1. 3
Viedma, 18 de Agosto de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5277
deberán acreditar su debida inscripción en el Registro que se crea a continua-
ción, atendiendo las prioridades, evaluaciones y criterios de la Secretaría de
Cultura de la Provincia, distribuyendo y garantizando como mínimo un diez
por ciento (10%), de los recursos del Fondo.
Los subsidios y aportes no reintegrables otorgados a Instituciones y
Entidades Culturales, con distintos fines, deberán indicar claramente en la
solicitud el objeto al que estarán destinados, en los términos que establecen
los Decretos N° 134/2010 y 229/13.
La Secretaría de Cultura de la Provincia, fiscalizará y hará cumplir a los
beneficiarios, la correcta utilización de los Fondos otorgados,
implementándose a tal efecto los convenios correspondientes y el control
de gestión.-
2.1.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Cultura, o del organismo que
en el futuro la reemplace, el Registro de Instituciones Culturales de la Ley N°
4914. Sólo podrán inscribirse en el Registro las asociaciones, instituciones,
clubes, y demás entidades intermedias que tengan por objeto principal la
práctica, desarrollo y sostenimiento de las actividades culturales, en cualquiera
de sus manifestaciones.-
2.2.- Obligatoriedad de la Inscripción para acceder a los beneficios de la
Ley N° 4914.- Pueden inscribirse en el Registro las instituciones enunciadas
en el punto precedente, que hayan obtenido su personería jurídica. Dicha
inscripción constituye condición insoslayable para acceder a los beneficios
otorgados por la Ley que se reglamenta.-
2.3.- Además de acreditar su personería jurídica, las entidades inte-
resadas que requieran su inscripción, deberán presentar ante el Re-
gistro, nómina de autoridades de la Institución debidamente actualizada, su
Estatuto Social de cuyo contenido surge inequívocamente la actividad
principal vinculada a actividades culturales como objeto social de las
mismas.-
2.4.- El personal afectado al funcionamiento del Registro, previo a su
inscripción deberá verificar que la institución no posea irregularidades con
organismos oficiales, en cuanto a la rendición de aportes recibidos o
responsabilidad como estipendiarios de fondos públicos. A tal fin podrá
solicitar las informaciones correspondientes a los organismos competentes
en las respectivas materias, Contaduría General de la Provincia, Tribunal de
Cuentas, etc.-
2.5.- El trámite de la inscripción se deberá realizar ante la Secretaría de
Cultura u organismo que en el futuro la reemplace, quien informará a los
interesados los requisitos exigidos para la inscripción, que luego de ser
verificados, tomara razón de la misma.-
2.6.- Para un mejor ordenamiento en el cumplimiento de los requisitos
exigidos, se deberá presentar la siguiente documentación a fin de acceder al
otorgamiento de los Fondos:
a) Nota de solicitud firmada por la máxima autoridad de la Institución o
quien exhiba poderes suficientes para representarla, indicando
claramente el destino de los Fondos.
b) Fotocopia del CUIL y DNI, del máximo responsable de la
administración.
c) Datos identificatorios actualizados de la Institución (Dirección,
Teléfono, E-mail, Teléfono móvil de los responsables).
d) Formulario de Inscripción, que previamente deberá obtener en el
Registro de Instituciones Culturales, el que tendrá carácter de declaración
jurada y firmado por el Presidente de la Organización.
e) Copia autenticada de la Asamblea Constitutiva de la Organización.
f) Copia autenticada del Estatuto de la Organización.
g) Copia autenticada del Acta de designación de autoridades vigentes.
h)Copia autenticada de la última memoria y balance, firmada por Contador
Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Río Negro.
i) Copia autenticada del Decreto Nacional, Provincial, Municipal o Re-
solución que otorgara la Personería Jurídica dictada por la Inspección
General de Justicia, o Dirección Provincial de Personas Jurídicas, según
corresponda.
Las autenticaciones de las copias solicitadas precedentemente podrán
ser efectuadas por Escribano Público, Policía, Juez de Paz o autoridad
competente Nacional, Provincial o Municipal. En caso de presentar
las copias junto con los originales podrán ser certificadas por el per-
sonal del Registro.
2.7.- Luego de haber sido verificada la documentación pre-
sentada, se dictara al acto Administrativo por el cual se inscribirá a la
institución en el Registro de Instituciones Culturales y se extenderá el
certificado de inscripción con el número que le fue asignado. La inscripción
mantendrá su vigencia en tanto la organización actualice la información
relativa a su memoria y balance de acuerdo al vencimiento de su ejercicio
fiscal.-
2.8.- Vencido su ejercicio fiscal la entidad deberá presentar la si-
guiente documentación para mantener vigente su inscripción en el Re-
gistro:
a) Copia autenticada de la última memoria y balance, firmada por Contador
Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Río Negro.
b) Formulario de Inscripción/actualización, que previamente deberá
obtener en el Registro de Instituciones Culturales de la Ley N° 4914,
el que tendrá carácter de declaración jurada y firmado por el Presidente
de la Organización.
c) Copia autenticada del Acta de designación de autoridades vigentes (de
haber cambiado).
d) En el caso de contar con otro reconocimiento en el orden Nacional,
Provincial o Municipal, que no fuera presentado oportunamente, de-
berá adjuntar copia del mismo.
Verificada la documentación presentada, se extenderá el certificado de
inscripción, con el número de inscripción en el Registro y la nueva
fecha de vencimiento.
Las autenticaciones de las copias solicitadas precedentemente, podrán
ser efectuadas por Escribano Público, Policía, Juez de Paz o autoridad
competente Nacional, Provincial o Municipal. En caso de presentar
las copias junto con los originales podrán ser certificadas por el per-
sonal del Registro.
Art. 3º - Facúltase al Sr. Secretario de Cultura, la asignación de Subsidios
y/o Aportes No Reintegrables financiados con los recursos que estipula el
Art. 2° del presente Anexo, hasta el máximo fijado para el procedimiento
del Concurso de Precios, no pudiendo en ningún caso excederse de dicho
monto.
Art. 4º - Sin reglamentar.
Art. 5º - Sin reglamentar.
—oOo—
DECRETO Nº 976
Viedma, 04 de Agosto de 2014.
Visto, el Expte. Nº 2.871-SSP-14, del registro del Ministerio de Economía,
la Ley N° 4.924 de Presupuesto General para la Administración Provincial,
y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.924 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modi-
ficaciones dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de
Presupuesto, debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legisla-
tivo;
Que en virtud de ello y a solicitud de las distintas Jurisdicciones
Administrativas, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio
de Economía, debe adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el
Presupuesto vigente, en el marco de las facultades conferidas por el Art. 15
de la Ley H N° 3186;
Que resulta necesaria la reestructuración del Presupuesto Operativo del
Instituto Autárquico Provincial del Seguro;
Que en el presente Decreto es de aplicación la Resolución Nº 119/13 de
la Fiscalía de Estado y la nota nº 1.309/12 “CG” de la Contaduría General de
la Provincia;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del
Ministerio de Economía;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art.
181, Inc. 1) de la Constitución Provincial.
Por ello,
El Gobernador de la Provincia de Río Negro
DECRETA:
Artículo 1º - Modifícase el Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle
obrante en Planilla Anexa N° I, que forma parte del presente.
Art. 2º - Modifícase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto del
Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N° II, que forma parte
del presente.
Art. 3º - Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al
detalle obrante en Planilla Anexa N° III, que forma parte del presen-
te.
Art. 4º.- Modifícase el Presupuesto Operativo del Instituto Autárquico
Provincial del Seguro de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa Nº
IV, que forma parte del presente.
Art. 5º - Creánse las Categorías Programáticas correspondientes a las
distintas Jurisdicciones Administrativas detalladas en la Planilla Anexa Nº V,
que forma parte del presente.
Art. 6°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha del
mismo.-
Art. 7°.- Comuníquese al Poder Legislativo las modificaciones presupues-
tarias.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Mtro. de Economía.
Art. 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín
Oficial y archívese.-
WERETILNECK.– A. Palmieri.
2. 4
Viedma, 18 de Agosto de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5277
PLANILLA ANEXA Nº I
QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
TOTAL DE RECURSOS
—————————
PLANILLA ANEXA Nº II
QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
RESUMEN DE GASTOS POR ORGANISMO Y OBJETO DEL GASTO
– En Pesos –
CÓDIGO DETALLE ORGANISMO MONTO EN PESOS TOTAL ORGANISMO EN PESOS
89,836.01
9,102,345.35
89,836.01
8,655.33
16,177.62
3,437,517.27
2,309,192.96
2,550,923.37
779,878.80
12944
18111
12911
11131
17236
12255
12947
12952
34486
22236
OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS-REMANENTES LEY DE PRESUPUESTO
DE LA ADMINISTRACION CENTRAL PROVINCIAL
OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS
IMPUESTO A LAS APUESTAS DE CARRERAS DE CABALLOS
DE LA ADMINISTRACION CENTRAL NACIONAL
GUÍAS DE TRANSPORTE
COMPROMISO DE CAPACITACION
COMPROMISO DE APORTE
REM REC 11731 APORTE OBRAS INF. LEY 23966, ART.18, INC.B
PLAN MÁS CERCA: MÁS MUNICIPO, MEJOR PAÍS
00
00
02
11
26
27
27
27
31
38
31,367.06
58,468.95
8,655.33
16,177.62
3,437,517.27
709,105.52
800,000.00
800,087.44
2,550,923.37
779,878.80
TOTAL DE RENTAS GENERALES
TOTAL DE RECURSOS ADMINISTRACION CENTRAL Y PODERES
TOTAL DE RECURSOS 9,192,181.36 9,192,181.36
ORGANISMO GRUPO 100 GRUPO 200 GRUPO 300 GRUPO 400 GRUPO 500 GRUPO 600 GRUPO 700 GRUPO 900 TOTALGRUPO 800
01
02
03
08
11
17
22
26
27
28
30
31
32
38
41
42
43
44
45
51
54
56
PODER JUDICIAL
PODER LEGISLATIVO
TRIBUNAL DE CUENTAS
SECRETARIA DE TRABAJO
MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y
DEPORTE
MINISTERIO DE GOBIERNO
SECRETARIA GENERAL
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA
SECRETARIA DE ENERGIA
MINISTERIO DE ECONOMIA
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
DIRECCION DE VIALIDAD RIONEGRINA
INST. DE PLANIF. Y PROMOCION DE LA
VIVIENDA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA
CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION
ENTE DE DESARROLLO LINEA SUR
ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE
ELECTRICIDAD
AGENCIA PROVINCIAL DE DESARROLLO
RIONEGRINO
-2,590,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
52,101.33
0.00
0.00
-58,468.95
0.00
0.00
-52,101.33
0.00
0.00
0.00
0.00
58,468.95
0.00
0.00
0.00
0.00
390,000.00
0.00
0.00
17,504.48
-97,284.00
0.00
1,000.00
0.00
0.00
20,000.00
-9,500.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
30,000.00
59,750.00
-16,150.00
-392,000.00
28,000.00
-5,200.00
2,050,000.00
8,655.33
0.00
13,862.58
113,461.62
0.00
-1,000.00
0.00
2,309,192.96
-20,000.00
9,500.00
1,350,923.37
0.00
0.00
0.00
0.00
-330,000.00
-59,750.00
16,150.00
-447,650.00
-31,000.00
5,200.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
1,200,000.00
1,135,092.50
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-43,000.00
2,000.00
0.00
150,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
13,437,517.27
0.00
0.00
0.00
0.00
-1,135,092.50
779,878.80
0.00
0.00
300,000.00
0.00
0.00
882,650.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-10,000,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
58,468.95
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-2,590,000.00 26,120.48 4,987,545.86 2,294,092.50 14,414,953.57 0.00 -10,000,000.00 58,468.95
0.00
8,655.33
0.00
31,367.06
16,177.62
0.00
52,101.33
13,437,517.27
2,309,192.96
-58,468.95
0.00
2,550,923.37
-52,101.33
-9,161,652.25
0.00
0.00
0.00
58,468.95
0.00
0.00
0.00
0.00
9,192,181.36
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
1,000.00
0.00
1,000.00
TOTALES: -2,590,000.00 26,120.48 4,987,545.86 2,294,092.50 14,414,953.57 0.00 -10,000,000.00 58,468.95 9,192,181.361,000.00
3. 10
Viedma, 18 de Agosto de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5277
—————————
PLANILLA ANEXA Nº IV QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
FINANCIAMIENTO DENOMINACION IMPORTEPROGRAMA SUBPROG. PROYECTO ACT/OBRA PARTIDA
11 00 00 01 61210 APORTES DE CAPITAL A EMPRESAS PUBLICAS NO
FINANCIERAS
3,500,000.00
ORGAN.. FINANCIAM IENTO CONCEPTO IM PORTEPROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV-
OBRA
PARTID A
51
54
20
20
21
21
21
21
21
21
21
21
21
21
22
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
01
01
01
01
01
01
01
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01
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01
01
01
01
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01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
351
371
211
243
256
296
345
349
351
371
372
572
322
211
222
256
264
265
345
349
351
371
372
111
114
115
116
118
121
123
124
125
127
131
235
292
313
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12121
34465
34465
34465
TRA NSP O RTE
P AS AJES
A LIM E NTOS P ARA P ERS O NAS
CUBIE RTA S Y CAM A RAS DE AIRE
CO M BUSTIB LES Y LUB RICA NTE S
REP UES TOS Y ACCES O RIOS
DE CAP ACITA CION
O TRO S NO ES PECIFICA DOS PRECE DENTEM E NTE
TRA NSP O RTE
P AS AJES
V IA TICOS
O TRA S TRA NSFE RE NCIAS A M UNICIPALIDADE S
A LQ UILE R DE M A QUINA RIA Y EQUIPO
A LIM E NTOS P ARA P ERS O NAS
P RE NDAS DE V ES TIR
CO M BUSTIB LES Y LUB RICA NTE S
HERRAM IENTAS M E NORES
M A TE RIAL DE SEG URIDAD
DE CAP ACITA CION
O TRO S NO ES PECIFICA DOS PRECE DENTEM E NTE
TRA NSP O RTE
P AS AJES
V IA TICOS
RETRIB UCIO N DE L CA RGO
S UE LDO A NUAL COM P LEM E NTARIO Y O TRO S BENEFICIO S
CO NTRIBUCIO NE S PA TRO NALE S PA RA JUB ILA CIO N
A PO RTE P ATRO NAL PA RA OB RA SO CIA L
O TRA S CO NTRIBUCIO NES PA TRO NALE S
RETRIB UCIO N DE L CA RGO
S UE LDO A NUAL COM P LEM E NTARIO Y O TRO S BENEFICIO S
CO NTRIBUCIO NE S PA TRO NALE S PA RA JUB ILA CIO N
A PO RTE P ATRO NAL PA RA OB RA SO CIA L
O TRA S CO NTRIBUCIO NES PA TRO NALE S
A SIGNA CIO NE S FAM ILIA RES VA RIAS
LIBRO S, RE VISTAS Y PE RIO DICOS
UTILES DE ES CRITO RIO, O FICINA Y ENS ENANZA
G AS
-7,500.00
-2,250.00
-10,000.00
-5,000.00
-20,000.00
-10,000.00
-10,000.00
-5,000.00
-6,500.00
-6,000.00
-6,000.00
-250,000.00
-200,000.00
-10,000.00
-5,000.00
-5,000.00
-7,000.00
-8,000.00
-30,000.00
-10,000.00
-5,000.00
-3,000.00
-3,000.00
-91,500.00
-15,250.00
-49,215.00
-6,405.00
-14,138.00
91,500.00
15,250.00
19,215.00
6,405.00
14,138.00
30,000.00
5,000.00
20,000.00
1,000.00
54
56
01
01
01
01
01
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11
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12
12
12
12
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01
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00
00
00
00
00
00
00
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00
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00
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00
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00
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00
00
00
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01
01
01
01
01
01
01
01
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02
02
02
02
03
03
03
03
01
02
335
349
372
399
847
315
371
292
393
291
331
351
437
211
329
349
355
279
256
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
34465
11273
11273
11273
11273
11273
11273
LIM PIEZA, ASE O Y FUM IGA CION
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
V IA TICOS
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
O TRA S PERDIDAS AJE NAS A LA OPE RA CIO N
CO RRE O S Y TE LEG RA FOS
P AS AJES
UTILES DE ESCRITO RIO, O FICINA Y ENSE NANZA
S ERVICIOS DE V IGILANCIA
E LE M ENTOS DE LIM PIEZA
M A NTE NIM IE NTO Y RE PARA CIO N DE EDIFICIOS Y LO CALES
TRA NSPO RTE
E QUIPO S DE O FICINA Y M UEB LES
A LIM E NTO S PA RA PE RS O NAS
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M ENTE
CO M ISIONES Y G ASTOS B ANCA RIOS
O TRO S NO ESPE CIFICADOS PRECE DENTE M E NTE
CO M BUS TIBLES Y LUB RICANTE S
-40,000.00
-70,000.00
10,000.00
75,000.00
1,000.00
-20,000.00
5,000.00
1,000.00
2,000.00
2,000.00
5,000.00
1,000.00
2,000.00
1,500.00
3,000.00
1,200.00
1,000.00
1,000.00
-7,700.00
—————————
PLANILLA ANEXA Nº V QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 976
31
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
43
Obras p/la Admin. Gral.
A Discriminar
00 -,-
01 Const. Ref. Amp. Y Equip. Viv.
Ofic. Y Edif. Públicos
57 Refacción Delegación Rentas en S. C. Bariloche
52 Obras de Infraestructura
00 -,-
01 Obras de Infraestructura
55 M ejoram iento Infraestructura Ferroviaria (*)
55
Obras Fondo Federal
Solidario- Dec Nac. Nº
206/09.
00 -,-
12 Obra Fondo Federal Solidario XI.
60 O bras Agua Potable en Darw in (*) 3-80
4-32
1-39
JURISDICCIÓN ACTIVIDAD/OBRA FINALIDAD-FUNCIÓNSUBPROG. PROYECTOPROGRAMA
(*) = estructura programática creada.