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Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios
normativos, económicos y sociales sobre la misma.

Eduardo Rojo Torrecilla.

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad
Autónoma de Barcelona.

8 de noviembre de 2.012.

Texto publicado en el blog del autor http://www.eduardorojotorrecilla.es/

1. Las casualidades de mi calendario académico y profesional han hecho que en los
próximos días, desde mañana viernes hasta el martes 13, intervenga en varios foros
donde se debatirá sobre diferentes cuestiones relacionadas con las políticas de
inmigración. Por orden cronológico, la primera intervención tendrá lugar, como he
dicho, mañana viernes en una jornada organizada por el Servicio de Empleo de Cataluña
para presentar los resultados del estudio internacionalrealizado sobre “la lucha contra el
trabajo doméstico no declarado”, en concreto en una mesa redonda que lleva por título
“Las mejores políticas para combatir el trabajo doméstico no declarado”, y es bien
conocido que una parte de ese “trabajo no declarado” es realizado por personas
extranjeras extracomunitarias, en su gran mayoría trabajadoras. La segunda forma parte
de mi actividad académica ordinaria, y se inscribe en el marco de la asignatura “La
gestión social de la diversidad” que se imparte en cuarto curso del gradode Relaciones
Laborales de la UAB, y en la que durante tres viernes, desde mañana, abordaré la
temática de la inmigración desde diversas perspectivas y con especial y preferente
atención a la jurídica, en el ámbito europeo, español y catalán. La tercera se llevará a
cabo en el marco de la jornada sobre inmigración y cohesión social que se celebrará el
sábado en Terrassa, organizada por la Confederación de Asociaciones de Vecinosde
Cataluña, con una ponencia sobre cómo está afectando la crisis del empleo y la
protección social a la situación de los inmigrantes y a la cohesión social. La cuarta, con
ocasión del debate anual que celebramos en la Fundación Utopía sobre la inmigración, y
mi participación el lunes 12, junto con representantes de organizaciones sociales. En fin,
nuevamente una actividad académica el día 13 con la participación en el Máster de
Derecho Internacional y Comunitario queorganiza el Ilustre Colegio de Abogados de
Barcelona y en el que he asumido la explicación del bloque dedicado a la libre
circulación de trabajadores, en donde la política de inmigración de la UE tendrá un peso
importante.


2. Estas obligaciones académicas, en unos casos, y mis intereses personales por abordar
temas sociales, en otros, me llevan ahora a formular algunas reflexiones de carácter
general sobre la inmigración que complementan y actualizan, en su caso, las que desde
hace ya bastante tiempo vengo realizando en este blog, y las que he plasmado en varias
publicaciones, en varias de ellas con la ayuda inestimable del catedrático de Derecho del
Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Girona, y director de la Cátedra
de Inmigración, derechos yciudadanía de la misma Universidad, Dr. Ferran Camas
Roda, siempre tomando como punto de referencia el artículo 1 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos, en el que puede leerse que: "todos los seres humanos
nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y

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conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. La puesta en
orden de mis reflexiones se ha producido mientras llegaba, afortunadamente, a mis
manos la tesis doctoral elaborada por un querido compañero de la Universidad de
Granada. L.A. Triguero, sobre los derechos sociales fundamentales de lostrabajadores
inmigrantes, dirigida por los profesores José Luis Monereo y José A. fernández Avilés,
El profesor Triguero consta con acierto que la nueva realidad económica y social lleva a
plantearse la gestión de la inmigración en España de forma distinta que en épocas de
llegadas de población inmigrante en gran número, pero enfatiza que ese cambio ha de
ponerse en marcha “sin descartar una de sus bases esenciales (de la política jurídica de
inmigración extranjera): el reconocimiento y atribución de derechos sociales
fundamentales a las personas extranjeras desde el actual modelo jurídico-legal y
constitucional en cuanto elemento nuclear favorecedor de la integración social”. Dicha
política ha de gestionar el reconocimiento, la presencia, la integración, e incluso el
retorno, de las personas inmigrantes, “pero humanitariamente, no mercantilizadamente”.
¡Ah!, y me quedo también, para compartirla, con su tajante afirmación de que las
personas extranjeras, en la UE y en España, “no son legales o ilegales: se encuentran en
situación administrativa regular o irregular”.

Por ser de carácter general esta reflexión no entro con detalle en algunos puntos
concretos que sí impactan, y mucho, en las políticas migratorias en algunos países,
como es por ejemplo el asunto de los menores extranjeros no acompañados, al que la
Comisión Europea ha dedicado un reciente informe sobre el grado de aplicación del
plan de acción, en el que se constata, y la referencia tiene especial interés para España
por su situación geográfica de frontera con África, que la llegada de estos menores a la
Unión Europea “no constituye un fenómenos temporal, sino una característica crónica
de la inmigración a la UE. Existe, y seguirá existiendo, la necesidad de un enfoque
común respecto a los menores no acompañados para poder continuar respondiendo, de
manera efectiva, y respetando plenamente los derechos de estos menores, a este desafío
complejo y transnacional tanto a escala nacional como europea”.

3. Formulo, en primer término varias ideas para debate.

A) Primera idea: Podemos y debemos ser muy críticos con todas aquellas tesis que
convierten el debate sobre la inmigración en puro simplismo de “buenos y malos”, y
que tienen en muchas ocasiones tintes racistas y xenófobos, y tenemos ejemplos
suficientemente conocidos en Cataluña. Pero, al mismo tiempo, hay que hacer una
explicación muy clara y didáctica de cuál es la realidad de la inmigración y de toda su
aportación a nuestro desarrollo económico y social, e intentar que las políticas que se
pongan en marcha por los poderes públicos redunden en beneficio de toda la
colectividad sin diferencias por razón de nacionalidad, y coincido aquí con la tesis
sindicales del poco sentido que tiene, cada vez más, “establecer políticas y actuaciones
administrativas diferenciadas para el colectivo de trabajadores extranjeros en su
conjunto”.


Por poner un ejemplo bien claro: las políticas de lucha contra la economía irregular
deben ir dirigidas contra todas aquellas empresas, y también trabajadores, que se
encuentran al margen de la ley, y si hay que poner más el acento en un sector u otro así
debe hacerse. Hago esta afirmación porque todavía tengo en mi memoria la intervención
de un asistente a una sesión sobre la reforma laboral de 2012, en la que tuve la

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oportunidad de participar, en la que planteaba, y estoy seguro que la hacía desde la
buena fe, si los mayores controles sobre la economía irregular en sectores y empresas
donde está la población extranjera podía tener un efecto positivo para reducir el
desempleo (supongo que se refería al de los autóctonos).

El profesorLorenzo Cachón ha destacado la importante presencia de la población
inmigrada en el mercado de trabajo y, al mismo tiempo, las peores condiciones que
tienen (salarios, puestos de trabajo, seguridad y salud) con respecto a los autóctonos, y
de ahí que defienda con buen criterio una política de igualdad y no discriminación
realmente efectiva, y la UGT destaca el papel positivo que ha tenido la inmigración para
la creación de empleo y elevación de la tasa de actividad (por ejemplo, facilitando la
incorporación de las mujeres españolas al mercado de trabajo), así como también que
“su mayor movilidad laboral ha contribuido a flexibilizar el mercado de trabajo”. Por
su parte, el documento e la Comisión de seguimiento del pacto nacional porla
inmigración de Cataluña destaca también la importancia de “Lluitar contra el racisme i
la xenofòbia mitjançant la difusió de dades públiques i oficials per contrarestar els
rumors vinculats a la immigració, i ajudar a “desmuntar tòpics”, tot implicant-hi al
conjunt d’agents socials i econòmics, així com als mitjans de comunicació i els partits
polítics. D’acord amb les Directives europees, elaborar una estratègia contra les
discriminacions, la igualtat de tracte i el suport a les víctimes”.

B) Segunda idea: Se necesitan recursos, perdónenme la perogrullada, para las políticas
de integración, o dicho de otra forma para políticas que refuerzan la cohesión social y
que interesan al conjunto de la sociedad, de políticas que en el tiempo presente, y así se
constata en el documento elaborado por la Comisión deseguimiento del pacto nacional
para la inmigración de Cataluña, refuercen “el procés d’acollida-convivència-cohesió i
inclusió social, per centrar les actuacions en les polítiques d’integració, enfront de la
davallada en el nombre d’arribades de nous immigrants”. En esta línea, y para el
conjunto del Estado, conviene recordar que el artículo 2 ter, 4 de la Ley Orgánica
4/2000(modificada) sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y
suintegración social, dispone que “De conformidad con los criterios y prioridades del
Plan Estratégico de Inmigración, el Gobierno y las Comunidades autónomas acordarán
en la Conferencia Sectorial de Inmigración programas de acción bienales para reforzar
la integración social de los inmigrantes. Tales programas serán financiados con cargo a
un fondo estatal para la integración de los inmigrantes, que se dotará anualmente, y que
podrá incluir fórmulas de cofinanciación por parte de las Administraciones receptoras
de las partidas del fondo”.

Pues bien, este año 2012 no hemos tenido dinero estatal para las políticas de integración
que gestionan las Comunidades Autónomas y las administraciones locales, y el proyecto
de ley de PGE para 2013 que se está tramitando en la actualidad mantiene la suspensión.
No deja de ser triste y curioso que mientras que la Comisión de Empleo y Seguridad
Social del Congreso de los Diputados aprobaba una moción el día 27 de marzo en
términos favorables al mantenimiento de este fondo, la Ley de PGE 2012 no dedica
partida alguna al fondo.

En efecto, en el texto aprobado en el Congreso se instaba al Gobierno a continuar
cooperando con las administraciones autonómicas y locales, justamente de conformidad
con lo previsto en el art 2 ter.4 de la LO 4/2000, “mediante la financiación de programas
en el marco del Fondo de apoyo a la acogida e integración de los inmigrantes,

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adoptando las medidas que permitan su financiación en el mercado de la disponibilidad
presupuestaria”. Pues bien, si alguien tuviera alguna duda de lo que estoy diciendo
respecto al fondo, leamos la disposición adicional cuadragésima quinta de la Ley de
PGE, que lleva por título “Suspensión normativa”: “Queda sin efecto en 2012 lo
previsto en el artículo 2 ter 4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero”. En el ámbito
catalán, la suspensión del fondo fue muy criticada por las dos asociaciones
municipalistas, la Asociación Catalana de Municipios y la Federación deMunicipios de
Cataluña, que pidieron su restitución. Para la ACM, la desaparición de la partida
económica de 67 millones de euros “incrementará las dificultades para hacer políticas
de acogida” para la población inmigrantes, mientras que la FMC es del parecer que la
desaparición del fondo “puede afectar de manera irreparable la convivencia en nuestros
pueblos y ciudades, y es un claro descalabro económico para todos los ayuntamientos y
entes locales”. La crítica a la supresión o suspensión del Fondo también se produjo en
sede parlamentaria; en la Resolución aprobada por el Parlamento catalán el 12 de
abril,tras el debate celebrado “sobre el impulso de la reactivación económica y sobre la
incidencia de la actuación del gobierno en la calidad de los servicios públicos”, se
instaba al gobierno autonómico a “reclamar al gobierno del Estado el restablecimiento
del fondo de apoyo a la acogida, la integración y el refuerzo educativo de los
inmigrantes con una dotación equivalente a la de 2010, y la renovación de los planes
piloto para poderlos extender a todas las poblaciones con más de un 10 % de
inmigrantes”.

C) Tercera idea: una especial atención debe prestarse al aprendizaje de lo hecho en otros
países europeos en materia de integración de la población inmigrada, y también a las
propuestas de la UE plasmadas en la llamada “agenda europea para la integraciónde los
nacionales de terceros países”. La Comisión pide que Europa adopte una actitud
positiva frente a la diversidad y que cuente “con garantías claras con respecto a los
derechos fundamentales y a la igualdad de trato, sobre la base del respeto mutuo de las
diferentes culturas y tradiciones”, y que se tenga especial atención con los grupos más
vulnerables de la población inmigrada. Es muy importante destacar, como hace el
documento, que la agenda no puede solo aplicarse mediante instrumentos europeos, y
que requiere una implicación muy estrecha de todos los actores implicados en el
proceso de integración.

En la segunda parte del documento se analiza la integración como una responsabilidad
compartida, partiendo del planteamiento previo, en el marco jurídico vigente, que no es
la UE la que ha de determinar las estrategias nacionales de integración, pero sí que
puede (ex artículo 79.4 del Tratado) “proporcionar un marco para el seguimiento, la
evaluación comparativa y el intercambio de buenas prácticas, y establecer incentivos
mediante los instrumentos financieros adecuados”. Además, el resultado positivo de las
políticas de integración se valora, desde una perspectiva muy pragmático, como una
contribución relevante para alcanzar los objetivos marcados por la Estrategia Europea
2020 sobre incremento de la tasa de empleo (75 % de 20 a 64 años), reducción de las
tasas de abandono escolar (menos de 10 %), incremento de la población que supere la
educación terciaria (40 %), y reducir el número de personal en situación de pobreza y
exclusión social (20 millones menos).

Las medidas más concretas para incentivar la integración son las siguientes:



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a) En primer lugar, pasa por la mayor participación de los migrantes en las sociedades
de acogida. Ello requiere poner en marcha medidas de apoyo al aprendizaje de las
lenguas oficiales, políticas adecuadas de acceso al empleo (puede ser necesario poner en
marcha “programas de introducción” para que la persona migrante adquiera un previo
conocimiento del mercado laboral en el que va a operar, y aquí me viene ahora a la
mente la ley catalana de acogida de la población inmigrada), la educación y la
formación profesional, y la lucha decidida contra todo tipo de discriminación
(recuérdese los importantes instrumentos jurídicos europeos de protección contra todo
tipo de discriminación, incluyendo el que ocurre por raza o etnia).

b) La integración pasa por conseguir la igualdad de trato y un sentimiento de
pertenencia, desde el respeto de los valores universales y los derechos fundamentales
que están consagrados en el Tratado. La participación política y social cobra aquí pleno
sentido, con una llamada de la Comisión a que los Estados faciliten el derecho al voto
en las elecciones locales y la participación de representantes del colectivo migrante en
los diferentes órganos consultivos locales, regionales y nacionales. El pleno respeto del
principio de no discriminación es responsabilidad de los Estados, debiendo asegurarse
la Comisión de “la correcta y plena aplicación de las directivas existentes en el ámbito
de la no discriminación y de la migración legal”.

c) La atención a colectivos vulnerables, y a evitar la segregación por razón de
instalación en zonas urbanas desfavorecidas, es una de las medidas más importantes
para facilitar la integración, y así lo demuestran (aunque los resultados sean desiguales)
las políticas emprendidas por diversos Estados (España y Francia entre ellos). Se trata
de apoyar el desarrollo urbano y estimular la actividad económica y cultural, con el
objetivo de contribuir a la cohesión social. De ahí la importancia de los llamados
“pactos territoriales” con implicación de poderes públicos y organizaciones sociales,
con medidas de carácter urbanístico y de empleo, o lo que es lo mismo “con un enfoque
integrado, con objeto de evitar la segregación”. El apoyo de la Comisión a tales pactos
debe manifestarse a través del Fondo Europeo para la Integración de los Nacionales de
Terceros Países, fijándose unos objetivos claros en tales pactos para poder obtener
fondos europeos y que pasarían por incrementar, en el ámbito territorial de referencia,
las tasa de empleo, los niveles de educación, la inclusión social y la ciudadanía activa.

d) La integración no afecta sólo a las políticas que se adopten en los países de acogida.
Los países de origen también han de jugar un papel importante en el apoyo al proceso;
los inmigrantes deben tener información adecuada sobre todo aquello (idioma,
requisitos profesionales, documentación) que necesitan para su integración regular, y
también la UE puede ayudar a ello mediante la puesta en marcha del “portal UE sobre
Inmigración”. Deben producirse contactos entre las comunidades en el exterior y los
países de origen, y ahí las remesas de los inmigrantes y la transferencia de
conocimientos pueden jugar un papel de primera importancia en el desarrollo de los
países de origen y el fomento del espíritu empresarial. En fin, los países de origen
pueden preparar el retorno temporal (política de migración circular que reconozca los
derechos de las personas inmigradas y que no les dificulte, en el Estado de acogida, el
retorno) o definitiva de los migrantes. Para ello se requiere, y en general para toda la
política de integración, reforzar los mecanismos de cooperación, consulta y
coordinación entre los países de origen y los de acogida.



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El ComitéEconómico y Social Europeo aprobó, en su sesión plenaria del 28 de marzo,
un Dictamen sobre la Comunicación de la Comisión que trata sobre la agenda de
integración, que valora positivamente si bien pide que dada la gravedad de la situación
económica y social “se establezcan instrumentos institucionales y concretos que
respalden los objetivos de la integración”, al mismo tiempo que destaca el énfasis de la
Comunicación en el papel que desempeñan los entes locales y regionales en las políticas
de integración pero crítica que “no queda claro cuáles son los incentivos para aumentar
su participación”. El CESE pide modificaciones en la normativa existente,
especialmente en el ámbito de la participación política, ya que es del parecer que el
objetivo principal del Tratado UE, y de las normas y propuestas posteriores, de construir
una Europa competitiva e inclusiva “no se puede conseguir si el 4 % de su población,
representada por los nacionales de terceros países, se queda atrás”, apoyando otorgar el
derecho de sufragio activo y pasivo a los nacionales de terceros países en “las
elecciones locales, regionales, nacionales y europeas”. El CESE es del parecer que los
inmigrantes realizan “una importante contribución a la sociedad, la economía y la
cultura de los países de acogida”, y pide, una vez más, que se tengan en cuenta muchas
cuestiones laborales para conseguir una efectiva integración, tales como “el
reconocimiento de cualificaciones previas, salarios, prestaciones, incluida su
transferencia, acceso a la formación profesional y seguridad en el empleo”, así como
también “la incorporación de mujeres al mercado laboral”.


D) Cuarta idea: acercarse a la realidad de la inmigración debe hacerse con especial
atención a los importantes cambios operados en los últimos años, tanto en términos de
menor presencia de los flujos de entrada como de una mayor consolidación jurídica de
la población inmigrada al ser cada vez más relevante el número de aquellas personas
que disponen de la residencia de larga duración. Tampoco conviene olvidar, por su
impacto sobre las políticas laborales dirigidas a la población inmigrada, el importante
número de personas que han adquirido la nacionalidad española en los últimos años
como consecuencia de la aplicación de la Ley52/2007 de 26 de diciembre, “por la que
se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes
padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura”, y más
concretamente de su disposición adicional 7ª relativa a la adquisición de la nacionalidad
española (“1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español
podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el
plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho
plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un
año.2. Este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron
que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio”); en fin, en el
debate sobre las políticas de migración circular y las políticas de retorno, convendrá
recordar que buena parte de la población que ha abandonado España en los últimos tres
años posee la doble nacionalidad, y por consiguiente podrán reincorporarse al mercado
de trabajo español en igualdad de condiciones que aquellos residentes en nuestro país.
Al respecto, es interesante el dato hecho público por el Instituto Nacional de Estadística
sobre la población española residente en el extranjero, un total de 1.816.835 personas a
1 de enero de 2012, con un incremento de 114.057 (6,7 %) sobre la misma fecha del año
anterior, y más exactamente que “el 36 % de los españoles residentes en el extranjero
nacieron en España, el 58,2 % en su actual país de residencia, y el 5,1 % en otros
países” (654.395, 1.057.730 y 92.473, respectivamente), así como también que el 62,4
% (1.133.228 personas) tienen su residencia en América”.

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En relación con los “nuevos españoles”, aquí están los datos oficiales facilitados por
elMinisterio de Justicia el 30 de marzo: se han presentado un total de 503.439
solicitudes de opción a la nacionalidad española, y de ellas el 94,84% (477.462) de las
solicitudes presentadas en el mundo lo fueron en las Oficinas Consulares de España en
Iberoamérica. Por el tipo de solicitudes presentadas, el 92.34% del total (464.858)
corresponden a hijos de padre o madre originariamente español, mientras que el 6,32 %
(32.141) de las solicitudes corresponden a nietos de quienes perdieron o tuvieron que
renunciar a la nacionalidad española por motivo del exilio. El restante 1,28% (6.440)
“corresponde a las solicitudes de transformación en nacionalidad española de origen de
aquellos casos en que la opción dio lugar a una nacionalidad española no de origen”. El
Ministerio de Justicia aporta el dato de la aprobación de un 48,02 % de la solicitudes, es
decir 241.763 personas, al mismo tiempo que recuerda, y debemos tenerlo en cuenta,
que “Es preciso tener en cuenta que hay un número importante de solicitudes que se
encuentran en fase de estudio o pendientes de presentación de documentación, caso este
último no infrecuente al ser necesaria la presentación de documentación (especialmente
certificados de nacimiento de padres y abuelos) no siempre fácil de conseguir”.

Quinta idea: El debate sobre cómo articular una adecuada política migratoria adquiere
una gran importancia, tanto en el ámbito español como en el europeo e internacional,
pues parece muy difícil pensar que la inmigración se reducirá drásticamente o
desaparecerá aún cuando se establezcan numerosas medidas restrictivas y de control. Al
respecto, un informe de la prestigiosa Fundación Ceimigra expone que la baja natalidad,
el envejecimiento de la población y mantener el sistema de Seguridad Social hará que la
economía española necesite que lleguen unos 4,1 millones de inmigrantes en el año
2034.

El fenómeno migratorio es uno de los fenómenos más característicos encuadrables en el
proceso de globalización económica y que se ve seriamente afectado por los procesos de
transnacionalización, si bien se ha producido a lo largo de toda la historia e incluso en
muchas ocasiones impulsado por los gobiernos para evitar conflictos sociales y reducir
los niveles de desempleo. Hay que acercarse a este fenómeno sin creer que tiene
naturaleza básicamente temporal, pues la realidad nos demuestra que cada vez más tiene
una vocación de permanencia estable, tanto para el inmigrante como para la familia que
se incorporará después una vez que tenga derecho a ello, y las secuelas posteriores en
términos de generaciones de hijos e hijas de inmigrantes y que se encuentran
plenamente integradas en la sociedad que acogió a sus mayores. Cuestión diferente, y
cada vez de mayor importancia es cómo facilitar la migración circular y evitar la
pérdida de derechos para la población extranjera que abandone el país de acogida (en
este caso España) durante un determinado período de tiempo, a fin y efecto de que
pueda regresar cuando lo considere oportuno.

Con respecto a la integración laboral de las personas inmigrantes en España en la
primera década de este siglo, se ha publicado un interesante estudio de la Fundación
Primerode Mayo, dirigido por Jorge Aragón, del que extraigo algunas de las tesis que
me han parecido más relevantes: en nuestro país, y también en otros países europeos,
“los procesos migratorios se encuentran íntimamente ligados a las transformaciones y
demandas del mercado de trabajo, a los déficits de mano de obra y a los desajustes
registrados a lo largo de las últimas décadas”. Esto es muy importante porque “el acceso

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a los derechos y la integración social de las personas inmigrantes descansa, en parte, en
el acceso al mercado de trabajo y en la garantía de unas condiciones laborales dignas”.
Coincido plenamente con la importancia de la calidad del empleo como elemento clave
de la integración. La crisis (a partir de 2008) está afectando más intensamente a la
población extranjera que a la española y, por otra parte, la población inmigrante
“registra niveles de sobre cualificación superiores, un salario medio muy inferior y un
menor porcentaje de participación en formación continua que la población española”.
Justamente con ocasión de la crisis se constata que los inmigrantes han ampliado el uso
de los recursos que ofrecen los Servicios Públicos de Empleo, y ha superado a la
población española “en demandas de empleo, beneficiarios de prestaciones por
desempleo, contratación y formación ocupacional”. Desde una perspectiva
internacional, los estudios de la Organización Internacional del Trabajo siempre han de
sernos útiles como punto de referencia, y los dedicados a las migraciones laborales
internacionales contienen varias tesis que creo que son de utilidad: “la gobernanza
nacional e internacional de la migración laboral debería reconocer que la mayor parte de
los migrantes busca trabajo decente, y ofrecer mayores oportunidades legales para la
movilidad laboral; que las políticas deberían basarse en el reconocimiento de los
beneficios mutuos, tanto para los países de origen como para los de destino; que la
protección de los derechos de los migrantes es fundamental para que todas las partes
obtengan los beneficios de desarrollo que acarrea la migración; que son necesarios
enfoques integrales para la migración irregular, incluso que aborden sus causas
básicas”.

4. Pasemos ahora al estudio y análisis de todas las cifras y datos disponibles, para
entender la realidad actual de la inmigración en España.

A) Analicemos en primer lugar, los datos demográficos más generales. Según los datos
provisionales delpadrón municipal facilitados por el Instituto Nacional de Estadística,
que se hicieron públicos el mes de abril, del total de la población empadronada a 1 de
enero de 2012, 47.212.990 personas, con un incremento anual de 22.947, 5.711.040
personas son extranjeras, o lo que es lo mismo el 12,1 % del total de inscritos. Destaca
el descenso de la población extranjera en 40.447 personas (0,7 %), mientras que por el
contrario se incrementa la población autóctona en 62.944 (0,2 %), y también me parece
significativo (y creo que es tanto producto de la crisis como de la nacionalización de
una parte de la población que proviene de América del Sur) que la población no
comunitaria se haya visto reducida en 85.941 personas, quedándose en 3.270.188,
mientras que la comunitaria se ha incrementado en 45.494, siendo en la actualidad
2.440.852 personas. Para ayudar a confirmar esta apreciación, cabe destacar que la
población extranjera que ha experimentado un mayor crecimiento absoluto en 2011 ha
sido la rumana (30263 personas), mientras que el descenso más destacado se ha
producido en tres países latinoamericanos, Ecuador (54.330), Colombia (28.506) y
Bolivia (14.374). Como consecuencia de los cambios operados en la composición de la
población extranjera la presencia de la población europea comunitaria ha crecido del
41,6 % de 2011 al actual 42,7 %, y la sudamericana ha descendido desde el 24,8 al 22,6
%. En cuanto a las poblaciones africanas y asiáticas, el cambio positivo ha sido mínimo
(0,3 y 0,4 décimas respectivamente).


Por sexos, la distribución es bastante equilibrada, ya que la diferencia a favor de los
varones es de sólo 3,8 puntos (51,9 y 48,1 %, respectivamente), si bien sí se diferencia

                                                                                       8
de la española en cuanto que en esta la presencia femenina supera en 1,4 puntos a la
masculina (50,7 y 49,3 %). La presencia extranjera en los tramos de edad vinculados a
la presencia en el mercado de trabajo es abrumadora (59,9 % en personas de 16 a 44
años, y 18,5 % entre las de 45 y 64), siendo también significativa la de los jóvenes
menores de 16 años (15,4 %) y mucho menos la de los comprendidos entre 65 y más
años (6,2%). La diferencia con la población autóctona es especialmente significativa en
la franja laboral (41,1 y 25,7 %), mientras que también lo es, pero en este caso porque el
porcentajes es muy superior, entre la población de mayor edad (17,4 %, es decir más de
11 puntos superior a la extranjera).


Por Comunidades Autónomas, destacan porcentualmente dos en las que el peso de la
población comunitaria es muy significativo, Islas Baleares (21,6 %) y Comunidad
Valenciana (17,2%), mientras que en la tercera en el ranking porcentual, la Región de
Murcia (16,1 %) sí que es significativa la presencia de personas de nacionalidades
extracomunitarias. Las dos Comunidades Autónomas con mayor presencia cuantitativa
de población extranjera, Cataluña y Madrid, ocupan los dos lugares posteriores en la
lista, con el mismo porcentaje, el 15,6 %.


Con respecto a la Comunidad Autónoma de Cataluña, según los datos facilitados por
IDESCAT, la población empadronada es de 7.655.603, con un incremento absoluto de
25.985 personas sobre 2011 y porcentual del 0,3 %. La población extranjera disminuye
por segundo año consecutivo, ahora en 1.945 personas, y es en la actualidad el 15,6 %
del total de la población, una décima menos que en 2011, siendo la cifra total de
1.183.907 personas.


Datos más recientes de los flujos migratorios enEspaña durante los meses de enero a
septiembre de 2012, también facilitados por el INE, ponen de manifiesto, y el impacto
de la crisis en estos datos es indudable, que aumenta la emigración y disminuye la
inmigración. Si el saldo entre las personas que abandonan España y las que llegan era
positivo para la inmigración en 47.362 y 62.156 personas en 2009 y 2010,
respectivamente, en 2.011 se han invertido los términos y han salido de España 50.990
personas más de las que han llegado. Además, la inmigración se ha reducido en un 19,4
%, ya que de los 314.191 inmigrantes llegados en los nueve primeros meses de 2011 se
ha pasado a 253.149 en el mismo período de 2012.


B) Detengámonos a continuación en los datos de extranjeros con certificado de registro
otarjeta de residencia en vigor a 30 de junio de 2012, publicados por el Observatorio
permanente de la inmigración del MEySS el 19 de septiembre. A 30 de junio de de 2012
había 5.333.805 extranjeros con dicho certificado en vigor, más exactamente 2.597.754
personas acogidas al régimen comunitario y 2.736.051 al régimen general, con un
incremento en el primer grupo de 33.951 residentes respecto al trimestre anterior (1,32
%) y 121.420 personas en serie anual (4,90 %), y en el segundo de 5.144 y 68.116
autorizaciones (0,19 % en el trimestre y 2,55 % en serie anual, respectivamente). El
porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y
residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 48,70 % sobre el total (48,42 el


                                                                                        9
trimestre anterior), frente al Régimen General que se sitúa en el 51,30 % % (51,58 % en
el primer trimestre de 2012).


a) En cuanto al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al
régimen comunitario (incluye ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega
y Suiza, y sus familiares), cabe decir que a 30.6.2012 hay un total de 2.597.754, con
121.420 nuevas personas acogidas en serie interanual, siendo en la actualidad la
proporción de hombres y mujeres bastante equilibrada, 51,32 y 48,68 %,
respectivamente, si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de
ciudadanos comunitarios, ya que el 41,02 % son hombres y el 58,98 % mujeres. Del
total antes referenciado, 2.188.176 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA
(84,24 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles
con nacionalidad de un tercer país, un total de 409.460 (15,76 %), con un peso muy
importante de personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos

La población rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera
posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar
con 908.769 personas, es decir el 34,98 % del total de las nacionalidades presentes en
este régimen comunitario (incremento trimestral del 1,19 % y aumento interanual del
4,90 %). A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (243.058
personas, 9,36 % sobre el total), la italiana (186.868, 7,19 %) y la búlgara (174.784,
6,73 %). Es la población francesa la que han experimentado un importante incremento
relativo en serie interanual, un 7,62 %, seguida de la italiana con un 7.20 %, y destaca
el importante aumento del número de familiares de República Dominicana, Marruecos y
Brasil de los ciudadanos comunitarios, con un 14,70, 10,58 y 7,19, respectivamente.

Las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana agrupan a
más del 48 % de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera
(407.610), seguida de Barcelona (275.546), de tres provincias de la costa mediterránea
en donde se asienta un número importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 189.661 -
-, Valencia – 150.096 -- y Málaga – 143.335 --) y de las Islas Baleares (134.839). En
tres Comunidades Autónomas (Canarias, Castilla y León, y Comunidad Valenciana), el
número de personas del régimen comunitario se sitúa por encima del 59 %.

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.172.338
extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (83,62 % del total), con un
peso menor de los mayores de 65 años (190.560, 7,34 %) y de los menores de 16 años,
(234.856, 9,04 %). La edad media es de 37,1 años, 5 años mayor que la del régimen
general (32,1), destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (53,7 años) y
Noruega (51,5).

b) Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen
general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el
Régimen Comunitario”. A 30.6.2012 hay un total de 2.736.051, con un incremento del
2,55 % (68.116 residentes) en serie interanual. Por sexo, hay más diferencias entre
hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los porcentajes son del 53,45
y 46,55 %, si bien cabe destacar, como así lo hace el informe, el gradual incremento de
las mujeres, ya que en los últimos nueve años el porcentaje ha pasado del 40,70 % al
46,55 actual.

                                                                                       10
La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de
todas las nacionalidades, con 819.249 personas, con un crecimiento del 0,67 y 3,56 %
en serie trimestral e interanual respectivamente, representando el 29,95 % del total de la
población de este régimen. A bastante distancia siguen los ecuatorianos (364.605, 13,33
%), colombianos (221.797, 8,11 %), chinos (171.603, 6,27 %), bolivianos (147.905,
6,27 %) y peruanos (122.425, 4,48 %). Hay que destacar tanto sobre el trimestre
anterior como en serie interanual, el crecimiento del número de ciudadanos de las
principales nacionalidades, con las excepciones de Ecuador (-1,86 y – 3,74 %),
Colombia (-1,05 y -3,0 %), Perú (-1,40 y -1,57 %) y Argentina (-0,81 y 0,36 %),
dándose un importante incremento anual de la población paraguaya (19,93 %),
paquistaní (11,10 %), senegalesa (8,66 %) y boliviana (8,06 %). Por continentes, el peso
porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica (43,25 %) es superior en menos de 5
puntos al de los africanos (38,91 %) y de 30 al de los asiáticos (12,50 %), debiendo
destacarse que los residentes marroquíes suponen más del 77 % del total de los
nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el 51 % del total de la
población asiática.

Las Comunidades Autónomas de Cataluña (784.546 residentes), Madrid (504.672),
Andalucía (289.333) y Comunidad Valenciana (278.748), agrupan al 68 % de los
extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor
número de población extranjera, 550.216 y 504.672, respectivamente. De las restantes
provincias catalanas, Girona reúne a 106.301, Tarragona a 82-017 y Lleida a 46.012.

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.191.351
extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (80,09 % del total), con un
peso muy limitado de los mayores de 65 años (38.756, 1,42 %) y mucho más
importante de los menores de 16 años, (505.944, 18,49 %). La edad media es de 32,1
años, los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 28,0 años, seguidos por los
pakistaníes y chinos con 29,3 y 29,8 años. Según la información oficial con la que estoy
ahora trabajando, es en Barcelona y Madrid donde se concentra el mayor número de
extranjeros en edad laboral.

De los extranjeros del régimen general, el 68.85 %, es decir 1.929.659 personas, (70,52
%, 1.880.218 personas en el trimestre anterior) disponen de autorización de residencia
de larga duración (con un elevado porcentaje, 44,66 y 37,88 % de ciudadanos africanos
y de América Central y del Sur, respectivamente), mientas que las autorizaciones
temporales (806.352) suponen el 29,48 % del total, habiéndose incrementado las
primeras en 190.753 (10,97 %) en serie interanual, y continuando la disminución de
las segundas, ya que han sido 122.637 autorizaciones menos con respecto al mismo
trimestre de 2011 (- 13,20 %).

De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 382.588 son por cuenta ajena y
6.892 por cuenta propia De las autorizaciones de residencia temporal, 216.468 son por
reagrupación familiar, 123.167 por residencia no lucrativa, 68.800 por circunstancias
excepcionales de arraigo, y 3.071 por “razones humanitarias y otras”. En el segundo
trimestre de 2012 se concedieron 277.950 autorizaciones iniciales, un 34,47 % (+ 2,66
% con respecto al trimestre anterior), 165.641 de primera renovación, un 20,54 % ( -
16,24 %) y 362.801 de segunda renovación, un 44,99 %.


                                                                                       11
C) Preguntémonos a continuación cuál es la preocupación que la ciudadanía tiene sobre
el fenómeno migratorio en España, visto tanto desde la perspectiva más general como
de aquella que le afecta personalmente. Y podemos dar una primera respuesta con los
datos obtenidos del barómetro mensual del Centro de Investigaciones Sociológicas: el
retroceso indudable en su consideración de preocupación o problema. En apoyo de esta
respuesta aporto los datos del últimobarómetro disponible, correspondiente al mes de
octubre, hecho público en el día de hoy.

El barómetro constata un ligero aumento de la preocupación de los ciudadanos por el
paro y por la situación económica, y también que la inmigración reduce su importancia
como problema para España y que lo es todavía mucho menos a título personal por los
encuestados. La inmigración se considera el undécimo problema (posibilidad de tres
respuestas) que existe actualmente en España (4.4, 1.5 puntos menos que el mes de
septiembre), por detrás del desempleo (77.9, 1.4 puntos menos que el mes de
septiembre), los problemas de índole económica (43.4, 6,0 puntos más que en el
barómetro anterior), de "la clase política, los partidos políticos" (30,5, 3,6 puntos más
que en el barómetro de septiembre), de la sanidad (10.1, 1.0 puntos menos que el mes
anterior), de la corrupción y el fraude (9.2, 0.7 puntos más que el mes de septiembre),
de la educación (8.3), de los recortes (6.7), de otras respuestas (5.6), de los bancos (5.4),
y los problemas de índole social (4.6). Cuando se pregunta a los encuestados cuál es el
principal problema ahora en España, la inmigración se sitúa en el noveno lugar (0.8, 0.2
puntos menos que en el barómetro del mes de septiembre), por detrás del desempleo
(56.7, 1.3 puntos más que en el barómetro anterior), los problemas de índole económica
(16.2, 3.0 puntos menos que el mes de septiembre), de "la clase política, los partidos
políticos" (12.5), de "la corrupción y el fraude" (3.2), del "Gobierno, los políticos y los
partidos" (1.7), otras respuestas (1.4), los recortes (1.0), y la educación (0.9). Si se
pregunta cuáles son los problemas que afectan personalmente más a los encuestados
(posibilidad de tres respuestas), la inmigración se sitúa en el vigésimo primer lugar
(1.2, 0.1 puntos menos que en el barómetro de septiembre), por detrás del desempleo
(46.8) , los problemas de índole económica (37.2), la sanidad (11.3), la clase política,
los partidos políticos (8.8), la educación (8.8), "los recortes" (8.3), las pensiones (7.0),
"no sabe" (6.2), "no contesta" (5.7), los problemas relacionados con la calidad del
empleo (5.5), la subida del IVA (5.2), las preocupaciones y situaciones personales (4.2),
los problemas de índole social (4.2), otras respuestas (3.3), la vivienda (3.1), la
corrupción y el fraude (2.5), la inseguridad ciudadana (2.1), los bancos (2.0), los
problemas relacionados con la juventud (1.9), y la crisis de valores (1.3). Por último,
cuando se pregunta cuál es el problema que afecta personalmente más al encuestado, la
inmigración baja aún más, hasta el vigésimo segundo lugar (0.3, 0.1 puntos más que en
el barómetro anterior), por detrás del desempleo (37.2), los problemas de índole
económica (19.5), "no contesta" (5.7), "no sabe" (6.2), las pensiones (3.9), "la clase
política, los partidos políticos" (3.7), la sanidad (3.4), los recortes (3.3), los problemas
relacionados con la calidad del empleo (2.9), la educación (2.7), las preocupaciones y
situaciones personales (1.9), otras respuestas (1.4), el aumento del IVA (1.3), los
problemas de índole social (1.2), la corrupción y el fraude (0.8), los problemas
relacionados con la juventud (0.6), la vivienda (0.6), la inseguridad ciudadana (0.6), la
crisis de valores (0.4), el gobierno, los políticos y los partidos (0.4), y los bancos (04.).

No obstante, todos estos datos no deben hacernos olvidar que la crisis impacta sobre las
relaciones entre autóctonos e inmigrantes y cuestiona el mantenimiento de la cohesión
social. En este términos, un reciente estudio del Colectivo IOE para la Organización

                                                                                          12
Internacional de las Migraciones (OIM) sobre “Impactos de la crisis sobre lapoblación
inmigrante en España”, pone de manifiesto el incremento de las diferencias laborales
(empleo, ingresos y protección social) entre ambos grupos en perjuicio del segundo, y
también “el deterioro del clima de la opinión pública con respecto a la inmigración
extranjera y el incremento de la preocupación entre entidades de solidaridad y de
colectivos inmigrantes”. El estudio destaca la polarización de la sociedad española en
tres grupos: de rechazo a la inmigración (37 %) de tolerancia (33 %) y de ambivalencia
(30 %), y al mismo tiempo enfatiza, con acierto a mi parecer, que “es necesario
abandonar la fantasía que el asunto se solucionará con la salida masiva de esta
población. Por el contrario, es necesario asumir su condición de ciudadano, y en tanto
que tales, atender las situaciones de precariedad que les afectan especialmente”. Otro
reciente estudio sobre el impacto social de la crisis,publicado por la Fundación La
Caixa, pone de manifiesto, con amplias referencias bibliográficas, que en el ámbito
europeo, y España no es ninguna excepción, “la condición flexible del colectivo
inmigrante en el espacio laboral – en especial las personas en situación irregular –
impulsa políticas destinadas a vetar el acceso – explícita o implícitamente – como forma
de paliar los efectos en el desempleo”, resaltando que entre estas medidas se
encontrarían “la reducción de entradas legales por motivos laborales, obstaculización
del reagrupamiento, incremento de la penalización por entrada ilegal o incentivación del
retorno”.

D) Vayamos ahora al examen de los datos sobre la presencia de la población inmigrante
en el mercado de trabajo español, y cómo le afecta (ya adelanto que mucho) la situación
de crisis. Podemos disponer para efectuar dicho análisis de la encuesta trimestral de
poblaciónactiva, y utilizaremos la del tercer trimestre de 2012, y los datos de empleo y
,desempleo y afiliación a la Seguridad Social que elabora mensualmente el Ministerio
de Empleo y Seguridad Social, estando disponibles los de octubre sobre desempleo y
afiliación a la Seguridad Social, y los de septiembre sobre las prestaciones por
desempleo.

Según los datos de la EPA, la población activa extranjera estaba integrada por
3.393.900 personas, con 2.211.500 ocupadas y 1.182.400 desempleadas, mientras que
1.151.400 personas estaban conceptuadas como inactivas. El número de personas
extranjeras de 16 y más años es de 4.545.300, con un descenso trimestral de 47.600 y en
serie interanual de 104.500 personas, y hay que hacer especial mención de este dato
porque sigue la línea de los cuatro trimestres anteriores. Si comparamos con los datos
del segundo trimestre de 2012, la población activa extranjera ha disminuido en 55.500
personas y en serie interanual la disminución es de 133.900, mientras que si nos fijamos
en los datos de la población autóctona la población activa ha aumentado en 43.500
personas sobre el trimestre anterior y en 97.700 en serie interanual. La tasa de actividad
es del 74.67%, 16,50 puntos superior a la de la tasa de la población activa española
(58.17%). En este trimestre, la tasa de actividad de los extranjeros ha disminuido un
12,43%, mientras que el aumento de la población española ha sido del 0.13%. En serie
interanual la tasa de actividad de la población autóctona experimenta un incremento del
0.23%, y la de la población extranjera disminuye en un 20.1%. La tasa de paro de la
población extranjera es del 34.84%, es decir 11:52 puntos por encima de la española
(23:32%). Durante el tercer trimestre de 2012 el desempleo autóctono creció en 136.00
personas, y entre la población extranjera en 51.000. Por último, durante el tercer
trimestre de 2012 hay que hacer especial mención al hecho de que el número de
trabajadores autóctonos ocupados ha experimentado un descenso de 92.500 personas, y

                                                                                       13
el de extranjeros de 4.400 en relación con el trimestre anterior. En serie interanual la
población ocupada extranjera disminuye en 162.000 personas, la población parada sube
en 28.100 y la inactiva se incrementa en 29.400, mientras que la población ocupada
española disminuye en 673.900 personas, la población parada se incrementa en 771.600,
y la inactiva merma su número en 60.700 personas.

E) Analizo a continuación, como he indicado, los datos sobre demandantes de empleo,
paro registrado y contratos que corresponden al mes de octubre de2012, y las de
prestaciones correspondientes al mes de septiembre. Los datos más destacados son los
siguientes:


a) Número de trabajadores extranjeros en situación de desempleo: 605.959 (12,53% del
total). 189.554 son de países UE y 416.405 de países no UE. Se ha producido un
incremento mensual de 17.890 personas (13,95% del total), y un descenso interanual
9806 (el paro del total de la población ha crecido en 472.595 personas). En los datos del
mes de octubre destaca el crecimiento en el sector agrícola (15,64%, siendo el paro de
50.259), y el descenso en el sector de la construcción (1,56%, siendo el paro de 121.324
personas).

b) Número de trabajadores extranjeros en situación de paro en Cataluña: 134.992
(22,27% del total). 24.924 son de países UE y 110.068 de países no UE, con un
incremento mensual de 4.802 personas (26,84% del total), y un descenso interanual de
5.893 (60,09% del descenso en todo el Estado). El paro se concentra mayoritariamente
en el sector de los servicios en las cuatro demarcaciones territoriales catalanas (69.669),
y el paro en el sector de la construcción se sitúa en 31.298.

c) Número de trabajadores extranjeros beneficiarios de prestaciones por desempleo en el
mes de septiembre: 309.976, con un descenso interanual del 11,0%. 107.708 parados
son de países UE y 202.268 son de países no UE. Este número supone el 10,93% sobre
el total de beneficiarios, con un porcentaje del 10,64% si se trata de la prestación
contributiva, del 11,85% en caso de subsidio, 13,67% en la renta activa de inserción, y
1,81% para el subsidio para trabajadores eventuales agrarios.

Si comparamos los datos de septiembre con las de los once meses anteriores se observa
un descenso de la población acogida a prestación contributiva y del subsidio, y un
incremento de la perceptora de la renta activa de inserción. Hay otro dato que conviene
tener en consideración para analizar los cambios que se están produciendo en la
percepción de prestaciones por parte de los extranjeros: en serie interanual, la prestación
contributiva ha pasado del 12,12% al 10,64% (un descenso del 12,2% en serie
interanual), y el subsidio ha experimentado también un descenso, del 15,01 al 11,85%
(un 21,1% en serie interanual). Es decir, el número de parados extranjeros que cobran el
subsidio de desempleo sobre el total de la población perceptora (11,85%) supera 1,21
puntos si lo comparamos con el de quienes cobran la prestación contributiva (10,64% ).
Sin embargo, destaca el aumento de las personas perceptoras de la Renta Activa de
Inserción, el 13,67% del total de los perceptores y con un incremento del 1,7% en serie
interanual. De los datos del mes de septiembre hay que destacar que el porcentaje de
perceptores de la RAI es superior al de perceptores de las prestaciones contributivas y
de subsidio.


                                                                                        14
Si analizamos qué desempleados parados cobran los diferentes tipos de prestaciones,
podemos comprobar que las contributivas suponen el 52% del extranjeros de países UE
y el 42,1% de los de países no UE, y que el número de perceptores del subsidio, RAI y
REASS, , supone el 48 y el 47,9% respectivamente. En cuanto a los datos del conjunto
de la población perceptora de prestaciones en el mes de septiembre, un total de
2.836.592, el 47% reciben prestaciones contributivas y el 53% prestaciones asistenciales
(40% subsidio, 8% renta activa de inserción, y 5% subsidio agrario). El porcentaje de
beneficiarios sobre el total de demandantes de empleo extranjeros es del 38,99% (72,60
y 58,93% en los meses de septiembre de 2010 y 2011 respectivamente). El gasto total
para los parados extranjeros es de 219.047 millones de euros, un 8,5% del gasto total
(disminución interanual del 15,8%). El 71,8% del gasto total de prestaciones (2.589.710
euros) se destina a la prestación contributiva, mientras que el porcentaje se sitúa en el
66,1% cuando se trata de parados extranjeros (62,4 y 64, 3% en los meses de septiembre
de 2010 y 2011, respectivamente).

d) En cuanto al número de perceptores extranjeros la provincia de Madrid mantiene el
primer lugar (16,46%), por delante de las de Barcelona (16,067%), Valencia (5,48%),
Alicante (4,47) , Murcia (4,25), Almería (3,99%), Málaga (3,17%), Tarragona (3,07%),
Girona (2,92%),%), Islas Baleares (2,73% ), Castellón (2,65 y Zaragoza (2,55%). Por
nacionalidades, los trabajadores marroquíes ocupan el primer lugar (64.093, 20,68%).
Los rumanos mantienen la segunda posición (54.713, 17,65%), y los ecuatorianos la
tercera (25.866, 8,35%). En cuarto lugar encontramos los colombianos (17.826, 5,75%),
en quinto los búlgaros (12.728, 4,11%), y en sexto los italianos (12.728, 3,04%).

La caída en la protección social de la población extranjera no es una realidad sólo
española, sino que opera en la mayor parte de países europeos como se constata en el
estudio antesreferenciado de la Fundación La Caixa, ciertamente con diferentes niveles
de intensidad, pero en cualquier caso sí es pacífico que “la población extranjera ha
asumido el papel de amortiguador de los efectos sociales de la crisis, cargando con la
mayor parte de los costes – desempleo, empobrecimientos, embargos..-. Esto se va a
convertir en un serio condicionante de los proceso de integración social, especialmente
de los sectores recién llegados”. Una integración para la que se requiere un efectivo
proceso de conocimiento de la realidad política, económica, jurídica y social española,
del que siempre he dicho que carecen muchos ciudadanos españoles; así se pone de
manifiesto en la Instrucción de 2 de octubre de 2012, de la Dirección General de
losRegistros y del Notariado, sobre determinados aspectos del plan intensivo
detramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española
porresidencia, en la que se remite a la doctrina jurisprudencial para enfatizar que “el
adecuado grado de integración en la sociedad española no se reduce a un conocimiento
aceptable del idioma, sino que es preciso un conocimiento de las instituciones,
costumbres y adaptación al modo y estilo de vida españoles”.


e) La media del número de trabajadores extranjeros afiliados a la Seguridad Social
durante el mes de octubre ha sido de 1.701.875, con una disminución de 26.961
personas sobre el mes anterior, prácticamente toda concentrada en el régimen general,
donde se ha producido un descenso de 26.109 personas. En el régimen de trabajadores
autónomos se ha producido una merma de la afiliación de 66 personas, rompiendo la
tendencia positiva de los nueve meses anterior del año 2012, siendo en la actualidad un
total de 217.125 afiliados, mientras que la afiliación total de la población autónoma ha

                                                                                      15
disminuido en 5.953 personas, quedándose en 3.038.901. Durante el mes de octubre el
número medio de afiliados a la Seguridad Social se redujo en serie interanual en
623.586 personas, mientras que el de extranjeros se redujo en 83.487.


Un análisis mucho más detallado de la composición de la población extranjera a la
Seguridad Social se encuentra en los datos desagregados del mes de septiembre (los de
octubre aún no son públicos). En toda España, y con datos de la media del mes de
septiembre hay un total de 1.728. 836 afiliados (53,41% hombres y 46,59% mujeres), de
los cuales 651.429 son de países UE (350.485 hombres y 300.944 mujeres), y 1.077.406
son de países no UE (573.031 hombres y 504.375 mujeres). Es decir, se ha producido
un descenso anual del 4,83%. Cabe recordar que la media de afiliados del mes de
septiembre de 2011 era de 1.816.662. Es decir, en los últimos doce meses se ha
producido una disminución de 87.826 personas. Cabe destacar la disminución de la
afiliación en el régimen general, que ha perdido 19.457 afiliados (ya se han incorporado
los trabajadores de los regímenes agrario y del hogar familiar, y la disminución se
produce utilizando los mismos criterios estadísticos). En cuanto al régimen de
trabajadores autónomos, cabe mencionar el aumento de 313 afiliados, y en serie
interanual hemos pasado de los 209.374 del mes de septiembre de 2011 a los actuales
217.191. En el régimen especial del personal al servicio del hogar familiar, que se ha
extinguido el 30 de junio, todavía quedan 1.240 personas. Por regímenes, cabe destacar
la importante presencia de los trabajadores rumanos y marroquíes en lo general,
siguiendo los criterios estadísticos anteriores (154.907 y 103.115, respectivamente), del
chinos y rumanos en el de autónomos (38.901 y 23.930), los rumanos y marroquíes en
el agrario, siguiendo aún los criterios estadísticos anteriores (73.810 y 65.368), y los
bolivianos, rumanos y marroquíes en el del hogar familiar, también con los criterios
anteriores (188, 164 y 121). En los datos del personal al servicio del hogar familiar que
aparece ya en el régimen general, la presencia boliviana se mayoritaria (40.205),
seguida de la rumana (27.142) y paraguaya (17.201).

Por comunidades autónomas, y siempre con datos de la media del mes de septiembre,
Cataluña es la primera en número total de afiliados (390.280, 22,57%), seguida de
Madrid (362.243, 20,95%), Andalucía (201.787, 11,67%) y la Comunidad Valenciana
(170.146, 9,84%). En Cataluña el descenso en serie interanual ha sido de 20.218
personas, un 4,93%. Hace un año, Cataluña era también la primera en número total de
afiliados (410.499, 22,60%), seguida de Madrid (382.321, 21,05%), Andalucía
(205.262, 11,30%) y la Comunidad Valenciana (189.683, 10,44%).

Cabe destacar, en cuanto a la distribución de la población extranjera afiliada a la
Seguridad Social en los diferentes sectores de actividad, que la vigente clasificación
nacional de actividades económicas (CNAE), aprobada por el Real Decreto 475/2007 de
13 de abril, entró en vigor el mes de enero de 2.009, y esto introduce algunas
modificaciones de importancia en relación con la distribución realizada de acuerdo con
el anterior CNAE. Destaca en mi opinión la división de la anterior "actividad
inmobiliaria y de alquiler, y servicios empresariales", en "actividades inmobiliarias",
"actividades profesionales científicas y técnicas", y "actividades administrativas y
servicios auxiliares".

En el régimen general de la Seguridad Social (y poniendo de relieve que las
incorporaciones del régimen agrario y del personal al servicio del hogar familiar

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suponen el 15,17 y 14,13% del total de la afiliación, respectivamente) destaca el número
de afiliados en el sector de la hostelería, que ocupa a 273.740 personas (18,19%), de las
cuales 181.250 son de países no UE, y que ocupa la primera posición. Le sigue el sector
del comercio y reparación de vehículos a motor y bicicletas, que ocupa a 186.030
trabajadores, un 12,36%, de los cuales 123.190 son de países no UE, y en tercer lugar se
encuentran las actividades administrativas y servicios auxiliares, que agrupan a 119.180
trabajadores, un 7,92% del total, de los cuales 79.614 son de países no UE, la industria
manufacturera ocupa el cuarto lugar, con 97.353 afiliados, 6,47%, de los cuales 56.912
son de países no UE, el sector de la construcción se sitúa en el quinto puesto y ocupa a
90.161 personas, un 5,99% (por primera vez el porcentaje baja al 6%), de los cuales
52.393 son de países no UE. En el régimen especial de trabajadores autónomos, destaca
la presencia del sector del comercio y reparación de vehículos de motor y bicicletas
(65.887, 30,34%), del sector de la hostelería (44.587, 20,53%), y del sector de la
construcción (27.520, 12,67% del total y con una participación mayoritaria de los
ciudadanos de la UE, 19.738). Por países de procedencia, en todo el Estado, los
trabajadores rumanos ocupan la primera posición (280.111), y los marroquíes se sitúan
en la segunda posición con 196.334 trabajadores. Los ecuatorianos se encuentran en la
tercera posición (115.380), seguidos, los chinos con 87.185, los colombianos con
86.851, los bolivianos con 83.886, los italianos con 63.600, los peruanos con 57.440, los
búlgaros con 55.324, y de los trabajadores del Reino Unido con 52.357.

E) Sin ánimo de exhaustividad, otro dato importante a tomar en consideración para
conocer qué presencia tiene la inmigración en el mercado de trabajo español es la
Estructura Salarial. La última, conocida recientemente, es la del año 2010, que nos
aporta este dato general: El salario bruto medio anual en España fue de 22.790,20 euros
por trabajador, si bien la diferencia entre este salario medio y el salario más frecuente o
modal (16.489,96 euros) fue de más de 6.000 euros. El salario medio mensual bruto fue
de 1.701,62 euros (1.898,56 para los varones y 1.477,92 para las mujeres), mientras que
el salario neto mensual se queda en 1.345,44 euros (1.489,78 en el caso de los varones y
1.191,71 en el de las mujeres). En cuanto a la distribución de los salarios por
nacionalidad, la encuesta del INE pone de manifiesto lo siguiente: “Los trabajadores
españoles fueron los únicos que tuvieron un salario superior a la media. Para el resto de
trabajadores de la Unión Europea el salario fue inferior en un 18% al de la media,
mientras que las otras nacionalidades tuvieron un salario entre un 25% y un 35%
inferior a la media”.

6. Mi explicación no puede dejar tampoco de analizar un cambio jurídico, con indudable
trascendencia social, en materia de inmigración con una norma que impactará
gravemente en la pérdida de cohesión social y que puede provocar costes económicos y
sociales colaterales más importantes que el ahorro económico que pretende obtener el
gobierno con la medida, además de ser muy cuestionable su respeto a la normativa
internacional y europea y a nuestra Constitución. Me estoy refiriendo al derecho a la
sanidad y a las limitaciones que se introducen en forma de restricción para la población
en situación irregular, algo que no tiene nada que ver con el llamado “turismo sanitario”
que practican ciudadanos de países de la UE y que puede requerir de algún cambio
normativo ciertamente, pero sobre todo de una correcta aplicación de la normativa
comunitaria. Mi comentario es forzosamente breve porque sólo deseo destacar el
cambio producido, que ha generado un intenso debate jurídico sobre la
constitucionalidad de la medida


                                                                                        17
La restricción del derecho a la sanidad se encuentra recogida en el Real Decreto-
ley16/2012,de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidaddel
Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de susprestaciones,
publicado en el BOE el día 24 y con entrada inmediata en vigor, si bien a los efectos de
mi exposición sobre los derechos de la población extranjera hay que acudir a la
disposición transitoria primera, que sólo puede entenderse después de leer la norma
citada en la misma, que dispone que “Las personas que, con anterioridad a la entrada en
vigor de este real decreto-ley, tuvieran acceso a la asistencia sanitaria en España, podrán
seguir accediendo a la misma hasta el día 31 de agosto de 2012 sin necesidad de
acreditar la condición de asegurado en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley
16/2003, de 28 de mayo”.

¿Cómo afecta el RDL a la población extranjera? En el preámbulo encontramos una
amplia justificación de la medida por el incumplimiento de la normativa comunitaria yel
coste económico que ello supone para el erario público español por “la imposibilidad de
garantizar los retornos de los gastos ocasionados por la prestación de los servicios
sanitarios y sociales a ciudadanos europeos”, pero no, al menos según mi parecer, al
motivo que justifica la pérdida del derecho general a la sanidad a las personas
extranjeras extracomunitarias que se encuentren empadronadas en el municipio en el
que vivan pero que no dispongan de autorización de residencia y en su caso de trabajo.

Vayamos en primer lugar a la disposición final tercera, que procede a la modificación
del artículo 12 de la LO 4/2000 (modificada), quedando ahora reconocido el derecho a
la asistencia sanitaria de los extranjeros “en los términos previstos en la legislación
vigente en materia sanitaria”. Para comprender mejor el alcance del cambio, recuerdo
que la redacción anterior del artículo 12 era la siguiente: “1. Los extranjeros que se
encuentren en España, inscritos en el padrón del municipio en el que tengan su
domicilio habitual, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones
que los españoles. 2. Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la
asistencia sanitaria pública de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera
que sea su causa, y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.
3. Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en España tienen
derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. 4. Las
extranjeras embarazadas que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia
sanitaria durante el embarazo, parto y postparto”. Como el apartado 1 del artículo 12, en
la redacción anterior al 24 de abril, hace referencia a la inscripción en el padrón, es
conveniente recordar que el artículo 6.2 de la LO 4/2000 dispone que “Los extranjeros
residentes, empadronados en un municipio, tienen todos los derechos establecidos por
tal concepto en la legislación de bases de régimen local, pudiendo ser oídos en los
asuntos que les afecten de acuerdo con lo que disponga la normativa de aplicación”.

En definitiva, para conocer cuál será la regulación del acceso de la población extranjera
a la asistencia sanitaria habrá que conocer cuál es la legislación vigente en este ámbito,
y se trata de la Ley 16/2003 de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional
de Salud, cuyo artículo 3 es modificado por el RDL, siendo el cambio en el título del
precepto una clara y explícita manifestación de aquello que será inmediatamente
después su contenido, ya que en el texto originario se trataba de “titulares de los
derechos”, mientras que en la modificación se trata “De la condición de asegurado”.



                                                                                        18
En la redacción anterior eran titulares de los derechos a la protección de la salud y la
asistencia sanitaria “a) Todos los españoles y los extranjeros en el territorio nacional en
los términos previstos en el artículo 12 de la Ley Orgánica 4/2000. b) Los nacionales de
los Estados miembros de la Unión Europea que tienen los derechos que resulten del
derecho comunitario europeo y de los tratados y convenios que se suscriban por el
Estado español y les sean de aplicación. c) Los nacionales de Estados no pertenecientes
a la Unión Europea que tienen los derechos que les reconozcan las leyes, los tratados y
convenios suscritos”. Con la reforma, será necesario bien estar afiliado a la Seguridad
Social, ser pensionista, perceptor de prestaciones por desempleo, o inscrito como
demandante de empleo tras haberlas agotado, ser familiar de estas personas en los
términos del apartado 4, bien carecer de recursos económicos si no se encuentran en
ninguno de los supuestos anteriores, o bien suscribir un convenio especial con la
Seguridad Social. Pero junto a este marco general la importancia del cambio, que ya es
mucha con el sólo artículo 3, radica en la incorporación a la Ley 16/2003 de un nuevo
artículo 3 ter que se refiere de forma clara y explícita a los extranjeros “no registrados ni
autorizados como residentes en España”, a los que sólo se reconoce una parcela de la
asistencia sanitaria, o por decirlo de forma más clara el empadronamiento ya no dará
derecho a recibir asistencia sanitaria en igualdad de condiciones que el resto de
personas, autóctonas o extranjeras residentes, ya que estos extranjeros que pueden estar
empadronados pero no ser residentes de acuerdo a la normativa vigente podrán recibir
asistencia sanitaria “de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea
su causa, hasta la situación del alta médica”, y también “de asistencia al embarazo, parto
y postparto”, salvo que se trate de menores de 18 años y en cuyo caso “recibirán
asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles”. Seguramente se
entenderá aún mejor con esta frase de un artículo publicado en La Razón el 23 de abril,
un diario bien cercano al gobierno: tras poner de manifiesto que “ningún inmigrante que
precise atención urgente se verá privado de ella, aunque no tenga papeles”, afirma bien
claro que “ya no bastará con empadronarse para disfrutar de todos los servicios de la
Sanidad Pública, sino que, además de residir en nuestro país, los extranjeros tendrán que
cotizar en la Seguridad Social y pagar impuestos aquí para tener acceso a la tarjeta
sanitaria” (¡Ah!, ¿pero es que no pagan religiosamente sus impuestos como todos los
restantes ciudadanos?)

Según los datos estadísticos de población extranjera la medida podría afectar a cerca
de150.000 personas, previendo que ello podría generar un ahorro teórico de 240
millones de euros “si se les aplican los 1.600 euros por persona que cuesta al año cada
español en sanidad”, ahorro que se convertiría en gasto por el impacto social de la
medida. Las reacciones sociales no se han hecho esperar y baste citar algunas
significativas. Para la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, “exigir acreditar,
además del empadronamiento, un trabajo y la residencia fiscal, supone aumentar la
desprotección de las personas más perjudicadas por la crisis económica y el
desempleo”. Comisiones Obreras de Cataluña señala que la medida puede afectar no
sólo a quienes no dispongan originariamente de autorización de residencia, sino también
(y la situación actual de crisis, añado yo ahora, puede contribuir a ello) “a personas
regulares que han trabajado, que han cotizado a la Seguridad Social, pero que por causa
del desempleo no pueden renovar sus permisos de trabajo y caen en irregularidad”. Para
la UGT se pretende acabar con un derecho básico y fundamental para cualquier persona,
algo que supone “un incumplimiento del mandato constitucional de que los poderes
públicos han de garantizar y tutelar la salud pública del conjunto de la población”.


                                                                                          19
7. Por último, ¿Qué hay que decir, algo nuevo para entendernos, sobre las migraciones
laborales y su impacto a escala internacional? En primer lugar, seguir destacando su
importancia para el futuro económico europeo, que se encuentra con una población
laboral en progresivo proceso de envejecimiento. Como destacaba el día 6 de noviembre
el comisario Lazlo Andor, refiriéndose a la importancia de la Estrategia Europa 2020 y
a las políticas de empleo que han de prestar especial atención a la población migrante
“The issue of economic migration needs to be adequately integrated in these policies
and investments since migrants represent an important share of the EU workforce.
However, at the EU level, we are still far from a satisfactory valorisation of the
available migrant human resources. In addition, Europe remains less attractive than the
USA, Canada or Australia when it comes to highly qualified migrants. The economic
crisis we are going through of course plays a role in this: Europe's major problem at
present is low demand for labour due to uncertainties companies face. But analysis of
economic and demographic trends clearly indicates that there is no contradiction
between the goal of mobilising the full EU employment potential and the need for a
more targeted economic migration policy that opens pathways for skilled migrants to
fill unsatisfied labour needs. The policy approach in this area as defined by the Europe
2020 Strategy underlines the need to make the best use of the potential of migrants
already legally residing in the EU while, at the same time, paving the way for new
economic migration in additional sectors in which labour and skills shortages are
emerging”.

De especial interés es el documento sobre las migraciones laborales presentado por la
Oficina Internacional de Trabajo para debate a la 316ª reunión del Consejo de
Administración de la OIT que se está celebrando en Ginebra desde el día 1 al 16 de este
mes de noviembre, del que destaca en especial a mi parecer la petición de que el diálogo
de alto nivel que debe llevarse a cabo en 2013 en la ONU sobre inmigración verse sobre
cuatro temas de indudable importancia a escala mundial: “la contribución de las
migraciones y los migrantes al desarrollo; la integración de la migración en el
desarrollo; la migración irregular, y las alianzas y la cooperación”, desde la
consideración previa e importante, que comparto plenamente, de que “los migrantes han
de ser tratados en calidad de trabajadores y no como factores de producción”, y también
que “es preciso centrar los análisis en las cuestiones relativas a la igualdad y definir el
desarrollo como algo más que el crecimiento del PIB”, por lo que cualquier debate
sobre inmigración ha de vincularse a cuestiones económicas y laborales, y no sólo
“guardar relación con factores de política interior o de seguridad”. La OIT insiste en la
importancia de prestar atención, y adoptar las medidas para corregirla, a la migración
irregular, que se calcula que supone entre un 10 y un 15 % del total, destacando algo
que es bien sabido en los países llamados desarrollados, que es la permanencia de los
migrantes en el país de acogida, aunque hayan perdido su empleo, por las sombrías
perspectivas laborales en caso de retornar al país de origen, por lo que hay que tomar las
medidas normativas y prácticas adecuadas, ya que “la persistencia de la migración
irregular y del trabajo no declarado que realizan los migrantes demuestran la existencia
de fallos generales” (recuérdese que los últimos datos globales disponibles sobre
migración son la presencia de alrededor de 214 millones de personas, 3,1 % de la
población mundial, que residen en un país distinto del de origen, de los que 104
millones son económicamente activas, y sumándoles sus familiares suponen el 90 % de
la población total migrante).



                                                                                        20
En fin, la OIT no olvida, por su real impacto sobre el mundo migratorio, la importancia
de la aprobación del Convenio número 189, en la Conferencia General de 2011, sobre
las trabajadoras y los trabajadores domésticos. De dicho Convenio deseo destacar lo
siguiente: La información sobre las condiciones de trabajo, y la formalización de un
contrato por escrito en la que se recojan de forma detallada, es una de las principales
herramientas de las que puede disponer un trabajador doméstico para no quedar
sometido a la libre discrecionalidad del empleador (por cierto, a diferencia de la
terminología empleada en el Convenio para referirse a las personas trabajadoras,
incluyendo de forma expresa a “trabajadoras” y “trabajadores”, en el caso del personal
contratante sólo se utiliza la expresión masculina “empleador”, y creo que no hubiera
estado de más una equiparación, al menos formal, en el artículo del Convenio que
incluye las definiciones que después se utilizan en el texto). Pues bien, esa concreción y
detalle se encuentra en el artículo 7, complementado por el apartado 6.2 de la
Recomendación: datos personales, lugar o lugares de trabajo, fecha de inicio y en su
caso de finalización, reglas relativas a la finalización del contrato y al plazo de preaviso,
tipo de actividad, remuneración (con una petición a los Estados, en el apartado 16 de la
Recomendación, de aplicación de normas no menos favorables que al resto de
trabajadores para proteger sus créditos laborales en caso de fallecimiento o insolvencia
del empleador) y forma de pago (como mínimo una vez al mes), horario laboral y
períodos de descanso, posible manutención en especie (“en condiciones no menos
favorables que las que rigen generalmente para otra categorías de trabajadores”, y para
España recuérdese la modificación operada, en esta misma línea, en el artículo 26.1 de
la Ley del Estatuto de los trabajadores por la Ley 35/2010 de 17 de septiembre, de
medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo) período de prueba si así se
establece, y “las condiciones de repatriación cuando proceda” (no se olvide el
importante número de trabajadoras domésticas que trabajan en terceros países, muy
especialmente en algunos emiratos árabes).

Sobre este último apartado, la norma prevé la obligación (cuyo cumplimiento debería
ser uno de los objetivos fundamentales) de poner en conocimiento de todos los
trabajadores domésticos migrantes las condiciones contractuales en las que van a prestar
sus servicios, así como el derecho a poder regresar a su país de origen una vez
finalizada la relación laboral, y por ello tienen derecho a conservar sus documentos de
viaje e identidad (reconocimiento implícito por el Convenio, pues, de que a muchos
trabajadores se les retira de hecho dicha documentación mientras están trabajando al
servicio de un empleador en un tercer país, sin que exista ninguna base legal para ello).
En esta importante cuestión, la norma llama a los Estados a regular el funcionamiento
de las agencias privadas que contratan o colocan a trabajadores domésticos, a establecer
un mecanismo adecuado de presentación de quejas y reclamaciones (con independencia
de la existencia de un mecanismo general de resolución de conflictos en condiciones no
menos favorables que el de los trabajadores en general), y a sancionar a aquellas
agencias que vulneren la normativa, con una mención expresa a la adopción de medidas
apropiadas “para asegurar que los honorarios cobrados por las agencias de empleo
privadas no se descuenten de la remuneración de los trabajadores domésticos”.

Continuará…, seguro.




                                                                                          21

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Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma.

  • 1. Reflexiones sobre la inmigración y cómo están impactando los cambios normativos, económicos y sociales sobre la misma. Eduardo Rojo Torrecilla. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona. 8 de noviembre de 2.012. Texto publicado en el blog del autor http://www.eduardorojotorrecilla.es/ 1. Las casualidades de mi calendario académico y profesional han hecho que en los próximos días, desde mañana viernes hasta el martes 13, intervenga en varios foros donde se debatirá sobre diferentes cuestiones relacionadas con las políticas de inmigración. Por orden cronológico, la primera intervención tendrá lugar, como he dicho, mañana viernes en una jornada organizada por el Servicio de Empleo de Cataluña para presentar los resultados del estudio internacionalrealizado sobre “la lucha contra el trabajo doméstico no declarado”, en concreto en una mesa redonda que lleva por título “Las mejores políticas para combatir el trabajo doméstico no declarado”, y es bien conocido que una parte de ese “trabajo no declarado” es realizado por personas extranjeras extracomunitarias, en su gran mayoría trabajadoras. La segunda forma parte de mi actividad académica ordinaria, y se inscribe en el marco de la asignatura “La gestión social de la diversidad” que se imparte en cuarto curso del gradode Relaciones Laborales de la UAB, y en la que durante tres viernes, desde mañana, abordaré la temática de la inmigración desde diversas perspectivas y con especial y preferente atención a la jurídica, en el ámbito europeo, español y catalán. La tercera se llevará a cabo en el marco de la jornada sobre inmigración y cohesión social que se celebrará el sábado en Terrassa, organizada por la Confederación de Asociaciones de Vecinosde Cataluña, con una ponencia sobre cómo está afectando la crisis del empleo y la protección social a la situación de los inmigrantes y a la cohesión social. La cuarta, con ocasión del debate anual que celebramos en la Fundación Utopía sobre la inmigración, y mi participación el lunes 12, junto con representantes de organizaciones sociales. En fin, nuevamente una actividad académica el día 13 con la participación en el Máster de Derecho Internacional y Comunitario queorganiza el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y en el que he asumido la explicación del bloque dedicado a la libre circulación de trabajadores, en donde la política de inmigración de la UE tendrá un peso importante. 2. Estas obligaciones académicas, en unos casos, y mis intereses personales por abordar temas sociales, en otros, me llevan ahora a formular algunas reflexiones de carácter general sobre la inmigración que complementan y actualizan, en su caso, las que desde hace ya bastante tiempo vengo realizando en este blog, y las que he plasmado en varias publicaciones, en varias de ellas con la ayuda inestimable del catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Girona, y director de la Cátedra de Inmigración, derechos yciudadanía de la misma Universidad, Dr. Ferran Camas Roda, siempre tomando como punto de referencia el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que puede leerse que: "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y 1
  • 2. conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. La puesta en orden de mis reflexiones se ha producido mientras llegaba, afortunadamente, a mis manos la tesis doctoral elaborada por un querido compañero de la Universidad de Granada. L.A. Triguero, sobre los derechos sociales fundamentales de lostrabajadores inmigrantes, dirigida por los profesores José Luis Monereo y José A. fernández Avilés, El profesor Triguero consta con acierto que la nueva realidad económica y social lleva a plantearse la gestión de la inmigración en España de forma distinta que en épocas de llegadas de población inmigrante en gran número, pero enfatiza que ese cambio ha de ponerse en marcha “sin descartar una de sus bases esenciales (de la política jurídica de inmigración extranjera): el reconocimiento y atribución de derechos sociales fundamentales a las personas extranjeras desde el actual modelo jurídico-legal y constitucional en cuanto elemento nuclear favorecedor de la integración social”. Dicha política ha de gestionar el reconocimiento, la presencia, la integración, e incluso el retorno, de las personas inmigrantes, “pero humanitariamente, no mercantilizadamente”. ¡Ah!, y me quedo también, para compartirla, con su tajante afirmación de que las personas extranjeras, en la UE y en España, “no son legales o ilegales: se encuentran en situación administrativa regular o irregular”. Por ser de carácter general esta reflexión no entro con detalle en algunos puntos concretos que sí impactan, y mucho, en las políticas migratorias en algunos países, como es por ejemplo el asunto de los menores extranjeros no acompañados, al que la Comisión Europea ha dedicado un reciente informe sobre el grado de aplicación del plan de acción, en el que se constata, y la referencia tiene especial interés para España por su situación geográfica de frontera con África, que la llegada de estos menores a la Unión Europea “no constituye un fenómenos temporal, sino una característica crónica de la inmigración a la UE. Existe, y seguirá existiendo, la necesidad de un enfoque común respecto a los menores no acompañados para poder continuar respondiendo, de manera efectiva, y respetando plenamente los derechos de estos menores, a este desafío complejo y transnacional tanto a escala nacional como europea”. 3. Formulo, en primer término varias ideas para debate. A) Primera idea: Podemos y debemos ser muy críticos con todas aquellas tesis que convierten el debate sobre la inmigración en puro simplismo de “buenos y malos”, y que tienen en muchas ocasiones tintes racistas y xenófobos, y tenemos ejemplos suficientemente conocidos en Cataluña. Pero, al mismo tiempo, hay que hacer una explicación muy clara y didáctica de cuál es la realidad de la inmigración y de toda su aportación a nuestro desarrollo económico y social, e intentar que las políticas que se pongan en marcha por los poderes públicos redunden en beneficio de toda la colectividad sin diferencias por razón de nacionalidad, y coincido aquí con la tesis sindicales del poco sentido que tiene, cada vez más, “establecer políticas y actuaciones administrativas diferenciadas para el colectivo de trabajadores extranjeros en su conjunto”. Por poner un ejemplo bien claro: las políticas de lucha contra la economía irregular deben ir dirigidas contra todas aquellas empresas, y también trabajadores, que se encuentran al margen de la ley, y si hay que poner más el acento en un sector u otro así debe hacerse. Hago esta afirmación porque todavía tengo en mi memoria la intervención de un asistente a una sesión sobre la reforma laboral de 2012, en la que tuve la 2
  • 3. oportunidad de participar, en la que planteaba, y estoy seguro que la hacía desde la buena fe, si los mayores controles sobre la economía irregular en sectores y empresas donde está la población extranjera podía tener un efecto positivo para reducir el desempleo (supongo que se refería al de los autóctonos). El profesorLorenzo Cachón ha destacado la importante presencia de la población inmigrada en el mercado de trabajo y, al mismo tiempo, las peores condiciones que tienen (salarios, puestos de trabajo, seguridad y salud) con respecto a los autóctonos, y de ahí que defienda con buen criterio una política de igualdad y no discriminación realmente efectiva, y la UGT destaca el papel positivo que ha tenido la inmigración para la creación de empleo y elevación de la tasa de actividad (por ejemplo, facilitando la incorporación de las mujeres españolas al mercado de trabajo), así como también que “su mayor movilidad laboral ha contribuido a flexibilizar el mercado de trabajo”. Por su parte, el documento e la Comisión de seguimiento del pacto nacional porla inmigración de Cataluña destaca también la importancia de “Lluitar contra el racisme i la xenofòbia mitjançant la difusió de dades públiques i oficials per contrarestar els rumors vinculats a la immigració, i ajudar a “desmuntar tòpics”, tot implicant-hi al conjunt d’agents socials i econòmics, així com als mitjans de comunicació i els partits polítics. D’acord amb les Directives europees, elaborar una estratègia contra les discriminacions, la igualtat de tracte i el suport a les víctimes”. B) Segunda idea: Se necesitan recursos, perdónenme la perogrullada, para las políticas de integración, o dicho de otra forma para políticas que refuerzan la cohesión social y que interesan al conjunto de la sociedad, de políticas que en el tiempo presente, y así se constata en el documento elaborado por la Comisión deseguimiento del pacto nacional para la inmigración de Cataluña, refuercen “el procés d’acollida-convivència-cohesió i inclusió social, per centrar les actuacions en les polítiques d’integració, enfront de la davallada en el nombre d’arribades de nous immigrants”. En esta línea, y para el conjunto del Estado, conviene recordar que el artículo 2 ter, 4 de la Ley Orgánica 4/2000(modificada) sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y suintegración social, dispone que “De conformidad con los criterios y prioridades del Plan Estratégico de Inmigración, el Gobierno y las Comunidades autónomas acordarán en la Conferencia Sectorial de Inmigración programas de acción bienales para reforzar la integración social de los inmigrantes. Tales programas serán financiados con cargo a un fondo estatal para la integración de los inmigrantes, que se dotará anualmente, y que podrá incluir fórmulas de cofinanciación por parte de las Administraciones receptoras de las partidas del fondo”. Pues bien, este año 2012 no hemos tenido dinero estatal para las políticas de integración que gestionan las Comunidades Autónomas y las administraciones locales, y el proyecto de ley de PGE para 2013 que se está tramitando en la actualidad mantiene la suspensión. No deja de ser triste y curioso que mientras que la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados aprobaba una moción el día 27 de marzo en términos favorables al mantenimiento de este fondo, la Ley de PGE 2012 no dedica partida alguna al fondo. En efecto, en el texto aprobado en el Congreso se instaba al Gobierno a continuar cooperando con las administraciones autonómicas y locales, justamente de conformidad con lo previsto en el art 2 ter.4 de la LO 4/2000, “mediante la financiación de programas en el marco del Fondo de apoyo a la acogida e integración de los inmigrantes, 3
  • 4. adoptando las medidas que permitan su financiación en el mercado de la disponibilidad presupuestaria”. Pues bien, si alguien tuviera alguna duda de lo que estoy diciendo respecto al fondo, leamos la disposición adicional cuadragésima quinta de la Ley de PGE, que lleva por título “Suspensión normativa”: “Queda sin efecto en 2012 lo previsto en el artículo 2 ter 4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero”. En el ámbito catalán, la suspensión del fondo fue muy criticada por las dos asociaciones municipalistas, la Asociación Catalana de Municipios y la Federación deMunicipios de Cataluña, que pidieron su restitución. Para la ACM, la desaparición de la partida económica de 67 millones de euros “incrementará las dificultades para hacer políticas de acogida” para la población inmigrantes, mientras que la FMC es del parecer que la desaparición del fondo “puede afectar de manera irreparable la convivencia en nuestros pueblos y ciudades, y es un claro descalabro económico para todos los ayuntamientos y entes locales”. La crítica a la supresión o suspensión del Fondo también se produjo en sede parlamentaria; en la Resolución aprobada por el Parlamento catalán el 12 de abril,tras el debate celebrado “sobre el impulso de la reactivación económica y sobre la incidencia de la actuación del gobierno en la calidad de los servicios públicos”, se instaba al gobierno autonómico a “reclamar al gobierno del Estado el restablecimiento del fondo de apoyo a la acogida, la integración y el refuerzo educativo de los inmigrantes con una dotación equivalente a la de 2010, y la renovación de los planes piloto para poderlos extender a todas las poblaciones con más de un 10 % de inmigrantes”. C) Tercera idea: una especial atención debe prestarse al aprendizaje de lo hecho en otros países europeos en materia de integración de la población inmigrada, y también a las propuestas de la UE plasmadas en la llamada “agenda europea para la integraciónde los nacionales de terceros países”. La Comisión pide que Europa adopte una actitud positiva frente a la diversidad y que cuente “con garantías claras con respecto a los derechos fundamentales y a la igualdad de trato, sobre la base del respeto mutuo de las diferentes culturas y tradiciones”, y que se tenga especial atención con los grupos más vulnerables de la población inmigrada. Es muy importante destacar, como hace el documento, que la agenda no puede solo aplicarse mediante instrumentos europeos, y que requiere una implicación muy estrecha de todos los actores implicados en el proceso de integración. En la segunda parte del documento se analiza la integración como una responsabilidad compartida, partiendo del planteamiento previo, en el marco jurídico vigente, que no es la UE la que ha de determinar las estrategias nacionales de integración, pero sí que puede (ex artículo 79.4 del Tratado) “proporcionar un marco para el seguimiento, la evaluación comparativa y el intercambio de buenas prácticas, y establecer incentivos mediante los instrumentos financieros adecuados”. Además, el resultado positivo de las políticas de integración se valora, desde una perspectiva muy pragmático, como una contribución relevante para alcanzar los objetivos marcados por la Estrategia Europea 2020 sobre incremento de la tasa de empleo (75 % de 20 a 64 años), reducción de las tasas de abandono escolar (menos de 10 %), incremento de la población que supere la educación terciaria (40 %), y reducir el número de personal en situación de pobreza y exclusión social (20 millones menos). Las medidas más concretas para incentivar la integración son las siguientes: 4
  • 5. a) En primer lugar, pasa por la mayor participación de los migrantes en las sociedades de acogida. Ello requiere poner en marcha medidas de apoyo al aprendizaje de las lenguas oficiales, políticas adecuadas de acceso al empleo (puede ser necesario poner en marcha “programas de introducción” para que la persona migrante adquiera un previo conocimiento del mercado laboral en el que va a operar, y aquí me viene ahora a la mente la ley catalana de acogida de la población inmigrada), la educación y la formación profesional, y la lucha decidida contra todo tipo de discriminación (recuérdese los importantes instrumentos jurídicos europeos de protección contra todo tipo de discriminación, incluyendo el que ocurre por raza o etnia). b) La integración pasa por conseguir la igualdad de trato y un sentimiento de pertenencia, desde el respeto de los valores universales y los derechos fundamentales que están consagrados en el Tratado. La participación política y social cobra aquí pleno sentido, con una llamada de la Comisión a que los Estados faciliten el derecho al voto en las elecciones locales y la participación de representantes del colectivo migrante en los diferentes órganos consultivos locales, regionales y nacionales. El pleno respeto del principio de no discriminación es responsabilidad de los Estados, debiendo asegurarse la Comisión de “la correcta y plena aplicación de las directivas existentes en el ámbito de la no discriminación y de la migración legal”. c) La atención a colectivos vulnerables, y a evitar la segregación por razón de instalación en zonas urbanas desfavorecidas, es una de las medidas más importantes para facilitar la integración, y así lo demuestran (aunque los resultados sean desiguales) las políticas emprendidas por diversos Estados (España y Francia entre ellos). Se trata de apoyar el desarrollo urbano y estimular la actividad económica y cultural, con el objetivo de contribuir a la cohesión social. De ahí la importancia de los llamados “pactos territoriales” con implicación de poderes públicos y organizaciones sociales, con medidas de carácter urbanístico y de empleo, o lo que es lo mismo “con un enfoque integrado, con objeto de evitar la segregación”. El apoyo de la Comisión a tales pactos debe manifestarse a través del Fondo Europeo para la Integración de los Nacionales de Terceros Países, fijándose unos objetivos claros en tales pactos para poder obtener fondos europeos y que pasarían por incrementar, en el ámbito territorial de referencia, las tasa de empleo, los niveles de educación, la inclusión social y la ciudadanía activa. d) La integración no afecta sólo a las políticas que se adopten en los países de acogida. Los países de origen también han de jugar un papel importante en el apoyo al proceso; los inmigrantes deben tener información adecuada sobre todo aquello (idioma, requisitos profesionales, documentación) que necesitan para su integración regular, y también la UE puede ayudar a ello mediante la puesta en marcha del “portal UE sobre Inmigración”. Deben producirse contactos entre las comunidades en el exterior y los países de origen, y ahí las remesas de los inmigrantes y la transferencia de conocimientos pueden jugar un papel de primera importancia en el desarrollo de los países de origen y el fomento del espíritu empresarial. En fin, los países de origen pueden preparar el retorno temporal (política de migración circular que reconozca los derechos de las personas inmigradas y que no les dificulte, en el Estado de acogida, el retorno) o definitiva de los migrantes. Para ello se requiere, y en general para toda la política de integración, reforzar los mecanismos de cooperación, consulta y coordinación entre los países de origen y los de acogida. 5
  • 6. El ComitéEconómico y Social Europeo aprobó, en su sesión plenaria del 28 de marzo, un Dictamen sobre la Comunicación de la Comisión que trata sobre la agenda de integración, que valora positivamente si bien pide que dada la gravedad de la situación económica y social “se establezcan instrumentos institucionales y concretos que respalden los objetivos de la integración”, al mismo tiempo que destaca el énfasis de la Comunicación en el papel que desempeñan los entes locales y regionales en las políticas de integración pero crítica que “no queda claro cuáles son los incentivos para aumentar su participación”. El CESE pide modificaciones en la normativa existente, especialmente en el ámbito de la participación política, ya que es del parecer que el objetivo principal del Tratado UE, y de las normas y propuestas posteriores, de construir una Europa competitiva e inclusiva “no se puede conseguir si el 4 % de su población, representada por los nacionales de terceros países, se queda atrás”, apoyando otorgar el derecho de sufragio activo y pasivo a los nacionales de terceros países en “las elecciones locales, regionales, nacionales y europeas”. El CESE es del parecer que los inmigrantes realizan “una importante contribución a la sociedad, la economía y la cultura de los países de acogida”, y pide, una vez más, que se tengan en cuenta muchas cuestiones laborales para conseguir una efectiva integración, tales como “el reconocimiento de cualificaciones previas, salarios, prestaciones, incluida su transferencia, acceso a la formación profesional y seguridad en el empleo”, así como también “la incorporación de mujeres al mercado laboral”. D) Cuarta idea: acercarse a la realidad de la inmigración debe hacerse con especial atención a los importantes cambios operados en los últimos años, tanto en términos de menor presencia de los flujos de entrada como de una mayor consolidación jurídica de la población inmigrada al ser cada vez más relevante el número de aquellas personas que disponen de la residencia de larga duración. Tampoco conviene olvidar, por su impacto sobre las políticas laborales dirigidas a la población inmigrada, el importante número de personas que han adquirido la nacionalidad española en los últimos años como consecuencia de la aplicación de la Ley52/2007 de 26 de diciembre, “por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura”, y más concretamente de su disposición adicional 7ª relativa a la adquisición de la nacionalidad española (“1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un año.2. Este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio”); en fin, en el debate sobre las políticas de migración circular y las políticas de retorno, convendrá recordar que buena parte de la población que ha abandonado España en los últimos tres años posee la doble nacionalidad, y por consiguiente podrán reincorporarse al mercado de trabajo español en igualdad de condiciones que aquellos residentes en nuestro país. Al respecto, es interesante el dato hecho público por el Instituto Nacional de Estadística sobre la población española residente en el extranjero, un total de 1.816.835 personas a 1 de enero de 2012, con un incremento de 114.057 (6,7 %) sobre la misma fecha del año anterior, y más exactamente que “el 36 % de los españoles residentes en el extranjero nacieron en España, el 58,2 % en su actual país de residencia, y el 5,1 % en otros países” (654.395, 1.057.730 y 92.473, respectivamente), así como también que el 62,4 % (1.133.228 personas) tienen su residencia en América”. 6
  • 7. En relación con los “nuevos españoles”, aquí están los datos oficiales facilitados por elMinisterio de Justicia el 30 de marzo: se han presentado un total de 503.439 solicitudes de opción a la nacionalidad española, y de ellas el 94,84% (477.462) de las solicitudes presentadas en el mundo lo fueron en las Oficinas Consulares de España en Iberoamérica. Por el tipo de solicitudes presentadas, el 92.34% del total (464.858) corresponden a hijos de padre o madre originariamente español, mientras que el 6,32 % (32.141) de las solicitudes corresponden a nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española por motivo del exilio. El restante 1,28% (6.440) “corresponde a las solicitudes de transformación en nacionalidad española de origen de aquellos casos en que la opción dio lugar a una nacionalidad española no de origen”. El Ministerio de Justicia aporta el dato de la aprobación de un 48,02 % de la solicitudes, es decir 241.763 personas, al mismo tiempo que recuerda, y debemos tenerlo en cuenta, que “Es preciso tener en cuenta que hay un número importante de solicitudes que se encuentran en fase de estudio o pendientes de presentación de documentación, caso este último no infrecuente al ser necesaria la presentación de documentación (especialmente certificados de nacimiento de padres y abuelos) no siempre fácil de conseguir”. Quinta idea: El debate sobre cómo articular una adecuada política migratoria adquiere una gran importancia, tanto en el ámbito español como en el europeo e internacional, pues parece muy difícil pensar que la inmigración se reducirá drásticamente o desaparecerá aún cuando se establezcan numerosas medidas restrictivas y de control. Al respecto, un informe de la prestigiosa Fundación Ceimigra expone que la baja natalidad, el envejecimiento de la población y mantener el sistema de Seguridad Social hará que la economía española necesite que lleguen unos 4,1 millones de inmigrantes en el año 2034. El fenómeno migratorio es uno de los fenómenos más característicos encuadrables en el proceso de globalización económica y que se ve seriamente afectado por los procesos de transnacionalización, si bien se ha producido a lo largo de toda la historia e incluso en muchas ocasiones impulsado por los gobiernos para evitar conflictos sociales y reducir los niveles de desempleo. Hay que acercarse a este fenómeno sin creer que tiene naturaleza básicamente temporal, pues la realidad nos demuestra que cada vez más tiene una vocación de permanencia estable, tanto para el inmigrante como para la familia que se incorporará después una vez que tenga derecho a ello, y las secuelas posteriores en términos de generaciones de hijos e hijas de inmigrantes y que se encuentran plenamente integradas en la sociedad que acogió a sus mayores. Cuestión diferente, y cada vez de mayor importancia es cómo facilitar la migración circular y evitar la pérdida de derechos para la población extranjera que abandone el país de acogida (en este caso España) durante un determinado período de tiempo, a fin y efecto de que pueda regresar cuando lo considere oportuno. Con respecto a la integración laboral de las personas inmigrantes en España en la primera década de este siglo, se ha publicado un interesante estudio de la Fundación Primerode Mayo, dirigido por Jorge Aragón, del que extraigo algunas de las tesis que me han parecido más relevantes: en nuestro país, y también en otros países europeos, “los procesos migratorios se encuentran íntimamente ligados a las transformaciones y demandas del mercado de trabajo, a los déficits de mano de obra y a los desajustes registrados a lo largo de las últimas décadas”. Esto es muy importante porque “el acceso 7
  • 8. a los derechos y la integración social de las personas inmigrantes descansa, en parte, en el acceso al mercado de trabajo y en la garantía de unas condiciones laborales dignas”. Coincido plenamente con la importancia de la calidad del empleo como elemento clave de la integración. La crisis (a partir de 2008) está afectando más intensamente a la población extranjera que a la española y, por otra parte, la población inmigrante “registra niveles de sobre cualificación superiores, un salario medio muy inferior y un menor porcentaje de participación en formación continua que la población española”. Justamente con ocasión de la crisis se constata que los inmigrantes han ampliado el uso de los recursos que ofrecen los Servicios Públicos de Empleo, y ha superado a la población española “en demandas de empleo, beneficiarios de prestaciones por desempleo, contratación y formación ocupacional”. Desde una perspectiva internacional, los estudios de la Organización Internacional del Trabajo siempre han de sernos útiles como punto de referencia, y los dedicados a las migraciones laborales internacionales contienen varias tesis que creo que son de utilidad: “la gobernanza nacional e internacional de la migración laboral debería reconocer que la mayor parte de los migrantes busca trabajo decente, y ofrecer mayores oportunidades legales para la movilidad laboral; que las políticas deberían basarse en el reconocimiento de los beneficios mutuos, tanto para los países de origen como para los de destino; que la protección de los derechos de los migrantes es fundamental para que todas las partes obtengan los beneficios de desarrollo que acarrea la migración; que son necesarios enfoques integrales para la migración irregular, incluso que aborden sus causas básicas”. 4. Pasemos ahora al estudio y análisis de todas las cifras y datos disponibles, para entender la realidad actual de la inmigración en España. A) Analicemos en primer lugar, los datos demográficos más generales. Según los datos provisionales delpadrón municipal facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, que se hicieron públicos el mes de abril, del total de la población empadronada a 1 de enero de 2012, 47.212.990 personas, con un incremento anual de 22.947, 5.711.040 personas son extranjeras, o lo que es lo mismo el 12,1 % del total de inscritos. Destaca el descenso de la población extranjera en 40.447 personas (0,7 %), mientras que por el contrario se incrementa la población autóctona en 62.944 (0,2 %), y también me parece significativo (y creo que es tanto producto de la crisis como de la nacionalización de una parte de la población que proviene de América del Sur) que la población no comunitaria se haya visto reducida en 85.941 personas, quedándose en 3.270.188, mientras que la comunitaria se ha incrementado en 45.494, siendo en la actualidad 2.440.852 personas. Para ayudar a confirmar esta apreciación, cabe destacar que la población extranjera que ha experimentado un mayor crecimiento absoluto en 2011 ha sido la rumana (30263 personas), mientras que el descenso más destacado se ha producido en tres países latinoamericanos, Ecuador (54.330), Colombia (28.506) y Bolivia (14.374). Como consecuencia de los cambios operados en la composición de la población extranjera la presencia de la población europea comunitaria ha crecido del 41,6 % de 2011 al actual 42,7 %, y la sudamericana ha descendido desde el 24,8 al 22,6 %. En cuanto a las poblaciones africanas y asiáticas, el cambio positivo ha sido mínimo (0,3 y 0,4 décimas respectivamente). Por sexos, la distribución es bastante equilibrada, ya que la diferencia a favor de los varones es de sólo 3,8 puntos (51,9 y 48,1 %, respectivamente), si bien sí se diferencia 8
  • 9. de la española en cuanto que en esta la presencia femenina supera en 1,4 puntos a la masculina (50,7 y 49,3 %). La presencia extranjera en los tramos de edad vinculados a la presencia en el mercado de trabajo es abrumadora (59,9 % en personas de 16 a 44 años, y 18,5 % entre las de 45 y 64), siendo también significativa la de los jóvenes menores de 16 años (15,4 %) y mucho menos la de los comprendidos entre 65 y más años (6,2%). La diferencia con la población autóctona es especialmente significativa en la franja laboral (41,1 y 25,7 %), mientras que también lo es, pero en este caso porque el porcentajes es muy superior, entre la población de mayor edad (17,4 %, es decir más de 11 puntos superior a la extranjera). Por Comunidades Autónomas, destacan porcentualmente dos en las que el peso de la población comunitaria es muy significativo, Islas Baleares (21,6 %) y Comunidad Valenciana (17,2%), mientras que en la tercera en el ranking porcentual, la Región de Murcia (16,1 %) sí que es significativa la presencia de personas de nacionalidades extracomunitarias. Las dos Comunidades Autónomas con mayor presencia cuantitativa de población extranjera, Cataluña y Madrid, ocupan los dos lugares posteriores en la lista, con el mismo porcentaje, el 15,6 %. Con respecto a la Comunidad Autónoma de Cataluña, según los datos facilitados por IDESCAT, la población empadronada es de 7.655.603, con un incremento absoluto de 25.985 personas sobre 2011 y porcentual del 0,3 %. La población extranjera disminuye por segundo año consecutivo, ahora en 1.945 personas, y es en la actualidad el 15,6 % del total de la población, una décima menos que en 2011, siendo la cifra total de 1.183.907 personas. Datos más recientes de los flujos migratorios enEspaña durante los meses de enero a septiembre de 2012, también facilitados por el INE, ponen de manifiesto, y el impacto de la crisis en estos datos es indudable, que aumenta la emigración y disminuye la inmigración. Si el saldo entre las personas que abandonan España y las que llegan era positivo para la inmigración en 47.362 y 62.156 personas en 2009 y 2010, respectivamente, en 2.011 se han invertido los términos y han salido de España 50.990 personas más de las que han llegado. Además, la inmigración se ha reducido en un 19,4 %, ya que de los 314.191 inmigrantes llegados en los nueve primeros meses de 2011 se ha pasado a 253.149 en el mismo período de 2012. B) Detengámonos a continuación en los datos de extranjeros con certificado de registro otarjeta de residencia en vigor a 30 de junio de 2012, publicados por el Observatorio permanente de la inmigración del MEySS el 19 de septiembre. A 30 de junio de de 2012 había 5.333.805 extranjeros con dicho certificado en vigor, más exactamente 2.597.754 personas acogidas al régimen comunitario y 2.736.051 al régimen general, con un incremento en el primer grupo de 33.951 residentes respecto al trimestre anterior (1,32 %) y 121.420 personas en serie anual (4,90 %), y en el segundo de 5.144 y 68.116 autorizaciones (0,19 % en el trimestre y 2,55 % en serie anual, respectivamente). El porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 48,70 % sobre el total (48,42 el 9
  • 10. trimestre anterior), frente al Régimen General que se sitúa en el 51,30 % % (51,58 % en el primer trimestre de 2012). a) En cuanto al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen comunitario (incluye ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares), cabe decir que a 30.6.2012 hay un total de 2.597.754, con 121.420 nuevas personas acogidas en serie interanual, siendo en la actualidad la proporción de hombres y mujeres bastante equilibrada, 51,32 y 48,68 %, respectivamente, si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de ciudadanos comunitarios, ya que el 41,02 % son hombres y el 58,98 % mujeres. Del total antes referenciado, 2.188.176 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (84,24 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país, un total de 409.460 (15,76 %), con un peso muy importante de personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos La población rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar con 908.769 personas, es decir el 34,98 % del total de las nacionalidades presentes en este régimen comunitario (incremento trimestral del 1,19 % y aumento interanual del 4,90 %). A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (243.058 personas, 9,36 % sobre el total), la italiana (186.868, 7,19 %) y la búlgara (174.784, 6,73 %). Es la población francesa la que han experimentado un importante incremento relativo en serie interanual, un 7,62 %, seguida de la italiana con un 7.20 %, y destaca el importante aumento del número de familiares de República Dominicana, Marruecos y Brasil de los ciudadanos comunitarios, con un 14,70, 10,58 y 7,19, respectivamente. Las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana agrupan a más del 48 % de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera (407.610), seguida de Barcelona (275.546), de tres provincias de la costa mediterránea en donde se asienta un número importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 189.661 - -, Valencia – 150.096 -- y Málaga – 143.335 --) y de las Islas Baleares (134.839). En tres Comunidades Autónomas (Canarias, Castilla y León, y Comunidad Valenciana), el número de personas del régimen comunitario se sitúa por encima del 59 %. Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.172.338 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (83,62 % del total), con un peso menor de los mayores de 65 años (190.560, 7,34 %) y de los menores de 16 años, (234.856, 9,04 %). La edad media es de 37,1 años, 5 años mayor que la del régimen general (32,1), destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (53,7 años) y Noruega (51,5). b) Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen Comunitario”. A 30.6.2012 hay un total de 2.736.051, con un incremento del 2,55 % (68.116 residentes) en serie interanual. Por sexo, hay más diferencias entre hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los porcentajes son del 53,45 y 46,55 %, si bien cabe destacar, como así lo hace el informe, el gradual incremento de las mujeres, ya que en los últimos nueve años el porcentaje ha pasado del 40,70 % al 46,55 actual. 10
  • 11. La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las nacionalidades, con 819.249 personas, con un crecimiento del 0,67 y 3,56 % en serie trimestral e interanual respectivamente, representando el 29,95 % del total de la población de este régimen. A bastante distancia siguen los ecuatorianos (364.605, 13,33 %), colombianos (221.797, 8,11 %), chinos (171.603, 6,27 %), bolivianos (147.905, 6,27 %) y peruanos (122.425, 4,48 %). Hay que destacar tanto sobre el trimestre anterior como en serie interanual, el crecimiento del número de ciudadanos de las principales nacionalidades, con las excepciones de Ecuador (-1,86 y – 3,74 %), Colombia (-1,05 y -3,0 %), Perú (-1,40 y -1,57 %) y Argentina (-0,81 y 0,36 %), dándose un importante incremento anual de la población paraguaya (19,93 %), paquistaní (11,10 %), senegalesa (8,66 %) y boliviana (8,06 %). Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica (43,25 %) es superior en menos de 5 puntos al de los africanos (38,91 %) y de 30 al de los asiáticos (12,50 %), debiendo destacarse que los residentes marroquíes suponen más del 77 % del total de los nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el 51 % del total de la población asiática. Las Comunidades Autónomas de Cataluña (784.546 residentes), Madrid (504.672), Andalucía (289.333) y Comunidad Valenciana (278.748), agrupan al 68 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 550.216 y 504.672, respectivamente. De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 106.301, Tarragona a 82-017 y Lleida a 46.012. Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.191.351 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (80,09 % del total), con un peso muy limitado de los mayores de 65 años (38.756, 1,42 %) y mucho más importante de los menores de 16 años, (505.944, 18,49 %). La edad media es de 32,1 años, los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 28,0 años, seguidos por los pakistaníes y chinos con 29,3 y 29,8 años. Según la información oficial con la que estoy ahora trabajando, es en Barcelona y Madrid donde se concentra el mayor número de extranjeros en edad laboral. De los extranjeros del régimen general, el 68.85 %, es decir 1.929.659 personas, (70,52 %, 1.880.218 personas en el trimestre anterior) disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje, 44,66 y 37,88 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur, respectivamente), mientas que las autorizaciones temporales (806.352) suponen el 29,48 % del total, habiéndose incrementado las primeras en 190.753 (10,97 %) en serie interanual, y continuando la disminución de las segundas, ya que han sido 122.637 autorizaciones menos con respecto al mismo trimestre de 2011 (- 13,20 %). De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 382.588 son por cuenta ajena y 6.892 por cuenta propia De las autorizaciones de residencia temporal, 216.468 son por reagrupación familiar, 123.167 por residencia no lucrativa, 68.800 por circunstancias excepcionales de arraigo, y 3.071 por “razones humanitarias y otras”. En el segundo trimestre de 2012 se concedieron 277.950 autorizaciones iniciales, un 34,47 % (+ 2,66 % con respecto al trimestre anterior), 165.641 de primera renovación, un 20,54 % ( - 16,24 %) y 362.801 de segunda renovación, un 44,99 %. 11
  • 12. C) Preguntémonos a continuación cuál es la preocupación que la ciudadanía tiene sobre el fenómeno migratorio en España, visto tanto desde la perspectiva más general como de aquella que le afecta personalmente. Y podemos dar una primera respuesta con los datos obtenidos del barómetro mensual del Centro de Investigaciones Sociológicas: el retroceso indudable en su consideración de preocupación o problema. En apoyo de esta respuesta aporto los datos del últimobarómetro disponible, correspondiente al mes de octubre, hecho público en el día de hoy. El barómetro constata un ligero aumento de la preocupación de los ciudadanos por el paro y por la situación económica, y también que la inmigración reduce su importancia como problema para España y que lo es todavía mucho menos a título personal por los encuestados. La inmigración se considera el undécimo problema (posibilidad de tres respuestas) que existe actualmente en España (4.4, 1.5 puntos menos que el mes de septiembre), por detrás del desempleo (77.9, 1.4 puntos menos que el mes de septiembre), los problemas de índole económica (43.4, 6,0 puntos más que en el barómetro anterior), de "la clase política, los partidos políticos" (30,5, 3,6 puntos más que en el barómetro de septiembre), de la sanidad (10.1, 1.0 puntos menos que el mes anterior), de la corrupción y el fraude (9.2, 0.7 puntos más que el mes de septiembre), de la educación (8.3), de los recortes (6.7), de otras respuestas (5.6), de los bancos (5.4), y los problemas de índole social (4.6). Cuando se pregunta a los encuestados cuál es el principal problema ahora en España, la inmigración se sitúa en el noveno lugar (0.8, 0.2 puntos menos que en el barómetro del mes de septiembre), por detrás del desempleo (56.7, 1.3 puntos más que en el barómetro anterior), los problemas de índole económica (16.2, 3.0 puntos menos que el mes de septiembre), de "la clase política, los partidos políticos" (12.5), de "la corrupción y el fraude" (3.2), del "Gobierno, los políticos y los partidos" (1.7), otras respuestas (1.4), los recortes (1.0), y la educación (0.9). Si se pregunta cuáles son los problemas que afectan personalmente más a los encuestados (posibilidad de tres respuestas), la inmigración se sitúa en el vigésimo primer lugar (1.2, 0.1 puntos menos que en el barómetro de septiembre), por detrás del desempleo (46.8) , los problemas de índole económica (37.2), la sanidad (11.3), la clase política, los partidos políticos (8.8), la educación (8.8), "los recortes" (8.3), las pensiones (7.0), "no sabe" (6.2), "no contesta" (5.7), los problemas relacionados con la calidad del empleo (5.5), la subida del IVA (5.2), las preocupaciones y situaciones personales (4.2), los problemas de índole social (4.2), otras respuestas (3.3), la vivienda (3.1), la corrupción y el fraude (2.5), la inseguridad ciudadana (2.1), los bancos (2.0), los problemas relacionados con la juventud (1.9), y la crisis de valores (1.3). Por último, cuando se pregunta cuál es el problema que afecta personalmente más al encuestado, la inmigración baja aún más, hasta el vigésimo segundo lugar (0.3, 0.1 puntos más que en el barómetro anterior), por detrás del desempleo (37.2), los problemas de índole económica (19.5), "no contesta" (5.7), "no sabe" (6.2), las pensiones (3.9), "la clase política, los partidos políticos" (3.7), la sanidad (3.4), los recortes (3.3), los problemas relacionados con la calidad del empleo (2.9), la educación (2.7), las preocupaciones y situaciones personales (1.9), otras respuestas (1.4), el aumento del IVA (1.3), los problemas de índole social (1.2), la corrupción y el fraude (0.8), los problemas relacionados con la juventud (0.6), la vivienda (0.6), la inseguridad ciudadana (0.6), la crisis de valores (0.4), el gobierno, los políticos y los partidos (0.4), y los bancos (04.). No obstante, todos estos datos no deben hacernos olvidar que la crisis impacta sobre las relaciones entre autóctonos e inmigrantes y cuestiona el mantenimiento de la cohesión social. En este términos, un reciente estudio del Colectivo IOE para la Organización 12
  • 13. Internacional de las Migraciones (OIM) sobre “Impactos de la crisis sobre lapoblación inmigrante en España”, pone de manifiesto el incremento de las diferencias laborales (empleo, ingresos y protección social) entre ambos grupos en perjuicio del segundo, y también “el deterioro del clima de la opinión pública con respecto a la inmigración extranjera y el incremento de la preocupación entre entidades de solidaridad y de colectivos inmigrantes”. El estudio destaca la polarización de la sociedad española en tres grupos: de rechazo a la inmigración (37 %) de tolerancia (33 %) y de ambivalencia (30 %), y al mismo tiempo enfatiza, con acierto a mi parecer, que “es necesario abandonar la fantasía que el asunto se solucionará con la salida masiva de esta población. Por el contrario, es necesario asumir su condición de ciudadano, y en tanto que tales, atender las situaciones de precariedad que les afectan especialmente”. Otro reciente estudio sobre el impacto social de la crisis,publicado por la Fundación La Caixa, pone de manifiesto, con amplias referencias bibliográficas, que en el ámbito europeo, y España no es ninguna excepción, “la condición flexible del colectivo inmigrante en el espacio laboral – en especial las personas en situación irregular – impulsa políticas destinadas a vetar el acceso – explícita o implícitamente – como forma de paliar los efectos en el desempleo”, resaltando que entre estas medidas se encontrarían “la reducción de entradas legales por motivos laborales, obstaculización del reagrupamiento, incremento de la penalización por entrada ilegal o incentivación del retorno”. D) Vayamos ahora al examen de los datos sobre la presencia de la población inmigrante en el mercado de trabajo español, y cómo le afecta (ya adelanto que mucho) la situación de crisis. Podemos disponer para efectuar dicho análisis de la encuesta trimestral de poblaciónactiva, y utilizaremos la del tercer trimestre de 2012, y los datos de empleo y ,desempleo y afiliación a la Seguridad Social que elabora mensualmente el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, estando disponibles los de octubre sobre desempleo y afiliación a la Seguridad Social, y los de septiembre sobre las prestaciones por desempleo. Según los datos de la EPA, la población activa extranjera estaba integrada por 3.393.900 personas, con 2.211.500 ocupadas y 1.182.400 desempleadas, mientras que 1.151.400 personas estaban conceptuadas como inactivas. El número de personas extranjeras de 16 y más años es de 4.545.300, con un descenso trimestral de 47.600 y en serie interanual de 104.500 personas, y hay que hacer especial mención de este dato porque sigue la línea de los cuatro trimestres anteriores. Si comparamos con los datos del segundo trimestre de 2012, la población activa extranjera ha disminuido en 55.500 personas y en serie interanual la disminución es de 133.900, mientras que si nos fijamos en los datos de la población autóctona la población activa ha aumentado en 43.500 personas sobre el trimestre anterior y en 97.700 en serie interanual. La tasa de actividad es del 74.67%, 16,50 puntos superior a la de la tasa de la población activa española (58.17%). En este trimestre, la tasa de actividad de los extranjeros ha disminuido un 12,43%, mientras que el aumento de la población española ha sido del 0.13%. En serie interanual la tasa de actividad de la población autóctona experimenta un incremento del 0.23%, y la de la población extranjera disminuye en un 20.1%. La tasa de paro de la población extranjera es del 34.84%, es decir 11:52 puntos por encima de la española (23:32%). Durante el tercer trimestre de 2012 el desempleo autóctono creció en 136.00 personas, y entre la población extranjera en 51.000. Por último, durante el tercer trimestre de 2012 hay que hacer especial mención al hecho de que el número de trabajadores autóctonos ocupados ha experimentado un descenso de 92.500 personas, y 13
  • 14. el de extranjeros de 4.400 en relación con el trimestre anterior. En serie interanual la población ocupada extranjera disminuye en 162.000 personas, la población parada sube en 28.100 y la inactiva se incrementa en 29.400, mientras que la población ocupada española disminuye en 673.900 personas, la población parada se incrementa en 771.600, y la inactiva merma su número en 60.700 personas. E) Analizo a continuación, como he indicado, los datos sobre demandantes de empleo, paro registrado y contratos que corresponden al mes de octubre de2012, y las de prestaciones correspondientes al mes de septiembre. Los datos más destacados son los siguientes: a) Número de trabajadores extranjeros en situación de desempleo: 605.959 (12,53% del total). 189.554 son de países UE y 416.405 de países no UE. Se ha producido un incremento mensual de 17.890 personas (13,95% del total), y un descenso interanual 9806 (el paro del total de la población ha crecido en 472.595 personas). En los datos del mes de octubre destaca el crecimiento en el sector agrícola (15,64%, siendo el paro de 50.259), y el descenso en el sector de la construcción (1,56%, siendo el paro de 121.324 personas). b) Número de trabajadores extranjeros en situación de paro en Cataluña: 134.992 (22,27% del total). 24.924 son de países UE y 110.068 de países no UE, con un incremento mensual de 4.802 personas (26,84% del total), y un descenso interanual de 5.893 (60,09% del descenso en todo el Estado). El paro se concentra mayoritariamente en el sector de los servicios en las cuatro demarcaciones territoriales catalanas (69.669), y el paro en el sector de la construcción se sitúa en 31.298. c) Número de trabajadores extranjeros beneficiarios de prestaciones por desempleo en el mes de septiembre: 309.976, con un descenso interanual del 11,0%. 107.708 parados son de países UE y 202.268 son de países no UE. Este número supone el 10,93% sobre el total de beneficiarios, con un porcentaje del 10,64% si se trata de la prestación contributiva, del 11,85% en caso de subsidio, 13,67% en la renta activa de inserción, y 1,81% para el subsidio para trabajadores eventuales agrarios. Si comparamos los datos de septiembre con las de los once meses anteriores se observa un descenso de la población acogida a prestación contributiva y del subsidio, y un incremento de la perceptora de la renta activa de inserción. Hay otro dato que conviene tener en consideración para analizar los cambios que se están produciendo en la percepción de prestaciones por parte de los extranjeros: en serie interanual, la prestación contributiva ha pasado del 12,12% al 10,64% (un descenso del 12,2% en serie interanual), y el subsidio ha experimentado también un descenso, del 15,01 al 11,85% (un 21,1% en serie interanual). Es decir, el número de parados extranjeros que cobran el subsidio de desempleo sobre el total de la población perceptora (11,85%) supera 1,21 puntos si lo comparamos con el de quienes cobran la prestación contributiva (10,64% ). Sin embargo, destaca el aumento de las personas perceptoras de la Renta Activa de Inserción, el 13,67% del total de los perceptores y con un incremento del 1,7% en serie interanual. De los datos del mes de septiembre hay que destacar que el porcentaje de perceptores de la RAI es superior al de perceptores de las prestaciones contributivas y de subsidio. 14
  • 15. Si analizamos qué desempleados parados cobran los diferentes tipos de prestaciones, podemos comprobar que las contributivas suponen el 52% del extranjeros de países UE y el 42,1% de los de países no UE, y que el número de perceptores del subsidio, RAI y REASS, , supone el 48 y el 47,9% respectivamente. En cuanto a los datos del conjunto de la población perceptora de prestaciones en el mes de septiembre, un total de 2.836.592, el 47% reciben prestaciones contributivas y el 53% prestaciones asistenciales (40% subsidio, 8% renta activa de inserción, y 5% subsidio agrario). El porcentaje de beneficiarios sobre el total de demandantes de empleo extranjeros es del 38,99% (72,60 y 58,93% en los meses de septiembre de 2010 y 2011 respectivamente). El gasto total para los parados extranjeros es de 219.047 millones de euros, un 8,5% del gasto total (disminución interanual del 15,8%). El 71,8% del gasto total de prestaciones (2.589.710 euros) se destina a la prestación contributiva, mientras que el porcentaje se sitúa en el 66,1% cuando se trata de parados extranjeros (62,4 y 64, 3% en los meses de septiembre de 2010 y 2011, respectivamente). d) En cuanto al número de perceptores extranjeros la provincia de Madrid mantiene el primer lugar (16,46%), por delante de las de Barcelona (16,067%), Valencia (5,48%), Alicante (4,47) , Murcia (4,25), Almería (3,99%), Málaga (3,17%), Tarragona (3,07%), Girona (2,92%),%), Islas Baleares (2,73% ), Castellón (2,65 y Zaragoza (2,55%). Por nacionalidades, los trabajadores marroquíes ocupan el primer lugar (64.093, 20,68%). Los rumanos mantienen la segunda posición (54.713, 17,65%), y los ecuatorianos la tercera (25.866, 8,35%). En cuarto lugar encontramos los colombianos (17.826, 5,75%), en quinto los búlgaros (12.728, 4,11%), y en sexto los italianos (12.728, 3,04%). La caída en la protección social de la población extranjera no es una realidad sólo española, sino que opera en la mayor parte de países europeos como se constata en el estudio antesreferenciado de la Fundación La Caixa, ciertamente con diferentes niveles de intensidad, pero en cualquier caso sí es pacífico que “la población extranjera ha asumido el papel de amortiguador de los efectos sociales de la crisis, cargando con la mayor parte de los costes – desempleo, empobrecimientos, embargos..-. Esto se va a convertir en un serio condicionante de los proceso de integración social, especialmente de los sectores recién llegados”. Una integración para la que se requiere un efectivo proceso de conocimiento de la realidad política, económica, jurídica y social española, del que siempre he dicho que carecen muchos ciudadanos españoles; así se pone de manifiesto en la Instrucción de 2 de octubre de 2012, de la Dirección General de losRegistros y del Notariado, sobre determinados aspectos del plan intensivo detramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española porresidencia, en la que se remite a la doctrina jurisprudencial para enfatizar que “el adecuado grado de integración en la sociedad española no se reduce a un conocimiento aceptable del idioma, sino que es preciso un conocimiento de las instituciones, costumbres y adaptación al modo y estilo de vida españoles”. e) La media del número de trabajadores extranjeros afiliados a la Seguridad Social durante el mes de octubre ha sido de 1.701.875, con una disminución de 26.961 personas sobre el mes anterior, prácticamente toda concentrada en el régimen general, donde se ha producido un descenso de 26.109 personas. En el régimen de trabajadores autónomos se ha producido una merma de la afiliación de 66 personas, rompiendo la tendencia positiva de los nueve meses anterior del año 2012, siendo en la actualidad un total de 217.125 afiliados, mientras que la afiliación total de la población autónoma ha 15
  • 16. disminuido en 5.953 personas, quedándose en 3.038.901. Durante el mes de octubre el número medio de afiliados a la Seguridad Social se redujo en serie interanual en 623.586 personas, mientras que el de extranjeros se redujo en 83.487. Un análisis mucho más detallado de la composición de la población extranjera a la Seguridad Social se encuentra en los datos desagregados del mes de septiembre (los de octubre aún no son públicos). En toda España, y con datos de la media del mes de septiembre hay un total de 1.728. 836 afiliados (53,41% hombres y 46,59% mujeres), de los cuales 651.429 son de países UE (350.485 hombres y 300.944 mujeres), y 1.077.406 son de países no UE (573.031 hombres y 504.375 mujeres). Es decir, se ha producido un descenso anual del 4,83%. Cabe recordar que la media de afiliados del mes de septiembre de 2011 era de 1.816.662. Es decir, en los últimos doce meses se ha producido una disminución de 87.826 personas. Cabe destacar la disminución de la afiliación en el régimen general, que ha perdido 19.457 afiliados (ya se han incorporado los trabajadores de los regímenes agrario y del hogar familiar, y la disminución se produce utilizando los mismos criterios estadísticos). En cuanto al régimen de trabajadores autónomos, cabe mencionar el aumento de 313 afiliados, y en serie interanual hemos pasado de los 209.374 del mes de septiembre de 2011 a los actuales 217.191. En el régimen especial del personal al servicio del hogar familiar, que se ha extinguido el 30 de junio, todavía quedan 1.240 personas. Por regímenes, cabe destacar la importante presencia de los trabajadores rumanos y marroquíes en lo general, siguiendo los criterios estadísticos anteriores (154.907 y 103.115, respectivamente), del chinos y rumanos en el de autónomos (38.901 y 23.930), los rumanos y marroquíes en el agrario, siguiendo aún los criterios estadísticos anteriores (73.810 y 65.368), y los bolivianos, rumanos y marroquíes en el del hogar familiar, también con los criterios anteriores (188, 164 y 121). En los datos del personal al servicio del hogar familiar que aparece ya en el régimen general, la presencia boliviana se mayoritaria (40.205), seguida de la rumana (27.142) y paraguaya (17.201). Por comunidades autónomas, y siempre con datos de la media del mes de septiembre, Cataluña es la primera en número total de afiliados (390.280, 22,57%), seguida de Madrid (362.243, 20,95%), Andalucía (201.787, 11,67%) y la Comunidad Valenciana (170.146, 9,84%). En Cataluña el descenso en serie interanual ha sido de 20.218 personas, un 4,93%. Hace un año, Cataluña era también la primera en número total de afiliados (410.499, 22,60%), seguida de Madrid (382.321, 21,05%), Andalucía (205.262, 11,30%) y la Comunidad Valenciana (189.683, 10,44%). Cabe destacar, en cuanto a la distribución de la población extranjera afiliada a la Seguridad Social en los diferentes sectores de actividad, que la vigente clasificación nacional de actividades económicas (CNAE), aprobada por el Real Decreto 475/2007 de 13 de abril, entró en vigor el mes de enero de 2.009, y esto introduce algunas modificaciones de importancia en relación con la distribución realizada de acuerdo con el anterior CNAE. Destaca en mi opinión la división de la anterior "actividad inmobiliaria y de alquiler, y servicios empresariales", en "actividades inmobiliarias", "actividades profesionales científicas y técnicas", y "actividades administrativas y servicios auxiliares". En el régimen general de la Seguridad Social (y poniendo de relieve que las incorporaciones del régimen agrario y del personal al servicio del hogar familiar 16
  • 17. suponen el 15,17 y 14,13% del total de la afiliación, respectivamente) destaca el número de afiliados en el sector de la hostelería, que ocupa a 273.740 personas (18,19%), de las cuales 181.250 son de países no UE, y que ocupa la primera posición. Le sigue el sector del comercio y reparación de vehículos a motor y bicicletas, que ocupa a 186.030 trabajadores, un 12,36%, de los cuales 123.190 son de países no UE, y en tercer lugar se encuentran las actividades administrativas y servicios auxiliares, que agrupan a 119.180 trabajadores, un 7,92% del total, de los cuales 79.614 son de países no UE, la industria manufacturera ocupa el cuarto lugar, con 97.353 afiliados, 6,47%, de los cuales 56.912 son de países no UE, el sector de la construcción se sitúa en el quinto puesto y ocupa a 90.161 personas, un 5,99% (por primera vez el porcentaje baja al 6%), de los cuales 52.393 son de países no UE. En el régimen especial de trabajadores autónomos, destaca la presencia del sector del comercio y reparación de vehículos de motor y bicicletas (65.887, 30,34%), del sector de la hostelería (44.587, 20,53%), y del sector de la construcción (27.520, 12,67% del total y con una participación mayoritaria de los ciudadanos de la UE, 19.738). Por países de procedencia, en todo el Estado, los trabajadores rumanos ocupan la primera posición (280.111), y los marroquíes se sitúan en la segunda posición con 196.334 trabajadores. Los ecuatorianos se encuentran en la tercera posición (115.380), seguidos, los chinos con 87.185, los colombianos con 86.851, los bolivianos con 83.886, los italianos con 63.600, los peruanos con 57.440, los búlgaros con 55.324, y de los trabajadores del Reino Unido con 52.357. E) Sin ánimo de exhaustividad, otro dato importante a tomar en consideración para conocer qué presencia tiene la inmigración en el mercado de trabajo español es la Estructura Salarial. La última, conocida recientemente, es la del año 2010, que nos aporta este dato general: El salario bruto medio anual en España fue de 22.790,20 euros por trabajador, si bien la diferencia entre este salario medio y el salario más frecuente o modal (16.489,96 euros) fue de más de 6.000 euros. El salario medio mensual bruto fue de 1.701,62 euros (1.898,56 para los varones y 1.477,92 para las mujeres), mientras que el salario neto mensual se queda en 1.345,44 euros (1.489,78 en el caso de los varones y 1.191,71 en el de las mujeres). En cuanto a la distribución de los salarios por nacionalidad, la encuesta del INE pone de manifiesto lo siguiente: “Los trabajadores españoles fueron los únicos que tuvieron un salario superior a la media. Para el resto de trabajadores de la Unión Europea el salario fue inferior en un 18% al de la media, mientras que las otras nacionalidades tuvieron un salario entre un 25% y un 35% inferior a la media”. 6. Mi explicación no puede dejar tampoco de analizar un cambio jurídico, con indudable trascendencia social, en materia de inmigración con una norma que impactará gravemente en la pérdida de cohesión social y que puede provocar costes económicos y sociales colaterales más importantes que el ahorro económico que pretende obtener el gobierno con la medida, además de ser muy cuestionable su respeto a la normativa internacional y europea y a nuestra Constitución. Me estoy refiriendo al derecho a la sanidad y a las limitaciones que se introducen en forma de restricción para la población en situación irregular, algo que no tiene nada que ver con el llamado “turismo sanitario” que practican ciudadanos de países de la UE y que puede requerir de algún cambio normativo ciertamente, pero sobre todo de una correcta aplicación de la normativa comunitaria. Mi comentario es forzosamente breve porque sólo deseo destacar el cambio producido, que ha generado un intenso debate jurídico sobre la constitucionalidad de la medida 17
  • 18. La restricción del derecho a la sanidad se encuentra recogida en el Real Decreto- ley16/2012,de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidaddel Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de susprestaciones, publicado en el BOE el día 24 y con entrada inmediata en vigor, si bien a los efectos de mi exposición sobre los derechos de la población extranjera hay que acudir a la disposición transitoria primera, que sólo puede entenderse después de leer la norma citada en la misma, que dispone que “Las personas que, con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley, tuvieran acceso a la asistencia sanitaria en España, podrán seguir accediendo a la misma hasta el día 31 de agosto de 2012 sin necesidad de acreditar la condición de asegurado en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo”. ¿Cómo afecta el RDL a la población extranjera? En el preámbulo encontramos una amplia justificación de la medida por el incumplimiento de la normativa comunitaria yel coste económico que ello supone para el erario público español por “la imposibilidad de garantizar los retornos de los gastos ocasionados por la prestación de los servicios sanitarios y sociales a ciudadanos europeos”, pero no, al menos según mi parecer, al motivo que justifica la pérdida del derecho general a la sanidad a las personas extranjeras extracomunitarias que se encuentren empadronadas en el municipio en el que vivan pero que no dispongan de autorización de residencia y en su caso de trabajo. Vayamos en primer lugar a la disposición final tercera, que procede a la modificación del artículo 12 de la LO 4/2000 (modificada), quedando ahora reconocido el derecho a la asistencia sanitaria de los extranjeros “en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria”. Para comprender mejor el alcance del cambio, recuerdo que la redacción anterior del artículo 12 era la siguiente: “1. Los extranjeros que se encuentren en España, inscritos en el padrón del municipio en el que tengan su domicilio habitual, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. 2. Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica. 3. Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. 4. Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y postparto”. Como el apartado 1 del artículo 12, en la redacción anterior al 24 de abril, hace referencia a la inscripción en el padrón, es conveniente recordar que el artículo 6.2 de la LO 4/2000 dispone que “Los extranjeros residentes, empadronados en un municipio, tienen todos los derechos establecidos por tal concepto en la legislación de bases de régimen local, pudiendo ser oídos en los asuntos que les afecten de acuerdo con lo que disponga la normativa de aplicación”. En definitiva, para conocer cuál será la regulación del acceso de la población extranjera a la asistencia sanitaria habrá que conocer cuál es la legislación vigente en este ámbito, y se trata de la Ley 16/2003 de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, cuyo artículo 3 es modificado por el RDL, siendo el cambio en el título del precepto una clara y explícita manifestación de aquello que será inmediatamente después su contenido, ya que en el texto originario se trataba de “titulares de los derechos”, mientras que en la modificación se trata “De la condición de asegurado”. 18
  • 19. En la redacción anterior eran titulares de los derechos a la protección de la salud y la asistencia sanitaria “a) Todos los españoles y los extranjeros en el territorio nacional en los términos previstos en el artículo 12 de la Ley Orgánica 4/2000. b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea que tienen los derechos que resulten del derecho comunitario europeo y de los tratados y convenios que se suscriban por el Estado español y les sean de aplicación. c) Los nacionales de Estados no pertenecientes a la Unión Europea que tienen los derechos que les reconozcan las leyes, los tratados y convenios suscritos”. Con la reforma, será necesario bien estar afiliado a la Seguridad Social, ser pensionista, perceptor de prestaciones por desempleo, o inscrito como demandante de empleo tras haberlas agotado, ser familiar de estas personas en los términos del apartado 4, bien carecer de recursos económicos si no se encuentran en ninguno de los supuestos anteriores, o bien suscribir un convenio especial con la Seguridad Social. Pero junto a este marco general la importancia del cambio, que ya es mucha con el sólo artículo 3, radica en la incorporación a la Ley 16/2003 de un nuevo artículo 3 ter que se refiere de forma clara y explícita a los extranjeros “no registrados ni autorizados como residentes en España”, a los que sólo se reconoce una parcela de la asistencia sanitaria, o por decirlo de forma más clara el empadronamiento ya no dará derecho a recibir asistencia sanitaria en igualdad de condiciones que el resto de personas, autóctonas o extranjeras residentes, ya que estos extranjeros que pueden estar empadronados pero no ser residentes de acuerdo a la normativa vigente podrán recibir asistencia sanitaria “de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación del alta médica”, y también “de asistencia al embarazo, parto y postparto”, salvo que se trate de menores de 18 años y en cuyo caso “recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles”. Seguramente se entenderá aún mejor con esta frase de un artículo publicado en La Razón el 23 de abril, un diario bien cercano al gobierno: tras poner de manifiesto que “ningún inmigrante que precise atención urgente se verá privado de ella, aunque no tenga papeles”, afirma bien claro que “ya no bastará con empadronarse para disfrutar de todos los servicios de la Sanidad Pública, sino que, además de residir en nuestro país, los extranjeros tendrán que cotizar en la Seguridad Social y pagar impuestos aquí para tener acceso a la tarjeta sanitaria” (¡Ah!, ¿pero es que no pagan religiosamente sus impuestos como todos los restantes ciudadanos?) Según los datos estadísticos de población extranjera la medida podría afectar a cerca de150.000 personas, previendo que ello podría generar un ahorro teórico de 240 millones de euros “si se les aplican los 1.600 euros por persona que cuesta al año cada español en sanidad”, ahorro que se convertiría en gasto por el impacto social de la medida. Las reacciones sociales no se han hecho esperar y baste citar algunas significativas. Para la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, “exigir acreditar, además del empadronamiento, un trabajo y la residencia fiscal, supone aumentar la desprotección de las personas más perjudicadas por la crisis económica y el desempleo”. Comisiones Obreras de Cataluña señala que la medida puede afectar no sólo a quienes no dispongan originariamente de autorización de residencia, sino también (y la situación actual de crisis, añado yo ahora, puede contribuir a ello) “a personas regulares que han trabajado, que han cotizado a la Seguridad Social, pero que por causa del desempleo no pueden renovar sus permisos de trabajo y caen en irregularidad”. Para la UGT se pretende acabar con un derecho básico y fundamental para cualquier persona, algo que supone “un incumplimiento del mandato constitucional de que los poderes públicos han de garantizar y tutelar la salud pública del conjunto de la población”. 19
  • 20. 7. Por último, ¿Qué hay que decir, algo nuevo para entendernos, sobre las migraciones laborales y su impacto a escala internacional? En primer lugar, seguir destacando su importancia para el futuro económico europeo, que se encuentra con una población laboral en progresivo proceso de envejecimiento. Como destacaba el día 6 de noviembre el comisario Lazlo Andor, refiriéndose a la importancia de la Estrategia Europa 2020 y a las políticas de empleo que han de prestar especial atención a la población migrante “The issue of economic migration needs to be adequately integrated in these policies and investments since migrants represent an important share of the EU workforce. However, at the EU level, we are still far from a satisfactory valorisation of the available migrant human resources. In addition, Europe remains less attractive than the USA, Canada or Australia when it comes to highly qualified migrants. The economic crisis we are going through of course plays a role in this: Europe's major problem at present is low demand for labour due to uncertainties companies face. But analysis of economic and demographic trends clearly indicates that there is no contradiction between the goal of mobilising the full EU employment potential and the need for a more targeted economic migration policy that opens pathways for skilled migrants to fill unsatisfied labour needs. The policy approach in this area as defined by the Europe 2020 Strategy underlines the need to make the best use of the potential of migrants already legally residing in the EU while, at the same time, paving the way for new economic migration in additional sectors in which labour and skills shortages are emerging”. De especial interés es el documento sobre las migraciones laborales presentado por la Oficina Internacional de Trabajo para debate a la 316ª reunión del Consejo de Administración de la OIT que se está celebrando en Ginebra desde el día 1 al 16 de este mes de noviembre, del que destaca en especial a mi parecer la petición de que el diálogo de alto nivel que debe llevarse a cabo en 2013 en la ONU sobre inmigración verse sobre cuatro temas de indudable importancia a escala mundial: “la contribución de las migraciones y los migrantes al desarrollo; la integración de la migración en el desarrollo; la migración irregular, y las alianzas y la cooperación”, desde la consideración previa e importante, que comparto plenamente, de que “los migrantes han de ser tratados en calidad de trabajadores y no como factores de producción”, y también que “es preciso centrar los análisis en las cuestiones relativas a la igualdad y definir el desarrollo como algo más que el crecimiento del PIB”, por lo que cualquier debate sobre inmigración ha de vincularse a cuestiones económicas y laborales, y no sólo “guardar relación con factores de política interior o de seguridad”. La OIT insiste en la importancia de prestar atención, y adoptar las medidas para corregirla, a la migración irregular, que se calcula que supone entre un 10 y un 15 % del total, destacando algo que es bien sabido en los países llamados desarrollados, que es la permanencia de los migrantes en el país de acogida, aunque hayan perdido su empleo, por las sombrías perspectivas laborales en caso de retornar al país de origen, por lo que hay que tomar las medidas normativas y prácticas adecuadas, ya que “la persistencia de la migración irregular y del trabajo no declarado que realizan los migrantes demuestran la existencia de fallos generales” (recuérdese que los últimos datos globales disponibles sobre migración son la presencia de alrededor de 214 millones de personas, 3,1 % de la población mundial, que residen en un país distinto del de origen, de los que 104 millones son económicamente activas, y sumándoles sus familiares suponen el 90 % de la población total migrante). 20
  • 21. En fin, la OIT no olvida, por su real impacto sobre el mundo migratorio, la importancia de la aprobación del Convenio número 189, en la Conferencia General de 2011, sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos. De dicho Convenio deseo destacar lo siguiente: La información sobre las condiciones de trabajo, y la formalización de un contrato por escrito en la que se recojan de forma detallada, es una de las principales herramientas de las que puede disponer un trabajador doméstico para no quedar sometido a la libre discrecionalidad del empleador (por cierto, a diferencia de la terminología empleada en el Convenio para referirse a las personas trabajadoras, incluyendo de forma expresa a “trabajadoras” y “trabajadores”, en el caso del personal contratante sólo se utiliza la expresión masculina “empleador”, y creo que no hubiera estado de más una equiparación, al menos formal, en el artículo del Convenio que incluye las definiciones que después se utilizan en el texto). Pues bien, esa concreción y detalle se encuentra en el artículo 7, complementado por el apartado 6.2 de la Recomendación: datos personales, lugar o lugares de trabajo, fecha de inicio y en su caso de finalización, reglas relativas a la finalización del contrato y al plazo de preaviso, tipo de actividad, remuneración (con una petición a los Estados, en el apartado 16 de la Recomendación, de aplicación de normas no menos favorables que al resto de trabajadores para proteger sus créditos laborales en caso de fallecimiento o insolvencia del empleador) y forma de pago (como mínimo una vez al mes), horario laboral y períodos de descanso, posible manutención en especie (“en condiciones no menos favorables que las que rigen generalmente para otra categorías de trabajadores”, y para España recuérdese la modificación operada, en esta misma línea, en el artículo 26.1 de la Ley del Estatuto de los trabajadores por la Ley 35/2010 de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo) período de prueba si así se establece, y “las condiciones de repatriación cuando proceda” (no se olvide el importante número de trabajadoras domésticas que trabajan en terceros países, muy especialmente en algunos emiratos árabes). Sobre este último apartado, la norma prevé la obligación (cuyo cumplimiento debería ser uno de los objetivos fundamentales) de poner en conocimiento de todos los trabajadores domésticos migrantes las condiciones contractuales en las que van a prestar sus servicios, así como el derecho a poder regresar a su país de origen una vez finalizada la relación laboral, y por ello tienen derecho a conservar sus documentos de viaje e identidad (reconocimiento implícito por el Convenio, pues, de que a muchos trabajadores se les retira de hecho dicha documentación mientras están trabajando al servicio de un empleador en un tercer país, sin que exista ninguna base legal para ello). En esta importante cuestión, la norma llama a los Estados a regular el funcionamiento de las agencias privadas que contratan o colocan a trabajadores domésticos, a establecer un mecanismo adecuado de presentación de quejas y reclamaciones (con independencia de la existencia de un mecanismo general de resolución de conflictos en condiciones no menos favorables que el de los trabajadores en general), y a sancionar a aquellas agencias que vulneren la normativa, con una mención expresa a la adopción de medidas apropiadas “para asegurar que los honorarios cobrados por las agencias de empleo privadas no se descuenten de la remuneración de los trabajadores domésticos”. Continuará…, seguro. 21