)
mas intereses del año no excederán de $2’000,000 de
pesos. Puntos de atención y contacto.
• Conozca la herramienta electrónica Microe y en su
caso solicítela para facilitar el cumplimiento de sus
obligaciones fiscales.
7. • Las empresas, en su actividad comercial normal de
compras- ventas realizan pagos y cobros. En unas
operaciones harán el papel de vendedores 8 se generara
una corriente de cobros9 y en las de compradores( se
genera una corriente de pagos)
• Se denomina proveedor a la parte que hace la venta y
tiene pendiente el cobro, y cliente a la parte que hace la
compra y tiene pendiente el pago
• Para poder comprender mejor lo tratado, se acude a una
clasificación de las formas de pago atendiendo al tiempo
transcurrido entre la presentación de servicio o
suministro del bien y el cobro del mismo: pago
anticipado, pago al contado y pago aplazado.
8. Pago anticipado
• En esta forma de pago el proveedor exige al
cliente el pago previo a la recepción de la
mercancía o prestación del servicio. Si se
suministran mercancías la solicitación del pago
se hace normalmente en el momento de hacer
el pedido y si es un servicio en el momento del
encargo del mismo o a la firma del contrato.
• Es frecuente esta modalidad cuando:
• Se inician las relaciones comerciales por primera
vez (en algunos sectores)
9. • La solvencia y la formalidad del cliente son
desconocidas por la empresa proveedora o
existen dudas.
• Se prestan determinados servicios profesionales
como la abogacía.
• Los medios mas utilizados son : cheques
metálicos transferencia bancaria, giro, tarjetas
bancarias e ingresos en cuenta.
10. Pago al contado
• En esta forma de pago el cliente abona el
importe de la factura en el momento de la
recepción de la mercancía o de la prestación del
servicio.
Es frecuente esta modalidad cuando:
• Se realiza una venta directa entre empresas o de
empresas a particulares.
• Se producen las primeras transacciones
comerciales entre empresas.
Los medios mas utilizados son los mismos que en
el pago anticipado.
11. Pago aplazado
• También denominada a crédito, consiste en el
consentimiento por parte del proveedor del
aplazamiento del cobro de las facturas. Es la
forma mas extendida en las relaciones
comerciales entre empresas existen varias
modalidades de aplazamiento.
• Aplazamiento parcial. El importe de la factura
al contado y el resto queda aplazado.
12. • Aplazamiento en un solo pago. El importe de
la factura se aplaza a un solo pago.
• Aplazamiento fraccionado. La factura se
abona en varios plazos previamente
acordados entre el proveedor y el cliente.
Los medios mas utilizados son las letras de
cambio, pagares, recibos y aceptación
domiciliada de facturas, y los plazos mas
comunes son 30, 60, y 90 días.
13. La letra de cambio
• La letra de cambio es un titulo formal, es decir, su
formato y contenido están definidos por la ley así
como su cumplimentación, y sirve para documentar
una orden de pago que habrá de hacerse efectiva en
un lugar y fecha de vencimiento determinados.
• Las ventajas de documentar un pago pendiente
mediante el uso de una letra de cambio se justifica
por las garantías que da la ley para el caso de que se
produzca fundamentalmente un impago. Eso obliga a
que todo el procedimiento de su elaboración y uso sea
debidamente respetado pues de lo contrario podría
perder su carácter ejecutivo.
14. El pago de la letra
• Las letras normalmente llevan incluida la
fecha de vencimiento pero de no haber
ninguna expresada se entenderá que es
pagadera a la vista. El cobro requiere de la
presentación de la misma por el tenedor al
librado en el lugar y fecha indicados.
• En la actualidad lo norma es que al estar
domiciliada en banco se presente a una
cámara o sistema de compensación sin
necesidad de hacerlo físicamente.
15. A fecha fija.
La letra vence el día que se indica en el documento,
es el es el vencimiento mas habitual.
• A un plazo contado desde la fecha.
El día de su vencimiento o en uno de los dos días
hábiles siguientes.
• A un plazo contado desde la vista
Dentro del año siguiente a su fecha libramiento.
16. El pagaré
• Es un titulo por el que una persona, que se
denomina firmante se obliga a pagar a otra
denominada tenedor y a su orden una
determinada cantidad en una fecha y en un lugar
determinado.
• Normalmente el compromiso de pago se hace
sobre una cuenta corriente por lo que los propios
bancos suelen hacer lo correspondientes
documentos parea uso de sus clientes. Tiene una
orden incondicionada y el pagare manifiesta una
promesa incondicionada de una persona a otra de
pagar una suma determinada.
17. El recibo
• Es un documento que acredita el pago de una
determinada cantidad de dinero emitido por la
persona acreedora y dirigido a la persona
deudora.
• El recibo es considerado un efecto de comercio
con características similares a la letra y al pagare
pudiendo endosarse y descontarse siempre que
sea aceptado.
• El pago del recibo suele domiciliarse en cuenta
bancaria pero también se acostumbra a cobrar en
el domicilio del pagador- librado.
18. El cheque
• Es un documento que tiene una orden
incondicionada es decir absoluta de si
librador (el que lo firma) a una entidad
bancaria para que pague al tenedor legitimo
la cantidad reflejada en el momento de la
presentación del mismo ( a la vista) la
normativa exige que se cumplan
determinados requisitos para su validez que
se pueden agrupar en ineludibles y
funcionales.
19. Otros medios de pago
• Bancarios
• Transferencia bancaria un ordenante titular de una
cuenta bancaria ordena que se transfiera una cantidad a
otra cuenta.
• Domiciliación de pagos son ordenes mediante las que se
autoriza el cobro en la cuenta de recibos tales como
gas, agua, etc.
• Tarjetas bancarias asociada a una cuenta permite
disponer del saldo de la misma(tarjeta de debito)
20. Correos
• Giro postal consiste en la entrega de una cantidad
en la oficina de correos para que pague al
destinatario
• Giro telegráfico se paga en un plazo inferior que el
pasado por el hecho de ser urgente
• Pago contra rembolso se hace el pago al momento
de la entrega