Este documento resume los tres tipos de derechos humanos: la primera generación incluye los derechos civiles y políticos; la segunda generación comprende los derechos económicos, sociales y culturales; y la tercera generación cubre el derecho a la autodeterminación. También describe cómo la Constitución venezolana de 1999 reconoce plenamente los derechos humanos existentes y futuros. Finalmente, discute brevemente el papel de la moral en relación con los derechos humanos desde la época romana.
1. UNIVERSIDAD YACAMBÚ
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE HUMANIDADES
DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS A DISTANCIA
LOS DERECHOS HUMANOS
Articulo
Autor:
Elizabeth Parra C
C.I: 18.162.030
San Cristóbal, Febrero del 2014.
En la dinámica práctica se da el reconocimiento de los derechos humanos a partir
de 1948, cuando a través de la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS
2. HUMANOS, se le dan rango de legalidad y de carácter universal a los derechos esenciales
intrínsecos del hombre por el hecho de su naturaleza. Pero no han sido estáticos tales
derechos, sino con la evolución del hombre y la aparición de las nuevas tecnologías se ha
hecho necesario incluir en esta, las nuevas tendencias protectorias que garanticen el disfrute
efectivo de los derechos.
En el mismo orden de ideas, se encuentran CLASIFICADOS los derechos por
generaciones
PRIMERA GENERACIÓN:
Representa a los derechos civiles y políticos, igualmente denominados "libertades clásicas".
Fueron los primeros que exigió y formuló el pueblo en la Asamblea Nacional durante la
Revolución francesa. Puesto el resultado de esas luchas, esas exigencias fueron consagradas
como auténticos derechos y difundidos internacionalmente, entre los cuales
configuraron:Todoindividuo tiene derechos y libertades esenciales sin distinción de raza,
color, idioma, posición social o económico, a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica,
Los hombres y las mujeres tienen iguales derechos, Ninguno estará sometido a esclavitud o
servidumbre, Sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni
se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral. Ningunapersona debe ser
molestadainjustamente en la vida privada, familiar, ni a sufrir ataques a su honra o
reputación. Todos tenemos derecho a circular libremente y a elegir su residencia y a una
nacionalidad.
SEGUNDA GENERACIÓN:
Lo establecen los derechos económicos, sociales y culturales, debidos a los cuales, el
Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho. De
ahí el surgimiento del Constitucionalismo Social que enfrenta la exigencia de que los
derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales, sean realmente
accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente acciones,
programas y estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y
son: Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los
derechos económicos, sociales y culturales, toda persona tiene derecho al trabajo en
condiciones equitativas y satisfactorias a formar sindicatos para la defensa de sus
intereses. Todos los individuos tienen derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a
ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los
servicios sociales necesario, tiene derecho a la salud física y mental. Y a la educación
primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
LA TERCERA GENERACIÓN:
3. Figuro tras la Segunda Guerra Mundial y el periodo de la guerra fría y que aúnsube
discusiones. Como son el derecho a la auto-determinación.Estuvooriginado a partir de la
década de los setenta para impulsar el avance social y enaltecer el nivel de vida de todos los
pueblos, en un cuadro de obediencia y colaboración mutua entre las distintas naciones de la
comunidad internacional. Y también se enfatizan: La autodeterminación, la independencia
económica y política,la identidad nacional y cultural,La paz La coexistencia pacífica,El
entendimiento y confianza, La cooperación internacional y regional.
Venezuela en su afán protectorio de los derechos fundamentales de los derechos de
las personas, a integrado en la constitución de 1999 –reconocida en el mundo como una de
las más innovadoras en la materia- el reconocimiento pleno de los derechos humanos ya
existentes y los que llegasen a aparecer luego de promulgada la constitución, pues el Art 23
recoge el carácter de constitucional todos los derechos humanos y aun aquellos que siendo
celebrados y ratificados a través de tratados por parte de la república, se integren en nuestra
legislación patria, quedando así entre abierta la posibilidad de incorporar cualquiera
derechos que aparecieran a nivel universal.
La moral tiene que ver con la manifestación interior en la conciencia del hombre
que acarrea las actividades que desempeña en su día a día; en materias de derechos desde
su aparición en roma se le a dado una importante labor a la moral, a través de ella se
penalizaba a las personas que incumplían con sus obligaciones, estoces ha ido depurando a
través de la historia y finales del imperio se distinguió el derecho de lo moral, dándosele
mayor prioridad al derecho en materia de justicia, pero no deja de ser menos cierto que
sigue imperando lo moral en aquellos hombres rectos simulando así un castigo a su
conciencia y dejándose en manos de la justicia la carga pecuniaria o penal a que hubiera
incumplimiento de la ley. Y el hombre para evitar ese castigo personal cumple con todos
sus deberes.