IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
Planific. sexualidad
1. ÁREA: Construcción de la ciudadanía.
CAMPO: Derecho
CONTENIDO: Los derechos sexuales y reproductivos.
OBJETIVO GENERAL: Contribuir a la formación de un ciudadano crítico, responsable, autónomo
en el marco de los DD. HH.
PROPÓSITO: Promover a la formación de los niños como sujeto de derechos.
ANTECEDENTE: Ética
PROYECCIÓN: Derecho.
SECUENCIA DE ACTIVIDADES:
- Inferir acerca de ideas previas sobre derecho, derecho de los niños específicamente, derechos
sexuales como parte de los derechos humanos, sexualidad y reproducción.
- Problematizar acerca de los derechos y la facultad o libertad de elegir de cada alumno, teniendo
en cuenta su sexualidad.
- Mirar un video.
- Socialización.
RECURSOS: Un video, pizarrón.
ESPACIO Y TIEMPO PEDAGÓGICO: En el aula, en un tiempo aproximado de 45 minutos.
FUNDAMENTO: Para Stella Cerruti la educación sexual es un proceso educativo vinculado
estrechamente a la formación integral de niños y jóvenes, con el objetivo de favorecer el desarrollo de
actitudes positivas hacia la sexualidad, entendida como elemento inherente al ser humano, fuente de
placer y bienestar, que contribuye a la formación y enriquecimiento de la personalidad; poder
reconocerse, identificarse y aceptarse como ser sexual y sexuado, sin temores, angustias ni
sentimientos de culpa, sí feliz, conciente, responsable y libremente; favorecer las relaciones
interpersonales, el encuentro con el otro sexo propiciando condiciones de respeto e igualdad,
2. superando todo criterio de discriminación de género; favoreciendo la capacidad de amar destacando
el valor del componente afectivo para el ser humano.
Definimos la Sexualidad Humana como la forma de expresión o el conjunto de formas de
comportamiento del ser humano, vinculadas a los procesos somáticos, psicológicos y sociales del
sexo.
El derecho a la sexualidad, constituye un derecho inalienable del ser humano, así como el derecho a
la vida, a la libertad, a la justicia social, la educación, la salud, el trabajo. Los derechos
humanos sexuales y reproductivos comprenden: el derecho a la libertad, a la integridad física y
social, a la seguridad, a la intimidad, a la equidad de género, a la salud sexual y reproductiva, a la
educación e información, al libre desarrollo de la personalidad y a la vida.
La escuela no puede intervenir sola en este proceso, por lo que es fundamental la integración
de las familias y la articulación con otras instituciones públicas y privadas para favorecer la
educación sexual.
El Derecho debe contribuir a crear relaciones sociales de justicia partiendo del análisis de la realidad
social tanto para la creación de las normas, como para su interpretación, aplicación y/o modificación.
La última Convención de los Derechos del Niño abandona la visión tutelar de la niñez sustituyéndola
por la concepción del “niño como sujeto de derechos”.
Convención sobre los Derechos del niño.
Art 17: Los Estados partes reconocen la importante función que desempeñan los medios de
comunicación y velarán por que el niño tenga acceso a información y material procedentes de
diversas fuentes nacionales e internacionales, en especial la información y el material que tengan por
finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental.
Art 29: Los Estados partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:
a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de
sus posibilidades.
d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de
comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos,
El Derecho necesita ser contextualizado en la realidad y en la medida que los sujetos son
protagonistas de la misma, entonces el Derecho requiere participación social.
Atendiendo la Convención de Derechos del Niño, en el entendido de la Protección del interés superior
del niño se considera la condición de sujetos de derecho de niñas, niños y adolescentes; los derechos
sexuales de niñas, niños y adolescentes, y el derecho de las niñas, niños y adolescentes a recibir
información, a ser oídos y a formarse su propia opinión.
Algunos derechos relacionados con los derechos sexuales y reproductivos:
3. El derecho a la vida: significa que la vida de ninguna mujer debe ser puesta en riesgo o en peligro por
razones de embarazo.
El derecho a la libertad y la seguridad de la persona: reconoce que todas las personas tienen el
derecho a poder disfrutar y controlar su vida sexual y reproductiva, y que ninguna persona deberá
estar sujeta a embarazo, esterilización o abortos forzados.
El derecho de igualdad, y a estar libres de todas las formas de discriminación, incluso en la vida
sexual y reproductiva.
El derecho a la privacidad: todos los servicios de atención de la salud sexual y reproductiva deberán
ser confidenciales y que todas las mujeres tienen el derecho a hacer elecciones autónomas respecto a
la procreación.
El derecho a la información y educación, en cuanto a la salud sexual y reproductiva y para asegurar la
salud y el bienestar de las personas y las familias.
El derecho a optar por contraer matrimonio o no, y a formar y planear una familia.
El derecho a tener hijos o no tenerlos, o cuando tenerlos.
El derecho a los beneficios del progreso científico, que incluye el reconocimiento de que todos los
clientes de la salud sexual y reproductiva tienen el derecho de acceso a todas las nuevas tecnologías
reproductivas que sean seguras y aceptables.
El derecho a la libertad de reunión y a la participación política: toda persona tiene derecho a tratar de
influir gobiernos para otorgar prioridad a la salud y los derechos en materia de sexualidad y
reproducción.
El derecho a no ser sometido a torturas y maltrato, incluso los derechos de los niños a la protección
contra la explotación y el abuso sexual y el derecho de todas las personas a la protección contra la
violación, la agresión sexual, el abuso sexual y el acoso sexual.
JUSTIFICACIÓN: Es imprescindible concientizar a los niños desde edades tempranas sobre sus
derechos, prestando una especial atención en los derechos sexuales y reproductivos. Esta tarea se
llevaría desde los once años en adelante donde los niños comienzan a sufrir los cambios en su cuerpo
propia de la edad, enfrentándose por ello en un mundo de adultos, por lo que hay que confrontarlos
con la realidad a la que se van a enfrentar el resto de su vida.
Por esta razón que conozca sus derechos va a favorecer el desarrollo de su personalidad.
BIBLIOGRAFÍA: Programa de Educación Inicial y Primaria, 2008
4. CERRUTI, E. “Sexualidad humana. Aspectos para desarrollar docencia en
educación sexual. 1991. Editorial Comunidad del Sur-Edinor. Montevideo.
Asociación Uruguaya de Planificación Familiar
https://youtu.be/AIQdzZTa17c
CONSIGNA: ¿Qué derechos sexuales y reproductivos tienen que ver con tu edad? Propone algún
derecho que creas debería ser considerado. Fundamenta.