1. CONTRATO SERVICIOS A TODO COSTO
Conste por el presente contrato de Mano de Obra, que celebran de una parte la
Municipalidad Distrital de Laredo, con RUC No 20178186869 y domicilio legal en
la calle La Reforma No 360, distrito de Laredo; debidamente representado por
su Alcalde Ing. XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX, identificado con DNI. Nº
18005895 y de la otra parte el Sr. XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX, identificado
con DNI Nº 18009919, RUC Nº 10180099196, domiciliado en el Jr. Unión Nº 303
del Sector Laredo Viejo; a quienes en adelante y para efectos de este Contrato
se les denominará LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO, respectivamente
en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: Con Resolución de Alcaldía Nº 0351 – 2010 MDL, de fecha 19 de
Febrero del 2010, La Municipalidad aprueba el expediente Técnico de la meta:
“CONSTRUCCION DE SARDINELES EN BERMA CENTRAL CARRETERA
LAREDO- PORVENIR”, con un total de S/. 63,433.91 N.S, en la cual la
Municipalidad aportará con este monto, donde esta incluido la confección y
colocación del Cartel de Obra con las dimensiones 3.60 X 2.40 Mts (Banner
Gigantografia).
SEGUNDO: La Municipalidad teniendo en cuenta la ley de Contrataciones y
Adquisiciones del estado Ley Nº 26850, contrata a EL CONTRATADO, para que
preste servicios de confección y colocación del cartel para la obra
“CONSTRUCCION DE SARDINELES EN BERMA CENTRAL CARRETERA
LAREDO- PORVENIR”, a todo costo, con las características que La
Municipalidad lo indique.
TERCERO: El tiempo que dure el presente Contrato, será por un espacio de
cinco (05) días calendarios, contados a partir de la firma del presente Contrato.
CUARTO: LA MUNICIPALIDAD, abonará por concepto de los servicios a EL
CONTRATADO, la suma total de QUINIENTOS CINCUENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 550.00), monto que incluye los impuestos de Ley, el cual
será cancelado al termino del trabajo, previo informe de conformidad por parte
de la Oficina de Obras Públicas. Dicho monto es a todo costo, donde El
Contratado deberá proporcionar materiales, mano de obra, herramientas y otros;
necesarios para cumplir con el contrato.
QUINTO: El Contratista declara expresamente no estar impedido de celebrar
contrato con el Estado.
SEXTO: El presente Contrato se rige por las siguientes penalidades:
Por EL CONTRATADO.- En caso de deficiencias e incumplimiento de lo
indicado en la cláusula primera y segunda, previo informe del inspector de obras
de LA MUNICIPALIDAD, dará lugar a la resolución inmediata y automática del
presente contrato, sin cargo a devolución de la inversión de los materiales.
Por LA MUNICIPALIDAD.- En caso de incumplimiento de los pagos sin causa
justificada, se procederá a la liquidación inmediata del Contrato, de conformidad
2. con las Normas del Código Civil Vigente.
SETIMO: Las partes contratantes renuncian al fuero de sus domicilios y se
someten expresamente a la competencia de los jueces de la Provincia de Trujillo,
por lo que constituyen domicilio en la dirección indicada en la introducción del
presente contrato.
OCTAVO: El presente contrato se regirá por las normas contenidas en el decreto
N’ 01-2004-PCM que aprueba el texto Único Ordenado de la Ley N’ 26850 Ley
de contrataciones y adquisiciones del Estado y el decreto Supremo Nº 013-2004-
PCM que aprueba su respectivo Reglamento.
En señal de conformidad, ambas partes enteradas del contenido del presente
Contrato, lo aceptan y se someten a su legal cumplimiento, por lo cual lo firman
a los veintiséis y un (26) días del mes de Febrero del año dos mil diez.
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XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX
DNI. Nro. 00000000
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATADO